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Ley de fomento y promoción para la industria audiovisual de Córdoba
debe seleccionar algunas señales en detrimento de otras (lo que los opositores a la ley audiovisual proclamaban como “censura”)117 .
Fusiones, cambios y fin del Ministerio de Comunicaciones
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El Ministerio de Comunicaciones fue creado mediante decreto 13/2015 en cuyo texto, también transfiere la AFSCA (Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual) y la AFTIC (Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones) bajo su competencia, junto a Secretaría de Comunicaciones del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, ARSAT y Correo Argentino. En 2016 AFSCA y AFTIC se integraron a través del Ente Nacional de Comunicaciones (ENACOM), El Ministerio de Comunicaciones fue disuelto el 17 de julio de 2017 mediante el DNU 513/2017 de reforma de la ley de ministerio, transfiriendo sus competencias al Ministerio de Modernización. En 2019, luego de inicia la gestión del presidente Fernández, mediante DNI 07/2019 se modifica la ley de ministerios, incorporándose la SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y PRENSA, que tendrá por finalidad asistir al PRESIDENTE DE LA NACIÓN en todo lo concerniente a la relación institucional con los medios de comunicación y con la ciudadanía, entre otras cuestiones, asignándole rango y jerarquía de Ministro.”
Res1467- BO21/12/2020
Se prescribe lo siguiente: Aprobar la "Prestación Básica Universal Obligatoria" para el Servicio Básico Telefónico (PBU-SBT). Aprobar la "Prestación Básica Universal Obligatoria" (PBU-SCM) para los Servicios de Comunicaciones Móviles (SCM). Aprobar la "Prestación Básica Universal Obligatoria" (PBU-I) para el Servicio de Valor Agregado de Acceso a Internet (SVA-INT). Aprobar la "Prestación Básica Universal Obligatoria" (PBU-TP) para los servicios de televisión paga por suscripción mediante vínculo físico o radioeléctrico o satelital.
Ley de fomento y promoción para la industria audiovisual de Córdoba
La Ley de Fomento y Promoción para la Industria Audiovisual de Córdoba (Ley N° 10.381) tiene por objetivo la creación de un Fondo para fortalecer la producción audiovisual tanto en su dimensión cultural como en la industrial en todo el territorio provincial. Alcances de la Ley N° 10.381 -Declara la actividad audiovisual como actividad industrial: exenciones impositivas para productoras locales, subsidios a tasa de créditos para infraestructura y equipamiento, subsidio para la creación de empleo directo. -Crea el Polo Audiovisual Córdoba: dependiente del Ministerio de Industria de la Provincia, será la autoridad de aplicación. Contará con un consejo asesor (ad honorem) integrado por las entidades audiovisuales y miembros del estado provincial para asesorar en las políticas de fomento y promoción para el sector. -Crea un fondo de fomento concursable: otorgará subsidios totales y parciales para la producción de contenidos audiovisuales: ficción, documental, animación, videojuegos, en todos los géneros y formatos. -Programa de Aportes Reintegrables de la Industria Cinematográfica: incorpora el programa creado por Decreto Provincial 1748/08 para la producción de largometrajes con financiamiento del INCAA (Instituto Nacional de Artes Audiovisuales) -Empleo local: los proyectos beneficiarios deberán contar con mayoría de personal técnico y artístico de Córdoba. Las productoras nacionales e internacionales deberán asociarse a una productora local para acceder a los beneficios. -Comisión de Filmaciones: crea una oficina de difusión de Córdoba como set de filmaciones que asiste y facilita trámites y gestiones. Existen a nivel internacional y se encargan de brindar toda la información necesaria para la producción audiovisual: locaciones, productoras, técnicos, actores y proveedores locales.