Orientaciones para la aplicación de políticas de privacidad de la UCSP

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Orientaciones para la aplicación de políticas de privacidad de la UCSP 4.

Orientaciones específicas

4.1.

Orientaciones generales

4.1.1.

En la Universidad aseguramos la máxima reserva y protección de los datos personales de titularidad de nuestros profesores, estudiantes, egresados, graduados, titulados, personal administrativo y terceros en general.

4.1.2.

En la Universidad somos conscientes de la elevada importancia que tiene la privacidad de todos los datos contenidos en nuestras bases de datos. Siendo coherentes con estas orientaciones, tenemos el compromiso de respetar y proteger la confidencialidad de la información privada así como de los datos personales a los que tengamos acceso.

4.1.3.

Para cumplir con sus objetivos institucionales, es posible que la Universidad requiera en sus diferentes actividades realizar el tratamiento a los datos personales sensibles, como por ejemplo, los datos biométricos que por sí mismos pueden identificar al titular; las características físicas, morales o emocionales; los hechos o circunstancias de su vida afectiva o familiar, los hábitos personales que corresponden a la esfera más íntima; los datos referidos al origen racial y étnico, los ingresos económicos; las opiniones o convicciones políticas, religiosas, filosóficas o morales; la afiliación sindical, e información relacionada a la salud o a la vida sexual; información que será recabada almacenada y tratada única y exclusivamente de acuerdo a las finalidades contempladas en cada uno de los bancos de datos descritos posteriormente.

4.1.4.

La información personal privada no incluye datos que están disponibles a través de fuentes accesibles al público. Se entiende por tales, los medios de comunicación electrónica, óptica y de otra tecnología concebidos para facilitar información al público y abiertos a la consulta general, las guías telefónicas, los diarios y revistas, los medios de comunicación social, las listas profesionales, los repertorios de jurisprudencia anonimizados, los Registros Públicos administrados por la Superintendencia Nacional de Registros Públicos así como todo otro registro o banco de datos calificado como público conforme a ley.

4.2.

Consentimiento y plazo de conservación

4.2.1.

Los datos personales sólo pueden ser objeto de tratamiento con consentimiento de su titular. Este consentimiento debe ser previo, informado, expreso e inequívoco.

4.2.2.

Tratándose de datos sensibles, el consentimiento debe ser otorgado por escrito, a través de firma manuscrita, firma digital o cualquier otro mecanismo de autenticación que garantice la voluntad inequívoca del titular.

4.2.3.

La Universidad conservará un repositorio físico o digital de los consentimientos otorgados por profesores, estudiantes, egresados, graduados, titulados, personal administrativo y terceros en general.

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