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Figura 30: La plurinacionalidad y los términos asociados por la dirigencia indígena Figura 31: Escenarios del estado plurinacional

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Movilidad humana

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Según (Cruz, 2012) en el 2007 la CONAIE presentó su propuesta de construcción de un estado plurinacional, desechando las sombras coloniales y monoculturales de casi 200 años. Los líderes indígenas afirmaron su identificación como nacionalidades indígenas, lo que implica el reconocimiento del estado como plurinacional y de territorios autónomos en la Amazonía, además, implica que en Ecuador no existía una sola nación y todos sus habitantes no eran mestizos. Se trazaron un conjunto de reformas en tres dimensiones: la interculturalidad, democratización y el autogobierno como gobierno comunitario.

Figura 30: La plurinacionalidad y los términos asociados por la dirigencia indígena Fuente: Elaboración Propia

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Como se puede visualizar en el mapa anterior, los principales términos que usan los dirigentes, asocian a la construcción

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del Estado plurinacional, pero, la plurinacionalidad va más allá, debe concretarse en la difusión de la imagen del Ecuador como un país lleno de folclore y de diversidad cultural, propuestas indígenas más críticas que reclamen procesos de transformación social (Resina de Fuente, 2013).

La Constitución establece en su artículo 1: “Ecuador es un estado constitucional de derecho, justicia, sociedad, democracia, soberanía, independencia, unidad, multiculturalismo, multiétnico y laicista”. Cabe destacar que, para los partidarios, el multiculturalismo es un aspecto importante de la multiétnica, pero, por razones políticas, se propuso el multiculturalismo relacionado con la multiétnica, y se incluyeron los dos conceptos. Además, se menciona las nacionalidades indígenas incorporando aspectos como la cosmovisión de los indígenas y el buen vivir, además, se oficializa idiomas de los pueblos indígenas en los lugares donde viven (Art. 2), se promociona la educación intercultural (Art. 27, 28, 29), se reconoce las nacionalidades como parte del estado ecuatoriano (Art. 56), los derechos colectivos a las comunidades y nacionalidades, el estado debe desarrollar y proteger la educación intercultural bilingüe (Art. 57, 343, 347), reconoce el respeto a la justicia indígena acorde a sus tradiciones ancestrales, pero, que no sean contrarias a la Constitución (Art. 60), así también garantiza las prácticas de salud ancestral (Art. 363), (Congreso Nacional del Ecuador, 2015).

A continuación, se presentan los Artículos que se relacionan con la Plurinacionalidad en la Constitución del 2008:

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