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Figura 24: Nueva Constitución 2008 Figura 25: Tratados internacionales de derechos
poco tiempo muere y sube al poder Hurtado, para más tarde seguirle Febres Cordero, Rodrigo Borja y
Sixto Durán Ballén. 19. La Décima novena Constitución redactada en Quito (1998-2008), su presidente Jamil Mahuad, quien dolarizó la economía como medida desesperada y huye del país. En el 2006 gana las elecciones Rafael
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Correa con principios pluriculturales y multiétnicos. 20. La Vigésima Constitución (2008-actualidad) emitida en Montecristi, se encuentran los derechos fundamentales y la estructura del estado, además establece cinco funciones: Ejecutiva, Legislativa,
Judicial Electoral y de Transparencia y Control social.
Figura 24: Nueva Constitución 2008 Fuente: http://bitly.ws/seg9 Recuperado (2022)
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A diferencia de la Constitución codificada en 1998 que establecía la clásica división del estado en legislativo, ejecutivo y judicial, la Constitución de Montecristi establece cinco funciones, como es la de participación ciudadana y la función electoral. Además, fortalece la participación de los ciudadanos en general en la gestión pública, pero, especialmente en cuanto a fiscalización y lucha contra la corrupción (Grijalva, 2006). Esta constitución, pasó de ser un Estado de Derecho, es decir, manejado por la ley antes que un derecho, a un Estado Constitucional de Derechos.
y Justicia, por lo tanto, los derechos humanos estarán por encima de cualquier disposición legal, y en consecuencia, garantiza el ejercicio de derechos humanos y se fundamenta en tratados y convenios internacionales, lo que se practica así el ejercicio y goce de estos.
Algo relevante en las constituciones es que, la Constitución ecuatoriana de 1998 definía ya al Estado ecuatoriano como pluricultural y multiétnico, pero, considerado como culturalista y estática con respecto a la del 2008 que tiene un énfasis más político y de interacción cultural, pues declara al Estado plurinacional e Intercultural, y lo mejora en cuanto a derechos colectivos de las culturas indígenas en aspectos como idiomas, salud o educación (Avila, 2012).
Con lo mencionado anteriormente, se puede concluir que de las veinte Constituciones del Ecuador sólo tres aceptan la reelección presidencial: la Carta de la Esclavitud, la Carta Negra, y, la de Montecristi (Durán, 2013).