Protocolo largo s.m. hvn

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Protocolo de sujeción mecánica y su control. Por Mª Angustias Navarro Guzmán y Mª Victoria Rodríguez López.

Fecha de revisión: SEPTIEMBRE 2012.

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Índice Definiciones. Pág. 4 1)

Misión

2)

Sujeciones OMS

3)

Restricciones

4)

Sujeción química.

5)

Clasificación

6)

Necesidad

7)

Estadística

8)

Pacientes susceptibles, criterios de inclusión. ·

Episodios de agitación psicomotriz.

·

Indicaciones concretas

·

Imprescindible

·

Contraindicaciones

Objetivos. Pág. 8 a. Objetivo General b. Objetivos Específicos

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Responsable de ejecución. Pág.9 Competencias profesionales

a. Facultativo/a b. Enfermero/a: c. Auxiliar de enfermería d. Celador e. Personal de seguridad f. Formación continuada

Material. Pág. 11 Procedimiento/método. Pág. 13. a.

Información y consentimiento informado sobre la adopción de la medida

c.

Identificación y actuación precoz.

b. f.

g.

h.

Prevención

Instauración de la contención mecánica Procedimiento:

Sujeción completa Sujeción parcial

Cuidados

Observaciones/ razonamiento. Pág. 17.

Criterios de evaluación. Pág. 18.

Bibliografía. Pág.19.

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DEFINICIONES La misión del Hospital Universitario Virgen de las Nieves es mejorar los niveles de salud de la

población, mediante la prestación de servicios asistenciales especializados, de alta cualificación y complejidad.

La asistencia ofertada deberá tener en cuenta las necesidades de la población y deberá cumplir

criterios de calidad y de eficiencia.

El ciudadano es el centro y razón de ser del Hospital. Nuestra meta es garantizarle la accesibilidad

precisa, el adecuado confort y la atención personalizada que demande. (1)

Con este marco conceptual se nos hace difícil justificar la contención mecánica, definida según la OMS, como «métodos extraordinarios con finalidad terapéutica, que según todas las declaraciones sobre los derechos humanos, sólo resultarán tolerables ante aquellas situaciones de emergencia que

comporten una amenaza urgente o inmediata para la vida y/o integridad física del propio paciente o de terceros, y que no puedan conjurarse por otros medios terapéuticos».

Restricción es un concepto más amplio: Se trata de cualquier acción (médica, química, física,

psicológica, social o de cualquier otro tipo), palabra u obra que se utiliza con el propósito o la intención de limitar o constreñir la libre circulación o capacidad de toma de decisiones de uno/a mismo/a o de una tercera persona.

A nivel internacional, existe consenso en definir las Sujeciones Físicas como “cualquier dispositivo,

material o equipo aplicado a una persona, unido a ella o cerca de su cuerpo, que no puede ser controlado o retirado con facilidad por ella misma y que deliberadamente evita o intenta evitar su libertad de movimiento y/o el natural acceso a su cuerpo”.

Sujeciones Químicas se definen como “el uso de fármacos, fundamentalmente aquellos que actúan

a nivel del Sistema Nervioso Central, que reducen la movilidad de la persona, de manera que quedan inhibidas sus actividades (salir de la cama, ir al cuarto de baño, participar en actividades sociales,…) con el objetivo de manejar o controlar una conducta inadecuada o molesta (p. e.:

vagabundeo, agresividad verbal, no colaboración en los cuidados, etc.), que no tiene base en un desorden psiquiátrico diagnosticado. Dicho de otro modo, es el uso de fármacos (psicotrópicos o

no) para manejar un problema para el cual existe un tratamiento mejor”. (Adaptado de Rein Tideiksaar, Ph. D., President of Fall Prevent, LLC (2005) y Antonio Burgueño, Coordinador del Programa Desatar al Anciano y al Enfermo de Alzheimer de CEOMA).

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La Norma Libera-Ger considera que tanto las sujeciones como las restricciones se clasifican en dos grupos:

- Voluntarias.

- Involuntarias.

En el caso de la Sujeción, sea Voluntaria o Involuntaria, a su vez, se subdivide en dos subgrupos

determinados por el CARÁCTER que se le da a ese elemento o INTENCIONALIDAD con la que la sujeción ha sido colocada.

Sujeciones con Carácter Restrictivo: Cuando se utiliza, como elemento que la persona usuaria no

puede retirar fácilmente y restringe su libertad de movimientos o normal acceso a las partes de su cuerpo.

Sujeciones con Carácter No Restrictivo: Cuando se utiliza sin carácter restrictivo, como elemento que

permita a la persona usuaria mantener una posición corporal correcta y lo más fisiológica posible. Estadística:

Esta situación se da con mayor frecuencia entre los enfermos ingresados en áreas médico - quirúrgicos que en las unidades psiquiátricas, en contra de lo que pudiera pensarse.

En la Unidad de Hospitalización de Salud Mental del Hospital Virgen de las Nieves en 2011 se aplicó sujeciones mecánicas al 14.1% de los pacientes, según información de D. Antonio Morales, Coordinador de Cuidados de Salud Mental.

Según observaciones realizadas por las supervisoras generales en Abril-Mayo del 2012, la media en el resto de Unidades está entre el 2 y el 3%.

Pacientes susceptibles. Criterios de inclusión.

Episodios de agitación psicomotriz derivados de: 1.

Estados confusionales con importante riesgo vital para sí mismo o para el entorno.

2.

Manifestaciones psicóticas que comprometen seriamente el juicio de realidad o inducen

3.

Episodios de desinhibición en el control de los impulsos, como graves trastornos de la

conductas desorganizadas.

personalidad y cuadros maniacos. 4.

Cuadros de déficit intelectivos y profundos deterioros.

5.

Efectos o abstinencia de sustancias psicoactivas.

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6.

Desbordamiento de los mecanismos adaptativos del/de la paciente ante las situaciones

de estrés a las que se encuentra sometido/a.

Indicaciones concretas 1.

Prevención de conductas, intencionadas o impulsivas, que puedan significar algún daño

para el/la propio/a paciente, terceras personas o de forma importante para elementos de su entorno y que no cedan ante la adopción de otras medidas terapéuticas. 2.

Riesgo de autolesiones y suicidio tras haberse demostrado insuficiente la contención

3.

Administración de medidas terapéuticas necesarias, determinada por la aparición de

emocional con otras medidas y ante el riesgo vital de la persona afectada y su entorno.

conductas disruptivas o inadecuadas, derivadas del estado mental alterado del/de la paciente, y que impliquen igualmente un riesgo para él o ella misma o para terceras personas. 4.

De forma excepcional, cuando la propia persona pide ser contenida para evitar

conductas auto o heteroagresivas, a modo de contención voluntaria.

5.

Necesidad de Reposo: Por ejemplo paciente que no colabora, con fractura.

6.

Para prevenir caídas en personas que presenten conjuntamente todas las siguientes

características específicas:

· Deterioro cognitivo muy grave (no comprende órdenes muy simples,…). · Intenta deambular de forma constante.

· Padece grave desequilibrio del eje corporal, en especial pacientes que presentan una gran inclinación del tronco hacia atrás.

· Paciente en el que tras la valoración (exploración neurológica y

motriz), el personal médico prevé que no va a mejorar en su equilibrio y su riesgo de caídas es muy grave.

Existen dos alternativas ante este tipo de pacientes: 1.

Que la persona permanezca más tiempo en la cama (con el objeto de que

descanse más tiempo) y cuando se levante esté continuamente acompañada,

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vigilada y atendida, adaptando el trabajo de las personas de la organización a las necesidades cada usuario/a. 2.

Utilizar una sujeción restrictiva siguiendo siempre los criterios de trabajo

establecidos para tal fin.(2)

En cada una de las situaciones enumeradas se insiste en la necesidad de agotar todas las posibilidades

de manejo con diferentes estrategias, quedando la contención física como un último recurso, que será utilizado durante el menor tiempo posible y acompañado de las garantías sanitarias y controles que se indican en los apartados correspondientes. (6) Resulta imprescindible: A) Recordar que la causa, su filiación y tratamiento serán el objetivo último, pues a menudo supondrán riesgo vital.

B) Formar a todo el personal: 1. En su prevención:

Alertas en pacientes médicamente susceptibles, con diagnóstico de

paciente con riesgo de restricción de movimientos, en el módulo de

cuidados. Igualmente, en el panel de pacientes se le pondrá un indicativo naranja, a modo de pegatina-

Medidas generales (mantener la orientación temporo-espacial y la estimulación básica de pacientes con demencias incipientes o en aislados) 2. En su detección precoz anotando en el módulo de cuidados: Aparición de déficits atencionales leves, Desorientación,

Confabulaciones... 3. En tratamiento temprano:

Etiológico: de la referida causa “orgánica” responsable Sintomático: de la inquietud/agitación en su caso (4).

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Contraindicaciones 1. Siempre que exista la posibilidad de aplicar abordajes alternativos. 2. Orden expresa del facultativo de no contención mecánica. (6)

NUNCA se utilizarán sujeciones restrictivas en las siguientes situaciones: a. Como castigo ante una trasgresión o conducta molesta, por antipatía o como

demostración de fuerza hacia la persona usuaria.

b. Por conveniencia o comodidad del personal o de cualquier otra persona que esté en el centro, como sustitutivo de vigilancia.

c. En caso de desconocimiento del estado general de salud del y la paciente, en el momento del ingreso, para evitar la realización de una valoración.

d. Evitar caídas, a excepción de pacientes cuyas características se han determinado en el punto 6 del apartado Indicaciones. (2)

OBJETIVOS.

Objetivo general: Homogeneizar la práctica de la sujeción mecánica. Objetivos específicos: 1.

Identificar en la práctica asistencial la población con riesgo de sujeción mecánica con

independencia del entorno en que se encuentre. 2.

Establecer intervenciones efectivas y personalizadas para la prevención, detección,

3.

Garantizar la transferencia de información de los pacientes, en riesgo de sujeción

actuación y evaluación ante la sujeción mecánica.

mecánica, entre los profesionales que intervienen en su proceso asistencial, en cualquier ámbito de actuación. 4.

Establecer un registro de notificación que permita un feed-back para conocer

incidencias, causas y establecer estrategias de mejora. 5.

Definir indicadores que muestren el nivel de implantación, la prevalencia, los riesgos

6.

Establecer estrategias de sensibilización a profesionales, pacientes y cuidadores en

asociados y la eficacia de las intervenciones.

identificación de los factores de riesgo y su prevención. (7)

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RESPONSABLE DE EJECUCIÓN. Aunque pueda parecer obvio, es preciso recordar que las acciones recogidas en este protocolo (restricción y contención mecánica) son actuaciones sanitarias en un medio sanitario: actuaciones

sanitarias sobre pacientes. La misma actuación llevada a cabo por el Servicio de Seguridad sobre un ciudadano furioso por la atención recibida no es objeto de nuestro trabajo.

La valoración de la conducta como resultante de una patología no supone sofisticadas especulaciones psiquiátricas sino, por lo general, la rápida aplicación del sentido común y la experiencia de cualquier

sanitario. La indicación inmediata será planteada por lo general por el personal de enfermería, y la evaluación y confirmación de la actuación realizada por el médico responsable del caso. Con carácter absolutamente excepcional será precisa una evaluación psicopatológica más detenida por parte del psiquiatra. (4)

Las indicaciones tienen que estar previamente contempladas en el plan terapéutico del/ de la paciente y se aplicará únicamente por indicación facultativa y dejando constancia en la historia clínica de los siguientes ítems:

Las medidas previas adoptadas.

El tiempo indicado de la aplicación de la contención mecánica. La evolución de la persona atendida durante la CM.

Asimismo, en el caso de la sujeción voluntaria, se recomienda que la persona atendida firme un

consentimiento de sujeción mecánica. En los demás casos será la familia quien firme dicho consentimiento.

La supresión de esta medida se hará únicamente por indicación facultativa, con el objetivo de evaluar

el episodio con la persona tratada en el contexto de su plan terapéutico. En este caso no se contempla la indicación por parte de la enfermera o enfermero en ausencia del personal facultativo. Competencias profesionales

La reducción de un/a paciente y su inmediata contención mecánica implica a todo el personal presente y al que pueda ser requerido de modo inmediato, al margen de la categoría profesional. Facultativo/a

Ostenta la máxima responsabilidad en la sujeción mecánica (S.M.), por lo que tendrá la capacidad de decidir en caso de disparidad de criterios, debiendo considerar las medidas alternativas propuestas por el resto del personal.

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Indica la medida o la autoriza (o no), si ha sido instaurada por el enfermero/a en caso de urgencia y en su ausencia.

Ha de firmar la instauración y retirada de la (S.M.), así como cada una de las valoraciones frecuentes que haga a la persona atendida mientras dure la sujeción mecánica, confirmando por escrito si ha de continuar o no y por cuánto tiempo.

Ha de garantizar el cumplimiento del derecho a la información que tienen tanto el/la paciente como sus personas allegadas, acerca de los motivos y objetivos de la medida.

Decide la finalización de la (S.M.), tras la valoración conjunta con el resto del equipo. Enfermero/a:

Dirige la contención y coordina su ejecución. En ausencia del/de la facultativo/a y exclusivamente en casos de extrema urgencia, indica la S.M y procura que sea autorizada y firmada por el personal facultativo en el menor tiempo posible.

Es responsable del instrumental de la S.M. Es responsable de los cuidados y controles posteriores. Auxiliar de enfermería

Coopera en la ejecución y supresión de la SM. Participa en los cuidados, el control y la observación de los y las pacientes.

Se ocupa de la custodia y mantenimiento del instrumental de S.M. Celador

Colabora en la instauración de la S.M y eventual transporte del/de la paciente y del instrumental. Personal de seguridad

Si en algunos casos no es suficiente con el personal de la propia unidad, puede solicitarse el auxilio del personal de seguridad. La función de este personal será apoyar con su presencia física y sólo en

situaciones muy excepcionales, de intervención física. En este caso es importante valorar en todo momento el efecto de esta medida en el/la paciente. Formación continuada

Para garantizar la adquisición y mantenimiento de las competencias necesarias para la aplicación de la S.M se recomienda contar con un plan de formación continuada en los procedimientos de S.M dirigido

a todos los y las profesionales, en todas las unidades donde se aplica esta medida. Para ello, cada Hospital o Unidad de Gestión Clínica debe contemplar este tipo de formación, incluyendo talleres de

reciclaje periódicos. Asimismo, la evaluación de los episodios de S.M en el equipo multiprofesional fomenta la mejora continua de las intervenciones e identifica las necesidades de formación de los profesionales, por lo que se recomienda incluir esta evaluación en la práctica clínica diaria. (6) y ver (3).

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MATERIAL NECESARIO. Instrumental mecánica

Los instrumentos con los que se realiza la S.M estarán siempre homologados, con el objetivo de

salvaguardar la integridad física, psicológica y moral de la persona sometida a sujeción y legal del profesional. Deberán estar en buenas condiciones de uso. El fabricante debe haber explicitado que están indicados para aplicar sujeción mecánica.

Su número será el suficiente en función de las dimensiones de la unidad.

La Norma Libera Ger (2) considera métodos de SUJECIÓN FÍSICA los siguientes: 1. Para Sujeción en Silla, Sillón Geriátrico, Silla de Ducha o Silla de Ruedas: · Cinturón abdominal.

· Cinturón abdominoperineal.

· Chaleco de sujeción a tronco “chaleco estándar”. · Chaleco de sujeción a tronco y periné. · Tobilleras.

· Muñequeras.

· “Elemento atravesado”: Se trata de un elemento (cinturón, cinta, hilo...) que se coloca de un lado a otro de ambos reposabrazos quedando frente a la persona usuaria e impidiendo que se levante.

2. Para Sujeción en Cama: · Cinturón abdominal.

· Tobilleras.

· Muñequeras.

· Pijamas enteros con cremallera para evitar manipulaciones.

· Barras protectoras de cama a uno ó a ambos lados de la cama, utilizadas con la intención de restringir. Ver (11)

· Protectores cubrebarras, utilizadas con la intención de restringir.

3. Para Sujeción en la Habitación:

· Cerrar la puerta y/o ventana de la habitación impidiendo la salida de la persona usuaria.

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4. Otros:

· Manoplas.(Ver

(8) Y (9), donde aparecen direcciones web de casas comerciales).

La combinación de programas informáticos específicos con la tecnología de infrarrojos y los sistemas inalámbricos ha demostrado ser un sistema fiable y flexible que ayuda a prevenir las caídas en las

personas mayores. El sensor (10) registra todos los movimientos de un paciente que se dispone a levantarse de la cama en un ángulo de 90 grados con un alcance de siete metros. A continuación envía

una señal de alarma al sistema de aviso para el personal sanitario. Esta llamada de advertencia inicial permite a dicho personal responder adecuadamente y evitar daños graves del paciente.

En el hospital Virgen de las Nieves realizaremos un Registro de las sujeciones físicas disponibles por Unidad

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PROCEDIMIENTO/MÉTODO. La autorización de la medida excepcional y urgente de contención mecánica en los supuestos y de acuerdo con el presente protocolo, como cualquier otra actuación sanitario-asistencial, deberá ser

comunicada a la persona a inmovilizar de modo adecuado a sus posibilidades de comprensión y a las circunstancias existentes en el momento. También se debe informar a las personas que, vinculadas a ella por razones familiares o de hecho, se encuentren acompañándola. (12) Nos podemos encontrar estas situaciones: PERSONAL

SANITARIO

PACIENTE

COGNITIVO, SI

NO,

FAMILIA

CONSEN

TIMIENTO

REGISTRO

SU INFORMADO

REMISIÓN AL JUZGADO DE PRIMERA

DE

INSTANCIA

CASO 1

DECIDE

ACEPTA

SUJECCIÓN

CASO 1

DECIDE

NO ACEPTA

NO SUJECCIÓN SI

SI

SUJETAR

SI

NO

SUJETAR CASO 2

NO

ACEPTA

NO SUJECCIÓN SI

NO

CASO 2

NO

NOACEPTA

SUJECCIÓN

SI

SUJETAR SUJETAR

SI

Construcción propia a partir de (2) Instauración de la contención mecánica Para garantizar al máximo la aplicación correcta de la técnica, es necesario contar con 4 personas como mínimo, preferentemente 5, si es posible, con independencia de la categoría profesional. Si fuese necesario, se valorará la posibilidad de incorporar a más profesionales.

Un principio básico es que la S.M debe ser siempre lo más breve posible.

La duración prevista se especificará siempre y necesita ser revisado, como mínimo, cada 4 horas.

Toda S.M podrá ser prorrogada por un nuevo período por autorización expresa de un/a facultativo/a y siempre considerando la valoración enfermera.

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Es importante subrayar que el equipo en su conjunto debe garantizar el cumplimiento de la duración establecida, sin obviar que cada profesional es responsable de cumplir la parte del protocolo que ha de llevar a cabo.

Procedimiento En una situación de emergencia es importante que el personal se muestre protector y firme, aunque no autoritario, y evite en todo momento actitudes de provocación. En definitiva, el procedimiento debe llevarse a cabo bajo los principios de profesionalidad y respeto escrupuloso de los derechos de la persona atendida. Una vez tomada la decisión de contener físicamente, debe hacerse de la forma más rápida y coordinada posible.

Se identificarán los riesgos respecto a la seguridad en el ambiente y se modificará éste para minimizarlos.

Siempre que lo permita la situación, se trasladará a la persona agitada sin reducción a la habitación, teniendo en cuenta el siguiente procedimiento:

1. Solicitar y dejar el tiempo suficiente para que el/la paciente colabore de forma voluntaria en la sujeción.

2. Acompañar a la persona afectada a la habitación, si lo desea y su estado lo permite. 3. Sujetar al/a la paciente por las axilas con una mano empujando hacia arriba y por las muñecas con la otra tirando hacia abajo.

4. Se realizará con firmeza pero sin extremarla para no lesionar a la persona inmovilizada. 5. Se realizará bajo los principios de profesionalidad y respeto.

Se procurará que sea siempre en una habitación individual y en ningún caso con otro/a paciente con S.M en la misma habitación, por razones de dignidad e intimidad.

Se preparará la cama, colocando previamente la sujeción de cintura en la misma y asegurándose que esté frenada.

El personal que va a asistir en la contención deberá retirar de sus bolsillos todos aquellos utensilios que puedan ser utilizados por el/la paciente para provocar agresiones contra él mismo o contra el personal.

Se designará una persona miembro del personal de cuidados encargada de dirigir la contención. La persona más cualificada para ello normalmente es el/la enfermero/a referente, aunque no se descartan otras opciones, dependiendo de la situación que rodea la S.M.

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A partir de este momento la persona encargada de la contención será la que mantendrá la comunicación verbal con la persona inmovilizada, con el fin de evitar que puedan surgir comentarios

contradictorias o confundir más al/ a la paciente. La persona encargada explicará al/ a la paciente las intervenciones que se está aplicando en cada momento.

La persona encargada de la actuación seleccionará qué elementos de contención se colocarán en cada caso.

En la medida de lo posible, cada miembro del equipo de contención se dirigirá a una extremidad preestablecida, y en caso de disponer de una quinta persona, ésta se dirigirá a la cabeza para que no se autolesione o lesione al personal.

El/la paciente se colocará decúbito supino en la cama, o en su caso se sentará en una silla, y se procederá a la sujeción completa o a la sujeción parcial, siempre teniendo en cuenta la máxima seguridad de la persona contenida.

La aplicación de las sujeciones se hará siguiendo las indicaciones del fabricante del sistema de sujeción mecánica utilizado.

Sujeción completa

Inmovilización del tronco y las cuatro extremidades. Primero se colocará el cinturón abdominal y

después las cuatro extremidades en diagonal MSD (miembro superior derecho) y MII (miembro inferior izquierdo) y MSI (miembro superior izquierdo) y MID (miembro inferior derecho). Al

terminar de instaurar la contención se elevará el cabecero de la cama para facilitar la respiración y minimizar el riesgo de una aspiración. Sujeción parcial 1. En cama

(Inmovilización del tronco y dos extremidades) Primero se colocará el cinturón abdominal y después las dos extremidades en diagonal MSD y MII o MSI y MID. Al terminar de instaurar la contención se elevará el cabecero de la cama para facilitar la respiración y evitar una aspiración.

No se suele utilizar la sujeción parcial en caso de agitación, por el riesgo de colgamientos y caídas, y se suele elegir la aplicación de sujeción completa por razones de seguridad.

2. En silla. (Inmovilización con un sistema de cinturones especiales para sillas de ruedas/sillón) En esta situación habrá que procurar el acompañamiento o máxima visibilidad por parte del personal

para evitar lesiones por colgamiento y caídas.

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Posteriormente se comprobará y revisará cada uno de los puntos de sujeción. Estos se colocarán de manera firme y segura pero teniendo en cuenta que no dañen la piel o impidan la circulación sanguínea.

Se asegurará que la persona agitada no lleve encima ningún objeto con los que se puede dañar, como encendedores, bolígrafos, cadenas, collares, etc.

Se procederá a la administración de fármacos según las indicaciones facultativas.

El personal que no interviene estará con el resto de pacientes acompañándoles en otro lugar.

Asimismo se les indicará a los y las familiares que se encuentran en la unidad que permanezcan en sus respectivas habitaciones con la puerta cerrada.

Si no se ha podido evitar que otros/as pacientes hayan presenciado el episodio de sujeción, es conveniente valorar la necesidad de hablar con ellos/ as después de la crisis, permitiéndoles que expresen sus sentimientos al respecto y que entiendan la pertinencia de las medidas adoptadas. Cuidados

La contención mecánica obliga a incrementar la atención por parte del personal, identificando problemas reales y riesgos potenciales, teniendo en cuenta las intervenciones que ya se venían

trabajando con cada paciente, y garantizando determinados cuidados que se especifican a continuación:

· Se procurará crear un ambiente confortable en la habitación. Todo/a paciente con S.M estará en una habitación cerca del control de enfermería. Si previamente se encontrase en otra

habitación, se trasladará a este lugar, ocupando con preferencia una habitación individual. · El personal facultativo debe valorar al/a la paciente lo antes posible tras realizarse la contención. El personal responsable del caso le explicará a la persona afectada que van a encargarse de sus cuidados y que le van a estar atendiendo y observando.

· El nivel de observación y vigilancia que precisa la persona será alto, haciendo especial hincapié en la prevención de los riesgos potenciales de la S.M y cumpliendo al menos las siguientes pautas: El personal de cuidados valorará de forma integral y registrará el estado general de la persona

atendida. La frecuencia de los controles dependerá de su situación clínica y la previsión de posibles

complicaciones orgánicas, pero deberá de hacerse al menos cada 8 horas cada uno de los apartados siguientes:

1. Respiración, estado psicomotor, inmovilización y el nivel de conciencia.

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2. Estado de las partes del cuerpo en sujeción; valorando la necesidad de rotación de la sujeción de los miembros, y, especialmente, el estado de la piel: intacta (buena coloración y sensibilidad) o alterada (hematomas, abrasiones, inflamación, dolor, etc.). 3. Alteración de la percepción. 4. Alteración del contenido y curso del pensamiento. 5. Comunicación. 6. Actitud de la persona contenida ante la sujeción. 7. Se controlará la ingesta y eliminación en cada turno. 8. Se administrarán los cuidados, y se vigilarán los riesgos relacionados con las necesidades de hidratación y alimentación, eliminación, movilidad, higiene, seguridad, comunicación.

9. Se anotarán los cuidados realizados y observaciones. Se cumplimentarán los registros. Acompañamiento familiar

El acompañamiento familiar durante la S.M es difícil de protocolizar porque cada caso necesita ser valorado cuidadosamente, ya que puede estar de muy indicado a totalmente contraindicado. La

indicación al respecto se hará tras una valoración conjunta entre el/la facultativo/a y el equipo de enfermería, contemplando todas las variables e informando posteriormente a paciente y familia. (6)

OBSERVACIONES Y RAZONAMIENTOS. Debido a los problemas que al inicio de este protocolo hemos visto que pueden surgir durante el uso de

sujeciones físicas, debe asegurarse que las advertencias de seguridad sean conocidas por todas aquellas personas implicadas en la gestión de sujeciones físicas

Nuestro hospital ha hecho una gran inversión en camas con barandillas fijas, pero si encontráramos alguna de barandillas no fijas a las camas, en estos casos no utilizar barras laterales en pacientes de riesgo. La alternativa a dichas barras puede ser bajar la posición de la cama.

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Verificar que los componentes de la cama son compatibles entre sí y que todas las medidas se ajustan a los parámetros de seguridad. Utilizar accesorios para rellenar posibles zonas de riesgo de aprisionamiento y proteger las barras laterales para minimizar los golpes contra ellas. Realizar un mantenimiento periódico, tanto del mobiliario como de las sujeciones.

No aislar a la persona en una habitación con la puerta cerrada, mantenerla cerca del control de personal.

Satisfacer todas las necesidades de la persona con el fin de minimizar su intranquilidad (eliminación, alimentación, dolor, etc.). Acudir con prontitud a sus llamadas, ya que puede encontrarse en una situación de peligro.

En las personas agitadas o inquietas que son sometidas a un procedimiento de sujeción la vigilancia tiene que ser extrema.

Dado que el uso prolongado de la sujeción incrementa los riesgos, valorar periódicamente la conveniencia de seguir aplicándola. Un dispositivo que fue eficaz en un momento dado puede resultar inapropiado a medida que cambian las condiciones de la persona.

CRITERIOS DE EVALUACIÓN. Se evaluarán periódicamente los siguientes apartados de la ejecución del protocolo: 1. La indicación correcta. 2. Si se intentaron medidas alternativas. 3. Procedimiento correcto. 4. La cumplimentación del formulario. 5. Información a familia. 6. Si la contención es prolongada, si se notificó al juez. 7. Seguimiento adecuado.

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11.- BIBLIOGRAFIA. 1. -http://www.hvn.es/comp_hospitalario/index.php#misio 2.-Norma para la Evaluación de la Gestión y Control de Sujeciones en Centros de Atención Sociosanitaria Fundación Cuidados Dignos / Norma Libera-Ger / Versión Abril 2011 3.-Jornadas sobre sujeciones en el anciano. Ponencia de la Fiscal decano. Canarias. Enero 2012. 4.-Hospital

12

de

Octubre.

“Protocolo

de

Contención

Mecánica

de

<http://www.imsersomayores.csic.es/documentos/documentos/doceoctubre-protocolo-

Movimientos”.

01.pdf>

ic.es/documentos/boletín/2008/numero-62/art08-05-01.pdf>

5.-Burgueño A, Iborra I, Martínez P, Pérez V. “Prevalencia comunicada de sujeciones físicas”. Revista Agathos Año 7 nº 1 (2008). <http://www.imsersomayores.cs

6.-Protocolo de Contención Mecánica. Servicio Andaluz de Salud. Sevilla.2010. Consejería de Salud de la Junta de Andalucía

7.-Procedimiento caídas. Observatorio para la seguridad del paciente. del SSPA.Dic 2009.

8.- Fernández Piñar y Garzón, E. y otros. Seguridad del Paciente: Protocolo de Contención mecánica e

inmovilización de pacientes”. Dirección de Enfermería. Hospital Universitario San Cecilio de Granada. ISBN 978-84-690-7880-8. Depósito legal GR 1755-07. MAYO 2007.

http://www.distritometropolitano.es/ficheros/PROTOCOLO%20DE%20CONTENCION%20DE%20PACI ENTES.%20%20ADAPTADO%20PARA%20APLICACION%20EN%20EL%20DISTRITO%20METROPOLI TANO.pdf 9.-

http://www.ortosoluciones.com/es/accesorios-sillas/sistemas-de-sujecion/arnes-abductor-de-

piernas.html 10.- http://www.serenocare.com/index.php?option=com_content&view=article&id=75 11.-DECRETO FORAL 221/2011, de 28 de septiembre, por el que se regula el uso de sujeciones físicas y farmacológicas en el ámbito de los Servicios Sociales Residenciales de la Comunidad Foral de Navarra 12. Ley 41/2002 art. 4 reguladora de la Autonomía del paciente.

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