Reglamento del Consejo Superior

Page 1


REGLAMENTO DEL CONSEJO SUPERIOR

APROBADO POR: ASAMBLEAGENERALDEACUERDOALARESOLUCIÓNN° 03.2025.AG.UCSPDEFECHA21DEMARZODE2025

FECHADE ENTRADA EN VIGENCIA 21/03/2025 VERSIÓN 02 NÚMERO DE PÁGINAS 2

TÍTULO I

DEL RÉGIMEN GENERAL

Artículo 1 El Consejo Superior es órgano de Gobierno de la Universidad y se hace responsable ante la Asamblea General de la aplicación correcta del Estatuto, sus reglamentos y del desarrollo en las distintas áreas.

Artículo 2 El Consejo Superior es el órgano que planifica el desarrollo institucional de la Universidad.

TÍTULO II

DE LA ORGANIZACIÓN

Artículo 3 El Consejo Superior está integrado por los siguientes miembros, quienes son elegidospor la Asamblea General:

a. El Presidente.

b. El Vicepresidente.

c. El Rector.

d. El o losProrrectores.

e. El Vicerrector Académico.

f. El Administrador General.

Artículo 4 A juicio de la Asamblea General, ésta podrá nombrar como miembros del Consejo Superior, con derecho a voz y a voto, a personas que destaquen por su idoneidad científica y la integridad de su vida cristiana, con el objeto de apoyar en la buena marcha dela Universidad.

Artículo 5 LoscargosdelConsejoSuperior,tendránunaduracióndetresaños,pudiendo ser reelegidos indefinidamente. Vencido el periodo de designación del Consejo Superior, se entenderán prorrogadas sus funciones hasta que se realice nueva elección y se produzca la instalación del nuevo Consejo Superior.

Artículo 6 El Consejo Superior sesionará por lo menos cada cuatro meses y adicionalmentecuandoloestimeconveniente,enlafechayen la horaquese fije. La convocatoria la hará el Presidente del Consejo Superior, cuando lo considere necesario o cuando lo soliciten por mayoría simple los miembros del Consejo.

Artículo 7 El quórum para las sesiones del Consejo Superior lo sustituye la mitad más uno de sus miembros. Presidirá las sesiones el Presidente, en su defecto el Vicepresidente.

Secretaría General

Artículo 8 El cargo de miembro del Consejo Superior termina por fallecimiento, incapacidad, renuncia u otra causal prevista en el art. 23 del Estatuto de I a Universidad San Pablo y que impidan definitivamente ejercer la función, 1 a Asamblea General elegirá a quien lo sustituya provisional y definitivamente, por el saldo del periodo.

Artículo 9 Los miembros del Consejo Superior por razones de fuerza mayor pueden solicitar a la Asamblea General, les otorgue una dispensa temporal para el ejerciciodesucargo.LaAsambleaGeneralotorgarála dispensa porel tiempo que se necesario, pudiendo inclusive prorrogarla y nombrar a quien lo sustituya por ese lapso.

TÍTULO III

DE LAS FUNCIONES DEL PRESIDENTE

Artículo 10 Son funciones del Presidente,las siguientes:

a. Convocar las Sesiones delConsejo Superior y presidirlas.

b. Velar por el cumplimiento del Estatuto y sus reglamentos.

TÍTULO IV

DE LAS FUNCIONES DEL CONSEJO SUPERIOR

Artículo 11 Son funciones del Consejo Superior,las siguientes:

a. El Consejo Superior nombraa los Decanos,Directores.

b. Nombra al Administrador General/Secretario General.

c. Remueveal Consejo Universitario.

d. Aprueba los reglamentos propuestos por el Consejo Universitario.

e. Propone la modificación de los Estatutos de la Universidad Católica San Pablo.

f. Aprueba presupuestos.

g. Aprueba aquellos planes de inversión que considere pertinentes para los objetivos de la UniversidadCatólica San Pablo.

Secretaría General

Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.