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Relación dialéctica

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Ley N° 10.381

Ley N° 10.381

se llegó a hablar de "un gobierno de la opinión pública". Es claro adivinar que en los Estados autoritarios ha sido totalmente subestimada como factor de la vida estatal.

Más allá de estas consideraciones, la información encuentra en la prensa su vehículo especial y nadie duda de la importancia de ésta en un sistema democrático como estilo de vida. No obstante, debe dejarse claro que la opinión pública puede aparecer en contra de la prensa misma y expresada por cualquier otro medio como es el teatro, conferencias, conciertos, etc.

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Hasta la misma iglesia católica ha recalcado el valor de la información así en el Decreto Inter Mirifica de 1963 sostiene “La primera cuestión se refiere a la llamada información, es decir, a la búsqueda y divulgación de noticias. Es evidente que, a causa del progreso de la sociedad humana actual y de los vínculos más estrechos entre sus miembros, resulta muy útil y la mayor parte de las veces necesaria; en efecto, la comunicación pública y oportuna de los acontecimientos y de los asuntos ofrece a los individuos un conocimiento más pleno y continuo de éstos, contribuyendo así eficazmente al bien común y promoviendo más fácilmente el desarrollo progresivo de toda la sociedad civil. Por consiguiente, existe en la sociedad humana el derecho a la información sobre cuanto afecte a los hombres individual o socialmente considerados y según las circunstancias de cada cual.”

La estrecha vinculación entre información y opinión pública es evidente. A veces la información general es la que crea la opinión pública; otras, ésta genera información; y muchas veces la opinión pública se canaliza como información a través de la prensa o de los medios en general.

Relación dialéctica

Hay un encadenamiento natural entre los términos Derecho, información y libertad, y, por supuesto, entre los fenómenos que dichos términos representan.

Si no hay libertad, no hay información, siendo así un elemento inherente a una sociedad democrática. Es claro que cuanto mayor es el grado de información, mayor es la posibilidad de vivir en un sistema donde uno pueda confrontar, seleccionar, etc. las informaciones o las diversas versiones que sobre un mismo hecho humano o de la naturaleza se han vertido concitando interés. Por el contrario, cuanto menor es la información o cuanto más concentrada se encuentre en pocas manos, menor serán esas posibilidades para los destinatarios de la información. Hoy se puede observar el fenómeno negativo que son para las democracias, las grandes concentraciones, en pocos titulares, de los medios informativos

Por su parte, el derecho es información, por cuanto regula a conductas y principios que sirven para la convivencia social. Pero también el derecho para ser tal, esto es, para ser obligatorio, necesita ser informado. En nuestro sistema -como en tantos otros- las leyes sólo obligan desde su "publicación" en el Boletín Oficial respectivo y tienen vigencia desde esa fecha. Así lo dispone el Art. 5° del Código Civil y Comercial (en adelante, C.C y C): "Las leyes rigen después del octavo día de su publicación oficial, o desde el día que ellas determinen.”. Esto significa que, por más que las leyes son obligatorias para todos los habitantes, tal obligatoriedad queda condicionada a la "publicidad" de la ley, lo que implica informar debidamente a todos los habitantes.

Como puede apreciarse, esto implica "seguridad" para los habitantes de un Estado. Sólo conociendo las permisiones, limitaciones y prohibiciones legales puede una persona desarrollarse segura en el ejercicio y respeto de sus derechos. Una persona que conoce no teme ejercer sus derechos y el de los demás, sin más el art 19 Constitución Nacional dice Nadie puede ser obligado a hacer lo que la ley no manda…

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