I A N I C CEN
n ducació os de E e Centros Infantiles d l a n o Centr n Naci DireccióNutrición y deción Integral y de Aten
Norma
CEN-CINAI
Dirección Nacional de Centros de Educación y Nutrición y de Centros Infantiles de Atención Integral
para la selección de personas usuarias Ministerio de Salud de Costa Rica Dirección de CEN CINAI
CEN-CINAI
Dirección Nacional de Centros de Educación y Nutrición y de Centros Infantiles de Atención Integral
Norma para la Selección de Personas Usuarias
Código PS.DN. UNAT.PS.N.01 Ministerio de Salud de Costa Rica Dirección de CEN CINAI Unidad de Normalizaciòn y Asistencia Técnica
Preparado por:
Equipo Técnico: Unidad de Normalización y Asistencia Técnica
Revisado por:
DIRECCIÓN NACIONAL UNIDAD DE NORMALIZACIÓN Y ASISTENCIA TÉCNICA UNIDAD DE VIGILANCIA UNIDAD DE PLANIFICACIÓN ESTRATEGICA
Validación Interna en Nivel Central: 21 y 22 agosto 2012 Aprobado por:
Directores y Jefes Nivel Central
Director - Directora Nacional de CEN CINAI: Licda. Gabriela Castro Paez
Versión Nº:
6-08-14
1 “promoción de la Salud en torno al eje de la Infancia”
ministerio de salud
CEN-CINAI
Dirección Nacional de Cen Cinai
Dirección Nacional de Centros de Educación y Nutrición y de Centros Infantiles de Atención Integral
NORMA
SELECCIÓN DE PERSONAS USUARIAS
Fecha de emisión: 06/08/2014 Código: ps.dn.unat.ps.n.01
1. Introducción Este documento actualiza los aspectos generales que rigen la norma para la selección de personas usuarias de los servicios intramuros y extramuros de la Dirección CEN-CINAI, en concordancia con el nuevo marco legal, con enfoque de derechos, equidad y género. Es necesario aclarar que los criterios para la selección de personas usuarias de los servicios CEN CINAI que establece la Ley 8809 “Creación Dirección CEN CINAI”, incluyen a la población en condición de pobreza y con riesgo social. El decreto N° 37270-S “Reglamento Orgánico de la Dirección Nacional de Centros de Educación y Nutrición y de Centros Infantiles de Atención Integral” en el capítulo 1 “Disposiciones generales” en el artículo 1, inciso g, h,i, señala: g) Beneficiarias: Mujeres embarazadas y en periodo de lactancia que se benefician con acciones brindadas por la Dirección Nacional de CEN-CINAI, h) Beneficiarios: Familias de clientes y comunidad en general que se benefician con acciones brindadas por la Dirección Nacional de CEN-CINAI. i) Clientes: Niños y niñas desde su gestación hasta menos de los 13 años de edad, en condición de pobreza y/o riesgo social y de salud, que reciben los de la Dirección Nacional de CEN-CINAI. Como documentos complementarios a esta norma, que detallan lo aquí indicado se presenta la “Guía para la selección de las personas usuarias de los servicios de la Dirección CEN-CINAI” y los formularios e instructivos que se desprenden de ella.
2. Objetivo Garantizar que las personas seleccionadas para los servicios que brindan los CEN-CINAI cumplan con los criterios establecidos (condiciones de pobreza y/o en riesgo social para el crecimiento y desarrollo), según la Ley 8809 “Creación de la Dirección Nacional de Centros de Educación y Nutrición y de Centros Infantiles de Atención Integral” y otros instrumentos jurídicos de acatamiento obligatorio.
3. Alcance Todas las personas menores de trece años y mujeres adolescentes y adultas en periodo de gestación o lactancia, tienen derecho a participar en la selección de los servicios que prestan los CEN-CINAI. No obstante los servicios serán asignados según los siguientes criterios:
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• • • • •
Situación de pobreza. Riesgo social. Condición de vulnerabilidad económica , de salud. Adolescentes Madres o Hijos-hijas de adolescentes madres Grupo poblacional de nivel medio que pueden en forma solidaria contribuir con los requerimientos del servicio siempre que exista disponibilidad de cupo • Hijos de mujeres policías 1
4.
Responsables
Responsables: En el CINAI la Directora o Director, en el CEN el o la ASSC2-ASSC3 y personal de los establecimientos y las Oficinas Locales cuando se requiera, Con el apoyo del personal de los Comité de CEN-CINAI / Asociación Desarrollo Específico Pro CEN-CINAI y Bienestar Comunal (ADEC).
5.
Elementos de la norma
Aspectos generales 1. Dada la continuidad de los servicios CEN CINAI la selección es permanente; durante todo el año las personas interesadas pueden acercarse a los establecimientos y solicitar se les considere como posibles usuarias de un servicio sea intra o extramuros. No obstante, por la regularidad de la asistencia de la mayoría de los usuarios, es a partir del mes de setiembre de cada año la fecha en que se intensifica la promoción de los servicios y llenado del instrumento de selección para los usuarios que estarían entrando a inicios del siguiente año. 2. En todo establecimiento se debe seleccionar: a) Niños y niñas menores de 13 años, en condición de pobreza y/o riesgo social y de salud. b) Beneficiarias adolescentes madres, mujeres adultas en periodo de gestación y lactancia viven en condiciones de pobreza y/o riesgo social. 5.1 Definición de la capacidad máxima de atención Todo establecimiento debe tener definida su área de atracción tanto para los servicios intra como extramuros y así mismo la meta para el año correspondiente. Para eso utiliza el instrumento “Definición de Metas por Establecimiento” 1
Según decreto ejecutivo 36730-S-SP 15 agosto 2011.Gaceta 167. hijos de mujeres policías.
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Las Directoras- Directores de CINAI, Asistentes de Salud de Servicio Civil 2 (ASSC2), Asistentes de Salud de Servicio Civil 3 (ASSC3) reciben, analizan y custodian los documentos de Selección que presentan los usuarios. Basados en la meta anual programada, identifican la población atendida que continúa en el servicio y determinan la cantidad de nuevos usuarios a seleccionar. 5.2 Promoción de los servicios El Director o la Directora en el CINAI, el o la ASSC2 o ASSC3, anuncian a la comunidad del área de atracción del establecimiento los servicios que brinda el CEN-CINAI2. La promoción de los servicios se debe mantener durante todo el año intensificándose en los meses de agosto –setiembre. Para apoyar este proceso se da a conocer a la comunidad la oferta de los servicios con la colaboración de los actores sociales de la comunidad: EBAIS, iglesias, comercio, clubes, grupos comunales entre otros. Los servicios a promocionar serán aquellos que ofrece el establecimiento y en los que tiene capacidad de atención. 5.3 Llenado del instrumento de selección. Los Directores o Directoras de CINAI, el o la ASSC2 y ASSC3, registran la información necesaria para la selección de las personas usuarias de los servicios, utilizando el instrumento de “Selección de personas usuarias de los servicios CEN-CINAI” la que se realiza por medio de una entrevista a la madre o encargado del menor de 13 años, para el que se solicita el servicio o a la misma mujer gestante o en periodo de lactancia. Siendo este el primer encuentro de la familia con la institución es muy importante que la entrevista no adopte la forma de cuestionario rígido, sino un intercambio afable, en un clima de confianza, respeto y discreto con aquellas cuestiones que son de índole privado. Además debe realizarse con el máximo posible de privacidad y comodidad (preferiblemente en un espacio físico privado oficina, aula u otros y que no sea de pie). Los documentos originales que deben presentar para transcribir los datos al instrumento de selección son: - Orden patronal o constancia de salario3 - Carné desarrollo integral del niño-niña o carné de control perinatal (CCSS) en el caso de las mujeres gestantes o lactantes.
2
Ver Guía para la selección de Personas usuarias servicios CEN-CINAI. Código PS.DN.UNAT.PS.G.01.01PUNTO 4.2
3 En caso de que el posible usuario definitivamente no pueda presentar alguno de estos dos documentos, se tomará como válida la declaración jurada incluida en el instrumento de Selección.
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Toda solicitud incompleta deberá dársele seguimiento hasta que se registren todos los datos, pero no se condicionará la entrega del servicio a quienes no hayan entregado todos los documentos solicitados. El personal procede a realizar la valoración antropométrica a todos los menores de 7 años, con el fin de determinar el estado nutricional. Los niños- niñas de 7 a 13 años se realiza la valoración si el establecimiento cuenta con el servicio de atención a escolares. Se utilizan indicadores P/E, P/T, T/E (menores de 5 años) y el IMC (mayores de 5 años) de acuerdo a gráficas de crecimiento somático establecido por la Unidad de Investigación y Vigilancia del Crecimiento y Desarrollo. En el caso de la evaluación del desarrollo se aplica a los usuarios cuando se les otorga el servicio utilizando los instrumentos de tamizaje del desarrollo. En caso necesario la Oficina Local asignará personal que apoye la ejecución para realizar esta actividad. 5.4 Revisión y clasificación de los instrumentos de selección de las personas usuarias. Los Directores o Directoras de CINAI, el o la ASSC 3 y ASSC 2, revisan cada uno de los instrumentos para confirmar que estén completos todos los espacios necesarios y que contengan la documentación solicitada. A cada persona que cumpla con los criterios de inclusión indicados en la Ley 8809, Pobreza y/o Riesgo Social, se le llenará una única vez el instrumento de selección a fin de recibir servicios por un período de dos años. Anualmente se actualizarán las variables definidas en la Guía de Selección. El año de servicio se refiere a un periodo de 12 meses (Enero a diciembre ) Cuando una persona presenta referencia extendida por el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) o el Hospital de Niños, o cuenta con criterio técnico profesional que certifique vulnerabilidad social, se incluye en servicio que corresponda de forma inmediata. 5.5 Análisis para la selección de usuarios. Los Directores o Directoras de CINAI, el o la ASSC 2 y ASSC 3 en el caso de los CEN que ofrecen el servicio de API y el ASSC3 es el responsable en los CEN y CD sin atención integral con la participación de al menos un miembro del Comité de CEN-CINAI, estudian y analizan la información contenida en el instrumento de selección para las personas usuarias de CEN-CINAI y seleccionan la población siguiendo los siguientes criterios de inclusión a los servicios. • Personas menores de trece años, adolescentes madres embarazadas y en periodo de lactancia, en condiciones de pobreza. • Personas menores de trece años, madres embarazadas y en periodo de lactancia en Riesgo Social.
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• El límite de población atendida será definida por las metas establecidas En caso de que se requiera mayor información o verificación de los datos obtenidos antes de resolver la asignación de uno o más servicios, estos casos se resuelven mediante dos formas: •
Visita domiciliar: Si el funcionario o miembros de la ADEC o Comité de CEN CINAI tiene dudas con la información suministrada para el proceso de selección o la misma debe ampliarse , se deberá realizar visita domiciliar, y valorarla con el equipo de la Oficina Local para priorizar el otorgamiento del servicio entre las solicitudes existentes. Los o las ASSC 2 y 3, Directores o Directoras de CINAI, se desplazaran al hogar siguiendo lo establecido en la Guía de Visita Domiciliar
•
Criterio técnico: Los profesionales de las Oficinas Locales realizan esta actividad cuando se requiera de una opinión profesional para apoyar la toma de decisiones, esto incluye la revisión de las referencias de otras instituciones. (Ver Formulario de “Criterio Técnico”)
Para tal caso efecto la jefatura de la Oficina Local considerará necesario si realizan las dos acciones. 5.6 Asignación de los servicios A todas aquellas personas menores de trece años, madres embarazadas y en periodo de lactancia, que cumplan con los criterios de asignación se les concede al menos un servicio, excepto los niños-niñas en condición de Desnutrición o Delgado según IMC, usuarios del servicio de Distribución de Alimentos a Familias (DAF) quienes pueden recibir todos los servicios que requieran para mejorar su condición Son responsables de la asignación de los servicios, Directores o Directoras en los CINAI, en los CEN CENCE con servicio de API, ASSC 2- ASSC 3, en los CEN-CENCE- Centros solo con Distribución (CD) sin atención integral el responsable es el ASSC3. Para dicha actividad se requiere de la participación de al menos un miembro del Comité de CEN-CINAI. 5.7Información a los seleccionados y apertura de expedientes. Definida la población seleccionada, los Directores o Directoras de CINAI, ASSC2 y ASSC3, informan a los potenciales usuarios la fecha de inicio de los servicios ya sea vía telefónica, comunicación personal, listas, carteles, entre otros. Si es un cliente nuevo se les solicita lo siguiente: • • •
Presentación del “Carne de Desarrollo Integral del niño-niña”, entregado por la CCSS. Fotografía4 (solo API). Referencias (si las presenta)
4 En caso de que el padre, madre o encargado no pueda presentar el documento, no se condicionará el ingreso al servicio, para ello la Oficina Local procederá a elaborar una estrategia utilizando los recursos disponibles.
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• • •
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Esquema de vacunas del usuario (fotocopia o bien se copia datos en el expediente)5 Fotocopia del carné asegurado o transcripción de los datos a la boleta de expediente. Carnet Perinatal en el caso de mujeres embarazadas o lactantes
Si no es un cliente nuevo se actualiza la información del expediente. 5.8
Inclusión de usuarios seleccionados a la Base de Datos de Beneficiario Único.
Una vez seleccionados los usuarios y abierto el expediente, se debe incluir la información o actualizarla en la Base de Datos de Beneficiario Único siguiendo las indicaciones dadas por la Dirección de Información para ser enviada al nivel central por la Oficina Local a través de la Dirección Regional. (Ver Guía de Selección) 5.9 Archivo y custodia de los instrumentos de selección. Todos los instrumentos recibidos deben ser archivados en cada establecimiento, siguiendo lo indicado en la Norma de Registro, acceso y custodia de documentos.
5 Normas de Habilitación de Centros de Atención Integral N°30186-S.
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6. Referencias •
Ministerio de Salud. Departamento de Nutrición y Atención Integral. Manual de Normas y Procedimientos, Programa Nacional de Nutrición y Atención Integral. San José, Costa Rica, 1991.
•
Ministerio de Salud, Dirección de Centros de Nutrición y Desarrollo Infantil, 2002, Manual de Normas de los establecimientos CEN-CINAI. San José, Costa Rica.
•
Ministerio de Salud, Dirección de Centros de Nutrición y Desarrollo Infantil, 2005, Manual de Normas de los establecimientos CEN-CINAI. San José, Costa Rica.
•
Ministerio de Salud, Programa de Nutrición y Desarrollo Infantil, 2004, Manual de Normas Equipo Técnico Local Especializado de Centros de Nutrición y Desarrollo Infantil, ECENDI, San José, Costa Rica, 2004
•
Ascencio R., Melany. 1989. Factores de riesgo de desnutrición en niños preescolares y efectos de la alimentación complementaria en reducir el riesgo de desnutrición. “Tesis para optar por el grado Maestría en Alimentación y Nutrición en Salud. INCAP Guatemala.
•
Instituto Mixto de Ayuda Social (IMAS). 2004. Manual para la aplicación de la Ficha de Información Social (FIS) y Ficha de Información Social de Personas Institucionalizadas y sin domicilio fijo (FISI). San José, Costa Rica.
•
Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC). 2008. Encuesta de Hogares de Propósitos Múltiples. Principales Resultados. San José, Costa Rica.
•
Programa Estado de la Nación en Desarrollo Humano Sostenible. 2008. Decimocuarto informe Estado de la Nación en Desarrollo Humano Sostenible.
•
Ministerio de Salud, Oficina Local de Salud. Unidad de Acreditación. 2000. Norma de Costa Rica para la acreditación de establecimientos de atención a niñas, niños y adolescentes (Modalidad; atención temporal y residencia transitoria). San José, Costa Rica.
•
Ministerio de Salud, Oficina Local de Salud. Unidad de Acreditación. 2000. Criterios para la habilitación de centros de atención a niños, niñas y adolescentes (Modalidad; atención temporal y residencia transitoria). San José, Costa Rica.
•
Rectoría Sector Social y lucha contra la Pobreza, Consejo Nacional de la Niñez y Adolescencia, PANI, UNICEF, MIDEPLAN, 2009-2021. Política Nacional para la Niñez y la Adolescencia Costa Rica. San José, Costa Rica.
•
Ministerio de Salud, Dirección Técnica, Unidad de Investigación y Vigilancia, 2009, Normas para aplicación patrón de crecimiento OMS 2006 y las graficas de crecimiento somático de Costa Rica. San José, Costa Rica.
•
Asamblea Legislativa de la Republica de Costa Rica, Código de la Niñez y la Adolescencia, 1997.San José, Costa Rica
•
Dirección General de Nutrición y Desarrollo Infantil. Ministerio de Salud 2007, Modelo conceptual y Estratégico. Provisión de Servicios de Salud en Nutrición y Desarrollo Infantil. San José Costa Rica.
•
Ministerio de Salud. División de Nutrición y Desarrollo Infantil.2007. Proceso Gestión Técnica. Area de
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Gestión: Provisión de Servicios MS.NI.PSS.00.San José. Costa Rica •
Diario Oficial la gaceta digital N° 105, Poder Legislativo, Leyes 8809. Creación de la Dirección Nacional de Centros de Educación y Nutrición y de Centros Infantiles de Atención Integral. San José, Costa Rica, 01 de Junio del 2010.
•
Decreto ejecutivo 30186-s. Presidencia de la República y el Ministerio de Salud. Normas para la habilitación de centros de atención integral. Marzo 2002
•
Ministerio de Salud, Dirección Financiera Bienes y Servicios. Oficina de Cooperación Internacional de la Salud, Desarrollo Social y Asignaciones Familiares OCIS-DESAF. Proyectos Plan Presupuestario para el Ejercicio Económico año 2010. Dirección General de Nutrición y Desarrollo Infantil. San José, Costa Rica, 2009.
•
INEC, Nueva Encuesta Nacional de Hogares: Actualización metodológica para la medición empleo y la pobreza. San José, Costa Rica, Octubre del 2010.
7. Conceptos Para mayor comprensión de este proceso es necesario tener claro los siguientes conceptos, que están definidos en el Glosario de términos de la Dirección CEN-CINAI. • • • • • • • • • • • • • • • •
Personas usuarias Constancia salarial Constancia nacimiento Criterio técnico profesional DAF Diagnostico Oficinas locales Orden Patronal Edad Familia Estrategia Atención Integral Intramuros Estrategia Atención Integral Extramuros Malnutrición Norma Pobreza Riesgo Social
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8. Cronograma III
TIEMPO Trimestre ACTIVIDADES
J
A
S
IV Trimestre
I Trimestre
II Trimestre
O
E
A
N
D
F
M
M
RESPONSABLES
J
Revisión de las metas definidas previamente Revisar las metas que se definieron según el instrumento definido por Planificación Estratégica Institucional
Oficina Local
Promoción de los servicios Oficinas Locales, Personal de establecimiento, Comité de Nutrición
Dar a conocer a la comunidad los servicios en que se debe seleccionar usuarios.¬
Llenado del instrumento “Selección de las personas usuarias de los servicios CEN-CINAI” Atender a las personas que solicitan servicios y llenar los “Instrumento de selección ” ¬
ASCC 2 y 3, Directores o Directoras de CINAI
Realizar la valoración antropométrica
ASCC 2 y 3, Directores o Directoras de CINAI Revisión y clasificación de los instrumentos de selección.
Clasificar los instrumentos de “Instrumentos de selección ” ¬
ASCC 2 y 3, Directores o Directoras de CINAI Análisis, selección de los servicios
Convocara a reunión de análisis de los “Instrumentos de selección“
Responsable del establecimiento
Estudiar y analizar la información de cada instrumento
ASCC 2 y 3, Directores o Directoras de CINAI y Comité de Nutrición Asignación de los servicios ASCC 2 y 3, Directores o Directoras de CINAI y Comité de Nutrición
Asignar el o los servicios a cada solicitante Llenar y enviar el reporte de Asignación de Servicios.
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Responsable del establecimiento
ministerio de salud
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III
TIEMPO Trimestre ACTIVIDADES
J
Analiza los reportes de asignación de servicios y solicita mejoras en caso necesario. Envía el consolidado de la Oficina Local a nivel regional. Analiza los reportes de asignación de servicios y solicita mejoras en caso necesario. Envía el consolidado de la Región a nivel central.
A
S
Fecha de emisión: 06/08/2014 Código: ps.dn.unat.ps.n.01
IV Trimestre
I Trimestre
II Trimestre
O
E
A
N
D
F
M
M
RESPONSABLES
J
Jefe Oficina Local
Director-directora Regional
Información a los seleccionados y apertura de expedientes Informa a las personas que entregaron el instrumento de selección para los usuarios, el resultado de la asignación de servicios.
El responsable del establecimiento con el apoyo del personal del centro
Inclusión de usuarios seleccionados a la Base de Datos de beneficiario único El establecimiento deberá informar a la Oficina Local, los ingresos o egresos que se presenten.
Establecimiento
Incluir la información o actualizarla en la base de datos de beneficiario único trimestralmente Enviar al Nivel Regional
Oficina Local
Incluir la información o actualizarla en la base de datos de beneficiario único semestralmente. Enviar al Nivel Central
Nivel Regional
Archivo y custodia de los instrumentos de selección Archivar y custodiar los instrumentos de selección recibidos por 5 años.* *
El responsable del establecimiento.
En cualquier momento del año, cuando se requiera.
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