CONSUMIDOREX Número 66 Mayo 2012
OPINIÓN
Las asociaciones de consumidores tienen como objetivo fundamental servir de contrapeso para equilibrar la posición de los ciudadanos con respecto a las empresas con las que compran bienes o contratan servicios. Y es cierto que algunas organizaciones utilizan unas formas y emplean unos métodos que pueden resultar en exceso agresivos. Pero no es el caso de la Unión de Consumidores de Extremadura. Cuando denunciamos unos hechos, ya sea ante la opinión pública o ante las autoridades competentes, nuestra única intención es prevenir la aparición de problemas, nunca perjudicar a quien está cometiendo la irregularidad. Perseguimos la satisfacción de los intereses de los consumidores y la reparación de los perjuicios que pudiera haber sufrido, nunca la sanción de quien los produce. Dos claros ejemplos de nuestra política de actuación tienen reflejo en las páginas de este número de Consumidorex. El primero de ellos, en nuestro proceder ante la situaicón en la que se encuentra el turismo activo en nuestra región. De la visita realizada a las empresas del sector, hemos comprobado que existen servicios con grandes carencias en cuanto a profesionalidad, servicio al cliente y garantías en, por ejemplo, la devolución de las señales entregadas. Pero, ¿cómo podríamos denunciar el incumplimiento de estos extremos si no hay norma alguna que los exija? Más que la denuncia, preferimos, como así hacemos, advertir a los ciudadanos de lo que debe tenerse en cuenta cuando se contratan estos servicios y solicitar de la administración que los regule. El segundo ejemplo, de máxima actualidad, es la postura mantenida ante la cancelación de vuelos por parte de la aerolínea Helitt el pasado 8 de abril. En todas nuestras intervenciones en los medios hemos aplaudido la valentía de una empresa que, sin contar con el apoyo financiero de subvención alguna, ha venido a Extremadura a ofrecer un servicio de calidad a un precio muy asequible. Y no olvidemos que un avión, por muy sofisticado que sea, no deja de ser una máquina y que, como tal, puede sufrir una avería. Eso sí, no podemos olvidar que nuestro objetivo es defender los intereses de los consumidores, por lo que nos hemos permitido recordarles sus derechos y ofrecerles nuestra ayuda en la defensa de sus intereses. Pero en ningún caso hemos perseguido una sanción o buscado el desprestigio de la empresa. Defendemos a los consumidores; no atacamos a las empresas. Esta ha sido, es y siempre será, nuestra política.
CONSUMIDOREX
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ISSN 1888-6264
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¿Qué es la Asociación para el Autocuidado de la Salud (anefp) y cuáles son sus objetivos? anefp nació en 1978 como una asociación empresarial que representaba los intereses de la industria farmacéutica que fabricaba y comercializaba los medicamentos no sujetos a prescripción médica y no financiados, que en otros países se llamaban OTC (Over The Counter) y en España, Especialidades Farmacéuticas Publicitarias (EFP). Con el paso del tiempo, y con el objetivo de responder a las nuevas demandas de los ciudadanos, anefp ha ampliado su ámbito de actuación también a los productos que utilizamos para el autocuidado de nuestra salud como cosméticos, productos dietéticos, productos sanitarios u otros que antes no se contemplaban dentro del autocuidado y ahora sí. Por tanto, anefp es la Asociación para el Autocuidado de la Salud, tanto con medicamentos sin receta y no financiados como con otros productos utilizados en el cuidado responsable de la salud. 4
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Llevamos años escuchando de las autoridades sanitarias que no nos automediquemos. ¿Es compatible el autocuidado de la salud con esta tradicional recomendación? Hace sólo unos años escuchábamos a las administraciones públicas decir barbaridades como que los medicamentos para el autocuidado de la salud eran de baja utilidad terapéutica. Por fortuna, el discurso ha cambiado, pero es lamentable que lo haya hecho no por razones sanitarias ni económicas, sino electoralistas, que es como hasta ahora se ha venido haciendo política sanitaria en nuestro país. Sin embargo, esos criterios, cuando los medios o los recursos son más limitados que la demanda, no sirven. Este discurso ha cambiado principalmente por la crisis económica, ya que nuestro país, en la situación en la que se encuentra, y con una sociedad cada vez más culta y desarrollada, no se puede permitir económicamente continuar con el modelo actual, por lo que
estoy convencido de que la administración seguirá la línea de concienciar al ciudadano para que sea responsable del propio cuidado de su salud, siempre con el asesoramiento de un farmacéutico, pero sin necesidad de acudir a un médico para cualquier dolencia menor. Es muy importante diferenciar entre autocuidado responsable y automedicación peligrosa. El autocuidado responsable de la salud consiste en el tratamiento de las dolencias menores que todos padecemos en alguna ocasión, a través de los medicamentos sin receta, específicamente aprobados por el Ministerio de Sanidad para este fin, y siempre con el consejo del profesional farmacéutico. La automedicación peligrosa supone la utilización de medicamentos que sí requieren de una receta sin la oportuna prescripción de un médico o el autotratamiento de dolencias de mayor importancia que necesitan un diagnóstico médico preciso. En cualquier caso, y como bien dice, el primer responsable del
autocuidado de la salud es el propio ciudadano. ¿Cree que estamos concienciados de que nuestra salud, además de generar derechos, también es fuente de responsabilidades? Creo que no estamos suficientemente concienciados de eso, debido a que durante muchos años el Estado ha mantenido una postura absolutamente paternalista hacia
nosotros. En el ámbito sanitario, nos hemos acostumbrado a que tenemos el derecho inalienable a que nuestra salud la defienda el Estado, lo que conlleva que no seamos tan conscientes de los deberes que eso implica. En este sentido, es muy buena la definición de la Organización Mundial de la Salud (OMS) cuando dice que el ciudadano es el primer
responsable del autocuidado de su salud, y, como tal, tiene derecho a disponer de los medios suficientes para la protección de la salud pero, al mismo tiempo, tiene el deber de proteger su salud, y en este sentido es fundamental tener unos hábitos de vida saludables, hacer ejercicio físico, llevar una alimentación adecuada, renunciar a hábitos perniciosos como son el alcohol y el tabaco en exceso, etc. Consumidorex ·
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Todo ello son responsabilidades y deberes propios para el autocuidado de nuestra salud. Hemos tenido una posición cómoda, pero es momento de empezar a asumir esa responsabilidad. Afortunadamente, los consumidores cada día quieren ser más gestores de su propia salud y eso va a ayudar a reconocer los deberes que tenemos en este ámbito.
También hay una parte del autocuidado menos conocida que es la atención a los pacientes crónicos, donde se incluye lo que podemos calificar como autocuidado del propio paciente y familiares. Autocuidado, en mi opinión, es todo aquello que un individuo debe y tiene que hacer para prevenir, aliviar o tratar los síntomas de dolencias que no necesiten la pre-
sencia del médico en el diagnóstico y en el tratamiento. Estamos de acuerdo en que la información es la herramienta fundamental para que el ciudadano pueda elegir. Su organización se ha mostrado recientemente en contra de que las contraindicaciones de los medicamentos aparezcan en la publicidad en televisión. ¿Por qué
En este autocuidado de la salud, ¿qué papel debe desempeñar el farmacéutico? El papel del farmacéutico es fundamental, pues es el auténtico director del autocuidado de la salud. Pero hay que aclarar que el primer responsable y protagonista de la salud es el propio individuo, de manera que el Estado debe dotarle de los medios necesarios e imprescindibles para que lo consiga. Ahora bien, es evidente que el ciudadano de a pie necesita ayuda para el autocuidado de su salud, y, salvo para las enfermedades que él no es capaz de autodiagnosticarse, en cuyo caso se requiere la ayuda de un médico, es necesario que se dirija al farmacéutico, porque es el profesional sanitario que tiene los conocimientos necesarios incluso para decirle si no es conveniente que tome algún medicamento que pueda interactuar negativamente con otro que ya esté tomando, por ejemplo, porque tenga una enfermedad crónica. Por eso, los medicamentos que compramos para el autocuidado de la salud tienen que ser dispensados siempre por un farmacéutico. De lo contrario, perderían su garantía de seguridad y eficacia. Por poner un ejemplo, si tengo un coche muy bueno, con enormes medidas de seguridad, pero lo conduzco mal y de forma imprudente, puedo tener un accidente con él; por contra, para conducirlo bien tengo que tener información adecuada que, en el caso de los medicamentos, además de la publicidad y el prospecto, es imprescindible el farmacéutico, que es el que tiene los conocimientos suficientes en esta materia y sobre nuestra situación individual. Podemos afirmar, sin duda, que el farmacéutico es el director del autocuidado de la salud.
Lo único que garantiza la seguridad y eficacia de un producto de autocuidado de la salud es el uso correcto del mismo y, para usarlo correctamente, el ciudadano tiene que tener toda la información necesaria para hacerlo. podría ser contraproducente incluir esa información?
Desde anefp, llevamos años manteniendo que lo único que garantiza la seguridad y eficacia de un medicamento de autocuidado de la salud es el uso correcto del mismo, y que para usarlo correctamente, el ciudadano tiene que tener toda la información necesaria para hacerlo. En relación con la petición que ha realizado un foro para que en la publicidad en televisión de medicamentos para el autocuidado de la salud se incluyeran todas las contraindicaciones, tengo que afirmar que, desde nuestro punto de vista, esta inclusión sólo serviría para confundir al ciudadano. Hubo una época en que se pretendía que la información que la normativa sobre medicamentos exige, se facilitara en la publicidad, incluso televisiva. Y lo cierto es que, en anuncios de 20 segundos, en los que esa información aparecía en una banda que pasaba por la parte inferior de la pantalla a toda velocidad, el consumi-
dor no recibía una información adecuada. En esas circunstancias, anefp estaba en contra de cómo se transmitía la información porque, en lugar de informar, se alarmaba al ciudadano. Lo que hicimos entonces fue llevar la información al consumidor, indicándole que debía leer las instrucciones de uso, consultar al farmacéutico y, sobre todo, que ese producto que estaba viendo era un medicamento. Así conseguimos, después de mucho luchar, que se nos autorizara a insertar al final de los anuncios televisivos la famosa pantalla azul que dice: “este anuncio es de un medicamento”, “lea detenidamente las instrucciones de uso” y “en caso de duda, consulte al farmacéutico”. Con este mensaje, lo que se pretende es facilitar al consumidor la máxima información de la manera más eficaz. Pero hemos dado incluso un paso más, pues la versión actual de la pantalla azul es más exigente y dice: “lea las instrucciones de este medicamento y consulte al farmacéutico”, es decir, que ya no hace falta que tenga dudas para consultar al farmacéutico, sino que debe hacerlo en cualquier circunstancia. anefp lo tiene muy claro: si el medicamento no lo dispensa un farmacéutico, deja de estar garantizada su seguridad y eficacia, porque faltaría la información correcta y
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personalizada, información que, además, parte de lo que yo le explique al farmacéutico sobre cómo me siento, sobre qué síntomas tengo. Así, evito tener que recurrir al médico, quién podrá disponer de ese tiempo para otro paciente que de verdad lo requiera, por padecer dolencias o síntomas más complejos. Para estos síntomas menores de autocuidado se puede recurrir al farmacéutico, quién remitirá al médico si lo considera necesario. Por otra parte, y entendiendo que el prospecto es una fuente de información importantísima, anefp lleva años luchando con el Ministerio de Sanidad para que estos documentos sean escritos de forma que los consumidores los entiendan y, por fin, parece que lo vamos consiguiendo, pues es fundamental que toda esa información llegue de forma clara y perfectamente comprensible. El autocontrol de la publicidad es una de las funciones de su organización. ¿Por qué es tan importante y está tan controlada la publicidad de los medicamentos? La publicidad en los medicamentos tiene que estar controlada, pero no estoy de acuerdo en que se controle como censura por varias razones: primera, porque quienes forman el comité de control de la publicidad no son técnicos publicitarios, sino 8
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funcionarios del Ministerio de Sanidad y, en la publicidad, lo que se dice en el mensaje es lo de menos, lo importante es lo que decodifica el receptor del mensaje. La segunda razón es porque el sistema actual coloca a los medicamentos en una situación absolutamente injusta con respecto a alimentos y otros productos que se atribuyen propiedades preventivas e incluso curativas. Por ejemplo, un complemento vitamínico calificado como medicamento tiene que decir que solo lo tomes cuando lo necesites y tengas carencias vitamínicas subclínicas, porque si es clínica ya
Desde mi punto de vista, es mucho más eficaz un sistema de autorregulación publicitaria que otros, entre otras cosas, porque la Administración es muy lenta en sus procesos; porque la autorregulación incluye todo, tanto a los alimentos que prometen actividades terapéuticas, que llaman alegaciones de salud, como a los medicamentos; y, además, porque en la autorregulación están presentes todos los implicados en la publicidad, desde el anunciante hasta el creativo y las agencias, lo que hace casi imposible que se “cuele” alguna irregularidad.
El sistema actual de control de la publicidad coloca a los medicamentos en una situación absolutamente injusta con respecto a alimentos y otros productos que se atribuyen propiedades preventivas e incluso curativas.
tendrías que ir al médico. Mientras tanto, unos simples cereales de desayuno pueden decir en su publicidad que si los tomas todos los días, como llevan vitaminas y minerales, vas a estar muchísimo mejor de salud, y esto no lo controla nadie.
Y todas esas ventajas se refieren a la prevención de la publicidad, porque, además, es mucho más ágil en su resolución, por lo que se podrían tomar medidas para cancelar la emisión de un anuncio con gran inmediatez. Por tanto, aunque les digan a los
consumidores que la censura previa de la publicidad del medicamento les protege más, no es así. La realidad es que les protege menos que si el anunciante es responsable hasta el último momento. Desde hace algunos años se debate sobre la sostenibilidad del sistema sanitario tal y como lo conocemos. ¿Cuáles son, a su juicio, las claves para preservar este sistema, uno de los pilares de nuestro “estado del bienestar”? Para culpar a los medicamentos de los problemas de sostenibilidad de nuestro sistema sanitario se dicen cosas como que el gasto en medicamentos en España supone el 27% de todo el gasto sanitario, mientras que, por ejemplo, en Inglaterra, se queda en el 7,5%. Pero estas cifras se han descontextualizado y la realidad es bien distinta. Para comparar el gasto en España y en Inglaterra hay que saber cuánto ganan los médicos y enfermeros en uno y otro lugar, el coste de los hospitales, la inversión
en prevención de la salud, y luego hacer los cálculos en proporción. A mí, el único dato que me sirve es el gasto en medicamentos per cápita, es decir, lo que gasta el Estado español en medicamentos por cada uno de sus ciudadanos; y ahí no estamos por encima del resto de Europa. En cualquier caso, no se puede pretender tener un coche de lujo y echarle la gasolina de un utilitario. Si queremos que la prestación en salud sea universal y gratuita, tenemos que pagarla. Y, tanto el ciudadano como el propio Estado, tienen que ser conscientes de los recursos que se necesitan para mantener estos servicios. Casi todos nosotros estamos encantados con nuestro servicio sanitario, pero tenemos que hacerlo sostenible. Por eso, anefp ha propuesto que, cuando los recursos son limitados, se prioricen y se limiten a lo que es fundamental para mantenerse saludable.
Así, parece más razonable, cuando los recursos son limitados, y lo son, no financiar aquellos medicamentos que los ciudadanos podemos pagar para nuestros síntomas menores, y que los recursos se dediquen a otras prestaciones sanitarias que cada uno de nosotros individualmente no podríamos pagar, como una operación quirúrgica, la atención psiquiátrica, etc. Como en todas las facetas de nuestra vida, las nuevas tecnologías han irrumpido en el cuidado de la salud y son muchos los ciudadanos que recurren al “Doctor Google” para tratar sus dolencias. Recientemente, su organización ha creado, en colaboración con Vademécum, una plataforma web sobre salud. ¿En qué consiste y cuáles son sus objetivos? Es una plataforma web de consulta farmacológica sobre medicamentos de autocuidado que estará disponible en breve. En este vademecum digital se incluirá información del medicamento como ficha técnica, prospecto, indicaciones, laboratorios comercializador, etc. En relación con el doctor Google al que aludías en tu pregunta, desde anefp consideramos que los profesionales sanitarios deben ser nuesConsumidorex ·
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tra única fuente de información, porque más importante que tener información, es tener la garantía de que la fuente de esa información es fiable. La grandeza de Internet es tener la libertad absoluta de encontrar cualquier cosa, pero, a la vez, esa también es su miseria, porque Internet es incontrolable. Por eso, anefp defiende que la fuente de información venga de los profesionales sanitarios y que la compra del medicamento se haga sólo en las farmacias y no por Internet, ya que no tendría las mismas garantías, ni desde qué es lo que contiene ese medicamento, ni de las condiciones en las que va a llegar hasta mí. Por tanto, no tendré garantía de calidad, eficacia ni seguridad. ¿Cuáles son los objetivos de anefp a corto y medio plazo?
dos razones: la primera, por salud; y la segunda, por la sostenibilidad económica del sistema, pues ya es hora de que en este país, y es otro de nuestros grandes retos, empecemos a diferenciar la prescripción de la financiación. En este sentido, sostenemos que un médico tiene que poder prescribir todo, pero que el sistema de salud no tiene que financiarlo todo. Sin embargo, estos dos conceptos, hasta ahora, se han confundido, hasta el punto de que el ciudadano piensa que todos los medicamentos y productos que le prescribe su médico, le son prescritos porque los paga el Estado.
A corto plazo y como objetivo general, queremos que las autoridades, los profesionales sanitarios y los ciudadanos entiendan la importancia que tiene el autocuidado de la salud y su desarrollo.
Hoy en día, esto ya no es así, y la financiación de lo prescrito tiene un doble componente: el producto sanitario y el individuo. Por ejemplo, si el prescrito es un pensionista, no va a pagar nada por sus medicamentos; pero si es trabajador, pagará el 40%.
Además, tenemos proyectos concretos a corto y medio plazo, como la incorporación en la receta electrónica de los medicamentos y productos sanitarios sin receta y no financiados, es decir, que el médico pueda prescribir en receta oficial cualquier medicamento y producto sanitario sin receta y no financiado. Creemos que esto debe ser así por
En cualquier caso, nosotros seguiremos apostando porque los ciudadanos tomen conciencia de la necesidad de aliviar las arcas estatales del pago de medicamentos para el autocuidado de la salud, para que ese dinero pueda destinarse al tratamiento de enfermedades graves, intervenciones quirúrgicas, nuevas coberturas, etc.
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QUIÉN ES... Rafael García Gutiérrez comenzó su vida profesional como maestro del Instituto “Ramiro de Maeztu”, de Madrid, aunque pronto se incorporó a la industria farmacéutica. Maestro y economista, desde principios de los años 70 ha estado ligado al mundo del medicamento y la salud, cofundando la anefp en 1985, organización que presidió hasta 1991, pasando en ese momento a dirigirla con dedicación absoluta. Fundador y presidente hasta 1999 de Autocontrol de la Publicidad, es miembro de diversas entidades y organismos como la Asociación Española de Anunciantes, Sigre, la Fundación Abott, la CEOE o la Asociación Española de Expertos en Seguridad Alimentaria. Recientemente se le ha concedido el título de “Colegiado de Honor ” del Colegio Oficial de Farmacéuticos de Madrid.
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l consejero de Salud y Política Social, Francisco Javier Fernández Perianes, presentó las líneas generales de actuación de su departamento para la presente legislatura ante la Comisión correspondiente del Parlamento de Extremadura, y ha planteado la necesidad de crear un escenario de diálogo con todos los agentes implicados, para que realicen aportaciones sensatas y planteamientos responsables a la mejora de las líneas presentadas. Por ello, el consejero ha propuesto el desarrollo de un Pacto por la Sanidad, que garantice la universalidad de este derecho y la sostenibilidad del Sistema Sanitario Público de Extremadura. Fernández Perianes ha reconocido que resulta imprescindible que la gestión de los recursos públicos se realice desde una premisa planificadora, eficiente y honesta, que redunde en la calidad de la asistencia a los ciudadanos. Para alcanzar dicho objetivo, destaca el desarrollo del V Plan de Salud de Extremadura, que será el instrumento necesario y vital que defina y oriente las políticas sanitarias en Extremadura, y que ampliará su periodo de vigencia de 4 a 8 años, manteniendo los seguimientos y evaluaciones bianuales.
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Asimismo, Perianes ha señalado que se trabaja en la elaboración del I Plan de Transporte Sanitario, que persigue un carácter integrador, y que pretende ampliar los servicios a las actividades del SEPAD, lo que convertiría el transporte sanitario en socio-sanitario. Gestión económica y listas de espera En relación a la gestión económica, ha informado de que ya se han puesto en marcha las compras centralizadas, lo que permite aumentar los lotes de adquisición y, por lo tanto, obtener precios más ventajosos. De igual manera, el consejero ha mencionado que se trabaja para reducir las listas de espera quirúrgicas, realizando mejoras en los servicios de admisión e introduciendo mecanismos de control en la gestión y seguimiento de las listas de espera. Al mismo tiempo, Fernández Perianes ha manifestado que está previsto revisar los tiempos de espera recomendables, según grupo de patologías, asignándoles la prioridad que con criterios comunes a nivel nacional se determine. El consejero ha incidido en que se
está trabajando en las gestiones de la oferta pública de empleo en el SES, para incorporar los recursos humanos necesarios para el desarrollo de los servicios de salud. En cuanto a las oficinas de farmacia, el consejero ha alabado las labores de control y asesoramiento en los casos de pacientes polimedicados, gracias a la información facilitada por la receta electrónica. Asimismo, ha puesto en valor la iniciativa de incluir los medicamentos publicitarios desde las oficinas de farmacia en la hoja de tratamiento del proyecto Jara con un fin primordial: la seguridad del paciente. Sanidad nacional y dependencia Perianes ha destacado que se está trabajando activamente en el pro-
Además, ha indicado que se trabajará en la modificación del MADEX, como herramienta idónea para contextualizar la acción de todos los colectivos que ejecutan medidas en este ámbito. Política Social En Política Social, Fernández Perianes ha declarado que su objetivo es alcanzar las mayores cotas de bienestar social, por lo que apuesta por una regulación normativa sobre diversos ámbitos, como los procedimientos de adopción y acogimiento, la tramitación de los expedientes de protección, la Ley de Infancia y Familia de Extremadura, la Ley de Servicios Sociales, y la creación de una Ley de Rentas Mínimas, entre otras.
grama de implantación en todo el territorio nacional de la historia clínica digital, que permitirá a los profesionales sanitarios y a los pacientes, mediante un sistema de interoperabilidad, acceder a la información relevante a nivel nacional, y no limitarse a la demarcación territorial de cada servicio de salud autonómico. Además, tanto la Consejería como el SES tienen puesto todo su empeño en las acciones para alcanzar la cartera básica de servi-
cios común del Sistema Nacional de Salud. En relación a la atención a la dependencia y a la discapacidad, ha señalado que estas políticas se deben convertir en garantes de unas cotas asistenciales necesarias que posibiliten la consecución de unos niveles de vida dignos para estas personas. No obstante, ha reconocido que se hace necesaria una mejora en el modelo que lo haga más efectivo y más sostenible en el tiempo.
Todas las medidas citadas pretenden mantener y reforzar los principales servicios que se ofrecen a la ciudadanía para garantizar la cobertura de sus necesidades sociales básicas y de promoción e inclusión social. El consejero de Salud y Política Social ha destacado su firme apuesta por una política familiar activa, pues, según ha indicado, la familia desempeña un papel esencial para garantizar la convivencia y la cohesión social.
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Extremadura goza de unas características idóneas para el desarrollo de uno de los sectores turísticos en auge en nuestro país: el turismo activo. Sin embargo, la ausencia de regulación supone una amenaza para los empresarios y provoca, en ocasiones, desconcierto y desconfianza en el usuario.
urbanos y rurales de calidad, una gastronomía rica en productos naturales de fama internacional y otros muchos tesoros que, por fortuna, cada vez son más quienes quieren venir a conocer.
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entro del llamado “turismo de interior”, Extremadura goza de unas posibilidades casi infinitas: tenemos tres ciudades Patrimonio de la Humanidad, un Parque Nacional, espacios naturales únicos, una maravillosa arquitectura popular en muchos de nuestros pueblos, la mayor superficie de costa de agua dulce de Europa, establecimientos hoteleros
Pero, inevitablemente, la oferta de turismo cultural o de naturaleza debe adaptarse a los nuevos gustos de unos turistas que, lejos de querer ser meros espectadores de las maravillas que atesoramos, quieren participar de ellas en primera persona. Ya no basta con admirar las cristalinas aguas de alguno de nuestros ríos de montaña: queremos descender sus rápidos en canoa; no basta con caminar por nuestra red de caminos rurales: queremos recorrerlos en caballo, quad o bicicleta de montaña; no basta con admirar el casco antiguo de nuestras espectaculares ciudades medievales: queremos sobrevolarlas
en globo; no basta, en definitiva, con observar y admirar: queremos sentir, tocar... vivir. En este contexto, es comprensible que el llamado “turismo activo” sea uno de los subsectores turísticos de mayor crecimiento en nuestro país. Y Extremadura, como no podía ser de otra manera, no se está quedando atrás. Pero no debemos olvidar que muchas de las actividades que habitualmente se engloban dentro del turismo activo suponen ciertos riesgos inherente a su naturaleza, por lo que es especialmente importante controlar el funcionamiento de las empresas que ofertan este tipo de servicios, la calidad del material que utilizan, la titulación de sus responsables y otros muchos aspectos fundamentales para asegurar que la aventura se realice en un entorno de riesgo que, siendo imprescindible para cubrir las expectativas del usuario que busca emociones fuertes, debe ser siempre controlado.
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Qué buscamos Como norma general, cuando iniciamos los trabajos para elaborar cualquier informe, lo primero que hacemos es estudiar la normativa que regula el sector, con objeto de determinar cuáles son los requisitos que, desde el punto de vista legal, debemos comprobar que las empresas estudiadas cumplen. Y aquí nos encontramos con el primer problema, pues Extremadura es una de las pocas Comunidades Autónomas que no ha regulado todavía el turismo activo. Es cierto que la última norma turística de la región, aprobada en enero de 2011, incluye una mención a las “empresas de actividades turísticas alternativas”, pero se limita a definirlas y a exigirles una declaración responsable, que no es más que un documento descriptivo de la empresa. En este contexto, quienes ofertan estas actividades en nuestra región, sólo están obligados a tener la correspondiente licencia de apertura, pues no se exige la contratación de seguros, ni se pide titulación a responsables o monitores, ni se regula la información mínima que deben ofrecer a sus clientes, ni el régimen de reservas y cancelaciones, ni ningún otro aspecto básico en el desempeño de una actividad empresarial que, además, se desarrolla en unas especiales condiciones de riesgo para los usuarios, por controladas que estas estén. Esta ausencia de regulación, evi16
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dentemente, perjudica a los usuarios, pues las empresas no tienen porqué entregarles información previa, ni firmar contratos, ni suscribir un seguro de accidentes, ni contratar a monitores con títulos que acrediten sus conocimientos; pero, además, perjudican a las empresas que sí cumplen con todos esos requisitos que, si bien no son obligatorios desde el punto de vista legal, diferencian positivamente a quienes pretenden desarrollar su negocio respetando y mimando su más valioso, y en ocasiones ignorado, tesoro: el cliente.
Nuestro estudio Aunque en internet, medio a través del que normalmente los turistas activos buscan las empresas con las que contratar los servicios que desean, existen multitud de referencias a empresas en Extremadura, lo cierto es que el único listado oficial es el que figura en el Registro de Empresas del sector del Gobierno de Extremadura. Por eso, hemos utilizado los datos de contacto que figuran en ese Registro para realizar nuestro estudio. Pero eso no ha simplificado, ni mucho menos, las cosas.
El turismo activo en otras Comunidades
El citado Registro contiene datos como el nombre social, localidad de la sede , página web y servicios que ofrece. Pero no consta el correo electrónico ni el teléfono, por lo que nos veremos obligados a visitar la web correspondiente para contactar con la empresa. Y aquí nos encontramos con el primer problema, pues varias de esas webs no funcionan o no están actualizadas y, en consecuencia, los datos de contacto que ofrecen no son válidos.
Extremadura es de las pocas Comunidades de nuestro país que aún no han regulado el turismo activo. Por contra, Andalucía, por ejemplo, reguló el sector hace diez años. En la norma andaluza se definen hasta 33 actividades diferentes dentro de esta categoría. Además, impone el cumplimiento de unos requisitos muy exigentes, tanto a la empresa como a sus responsables. Así, es obligatoria la contratación de seguros de responsabilidad civil y de accidentes, y los directores técnicos y monitores tendrán que ser licenciados en Ciencias de la Actividad Física y el Deporte, maestros especialistas en Educación Física, Diplomados o Licenciados en Educación Física u otras titulaciones específicas. Además, los monitores tienen que tener el título de socorrista o de primeros auxilios. Por otra parte, se exige que, antes de iniciar la actividad, se certifique que los usuarios han sido informados de algunos aspectos fundamentales de la misma, como el itinerario del recorrido, los conocimientos o habilidades necesarios para llevarla a cabo, medidas de seguridad previstas y material a utilizar, así como si existe servicios no incluidos en el precio. En el caso de los menores de 16 años, será necesaria una autorización paterna por escrito. Otras de las Comunidades que ha regulado el sector, Castilla León, exige la creación de un protocolo de actuación ante accidentes, que deberá ser presentado antes de iniciar la actividad de la empresa. Además, es obligatoria la firma de un contrato en el que consten todos los extremos importantes del servicio, e incluso ofrece un modelo en uno de los anexos, aunque podrá ser sustituido por una factura o tíquet en el que figure el precio desglosado. Por último, esta norma, dictada cinco años después de la andaluza, define 56 actividades.
Una de las últimas en actualizar su propia norma ha sido Aragón, que obliga a Eso nos obligó a tener un almacén que sirva como base de operaciones y amplía a los 18 años la hacer una primera edad en la que es necesaria la autorización expresa de padres o tutores. selección. Además, y observando que muchas empresas ofrecen los mismos servicios, aunque en lugares diferentes, decidimos hacer una que visitar, o su horario es absolutaen hacer turismo activo en selección tratando de cubrir la mente arbitrario. En cualquier caso, Extremadura, es contactar con mayor parte de las actividades y no es nuestra intención denunciar a varias empresas y contratar sólo distribuirlas por todas nuestra empresarios que, insistimos, no con aquellas que sí ofrezcan esta geografía. Así, hemos contactado tienen ninguna obligación legal de, información previa y por escrito. con más de 20 empresas, aunque por ejemplo, tener un centro de no todas han podido ser visitadas. Cuál es la situación operaciones al que acudir, o una Y es que algunas de ellas ofrecen Si algo aporta la regulación legal mínima infraestructura, con oficinas aventura desde el mismo momento de un sector es que determina un en el que estén expuestas al público en el que intentamos obtener algumarco mínimo de funcionamiento los carteles informativos que sí se na información pues, o nadie de las empresas que operan en él. exigen en otras Comunidades. Por atiende el teléfono que aparece en Así, cuando vamos a un hotel de eso, el primer consejo que podemos la web, o no tienen ninguna oficina cuatro estrellas, sabemos los serviofrecer a quienes estén pensando Consumidorex ·
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La falta de regulación legal del turismo activo en Extremadura, que sí existe en Comunidades limítrofes, perjudica tanto a usuarios como a empresas
cios que, cómo mímimo, vamos a encontrar. Por contra, ante la ausencia de regulación, esta seguridad desaparece. Así, en nuestras visitas a las empresas de turismo activo de la región, nos hemos encontrado con algunas que no tienen seguro de accidentes, otras que sí lo han suscrito y otras que sólo lo hacen si lo pedimos, aunque nos lo cobrarán a parte. Este seguro de accidentes es importantísimo pues, de no tenerlo suscrito, es posible que tengamos que pagar nosotros, por ejemplo, los servicios de rescate. Como importante también es el de responsabilidad civil, seguro que declaran tener suscrito la totalidad de las empresas visitadas. Evidentemente, nadie quiere hacer uso de estos seguros. Por ello, es muy importante que los monitores que dirijan la actividad tengan los conocimientos necesarios para evitar accidentes, adaptando la intensidad de la misma a las condiciones de la persona o del grupo que la esté practicando, así como para poder atender a un acciden18
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Antes de contratar - Contratar sólo con empresas inscritas en el Registro de Empresas del sector del Gobierno de Extremadura. Puede consultar este Registro en la Dirección General de Turismo (924 332 480). - Comparar precios entre distintas empresas, pues la diferencia en el mismo servicio es importante, aunque influye decisivamente la duración, el recorrido y otras variables que deben ser tenidas en cuenta. - Pedir siempre información previa sobre precios, suscripción de seguros de responsabilidad civil y de accidentes, y titulación de los monitores que van a dirigir la actividad. - Exigir la firma de un contrato, en el que conste el precio desglosado de los servicios, la identificación de la empresa y su responsable, los número de póliza de los seguros y las condiciones generales de la actividad. - Si la actividad que va a desarrollar es intensa desde el punto de vista físico o emocional, asegúrese de reunir las condiciones idóneas para desarrollarla, tanto por su estado como poseer los conocimientos y habilidades necesarios. - Si le piden una señal, guarde los recibos y solicite una copia de las condiciones de cancelación del servicio. - En contrataciones telefónicas o por correo electrónico, recuerde que tiene derecho a cancelar el contrato en el plazo de siete días.
tado o lesionado. Por lo general, los monitores de las empresas extremeñas tienen el título de ocio y tiempo libre, que puede ser suficiente para las actividades más pausadas, pero no quizás para otras más especializadas como alpinismo, vela o winsurf. Sin duda, es necesario determinar la titulación mínima que deben tener estos monitores. Por otra parte, debemos tener claro
que, como hemos comentado, la práctica totalidad de las empresas no tienen una sede física como tal. Por eso, el contacto y la contratación se suele hacer por teléfono o por correo electrónico, vías que, en principio, no tendrían porqué suponer ningún problema. Sin embargo, en ocasiones el empresario exige una señal para reservar el servicio que puede llegar al 100% del precio, señal que no será devuelta si el usuario se ve obligado a cancelar el contrato, aunque la causa de la anulación pueda ser calificada como “de fuerza mayor”. Ante estas circunstancias, es necesario determinar un régimen de reservas y devoluciones que, de una parte, protejan al empresario de anulaciones que puedan perjudicar su negocio y, de otra, garanticen al usuario su derecho a cancelar un contrato por causas de fuerza mayor, como enfermedad, condiciones meteorológicas u otras. Por último, y aunque todas las empresas
visitadas declaran que adaptan la dificultad y exigencia de la actividad a las condiciones físicas del usuario, debemos tener en cuenta que, como hemos dicho antes, modalidades como el puenting o el rafting, por su naturaleza, exigen que quien las practique goce de un óptimo estado de salud. No creemos necesario que se someta a un reconocimiento médico a cada usuario, pero sí es imprescindible que se le informe de las posibles consecuencias de la práctica de la actividad para su salud. Este estudio, como todos los que hacemos, no se ha desarrollado en nuestra oficina. Hemos recorrido muchos kilómetros para entrevistar personalmente a los responsables de las empresas, y hemos pulsado el estado del sector. La mayoría de los empresarios está esperanzado, pues Extremadura ofrece unas condiciones ideales para desarrollar el turismo activo. Pero reclaman regulación y más promoción de zonas menos conocidas, sobre todo de Badajoz; los usuarios acogerán muy favorablemente una mayor seguridad en la contratación y descubrir una tierra sin igual desde una perspectiva diferente.
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asta hace unos años, la plataforma ideal para navegar por internet era nuestro ordenador. Sin embargo, la proliferación de los llamados smartphones o teléfonos inteligentes, han cambiado los hábitos de consumo de millones de usuarios en todo el mundo. Así, en el cuarto trimestre del pasado 2011, las ventas de terminales móviles con conexión a internet superaron por primera vez las de ordenadores, incluso incluyendo en esta categoría a productos tan exitosos como los netbook o las tablets. Y es que el poder conectarnos a la red desde cualquier lugar en el que nos encontremos supone una ventaja con la que es difícil competir. Pero también es cierto que la velocidad de la conexión de nuestros móviles no llega, ni de lejos, a la que podemos disfrutar en casa con ADSL o fibra óptica. Pero eso va a cambiar. La cuarta generación El pasado mes de febrero se celebró en Barcelona el Mobile World Congress, uno de los eventos dedicados a la telefonía móvil más importante del
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mundo, y una de las estrellas del encuentro fue el desarrollo de la LTE (Long Term Evolution), el siguiente paso hacia las redes de conexión de datos de cuarta generación. Este nuevo paso en la velocidad de las conexiones móviles de datos promete velocidades de descargas superiores a los 100 megas por segundo, aproximadamente el doble que las mejores conexiones por fibra óptica que está ofreciendo actualmente, por ejemplo, Movistar. Y eso, de momento, porque la teoría de este estándar asegura que puede alcanzar 1 giga por segundo si estamos parados y hasta 100 megas si, por ejemplo, nos encontramos circulando en nuestro vehículo. Alcanzar estas velocidades abriría un mundo de posibilidades a miles de usuarios, cuyos deseos de conectividad están actualmente encorsetados en unos estándares que no cumplen sus expectativas. Videojuegos en red sin retrasos ni saltos, streaming en alta velocidad o videoconferencia de máxima resolución son servicios a los que podríamos acceder desde nuestro telé-
fono móvil con una conexión de cuarta generación. El salto es tan enorme que, hasta ahora, es la red la que pone los límites a las empresas y usuarios; a partir de la entrada en funcionamiento de estas nuevas redes, debemos estar preparados para aprovechar todo su potencial, pues lo que ahora conocemos no sería sino un pequeño avance de lo que llegará. 4G, ¿a cualquier precio? Una de las incógnitas que están por desvelar es el precio al que los operadores españoles ofrecerán esta conexión. De momento, Movistar lanzó una campaña precomercial dirigida a instituciones y grandes empresas de Barcelona y Madrid, que permitía un tráfico de 10 gigas por 45 euros al mes. Tal volumen de datos puede parecer mucho si lo comparamos con el límite de 500 megas (unas 20 veces menos) que tienen de media las conexiones de usuarios
“normales”. Sin embargo, si alguien decide contratar una de estas conexiones, es de suponer que haga un uso masivo de la misma, por lo que ese volumen, y a esa velocidad, se quedará corto enseguida. Así se desprende de la experiencia de otros operadores que ya ofrecen este servicio a sus clientes. Por ejemplo, la teleco nórdica TeliaSonera, que comenzó a ofertar conexiones LTE hace tres años, afirma que un usuario medio tiene un tráfico mensual de entre 14 y 15 gigas, mientras que ese mismo usuario, en conexiones 3G (el estándar actual que utilizamos con nuestros smartphones), no llega a 400 megas al mes, es decir, unas 35 veces menos. Por eso, mucho nos tememos que, en un primer momento, el precio de este tipo de conexiones la alejarán del gran público, y sólo una competencia real entre las cuatro operadoras españolas que ya han anunciado el despliegue de redes, Movistar, Orange, Vodafone
y Yoigo, llevará a una guerra de precios que los hará atractivos para el usuario medio. En España, ¿para cuándo? A finales de 2011, había 33 redes LTE funcionando en el mundo, con Estados Unidos como el principal mercado, con casi cinco millones y medio de usuarios conectados a través de estas redes. Desgraciadamente, ninguna de esas 33 redes se encuentra en España, al menos, de forma accesible para cualquier usuario. Como decíamos, se están haciendo experiencias piloto en algunas de las principales ciudades españolas, con ofertas precomerciales y con resultados espectaculares. Así, miembros de la web adslzone, han probado la red que está desplegando Vodafone en Madrid con un ordenador portátil y conectando desde distintos puntos en los que esta red es accesible, consiguiendo, en el mejor de los
casos, una conexión de 70 megas reales de bajada y 30 de subida, es decir, mucho mejor que la conexión fija de fibra óptica. Y lo mejor es que la peor velocidad a la que se conectaron fue de unos increíbles 40 megas. En principio, se estima que las primeras ofertas comerciales lleguen en la segunda mitad del año, pero aún es pronto para saber si estas previsiones se cumplirán o no. Lo que sí es claro es que esta oferta llegará a corto plazo sólo a las grandes ciudades. Siendo la conexión 3G casi una quimera en muchas zonas rurales, donde la conexión móvil casi no existe, la llamada brecha digital corre el peligro de convertirse en un abismo.
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Para que una economía de libre mercado como la nuestra funcione, es esencial el respeto a la libre competencia entre empresas, pues de ello depende, en gran medida, la calidad y el precio de los bienes y servicios que estas ofertan a sus clientes.
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s relativamente habitual leer en los medios de comunicación que a alguna gran empresa de nuestro país se le ha sancionado por prácticas contrarias a la libre competencia; o que algún gigante de las telecomunicaciones denuncie a otro por no permitir que la libre competencia
La competencia energética Uno de los sectores económicos fundamentales para cualquier país es el de la energía. En el caso de España, los mercados de los hidrocarburos (combustibles), electricidad y gas están liberalizados, lo que, en teoría, iba a fomentar la competencia entre empresas y, en consecuencia, bajarían los precios y mejoraría la calidad. impere en el mercado (Google vs. Microsoft, Expedia vs. Google,...). Y, debido a la dimensión de las sanciones y a los asuntos por los que se imponen, podemos pensar que sus consecuencias están muy lejos de afectarnos directamente a nosotros, pobres usuarios de a pie. Nada más alejado de la realidad.
En el caso de los combustibles, y consciente de que la información sobre precios al consumidor es fundamental para poder elegir, la norma obliga a las gasolineras, entre otras cosas, a informar del precio de los distintos combustibles en las estaciones de servicio situadas antes y después en esa misma carretera, siempre que esta fuera de titularidad estatal. El incumplimiento de esta normativa fue denunciado por la Unión de Consumidores de Extremadura en 2002; hoy, siguen sin existir esos carteles informativos. Por otra parte, los sectores del gas y la electricidad han sido los últimos liberalizados, con resultados muy alejados de los que cabía esperar. De hecho, la entrada en competencia de nuevas empresas, y según el comparador de tarifas de la Comisión Nacional de la Energía, supone un ahorro, en contratos de 5,5 kilowatios de potencia contratada y un consumo de 5.000 kilowatios/hora, de nada menos que ¡17,65 euros al año! si cambiamos nuestra tarifa de último recurso por otra negociada en el mercado libre. A cambio, el sector eléctrico ha pasado a ser uno de los que mayor número de reclamaciones genera por problemas de facturación, defectos en la aplicación de las lecturas estimadas, desaparición de la tarifa nocturna...
En nuestro país, la norma que regula la Ante este panorama, con beneficios inexistentes para el consumidor, con incen“mala” competencia , tivos casi nulos para cambiar de compañía y con tarifas que no dejan de subir, la llamada desleal, nos preguntamos si realmente habrá merecido la pena el proceso de liberalidata de 1991, aunque zación de estos sectores, por mucho que venga promovido por la UE. ha sido actualizada recientemente. Y como muestra de su alcance, fija su finalidad en proteger la compeSin embargo, en nuestro día a día productos, en el precio. Así, no es tencia en interés de todos los que padecemos gran cantidad de situaextraño actualmente ver anuncios participan en el mercado, lo que ciones en las que nos preguntamos en televisión en los que el fabriincluye, evidentemente, a los consi de verdad es real la competencia cante anuncia abiertamente el presumidores. en nuestro mercado. cio recomendado de venta de sus productos. En este contexto, nos Competencia, ¿para qué? En una situación de crisis como la preguntamos si ese “precio La libre competencia es esencial que padecemos, el precio se conrecomendado de venta al público” para nuestro mercado. Gracias a vierte en un factor, si cabe, más no es, en realidad, un precio fijo ella, las empresas se esfuerzan en importante aún para atraer al conpara los distribuidores, lo que sería ofrecer productos de mayor calidad sumidor. Por eso, los márgenes considerado como práctica ilegal en y a mejor precio que sus competicomerciales de muchas empresas se el marco de la libre competencia. dores para atraer a los clientes. Por están reduciendo, al tiempo que se eso se castiga tan duramente a agudiza su ingenio con nuevas Porque si, por ejemplo, todos los quienes realizan prácticas que concampañas publicitarias y sistemas supermercados vendieran el litro de culcan este principio. de marketing basados, además de leche de una determinada marca al en la calidad e innovación de sus precio que anuncia su fabricante en Consumidorex ·
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la televisión, ¿qué sentido tendría para el consumidor buscar ventajas en uno u otro establecimiento? Compraríamos sólo en el que está más cerca de casa, lo que conllevaría un peor servicio y mayores precios, al no sentirse estos supermercados amenazados en su posición por un competidor que, en este caso, vende sus productos al mismo precio que él. La opinión de la CNC En nuestro país, el organismo público que se encarga de velar por que las empresas respeten este principio de libre competencia es la Comisión Nacional de la Competencia (CNC). En varias ocasiones se ha pronunciado sobre la práctica habitual por parte de los fabricantes o importadores de recomendar precios a los distribuidores, afirmando, en una de sus últimas resoluciones (S/323/11, de 30 de diciembre), que la normativa de defensa de la competencia sanciona el establecimiento de un precio de reventa fijo o mínimo, pero que la recomendación de precios de reventa o el establecimiento de precios máximos es aceptable siempre que la cuota de mercado de cada una de las partes no exceda del 30% y que la recomendación no se acompañe con medidas de presión o incentivos (amenazas, multas, suspensión de entregas) que supongan de facto el establecimiento de un precio fijo. 24
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Nuestra experiencia En los once años de vida de Consumidorex, hemos realizado dos estudios que han terminado en denuncias ante la CNC (antes, Servicio de Defensa de la Competencia (SDC)). En 2001, denunciamos la concertación de precios por parte de varias autoescuelas de la región, que cobraban lo mismo por las clases teóricas o las prácticas, denuncia a la que acompañamos presupuestos de todas ellas y que fue estimada íntegramente, declarando la existencia de esas prácticas ilegales. Sin embargo, se actuó sólo contra algunas de las autoescuelas denunciadas, puesto que otras, advertidas de la denuncia a través de nuestra denuncia pública, cambiaron sus precio, por lo que las investigaciones del SDC, que inició sus averiguaciones casi un año después de nuestra denuncia. Un año después, publicamos un estudio en el que denunciábamos el incumplimiento de la normativa en el sector de las gasolineras pues, como explicamos en este artículo, deben mostrar el precio de los distintos combustibles en las estaciones de servicios situadas antes y después de ella en esa vía. Sin embargo, ni una sola de las 53 gasolineras visitadas en aquella ocasión, cumplía con estos deberes de información, fundamentales para que el consumidor pueda elegir con criterio.
Así, la recomendación de precios sería perfectamente legal si esta no supone, de hecho, una fijación de precios. Esta tesis es corroborada por nuestro Tribunal Supremo (sentencia de 11 de diciembre de 1998), que incluso considera positiva para el consumidor esta recomendación de precios pues,
“cuando hay competencia suficiente entre revendedores, funciona como precio máximo y facilita al consumidor la comparación entre las diferentes ofertas que se distinguen por el porcentaje de descuento que cada revendedor ofrece respecto al mismo producto”.
Pero, ¿qué sucede si ese precio recomendado no se distribuye en una lista, sino que se imprime directamente sobre el envase del producto? Para esta situación tiene respuesta la Dirección General de Política Comercial, que en su respuesta a la consulta nº 20/05-12-2006, afirma que “no existe normativa alguna por la que se prohíba al fabricante poner en los bienes el precio de venta en los envases de los productos, pero ha de tenerse en cuenta que el comerciante-vendedor no estará vinculado por el precio que orientativamente fije el productor, ya que este será en todo caso un precio meramente recomendado.”
A nuestro juicio, la respuesta a dicha consulta no podría resultar sino afirmativa, pues del trabajo de campo realizado se deduce que, cuando el envase de, por ejemplo, las patatas fritas o el pan de molde, exhiben un precio anunciado como “oferta”, el vendedor no se aparta de él, lo que constituye, de facto, la fijación de un precio de venta al público. No obstante, y estudiando el comportamiento de los organismos reguladores en los últi-
mos tiempos (la Comisión Nacional de la Energía, recomendado mayores subidas de la luz, o la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones, retrasando -aunque ha rectificado- la rebaja en el precio de terminación de las llamadas a móviles), que parecen estar más cerca de las empresas que de los consumidores, mucho nos tememos que la respuesta será tan vaga y la tramitación tan ineficaz como ya lo ha sido en otras ocasiones.
Sin embargo, en la práctica habitual, cuando el precio recomendado está impreso en el propio embalaje del producto, el distribuidor no lo sustituye por el que él estima conveniente impreso en sus propias etiquetas, lo que equivale a fijar los precios. ¿Denunciamos? Visto el criterio de la CNC, hemos decidido, antes de denunciar esta práctica, plantear una consulta con objeto de determinar si la impresión del precio en los embalajes de los productos puestos a la venta en el mercado, fundamentalmente en el sector alimentario, pudiera resultar contraria a la libre competencia.
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a subida del IRPF en 2011 ya supuso cambios a la hora de hacer la declaración de la renta, pues se crearon dos tramos nuevos para aumentar la presión fiscal sobre las rentas más altas; pero el actual Gobierno introduce una nueva subida en los tramos del IRPF que supondrá incluir un nuevo tramo, solo destinado a las rentas más altas, y que hará cambiar las tablas de IRPF y el cálculo de las retenciones, que estarán entre un 0,75% y un 7%. Pero ahora mismo, los contribuyentes vamos a iniciar la presentación de nuestras cuentas del ejercicio fiscal 2011, y viene con varias novedades.
Plazos Si aún no tiene el borrado de su declaración (la Agencia Tributaria comienza a remitirlos el 3 de mayo), podrá obtenerlo por Internet hasta el 2 de julio, sin necesidad de solicitud previa, mediante la utilización de firma electrónica o un número de referencia suministrado por la Agencia Tributaria. Asimismo, tenemos de plazo hasta el 2 de julio para modificarlo o confirmarlo de forma telemática o
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telefónica. Pero ciudado, porque si nuestra declaración sale a pagar, y solicitamos domiciliación bancaria del pago, el plazo finalizará el 27 de junio. La presentación telemática de determinadas autoliquidaciones podrá efectuarse mediante la consignación del NIF del contribuyente y del número de referencia del borrador o de los datos fiscales suministrados por la Agencia Tributaria. Si optamos por pedir cita y hacer la declaración vía presencial, el plazo se agotará el 2 de julio. En resumen tendremos de plazo hasta el 2 de julio para presentar nuestra declaración de la renta, a no ser que nos salga a pagar y decidamos domiciliar el pago, en todo caso el plazo se acortará hasta el 27 de junio. Exenciones Continúa vigente la exención para los premios obtenidos en juegos distintos de la lotería, que se venían comercializando antes de la entra-
da en vigor de la Ley 13/2011, de regulación del juego. Asimismo, estarán exentas las cantidades derivadas de despidos calificados de improcedentes. Rendimientos del trabajo No se consideran rendimientos del trabajo en especie los gastos e inversiones efectuados durante 2011 para formar a los empleados en el uso de nuevas tecnologías, cuando su utilización sólo pueda realizarse fuera del lugar y horario de trabajo. Se determinan los requisitos de las fórmulas indirectas de pago a las entidades encargadas de prestar el servicio público de transporte colectivo de trabajadores entre su lugar de residencia y su centro de trabajo que no se consideran rendimientos en especie y dan lugar a la exención prevista.
Se fija un importe máximo de 300.000 euros en la cuantía de los rendimientos íntegros, con un período de generación superior a dos años y que no se obtengan de forma periódica o recurrente así como en aquellos que se califiquen reglamentariamente como obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo, sobre los que se aplica la reducción del 40% Se aplica la reducción del 40% prevista en el artículo 18.2 de la LIRPF a los rendimientos del trabajo derivados del ejercicio de las opciones de compra sobre acciones por los trabajadores que se imputen en períodos impositivos finalizados
con posterioridad al 4 de agosto de 2004, cuando las opciones se ejerciten transcurridos más de dos años desde su concesión, si, además, no se conceden anualmente Arrendamiento de vivienda La reducción del rendimiento neto procedente del arrendamiento de bienes inmuebles destinados a vivienda se eleva del 50 al 60%, y se reduce a 30 años el límite superior de edad del arrendatario para poder aplicar la reducción del 100%. En los arrendamientos procedentes de contratos anteriores a 1 de enero de 2011, la reducción del 100% se mantiene hasta la fecha en que el arrendatario cumpla 35 años. Escalas aplicables Se aprueba una nueva escala general con dos tramos adicionales. Uno a partir de 120.000,20 euros con un tipo del 22,5% y, el otro, a partir de 175.000,20 euros con un tipo del 23,5%. Cada Comunidad Autónoma ha aprobado su correspondiente escala. Deducciones Por inversión en vivienda habitual Con efectos desde el 1 de enero de 2011 se restablece la deducción por inversión en vivienda habitual, cualquiera que sea la base
imponible del contribuyente, con la única diferencia respecto a la regulación aplicable en ejercicio 2010 de que se eleva la base máxima de deducción a 9.040 euros en los supuestos de adquisición o rehabilitación de vivienda y para las cantidades depositadas en cuenta vivienda, y a 12.080 euros en el caso de obras e instalaciones de adecuación de la vivienda habitual por razón de discapacidad Por alquiler y por obras de mejora en la vivienda habitual Se limita la aplicación de la deducción por alquiler de la vivienda habitual a aquellos contribuyentes cuya base imponible sea inferior a 24.107,20 euros, modificándose asimismo la base de la deducción Se introduce un a nueva deducción por obras de mejora satisfechas y ejecutadas desde el 7 de mayo de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2012 en cualquier vivienda que sea propiedad del contribuyente (excepto las afectas a actividades económicas) o en el edificio en que ésta se encuentre, aplicable cuando su base imponible sea inferior a 71.007,2 euros Se mantiene un régimen transitorio para los contribuyentes que con anterioridad al 7 de mayo de 2011 hayan satisfecho cantidades por las que hubieran tenido derecho a la anterior deducción por obras de mejora en la vivienda habitual. En la cuota liquida En 2011 no puede practicarse deducción alguna por doble imposición de dividendos pendientes de aplicar, procedentes de 2006, por haber finalizado en 2010 el plazo de cuatro años previsto en la disposición transitoria séptima. 4 de la Ley IRPF. Por nacimiento o adopción Se suprime desde el 1 de enero de 2011 la deducción por nacimiento o adopción.
Para obtener o ampliar esta información, la podrá encontrar en el Manual de la Renta 2011, disponible en www.agenciatributaria.es
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Las cafeteras monodosis o de cápsulas están en pleno apogeo gracias a su sencillo funcionamiento, rápida preparación, fácil limpieza y sabor, pero… ¿cuál elegir?
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día de hoy, es muy habitual preparar el café mediante cápsulas monodosis, un invento que ha revolucionado el mercado de los expresos. Sus defensores alegan que el café, del que se pueden elegir diferentes variedades, tiene el grado justo de molienda y prensado para obtener un expreso de calidad. Además, el producto ya está dosificado porque se vende en cápsulas monodosis. Por otro lado, el envasado protege de la luz y la humedad y asegura un café bien conservado, con el aroma y sabor del recién tostado. La cafetera expreso hace el resto, inyecta agua caliente a presión y da como resultado un café corto y concentrado coronado por una delicada espuma. A la hora de elegir el sistema de monodosis o cápsulas que más nos conviene, debemos tener en cuenta diversos factores como son: variedad de bebidas (café, descafeinado, capuchino, etc.), precio de la
cápsulas y disponibilidad, tipo de cafetera y, como no, el sabor del café. Sin embargo, el factor más importante a tener en cuenta es la disponibilidad de las cápsulas. Algunas cafeteras no venden sus cápsulas en los supermercados habituales y tienen que pedirse por Internet.
tuales de compra, además tampoco podremos escoger un marca determinada de café. Asimismo, un problema añadido es que cada sistema solo funciona con sus propias cápsulas, limitando aún más el abanico de elección (no puede utilizar la de Tassimo en Dolce Gusto por ejemplo).
Aunque lo más recomendable es probar cada sistema antes de decidirse, ya que todos somos diferentes y a cada uno nos gusta el café de una manera, intentaremos facilitar esta tarea de la forma más objetiva posible.
Finalmente, cada sistema cuenta con un tipo de distribución distinta. Las cápsulas Nespresso sólo se venden por Internet y unas pocas tiendas especializadas en todo el país, mientras que las Tassimo pueden hallarse en las grandes superficies y las Dolce Gusto también en los supermercados. Por ello le recomendamos comprobar antes de decidirse si tienen las cápsulas de la cafetera que desea en el establecimiento donde realiza normalmente la compra.
No obstante, en esta ocasión Consumidorex te presenta una comparativa de las cafeteras monodosis más vendidas en el mercado, Bosch Tassimo, Dolce Gusto, Nespresso y Senseo. Centrándonos principalmente en el precio de sus cápsulas, y en la variedad de sus productos. Disponibilidad de las cápsulas Sin ninguna duda, uno de los mayores inconvenientes de las cafeteras monodosis sea la disponibilidad de la cápsulas, ya que dependiendo del modelo elegido, no siempre las podremos adquirir en nuestros establecimientos habi-
Cada vez hay más cafeteras en el mercado que se pueden utilizar con cualquier marca de monodosis estándar de café y, algunas de ellas, permiten el uso de café molido además de las monodosis. Algo más que café Aunque en nuestra comparativa tratemos de cafeteras, muchas de ella pueden preparar además de
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variantes de cafés otras bebidas. Por lo tanto, serán mejores aquellas que ofrezcan más opciones, como chocolate, té, etc. Sin embargo, le recomendamos que no escoja una máquina capaz de preparar bebidas que no piensa tomar, pues terminará pagando más dinero por un producto desaprovechado. El precio de una taza Este tipo de cafeteras son conocidas por su elevado precio y el de sus cápsulas, de modo que si busca una forma barata de tomar café, le recomendamos que siga emplean-
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do las tradicionales. Sin embargo, en caso de que realmente desee adquirir una, o la esté comprando como regalo, hemos de señalar que uno de los factores más importantes no es ya el precio de la cafetera en sí (que puede oscilar bastante según la marca, el modelo y el sistema utilizado) sino el precio de las cápsulas, que es el que no varía. Las de la Nespresso cuestan unos 33 céntimos de euro cada una, mientras que las de Tassimo pueden encontrarse por unos 30. Más baratas son las cápsulas de Dolce Gusto, cuyo precio suele ser de
unos 27 céntimos la unidad. Pero en este apartado las cápsulas ganadoras son las de Senseo, que cuestan unos 14 céntimos de media. Tenga en cuenta que algunas bebidas especiales pueden costar más en cualquier sistema. Modelos populares Si no está muy seguro de qué cafetera escoger, puede que le ayude consultar lo que la mayoría de las personas está comprando. En la tabla que ilustra este artículo le mostraremos algunos de los modelos más vendidos.
Las prestaciones Aunque las incluidas en nuestra comparativa sean las más vendidas y utilizadas por los usuarios, existen actualmente otras marcas en el mercado, como Naturmoka, Coffeemotion, Iperespresso de Illy o Stracto de Fagor. ¿Merecen la pena? Antes de entrar a valorar el precio, deberíamos conocer cuales son las ventajas e inconvenientes de este tipo de cafeteras. Para ser justos, la primera ventaja estaría relacionada con su funcionamiento, ya que este es muy sencillo. Se
Además de los aspectos que son específicos para este tipo de cafeteras, existen otros de carácter más general que también hemos de tener en cuenta. • Depósito de agua. Tenga en cuenta la capacidad del depósito con el número de tazas que prepara diariamente. • Calentador de café. Compruebe si tiene un dispositivo capaz de mantener el café caliente y por cuánto tiempo. • Número de tazas. La mayoría de las cafeteras monodosis sólo pueden preparar una taza de café, pero están empezando a aparecer modelos capaces de hacer dos. • Limpieza y mantenimiento. Infórmese de cómo se limpia y mantiene cada una de las cafeteras que le gustan. • Dimensiones. Tenga en cuenta el espacio que tiene disponible para la cafetera con las medidas del modelo escogido. • Nivel de ruido. Solicite información sobre su nivel de ruido. • Bomba de presión. Lo recomendable sería escoger una cafetera con al menos 15 bares.
introduce el café monodosis en la máquina, se pulsa un botón y el café se prepara automáticamente. El café puede conservarse hasta 7 meses, según el fabricante, simplificando así la preparación del café. Además, el café se distribuye en cápsulas, dosificadas herméticamente, precintadas que garantizan la frescura del café y un molido correcto. Son muy limpias ya que es fácil eliminar los restos de café. Solo tienes que tirar las cápsulas de café usadas. Pero toda cara tiene su cruz, y las cafeteras monodosis también. La primera su precio, ya que aunque son pequeñas y compactas, su precio es muy similar a las cafeteras automáticas, por lo tanto son mucho más caras que las tradicionales. Muchas de ellas, solo admiten sus propias cápsulas, acondicio-
nando su compra, precio, etc., y por último el precio. El precio importa Buenas, bonitas, rápidas… ¿Pero merecen la pena económicamente? Para dar respuesta a esta pregunta, solo tenemos que realizar un pequeño cálculo. Sabemos que una sola cápsula de café tiene un precio mínimo de 0,13 euros, también que un paquete de café Marcilla de 250 gramos tiene un coste medio de 1,60 euros. Si dividimos el precio del paquete de café entre el coste de una monodosis, nos saldrían 12 cafés. Ya tenemos la respuesta, porqué la gran mayoría hemos utilizado una cafetera de las denominadas tradicionales, y sabemos que de un paquete de 250 gramos obtenemos mucho más que 12 tazas de café. Además, si tenemos en cuenta el precio de cada monodosis, depenConsumidorex ·
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Evidentemente, hemos optados por elegir una de nuestras cafeteras monodosis, y aunque nuestra principal recomendación es que hagamos una pequeña cata antes de decidirnos por la compra, ya que el sabor de cada café, estará íntimamente ligado al gusto de nuestro paladar, no podemos dejar de fijarnos en algo que las identifica, en este caso el precio. El factor económico, tanto en la máquina como en las cápsulas, es un gran punto a tener en cuenta a la hora de elegir la cafetera, en este caso lo que buscamos es una cafetera que tenga variedad de tipos de café, que las cápsulas se puedan adquirir en supermercados, y que el precio de las cápsulas no sea demasiado caro, en este sentido nuestra elección es clara: nos quedamos con la Philips Senseo, ya que el resto de las cafeteras incrementan en más de un 100% el precio de sus cápsulas.
diendo del tipo de máquina adquirida, vemos que la más cara es Nespresso con un precio por cápsulas de aproximadamente 0,33 euros de media, le seguiría Dolce Gusto y Bosch Tassimo con un precio medio de 0,28 euros por dosis, a continuación encontraríamos a Seseo con un precio de 0,13 euros por cápsulas. Si tenemos en cuenta estos precios, y que una persona se puede tomar una media de 360 cafés al año (un café por día), y optase por adquirir una Nespresso, tendría un coste anual de 118,80 euros al año en café. Sin embargo, si eligiese una Seseo el coste anual bajarían hasta los 46,80 euros, tendríamos un ahorro del más del 150% respecto a la primera opción. Realmente, el decidirnos a adquirir una máquina de café en monodosis, estará íntimamente ligados a nuestros gustos, pero no estaría de más que pensásemos en el uso que vamos a realizar. Ya que si
tomamos uno o dos cafés al día, quizás merezca la pena su rapidez y limpieza, sin embargo si somos “cafeteros” y nos gusta tomarnos varios cafés al cabo del día, segu-
ramente económicamente no merezca la pena, ya que el alto precio de sus monodosis hace que sea un artículo demasiado caro.
Un problema medioambiental El sistema de cafeteras de cápsulas, de empleo fácil e higiénico, presentan un inconveniente considerable en materia ambiental. Varios miles de millones de cápsulas terminan cada año en las basuras domésticas. Cápsulas que en algunos casos, serían fácilmente recuperables y por lo tanto reciclables. Sin embargo, la comodidad y eficiencia anulan el tema de los residuos. No obstante, afortunadamente para muchos consumidores, el respeto al medio ambiente tiene cada vez mas peso en sus gustos y decisiones. Sin embargo, ni que decir tiene, que las políticas medioambientales son determinantes en este aspecto, de hecho en Barcelona se recogen las cápsulas de café monodosis en los puntos verdes de la ciudad. Gracias a una maquinaria específica que permite separar la cápsula del poso del café, se puede reciclar, por un lado, el aluminio y el plástico de los envases, y por otro, los restos de café, que servirán para elaborar compuesto de alta calidad para usos agrícolas. Por ello, las organizaciones ecologistas alertan a los consumidores y los invitan a llevar las cápsulas utilizadas a los puntos de recogida previstos para tal efecto.
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T El verano está ya a la vuelta de la esquina. Ya hemos cambiado el horario, cambiamos las formas de ocio, cambiamos la ropa del armario, pero ¿cambiamos también nuestros hábitos para afrontar saludablemente la temporada estival?
odos conocemos la sensación de bienestar que proporciona tomar el sol, pero antes de hacerlo deberíamos saber que existen enfermedades en las que exponerse al sol está contraindicado. Por otro lado es importante tener en cuenta que el consumo de ciertos medicamentos y el uso de productos cosméticos que contengan activos fotosensibilizantes pueden inducir reacciones de alergia y fototoxicidad si se toma el sol. Recuerde siempre que el farmacéutico puede informarle y aconsejarle sobre
Carmela Llorente Cancho. Vocal de Dermofarmacia. Colegio Oficial de Farmacéuticos de Badajoz.
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las medidas adecuadas para su fotoprotección. Ponerse moreno, al igual que lograr el cuerpo perfecto que anhelamos para verano, no puede ser cuestión de dos días. Pretender un bronceado rápido acarrea consecuencias nefastas para nuestra piel. La primavera es el momento idóneo para prepararnos exfoliando e hidratando para retirar las células muertas y que la piel luzca en perfecto estado. Además, a falta de unos meses para el verano, cuando aún el sol no es tan agresivo, al salir a pasear o practicar deporte al aire libre, nuestra piel empieza a tomar color gradualmente y, cuando llegue en calor, no sufrirá tanto gracias a la protección natural que supone el bronceado.
Recuerde que el consumo de ciertos medicamentos y el uso de productos cosméticos que contengan activos fotosensibilizantes pueden inducir reacciones de alergia y fototoxicidad si se toma el sol. Ante cualquier duda, el farmacéutico puede informarle y aconsejarle sobre las medidas adecuadas para su fotoprotección.
Conseguir ese tono deseado sin que la piel resulte dañada debe ser nuestro objetivo. En este sentido, una alimentación que proporcione vitaminas, minerales y antioxidantes será imprescindible y para ello es necesario contar con una dieta rica en verduras, hortalizas y frutas frescas. • Para mantener la piel hidratada no solo es importante el uso de cremas, sino que es fundamental beber mucha agua y consumir frutas y verduras con alto contenido acuoso. • Para evitar la oxidación y prevenir el fotoenvejecimiento es necesaria la ingesta de vegetales y frutas ricas en vitamina C y E que potencien la respuesta del organismo contra los radicales libres.
• La vitamina A o los betacarotenos presentes en ciertos alimentos mantienen la integridad de los epitelios y protegen la vista de los daños solares. • En la dieta no pueden faltar alimentos que aporten vitaminas del grupo B ya que su déficit conlleva sequedad cutánea. Pero en este tiempo no podemos desatender el cuidado del cabello que durante el verano expondremos a factores potencialmente dañinos. El agua salada altera la carga estática y las propiedades elásticas del pelo, volviéndolo frágil y quebradizo y los rayos UV afectan seriamente su estructura manifestándose de forma parecida a una decoloración química suave. Por ello, antes de exponernos al sol deberíamos adoptar una serie de medidas que aseguren la integridad de nuestro cabello. La mayoría de las marcas comerciales han sacado al mercado productos específicos para su cuidado en verano a base de sprays y champús con filtro solar y mascarillas protectoras. Si se tiene el cabello teñido, es aconsejable
Hidratarse y alimentarse con una dieta equilibrada y colorida hemos visto que puede favorecer un bronceado saludable, y un menú basado en frutas y hortalizas como el ejemplo siguiente nos asegura el aporte de los nutrientes necesarios: DESAYUNO • Leche con muesli de cereales y frutos secos • Batido de frutas
antes del verano oscurecerlo un poco ya que con el sol, el cloro y la sal se ira aclarando cada vez más.
MEDIA MAÑANA • Yogurt • Tostada de pan integral con jamón serrano y aceite de oliva
Si se lleva el cabello natural, pero estamos pensando cambiar su color, es preferible esperar a otoño para hacerlo porque el pelo teñido se resiente aún más frente al sol y necesita cuidados extras.
El menú
Sin duda, las vacaciones estivales son unas fechas perfectas para disfrutar de la playa, la piscina o la montaña y, siguiendo estos pequeños consejos, seguro que este verano nuestra piel y nuestro cabello no sufrirán las agresiones solares de otros años.
COMIDA • Ensalada de judías verdes y patatas • Brocheta de ternera con pimientos • Melón • Zumo de zanahoria MERIENDA • 5-6 nueces CENA • Ensalada simple (lechuga y tomate) • Tortilla de gambas y espinacas • Macedonia de frutas
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on efectos 1 de enero de 2012, el Régimen Especial de Empleados de Hogar queda integrado en el Régimen General de la Seguridad Social, mediante la creación del Sistema Especial para Empleados del Hogar, según la Disposición adicional trigésima novena de la Ley 27/2011 de 1 de agosto (BOE del 2) sobre actualización, adecuación y modernización del Sistema de la Seguridad Social. Para ello, los empleadores para quienes los trabajadores realicen labores domésticas deberán presentar en cualquier Administración de la Seguridad Social o a través de Registro Electrónico, los modelos TA 6 o TA 7 para la solicitud de un Código de Cuenta de Cotización –CCC- dentro del Sistema Especial para Empleados de Hogar del Régimen General y el modelo TA 2/S- 0138 para solicitar el alta o baja de los trabajadores. Durante un periodo transitorio, que comprende desde el 1 de enero de 2012 al 30 de junio de 2012, los empleadores con trabajadores en alta deberán comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social los datos necesarios para la apertura de un CCC y los necesarios para tramitar el alta de los trabajadores a su servicio en el nuevo Sistema Especial para Empleados del Hogar. Para facilitar dichas tareas se ha creado el modelo TA-HOGAR.
INCENTIVOS • Durante los años 2012, 2013 y 2014, se aplicará una reducción del 20% a las cotizaciones devengadas por la contratación de las personas que presten servicios en el hogar familiar, y queden incorporadas a 36
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este sistema especial, siempre que la obligación de cotizar se haya iniciado a partir del 1 de enero de 2012. • La reducción del 20% se ampliará con una bonificación hasta llegar al 45 % para familias numerosas siempre que los empleados de hogar presten servicios de manera exclusiva y que los dos ascendientes o el ascendiente, en caso de familia monoparental, ejerzan una actividad profesional por cuenta ajena o propia fuera del hogar o estén incapacitados para trabajar. Cuando la familia numerosa sea de categoría especial, no será necesario que los dos progenitores desarrollen cualquier actividad retribuida fuera del hogar. Sólo se reconocerá esta bonificación a un solo cuidador por unidad familiar. ACCIÓN PROTECTORA Los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para Empleados de Hogar tendrán derecho a las prestaciones de la Seguridad Social en los términos y condiciones establecidos en el Régimen General de la Seguridad Social, con las siguientes peculiaridades: • Se amplía el período de prestación por incapacidad temporal (I.T.) en caso de enfermedad común o accidente no laboral, iniciándose a partir del noveno día de la baja, estando a cargo del empleador el abono de la prestación desde el día cuarto al octavo, ambos inclusive.
• Se tiene derecho a la incapacidad temporal por accidentes de trabajo y enfermedad profesional, el subsidio será el 75% de la base reguladora y se cobrará desde el día siguiente al de la baja. No obstante, a partir del 1 de enero de 2012 y hasta que sea efectiva la integración en el Sistema Especial o, como máximo, hasta el 30 de junio de 2012, se percibirá el subsidio desde el cuarto día de la baja, estando a cargo del empleador el abono de la prestación al trabajador desde ese día hasta el octavo día de la baja, ambos inclusive. • El pago del subsidio por incapacidad temporal se efectuará directamente por la Entidad a la que corresponda su gestión, no procediendo su pago delegado. • No se tiene derecho a la prestación por desempleo.
Respuesta a las dudas más frecuentes. ¿Es necesario realizar un mínimo de horas para estar incluido en el nuevo Sistema Especial de Empleados de Hogar? Cualquiera que sea el número de horas que un trabajador realice para cada empleador, la inclusión en el Sistema Especial es obligatoria, siendo el empleador el sujeto responsable de solicitar el alta del trabajador y comunicar la retribución mensual (incluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias) que abona al mismo. ¿Cada vez que varíe la retribución que se abona al trabajador hay que comunicarlo a la Tesorería General de la Seguridad Social? Si, la variación de la retribución mensual debe comunicarse en el plazo de 6 días desde que se produjo. ¿Cómo se efectuará el ingreso de las cuotas? El ingreso de las cuotas en el Sistema Especial de los Empleados de Hogar corresponde al empleador, que deberá hacerlo efectivo mediante el procedimiento de domiciliación bancaria. Por tanto, no deberá cumplimentar ningún boletín de cotización. ¿Es obligatoria la cotización por AT y EP? Es obligatoria y va a cargo íntegramente del empleador. La cuota que se ha de ingresar es el resultado de aplicar a la base de cotización los tipos correspondientes a la CNAE 97 (0’65% IT de A.T. y 0’45% IMS de A.T.). Esta cuota se ingresa conjuntamente con la de contingencias comunes a través del sistema de domiciliación en cuenta y se calcula por la Tesorería General de la Seguridad Social. No es preciso por tanto, que el empleador confeccione boletín alguno. ¿Se ha de cotizar por la contingencia de desempleo? Hasta el momento no está previsto ya que la Ley 27/2011 de 1 de agosto sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, que en su disposición adicional trigésima novena establece la integración del Régimen Especial de Empleados de Hogar en el Régimen General no contempla la cobertura por desempleo en este Sistema Especial. ¿Existe obligación de presentación de documentos de cotización si no hay ingreso, como sucede en el Régimen General? En este Sistema Especial no existe obligación de presentación de documentos de cotización si no hay ingreso. ¿Quién es el responsable del pago de la cotización durante la situación de I.T.? Desde el día en el que se inicia dicha situación hasta el octavo día, el empleador es responsable del ingreso tanto de su aportación como de la aportación del trabajador. A partir del día 9 el empleador deberá cotizar únicamente la aportación empresarial siendo responsable la entidad gestora o la entidad colaboradora del ingreso de la aportación del trabajador. Fuente: Ministerio de Empleo y Seguridad Social Consumidorex ·
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l pasado domingo 8 de abril, la compañía Helitt, que opera los vuelos en el aeropuerto de Badajoz, canceló las rutas de Madrid y Barcelona alegando “problemas técnicos” en uno de los aviones. Independientemente de que los pasajeros optaran por tomar alguno de los autobuses que la compañía puso a su disposición o por la devolución del importe de su billete, existe el derecho a una compensación económica que, según el Reglamento (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, asciende para los vuelos
cancelados en este caso a 250,00 euros por pasajero.
ser aceptada expresamente por cada uno de los afectados.
Al cierre de esta edición, la compañía estaba ofreciendo a sus clientes la posibilidad de indemnizarles con billetes de avión para vuelos con su compañía, opción perfectamente válida pero que debe
Mientras, la Unión de Consumidores de Extremadura-UCE seguirá negociando con la empresa una solución lo más beneficiosa posible para los intereses de los afectados. Más información en www.ucex.org.
CRECE LA BANCA ONLINE El 41% de los españoles usa sus servicios
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spaña fue en 2011 el tercer país de la Unión Europea (UE) con tarifas más caras en la electricidad para consumidores domésticos, al pagar 15,97 céntimos de euro por kilowatio/hora de media, solo superadas por Chipre y Malta.
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Teniendo en cuenta dichas tarifas domésticas, a los consumidores españoles el pago de electricidad les supone un esfuerzo el 20,2 % mayor que la media europea, cuando en 2010 era de tan solo el 11,1 %.
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l 41 % de los consumidores españoles utilizan las herramientas de banca online de las que disponen las entidades financieras en internet, mientras que el 50% se sirven del teléfono y el 15%, de aplicaciones para móviles inteligentes. No obstante,
el 48 % de los encuestados para elaborar este informe respondieron que su vínculo principal con los bancos son las sucursales locales.
BAJA LA TERMINACIÓN DEL MÓVIL La CMT adelanta 6 meses su aplicación
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a Comisión del Mercado de Telecomunicaciones (CMT) ha aceptado adelantar a julio de 2013, seis meses antes de lo que había previsto inicialmente, la rebaja de las tarifas de terminación móvil, que son las que se aplican entre sí los operadores por la entrega de las llamadas y que se repercuten en el precio final que pagan consumidores y empresas. En este sentido, la medida fija un precio objetivo para el final del periodo de 1,09 céntimos de euros minuto, lo que supone una bajada cercana al 75%, en los precios mayoristas de los tres principales operadores móviles con red propia (Movistar, Vodafone y Orange) y de casi el 80% para Yoigo.
EL TRIBUNAL SUPREMO MATIZA SU SENTENCIA El comprador no siempre está exento de pagar la plusvalía
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n noviembre el Tribunal Supremo dijo que los compradores de vivienda quedaban exentos de pagar la plusvalía, que esa cláusula era abusiva. Pero ahora resulta que no, que no es exactamente así. Casi cinco meses después el Alto Tribunal aclara que los compradores de viviendas no siempre están exentos de pagar la plusvalía por el
Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, una cláusula que imponían los promotores inmobiliarios. La cláusula es abusiva si su inclusión no fue negociada individualmente. El Supremo matiza que la valoración de la cláusula como abusiva dependerá, en cada caso, de que el tribunal de instancia apre-
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a Campaña de la Renta 2011 ya ha comenzado, y con fuerza. El primer día en el que los ciudadanos podían solicitar su borrador, la web de la Agencia Tributaria se colapsó por las más de 200.000 visitas recibidas. Aunque facilite las cosas, el borrador debe ser concienzudamente revisado, pues según los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha), más de la mitad de ellos contienen errores, siendo los más habituales los relacionados con la vivienda habitual del contribuyente. Así, las adquisiciones realizadas en 2011 no suelen venir reflejadas en el borrador con lo que no se aplicará la deducción del 15%. Gestha advierte que hay que estar alerta cuando la declara-
cie que su inclusión en el contrato de compraventa "no fue negociada individualmente", lo que provocaría una "transgresión de la buena fe contractual y el desequilibrio importante en el contenido del negocio para las partes".
ción se realiza de forma conjunta. En anteriores ocasiones algunos borradores registraban sólo la mitad de la desgravación; como si fuera una declaración individual. Es decir, en vez de deducir 450 euros, sólo se restaba 225 euros. Por ello no está de más, repasar la casilla 738 del borrador en caso de tributación conjunta. En caso de divorcio, la deducción solo suele aparecer a uno de los ex conyuges. Como cada año, la Unión de Consumidores de ExtremaduraUCE ofrece un servicio de asesoramiento fiscal a sus socios que, entre otras cosas, le elaborará gratuitamente su declaración. Si desea más información, puede visitar www.ucex.org o llamar al 924 387 178.
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Estoy sufriendo acoso telefónico por parte de una empresa de telefonía y, pese a mis reiteradas peticiones de que dejen de molestarme, continúan llamando a horas intempestivas. ¿Qué puedo hacer?
Mi vecina es una señora mayor que vive de alquiler. Su marido, que era el titular del contrato, acaba de fallecer. ¿Puede ella seguir viviendo en la casa sin problemas?
Usted está sufriendo lo que se conoce como "spam telefónico", prohibido expresamente en la normativa que regula la competencia desleal. Esta norma recoge expresamente el acoso telefónico y contempla la obligación del empresario o profesional de permitir al consumidor dejar constancia de su oposición a seguir recibiendo propuestas comerciales no deseadas por parte de dicho empresario. Por tanto, comunique a la empresa su negativa a seguir recibiendo llamadas y si no dejan de efectuarlas, puede denunciar los hechos ante las autoridades de consumo de su Comunidad Autónoma.
Según la Ley de Arrendamientos Urbanos, en caso de fallecimiento del arrendatario, una de las personas que se pueden subrogar en el contrato de alquiler, es el cónyuge del mismo que al tiempo del fallecimiento conviviera con él. Lo que sí ha de tener en cuenta es que el arrendamiento se extinguirá si en el plazo de tres meses desde la muerte del inquilino, el dueño de la casa no recibe notificación por escrito del hecho del fallecimiento, con certificado registral de defunción y de la identidad de quien vaya a continuar con el arrendamiento, indicando su parentesco con el fallecido y ofreciendo, en su caso, un principio de prueba de que cumple los requisitos legales para subrogarse.
Consulta de F.H.C.
Consulta de M.M.M.
.............................................................................................. He ido a comprar un artículo que aparecía en unos cupones descuento de mi supermercado habitual y no lo tenían disponible, ni me dejan reservarlo para cuando llegue. ¿Qué puedo hacer? Nuestra Ley de Comercio obliga al comerciante a disponer de existencias suficientes de los productos ofertados para satisfacer la demanda previsible, salvo que se trate de una venta en liquidación, de saldos o de una promoción limitada en número, en cuyo caso debe indicar en el folleto cuántos artículos hay a disposición del consumidor. En las restantes modalidades, deberá efectuar la reserva del producto seleccionado en las mismas condiciones de la oferta. Transcurridos dos meses desde la reserva, si el producto no estuviera aún disponible, deberá ser sustituido por otro de similares características. Consulta de L.J.P.
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Soy cliente de una comercializadora eléctrica del mercado libre que, durante dos años, no me ha pasado ningún recibo. Ahora, acabo de recibir una factura en la que me incluyen todo el consumo realizado en estos dos años y, además, amenazan con cortarme la luz si no lo pago inmediatamente. ¿Qué puedo hacer? La normativa actual prohíbe incluir en una factura de luz, consumos realizados en un periodo superior a los doce meses anteriores a la fecha de su emisión. Por tanto, si la fecha de su factura es de abril de 2012, sólo podría incluir los consumos realizados desde abril de 2011 hasta ahora. El resto, no pueden cobrárselo. Así ha sido también interpretada la norma por la Comisión Nacional de la Energía en un informe publicado en marzo de este mismo año, sobre la consulta realizada en un caso idéntido al suyo. Consulta de C.M.R.
Marzo ha sido, para la Unión de Consumidores de Oliva de la Frontera-UCE, un mes de gran actividad en temas de consumo. El día 15 celebramos el Día Mundial del Consumidor, y aunque para nosotros todos los días lo son, hemos aprovechado para realizar programas especiales, talleres y charlas en las diferentes localidades en las que trabajamos conmemorando ese día. La actividad continuó con el Día Mundial del Agua que se celebró el día 22 de Marzo. Si hablamos de salud, de bienestar, de productividad, hablamos de agua. Con este motivo, aprovechamos para repartir entre los vecinos nuestro Manual de Ahorro de Agua, en el que hay consejos para evitar el derroche, para conservarla y para usarla adecuadamente, con objeto de cuidar de este recurso tan importante y tan limitado con unos simples cambios de hábitos. Y como siempre, todos los días, seguimos en nuestra oficina ofreciendo a todos los usuarios la información y formación que necesitan para ser bueno consumidores, para seguir afianzando los derechos que tiene y deben hacer valer.
Navalvillar de Pela Plaza de España, 1 · 924 861 800 (Ext. 231)
Oliva de la Frontera Plaza del Ayuntamiento, 1 · 924 740 875
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Con motivo del Día Mundial del Consumidor desde la Unión de Consumidores de Navalvillar de Pela-UCE celebramos la Semana del Consumidor con la impartición de unas jornadas sobre “Derechos de Los Consumidores, Hojas de Reclamaciones, La Electricidad y El Gas” desplazándonos a las localidades de Obando y Vegas Altas. En la localidad de Navalvillar de Pela, donde se encuentra nuestra oficina, y en colaboración con la AMPA del C.P. Nuestra Señora de Guadalupe, se impartió una charla a los alumnos de 5º de Primaria informándoles sobre la necesidad de respetar el medio ambiente y la importancia del reciclaje. En colaboración con “NVO radio”, Emisora Municipal de Navalvillar de Pela, realizamos un programa especial de consumo con motivo del Día Mundial del Consumidor, durante el que recordamos cuáles son sus derechos como Consumidores y cómo defenderlos.
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a eficiencia energética es un factor de gran importancia para hablar de sostenibilidad en la edificación. La Unión Europea (UE) tendría muchas razones para dar un fuerte impulso a un programa reforzado de promoción de la eficiencia energética a todos los niveles de la sociedad europea. Una política de eficiencia energética podría aportar una contribución importante a la competitividad y al empleo en la UE.
calidad del aire, lo que ayudaría a respetar asimismo los compromisos de Kyoto.
El ahorro energético es, sin duda, el medio más rápido, el más eficaz y el más rentable de reducir emisiones de gases y de mejorar la
Acciones claves Se trata de definir opciones, proponiendo una serie de actuaciones clave, como: 1. Establecer planes de acción anuales de eficiencia energética a nivel nacional, regional y local, controlando posteriormente sus efectos tanto en lo que se refiere a la mejora de
Para el 2030 la UE dependerá en un 90% de las importaciones para cubrir sus necesidades de petróleo y en un 80% en el caso del gas. Es imposible prever el precio del petróleo y el gas en 2020, especialmente si la demanda del mundo en desarrollo sigue aumentando tan rápidamente como hoy.
la eficiencia energética como a la relación coste - eficacia. 2. Dar a los ciudadanos, mejor información, por ejemplo, a través de campañas de publicidad orientadas de manera precisa. 3. Mejorar la fiscalidad a fin de garantizar que el contaminador paga realmente, sin aumentar por ello, la presión fiscal global. 4. Orientar mejor las ayudas públicas cuando estén justificadas y sean proporcionadas y necesarias para incentivar el rendimiento energético. 5. Utilizar la contratación pública como palanca de las nuevas tecnologías. 6. Utilizar instrumentos de financiación nuevos o instrumentos mejorados a escala comunitaria y nacional con el fin de incentivar, sin ayudas, a que las familias y las empresas introduzcan mejoras con una buena relación coste – eficacia. 7. Ir más lejos en materia de construcción de edificios cuando sea aplicable alguna directiva comunitaria en vigor, y extender estas medidas más tarde a los edificios más pequeños a fin de conseguir la mejor relación coste - eficacia con el mínimo de burocracia. El fuerte impacto en el empleo de las inversiones en eficiencia energética se debe al resultado combinado de dos efectos distintos. El primero se llama “efecto de resignación” de la
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inversión en ahorro de energía, es decir el derivado de reinvertir los fondos ahorrados gracias a la eficiencia energética, que representa dos tercios del impacto total en el empleo. El segundo es el efecto directo de tales inversiones y viene del empleo que necesariamente debe crearse para ejecutar las inversiones en eficiencia energética. Las inversiones en rehabilitación de edificios son un buen ejemplo a este respecto. Además, muchas inversiones de este tipo tienen la ventaja de ser intensivas en mano de obra, de tener repercusiones a escala local y regional y de no recurrir a la importación. Se han hecho numerosos estudios para comparar los efectos de creación de empleo de las inversiones en eficiencia energética con relación a otras inversiones. Uno de estos estudios ha calculado que se creaban entre 12 y 16 años de trabajo directo por cada millón de dólares invertido en eficiencia energética, frente a los 4,1 años de trabajo de una inversión en una central térmica de carbón y los 4,5 años de una central nuclear. Un cálculo aproximado basado en el valor de la energía ahorrada mediante un aumento de la eficiencia energética del 1% al año durante un periodo de 10 años pone de manifiesto que se obtendrían más de 2 millones de años – hombre de empleo si estas inversiones se
hiciesen en condiciones adecuadas. Situación de España La rehabilitación energética de los edificios es clave para reducir las emisiones de CO2. Esta es la idea principal de la jornada sobre edificios eficientes de WWF, que ha reunido a arquitectos, empresas de servicios, constructoras y a la Administración Pública en Madrid. En este encuentro, la organización ha demandado unas políticas del sector de la rehabilitación de los edificios centradas en eliminar los obstáculos normativos, en mejorar los aspectos económicos de las reformas y en potenciar una financiación a largo plazo y de bajo coste. La organización ha realizado un encuentro con los actores clave en la construcción, donde ha presentado su informe "Retos y oportunidades de financiación para la rehabilitación energética de viviendas en España". El objetivo es reducir, al menos, un 75% la energía que consume el parque residencial de nuestro país. Este documento proporciona un análisis financiero, sobre la extensa investigación llevada a cabo por WWF en 2010 para estudiar la oportunidad de eficiencia energética que existe en las viviendas españolas. WWF concluye que la rehabilitación energética permitiría reducir las emisiones de CO2 en más de 8 millones de toneladas al año en 2020 y beneficiaría tanto a la economía, como a la sociedad española.
WWF considera que el papel del Gobierno es fundamental para integrar la política y la financiación en un entramado en el que participen entidades financieras, empresas energéticas, Empresas de Servicios Energéticos (ESE) y otros agentes de distribución. En este contexto español, la organización pide que se eliminen los obstáculos normativos. Para lograrlo, es importante que se facilite la decisión de reforma de viviendas multifamiliares, se proporcione información clara a los consumidores y se recuerde que estas rehabilitaciones también mejoran la salud y el confort de los ciudadanos y aumentan la productividad laboral. Asimismo es imprescindible mejorar los aspectos económicos de las reformas. Esto supone incorporar el valor añadido que supone para el propietario la reducción de las emisiones de CO2, incorporar medidas fiscales que impliquen deducciones fiscales para las reformas en profundidad y crear un impuesto a las emisiones de CO2, que proporcionaría los fondos públicos necesarios para estimular el sector. En tercer lugar, WWF pide que la financiación sea a largo plazo y a bajo coste. Con ello, se lograría que los programas gubernamentales financiaran parcial o totalmente las operaciones relacionadas con la rehabilitación energética de los edificios. Así, la organización propone realizar un programa de financiación dentro de una factura ya existente. Según WWF España: "La rehabilitación energética de los edificios supone una oportunidad para salir de la crisis. Al disminuir el consumo de energía, es posible ahorrar en importaciones de combustibles fósiles y minimizar las emisiones de CO2, contribuyendo así a frenar la crisis climática. Además, fomenta la creación de empleos de calidad, ya que la rehabilitación energética de 3,3 millones de viviendas en España hasta 2020 crearía 150.000 empleos locales sostenibles”. Consumidorex ·
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