Relaciones comerciales UE-Perú

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UE-PERÚ RELACIONES COMERCIALES



UE-PERÚ RELACIONES COMERCIALES


Índice La presente publicación está dividida en tres capítulos. El primero presenta de manera gráfica el estado actual de las relaciones comerciales entre el Perú y la Unión Europea (en adelante UE), en importaciones, exportaciones e inversiones. El segundo capítulo explica el acuerdo comercial y los diversos temas incluidos en su texto. Finalmente, el tercer capítulo muestra las diversas herramientas que la UE provee al Perú para incentivar su desarrollo comercial a través de herramientas, eventos y proyectos de cooperación.

Presentación

5

Capítulo 1 Relaciones comerciales

7

Exportaciones UE-Perú

8

• Por sectores • Por mercados de destino

Importaciones UE-Perú

12

• Por sectores • Por origen

Inversiones • Stock de inversión extranjera por país • Inversión de la UE en el Perú por sector

16


RELACIONES COMERCIALES UE-PERÚ

2|3

Capítulo 2

Capítulo 3

Acuerdo comercial

19

Herramientas para el comercio 57

El Acuerdo comercial Perú-UE

20

Export Helpdesk

59

Pasos para la implementación del Acuerdo

22

Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE)

60

Acceso a mercados

24

Cámaras de Comercio Europeas Binacionales

61

Promo UE

61

Programa Al-Invest 4

62

Proyecto UE-Perú PENX

63

FAT

63

InterCAN

64

• Mercados no Agrícolas • Agricultura

Obstáculos técnicos al comercio

28

Medidas sanitarias y fitosanitarias

30

Instrumentos de defensa comercial

33

Servicios, inversiones y libre movimiento de capitales

36

Competencia

38

Contratación pública

40

Reglas de origen

42

Propiedad intelectual

44

Indicaciones geográficas

46

Comercio y desarrollo sostenible

48

Derechos humanos y cláusula de no proliferación de armas de destrucción masiva

50

Solución de controversias - Asuntos institucionales

52

Otros acuerdos de la UE en América Latina y el mundo

54

El Sistema de Preferencias Generalizadas 65

Glosario Créditos

66 68



RELACIONES COMERCIALES UE-PERÚ

4|5

Presentación La Unión Europea y el Perú han abierto recientemente nuevas vías en la relación privilegiada que ya nos une. A los vínculos económicos y a los profundos lazos culturales y políticos que hemos compartido durante siglos, sumamos la reciente suscripción de un Acuerdo comercial de última generación, el cual constituye uno de los hitos más importantes de esta fructífera relación.

Una vez implementado, este acuerdo permitirá el desarrollo de nuevas perspectivas empresariales, la aparición de renovadas oportunidades comerciales y de inversión, la posibilidad del aumento de transferencia de tecnología y de conocimientos técnicos; sin olvidar el fortalecimiento de las perspectivas de desarrollo económico inclusivo, la disminución de la pobreza y la mejora de la cohesión social. A través de este Acuerdo crearemos nuevas oportunidades para exportadores, inversionistas y proveedores de servicios, y estableceremos condiciones que fomentarán el desarrollo económico sostenible entre ambas partes. Las relaciones comerciales entre la UE y el Perú vienen desde mucho tiempo atrás. Desde hace más de una década, la UE es uno de los principales destinos de las exportaciones peruanas y sus Estados miembros constituyen la primera fuente de inversión para el país. Además, en materia de cooperación económica hemos promovido el fortalecimiento

del tejido empresarial, la promoción de las exportaciones y el desarrollo de capacidades de pequeños y medianos empresarios. Tanto el Perú como la UE consideran que el intercambio comercial debe ser libre y equilibrado para lograr ser una herramienta para el desarrollo. Esta premisa ha sido punto de partida de la integración Europea desde sus inicios y es la que hemos practicado y queremos fortalecer con todos nuestros socios alrededor del mundo. En estas páginas presentamos un panorama de las relaciones comerciales entre la UE y el Perú, acompañado de información estadística, los principales aspectos del Acuerdo e información sobre los diversos proyectos de cooperación, herramientas y actividades que fortalecen esta relación. Los invitamos a conocer esta relación comercial y a aprovechar las oportunidades que presenta el mercado europeo. Embajador HANS ALLDÉN Jefe de Delegación de la Unión Europea en el Perú



RELACIONES COMERCIALES UE-PERÚ

CAPÍTULO 1

+ Expor t a c io U E – Pe r ú n e s + Impor t a c io U E – Pe r ú n e s + Invers io n e s


RELACIONES COMERCIALES

Exportaciones Perú 2010

5 principales destinos Las exportaciones peruanas siguen creciendo a un ritmo sostenido, alcanzando en 2010

US$ 35000 millones.

10%

2

EE.UU.

US$ 5720 millones

21% or o 21% hidr ocarbur os 11% cátodos de cobr e 4% pr endas de algodón 3% espár ragos fr escos

16%

18%

5

CANADÁ US$ 3320 millones

74% or o 11% otr os minerales 11% hidr ocarbur os 11% harina y aceite de pescado

4

1

11%

SUIZA

US$ 3844 millones

99% or o

UE

US$ 6250 millones

41% cobr e 16% otr os minerales 9% café 6% harina de pescado 5% pr oductos agrícolas

es acion l Sur t r o p e ex L a s A m é r i c a dp r o d u c t o s e t a h a c i c i p a lm e n r e g a d o . g rin s o n p o n v a lo r a entr e c l 2 0 1 0. ier on Cr ec 2005 y stino en e on de HILE c mer E l p r i e n t e e s C i ll o n e s . m contin $ 1370 S U

65%

Fuente: Aduanet


RELACIONES COMERCIALES UE-PERÚ

8|9

Los diversos TLC firmados con los principales socios comerciales del Perú, garantizan la tendencia de crecimiento sostenido de las exportaciones que permitirá un mayor flujo de inversiones tanto locales como extranjeras.

lo q u e s e l br e c i b e e E La U ico que tidad m e c o n ó a y o r c a nc i o n e s m la e x p o r t a d e d e r u a n a s o la s . pe s agríc cto d pr o u

50%

3

15%

CHINA

US$ 5420 millones

77% minerales en bruto y r efinados 12% harina de pescado 2% pr oductos pesquer os

DESTINO DE LAS EXPORTACIONES POR BLOQUE ECONÓMICO

5 PUESTOS PAÍS

MERCOSUR CHILE

3%

NAFTA

27%

4%

OTROS PAÍSES

5%

CAN

6%

SUIZA

11%

AÑO 2000 2010 UE 2 1 EE.UU. 1 2 CHINA 6 3 SUIZA 3 4 CANADÁ 11 5 Los 5 principales mer cados de destino de las expor taciones peruanas concentran el 70% del total.

ASIA

26%

UNIÓN EUROPEA

18%

del total de las exportaciones se dirigen a la UE, EE.UU. y China.

Otros mercados como Canadá, Suiza y Japón concentran el 25%. Finalmente la CAN y Chile también son mercados importantes para Perú, donde se exportan sobre todo productos con valor agregado. Las exportaciones peruanas entre el 2000 y el 2010 se multiplicaron por 5, alcanzando mas de 35000 millones de dólares. Los principales mercados de destino siguen siendo los mismos aunque la participación de cada uno cambió drásticamente. Así en el 2000, mientras los Estados Unidos representaban casi el 30% del total exportado, la UE representaba el 25% y China el 10%. Hoy la UE pasa a ser el primer destino con 18% del total, seguido por los Estados Unidos con 16% y China con 15%. EE.UU.

2000 2010

UE

2000 2010

CHINA

2000 2010

%

0

5

10

15

20

25

30


RELACIONES COMERCIALES

2010 Exportaciones hacia la UE

principales productos

Durante los últimos 10 años, la estructura de las exportaciones peruanas a la UE no ha cambiado y sigue siendo aproximadamente 75% de productos tradicionales y 25% de productos no tradicionales. El mercado de la UE es tan grande (500 millones de habitantes) que puede recibir casi cualquier producto, mientras cumpla con los altos estándares requeridos por sus consumidores. s ducto o r p ales L ES Pr i n c i p A DI C I O NA l a U E: TR ados a t expor -Cobr e - C af ép e s c a d o e na d -Hari - Zinc

CONCHAS de ABANICO

COLORANTES

ESPÁRRAGOS

CAMISAS DE PUNTO DE ALGODÓN

Fuente: Aduanet

ZINC sin ALEAR

ctos p r o d u L ES s e l a NA Pr i n c i p R A DI C I O l a U E: T NO t a d o s a g o s e x p o r - Es p á r r a s - Pa l t ae A b a n i c o d has - C o n c - Po t a e s ant -Color


RELACIONES COMERCIALES UE-PERÚ

10 | 11

lo s o de rios n u s Pe r ú e b e n e f i c i aj a s p o c o s la s v e n t ai a s d e n c e la r e l ara das en + o t o rg a o d e l S PG ) . 3 m a r c c a p í t u lo ( Ve r

Las exportaciones hacia la UE pasaron de US$ 1810 millones en 2000 a US$ 6240 millones en el 2010 y se reparten de la siguiente manera:

1. Productos tradicionales: Son principalmente productos minerales (57% del total), agrícolas como el café (9%) y pesqueros como la harina de pescado (7%). Estos productos con grandes volúmenes generan poco valor agregado y son sujetos a las fluctuaciones de los precios internacionales.

65%

La UE es un importador de productos con valor agregado, el del total de las importaciones de la UE son productos manufacturados.

2. Productos no tradicionales:

4720 millones

TRADICIONALES

1520 millones

NO TRADICIONALES

1400 millones

TRADICIONALES

410 millones

NO TRADICIONALES

Se agrupan en diferentes sectores siendo los principales:

2000 2010

Agropecuario: Representan el 12% del total y son principalmente espárragos, paltas y mangos. Nuevos productos como la páprika y las uvas están entrando con fuerza.

Químico: Representa el 8% y son principalmente lacas, colorantes y colorantes naturales (carmín de cochinilla).

Textil: Representa el 6% y son principalmente camisas y polos de algodón.

Metalmecánico: Representa apenas el 2%, son principalmente planchas de zinc.

En los últimos 10 años la estructura de las exportaciones de productos no tradicionales ha cambiado. Así, la exportación de productos agropecuarios se incrementó de 9% a 12% y la de químicos de 1% a 3%. En cambio otros sectores como la pesca pasaron de 5% a 4%. El total de las exportaciones de productos no tradicionales entre 2000 y 2010 aumentó en 270%. Esto significa generación sostenida de puestos de trabajo tanto en el ámbito rural como en el urbano.


RELACIONES COMERCIALES

Importaciones Perú 2010

5 principales orígenes 11%

Los 5 principales mercados de origen de las importaciones peruanas concentran el

53% del total.

1

3 UE

US$ 3160 millones

19%

39% máquinas para la industria 31% materias primas para la industria 8% equipos de transpor te 6% pr oductos alimenticios

EE.UU.

US$ 5800 millones

la s o de debe t n e m E l a u c io n e s s e e l p a í s d ta r o p im e c im ie n t o a l s e c t o r n r a l c e n e r a l y o n s t r u c c ió e n g o y d e c u la r. m in e r e n p a r t ic

12% petróleo 5% trigo / maíz 5% polímer os 3% volquetes

5%

5

ECUADOR US$ 1421 millones

80% petróleo 3% conser vas de atún 2% cocinas a gas

7%

4

BRASIL

US$ 2180 millones

17% vehículos transpor te y carga 8% derivados de petróleo 4% acer o 3% tubos de gaseoductos Fuente: Aduanet


RELACIONES COMERCIALES UE-PERÚ

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En 2010 las importaciones peruanas alcanzaron US$ 30000 millones, habiendo aumentado 306% en 10 años. Las importaciones se reparten en tres categorías: 1 Bienes de consumo que sumaron

ales rincip de la UE p s o L es a d o r Pe r ú s o n : t r o p ex hacia % a 28 i n a Alem lia 13% Ita a 13% ñ Es p a c i a 8 % Sue cia 8% Fr a n

US$ 5700 millones (20% del total), siendo los principales en este sector: automóviles (23%), alimentos preparados (16%) y electrodomésticos (13%).

2 Materias primas y productos intermedios que sumaron US$ 14500 millones (48% del total), siendo los principales: combustibles (29%), químicos farmacéuticos (20%) y productos mineros (18%).

17%

3 Bienes de capital que sumaron

2

CHINA

US$ 5115 millones

5% teléfonos móviles 5% computadoras 2% motocicletas Las impor taciones desde China son las más diversificadas.

IMPORTACIONES 2010 DEL PERÚ POR BLOQUE ECONÓMICO

EVOLUCIÓN DE LAS IMPORTACIONES PERUANAS

OTROS

US$ 9800 millones (32% del total), siendo los principales: maquinarias (51%), equipos de transporte (26%) y materiales de construcción (13%). En 2010, Estados Unidos fue el principal proveedor al registrar una participación del 19% sobre el total importado, seguido por China (17%), la UE (11%) y Brasil (7%), entre otros.

ESTRUCTURA DE LAS IMPORTACIONES PERUANAS EN EL 2010 BIENES DE CONSUMO

10%

20%

CAN

10%

12%

NAFTA

25%

2000 2010

50%

MERCOSUR

UE

UE

US$ 30000 millones

US$ 7375 millones

32%

11%

MATERIAS PRIMAS

48%

ASIA

BIENES DE CAPITAL

32%


RELACIONES COMERCIALES

2010 Importaciones desde la UE

principales productos

s d u c t oo n o r p Los peos s eur o imos de sinón dad y cali gía de lo tecno unta. p

La UE es el primer exportador a nivel mundial, pero para Perú es solo el tercer proveedor con 11% del total. La UE provee al Perú principalmente productos con alto valor agregado.

5

FRANCIA US$ 246 millones

•Maquinarias para la construcción •Material eléctrico •Pr oductos farmacéuticos •Pr oductos siderúrgicos

3

ESPAÑA

e ís qu a p l e s IA es ntó su ú. S U E Cá s a u m e h a c i a Pe r m iones tac e han S expor

x5 o d a lic os multipn los últim. e

Fuente: Aduanet

os 10 añ

US$ 403 millones

•Maquinarias para construcción •Grúas y camiones •Cerámicos •Pr oductos siderúrgicos

13%


RELACIONES COMERCIALES UE-PERÚ

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Las importaciones procedentes de la UE sumaron US$ 3160 millones en el 2010. En 10 años han aumentado en 400%.

4

Alemania, Italia, España, Suecia y Francia exportan el 70% del total exportado de la UE hacia Perú.

SUECIA US$ 266 millones

•Camiones •Equipos de transpor te

8%

Los principales productos importados desde la UE son: 51% Bienes de Capital para la industria como camiones y maquinarias. 35% Materia prima para la industria como productos farmacéuticos y químicos. 15% Bienes de consumo como cosméticos y productos alimenticios.

ania Alem primer l es e r tador o exp UE y de la undo. del m

ALEMANIA

Bienes de Consumo

Materia Prima para la Industria

51%

UE

32%

TOTAL

TOTAL

UE

•Camiones •Motor es eléctricos •Medicamentos •Equipos para la construcción

35%

Finalmente el 32% del total importados por Perú son bienes de capital mientras que representan más del 51% cuando provienen de la UE.

US$ 888 millones

48%

•Equipos para la industria

El 48% del total son materias primas cuando para la UE representan 35%.

15%

ITALIA

US$ 410 millones

Efectivamente el 20% del total son bienes de consumo cuando solo para la UE representan el 15%.

UE

2

La estructura de las importaciones procedentes de la UE difiere de la del total del Perú.

28%

1 20%

13%

TOTAL

8%

Bienes de Capital


RELACIONES COMERCIALES

Las inversiones extranjeras se duplicaron en los últimos 10 años. Pasaron de US$ 9700 millones a

US$ 20780 millones

2010

Inversión extranjera en el Perú

3

15%

EE.UU.

•Comunicaciones •Finanzas

de atos en d + versión : in ú en e e l Pe r r s i o n . g o b.p e v oin w w w.p r

STOCK IED PRINCIPALES PAÍSES (Millones US$)

País 1/

España Reino Unido2/ EE.UU. Holanda Chile Otros TOTAL

2010 (p)

4405 4372 3167 1354 1323 6159 20780

5 CHILE

Fuente: Proinversión p) Stock de IED actualizado a diciembre de 2010 1/ País de domicilio 2/ Incluye dependencias británicas

•Retail •Finanzas

6%


RELACIONES COMERCIALES UE-PERÚ

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La UE es de lejos el primer inversionista extranjero en el Perú con el 50% del total.

2

España, el Reino Unido y Holanda son los principales inversionistas. Las inversiones con los nuevos TLC van a aumentar considerablemente. Para los próximos años se han anunciado inversiones por más de US$ 30,000 millones. La mitad de la inversión extranjera se encuentra en sectores generadores de empleos como telecomunicaciones, finanzas e industria.

REINO UNIDO •Miner Ía

4

21%

7% HOLANDA •EnergÍa •Miner Ía

La UE es el primer inversionista extranjero en el Perú con

1

21%

ESPAÑA •Comunicaciones •Finanzas

CAN PANAMÁ

4%

PRINCIPALES INVERSIONISTAS

o miner r o t c % El se l 2 3e s e a ntr ion c o n c el a s i n v e r s s de xtranjera e

INVERSIÓN EXTRANJERA EN EL PERÚ POR BLOQUE ECONÓMICO

50%

2009-2010 • VOTORANTIM METAIS, Brasil • CYPRUS CLIMAX METALS, EE.UU. • SN POWER, Singapur

REPARTICIÓN POR SECTOR DE LA INVERSIÓN EXTRANJERA DIRECTA

MERCOSUR

5%

ENERGÍA

13%

MINERÍA

4%

23%

CHILE

6%

OTROS UNIÓN EUROPEA

OTROS

12%

16%

50%

TELECOM.

18%

INDUSTRIA NAFTA

19%

15%

FINANZAS

15%



CAPÍTULO 2

+ El Acu er do com Pe r ú - U E e r c ia l + Pa s o s p a r a la im d e l A c u e p le m e n t a c ió n r do + Pr in c ip a le s p u n t o en el Acu s tratados er do + Otr os acuer do sd A m é r ic a L a t in a y e la U E e n el mundo


ACUERDO COMERCIAL

Facilitando el comercio y el desarrollo

El acuerdo comercial PerúUnión Europea Los acuerdos de libre comercio actualmente consideran dos aspectos básicos: un trato preferencial para productos y servicios al momento de ingresar a otro mercado y la reducción de barreras no arancelarias al comercio de bienes y servicios.

La ceremonia de conclusión de negociaciones del Acuerdo entre la UE con Perú y Colombia se realizó en Madrid el 19 de mayo del 2010, como parte de la IV Cumbre de la Unión Europea con América Latina y el Caribe (ALC-UE). De izquierda a derecha: (de pie) Álvaro Uribe, Presidente de Colombia; José Luis Rodríguez Zapatero, Presidente del Gobierno de España y representante de la Presidencia Española de la UE en el primer semestre de 2010; Herman Van Rompuy, Presidente del Consejo Europeo; José Manuel Durão Barroso, Presidente de la Comisión Europea; Alan García Pérez, Presidente del Perú; Martín Pérez Monteverde, Ministro de Comercio Exterior y Turismo del Perú; (sentados): Jaime Bermúdez Merizalde, Canciller de Colombia; Karel de Gucht, Comisario de Comercio de la UE; y José Antonio García Belaúnde, Ministro de Relaciones Exteriores del Perú.

Te x t o c o mp a c u e r d le t o d e l h t t p ://ee o e n : a e u /d e le s . e u r o p a . g p e r u /a c a t io n s / c o m e r c ia u e r d o l- u e- p e r u

Mientras el primer aspecto permite que los productos exportados ingresen a otro mercado con ventajas que otros países no tienen, el segundo añade temas técnicos para facilitar el comercio, como medidas sanitarias y fitosanitarias, inversiones, asuntos laborales, disposiciones para el medio ambiente, propiedad intelectual y otros. Los acuerdos de libre comercio son compromisos con "plazo indefinido", lo que quiere decir que no tienen fecha de vencimiento. Si bien el Perú ya cuenta con acceso preferencial al mercado de la UE a través del Sistema de Preferencias Generalizadas, este sistema no beneficia a todas las exportaciones peruanas. Además, estas preferencias han sido otorgadas unilateralmente y de manera transitoria. Un acuerdo indefinido y garantiza-


RELACIONES COMERCIALES UE-PERÚ

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Los acu s o n u n ime r d o s c o m e r c ia p a r a la p o r t a n t e in c e le s nt in Es t e a c v e r s ió n e x t r a n je iv o p e r m it ir á u e r d o c o m e r c r a . m e r c a d q u e e l Pe r ú s e ia l p a r a la o a ú n m á s a t r aa u n in c d e lo s p v e r s ió n e x t r a n je t iv o aíses d e la U E.r a la Organización Mundial de Comercio (OMC). En caso se logre alcanzar un Acuerdo de Doha, este acuerdo irá en la misma línea y no será contradictorio con lo ya alcanzado en este ámbito multilateral.

do por ambas partes permite planes de negocio e inversión más dilatados, con mayor estabilidad, aumento de la inversión, desarrollo de una oferta más competitiva, oportunidades de negocios más seguras y creación de más y mejores empleos.

La firma de acuerdos de libre comercio es una tendencia mundial. Tanto el

Perú como la UE han firmado ya diversos tratados con otros bloques y países. Sin embargo, el Acuerdo Perú-UE tiene la particularidad de tener algunos puntos adicionales que otros acuerdos no tienen: va más

allá de lo puramente comercial. Además de una mayor integra-

ción comercial con el Perú, a través de este compromiso la UE busca forta-

lecer la democracia, el respeto a los derechos humanos, la lucha contra la pobreza, el aumento del empleo en condiciones decentes, el compromiso con el medio ambiente y el desarrollo sostenible. Es por ello que el Acuerdo ratifica el compromiso de cumplir estándares internacionales en todos estos temas.

El acuerdo busca seguir los lineamientos mundiales, que permitan concluir en el futuro con la Ronda de Doha en el marco de

Este acuerdo no es un acuerdo bilateral entre el Perú y la UE, sino un acuerdo multipartes que, por el momento, incluye también a Colombia. Existe la posibilidad que, con el tiempo, Ecuador y Bolivia se integren a este acuerdo.

La integración comercial es un mecanismo para una mayor integración del país en la economía mundial.

Para mayor información: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo del Perú: www.mincetur.gob.pe Dirección General de Comercio de la Comisión Europea: http://ec.europa.eu/trade/ Organización Mundial de Comercio (OMC): www.wto.org/indexsp.htm


ACUERDO COMERCIAL

Pasos para la implementación del Acuerdo Una vez que las negociaciones terminaron el paso siguiente es llevar a cabo su implementación. El primer paso hacia la ratificación era el “legal scrubbing”, que significó acordar los textos legalmente, tanto

en español como en inglés, que han sido las lenguas de negociación. El 13 de abril de 2011 se celebró en Bruselas la rúbrica del Acuerdo en presencia del entonces viceministro de Comercio Exterior del Perú, Carlos

Posada Ugaz, y del Comisario Europeo de Comercio, Karel De Gucht. A partir de entonces los procesos de ratificación son diferentes para cada una de las partes.

El Colegio de Comisarios aprobó dos propuestas para envío al Consejo de la UE: • autorización de firma del acuerdo y su aplicación (provisional, si se considera el acuerdo de tipo “mixto”) • conclusión del Acuerdo

2do semestre 2011

21 de setiembre de 2011

Traducción a las otras 21 lenguas oficiales de la UE

26 de setiembre de 2011

Transmisión al Consejo de la UE de ambas propuestas

Rúbrica del Acuerdo (Foto, de izquierda a derecha: Sergio Díaz Granados, Karel De Gucht y Carlos Posada Ugaz)

1er semestre 2011

13 de abril de 2011

2011

Examen del texto por parte de los Juristaslingüistas del Consejo


RELACIONES COMERCIALES UE-PERÚ

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Por la parte europea, el primer paso ha sido la traducción en las 21 otras lenguas oficiales de la UE. Luego, la Comisión Europea transfiere el texto al Consejo de la UE para su estudio (por parte de sus juristas-lingüistas) y aprobación. Posteriormente, y siguiendo las nuevas directrices que impone el Tratado de Lisboa, de aplicación desde 2009, el texto pasará obligatoriamente por el escrutinio y consentimiento del Parlamento Europeo. En este momento, el acuerdo estará listo para su aplicación por parte de la UE (con aplicación provisional, en caso se necesite

[La mayoría de las disposiciones del Acuerdo se implementarán a partir del primer día de su entrada en vigor. Algunas partes, en temas más sensibles, tendrán un periodo de transición para dar tiempo al mercado para adaptarse.]

además la ratificación de los 27 Estados miembros). Por la parte peruana, el Acuerdo deberá ser debatido y aprobado por el Congreso de la República, y luego pasar por el Poder Ejecutivo para su firma y promulgación.

En las siguientes páginas se encuentran explicados los principales puntos tratados por el Acuerdo. Cada uno de los diversos temas explica un título o capítulo en el texto del Acuerdo y responde a los principales aspectos de la integración comercial entre ambas partes.

Transmisión de la decisión de conclusión y del texto completo del acuerdo para su aprobación al Parlamento Europeo

Consentimiento del Parlamento Europeo

Firma del Acuerdo

Mediados de 2012

Mediados de 2012

Aprobación por parte del Consejo de la UE de la conclusión del Acuerdo y autorización para su firma

1er semestre 2012

1er semestre 2012

2012

Al cierre de la edición de esta publicación (octubre 2011) no está decidido si el acuerdo deberá ser ratificado por todos los Parlamentos nacionales.


ACUERDO COMERCIAL

El acceso a mercados es parte esencial de toda negociación de un acuerdo comercial. Está dividido en dos partes: mercados agrícolas y no agrícolas.

Acceso a mercados: 1. Mercados no agrícolas

El acceso a mercados se define en función de las medidas arancelarias impuestas a las importaciones. Un acuerdo de libre comercio, según las reglas de la OMC, tiene por objetivo reducir los aranceles de “sustancialmente todo el comercio” de ambas partes a cero. Respecto de los productos de mercados no agrícolas, es decir productos industriales y pesqueros, se ha acordado que la cobertura del acuerdo será de un 100%. A partir de la entrada en vigor del Acuerdo, todos estos productos peruanos entrarán al mercado europeo sin pagar aranceles.

E l "a c c n o s o lo s ige s o a l m e r c a d o" n if ic a e r e d u c ir li m in a r o a r a n c e le s . Ta s ig n if ic a a r a n c e lar e d u c ir b a r r e m b ié n r e n t r a d a r ia s q u e im p id a s n o e c o m o o b s d e e x p o r t a c io n la n c o m e r c iot á c u lo s t é c n ic o s e s, m a n u f a (p a r a p r o d u a l c c s a n it a r iat u r a d o s) o m e d t o s (p a r a p r s y f it o s a n it a r id a s oductos ia a g r í c o la s s) .

[El Acuerdo entre Perú y la UE toma en cuenta diversos periodos de desgravación arancelarios para los productos europeos. Esto se hace para prevenir el impacto que pueda tener una liberalización rápida de algunos productos sensibles.]


RELACIONES COMERCIALES UE-PERÚ

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Sin embargo, teniendo en cuenta el nivel diferente de desarrollo entre el mercado europeo y el peruano, la liberalización de los productos europeos que podrán ser importados al Perú será gradual durante un periodo de 10 años. Más concretamente: • El 80% de esos productos ingresará a Perú sin pagar arancel alguno al momento de la entrada en vigor del Acuerdo • Un 6% adicional después de 5 años, • El 14% restante entrará libremente a Perú después de 10 años. Esta diferenciación en los plazos se explica porque algunos productos son más sensibles y necesitan un periodo de transición más largo.

Respecto de los productos de mercados no agrícolas –es decir, los productos industriales y pesqueros– se ha acordado que la cobertura será de un 100%. Lo mencionado se ilustra muy bien por ejemplo con el sector automotor. El plazo acordado para la importación de vehículos de pasajeros europeos será el siguiente:

[Ejemplos de productos europeos con liberalización inmediata: equipos para construcción, equipos médicos, textiles y prendas de vestir, cerámica, maquinaria e instrumentos ópticos.]

• liberalización inmediata a la entrada en vigor para los vehículos de más de 3000 cc, • liberalización en 6 años para los vehículos entre 1600 y 3000 cc, y

Para mayor información:

• liberalización en 10 años para vehículos de pasajeros por debajo de 1600 cc.

Dirección General de Pesca de la Comisión Europea: http://ec.europa.eu/fisheries/index_es.htm Dirección General de Empresa e Industria de la Comisión Europea: http://ec.europa.eu/enterprise/index_es.htm Acceso a mercados en la OMC: www.wto.org/spanish/tratop_s/markacc_s/markacc_s.htm Perfil de Perú en la Federación Internacional de Asociaciones de Comercio (FITA): www.fita.org/countries/peru.html


ACUERDO COMERCIAL

Acceso a mercados: 2. Agricultura

La complejidad natural de los mercados agrícolas no ha permitido la liberalización completa del comercio de dichos productos. Europa es el mayor importador mundial de alimentos, principalmente procedentes de países en desarrollo, y también uno de sus principales exportadores (siendo líder en productos como el aceite de oliva, carnes, vino, whisky y otras bebidas alcohólicas). El sector agrícola, aunque ha descendido significativamente en los últimos años, sigue siendo parte fundamental de la economía europea. Una parte importante del presupuesto comunitario está destinado a la política agrícola común (PAC) de la UE.

Much p r o d u c t o o s d e lo s d e Pe r ú s a g r í c o la s c o n a r a y a in g r e s a n la U E a n c e l c e r o a t s is t e m a r a v é s d e l S PG + .

La reducción de aranceles se aplicará prácticamente a todos los productos agrícolas peruanos.


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La mayoría de productos agrícolas peruanos podrá entrar al mercado europeo con arancel cero a partir de la entrada en vigor del Acuerdo (como, por ejemplo, los espárragos frescos o la palta). Sin embargo, una serie de productos, más sensibles, serán objeto de una liberalización gradual o por contingente. Se trata de productos como plátanos, azúcar, carne de vacuno, arroz, ron, etc. El compromiso sobre la importación de plátanos en la UE demuestra cómo el acuerdo ofrece realmente un acceso preferencial para Perú. Aunque sí tendrá que pagar arancel en el mercado europeo, el margen de preferencia otorgado a este producto en comparación al arancel actual y al arancel que ha sido acordado al nivel multilateral es considerable.

[Un contingente arancelario es, según la definición dada por la Dirección General de Fiscalidad y Unión Aduanera (TAXUD) de la Comisión Europea, “todo valor o cantidad predeterminada de un producto dado, que puede importarse durante un período específico con una reducción de los derechos de aduana normales, y por encima del cual toda cantidad adicional de ese producto puede importarse pagando los derechos de aduana normales1”.]

Gracias a este acuerdo, Perú será uno de los países con mayor ventaja arancelaria para la exportación de plátanos hacia la UE. En cuanto la exportación de productos europeos al mercado peruano, una serie de productos también sigue siendo objeto de aranceles transitorios. Ejemplos: productos lácteos, vino, carne de cerdo, etcétera. Para la mayoría de estos productos, se ha acordado contingentes arancelarios con tasas anuales de crecimiento.

E n lo s s e u r o p e o su p e r m e r c a d o s e n c o n t r ay a s e p u e d e c a n t id a r u n a g r a n peruanos d de pr oductos e s p á r r a , p r in c ip a lm e n t e g o s, u v a, y o t r o s . q u in u a

Para mayor información: Dirección General de Agricultura de la Comisión Europea: http://ec.europa.eu/agriculture/index_es.htm Dirección General de Fiscalidad y Unión Aduanera (TAXUD) de la Comisión Europea (en inglés): http://ec.europa.eu/taxation_customs/index_en.htm Sobre la política agraria común de la UE: http://ec.europa.eu/agriculture/capexplained/index_es.htm

1 Para más información sobre el tema: http://ec.europa.eu/taxation_customs/dds/qotqot_es.htm


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Una norma, un reglamento técnico o un procedimiento para evaluar la conformidad del producto, se convierten en un obstáculo técnico al comercio (OTC) si se emplea de una forma que dificulte el comercio internacional, en lugar de alcanzar objetivos legítimos.

Obstáculos técnicos al comercio Esta parte específica del Acuerdo contiene disposiciones que permitirán comunicar y cooperar mejor en el campo de los reglamentos técnicos, normas y procedimientos de evaluación de la conformidad, todo con el fin de facilitar el comercio entre las partes1. En primer lugar, las partes se han comprometido a desarrollar y promover iniciativas como las siguientes: la simplificación de sus procedimientos de certificación o requisitos administrativos, la eliminación de la inscripción o los requisitos de autorización previa que no son necesarios, la armonización de normas técnicas, etc.

[El Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio, parte integral del acuerdo que establece la OMC, tiene como objetivo asegurar que los reglamentos técnicos, las normas, las pruebas, y los procedimientos de certificación no creen obstáculos innecesarios al comercio, al mismo tiempo que reconoce el derecho de los países a adoptar las normas necesarias para alcanzar la protección de sus objetivos legítimos.]


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El Ac Obstácu uer do sobr e C o m e r c io lo s T é c n ic o s a l d d e a s e e la OM C t r a t a g u r a r q u e lo s r e g la m e y lo s p r o cn t o s, la s n o r m a s p r u e b a e d im ie n t o s d e y n o c r ee n c e r t if ic a c ió n ob in n e c e s as t á c u lo s r io s . Además, el Acuerdo contiene una serie de compromisos en materia de transparencia que van más allá de lo que ya es obligatorio en el marco de la OMC. Por ejemplo, se ha convenido en proporcionar a cada una de las partes un período de al menos 60 días (preferiblemente 90) para que puedan presentar observaciones en caso de proyectos de reglamento técnico o procedimiento de evaluación de conformidad. También se ha acordado publicar sus respuestas a los comentarios recibidos a un proyecto de propuesta. Asimismo, existe el compromiso de otorgar un período de al menos seis meses previo a la entrada en vigor de los nuevos requisitos, con la finalidad de que los operadores puedan adecuar sus productos a las nuevas exigencias establecidas en el reglamento técnico o procedimiento de evaluación de conformidad. Por último, e incidiendo en el propósito de transparencia, se asegurará que todos los requisitos técnicos que puedan hacerse cumplir se hagan públicos mediante un sitio web oficial.

En materia de normalización, se intercambiará información sobre los procesos de normalización de cada una de las Partes, sobre cómo las normas se pueden utilizar en apoyo de la regulación y en qué medida las normas internacionales o regionales son utilizadas como base de normas nacionales.

En términos de los procedimientos de evaluación de conformidad, se promoverá el reconocimiento de los resultados emitidos por los organismos reconocidos por un acuerdo de acreditación multilateral así como la celebración de acuerdos privados entre organismos de certificación.

Dos novedades importantes son, primero, el compromiso de intercambio de información sobre las actividades de vigilancia del mercado y el compromiso de las partes de asegurar que no haya conflicto de intereses entre los organismos que se encargan de las verificaciones y los agentes

económicos sujetos a inspección o control. La segunda novedad es la inclusión de un artículo sobre etiquetado y marcado. Se acordó limitar el etiquetado permanente a la información que sea relevante para los consumidores, eliminando así la posibilidad de imponer requisitos excesivos e innecesarios. Hay un compromiso firme de no exigir aprobación previa o registro de etiquetas, a menos que sea necesario para proteger la salud humana, animal o vegetal (por ejemplo, en productos farmacéuticos). Se permitirá el uso de pictogramas internacionales y la nomenclatura de las etiquetas del producto. Para el caso del etiquetado de productos textiles y calzado (productos donde en los países andinos ha habido etiquetados innecesarios), se ha acordado limitar la información que debe ser proporcionada, y si se requiere información adicional, tendrá que ser mediante etiquetas no permanentes.

Para mayor información: Obstáculos técnicos al comercio en la UE (en inglés): http://ec.europa.eu/trade/tackling-unfair-trade/trade-barriers/index_en.htm Definición de obstáculos técnicos al comercio en la OMC: http://www.wto.org/spanish/thewto_s/whatis_s/tif_s/agrm4_s.htm#trs Página específica: http://www.wto.org/spanish/tratop_s/tbt_s/tbt_s.htm Proyecto “Etiquetado y vigilancia del Mercado” en el marco del Proyecto de cooperación internacional UE-CAN “Facilidad de Asistencia Técnica al Comercio (UE-CAN FAT)”: http://www.analdex.org/econtent/fat2/home.html

1 La evaluación de la conformidad se define como cualquier actividad cuyo objeto es determinar directa o indirectamente si se cumplen los requisitos especificados relativos a un producto, proceso, sistema, persona u organismo. Incluye actividades tales como: muestreo, ensayo, inspección, cer tificación, así como la acreditación de organismos de evaluación de la conformidad.

En la página web “Europa”, los reglamentos que afectan a los marcados CE de conformidad se encuentran en: http://europa.eu/legislation_summaries/ consumers/product_labelling_and_packaging/l21013_es.htm


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Las medidas sanitarias y fitosanitarias están enfocadas a la protección de la salud de las personas, animales y vegetales. El capítulo también incluye la colaboración entre las partes en materia de bienestar animal.

Medidas sanitarias y fitosanitarias Está internacionalmente reconocido que los países tienen la obligación de proteger la salud de sus ciudadanos y de sus poblaciones animales y vegetales. Ningún producto debe ni puede atentar contra la seguridad de los consumidores, ni directa ni indirectamente. Para evitar la propagación de plagas y enfermedades sanitarias como la gripe aviar, gripe porcina y otras, cada país debe esforzarse por erradicarlas de su territorio e impedir su regreso y posible propagación. Por ello es importante que la elaboración de legislación sanitaria o fitosanitaria esté basada en una evaluación de riesgo que considere factores económicos como el costo de erradicación o control de una plaga o una enfermedad. Además, estas normas sanitarias deben basarse en las ya internacionalmente reconocidas, como las de la Comisión del Codex Alimentarius1, la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE2) y la Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF3).


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Asimismo, como se indica en el “Acuerdo sobre la aplicación de medidas sanitarias y fitosanitarias” de la OMC, dichas medidas pueden ser adoptadas “(...) a condición de que no se apliquen de manera que constituya un medio de discriminación arbitrario o injustificable entre los Miembros en que prevalezcan las mismas condiciones, o una restricción encubierta del comercio internacional”. En la UE, es la Comisión Europea la responsable de garantizar que la legislación europea en este ámbito cumpla con las obligaciones internacionales. Al mismo tiempo, la Comisión se esfuerza en mejorar las condiciones de acceso al mercado para los exportadores de la UE en donde hayan encontrado problemas por medidas poco razonables o no ajustadas a derecho.

El capítulo sobre medidas sanitarias y fitosanitarias en el Acuerdo tiene mucha coincidencia con lo reflejado en el capítulo de Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC). Por ejemplo, las partes se esforzarán en hacer más transparente e intensificar la comprensión mutua de dichas medidas. Un elemento importante en el Acuerdo es la determinación de las áreas libres o de baja intensidad de plagas o enfermedades. Se creará un subcomité que pondrá en marcha el procedimiento más adecuado para reconocer dichas zonas, teniendo en cuenta cualquier estándar, directriz o recomendación internacional, incluyendo situaciones relacionadas con brotes y reinfestaciones. También se tomará en consideración la localización geográfica, los ecosistemas, la buena vigilancia epidemiológica y

E n la U s e g u im ieE e l r e s p o n s a b le n s a n it a r iat o d e la s m e d d e l e s la D ir s y f it o s a n it a id a s r S a n id a e c c ió n G e n e r a l ia s (D G S A N d y C o n s u m id o r d e C e E u r o p e aO ) d e la C o m is s e n t e r e . E n e l Pe r ú , e ió n D ir e c c ió n s p o n s a b le e s l la Ge A m b ie n t an e r a l d e S a lu d l (DI G ES A).

Los acuerdos alcanzados en este capítulo garantizan la calidad sanitaria de los productos, antes de ser comercializados o exportados.

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[Un ejemplo concreto de medida sanitaria y fitosanitaria puede ser la restricción de entrada en un determinado país de la carne de pollo si no existen en el país de origen las debidas condiciones sanitarias que permitan que puedan ser aptas para el consumo.]

Para mayor información: Medidas sanitarias y fitosanitarias en la UE (sólo en inglés): http://ec.europa.eu/trade/wider-agenda/health/food-safety-and-health/ Sobre bienestar animal: http://ec.europa.eu/food/animal/welfare/index_es.htm Acuerdo OMC sobre aplicación de medidas sanitarias y fitosanitarias: www.wto.org/spanish/tratop_s/sps_s/spsagr_s.htm Dirección General de Sanidad y Consumidores de la Comisión Europea (DG SANCO): http://ec.europa.eu/dgs/health_consumer Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA) de Perú: www.digesa.sld.pe

1 La Comisión del Codex Alimentarius es cuerpo establecido en 1963 por la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) y la Organización Mundial de la Salud (OMS) para desarrollar normar alimentarias y reglamentos que permitan proteger la salud de los consumidores. Más información en www.codexalimentarius.net. 2 La OIE es la organización intergubernamental encargada de mejorar la

sanidad animal en el mundo. Sus normas son reconocidas por la OMC . Más información en www.oie.int . 3 La Convención Internacional de Protección Fitosanitaria (CIPF) es un acuerdo internacional de sanidad de las plantas, cuya finalidad es proteger las plantas cultivadas y las plantas silvestres previniendo la introducción y la propagación de plagas. Más información en www.ippc.int.


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Coordinación entre Autoridades Sanitarias La DG SANCO (Dirección General de Sanidad y Consumidores) es la Dirección General que en la Comisión Europea se ocupa de garantizar que alimentos y bienes de consumo vendidos en la UE sean seguros, protegiendo y mejorando la salud de los ciudadanos europeos, así como la de animales y plantas, y garantizando que alimentos y bienes de consumo sean inocuos y sanos. SANCO trabaja de forma coordinada con otras instituciones de la UE, los gobiernos nacionales y organismos, las organizaciones de consumidores, grupos de salud de interés, grupos empresariales, científicos, investigadores y expertos, así como con sus contrapartes internacionales. DIGESA (Dirección General de Sanidad Ambiental), por su parte, organismo dependiente del Ministerio de Salud del Perú, es el ente público peruano que emite normas sobre sanidad básica, salud ocupacional, higiene alimentaria, control de enfermedades animales transmisibles al hombre y salud ambiental.

la debida efectividad de los controles sanitarios y fitosanitarios en el área. El Acuerdo contiene también una cláusula de salvaguardia. Si hubiera motivos graves de salud pública, sanidad animal o vegetal (por ejemplo, en el caso de una epidemia que afectara a los animales), la parte importadora podrá adoptar sin notificación previa las medidas provisionales y transitorias necesarias para proteger la salud pública, animal o vegetal. Estas medidas pueden incluir requisitos para las partidas que se encuentren en tránsito. Además, para estas situaciones de emergencia, prevé un sistema de información y notificación entre las partes y los mecanismos de consulta adecuados para encontrar la solución más conveniente y proporcionada. La colaboración en materia de bienestar animal, cuyo objetivo general es evitar a los animales todo dolor o sufrimiento innecesario, está igualmente cubierta en el acuerdo4.

Es importante determinar un nivel adecuado de protección, evaluando los riesgos para la salud humana y la sanidad animal y vegetal. Dicha evaluación ha de tener en cuenta el objetivo de reducir al mínimo los efectos negativos sobre el comercio.

4 De hecho, la protección y el bienestar animal se encuentran reflejados en el ar tículo 13 del Tratado Fundacional de la UE (Diario Oficial de la UE C 115, de 9 de mayo de 2008).


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Para actuar frente al comercio desleal, con un marco jurídico claro y transparente.

Instrumentos de defensa comercial Existen tres instrumentos de defensa comercial: medidas antidumping, medidas antisubvención y medidas de salvaguardia.

Antidumping Según la definición dada por la OMC, el ‘dumping’ ocurre cuando una empresa exporta un producto a un precio inferior al que aplicaría normalmente en el mercado de su propio país o debajo del precio de costo de producción. Las medidas ‘correctivas’ a esta situación son conocidas como medidas antidumping y son un instrumento de defensa comercial utilizado por muchos países. sigue »


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Medidas de salvaguardia multilateral

Subvención y derechos compensatorios El Acuerdo de la OMC sobre este tema condena la utilización de una serie de subvenciones prohibidas y reglamenta las medidas que los países pueden adoptar para contrarrestar sus efectos. Está previsto que • un país pueda utilizar el procedimiento de solución de diferencias de la OMC para tratar de lograr la supresión de una subvención prohibida o la eliminación de sus efectos desfavorables, o • el país pueda iniciar su propia investigación y aplicar finalmente derechos especiales (los llamados “derechos compensatorios”) a las importaciones cuando se demuestre que las subvenciones causan un perjuicio a los productores nacionales.

Una medida de salvaguardia es la prohibición temporal de las importaciones que pueden entrar a un país, cuando este se ve amenazado por el exceso de importaciones de un determinado producto, siempre y cuando dichas exportaciones induzcan un daño o amenaza de daño grave a la producción nacional. Este “periodo de gracia” se concede para que los productores nacionales afectados tengan más tiempo para adaptarse al aumento de las importaciones en el mercado.


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Po r lo g e n e r a,l d e s a lv a la s m e d id a s p r o v is io n a g u a r d ia d u r a c ió n le s t ie n e n u n a la s m e d d e 2 0 0 d í a s p u e d e n id a s d e f in it iv a y u n p e r í o d s e r o t o rg a d a s s por o de 4 a 8 años.

Existen dos tipos de medidas de salvaguardias, las medidas provisionales, adoptadas para casos críticos, en los cuales una demora provocaría un daño irreparable; y las medidas definitivas, las cuales son otorgadas para prevenir o reparar un daño grave y facilitar el reajuste. Mientras que las medidas antidumping y los derechos compensatorios se utilizan frente a prácticas comerciales desleales (en los casos en los que las importaciones se realizan en condiciones que pueden ser recurridas con arreglo a las normas de la OMC), las medidas de salvaguardia multilateral tienen como objetivo ofrecer tiempo a la industria del país importador que se vea afectado para ajustarse a un aumento considerable de las importaciones.

Salvaguardias bilaterales Cabe destacar que también se incluye una cláusula de salvaguardia bilateral que permite la suspensión de las preferencias cuando el aumento de las importaciones de un producto

de la otra parte amenaza con causar un daño grave a la industria nacional. Además, teniendo en cuenta los intereses de las regiones ultraperiféricas1 de la UE, el Acuerdo establece condiciones específicas para dichas regiones que permite la suspensión de las preferencias

para la importación directa de un determinado producto, también cuando tales importaciones causen o amenacen con causar un grave deterioro de la situación económica en esa región.

Mientras que las medidas antidumping y los derechos compensatorios se utilizan frente a prácticas comerciales desleales, las medidas de salvaguardia tienen como objetivo ofrecer tiempo a la industria del país importador que se vea afectado.

Para mayor información: Instrumentos de defensa comercial en la Dirección General de Comercio de la Comisión Europea (en inglés): http://ec.europa.eu/trade/tackling-unfair-trade/trade-defence Folleto de la Dirección General de Comercio de la Comisión Europea sobre instrumentos de defensa comercial: http://trade.ec.europa.eu/doclib/docs/2010/october/tradoc_146706.pdf Comunicación de la Comisión Europea: “Una Europa Global – Instrumentos de defensa comercial europeos en una economía global en transformación”: http://eur-lex.europa.eu/LexUriSer v/site/es/com/2006/ com2006_0763es01.pdf Instrumentos de defensa comercial en la OMC: www.wto.org/spanish/tratop_s/safeg_s/safeg_s.htm www.wto.org/spanish/tratop_s/adp_s/adp_s.htm www.wto.org/spanish/tratop_s/scm_s/scm_s.htm

1 Son siete regiones de países per tenecientes a la UE que aun estando alejados geográficamente del continente europeo forman par te indivisible de la UE: Azores, Canarias, Guadalupe, Guayana Francesa, Madeira, Mar tinica y Reunión. Para más información, www.regionesultraperifericas.com/es y http://europa.eu/scadplus/ glossar y/outermost_regions_es.htm


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Servicios, inversiones y libre movimiento de capitales El sector servicios representa más de un 70% del Producto Interior Bruto de la UE y cerca de un 55% del PIB del Perú y una proporción todavía más elevada del empleo en ambas economías. Sin embargo, un buen número de barreras existentes restringen y limitan el comercio de servicios entre ambas economías para beneficio mutuo, y es por eso que el Acuerdo pretende eliminar o minimizar estas barreras. Las bas e ú n ic o e u s d e l m e r c a d o r ll a m a d ao p e o s o n la s li b e r t a d s “c u a t r o c ir c u la c e s”: la li b r e ió s e r v ic io s n d e b ie n e s, , persona c a p it a le sy s . E se trata n este cap í t u lo, de d e lo s c lo s s e r v ic io s y a p it a le s .

El Acuerdo no se ha limitado a bajar aranceles o prever una cooperación más estrecha para minimizar obstáculos técnicos al comercio. El objetivo de este Acuerdo no es solamente incrementar el comercio entre las partes, sino integrar sus mercados. Los capítulos en el Acuerdo sobre servicios, inversiones y movimiento de capital tienen como objetivo mejorar significativamente las condiciones para que empresas y proveedores de servicios puedan establecerse y hacer negocios en sus mercados respectivos. De hecho, se liberaliza progresivamente el establecimiento y el comercio de servicios. Como regla general, las partes se comprometieron a otorgar a los establecimientos e inversionistas listados en el Acuerdo un trato no menos favorable que el que otorgan a sus propios establecimientos e inversionistas. Además, las partes se comprometen a promocionar un entorno atractivo y estable para la inversión recíproca.


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Los compromisos adquiridos en el Acuerdo son de gran envergadura. Ofrecen a los inversionistas de ambas partes oportunidades importantes en un rango amplio de áreas como en las industrias manufactureras, industrias de servicios, producción de energía, etcétera. Además se consolida y provee acceso al mercado para los servicios transfronterizos y garantiza el establecimiento en áreas de interés clave, tales como servicios financieros, servicios profesionales, transporte marítimo, distribución y servicios de telecomunicaciones. Con el objetivo de fomentar la libre circulación de servicios, inversiones y establecimiento, el Acuerdo contiene un capítulo específico en el cual las partes se comprometen a liberalizar los pagos corrientes y los movimientos de capital.

Las partes se comprometieron a otorgar a los establecimientos e inversionistas un trato no menos favorable que el que otorgan a sus propios establecimientos e inversionistas.

Para mayor información: Ser vicios e inversiones en la UE (páginas solo disponibles en inglés, francés y alemán): Mercado interno de la UE: http://ec.europa.eu/dgs/internal_market/mission_en.htm Mercado único de ser vicios: http://ec.europa.eu/internal_market/top_layer/index_19_en.htm Movimientos de capital en Europa: http://ec.europa.eu/internal_market/capital/index_en.htm#


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La libre elección de consumidores y productores, sin mayores trabas que los perjudiquen, solo puede redundar en el beneficio del comercio.

Competencia Un requisito indispensable para tener una economía de mercado es un contexto en el que las reglas de juego sean claras y que se cumplan efectivamente para todos, sean consumidores o productores. La libre competencia puede verse reducida mediante prácticas anticompetitivas dañinas como acuerdos restrictivos,

cárteles y abusos de posición dominante.

En este capítulo del Acuerdo se ha convenido la prohibición, tanto en legislaciones nacionales como regionales, de dichas prácticas anticompetitivas. Quedan también prohibidas las fusiones obstaculizando significativamente la competencia, en particular como resultado de la creación o fortalecimiento de una posición dominante. Para su cumplimiento, autoridades de competencia independientes harán cumplir estas reglas de una manera transparente y no discriminatoria. Asimismo, dichas autoridades cooperarán entre ellas.


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Monopolios y empresas públicas deben someterse también a las leyes de competencia, sin excepción en ningún sector. Sin embargo, se les ha dejado un necesario margen de maniobra para permitir poder llevar a cabo las tareas públicas específicas que les fueron asignadas por los Gobiernos. Los firmantes del Acuerdo se abstendrán de adoptar o mantener cualquier medida contraria a la libre competencia, que pudiera distorsionar el comercio y/o la inversión.

En s u b v e n c ioe l c a s o d e h a p r e v n e s, e l A c u e r d is e s p e c í f t o u n a d is p o s ic ióo ic n a en m de tran s p a r e n c a t e r ia que se p ia r e v é n in f e n la p e r ió d ic o o r m e s s.

En virtud de estas disposiciones ninguna de las partes podrá interponerse en la aplicación efectiva de las normas de libre competencia a través de acciones que pudieran emprender las entidades estatales. Por ejemplo, una empresa pública estatal no podrá poner trabas a la compra o venta de productos importados que están directamente en competencia con los productos locales por el simple hecho de que sean productos importados. Para ambos deberá tener un trato igualitario.

Los firmantes del Acuerdo se abstendrán de adoptar o mantener cualquier medida contraria a la libre competencia.

En el caso de subvenciones, el Acuerdo ha previsto una disposición específica en materia de transparencia. Se prevén informes periódicos por ambas partes sobre la base jurídica, la forma, cantidad o presupuesto y si es posible, el beneficiario de subvenciones concedidas por su Gobierno o cualquier organismo público que dependa de él.

Para mayor información: Dirección General de Competencia de la Comisión Europea: http://ec.europa.eu/competition/index_es.html


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Contratación pública Los contratos que otorga la administración pública tienen gran importancia económica no solamente a nivel nacional, regional y local sino también internacional, y pueden llegar a representar una parte significativa del PBI nacional.

Dichas contrataciones deben seguir procedimientos transparentes y abiertos, garantizando condiciones imprescindibles de competencia para que los proveedores puedan competir en igualdad de condiciones, sin discriminación alguna. Los alcances del Acuerdo en este tema son muy ambiciosos, y el acceso que mutuamente se dan en los mercados de contratación va más allá de la cobertura que ofrecen en acuerdos de libre comercio con otros socios. La lista de entidades y organismos públicos contratantes es muy larga. Comprende: • entidades a nivel central, como ministerios,


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Las empresas peruanas recibirán acceso libre a todas las contrataciones públicas europeas de los Gobiernos nacionales, a las contrataciones de los operadores de ferrocarriles y gas, así como a las concesiones de obras en la UE.

• a nivel subcentral, entes regionales –como las autonomías españolas, los Länder alemanes o los Gobiernos regionales peruanos y entes municipales; y • entidades contratantes que sean organismos de derecho público, como por ejemplo el Banco Nacional de Bélgica, la Autoridad Nacional para las Carreteras de Irlanda o la Empresa de Generación Eléctrica de Machu Picchu. El Acuerdo define qué son las entidades cuyas contrataciones están cubiertas, así como las mercancías y los servicios. Por ejemplo, las empresas peruanas recibirán acceso libre a las contrataciones públicas europeas de los Gobiernos nacionales para ferrocarriles y gas, así como a las concesiones de obras. Los operadores europeos se beneficiarán del acceso

a las contrataciones municipales peruanas, así como de trato nacional en las concesiones de servicios y aeropuertos. De todas formas, también hay excepciones. Por ejemplo, no será de aplicación lo acordado para programas de contratación pública para favorecer a las pequeñas y micro empresas, o para la contratación de bienes para programas de ayuda alimentaria.

E l Es t a d o c u e n t a Pe r u a n o d e lo s r c o n u n o e n a c io n a leg is t r o s p r o v ee d o s d e r avanza es más A m é r ic a d o s e n L a t in a .

Para mayor información: Compras públicas en la UE (solo disponible en inglés, francés o alemán): http://ec.europa.eu/internal_market/publicprocurement/index_en.htm Documentos clave de la UE: http://ec.europa.eu/internal_market/publicprocurement/key-docs_en.htm# Organismo Super visor de las Contrataciones del Estado: www. osce.gob.pe Registro Nacional de Proveedores del Estado Peruano (RNP): www.rnp.gob.pe


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En el mundo globalizado de hoy, las materias primas pueden provenir de cualquier lugar del mundo, siendo muy difícil poder determinar con exactitud cuál es el auténtico origen de un producto final. Por ello existen las reglas de origen, que son también elementos clave a la hora de recurrir a instrumentos de política comercial.

Reglas de origen Según la definición de la OMC, las reglas de origen son los criterios necesarios para determinar la procedencia nacional de un producto1. Son muy importantes porque los aranceles y restricciones aplicadas a la importación pueden cambiar según sea el origen de los productos importados. En el marco de un acuerdo preferencial entre dos o más países, permiten determinar si el producto importado se puede beneficiar o no de las preferencias arancelarias. Las reglas de origen también se utilizan en los siguientes casos: • si hay que aplicar medidas e instrumentos como los derechos antidumping y las medidas de salvaguardia; • para determinar el trato de la nación más favorecida; • al aplicar las disposiciones sobre etiquetado y marcado; • en la contratación pública; y • cuando hay que elaborar estadísticas comerciales.


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Perú continuará aprovechando de la llamada “acumulación” (es decir, el añadir sucesivamente piezas o partes a lo que será el producto final), lo que significa que Perú podrá seguir utilizando materiales originarios de otros países andinos, América Central y Panamá, dejando la puerta abierta a que en un futuro dicha acumulación pueda realizarse con otros países de América Latina con los que la UE haya concluido acuerdos comerciales (México, Chile, los países del Caribe y, posiblemente, del MERCOSUR). En lo relativo a los productos de la pesca, el acuerdo se basa fundamentalmente en las reglas de origen relativas a los criterios de los buques, al mismo tiempo que garantiza en el sector de la pesca en Perú las inversiones extranjeras presentes y futuras mediante una serie de derogaciones especiales para productos específicos. De esta forma se ha tenido en cuenta los intereses de Perú.

[¿Cómo podemos determinar el origen en caso de que haya dos o más países que tengan que ver en la producción? Según lo dispuesto en el Consejo de Cooperación Aduanera, el origen debe atribuirse al país donde se haya producido la última transformación sustancial. Hay tres supuestos: a) Si tras la transformación se produce un cambio de partida arancelaria; b) Si se han producido unas transformaciones previamente especificadas; o c) Si el valor de los materiales no originarios está por debajo de un límite establecido (es el llamado ‘criterio del valor añadido’)]

Perú podrá seguir utilizando la llamada acumulación con materiales originarios de otros países andinos, América Central y Panamá. Para mayor información:

E l o r ig e p r o d u c c ión d e la a t r ib u ir s n d e b e e donde s al país p r o d u c id e h a y a o t r a n s f o r la ú lt im a m s u s t a n c a c ió n ia l.

Reglas de origen preferenciales en la Dirección General de Fiscalidad y Unión Aduanera de la Comisión Europea (solo disponible en inglés, francés y alemán): http://ec.europa.eu/taxation_customs/customs/customs_duties/ rules_origin/preferential/index_en.htm Reglamento Nº1063/2010 sobre Reforma de las reglas de origen en el marco del SPG, publicado en el Diario Oficial de la UE el 23 de noviembre de 2010: http://eur-lex.europa.eu/LexUriSer v/LexUriSer v.do?uri=OJ:L:201 0:307:0001:0081:ES:PDF Reglas de origen no preferenciales en la OMC: www.wto.org/spanish/tratop_s/roi_s/roi_s.htm

1 www.wto.org/spanish/tratop_s/roi_s/roi_info_s.htm


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La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) describe la propiedad intelectual como “cualquier propiedad que, de común acuerdo, se considere de naturaleza intelectual y merecedora de protección, incluidas las invenciones científicas y tecnológicas, las producciones literarias o artísticas, las marcas y los identificadores, los dibujos y modelos industriales y las indicaciones geográficas”1.

Propiedad intelectual A través del Acuerdo, se garantiza un adecuado y efectivo nivel de protección de los derechos de propiedad intelectual, industrial y comercial y otros derechos cubiertos por el Acuerdo TRIPs2 para poder reducir las distorsiones y obstáculos al comercio, promover la innovación y la creatividad, y al mismo tiempo estimular las inversiones y el desarrollo económico. El capítulo sobre Propiedad Intelectual incluye disposiciones que aclaran y complementan algunas disposiciones de los TRIPs de manera que tengan en cuenta los intereses específicos de ambas partes. El Acuerdo reafirma las obligaciones ya firmadas por ambas partes en otros tratados sobre derechos de autor, patentes, marcas, diseños y variedades de plantas. En este sentido, el Acuerdo tiene una referencia especial al cumplimiento de los principales convenios internacionales, como el Protocolo de Madrid de la OMPI. El Acuerdo además destaca de manera especial la importancia de la propiedad intelectual en Internet, compromiso que ya fue acordado por ambas partes en el marco de la Organización Mundial de Propiedad Intelectual (OMPI).


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[Podemos dividir la propiedad intelectual en dos categorías: a) la propiedad industrial, que incluye los inventos, patentes, marcas, dibujos y modelos industriales e indicaciones geográficas de procedencia; y b) los derechos de autor, que comprende las obras literarias y artísticas como novelas, poemas, obras de teatro, películas, obras musicales, obras de arte, como dibujos, pinturas, fotografías y esculturas y diseños arquitectónicos.]

El Acuerdo subraya la importancia de promover el acceso a los medicamentos. Teniendo en cuenta el interés legítimo de tener acceso a medicamentos esenciales a precios razonables para todos, y en particular para los sectores económicamente más débiles, el Acuerdo no prevé ninguna patente adicional más allá de lo acordado previamente a nivel multilateral. En cuanto a lo que se refiere a los derechos de autor, el Acuerdo no solo respeta la legislación europea y andina ya existente en este tema, sino que también introduce referencias a la protección de medidas tecnológicas, la gestión de derechos y la promoción del derecho del artista a la reventa. Asimismo hay disposiciones sobre la facilitación de acuerdos entre sociedades de gestión colectiva (como la Asociación Peruana de Autores y Compositores en Perú o la Sociedad General de Autores de España, SGAE, por citar dos ejemplos), para poder garantizar que los titulares de derechos de ambas partes estén adecuadamente remunerados por el uso de su música y otras obras artísticas en el territorio de la otra parte. El Acuerdo contiene también disposiciones para aplicar los compromisos ya existentes y regulados a nivel multilateral a todos los “titulares de

derechos” (como músicos, autores, propietarios de patentes, etc.) de ambas partes, y así defender dichos derechos de manera efectiva. Estas medidas incluyen, por ejemplo, medidas civiles, administrativas, procedimientos y medidas de observancia en las fronteras. En lo que se refiere a la protección de los conocimientos tradicionales, el Acuerdo reconoce que las innovaciones y expresiones creativas de las comunidades indígenas y locales constituyen propiedad

intelectual, pero al ser tradicionales suelen quedar al margen de la protección que confieren los actuales sistemas de propiedad intelectual. Por esta razón, el Acuerdo asegura que ambas partes deben mantener un grado de flexibilidad para desarrollar sus propios sistemas sui géneris para la protección de estos. Se reconoce la necesidad de regímenes especiales, por ejemplo, para proteger las variedades vegetales andinas y amazónicas, los conocimientos tradicionales y los derechos de las comunidades indígenas. Finalmente, se han acordado normas para establecer la responsabilidad de los prestadores de servicios de Internet.

Para mayor información: Propiedad Intelectual de la Dirección General de Comercio de la Comisión Europea (solo en inglés): http://ec.europa.eu/trade/creating-oppor tunities/trade-topics/intellectual-proper ty Propiedad intelectual en la OMC: www.wto.org/spanish/thewto_s/whatis_s/tif_s/agrm7_s.htm Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (TRIPS, por sus siglas en inglés): http://www.wto.org/spanish/docs_s/legal_s/ursum_s.htm#nAgreement Sobre propiedad intelectual y conocimientos tradicionales: http://www.wipo.int/expor t/sites/www/freepublications/es/tk/920/wipo_pub_920.pdf Sobre propiedad intelectual y expresiones culturales tradicionales o del folclore: http://www.wipo.int/expor t/sites/www/freepublications/es/tk/913/wipo_pub_913.pdf Instituto Nacional de la Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI): www.indecopi.gob.pe Protocolo de Madrid de la OMPI: www.wipo.int/treaties/es/registration/madrid_protocol

1 Declaración Mundial sobre la Propiedad Intelectual, votada por la Comisión Asesora de las políticas de la OMPI el 26 de junio del año 2000.

2 TRIPS; de sus siglas en inglés, Acuerdo de la OMC sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio.


ACUERDO COMERCIAL

Según lo indicado por la OMC, las indicaciones geográficas son nombres que se utilizan para identificar productos que tienen determinadas características específicas (calidad o reputación por ejemplo) que los hacen propios e identificables y que son imputables fundamentalmente a su origen geográfico (por ejemplo por estar sometidos a factores locales específicos como el clima y el terreno). Por lo general, una indicación geográfica consiste en el nombre del lugar de origen de los productos.

Indicaciones geográficas Una indicación geográfica es un signo utilizado para productos que tienen un origen geográfico concreto y poseen cualidades o una reputación derivadas específicamente de su lugar de origen. Por ejemplo, productos como el champagne, el oporto, el jerez o el prosciutto di Parma tienen particularidades que dependen del lugar de producción, del clima de la zona y del saber hacer de sus productores. Las indicaciones geográficas reconocen el “vínculo” específico entre los productos y su lugar de producción original. Por eso tiene sentido garantizar que solamente los productos elaborados en esta zona, según un pliego de condiciones exigente, puedan ser identificados con la indicación geográfica: champagne solo debería designar el vino de la región francesa de Champagne, mientras que prosciutto di Parma debería ser utilizado solamente para identificar el jamón producido cerca de la ciudad de Parma en Italia.


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Las indicaciones geográficas se protegen mediante las legislaciones nacionales relativas a la competencia desleal, a la protección del consumidor, y también a través de instrumentos de protección de las marcas (como las marcas colectivas) o de leyes especiales para la protección de las indicaciones geográficas o denominaciones de origen. Los productores que se acogen a la protección de “indicación geográfica” se comprometen a mantener un estándar de calidad que asegura mantener un vínculo del producto al territorio y también ciertos usos tradicionales en la producción. La ventaja fundamental para el consumidor es que estos productos tienen un nivel de calidad constante que asegura unas características específicas. Los productores por su parte obtienen protección legal contra la utilización del nombre protegido ligado a productos elaborados en otras zonas, aunque se utilicen ingredientes y procedimientos similares.

Varios tratados internacionales tratan de la protección de las indicaciones geográficas (como el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio - ADPIC de 1994 y el Arreglo de Lisboa de 1958 relativo a la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional). El Acuerdo comercial entre Perú y la UE ha previsto la protección efectiva de las indicaciones geográficas, tanto europeas (205 indicaciones geográficas) como andinas (16 hasta el momento). El Acuerdo permite a las partes: • Beneficiarse de un procedimiento de registro acelerado (6-7 meses); • Simplificar el contenido del expediente técnico que se presenta al solicitar protección en los sistemas nacionales; y • Simplificar las condiciones de uso de las indicaciones geográficas.

S e g ú n la s e p r o t e n o r m a t iv a e u r o p g G e o g r á f e u n a I n d ic a c ióe a, v í n c u lo d ic a s i e x is t e u n e n m e d io g el p r o d u c t o c o n e l m e n o s u o g r á f ic o y s i al n a d e la d e la p r s etapa t r a n s f o r o d u c c ió n , d e la s e la b o r a m a c ió n o d e c ió n t ie la z o n a g e n e lu g a r e n la o g r á f ic a .

Algunos ejemplos de indicaciones geográficas son el champagne, el queso parmigiano reggiano, el oporto y el maíz blanco gigante del Cusco.

Para mayor información: Indicaciones geográficas en la UE: página general y documentos clave en: http://ec.europa.eu/agriculture/quality/schemes/index_en.htm Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) del Perú: www.indecopi.gob.pe Organización Mundial de Propiedad Intelectual (OMPI): www.wipo.int


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El desarrollo sostenible implica buscar avances y reforzar sus tres pilares básicos –desarrollo económico, desarrollo social y protección del medio ambiente– a nivel nacional e internacional. El capítulo sobre desarrollo sostenible en el Acuerdo persigue estos objetivos en el contexto específico del nuevo marco de relaciones comerciales entre la UE y Perú.

Comercio y desarrollo sostenible El título sobre desarrollo sostenible en el Acuerdo busca una mayor integración y coherencia de los aspectos laborales y medioambientales con las políticas de comercio e inversión. Para ello, se promueve un enfoque global que tome en cuenta la interacción entre los componentes sociales, medioambientales y económicos. En materia laboral, el texto del Acuerdo indica que se aplicarán las normas laborales fundamentales de la Organización Nacional del Trabajo (OIT), tal y como figuran en sus convenios fundamentales, tanto a nivel legislativo como en la práctica. Además, el Acuerdo busca reforzar el compromiso de las Partes con la aplicación efectiva de sus propias leyes laborales nacionales a fin


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de garantizar condiciones de comercio equitativas, y se reconocen los principios de trabajo decente de la OIT y su relevancia en el ámbito comercial. El capítulo también incluye una disposición sobre la igualdad de trato en materia de condiciones de trabajo, con especial atención a los trabajadores migrantes legalmente empleados en los territorios de Perú y de la UE. Por lo que respecta a las cuestiones medioambientales, las partes reafirman su compromiso con la aplicación efectiva de acuerdos multilaterales sobre medio ambiente. Al igual que para las cuestiones laborales, se busca además reforzar el compromiso con la aplicación efectiva de la legislación medioambiental, reconociendo la potestad de las partes para determinar niveles de protección elevados. En el título sobre comercio y desarrollo sostenible existen también disposiciones específicas sobre el comercio de productos forestales, productos de la pesca, la diversidad biológica y el cambio climático. La participación pública y el compromiso de las Partes con la sociedad civil son elementos primordiales del capítulo. Las posibles diferencias se resolverán mediante el recurso a un grupo independiente e imparcial de expertos, que emitiría informes públicos.

La Jo h a n n e D e c la r a c ió n d e sb S o s t e n ibu rg o s o b r e D e s a le q u e lo s p (2 0 0 2) s e ñ a r r o ll o r e s p o n s a a í s e s a s u m e la p r o m o v e r b il id a d c o le c t iv n la p la n o s lo y f o r t a le c e r, a d e m u n d ia,l c a,l n a c io n a,l r e n lo s e g io n el d e l d e s a e s a r r o ll o e c o n ó a l y p r o t e c c ió r r o ll o s o c ia l y m ic o, in t e r d e p n a m b ie n t a,l p la il a e d e l d e s n d ie n t e s y s in é rg r e s a r r o ll o s o s t e n ib leic o s .

En 1987, el llamado Informe Brundtland definió el concepto de desarrollo sostenible como: “el desarrollo que asegura las necesidades del presente sin comprometer la capacidad de las futuras generaciones para enfrentarse a sus propias necesidades”.

Para mayor información: Desarrollo sostenible en la UE: http://europa.eu/legislation_summaries/environment/sustainable_ development/index_es.htm Programa 21 de las Naciones Unidas (ONU) para promover el desarrollo sostenible: http://www.un.org/esa/dsd/agenda21_spanish/ Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (1992): http://www.un.org/esa/dsd/agenda21_spanish/res_riodecl.shtml Declaración de Johannesburgo sobre el Desarrollo Sostenible (2002): http://www.un.org/esa/sustdev/documents/WSSD_POI_PD/Spanish/ WSSDsp_PD.htm


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Derechos humanos y cláusula de no proliferación de armas de destrucción masiva A diferencia de otros acuerdos comerciales que el Perú ha concluido con otros países, la UE solicitó incluir en este Acuerdo cláusulas sobre derechos humanos y no proliferación de armas.

El respeto a los derechos humanos, la democracia y el Estado de derecho es un valor básico de la UE. Está inscrito en su Tratado fundacional y en la Carta Europea de los Derechos Humanos, y la UE insiste en incluir una cláusula al respecto en todos los acuerdos que concluye con países terceros. Ambas partes consideraron este tema muy importante y decidieron incluirlo en una cláusula del Acuerdo.

El ac c o m e r c iau e r d o U E e s e l c o n la n e g o c ia d l ú n ic o q u e in c luo p o r e l Pe r ú ye c lá u s u la e s t a s s.

Por ende, cláusulas de este tipo existen en todos los acuerdos políticos y comerciales firmados por la UE con países terceros. Con el tiempo, se ha convertido en una cláusula estándar sobre el respeto y la protección de los derechos humanos.


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El respeto a los derechos humanos, la democracia y el Estado de derecho son valores básicos de la UE y del Estado Peruano.

La cláusula sobre derechos humanos está acompañada por una cláusula de suspensión que permite, siempre y cuando se presente una violación a la contenida de esta cláusula, la adopción inmediata y unilateral de medidas adecuadas. Estas medidas adecuadas incluyen la suspensión de las preferencias comerciales otorgadas por el Acuerdo, y hasta la suspensión completa del Acuerdo. Es decir que ambas partes pueden, cuando consideren que la otra parte viola los derechos humanos, suspender el acuerdo de manera unilateral, incluyendo sus preferencias

comerciales. De todas formas, y en un esfuerzo por fomentar el diálogo, la parte afectada estaría en su derecho a solicitar consultas, pero es importante tener en cuenta que de ninguna manera es necesario esperar a dichas consultas, o a la aparición de una solución consensuada, para cancelar de manera autónoma y de inmediato las preferencias comerciales dadas en virtud del Acuerdo.

Adicionalmente, la UE solicitó también la inclusión de una cláusula de no proliferación de armas de destrucción masiva. A través de esta cláusula, los firmantes se comprometen a trabajar conjuntamente a favor del control y de la no proliferación de dicho tipo de armas. Es decir, existe un compromiso por parte europea y andina de frenar un armamentismo descontrolado.

Para mayor información: Tratado de la UE: http://eur-lex.europa.eu/es/treaties/dat/12002M/htm/C_2002325ES.000501. html Derechos Humanos en la UE http://europa.eu/pol/rights/index_es.htm Car ta de los Derechos Fundamentales en la UE: http://europa.eu/legislation_summaries/human_rights/fundamental_rights_ within_european_union/l33501_es.htm Constitución Política del Perú: www.congreso.gob.pe/constitucion.htm


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Solución de controversias Asuntos institucionales El seguimiento del cumplimiento del Acuerdo se hará en el marco de una serie de subcomités establecidos por tema y/o en el marco del Comité de Comercio, que es el comité ‘clave’ del marco institucional del Acuerdo.

Dicho Comité de Comercio se reunirá al nivel ministerial o por los representantes que dicho nivel designe al menos una vez por año. Además, el Comité puede reunirse en cualquier momento a nivel de altos funcionarios. Su papel principal es de supervisar y facilitar la implementación del acuerdo. Puede establecer y delegar responsabilidades en los subcomités (organismos especializados), recibir o recabar información de cualquier persona interesada y considerar modificaciones a las disposiciones del Acuerdo (sin perjuicio de los procedimientos jurídicos internos de cada Parte) así como adoptar interpretaciones de las disposiciones del Acuerdo. Los subcomités establecidos por el acuerdo son los siguientes:

En ver dad casos u rg e n t e se r a m e n t e (c o m o e je m p lo con pr od por uctos per eced e r o s ) e l p la d e c is io n z o d e la s e p o d r í a as a r b it r a le s cor tarse .

• Subcomité de acceso a los mercados • Subcomité de agricultura • Subcomité de obstáculos técnicos al comercio • Subcomité de aduanas, facilitación del comercio y reglas de origen • Subcomité de compras públicas • Subcomité de comercio y desarrollo sostenible • Subcomité de medidas sanitarias y fitosanitarias • Subcomité de propiedad intelectual


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Habrá un Comité de Comercio y ocho Subcomités en temas específicos.

A fin de solucionar cualquier controversia respecto a la interpretación y aplicación del acuerdo, el acuerdo tiene un título que establece un mecanismo de solución de controversias. En caso que las partes de la controversia no acuerden una solución en el marco de consultas, la parte reclamante puede iniciar un procedimiento arbitral, cuyo resultado es vinculante para las partes. En su primera reunión, el Comité de Comercio establecerá una lista de 25 personas que deseen y puedan ejercer como árbitros, cinco personas propuestas por cada Parte del Acuerdo y 10 designadas de mutuo acuerdo por todas las Partes y que actuarán como presidente del grupo arbitral. Los miembros de la lista tendrán conocimientos especializados o experiencia en derecho, comercio internacional, o en la solución de controversias derivadas de acuerdos comerciales internacionales, y serán

además, listas adicionales de 12 personas con experiencia en temas específicos cubiertos por el Acuerdo. independientes e imparciales. Los 10 candidatos a ejercer de presidente del grupo arbitral no serán nacionales de ninguna de las Partes. Los grupos arbitrales estarán compuestos de tres personas pertenecientes a esta lista, siendo el presidente seleccionado entre los 10 candidatos no nacionales. El Comité de Comercio establecerá,

El panel arbitral notificará su decisión a las partes en la controversia y al Comité de Comercio dentro de los 120 días a partir de la fecha de su establecimiento, aunque en casos verdaderamente urgentes (por ejemplo, los relativos a productos perecederos) el plazo podría acortarse a 60 días.

Para mayor información: Solución de controversias en la Dirección General de Comercio de la Comisión Europea (solo disponible en inglés): http://ec.europa.eu/trade/tackling-unfair-trade/dispute-settlement/ Solución de controversias en el por tal de la OMC: http://www.wto.org/spanish/tratop_s/dispu_s/dispu_s.htm Solución de controversias en la Comunidad Andina: http://www.comunidadandina.org/canprocedimientosinternet/ procedimientos.aspx


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Otros acuerdos de la UE Am茅rica Latina y el mundo

Las negociaciones multilaterales en el marco de la OMC siguen siendo prioritarias para la UE. Sin embargo, eso no excluye la negociaci贸n de acuerdos de libre comercio bilaterales y birregionales.


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Relación del Acuerdo con negociaciones en la OMC – Ronda de Doha Los acuerdos comerciales, siguiendo lo dispuesto en la Declaración de Doha, deben ser revisados para considerar las consecuencias que pudieran tener para el sistema multilateral de comercio. Para ello, una vez terminado todo el proceso de ratificación, tienen que ser notificados a la OMC. El Acuerdo también deberá seguir este mismo camino. Según los datos mencionados en su propia página web, hasta el 15 de mayo de 2011 se han notificado al GATT/OMC 489 acuerdos, aunque se espera que este número siga creciendo debido a los que se están negociando actualmente.

Unión Aduanera con la UE: Andorra – Mónaco – San Marino – Turquía

Espacio Económico Europeo (EEE): Noruega – Islandia –Lichtenstein

Países con los que la UE ha concluido acuerdos de libre comercio: Perú – Colombia – México – Chile – Panamá – Costa Rica – El Salvador – Guatemala – Honduras – Marruecos – Argelia – Túnez – Egipto – Jordania – Israel – Territorios Palestinos – Líbano – Siria – Antigua República Yugoslava de Macedonia – Albania – Serbia – Montenegro – Bosnia y Herzegovina – Croacia – Suiza – Sudáfrica – República de Corea (Corea del Sur) – Antigua y Barbuda – Belice – Bahamas – Barbados – Botswana – Camerún – Costa de Marfil – Dominica – República Dominicana – Fiji – Granada – Haití – Jamaica – Lesotho – Madagascar – Mauricio – Mozambique – Papúa Nueva Guinea – San Cristóbal y Nieves – Santa Lucía – San Vicente y las Granadinas – Seychelles – Surinam – Suazilandia – Trinidad y Tobago – Zimbabue

Países con los que la UE está actualmente en negociaciones para acuerdos de libre comercio: Canadá – India – Singapur – Ucrania – Brasil – Argentina – Uruguay – Paraguay – Arabia Saudita – Kuwait – Catar – Emiratos Árabes Unidos – Omán – Baréin – Libia – Islas Cook – Kiribati – Islas Marshall – Micronesia – Nauru – Samoa – Islas Salomón – Timor Oriental – Tonga – Tuvalu – Vanuatu – Angola – Namibia – Comoras – Yibuti – Eritrea – Etiopía – Malaui – Sudán – Zambia – Burundi – Kenia – Ruanda – Uganda – Tanzania – República Centroafricana – Chad – Congo – República Democrática del Congo – Guinea Ecuatorial – Gabón – Santo Tomé y Príncipe – Benín – Burkina Faso – Cabo Verde – Gambia – Ghana – Guinea – Guinea-Bissau – Liberia – Mali – Mauritania – Níger – Nigeria – Senegal – Sierra Leona – Togo – Zambia – Malasia

Países con los que la UE está considerando abrir negociaciones para acuerdos de libre comercio: Armenia – Azerbaiyán – Georgia – Brunéi – Indonesia – Filipinas – Tailandia – Vietnam – Ecuador – Bolivia – Moldavia

Países con los que la UE tiene otro tipo de acuerdos comerciales: China – Bielorrusia – Irán – Irak – Kazajistán – Rusia



CAPÍTULO 3 + Ve n ta n + E x p or t H e lp d e sk ill a + C á m a Ú n ic a d e C om e r ra s d e C c io E x te ri or om e B in a c io n a r c io E u r op e a s le s + Pr + Pr og ra om o U E m + Pr oy e c a A l-I n ve s t 4 to U E- Pe rú P EN X + FAT + E l S is + I n te rC A N te m a d e G e n e ra liz Pr e f e r e n c ia s adas


HERRAMIENTAS PARA EL COMERCIO


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Export Helpdesk

El Export Helpdesk es un servicio en línea prestado por la Comisión Europea para el fomento de las exportaciones. A través de Internet, el “Export Helpdesk” ayuda a los exportadores peruanos y de otros países a aprovechar plenamente de las preferencias comerciales concedidas por la UE. Este servicio es gratuito y fácil de utilizar.

requisitos aplicables únicamente a determinados productos. •

Requisitos y gravámenes: Se explican los requisitos obligatorios para la importación y comercialización de productos en la UE y se indican los gravámenes interiores aplicables a cada producto en el país de destino. Además, se informa de los requisitos generales para todos los productos y de los

Regímenes preferenciales: Explica los distintos regímenes preferenciales vigentes entre la UE y sus socios comerciales tales como el Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG), los acuerdos de libre comercio, las preferencias comerciales autónomas y otros. También se hace referencia a la documentación (certificado de origen) que se exige para poder disfrutar de un arancel preferencial.

El portal está dividido en cinco principales categorías: •

Derechos de importación: Proporciona información sobre los derechos de importación y otras medidas aplicables a un producto particular (junto con la referencia al texto jurídico correspondiente).

uno de sus Estados miembros con los demás países del mundo por producto.

Estadísticas comerciales:

Enlaces: Ofrece enlaces con la UE, autoridades de los Estados miembros y con organizaciones internacionales competentes en el ámbito de las operaciones comerciales y de la promoción del comercio.

Este portal entró en funcionamiento en febrero de 2004 y desde entonces se ha vuelto una herramienta indispensable para cualquier empresario que desea exportar a la UE. Gracias a esta información totalmente gratuita es posible tener una idea mucho más clara de cómo ingresar a este mercado de más de 500 millones de consumidores de alto poder adquisitivo.

Ofrece datos estadísticos sobre el comercio de la UE y de cada

Para mayor información: Expor t Helpdesk de la UE: http://expor thelp.europa.eu/index_es.html


HERRAMIENTAS PARA EL COMERCIO

Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) Es un sistema integrado que permite a las partes involucradas en el comercio exterior y transporte internacional gestionar a través de medios electrónicos y en un solo punto, los trámites requeridos por las entidades de control competentes para el tránsito, ingreso o salida de mercancías del territorio nacional. Este sistema permite simplificar de manera digital todos los trámites necesarios para la importación y exportación de mercancías. Ahora todos los procesos se gestionan a través del portal Web de la VUCE, sin necesidad de trasladarse a ninguna oficina o imprimir un solo papel.

La Ventanilla cuenta con dos componentes. El primero es un componente de mercancías restringidas, el cual permite a los usuarios realizar por medios electrónicos los trámites para la obtención de los permisos, certificaciones, licencias y demás autorizaciones exigidas por las autoridades competentes para el ingreso, tránsito o salida de mercancías. El segundo componente es de servicios portuarios (o “Ventanilla Única Portuaria - VUP”), que permite realizar, en forma electrónica, todos los trámites que requiere una nave de transporte de carga para su recepción, estadía y despacho en los puertos, así como

obtener licencias a los operadores involucrados en dichas operaciones. La VUCE ha sido desarrollada por diversas entidades del sector público e instituciones del sector privado e inició sus operaciones en julio de 2010 gracias al apoyo de un proyecto financiado por la UE (Proyecto de Cooperación UE-Perú en materia de asistencia técnica al comercio).

Para mayor información: Visita la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE) en: www.vuce.gob.pe


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Cámaras de Comercio Europeas binacionales Las Cámaras de Comercio europeas binacionales son asociaciones integradas por empresas y empresarios de Perú y Europa, interesados en fomentar el intercambio comercial, tecnológico e industrial y las inversiones entre ambos lados del Atlántico. Para ello se relacionan con instituciones de ambos continentes. Las cámaras brindan un servicio de información que permite a importadores, exportadores e inversionistas hacer un trabajo más eficiente y productivo. Además, buscan proteger los intereses de sus asociados, respetando las leyes, usos y costumbres de ambos países dentro de un marco de buena fe y en términos justos y equitativos.

Actualmente, estas Cámaras de Comercio son: Cámara de Comercio e Industria Peruano-Francesa: www.ccipf.com Cámara de Comercio e Industria Peruano-Alemana: www.camara-alemana.org.pe Cámara de Comercio Italiana del Perú: www.cameritpe.com Cámara de Comercio PeruanoBritánica: www.bpcc.org.pe Cámara Oficial de Comercio de España en el Perú: www.cocep.org.pe Cámara de Comercio PeruanoNórdica: www.camaranordica.org.pe

Promo UE El PROMO UE es un evento de promoción del comercio entre el Perú y la UE. Se organiza en varias provincias del Perú con la participación de la Delegación de la UE (como organismo coordinador y expositor), PromPerú o ADEX (organizadores), las Cámaras Binacionales Europeas y las oficinas y representaciones comerciales de los Estados Miembros de la UE (expositores). El PROMO UE tiene tres componentes: (1) Conocimiento del empresariado local: visitas a pequeñas y medianas empresas de la región; (2) Exposiciones de los integrantes de la misión sobre sus servicios y mercado; y (3) Rondas de negocio individuales con empresarios. La ventaja del PROMO UE es que brinda información especializada sobre las oportunidades comerciales en la UE a las empresas exportadoras y con potencial exportador de las regiones, tanto clientes potenciales como proveedores. La mayoría del público objetivo son empresarios, pero también asisten asociaciones de productores, instituciones públicas y privadas, representantes de ONG's y

Av e r c a le n d aig u a e l Pr o m o s U r io d e lo s o f ic in a r E e n la e g io n Pr o m Pe r ú a l d e .

cooperativas, docentes universitarios y estudiantes. La Delegación de la UE asume el liderazgo de esta iniciativa, coordinando la participación de los expositores. También participa activamente durante cada taller sobre el mercado de la UE y las herramientas que facilitan el acceso al mismo (SPG+ y Helpdesk). Por su parte, el organizador asegura la logística y convocatoria local, sea a través de sus oficinas regionales o coordinando con sus socios estratégicos en las regiones (cámaras de comercio, gobiernos regionales, universidades, etc.). Los consejeros comerciales de los Estados Miembros de la UE, así como los representantes de las cámaras

de comercio binacionales europeas, presentan sus mercados

y productos, participando activamente en las ruedas de negocios.

Para mayor información: PromPerú: www.promperu.gob.pe


HERRAMIENTAS PARA EL COMERCIO

Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú; así como por socios europeos. En el Perú el proyecto es implementado por la Cámara de Comercio de Lima, PERUCAMARAS y la Sociedad Nacional de Industrias.

Programa Al-Invest 4 AL-INVEST IV es un programa de cooperación económica cuyo objetivo es apoyar la internacionalización de las pequeñas y medianas empresas de América Latina, en colaboración con sus socios europeos, con el fin de contribuir a la cohesión social de la región. Mediante la implementación de proyectos por organizaciones que promocionan el desarrollo del sector privado (por ejemplo las cámaras de comercio, asociaciones de industria, agencias de promoción de exportaciones, etc.), el programa Al-Invest facilita el proceso de internacionalización de las PYMES procedentes de la UE y América Latina. El programa trabaja a través de la formación de “núcleos empresariales”, que permiten que un grupo de empresas de un mismo rubro generen

Para mayor información: Programa AL-Invest4: www.al-invest4.eu

alianzas para alcanzar objetivos comunes y permanentes, orientados hacia el desarrollo de la competitividad de sus integrantes. Estos núcleos empresariales son una herramienta dinámica de llegada al empresario, que resuelve sus problemas de forma integral, además de fortalecer el sector al que pertenecen y otorgarles beneficios como capacitaciones, asistencias técnicas, participación en ruedas de negocios y en ferias locales e internacionales. Actualmente el Programa se encuentra en su cuarta fase. Se implementa a través de cuatro consorcios de organizaciones empresariales: un consorcio para Centroamérica, Cuba y México, otro para Chile, Venezuela y los países del MERCOSUR, un tercero para los países de la Comunidad Andina y finalmente un consorcio de servicios que brinda apoyo a los otros tres. Así, el consorcio de la región andina está liderado por la Cámara de Industria, Comercio, Servicios y Turismo de Santa Cruz de Bolivia (CAINCO Oficina Ejecutiva) y está integrado por socios procedentes de instituciones de

AL-Invest4 región andina: www.alinvest4can.org Cámara de Comercio de Lima: www.camaralima.org.pe PeruCámaras: www.perucam.com Sociedad Nacional de Industrias: www.sni.org.pe

Pa r a c o n o puedes cer cómo par te d formar e e m p r e s u n n ú c le o a r ia l d e A l-I n v e la c á m as t, a c é r c a t e a ra d d e t u c e c o m e r c io iu d a d.


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Proyecto UE-Perú PENX El Proyecto de Cooperación UE-Perú de apoyo al Plan Estratégico Nacional Exportador, conocido como UE-Perú Penx, fue diseñado para apoyar la implementación del Plan Estratégico Nacional Exportador (PENX). Contribuyó a impulsar las exportaciones no tradicionales para que más regiones se enganchen al crecimiento exportador y aprovechen las oportunidades generadas por los tratados de libre comercio (TLC). El monto global del proyecto fue de 14,6 millones de euros, de los cuales 10 millones correspondieron a un aporte no reembolsable de la UE. La ejecución estuvo a cargo del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo del Perú. El proyecto finalizó en octubre de 2010 y logró beneficiar a más de dos millones de productores de las 25 regiones del Perú, a través de capacitaciones y asistencia técnica.

Para mayor información: Proyecto UE-Perú PENX: www.mincetur.gob.pe/comercio/ ueperu

FAT Como parte de la cooperación entre la UE y la Comunidad Andina, Perú es beneficiario de dos proyectos relacionados al comercio. El primero es el proyecto “Facilidad de cooperación UE-CAN para la asistencia técnica al comercio” (FAT) que busca apoyar a las instituciones públicas y privadas involucradas directamente en las áreas relacionadas con la integración regional andina, el comercio intrarregional y el comercio con la UE, en la solución de sus problemas técnicos, legales y comerciales. Desde su inicio, el FAT ha facilitado una serie de proyectos relacionados con el comercio y la integración andina. Dichos proyectos trabajan en el comercio de bienes, en las medidas sanitarias y fitosanitarias, en la reducción de obstáculos técnicos al comercio, en temas aduaneros, en las compras públicas y en el fortalecimiento de la integración.

Pe r ú b e n e f ic e s ia lo s 9 p r o r io d e yec t é c n ic o s t o s subvenc io n a p o r e l FA d o s T. El proyecto FAT se inició en diciembre de 2006 y finaliza en 2011. Cuenta un presupuesto total de 4 385 285 euros, de los cuales el 70% corresponde a una contribución no reembolsable de la Unión Europea. La Secretaría General de la Comunidad Andina es responsable de su implementación.

Para mayor información: Proyecto FAT: www.comunidadandina.org/FAT/index. htm Publicación Cooperación regional UECAN 2010 - en Issuu: http://issuu.com/ue-delper/docs/ cooperacion-ue-can-2010


HERRAMIENTAS PARA EL COMERCIO

INTERCAN El proyecto de Integración económica y regional en la Comunidad Andina (INTERCAN) tiene por objetivo contribuir a la integración económica regional a través de la legislación y de prácticas armonizadas o de su reconocimiento mutuo, así como apoyar el comercio intrarregional de bienes y servicios e intensificar las relaciones comerciales entre la UE y la Comunidad Andina. Para ello, trabaja en cinco áreas prioritarias:

• Fortalecimiento de la integración a través de la aplicación nacional de las Decisiones de la Comunidad Andina • Aduanas: mejora de la interconectividad e inversiones en laboratorios. • Metrología: mejora de las capacidades de medición de la región a nivel nacional y andino.

• Sanidad agropecuaria: consolidación del sistema sanitario y fitosanitario de la CAN. • Formación e intercambio de experiencias entre los países andinos. Considerando las lecciones aprendidas en los anteriores proyectos UE-CAN de asistencia técnica al comercio, el proyecto INTERCAN implementará conclusiones importantes de la evaluación conjunta a nivel de integración andina. Asimismo, realizará inversiones en laboratorios y aduanas basados en necesidades identificadas. INTERCAN tiene como principales beneficiarios a la Secretaría General de la Comunidad Andina y a los organismos nacionales de Aduanas, Metrología y Sanidad Agropecuaria. El proyecto cuenta con un presupuesto total de aproximadamente 8,9 millones de euros, de los cuales 6,5 millones (el 73% del total) corresponden a una contribución no reembolsable de la UE.

Para mayor información: Sistema Andino de Sanidad Agropecuaria: www.comunidadandina.org/sanidad.htm Comercio de servicios en la Comunidad Andina: www.comunidadandina.org/comercio/comercio_servicios.htm Comercio de bienes en la Comunidad Andina: www.comunidadandina.org/comercio/comercio_bienes.htm


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El Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG) Desde 1971, la UE concede preferencias arancelarias a los países en desarrollo en el marco de su Sistema de Preferencias Generalizadas (SPG). En virtud del SPG, 176 países y territorios en desarrollo disfrutan de un acceso preferencial al mercado de la UE. El SPG actual incluye tres componentes:

• el régimen general SPG, que proporciona reducciones arancelarias a la importación a ciento setenta y seis países y territorios en vías de desarrollo; • un régimen especial de estímulo del desarrollo sostenible y la buena gobernanza (conocido como SPG+); este régimen ofrece preferencias adicionales para apoyar a los países en vías de desarrollo vulnerables en su ratificación y aplicación de los convenios internacionales en materia de derechos humanos y laborales, desarrollo sostenible y buena gobernanza económica; El SPG+ actual incluye a quince beneficiarios1, entre ellos Perú; • el sistema “Todo menos armas”, que ofrece acceso completo (en franquicia de derechos y sin cuotas) al mercado de la UE, salvo para armas o armamento, a cuarenta y nueve países menos desarrollados, tal como los define las Naciones Unidas.

El SPG se aplica en ciclos de diez años para tener en cuenta los cambios de los patrones comerciales, mediante reglamentos sucesivos aplicables durante tres años. El SPG actual se estableció mediante el Reglamento (CE) nº 732/2008, que entró en vigor el 1º de enero de 2009 y expirará el 31 de diciembre de 2011. Se espera que el sistema actual se prolongue hasta finales de 2013. Cabe precisar que el SPG y el SPG+ son ventajas arancelarias unilaterales otorgadas por la UE a ciertos países, bajo ciertas condiciones, cubriendo una amplia cantidad de productos por un tiempo limitado.

Perú es un beneficiario privilegiado por ser uno de los 15 países en el mundo en beneficiarse de un acceso preferencial al mercado de la UE a través del SPG+.

Pa r a s e lo s p a í s er p a r t e d e l S PG u n a s e r s d e b e n c u m p li r + , ie d e c o con n v in c u la d a s a d ev e n c io n e s r echos human la b o r a leo s, d e r e c h o s d e p r o t e s, n o r m a t iv a s a m b ie n t c c ió n a l m e d e y gobe r n a b il id aio d.

Para mayor información: SPG de la UE: http://ec.europa.eu/trade/wideragenda/ development/generalisedsystem-ofpreferences/ Lista de convenciones para calificar en el SPG+: http://trade.ec.europa.eu/doclib/ docs/2009/october/tradoc_145261.pdf

1 Armenia, Azerbaiyán, Bolivia, Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Georgia, Guatemala, Honduras, Mongolia, Nicaragua, Perú, Paraguay y Panamá.


Glosario Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS, GATS en inglés): Es el primer conjunto de principios y normas convenidos de forma multilateral para regir el comercio internacional de servicios. Consta de un marco general de obligaciones fundamentales para todos los miembros de la OMC, listas nacionales de compromisos específicos para el acceso a los mercados y unos anexos que establecen condiciones especiales aplicables a diferentes sectores. Arancel aduanero: Cualquier arancel o cargo de cualquier tipo aplicado sobre o en relación con la importación de una mercancía, incluida cualquier forma de sobretasa o cargo adicional a dichas importaciones o en relación a las mismas. Comercio justo: Operaciones comerciales que potencian la posición económica de los pequeños productores y propietarios con el fin de garantizar que no queden marginados de la economía mundial. Tiene como objetivo el desarrollo a largo plazo. La participación en las iniciativas relacionadas con el comercio justo es voluntaria, tanto para los vendedores como para los consumidores.

Comisión Europea: Representa y defiende los intereses del conjunto de la UE, elabora propuestas de nueva legislación europea y gestiona la labor cotidiana de poner en práctica las políticas y hacer uso de los fondos europeos. Sus 27 Comisarios, uno por cada país de la UE, representan el liderazgo político de la Comisión Europea durante su mandato de cinco años. El Presidente atribuye a cada Comisario competencias en ámbitos de actuación específicos.

Conocimientos tradicionales: Conjunto acumulado y dinámico del saber teórico, la experiencia práctica y las representaciones que poseen los pueblos con una larga historia de interacción con su medio natural. Pueden guardar relación con cuestiones muy distantes como desastres naturales, propiedad intelectual, conservación del patrimonio cultural y natural, elaboración de planes de estudios, erradicación de la pobreza y gestión de la biodiversidad.

Comunidad Andina (CAN): Es un organismo regional de cuatro países con el objetivo común de alcanzar un desarrollo más acelerado, más equilibrado y autónomo, mediante la integración andina, suramericana y latinoamericana. Fue fundado con la suscripción del Acuerdo de Cartagena el 26 de mayo de 1969 y actualmente está conformado por Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, además de las instituciones que conforman el Sistema Andino de Integración.

Consejo de Ministros de la UE: Es una institución comunitaria. Habitualmente denominado Consejo, es el legislador de la UE junto con el Parlamento Europeo y delega la ejecución de los actos a la Comisión Europea. El Consejo garantiza además la coordinación de las políticas económicas generales de los Estados miembros. Por regla general, adopta sus decisiones por mayoría de sus miembros. En sus distintas formaciones, consta de un representante ministerial por Estado miembro.


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Contingente arancelario: Todo valor o cantidad predeterminada de un producto dado, que puede importarse durante un período específico con una reducción de los derechos de aduana normales, y por encima del cual toda cantidad adicional de ese producto puede importarse pagando los derechos de aduana normales. Desgravación arancelaria: Eliminación o reducción de aranceles de exportación o importación. Dumping: Según la definición dada por la OMC, cuando una empresa exporta un producto a un precio inferior al que aplicaría normalmente en el mercado de su propio país. FAO: Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación. Su mandato consiste en mejorar la nutrición, aumentar la productividad agrícola, elevar el nivel de vida de la población rural y contribuir al crecimiento de la economía mundial. www.fao.org/index_es.htm

Organización Mundial del Comercio (OMC): Organización internacional que se ocupa de las normas que rigen el comercio entre los países. Su principal propósito es asegurar que las corrientes comerciales circulen con la máxima facilidad, previsibilidad y libertad posible. Fue establecida el 1º de enero de 1995 como organización sucesora del GATT. Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI): Organismo especializado de las Naciones Unidas. Su objetivo es desarrollar un sistema de propiedad intelectual internacional, que sea equilibrado y accesible y recompense la creatividad, estimule la innovación y contribuya al desarrollo económico, salvaguardando a la vez el interés público. www.wipo.int Parlamento Europeo: El Parlamento es una de las principales instituciones legisladoras de la UE junto con el Consejo de la UE. Posee poderes legislativos y presupuestarios que comparte con el Consejo, así como un papel de vigilancia democrática. Basa su funcionamiento en las comisiones parlamentarias,

que reflejan su composición política. El Parlamento reúne a siete grupos políticos y a un grupo de diputados no inscritos. Sus 732 miembros son elegidos directamente por los votantes de la UE cada cinco años. Ronda de Doha: Es una gran negociación en la OMC para liberalizar el comercio mundial. Abarca alrededor de 20 aspectos comerciales y tiene por objetivo lograr una reforma del sistema de comercio internacional, estableciendo medidas encaminadas a reducir los obstáculos al comercio y a revisar las normas comerciales. Uno de sus principales objetivos es mejorar el acceso a los mercados mundiales respetando la necesidad de crecimiento económico sostenible en los países en desarrollo. TRIPS: Siglas en inglés del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio. Establece una serie de principios básicos sobre la propiedad industrial y la propiedad intelectual tendientes a armonizar estos sistemas entre los países firmantes y en relación al comercio mundial.


UNIÓN EUROPEA La UE está formada por 27 Estados miembros que han decidido unir de forma progresiva sus conocimientos prácticos, sus recursos y sus destinos. A lo largo de un periodo de ampliación de 50 años, juntos han constituido una zona de estabilidad, democracia y desarrollo sostenible, además de preservar la diversidad cultural, la tolerancia y las libertades individuales. La UE tiene el compromiso de compartir sus logros y valores con países y pueblos que se encuentren más allá de sus fronteras. Delegación de la UE en Perú Av. Comandante Espinar 719, Miraflores, Lima18, Perú Casilla Postal 18-0792, Lima 18 Teléfono (+51-1) 4150800 Fax (+51-1) 4465100 eeas.europa.eu/delegations/peru delegation-peru@eeas.europa.eu

Relaciones comerciales UE-Perú SETIEMBRE 2011 TIRAJE: 2000 ejemplares PUBLICACIÓN DE LA DELEGACIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA EN EL PERÚ Hecho el Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú: 2011-12190 DISEÑO: Angela Núñez | AZ Diseño www.azdiseño.com DISEÑO DE PORTADA: AZ Diseño FOTOGRAFÍAS: -Servicio Audiovisual de la UE -Photos.com TEXTOS: Delegación de la Unión Europea en Perú ILUSTRACIONES: Wilder Pallarco IMPRESIÓN: Computextos SAC El contenido de esta publicación es para uso exclusivamente informativo y no compromete a las instituciones comunitarias ni a sus Estados Miembros. Sus textos podrán ser reproducidos libremente, con la mención de la fuente. Derechos reservados conforme la Ley. Los mapas de las ilustraciones de las páginas 8-17/56-57 no corresponden a proporciones reales, su escala ha sido modificada con fines ilustrativos.


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