Reglas Generales en el Proceso Electoral Circular 4125 Ciudad de México, 19 de enero de 2015
Estimados Radiodifusores: El Proceso Electoral Federal representa para la Industria de Radio y Televisión un importante reto en materia legal. Existen disposiciones sobre las pautas y contenidos que debemos cumplir para evitar ser sancionados. Consciente de la relevancia de este tema, el Consejo Directivo de la CIRT decidió recordar a todos los afiliados a esta Cámara ocho reglas generales sobre el Proceso Electoral 2015, a efecto de que puedan cumplir con las diversas disposiciones en esta materia y evitar litigios. REGLAS GENERALES PARA RADIO Y TELEVISIÓN EN EL PROCESO ELECTORAL 2015 1. Los partidos políticos y sus candidatos, en ningún momento podrán contratar o adquirir, tiempos en radio y televisión. 2. Ninguna otra persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio o televisión dirigida a influir en las preferencias electorales de los ciudadanos, ni a favor o en contra de partidos políticos o de candidatos a cargos de elección popular. 3. Los concesionarios de radio y televisión tienen prohibido en todo momento la venta o “donación” de tiempos en cualquier modalidad: a partidos, candidatos o a quienes pretendan influir en el voto. 4. No se pueden contratar spots para “promover el voto” ni el “voto nulo”. 5. Los reportajes, las entrevistas y cualquier otro ejercicio periodístico tanto en procesos electorales como fuera de ellos y que estén relacionados con partidos ó actores políticos, deberán reflejar equidad en la cobertura y cuidar que se trate de un ejercicio periodístico genuino, por lo cual debe cuidarse los siguientes aspectos: o o o o o o o o
Si se hacen entrevistas podrá ser sujeto a investigación, por el INE, para asegurar que no haya sido una adquisición indebida. Incluso habrá que mostrar contratos con entidades públicas para asegurar que no existan acuerdos encubiertos. Que en todos los casos aparezca el autor o la fuente de la pieza informativa responsabilizándose de su contenido. (Por ejemplo, el nombre del reportero o del periodista que difunde la nota o que realiza el reportaje) Pleca o súper que identifique al programa Que no se abuse en el número de transmisiones Evitar la emisión de expresiones que se ciñan a exaltar las virtudes y capacidades del partido político, de algún aspirante, precandidato o candidato. Deben tener una finalidad estrictamente informativa No debe ser repetitivas las menciones ni del partido, ni aspirante, precandidato o candidato. No se deben realizar pronunciamientos ni incluirse elementos visuales, gráficos o auditivos que favorezcan o perjudiquen algún partido político, candidatos o afiliados
o En caso de las entrevistas, las respuestas deben ser en el contexto del programa y de la entrevista, preferentemente que sean espontáneas y no grabadas o Y procurar un equilibrio en cuanto a personas vinculadas a los distintos partidos políticos 6. Tratándose de informes de labores de funcionarios públicos:
o Su difusión no debe exceder de los siete días anteriores y cinco posteriores a la fecha en que se rinda el informe, por lo que se debe tener certeza de la fecha en que rinde su informe. o Deben difundirse una vez al año o Deben incluir una leyenda que identifique claramente de que se trata de un informe de labores. o No puede incluir acciones o imágenes correspondientes a otros servidores o Debe difundirse en estaciones con cobertura en el ámbito geográfico del servidor público que rinden el informe, para ello, se podrá solicitar asesoría a la Dirección General y/o Dirección Jurídica de esta Cámara , respecto a las emisoras que podrán ser pautadas o No pueden difundirse dentro de campañas electorales o Para Diputados federales y locales sólo se puede transmitir en su distrito electoral (nuevo criterio). Ante ello, se recomienda no dar informes hasta que exista nuevo criterio. 7. Las campañas electorales federales del 2015, para efectos de radio y televisión, inician el 30 de marzo y la jornada electoral será el 07 de Junio. En relación a las campañas electorales locales, toda vez que se encuentran realizando ajustes a las fechas de inicio de las campañas en cada entidad federativa, se solicita estar al pendiente del calendario que se enviará. 8. Desde el inicio de las campañas tanto federal como local y hasta la jornada electoral: o Deberá suprimirse toda propaganda gubernamental, tanto de los poderes federales y estatales, como de los municipios, órganos de gobierno del D.F. sus delegaciones y cualquier otro ente público en las estaciones que estén incluidas en los catálogos aprobado por el INE o Queda prohibida también la transmisión de “Informes de Labores” de cualquier servidor público. o Las únicas excepciones constitucionales (para venta) a la propaganda gubernamental son las campañas de información de las autoridades electorales, las relativas a servicios educativos y de salud, o las necesarias para la protección civil en casos de emergencia. o También se podrán vender campañas vinculadas a las excepciones He instruido a los directores de área de la CIRT para que se mantengan al pendiente de sus comentarios sobre este tema. De igual forma, estaremos atentos a los casos que pudieran afectar a nuestros afiliados y en su caso, unidos defender nuestros derechos. Convencido de que esta información será de utilidad, aprovecho la ocasión para desear a todos ustedes un año lleno de salud y éxito.
Atentamente
Edgar Pereda Gómez Presidente del Consejo Directivo