![](https://static.isu.pub/fe/default-story-images/news.jpg?width=720&quality=85%2C50)
3 minute read
Desconcentración y descentralización del estado
Respecto a los cantones, de la misma manera, se crean mediante la ley y la iniciativa del presidente como en el caso de las provincias según la Ley Orgánica de Régimen Municipal y el Proyecto de (Enrique & Oficial, 2017) los requisitos son los siguientes: “población residente superior a cincuenta mil habitantes, de los cuales al menos quince mil deberán estar domiciliados en la cabecera cantonal; el territorio del cantón a crearse debe hallarse claramente delimitado; determinación de la cabecera cantonal; entre otros”.
En el Ecuador, actualmente existen 221 cantones, de los cuales se subdividen en parroquias 359 urbanas y 1140 rurales.
Advertisement
DESCONCENTRACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN DEL ESTADO
Según (Gallo, 2013), la concentración y desconcentración, así como la centralización y la descentralización, son formas técnico-jurídicas que sirven para estructurar la administración.
El Artículo 225 de la Constitución de 2008 exhorta al Estado promover la descentralización y desconcentración que son componentes que aportan al desarrollo armónico del país, fortalecer la participación ciudadana con las entidades locales, así como la distribución de la riqueza y los ingresos públicos, para lo cual, el gobierno debe transferir de forma progresiva funciones, atribuciones, competencias,
82
responsabilidades y recursos a las instituciones locales o regionales (Estrella, 2005).
Por un lado, la desconcentración es el mecanismo por el cual, la ley otorga, de forma regular y permanente, determinadas competencias a un órgano inferior que se encuentra en la misma entidad pública. Supone una dispersión objetiva de funciones y un sometimiento jerárquico al Poder Ejecutivo. La desconcentración se establece por una norma reglamentaria general, fundada en el principio de delegación de la distribución de funciones (Gallo, 2013). Por lo que las funciones de una entidad u organismo central son repartidas a las unidades de territorio que delega a una autoridad y su responsabilidad es compartida, operan dentro de la administración central, pero, manejada con libertad; lo que es una forma de diluir el poder y la competencia para despachar asuntos.
La desconcentración en Ecuador se palpó en los años 90, y se propuso a partir del año 2007, presentando entonces una norma de desconcentración institucional y de la prestación de servicios, en base al enfoque de la planificación nacional y de y de la idea de crear niveles territoriales de planificación: zonas, distritos y circuitos.
El proceso de nueva organización administrativa de territorio que se promulgó desde el Ejecutivo, tuvo como objetivo la redistribución equitativa del poder y la toma de decisiones, acercar el Estado, sus productos y servicios a la ciudadanía, todo aquello, a través de la descentralización, las autonomías
83
y de la desconcentración de la administración central (Planifica Ecuador, 2017).
Según (Sánchez, 2018), “la descentralización es un término económico que se basa en la disgregación o desintegración de poderes dentro de una organización, empresa o estado, lo que significa la extensión de toma de decisiones y recursos en distintas jerarquías o regiones”. Es una política de estado, busca incrementar la mejora en la gestión de los niveles de gobierno del país, vinculando las decisiones de los gobernantes a las necesidades de la población, lo importante es generar decisiones que permitan que la población se encuentre satisfecha y sean generadas por los gobernantes, en este caso, puede ser el presidente o un ministro relacionado en el área que se necesita ayuda.
La descentralización administrativa solo delega ciertas atribuciones del gobierno central a favor de entidades periféricas tales como las municipalidades, las universidades u otras instituciones especializadas para que éstas cumplan ciertas funciones o presten a la sociedad determinados servicios públicos. Solamente se trata de una transferencia a favor de autoridades inferiores o corporaciones autónomas de una parte de la autoridad y responsabilidad del gobierno central, para descongestionar su trabajo y promover la más eficiente prestación de los servicios públicos (Cevallos, 2010).