Edicion del 26 de Octubre del 2012

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VIERNES, 26 DE OCTUBRE DE 2012 / AÑO XXXVIII / NÚM.11901 / SAN JUAN, PUERTO RICO

ALEGARÁ HUELGA ES ILEGAL En manos del Gobernador invocar Ley de1965, para impugnar en los tribunales la acción de la UTIER

EL VOCERO / Dennis A. Jones

P.4

DEPORTES

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AP

Luto en el boxeo Serie Mundial hace pausa y se muda a Detroit

DEPORTES

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Fallece Emanuel Stewards, boxeador y legendario entrenador

Los Hispanos en Caguas con sus éxitos

ESCENARIO

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índice

El periódico de Puerto Rico

EN VOCERO.COM

En busca de la “eterna juventud” Un grupo de científicos de la Universidad de Stanford logró revertir algunos de los efectos de la edad –aquellos relacionados con el deterioro cognitivo– en ratones a los cuales le fue dada una transfusión de sangre joven. Para conocer más sobre el estudio presentado en la Sociedad para la Neurociencia en Nueva Orleáns, Luisiana, escanee el código.

Jesse & Joy llevarán al público a la sala de su casa durante su concierto de mañana en el Choliseo P.50

AP

NEGOCIOS P.22 VOX P.25

EL VOCERO / Ángel L. Vázquez

Vive la vida de tus sue os El objetivo del nuevo libro de Martín Llorens, Vive la vida de tus sueños es alcanzar el éxito y encontrar la felicidad a través de un fascinante viaje de introspección y con las herramientas que brinda para mantener el equilibrio entre la mente, el cuerpo y el espíritu. Conozca más sobre esta publicación al escanear el código. Grifo Son muchas las alternativas para reducir el consumo de agua en el hogar, solamente tenga en mente la cantidad de agua que se pierde al abrir el grifo: •Lavado de auto con manquera, 500 litros. •Mientras te lavas los dientes,20 litros. •En la ducha, 60 litros. •Fregando, 100 litros. •Grifo averiado, 30 litros diarios.

CLASIFICADOS P.30 ESCENARIO P.48 HORÓSCOPO P.58 ESQUELAS P.60 DEPORTES P.66

Maripily confía será la vencedora P.48

LOTERÍA ELECTRÓNICA

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Para ver los números premiados de la Loto, Revancha, Pega 2, Pega 3 y Pega 4


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EN PORTADA

EL VOCERO / Ángel L. Vázquez

El periódico de Puerto Rico

Jaramillo no espera un dictamen con prontitud debido a que el sindicato presentó un voluminoso informe sobre los reclamos del sindicato.

Invocará ley antihuelga RAÚL CAMILO TORRES, EL VOCERO

A la espera el Primer Ejecutivo del informe para decidir si pide que se declare ilegal la huelga en la AEE

El futuro de la huelga que inició el miércoles la Unión de Trabajadores de la Industria Eléctrica y Riego (UTIER) estará en manos del gobernador Luis Fortuño una vez reciba un informe del Comité Especial que nombró para atender la crisis laboral en la Autoridad de Energía Eléctrica. El liderato de la UTIER fue citado para comparecer en horas de la tarde de ayer ante el Comité en las oficinas centrales del Departamento del Trabajo, luego que se invocara una ley que decretaría la ilegalidad de la huelga. “Hemos acudido a la citación del Comité Especial y le presentamos un extenso y voluminoso informe de cada una de las propuestas que hemos presentado sobre la mesa y señalando que hasta el día de hoy, la administración de la AEE no ha presentado ninguna contrapropuesta a nosotros”, declaró Ángel Figueroa Jaramillo, presidente de la UTIER, al finalizar la reunión. El estatuto por el cual los tribunales decidirían el futuro de la huelga entre los empleados de la UTIER es el Artículo 13 de la

Ley 11 de 1965, que faculta al Primer Ejecutivo llevar su petición de ilegalidad de la acción sindicalista en instituciones gubernamentales de servicios esenciales. Ahora queda que el Comité evalúe detenidamente los documentos mostrados por el sindicato y le presente un informe al Gobernador conforme a la Ley 11. “Debido a la cantidad de documentos presentados, no esperamos una contestación inmediata, en 24 horas. Tienen que evaluarlos detenidamente”, enfatizó el presidente de la UTIER. Por su parte, el director de Recursos Humanos de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), Marc Thays, declinó emitir comentarios sobre la reunión al tiempo que reiteró que la huelga en la UTIER es innecesaria. “Las negociaciones no se han detenido. No hay tranque. Vamos adelantando varias de las cláusulas presentadas y ya hemos cerrado 16 en discusión. Los empleados de la UTIER son los mejores pagados entre todos los grupos de empleados gubernamentales. La situación fiscal en la actualidad hace que se estudie bien detenidamente

este convenio colectivo. Es imperativo que se tomen las mejores decisiones al final, porque es el Pueblo quien tendrá el peso de lo que se logre en acuerdos”, sostuvo durante la tarde el funcionario. Cerca del mediodía de ayer, la UTIER hizo un recuento de los puntos planteados hasta el momento en la mesa de negociación con la gerencia de la AEE, donde se detallaron las propuestas presentadas por el gremio laboral y que son analizadas por el comité negociador de la entidad. “Los puntos básicos de nuestras propuestas tienen que ver con la seguridad laboral, para que no ocurran más accidentes lamentables entre nuestros empleados, un salario justo que atienda el alza en el costo de vida del puertorriqueño por los pasados tres años y que no se menoscaben nuestros derechos contractuales”, enumeró Figueroa Jaramillo al reiterar que el total en beneficios económicos y marginales que se exige en este proceso por parte de la unión obrera asciende a $63 millones en tres años, y no los $300 millones que alega la gerencia de la AEE.


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Reaccionan a encuesta publicada en EL VOCERO

A decidir si se provee lista electores inactivos CARMEN MILAGROS DÍAZ, EL VOCERO

YENNIFER ÁLVAREZ JAIMES, EL VOCERO

Asisa Research Group concede ventaja al gobernador Fortuño Aunque la encuesta realizada por Asisa Research Group concede una ventaja cómoda al gobernador Luis Fortuño, el asesor de campaña del Partido Nuevo Progresista (PNP), Marcos Rodríguez-Ema, insistió en que la verdadera encuesta será el 6 de noviembre.

Su determinación podrá ser dada a conocer esta tarde mediante Resolución. El asunto quedó ante la consideración de Conty Pérez el miércoles en la noche. La solicitud proviene del comisionado electoral del Partido Nuevo Progresista (PNP), Edwin Mundo, quien ha señalado que tener las listas de electores inactivos permitirá evitar el intento de fraude del Partido Popular Democrático (PPD) que presuntamente busca llevar a votar electores no inscritos. EL VOCERO / Luis Alberto López

Rodríguez-Ema dijo que la encuesta publicada ayer por EL VOCERO es un instrumento de medición y aunque “cuadra” con los números de otras encuestas privadas y públicas, lo importante es que la gente salga a votar. La encuesta efectuada entre el 19 y 22 de octubre reveló que el candidato a la reelección del PNP obtendría el 47.2 por ciento (%) de los votos, mientras Alejandro García Padilla, candidato del Partido Popular Democrático (PPD) obtendría 41.5% de los sufragios.

En tanto, María de Lourdes Santiago, candidata al Senado por acumulación por el PIP, indicó que “la encuesta describe la misma tendencia en donde se multiplica el voto independentista”. Coincidió en que es normal que a estas alturas de la carrera por la silla de La

De otra parte, Mundo indicó que aunque el grupo de 150 abogados que creó el comisionado electoral del PPD no puede intervenir en el proceso de votación de los electores encamados, o de lo contrario violarían la ley, no tomará acción. Mundo advirtió que los funcionarios del PNP “saben lo que tienen que hacer” el día de las elecciones, si ven alguna irregularidad.

Alegan le filtraron preguntas REDACCIÓN, EL VOCERO

Al candidato a la gobernación por el Partido Popular Democrático (PPD), Alejandro García Padilla, supuestamente le filtraron las preguntas del último debate de los candidatos a la gobernación que se efectuó anoche, aseguró el personaje La Comay, del programa SuperXclusivo (Wapa TV).

EL VOCERO / Ingrid Torres

El analista político Ferdinand Mercado opinó que en términos de la proyección de los indecisos la encuesta refleja una realidad.

El comentarista radial sostuvo que a 11 días de las elecciones cualquiera de los dos partidos puede triunfar “por unos 20 mil a 40 mil votos si no sucede algo extraordinario”.

sados más tarde. Tener ambas listas permite conocer de antemano si el elector puede votar o no, en lugar de tener que enviarlo al Colegio de Añadidos.

MARCOS RODRÍGUEZ-EMA

El estudio realizado en 41 municipios de la Isla reveló que a menos de 20 días de las elecciones –momento en que se realizaron las entrevistas cara a cara– había un 5.6% de indecisos.

“Es significativo además que Luis Fortuño haya seguido ascendiendo. Aunque es demasiada amplia la distancia entre los candidatos. Los electores no están diciendo toda la verdad ni cómo están pensando. Está bastante más cerrada la elección de lo que se proyecta en la encuesta”, sostuvo el también exsecretario de Estado durante la administración popular de Sila María Calderón.

Además, ayudará a obtener los resultados más rápido. Originalmente a las unidades se les entrega solamente las listas de electores activos. Cuando un elector acude a votar, los funcionarios verifican si el elector está inscrito. Si no aparece en la lista, se le envía a votar al Colegio de Añadidos a Mano. Los sufragios de ‘Añadidos a Mano’ son verificados y recu-

HÉCTOR CONTY

FERDINAND MERCADO

Según La Comay, la asesora del senador, Melba Acosta, preparó las respuestas. Acosta trabajó en la Oficina de Presupuesto y Gerencia bajo la administración de la exgobernadora Sila María Calderón. El libreto que fue presentado en el programa incluía preguntas como: ¿Piensa usted eliminar el IVU? y detallaba la correspondiente respuesta: “En estos momentos el IVU es la fuente de repago de bonos que fueron emitidos por Cofina…”.

Fortaleza un 5.6% de los encuestados indiquen que están indecisos o no quieran identificar su preferencia.

El libreto de seis páginas contiene 15 preguntas con sus respuestas así como otras recomendaciones.

Mientras, el profesor Héctor Ríos Maury advirtió que aunque la encuesta le da una ventaja a Fortuño, “el PNP debe mantener viva la campaña”.

Durante SuperXclusivo se cuestionó la ventaja que gozaría García Padilla sobre los demás candidatos si en efecto se le adelantaron las preguntas. En el pasado García Padilla ha sido fuertemente criticado por supuestamente utilizar un ‘teleprompter’ y hasta un apuntador durante sus mensajes.

“La elección del año 2004 ejemplificó la variación que puede haber en las intenciones de voto. Aunque con frecuencia las tendencias se consolidan hay que estar atento”, concluyó.

Reacciona el PPD Por su parte, Armando Valdés, director de Comunicaciones del PPD, negó las impu-

EL VOCERO / Ingrid Torres

Además, el estudio concluyó que Juan Dalmau del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) lograría un 4% de los votos y los demás candidatos sumados obtendrían un 1.7% de los votos.

EL VOCERO / Ángel L. Vázquez

Decidir si se ordenará o no que en estos comicios se provea la lista de electores inactivos a las unidades electorales es la encomienda que tiene hoy el presidente de la Comisión Estatal de Elecciones (CEE), Héctor Conty Pérez.

ALEJANDRO GARCÍA PADILLA

taciones vertidas en SuperXclusivo. “Absolutamente falso. Para prueba, con un botón basta. Primero, si te fijas, todas las preguntas eran de temas fiscales. El debate tiene solo 30 minutos de ‘economía’. Es absurdo pensar que los organizadores le van a dedicar todo ese tiempo a temas fiscales. Segundo, las contestaciones son de 30 segundos y 1 minuto. ¿Viste el largo de esas supuestas contestaciones? Tercero, yo personalmente estuve envuelto en la preparación para el debate y nunca vi ese documento ni uno similar”, sostuvo Valdés.


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Fotos EL VOCERO / Tania Dumas y Gerardo Bello

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El intercambio entre los candidatos principales, Luis Fortuño, Alejandro García Padilla y Juan Dalmau fue constante a lo largo de todo el debate.

Cara a cara por última vez CARMEN MILAGROS DÍAZ, EL VOCERO

Los candidatos a la gobernación no presentaron propuestas nuevas en el debate de anoche, hasta pasado aproximadamente una hora y media cuando comenzaron a calentar motores. Los planteamientos novedosos surgieron en los temas de ambiente y social, mientras el gobernador Luis Fortuño aprovechó para hacer un inventario de su obra en las áreas de seguridad pública, estatus político, economía, energía y ambiente. Su opositor del Partido Popular Democrático (PPD), Alejandro García Padilla, no respondió en varias ocasiones preguntas, entre ellas cómo resolvería el conflicto laboral con la Unión de Trabajadores de la Industria Eléctrica y Riego (UTIER) y por qué los electores debían votar por él, lo que provocó que la periodista de Telemundo repitiera algunas veces la interrogante. El candidato del Movimiento Unión Soberanista (MUS), Arturo Hernández, sorprendió con un llamado a limpiar las bombas dejadas por la Marina en Vieques, Culebra y Ceiba. Rafael Bernabe, del Partido del Pueblo Trabajador (PPT), asombró al defender la igualdad de género y proclamar un gobierno con leyes para descriminalizar las uniones de parejas homosexuales. El debate comenzó con el gobernador Luis Fortuño, quien arrancó atacando a García Padilla por no haber hecho nada como senador para resolver los problemas de Puerto Rico en las áreas de la criminalidad y el desempleo. El evento se convirtió en un fuego cruzado. El Gobernador

JUAN BERNABE

ROGELIO FIGUEROA

ARTURO HERNÁNDEZ

señaló que para desviar a los niños de la criminalidad existen las escuelas del Siglo 21, impulsó un código penal más estricto además de fortalecer gestiones contra la violencia.

la colonia y la estadidad, para tener igualdad con los estadounidenses que viven en el continente, que votan por el presidente y tienen representación en la Cámara y el Senado federal. Mientras Dalmau exhortó a votar por la independencia.

que obtiene el gobierno de los Estados Unidos porque así se consignó en el Tratado de París”. Hernández al proponer una asamblea constitucional de estatus.

Juan Dalmau, candidato del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP) propuso atajar el financiamiento del narcotráfico arrestando al verdadero magnate, despolitizar la Policía y rehabilitar a los adictos. Rogelio Figueroa, de Puertorriqueños por Puerto Rico (PPR), con un tono enérgico y apuntando con el dedo, sostuvo que para combatir la criminalidad lo primero es levantar la educación pública y luchar contra la desigualdad económica. Uno de los temas medulares fue el plebiscito. Fortuño instó a votar por el No a

García Padilla manifestó que en la papeleta plebiscitaria no está el Estado Libre Asociado de ahora, ni mejorado, por lo que hará una asamblea constituyente en enero.

Bernabe indicó que abriría un debate serio sobre el tema de estatus junto a un proyecto de construcción de pais multipartidista en áreas de empleo y protección del ambiente.

“Como gobernador, yo voy a impulsar el modelo que presenta Barack Obama y voy a tratar con respeto al que piensa distinto”, puntualizó.

Figueroa restó importancia al plebiscito porque “ningún estatus evita que se caiga el sol, que se crezcam las plantas y que los puertorriqueños nos levantemos a trabajar todos los días”.

Por su parte Hernández dijo que “la única formula descolonizadora para el país es el derecho internacional reclamando la transferencia de los poderes soberanos

En las afueras de los estudios de Telemundo se congregaron seguidores de los partidos que mantuvieron un ambiente festivo en respaldo a sus candidatos.


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Simulacro electoral este domingo CARMEN MILAGROS DÍAZ, EL VOCERO EL VOCERO / Dennis A. Jones

Practicar el voto antes del día de las elecciones será posible este domingo 28 de octubre, durante el simulacro que realizarán EL VOCERO, NotiUno 630 y Educa Group.

Según Santini –aquí junto a sus adversarios Tito Román (extrema izquierda) del PPT y Luis Roberto Piñero (centro) del PIP–, Carmen Yulín cambia de postura dependiendo de “cuándo y a quién le habla”.

Se ‘juye’ Carmen Yulín REDACCIÓN, EL VOCERO

No participó en debate celebrado por NotiUno para no hablar del estatus

El alcalde Jorge Santini y los candidatos del Partido Independentista Puertorriqueño (PIP), Luis Roberto Piñero, y Tito Román del Partido del Pueblo Trabajador (PPT) asistieron al encuentro donde se discutieron temas de estatus, seguridad y educación. “El estatus esta en ‘issue’, por eso no está la candidata del Partido Popular aquí. Porque un día es independentista, un día es soberanista, otro día es autonomista y otro día es chauvinista. No se sabe qué más es, pero no aparece porque le ha cambiado el discurso a la gente. Depende de cuándo y a quién le habla”, dijo Santini, en su turno sobre ese tema. Añadió que le alegraba que se dejaran atrás los mitos “para ir verdaderamente a saber que el problema es el estatus. Y la falta de solución del estatus de Puerto Rico, afecta direc-

tamente lo que es la calidad de vida del puertorriqueño de San Juan y fuera de San Juan”. Mientras, Román manifestó que le sorprendió la ausencia de Cruz. “Me sorprende que ella no haya querido venir a un debate en la mañana de hoy y estoy seguro que es por el tema del estatus, porque no quieren debatirlo. Ellos (el PPD) tampoco quieren resolver esa situación para seguir utilizando el tema del estatus para seguir gobernando y trepándose en el poder, así que nosotros estamos cogiendo un camino diferente y nuevos mecanismos para resolver problemas del estatus”, sentenció. “La señora Carmen, que no está aquí porque no quiere discutir el estatus, no es independentista. Nunca ha sido independentista y no va a ser independentista. Es una colonialista e inmovilista y las cosas hay que llamarlas por su nombre y a eso es lo que le tiene miedo, a enfrentar la verdad”, afirmó Piñero. Sobre la seguridad, Román planteó que no continuaría con la política de mano dura, “que no ha dado resulta

por los ultimas 20 años”. Dijo que el problema de la criminalidad esta relacionado con la desigualdad económica, y que por lo tanto propone un nuevo desarrollo económico.

Al igual que el 6 de noviembre, en el simulacro los electores tendrán que mostrar su tarjeta electoral como evidencia de que están inscritos en el Registro Electoral. Los colegios abrirán en horario de 8:00 de la mañana a 3:00 de la tarde. Los resultados serán dados a conocer una vez cierren los centros de votación a través de una transmisión en vivo por NotiUno (630 en la banda AM) y en Vocero.com. Reporteros de EL VOCERO y de la emisora se unirán ese día para reportar los acontecimientos. Los centros de votación estarán localizados en San Juan, Río Grande, Bayamón, Arecibo, Mayagüez, Ponce y Guayama. En cada uno de estos municipios hay un Instituto de Banca, National College y Ponce Paramedical College, cuya matriz es Educa Group.

Mientras, Santini aseguró que cuando comenzó habían ocho cuartales y que hoy día hay diez, más las unidades móviles. De igual modo, destacó que los policías municipales están más motivados, mejor atendidos y con mayor educación. “Hoy hay menos delitos en San Juan; sin embargo, Caguas es la ciudad más violenta”, indicó. Luego recalcó que la Policía Municipal de Caguas se utiliza para movilizar y dar seguridad a la candidata del PPD. Se dijo que la candidata popular declinó la invitación por compromisos previos que no le permitirían estar tan temprano en la estación de radio. El debate se realizó a las 7:30 am y se extendió por una hora. A pesar de su ausencia, uno de los conductores de la emisora dijo al aire que Cruz sí estuvo disponible, a esa misma hora, para una entrevista en otra emisora radial.

SUMINISTRADA

La candidata a la Alcaldía de San Juan por el Partido Popular Democrático (PPD), Carmen Yulín Cruz, se ausentó al debate a la Alcaldía capitalina transmitido por NotiUno 630, porque no quería debatir sobre el tema del estatus, opinaron sus contrincantes.

El evento electoral permitirá a los electores tener de frente la papeleta estatal y ensayar cómo ejercer el voto por el candidato a gobernador y comisionado residente de su preferencia, a nueve días de las elecciones generales.


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Comienzo plazo para cambios Medicare La procuradora de las Personas Pensionadas y de la Tercera Edad informó que el periodo anual para inscribirse o hacer cambios en el Plan de Medicare Advantage y el Plan de Medicinas de Medicare comenzó desde el pasado 15 de octubre y se extenderá hasta el 7 de diciembre. Para más información llamar al 1-877-725-4300 en San Juan, al 1-800-981-0056 en Mayagüez y al 1-800-981-7735 en Ponce. (Redacción, EL VOCERO)

Más denuncias por fraude Comunidades Especiales MIGUEL RIVERA PUIG, EL VOCERO

Tribunal decidirá si interviene contra Ángel Flores y Luis Figueroa La jueza Gloria Maynard decidirá el lunes si proceden las denuncias radicadas ayer por el Departamento de Justicia contra el licenciado Ángel Flores Rivera por apropiación ilegal agravada, posesión y traspaso de documentos falsificados y falsedad ideológica. También emitirá su decisión en cuanto al ingeniero Luis Figueroa González, contra quien se presentaron denuncias por violar la Ley Ética Gubernamental y por apropiación ilegal agravada, así como por posesión y traspaso de documentos falsificados, al alegarse que a través de una corporación se tumbaron cerca de $1 millón del programa de Comunidades Especiales. Con la presentación de denuncias contra ambos profesionales suman 14 las personas contra las que el Departamento de Justicia ha radicado denuncias por diversos esquemas de fraude contra Comunidades Especiales.

Desaparece vendedora seguros

Los casos radicados ayer fueron presentados por fiscales de las Divisiones de Integridad Pública, Delitos Económicos y Oficina de Asuntos del Contralor del Departamento de Justicia (DJ), que dirige la fiscal Maricarmen Rodríguez Barea.

Un peluquero con el cual la vendedora de seguros Lymarie Rosado Rueda mantenía una amistad era persona de interés para los investigadores del CIC que indagan sobre la misteriosa desaparición de la mujer. Los familiares de Rosado, de 34 años de edad, la informaron desaparecida desde el 23 de octubre cuando salió en su Hyundai Génesis. Cualquier información sobre el paradero de Rosado puede comunicarla al 787-343-2020. (Miguel Rivera Puig, EL VOCERO)

De acuerdo al Departamento de Justicia la investigación reveló que Flores Rivera, presidente de Alliance Consulting Group, facturó $161,000 por los mismos servicios en más de una ocasión y que, además, presentó documentos con firmas alteradas e información falsa con el fin de justificar el cobro de $77,000 por servicios no prestados. Figueroa González fue acusado por violar el Artículo 3.2(c) de la Ley de Ética Gubernamental, por apropia-

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SUMINISTRADA

BREVES

El periódico de Puerto Rico

LUIS FIGUEROA GONZÁLEZ

ción ilegal agravada y por posesión y traspaso de documentos falsificados. Justicia alegó que Figueroa González incurrió en conflicto de intereses porque siendo funcionario del Departamento de Transportación y Obras Públicas trabajó para las empresas del licenciado Flores Rivera, figuró como accionista, firmó los contratos, aprobó la solicitud de servicios y aprobó las facturas de pago. Los fiscales Rodolfo Ocasio y Francisco Sánchez, en colaboración con funcionarios de la Oficina del Contralor de Puerto Rico, presentaron ante la juez un sinnúmero de declaraciones juradas para demostrar las alegadas violaciones de ley.

Exjuez encontró muerta a su esposa JACKELINE DEL TORO CORDERO, EL VOCERO

“Sube, que encontré muerta a mi esposa”, le dijo el exjuez Carlos Irizarry Yunqué al guardia de seguridad del condominio Laguna Terrace. Dos horas antes, la empleada doméstica comentó en voz baja al pasar por la caseta de seguridad que “voy a matar a esa perra”. Esos fueron los puntos más destacados del testimonio de Oreste Navarro, quien el 17 de agosto de 2010 trabajó el segundo turno como guardia de seguridad en la caseta del condominio donde residía y fue asesinada Georgina Ortiz Ortiz, en el Condado. Navarro indicó durante el tercer día de vista preliminar que “a eso de las tres”, vio salir a Aida de los Santos, a quien todo el mundo en el lugar conocía como Carmen Pichardo. Al pasar por la caseta la escuchó decir en voz baja “voy a matar a esa perra”. “Me imagino que se refería a la perrita (‘Nina’), porque habló en tiempo futuro”, comentó Navarro mientras

la jueza hacía varias preguntas para clarificar datos. De los Santos no salió por el portón peatonal, sino por el vehicular, ya que en ese momento pasaba por ahí un auto. Vio que vestía un pantalón pescador y una blusa sin mangas, como solía lucir para ir a su trabajo. “No llevaba bolsa ni caja alguna”. Tampoco el guardia recibió instrucciones para que al día siguiente no dejara entrar a la empleada doméstica, dijo Navarro a preguntas de la licenciada Lucille Borges Capó, quien forma parte de la defensa de De los Santos, junto a Aarón Fernández. Ella busca establecer que la sospechosa no tenía motivo para asesinar a su empleadora. Aunque Navarro solía entrar a las cuatro de la tarde, a veces hacía arreglos con Pablo Rodríguez –el guardia que testificó la semana pasada–, y ese día entró a las dos. Después de las cinco, llegó Irizarry Yunqué. Bajó el cris-

tal de su vehículo y le preguntó si había escuchado un tango de Carlos Gardel que él estaba oyendo. El guardia se acercó, pero le dijo que tenía que seguir porque había un carro detrás. Al llegar a su apartamento, el profesor universitario lo llamó. Como no podía abandonar su puesto, llamó al administrador del condominio. No llamó al 911 “porque no sabía si habían llamado del apartamento”. Luego llegaron cuatro amigos del exjuez y más tarde varios agentes de la Policía. Antes de iniciar la vista, fueron admitidas 14 fotos de las joyas que estaban en el apartamento, con lo que la defensa intenta demostrar que el robo tampoco fue móvil para el asesinato. Entre las pertenencias de la occisa había un reloj valorado en $25 mil, según trascendió la semana pasada. Navarro mencionó que el cardenal Luis Aponte Martínez visitaba el hogar de la pareja.


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El taller se organizó en cuatro áreas, medios: audio y vídeo; ‘performance’, elaboración de máscaras y arte urbano.

CORAZÓN BORICUA

Creando jóvenes líderes a través del arte JACKELINE DEL TORO CORDERO, EL VOCERO

El taller ofrecido por el MAP buscaba desarrollar liderato en sus participantes El arte es un vehículo para plasmar ideas, emociones, épocas. Y también para desarrollar liderato. Ese fue el propósito del taller ‘Arte joven para líderes: acción artística para las comunidades’, que ofreció durante el verano el Museo de Arte Contemporáneo (MAP). El taller se organizó en cuatro áreas, medios: audio y vídeo; ‘performance’, elaboración de máscaras -con técnicas artesanales- y arte urbano, explicó la coordinadora educativa del MAP, Windy Cosme Rosario. Fue ofrecido por profesionales del campo de las artes que con sus conocimientos e inspiración motivaron a los participantes a evolucionar en su talento y a “ocupar un espacio sin tener que hablar”, como dijo Raquel Torres González, quien trabaja con Javier Carrasquillo, de Taller D. Carrasquillo comentó que las máscaras y obras producidas por los jóvenes estuvieron en exposición desde

el 24 de agosto, cuando inauguró a las seis de la tarde en el Salón Experimental del MAC. El mismo fue posible gracias a la Fundación del Banco Popular y reunió a 16 jóvenes de distintas comunidades del área metropolitana que ahora se aprestan a compartir con sus pares lo que aprendieron, como dijeron Natasha y Alfeeny de la Paz, de Trujillo Alto. “Me gustó todo. Yo no había estado en un campamento-taller, sino en los tradicionales”, dijo el joven, quien destacó lo beneficioso de la experiencia, ya que en el futuro le gustaría trabajar en cine “y los puedo contactar a ellos para consultar mis ideas”. Mientras tanto, para la joven estudiante de artes plásticas de la Central High, le sirvió para descubrir que puede hacer mucho con pocos recursos, como es el papel de periódico, agua, harina de trigo y pega.


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AP / Ramón Espinosa

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Recibe endoso ‘republicano’ THE ASSOCIATED PRESS

Colin Powell asegura está más a gusto con posturas de Obama HOLGUÍN, Cuba - El huracán Sandy, con sus ráfagas de hasta 103 millas por hora, atravesó ayer el oriente de Cuba. El Centro Nacional de Huracanes de Estados Unidos informó que se espera que siga siendo huracán mientras avanza por las Bahamas. Posteriormente, más al norte, podría combinarse con una tormenta invernal, para crear un fenómeno potencialmente monstruoso que azotaría la ciudad de Nueva York y el estado de Nueva Jersey. (AP)

Cae el policaníbal NUEVA YORK - Un agente de la Policía de la ciudad de Nueva York fue detenido luego de que planificó secuestrar, violar y torturar a mujeres, con la intención de cocinarlas después y comer partes de sus cuerpos. Gilberto Valle fue arrestado por el macabro caso, y quedó a disposición del FBI. (AP)

WASHINGTON - A poco menos de dos semanas para la elección presidencial, Barack Obama recibió ayer un poderoso endoso de parte del exsecretario de Estado republicano, Colin Powell. En una entrevista con la cadena CBS, el otrora miembro del Gabinete de George W. Bush, admitió que se siente “más a gusto” con las posturas del presidente en torno a la inmigración, educación y la política exterior. En torno a este último tema, el retirado general de cuatro estrellas, quien presidió bajo dos administraciones el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, alabó la gestión de Obama durante este cuatrienio en asuntos de seguridad nacional. “El presidente nos sacó de una guerra (Irak), nos empezó a sacar de otra (Afganistán) y no nos ha metido en ningún nuevo conflicto. Su récord en contra del terrorismo ha sido sólido. Por lo tanto, creo que debemos seguir en este camino”, sentenció Powell. Igualmente, defendió los méritos del polémico plan de salud de la actual administración –conocido como ‘Obamacare’– aunque reconoció que algunos de los componentes de la ley deben ser enmendados. Powell, quien también endosó a Obama en el 2008 cuando disputó la Casa Blanca con el senador republicano por Arizona, John McCain, insistió que aun se considera republicano, pero uno “moderado, algo que lamento decir es una especie en peligro de extinción”.

AP / Archivo / J. Scott Applewhite

‘Monstruo’ al acecho

Mientras, la campaña de Obama anunció ayer que el presidente y Bill Clinton se presentarán juntos el lunes para abrir la última semana completa de campaña antes de la elección presidencial con una gira por tres estados. La presentación conjunta pone de manifiesto el papel de Clinton quizás como su principal apoyo en la intensamente disputada puja presidencial con Romney. En actos de campaña, avisos de televisión y un discurso muy bien recibido en la Convención demócrata, el expresidente ha sido un prominente defensor del desempeño de Obama en el terreno económico, cosechando elogios por explicarlo a veces mejor que el mismo Obama. La más reciente encuesta realizada por Associated Press-GfK arrojó que Romney ha eliminado la

ventaja de 16 puntos que le llevaba el presidente Barack Obama entre las mujeres. Esa agitada dinámica de género deja la contienda por la Casa Blanca todavía prácticamente en un empate, con Romney favorecido por el 47% de los probables votantes y Obama por el 45%, un resultado dentro del margen de error en la muestra del sondeo, mostró la encuesta. Ante dicho escenario, el presidente intentó ayer sacarle punta al comentario del candidato senatorial de Indiana Richard Mourdock de que los embarazos derivados de una violación son “por obra de Dios”. “No creo que los políticos de Washington, la mayoría de ellos varones, deban tomar decisiones sobre la salud de las mujeres”, afirmó Obama. “Las mujeres pueden tomar esas decisiones por sí solas”.


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Alianza tecnológica

SUMINISTRADA

negocios

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Buscan revivir Cooperativa Servicios Fúnebres REDACCIÓN NEGOCIOS, EL VOCERO

La Cooperativa de Servicios Fúnebres de Puerto Rico (CSF), deberá recibir una inyección de miles de dólares para poder mantener con vida sus operaciones, ante un déficit que le impide poder cumplir con los servicios que ofrece. La Corporación de Seguro y Supervisión de Cooperativas (COSSEC) y la Comisión de Desarrollo Cooperativo (CDCOOP) han impulsado tres reuniones para evitar el colapso de la CSF, y entre las recomendaciones han requerido la instauración de una nueva junta directiva, la realización de un plan correctivo y la adopción de medidas “firmes” para proteger la inversión de las cooperativas socias. La CSF es una cooperativa de segundo grado, y al igual que la Cooperativa de Seguros de Vida (COSVI) y la Cooperativa de Seguros Múltiples, se fundó con el capital de las cooperativas socias para lograr la prestación de un servicio particular. De acuerdo con fuentes de EL VOCERO, las decisiones equivocadas de los pasados años, en la compra y venta de propiedades, y en la mudanza continua de sus oficinas, entre otros aspectos administrativos, desangraron las finanzas de la CSF. Al punto que las cooperativas socias dejaron de ofrecer a la CSF como alternativa entre sus asociados. Esto hizo decrecer la venta de servicios fúnebres y muchas cooperativas ahora desconocen de su existencia y sus ofrecimientos.

En un sondeo informal realizado ayer entre algunas cooperativas de la zona metropolitana, cuando se les solicitaba información por los servicios fúnebres, se ofrecían como alternativa a COSVI y CUNA Mutual Group, pero no tenían información de la CSF. Se desconoce cuantos clientes tiene la CSF y si se cumple con los servicios. La CSF arrastra dificultades económicas desde hace tiempo, por lo que algunos observadores del sector estiman que las agencias reguladoras no fueron tan vigilantes para evitar llegar al nivel en que está hoy. Mientras tanto, durante una asamblea realizada en el verano, se pidió a las cooperativas socias aportar $5 mil cada una para poder capitalizar a la CSF antes de que se colocara en una sindicatura o se liquidara por el regulador. Las fuentes señalan que las acciones correctivas prácticamente tienen el efecto de una sindicatura, pero no se expresa de esa manera para evitar las especulaciones. El Comisionado de Desarrollo Cooperativo, Melvin Carrión, confirmó la existencia de un plan para capitalizar a la CSF y negó que haya un proceso de sindicatura. “Hay un proceso de reestructuración, donde los negocios no le han ido bien y en este momento necesita una capitalización de sus accionistas. Estamos en un plan de recuperación dentro de una nueva junta

que ha llevado un plan y se está trabajando con un plan de negocios y economistas, buscando nuevos horizontes”, explicó Carrión a EL VOCERO. “Estamos muy contentos con el rumbo que la cooperativa está tomando. El 90 por ciento de los accionista ha respondido a ese llamado para capitalizar a la Cooperativa de Ser vicios Fúnebres”, añadió Carrión, y dijo que la FIDECOOP también les hizo una aportación para que la junta viajara a Canadá a un evento de cooperativas con servicios fúnebres para adoptar nuevas medidas operacionales. El Comisionado opinó que “la situación de la cooperativa es de visión estratégica en como se hacen la cosas en ese sector y no se atemperó a ese cambio en la estructura interna. Se dejó de trabajar la promoción de servicios y ofrecer nuevas opciones como la cremación”. Por su parte, COSSEC, en declaraciones oficiales, dijo que detectaron las dificultades en el informe de examen de las cooperativas, lo cual “reflejó situaciones que requirieron atención inmediata”. Recomendaron actualizar la contabilidad, corregir detalles de registro de propiedad y un plan para generar ingresos. Carrión, entre tanto, aceptó que “hay que ser mas proactivo” y aumentar la supervisión.

Las tres principales empresas de tecnologías de la información Microsoft, SAP y HP- han entrado en alianza para ofrecer una solución integrada que atiende las necesidades de diversidad de empresas en Puerto Rico. Se trata de un ‘software’ integral para que las empresas locales puedan manejar todos sus procesos, de punta a punta, apoyadas por la última tecnología disponible. Según Marco Casarín, gerente general de Microsoft Puerto Rico, “el espíritu de colaboración entre Microsoft, SAP y HP es algo que hemos mantenido vivo desde hace casi 20 años, siempre con la visión de unir esfuerzos, recursos, desarrollos y conocimientos para llevar el máximo valor posible a los clientes”. Andrés González, director de Ventas de SAP Caribbean, señala que el 90% de los proyectos de SAP en el mundo incluye algún tipo de integración con Microsoft y más de 77,000 clientes SAP tienen sus instalaciones corriendo sobre infraestructura convergente de HP. Por su parte, Martin Castillo, gerente general de Hewlett Packard Caribbean, mencionó que es precisamente el éxito de estos trabajos en conjunto lo que le han motivado a crear esta alianza estratégica que permitirá ofrecer soluciones integradas a los diversos negocios en la Isla, maximizando oportunidades y recursos.

Fondos para agricultores El secretario de Agricultura, Neftalí Soto Santiago, asignó $3.7 millones para sufragar el impacto por el encarecimiento de alimentos que utiliza la industria pecuaria local, alza que se debe a la sequía en Estados Unidos. Tales costos han encarecido la producción de los agricultores puertorriqueños y con esta asignación se establece un Programa Especial de Incentivo para la compra de alimento concentrado a partir de noviembre. “En la medida en que se subsane el aumento en el costo de producción del agricultor local, podremos minimizar una posible alza en la cadena de distribución, cuyo impacto final lo recibiría el consumidor”, sostuvo el Secretario. Los agricultores deberán acudir a las Oficinas Regionales del Departamento de Agricultura que les corresponda para iniciar el trámite administrativo de solicitar el incentivo.


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Oracle promete procesos más simples ILEANEXIS VERA ROSADO, EL VOCERO

LOS CABOS, MÉXICO - Mark Hurd, presidente de Oracle, y Luiz Meisler, vicepresidente ejecutivo de Oracle Latinoamérica, reafirmaron la importancia del mercado local como el número uno en aplicaciones entre todos los países de la región. Meisler enfatizó que ante la acogida que han tenido sus aplicaciones en la Isla, identifican otras de sus tecnologías para ampliar su penetracion de mercado a nivel local, donde cuentan con una cartera amplia de clientes en el sector gubernamental y en la industria de las telecomunicaciones. Destacó que continuarán invirtiendo y simplificando su tecnología de la información (TI) para ayudar a las empresas a impulsar la innovación. Explicó que Oracle está cambiando los aspectos complejos de TI, al diseñar ‘hardware’ y ‘software’ que funcionan en forma conjunta, tanto en la nube como en los centros de datos, para llevar soluciones más eficientes y sencillas a los clientes.

plataforma ofrece soporte único a la base de datos Oracle, amplía las capacidades de infraestructura en la nube y provee nuevas funcionalidades de seguridad y cumplimiento reglamentario. También se habló del lanzamiento de la máquina de base de datos In-memory Oracle Exadata x3, que es la cuarta generación de este sistema para fuertes cargas de trabajo. En torno a la adopción del ‘cloud computer’, Javier Cordero, director general de Oracle en México, dijo que es una decisión crucial ya que una empresa necesita una plataforma tecnológica eficiente, rentable y dinámica. “No es una decisión simple, la elección del proveedor de TI en la nube para las empresas es un asunto que exige toda seriedad”, agregó y comentó que “una mala decisión tiene repercusiones contundentes”.

Entre los próximos adelantos de aplicaciones está el Oracle Solaris 11.1 que ofrece sobre 300 mejoras funcionales. Esta

AP

“Las soluciones integradas y específicas para los distintos sectores están diseñadas para abordar procesos complejos de negocio. Para una amplia gama de ellos, cuando se elimina la complejidad de TI las empresas pueden concentrarse en la innovación del negocio”, agregó Hurd.

Mark Hurd, presidente de Oracle

Elecciones presidenciales no cambiarán panorama económico ALANA ÁLVAREZ VALLE, EL VOCERO

Los resultados de las elecciones presidenciales de Estados Unidos del próximo 6 de noviembre no cambiarán en gran manera la economía del País que aún se encuentra sumido en una grave recesión, a pesar de su lento y diminuto crecimiento de este año. Por tal razón, el economista Stephen Wood, jefe de Estrategias de Mercado de Russell Investment Group, le recomendó a los inversionistas a que mantengan la calma y no sobrereaccionen. “Las políticas serán similares independientemente si revalida el Partido Demócrata con Barack Obama o si gana el Partido Republicano con Mitt Romney. El próximo presidente se enfrentará con decisiones muy difíciles, debido al estado actual de la ecomomía. Muchas políticas de Obama son similares a las de George W. Bush, en términos de estímulos e incentivos. Los códigos contributivos también serán similares. Las áreas más problemáticas no son exclusivas de una administración u otra”, detalló.

Woods indicó que la manera inteligente de invertir es lenta y pausadamente. “Las decisiones tienen que ser bien pensadas, estudiadas y analizadas. También se necesita mirar el panorama global y los mercados emergentes. Hay compañías que tienen crecimiento, aunque sea pequeño”, comentó. Woods, quien ayer ofreció la charla auspiciada por el Banco Popular 'Implicaciones económicas de las elecciones de Estados Unidos', destacó que la situación fiscal es un asunto muy diferente, ya que depende del Congreso. “Considero que se debe posponer la disciplina, ya que la economía está muy frágil, tal vez más que hace dos años, debido a que el crecimiento ha sido muy lento, tenemos mayor deuda, Europa está en una pésima situación y mercados sólidos como China han detenido su crecimiento. Entiendo la necesidad de tener un presupuesto balanceado, pero no necesariamente tiene que ser hoy”, recalcó.


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¡A puñetazo limpio!

¿Blancopisados? ¡No!

ARTURO YÉPEZ

LUIS DÁVILA COLÓN, ANALISTA POLÍTICO Y ABOGADO

Voy a votar ‘No’, porque no me quiero ir a “ Florida. Quiero vivir tranquilo en mi estado digno, progresista e hispano: mi amado Puerto Rico ” La soga siempre rompe por lo más finito. Los boricuas siempre le buscamos cinco patas al gato y no importa lo que ocurra, siempre hay alguien a quien acusar por nuestros temores y metidas de pata. Lo último en la avenida estadista es acusar al empresario radial Getulio Blanco Pi de confundir a los electores más viejos estadistas, particularmente rossellistas, al asumir una línea editorial en su emisora WAPA Radio que pide un voto por el ‘Sí’ y que para evitar la Independencia. Los más propensos a dar ese voto contradictorio son los electores de mayor edad que le tienen terror a la Independencia y que en sus años dorados no tienen a dónde ir.

VOX

Antes que todo, señalo que discrepo respetuosamente de la absurda postura de la familia Blanco, pero reconozco que como ciudadanos ese es su derecho de opinión y de prensa. Un derecho tan igual como el mío. Sin embargo, pretender echarle la culpa a WAPA Radio por las propensidades colonialistas y cipayas de los PNP, es faltarle a parte de la verdad. Digo esto porque por décadas he denunciado que históricamente el PNP se ha comportado como el partido más colonialista de Puerto Rico, por su insistencia de pretender gobernar lo ingobernable y su afinidad a jugar el juego perdidoso de ser administradores de la colonia. No podemos echarle la culpa a WAPA Radio por el gustito colonialista que puedan haber aprendido los electores del PNP luego de 44 años de ‘chupachupas’ y de tener miedo de los populares. En segundo lugar, el problema de la llamada confusión se debe a lo mal redactada que estuvo la primera pregunta plebiscitaria. Condené y anticipé ese obstáculo. Carlos Romero y Ricky Rosselló lo hicieron también. Nadie nos hizo caso y los legisladores del PNP aprobaron la ley como les salió del fundillo. Ahora, se quejan de que se presta a desorientación. Wow. La pregunta debió haber sido redactada al revés. ‘¿Quiere usted un cambio de status político, sí o no?’ Eso hubiera sido tan sencillo como para poner a los anticolonialistas a votar ‘Sí’, quiero un cambio, y a los populares colonialistas a votar ‘No’, estoy contento como estoy. Aun con el defecto de redacción, a mi entender todavía no debe haber confusión, salvo que usted le tenga miedo a la libertad y al cambio. La pregunta está claramente redactada. ‘¿Está usted de

Prohibida la reproducción / arturoyepez@aol.com

acuerdo con mantener la condición política actual?’ La contestación para todo buen estadista, independentista y soberanista que se respete a sí mismo, no puede ser más obvia: un rotundo ‘NO’ mayúsculo. Está blancopisado el que quiera. Si los supuestos estadistas están ‘desorientados’, entonces no son estadistas na’.

nista que juega a la democracia. En Puerto Rico también hay una oligarquía hegemónica que nos ha mantenido en la retranca del ELA y nos ha hecho creer que aquí hay verdadera democracia cambiando el embarre de un calzoncillo por otro cada cuatro años. Es hora de sacarlos del gobierno permanente.

Después de este mierdero ELA de 60 años y de 520 años de colonialismo, es bien fácil decirle ‘No’ a la colonia. Los verdaderos puertorriqueños, los que no estamos dispuestos a entregarle nuestro país a los Castro, Hugo Chávez, Evo Morales y Sandinistas de la vida, sabemos que la única manera de iniciar la revolución es diciéndole ‘No’ al ELA y sumar un voto mayoritario por la Estadidad. Ese es el único mensaje consistente que va a respetar y entender el Congreso. El único camino hacia la emancipación, la igualdad y la liberación. No hay blancopiiismo ni waparapiiismo que pueda tapar esa verdad. ‘Idiot proof’.

Voy a votar ‘No’, para liberarme de esa dictadura comunistarista, populista y mediática. Voy a votar ‘No’, porque nuestros hijos y nietos merecen un país que no lo dominen los mogules periodiqueros y las millonarias empresas que no quieren pagar impuestos federales.

Para avanzar hay que decirle ‘No’ a los colonialistas del ‘Sí’ y votar bien grande por la Estadidad. No hay desorientación que valga. Voy a votar ‘No’ y estadista, para darle mi más enérgica repulsa a más de medio milenio de miseria y pobreza. Voy a votar ‘No’ y estadista, para detener la sangría de hijos de esta patria, que de forma similar a los exiliados cubanos, han tenido que salir de su país a empezar nuevas vidas en los estados huyéndole a las miserables condiciones políticas, a la violación de derechos humanos y a las terribles condiciones económicas y sociales que predominan en nuestras patrias. En Cuba hay un partido hegemónico comu-

Voy a votar ‘No’ y por la Estadidad, para que se termine el discrimen histórico contra los ciudadanos americanos de nuestra patria y para que, como boricuas, se nos respete como iguales y de tú a tú en la nación de la que formamos parte. Como estadista histórico voy a votar ‘No’, para que mis nietos tengan opciones a una educación decente y a una mejor calidad de vida. Voy a votar ‘No’, para reafirmar los derechos civiles negados a mi país y a la mitad perseguida y amordazada de esta colonia: los estadistas. Voy a votar ‘No’, porque no me quiero ir a Florida. Quiero vivir tranquilo en mi estado digno, progresista e hispano: mi amado Puerto Rico. Eso sí, los que ya perdieron una patria, no tienen derecho a impedir que los puertorriqueños rescatemos la nuestra, que ya está casi perdida a la plaga y a la peste del colonialismo. Ni un paso atrás. ¡Estado y fuertes, venceremos!...


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VOX / VIERNES, 26 DE OCTUBRE DE 2012 El periódico de Puerto Rico

La realidad del Estado Libre Asociado MARIO RAMOS MÉNDEZ, HISTORIADOR

en 1952 no fue un pacto. Exponerlo de esa manera sería “Lo que seunadiofarsa y un engaño al pueblo de Puerto Rico ” A: Juan Eugenio Hernández Mayoral

VOX

Luego de aprobada la Ley 600 en 1950, estatuto que autorizó a Puerto Rico redactar su propia Constitución, para colmo de males se aprobó en el Congreso en inglés y no en español. Su oficialidad es en el idioma de Shakespeare y no en el de Cervantes, los artículos de las antiguas leyes Foraker de 1900 y Jones de 1917, que no fueron derogados, pasaron a llamarse Ley de Relaciones Federales con Puerto Rico. Se le hizo creer al Pueblo que con la nueva Constitución de Puerto Rico se adquiría un estatus político único, digno y de soberanía emanada del Pueblo, y que los tiempos en que Puerto Rico navegaba por las turbias aguas del colonialismo eran cosa del pasado. En cambio, la nueva Ley de Relaciones Federales con Puerto Rico desmintió ese alegato deshonesto que se ha venido vertiendo por los pasados 60 años, al punto que algunos artífices de las elucubraciones estadolibristas han usado el falaz eufemismo de “déficit de democracia”. Reza el Artículo 1 de la Ley de Relaciones Federales: “Las disposiciones de esta ley se aplicarán a la Isla de Puerto Rico e islas adyacentes pertenecientes a Estados Unidos, y a las aguas de esas islas; y el nombre de Puerto Rico, usado en esta ley, se entenderá que incluye no solo a la isla de este nombre sino también a todas las islas adyacentes, como queda dicho”. De su faz vemos que el archipiélago de Puerto Rico es propiedad de Estados Unidos de América. Por conducto del Congre-

so ejerce ese derecho propietario sobre nuestra isla. La jurisprudencia federal es considerable en cuanto a que el Congreso de Estados Unidos es quien ejerce el poder. El Artículo IV Sección 3 de la Constitución de Estados Unidos, la llamada cláusula territorial de la Constitución, claramente así lo dispone: “El Congreso podrá disponer de, o promulgar todas las reglas y reglamentos necesarios en relación con, el territorio o cualquier propiedad perteneciente a los Estados Unidos. Ninguna disposición de esta Constitución se interpretará en forma tal que pudiere perjudicar cualesquiera reclamaciones de los Estados Unidos o de algún estado en particular”. Sin embargo, el Artículo 9 de la Ley de Relaciones Federales, ley que el fenecido jurista puertorriqueño Antonio Fernós López-Cepero sabiamente bautizó ‘Ley de Relaciones Coloniales con Puerto Rico’, es el más dramático y el que descorre el velo del colonialismo, pues evidencia que lo creado en 1952 no fue un estatus sino un estatuto. Reza este artículo: “Las leyes estatutarias de Estados Unidos que no sean localmente inaplicables, salvo lo que en contrario se dispusiere en la presente, tendrán el mismo efecto y validez en Puerto Rico que en Estados Unidos, excepción hecha de las leyes de rentas internas que no sean aquellas contenidas en la Ley sobre el Comercio de Filipinas de 1946; disponiéndose, sin embargo, que en lo sucesivo todos los impuestos que se recauden con arreglo a las leyes de rentas internas de Estados Unidos sobre artículos producidos en Puerto Rico y transportados

a Estados Unidos, o consumidos en la Isla, ingresarán en el Tesoro de Puerto Rico”. Es este artículo el fundamento del colonialismo en Puerto Rico. El Congreso, a su antojo y por su poder omnímodo, nos incluye en toda legislación sin consulta de su parte ni consentimiento de la nuestra. Por tanto, lo que se dio en 1952 no fue un pacto. Exponerlo de esa manera sería una farsa y un engaño al pueblo de Puerto Rico. En las vistas para la aprobación del llamado Estado Libre Asociado, el congresista demócrata por Arizona y presidente del Comité de Territorios y Asuntos Insulares de la Cámara de Representantes de Estados Unidos, John R. Murdock, dijo: “Cuando nosotros aprobemos aquí leyes para Estados Unidos, tales leyes se convertirán en la suprema ley del país en Puerto Rico, en la misma forma en que son la suprema ley del país en Estados Unidos”. (Véase Vicente Géigel Polanco, ‘La Farsa del Estado Libre Asociado’). Por otro lado, el congresista republicano por Michigan, Fred Crawford afirmó, luego de haberse terminado en Puerto Rico los trabajos de la Convención Constituyente: “The Congress of the United States can still completely control affairs in Puerto Rico” (Véase Congressional Record. Washington, 1952). En fin, Estado Libre Asociado es el nombre de la Constitución, no de la relación. Por eso, el Congreso, cada día, ejerce mayor poder sobre nosotros. Comentarios a: marioramosmendez@yahoo.com


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VOX Educación ambiental: Vital para un mejor Puerto Rico BRENDA REYES TOMASSINI, RELACIONISTA PROFESIONAL

Una lectura a las plataformas y planes de trabajo de los seis partidos que se disputan las elecciones generales del próximo 6 de noviembre revela que en el área ambiental las estrategias propuestas siguen obviando la médula del problema de la protección de los recursos y el desarrollo de un país sustentable. Ningún partido incluye implementar la educación ambiental como política pública del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. En nuestro país no existe un currículo formal de educación ambiental dentro del sistema de enseñanza K-12. Tampoco hay una política pública sobre la educación ambiental y somos uno de cinco países en América que carecen de esta. En Puerto Rico, el trabajo de educar sobre la protección ambiental ha sido relegado a agencias estatales, la academia y organizaciones ambientales y no gubernamentales, algunos de los cuales hacen de tripas corazones con los recursos que le son asignados. O peor aun, dependen de propuestas para sus proyectos de esta índole. Pero no hay un plan concertado que integre la educación ambiental de forma escalonada y efectiva a todas las materias dentro del currículo escolar. En la jurisdicción federal, el Congreso aprobó en 1990 la Ley Nacional de Educación Ambiental, facultando a la Agencia Federal de Protección Ambiental (EPA, por sus siglas en inglés) a liderar los esfuerzos para establecer un currículo de educación ambiental en escuelas estatales. El estado de Washington, por ejemplo, estableció al amparo de esta ley su propia ley estatal en 1991, la cual establece la educación ambiental como una materia de estudio mandatoria e interdisciplinaria para todos los grados. En nuestra isla, algunos colegios y escuelas privadas y públicas han integrado la educación ambiental a su currículo, en una clase electiva o en iniciativas dentro de la comunidad escolar. Sin embargo, la educación ambiental debe ser una materia legítima en todas nuestras escuelas,

EL VOCERO / Archivo

En nuestro país no existe un currículo “ formal de educación ambiental dentro del sistema de enseñanza ”

ya que trasciende la ciencia tradicional, a donde se ha relegado. Es multidisciplinaria y abarca temas tan diversos como Ciencias Sociales, Economía, investigación, Justicia Social y Ética, entre otros. La educación ambiental fomenta en el niño respeto y valores que se traducen en actitudes positivas y una mejor calidad de vida. No debe ser información que reciben nuestros niños solamente en la Semana de la Ciencia o el Día del Planeta Tierra. Que sea parte del currículo escolar es primordial para el desarrollo de nuestro país en todos los aspectos. De nada nos valen iniciativas sostenibles si los ciudadanos no están educados a una cultura que promueva la protección del ambiente y los recursos y rechace el consumo desmedido. En Puerto Rico, 14 escuelas (públicas y privadas) han sido reconocidas como ecoescuelas por el Programa Bandera Verde de la Organización Pro Ambiente Sustentable (OPAS). El trabajo desarrollado por OPAS puede servir de ejemplo para implementar un programa piloto, en una región educativa Ninguna estrategia ambiental propuesta por estos seis candidatos o cualquier otro en el futuro, será efectiva si no comenzamos por la raíz del problema: incluir la educación ambiental como materia de estudios compulsoria en el currículo escolar.


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VOX / VIERNES, 26 DE OCTUBRE DE 2012 El periódico de Puerto Rico

VOX

FUNDADO POR GASPAR ROCA 29 de abril de 1974

REDACCIÓN

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Director Gráfico Jorge Vargas

EL VOCERO / Archivo

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Confusión en el debate plebiscitario

ADMINISTRACIÓN

CARLOS A. COLÓN DE ARMAS, PROFESOR DE FINANZAS, UPR Presidente Peter W. Miller

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Vicepresidente Sénior de Ventas Edwin Cruz

Vicepresidente de Ventas Rafael Bautista

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Directora Departamento de Tráfico Ilia M. Pérez Centeno

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Una economía como la nuestra, que en el año fiscal 2011 generó un “ ingreso personal disponible de $56,949 millones, no puede aportarle a la economía de Estados Unidos $60,558.1 millones ”

El debate que ha girado en torno a la consulta plebiscitaria que se avecina, particularmente en lo que a aspectos económicos se refiere, ha estado muy confuso. En el proceso, no se le ha brindado al Pueblo la información correcta que le permita tomar una decisión adecuada. Por un lado, algunas personas se han dedicado a esbozar argumentos incorrectos sobre las diversas fórmulas disponibles. Por otro lado, hay quienes le dan más crédito al estatus actual del que amerita a base de la evidencia disponible. Veamos, por ejemplo, los principales argumentos económicos esbozados por los defensores de las tres fórmulas de estatus en el debate del plebiscito el pasado 15 de octubre. Juan Dalmau: Durante el año fiscal 2011, el ingreso personal disponible de los puertorriqueños ascendió a $56,949 millones (Apéndice Estadístico, 2011, Tabla 1). Con ese nivel de ingresos, hay quienes se empeñan en esgrimir el inverosímil argumento de que Puerto Rico le aporta alrededor de $60,000 millones a la economía de Estados Unidos. Si absurda es esa cifra, el candidato a la gobernación por el Partido Independentista Puertorriqueño argumentó que esa contribución llega a más de $70,000 millones, lo cual es evidentemente falso.

Luis Delgado: El presidente de la Alianza pro Libre Asociación Soberana (ALAS) argumentó que, para poder participar de la globalización, Puerto Rico tiene que cambiar de estatus político y que adoptar la libre asociación es la mejor forma de lograrlo. Lo cierto es que Puerto Rico ya participa de la globalización, aunque no muy

efectivamente. Puerto Rico es parte de todos los acuerdos de libre comercio de los cuales Estados Unidos es signatario. A manera de ejemplo, Estados Unidos es miembro del Acuerdo General Sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (‘General Agreement on Tariffs and Trade’ o ‘GATT’) que hoy en día incluye a 153 países y que administra la Organización Mundial del Comercio. Ese acuerdo protege ya a las empresas puertorriqueñas. De la misma forma, por ser parte de Estados Unidos, Puerto Rico ya participa de acuerdos tales como el Tratado de Libre Comercio de América del Norte (‘NAFTA’, por sus siglas en inglés), el Tratado de Libre Comercio entre República Dominicana, Centroamérica y Estados Unidos (‘CAFTA-DR’, por sus siglas en inglés) y otros acuerdos similares de libre comercio. La realidad es que, para que la participación de la Isla en la globalización sea más efectiva, lo único que se requiere es la voluntad de las empresas puertorriqueñas y crear en la Isla el ambiente de negocios adecuado que les permita operar con una estructura de costos competitiva a nivel global. El ‘Estado Libre Asociado Soberano’ no contribuiría en nada hacia el logro de esos objetivos.

Luis Fortuño: El gobernador de Puerto Rico señaló que el estatus político actual le sirvió bien a la Isla durante las décadas de los años 50 y 60, pero que ya perdió utilidad. Ese argumento, aunque muchas personas lo utilizan, no tiene base alguna en la realidad. La verdad es que el estatus político actual de Puerto Rico no se estableció en el año 1952, sino que sus principales componentes datan desde mucho antes de esa fecha. Además, no hay prueba que demuestre que ese estatus fue efec-

tivo durante esas dos décadas. Por el contrario, la evidencia disponible tiende a sugerir que, en términos económicos, el estatus político actual de la Isla nunca ha sido beneficioso para los puertorriqueños. Lo sorprendente de toda esa confusión es que el estatus político de Puerto Rico, más que un asunto económico, es fundamentalmente un problema de derechos humanos. El problema consiste en que, bajo el estatus político actual, a los puertorriqueños se nos violan nuestros derechos al tener que cumplir las leyes de un gobierno que no ayudamos a elegir y en el cual no tenemos participación efectiva. Encima de eso, le tenemos que pagar impuestos a ese mismo gobierno. No se requiere un análisis complicado para demostrar que las dos alternativas que detienen esa violación de derechos también son superiores, en términos económicos, al estatus político actual. Con relación a la Estadidad, existen 50 estados y todos y cada uno de ellos están mejor, económicamente, que Puerto Rico. Por otro lado, de los muchos países independientes que existen hay muchos, aunque no todos, en mejores condiciones económicas que Puerto Rico. En materia de estatus, quedarnos como estamos no puede ser una opción, pues ninguna sociedad que se respete a sí misma debe favorecer una condición política a través de la cual se le violan sus derechos. Para beneficio de los puertorriqueños, cambiar el estatus sería mejor desde la óptica económica también. El 6 de noviembre, ¡VOTEMOS POR EL CAMBIO!


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VIERNES, 26 DE OCTUBRE DE 2012 El periódico de Puerto Rico

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The plaintiff named above has filed a lawsuit against you in the Superior Court of New Jersey. The complaint attached to this summons states the basis for this lawsuit. If you dispute this complaint, you or your attorney must file a written answer of motion and proof of service with the deputy clerk of the Superior Court in the county listed above within 35 days from the date you received this summons, not counting the date you received it. (The address of each deputy clerk of the Superor Court is provided.) If the complaint is one in foreclosure, then you must file your written answer of motion and proof of service withe the Clerk of the Superior Cour, Hughes Justice Complex, CN-971, Trenton, New Jersey 08625. A filing fee payable to the Clerk of the Superior Court and a completed Case Information Statement (available from the deputy clerk of the Superior Court) must accompany your answer of motion when it is filed. You must also send a copy of your answer or motion to plaintiff’s attorney whose name and address appear above, or to plaintiff, if no attorney is named above. A telehpone call will not protect your rights: you mus file and serve a written answer or motion (with fee and completed Case Information Statement) if you want the court to hear your defense. If you do not file and serve a written answer or motion within 35 days, the court may enter a judgment against you for the relief plaintiff demands, plus interest and costs of suit. If judgment is entered against you, the Sheriff may seize your money, wages or property to pay all or part of the judgment. If you cannot afford an attorney, you may call the Legal Services office in the county where you live. A list of these office is provided. If you do not have an attorney and are not eligible for free legal assistance, you may obtain a referral to an attorney by calling one fo the Lawyer Referral Services. A list of these numbers is also provided. Dated: October 3, 2012. Jennifer M. Perez, Acting Clerk of the Superior Court. CB-242 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA. SALA DE CANOVANAS EN RIO GRANDE.

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JUANA S. FIGUEROA ORTIZ JOHN DOE Y RICHARD ROE Y LA PROPIEDAD EN LA CALLE 7 J-5 EN JARDINES DE PALMAREJO EN CANOVANAS Demandados Civil Número: FBCI201101079. Sobre: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTOS. ESTADO UNIDOS DE AMERICA. EL PRESIDENTE DE LOS EE.UU. SS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. A: JUANA S. FIGUEROA ORTIZ, JOHN DOE Y RICHARD ROE Y LA PROPIEDAD EN LA CALLE 7 J-5, JARDINES DE PALMAREJO, CANOVANAS. POR MEDIO del presente edicto se le notifica de la radicación de una demanda en cobro de dinero y ejecución de hipotecas por la vía ordinaria en la que se alega que adeuda a la demandante

Departamento de la Vivienda de Puerto Rico ciertas sumas de dinero. La demandante Departamento de la Vivienda de Puerto Rico ha solicitado que se dicte sentencia contra usted y se le ordene pagar las cantidades anteriormente mencionadas. POR EL PRESENTE EDICTO se le emplaza y requiere para que conteste la demanda radicando el original de su contestación ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Canóvanas en Río Grande y notificándole con copia de dicha contestación al abogado del demandante Lcdo. Rolando A. Silva, 61 Ave. De Diego, Suite 2-A, San Juan, Puerto Rico 00911, teléfono: 787-726-1919, dentro del término de treinta (30) días siguientes a la fecha de publicación de este edicto; si dejare de así hacerlo se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia contra usted concediendo el remedio solicitado sin más citarle ni oírle. Se le advierte que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del edicto, se le estará enviando a usted por correo certificado con acuse de recibo, una copia del emplazamiento y de la demanda presentada al lugar de su última residencia conocida que lo es: Calle 10, HH-28, Urb. Jardines de Palmarejo, Canóvanas, Puerto Rico 00729. EXPEDIDO bajo mi firma y el sello del Tribunal de Río Grande, Puerto Rico, hoy día JUL 17 de 2012. Miriam Rosa Maldonado, Secretaria Regional. Secretario (a). Sue Laurie Soto Acevedo, Secretaria Auxiliar. CB-9947 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR.

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MARIA MERCEDES ORTIZ CEPEDA Demandados CIVIL NUM: F CD2007-1745 (402). SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA). Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 26 de marzo de 2012, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 7 de noviembre de 2012, a las 10:00 de la mañana, en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE CAROLINA. Siendo ésta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $72,000.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 14 de noviembre de 2012, a la 1:30 de la tarde, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $48,000.00. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE CAROLINA. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 21 de noviembre de 2012, a la 1:30 de la tarde, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: “RUSTICA: Solar marcado con el número A guión SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO (A-688) del plano de inscripción del Proyecto de Vivienda a bajo costo denominado

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VBC-4 radicado en el Barrio Hoyo Mulas del término municipal de Carolina, Puerto Rico, con una cabida superficial de DOSCIENTOS TREINTA Y NUEVE PUNTO SETENTA Y CINCO (239.75) METROS CUADRADOS. En lindes por el NORTE, con Benicio Sánchez Castaño; por el SUR, con calle número Nueve (9); por el ESTE, con el solar número A-687 (pared medianera); y por el OESTE, con el solar número A-689. Enclava una estructura dedicada a vivienda sobre la cual existe una servidumbre por signo aparente establecida por la Corporación vendedora en la pared que divide dicha estructura de la estructura enclavada en el solar A-687 cuya pared continuara sirviendo a esta estructura y permanecerá en común proindiviso en toda su actual extensión y espesor al propietario de esta edificación y propietario de la edificación colindante”. Inscrita al folio 215 del tomo 1376 (Agora) de Carolina, finca #21,221, inscripción 10ma., del Registro de la Propiedad de Carolina, Sección Segunda. DIRECCION: URB. JOSE SEVERO QUIÑONEZ A-688 CALLE 9 CAROLINA, PUERTO RICO. Surge del Estudio de Título efectuado en el caso de epígrafe que sobre la finca descrita anteriormente, pesa un gravámen preferente consistente en una primera hipoteca, en garantía de un pagaré a favor de BANCO Y AGENCIA DE FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO, o a su orden, por la suma principal de $46,550.00, con intereses al 7% anual, vence el 1ro. de julio de 2025, según consta de la escritura #244, otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 21 de junio de 1995, ante la Notario Público Rita Lynne Rodríguez de la Rocha, inscrita al folio 137 del tomo 523 de Carolina, finca #21,221, inscripción 6ta., del Registro de la Propiedad de Carolina, Sección II. Se advierte que este crédito continuará subsistente al crédito que se ejecuta en el caso de epígrafe y mediante esta subasta. Asimismo, se advierte que el remanente en subasta quedará subrogado en la responsabilidad del pago del mismo y el precio que se obtenga en la Subasta, o sea, el precio de remate, no se destinará a la extinción del mismo. Surge del Estudio de Título efectuado en el caso de epígrafe que sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la primera hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento, los que se relacionan más adelante, y a cuyos tenedores se les notifica mediante este edicto anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta, de la ejecución de la primera hipoteca, para que comparezcan a la subasta en la fecha, hora y sitio antes indicados, a proteger sus derechos, si así lo estiman a bien: (1) A: R&G PREMIER BANK OF PUERTO RICO, o al tenedor de un pagaré a la orden de éste, por la suma principal de $18,000.00, con intereses al 6.75% anual, vence el 1ro. de diciembre de 2020, según consta de la escritura #850 otorgada en Carolina, Puerto Rico, el 29 de noviembre de 2005, ante el Notario Público Antonio José Cruz Bonilla, inscrita al folio 215 del tomo 1376 (Agora) de Carolina II, finca #21,221 inscripción 11ma., del Registro de la Propiedad de Carolina, Sección II. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la sentencia antes mencionada por la suma principal de $69,885.90 más intereses sobre dicha suma al tipo del 6.500% anual, desde el día 1 de junio de 2008, hasta su total y completo pago, más la suma estipulada de $7,200.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en CAROLINA, Puerto Rico, hoy día 14 de agosto de 2012. Samuel González Isaac, ALGUACIL. CB-239 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA. SALA DE RIO GRANDE

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante vs.

ABNER A. MEDINA ALEJANDRO t/c/c


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CLASIFICADOS / VIERNES, 26 DE OCTUBRE DE 2012 El periódico de Puerto Rico

ABNER ANTONIO MEDINA ALEJANDRO GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA Demandada CIVIL NUM.: FBCI2012-00533. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS. SS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. A: ABNER A. MEDINA ALEJANDRO t/c/c ABNER ANTONIO MEDINA ALEJANDRO. Por la presente les notifica que se ha radicado en su contra una demanda en cobro de dinero y ejecución de hipoteca por la vía ordinaria. En dicha demanda se solicita el pago de $96,586.38, de principal, más los intereses y cargos acumulados al 6.50% anual desde el 1 de noviembre de 2011 y los que se acumulen de esa fecha en adelante, más los recargos por mora pactados y las partidas por seguro hipotecario; más 10% de la suma original del pagaré por concepto de las costas, gastos y honorarios de abogado; más cualesquiera otros adelantados que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. Dicha deuda se encuentra garantizada con una hipoteca sobre un inmueble ubicado en Hacienda Luna Llena, 6 calle Garfield, Canóvanas, PR 00729, la cual será ejecutada y vendida en pública subasta de no realizarse el pago por la suma adeudada. Se le emplaza y requiere para que notifique al Lcdo. Carlos R. Sosa Padró, PO Box 191682, San Juan, Puerto Rico 00919-1682; Tel. (787) 2500081, abogados del Banco Popular de Puerto Rico, con copia de la contestación a la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto y radicar el original de dicha contestación en este Tribunal en donde podrá enterarse de su contenido. Si dejare de hacerlo, podrá anotársele la rebeldía y se le dictará sentencia concediendo el remedio solicitado sin más citarle ni oírle. EXPEDIDO bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. En Río Grande, Puerto Rico, hoy SEP. 13 de 2012. Miriam Rosa Maldonado, Secretaria Regional. Secretario (a). Maricruz Aponte Alicea, Secretaria Auxiliar. ED-6002 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMON.

DORAL BANK Demandante v.

JOSE O’NEILL GALARZA SOTELO t/c/c JOSE O. GALARZA SOTELO t/c/c JOSE ONEILL GALARZA SOTELO y su esposa MIGDA ESTHER CALO CRUZ y la Sociedad Legal de Gananciales constituida por éstos Demandado(a) CIVIL: D CD2012-1637. SALA 701. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: JOSE O’NEILL GALARZA SOTELO t/c/c JOSE O. GALARZA SOTELO t/c/c JOSE ONEIL GALARZA SOTELO por sí y en representación de la Sociedad Legal de Bienes Gananciales constituida con su esposa MIGDA ESTHER CALO CRUZ. MIGDA ESTER CALO CRUZ por sí y en representación de la Sociedad Legal de Bienes Gananciales constituida con su esposo JOSE O’NEILL GALARZA SOTELO t/c/c JOSE O. GALARZA SOTELO t/c/c JOSE ONEILL GALARZA SOTELO. LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES compuesta por JOSE O’NEILL GALARZA SOTELO t/c/c JOSE O. GALARZA SOTELO t/c/c JOSE ONEILL GALARZA SOTELO y su esposa MIGDA ESTHER CALO CRUZ. P/C DE: JOSE O’NEILL GALARZA SOTELO t/c/c JOSE O. GALARZA SOTELO t/c/c JOSE ONEILL GALARZA SOTELO. LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES compuesta por JOSE

O’NEILL GALARZA SOTELO t/c/c JOSE O. GALARZA SOTELO t/c/c JOSE ONEILL GALARZA SOTELO y su esposa MIGDA ESTHER CALO CRUZ. P/C DE: MIGDA ESTHER CALO CRUZ. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que 16 de octubre de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 18 de octubre de 2012. En BAYAMON, Puerto Rico, el 18 de octubre de 2012. MIGDALIA RIVERA COLON. NOMBRE SECRETARIO(A). MARILYN COLON CARRASQUILLO. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. CB-9948 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE AIBONITO SALA SUPERIOR.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.

La Sucesión del finado AMALIO RAMIREZ RODRIGUEZ compuesta por DALITZA RAMIREZ FIGUEROA y la Sucesión de la finada FELICIANA FIGUEROA TORRES compuesta por DALITZA RAMIREZ FIGUEROA EDITH MARIA MEJIAS FIGUEROA CARMEN MARIA MEJIAS FIGUEROA ANGEL LUIS MEJIAS FIGUEROA XYZ; (herederos desconocidos) ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO y CRIM

caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $33,250.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 14 de noviembre de 2012, a las 2:30 de la tarde, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $22,166.66. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE AIBONITO. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 21 de noviembre de 2012, a las 2:30 de la tarde en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: “RUSTICA: Parcela marcada con el número 356 en el plano de parcelación de la comunidad rural Pastos del Barrio Pastos del término municipal de Aibonito, Puerto Rico, con una cabida superficial de 0.1137 cuerdas, equivalentes a 446.75 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con la parcela número 355 de la comunidad, por el SUR, con la parcela número 357 de la comunidad, por el ESTE, con Liberato Torres y por el OESTE, con la calle la comunidad. En este solar enclava una estructura de concreto para fines residenciales”. Inscrita al folio 232 del tomo 1 58 de Aibonito, finca #8,312, inscripción 4ta., del Registro de la Propiedad de Barranquitas. Dirección: Comunidad Rural Pastor Parcelas Nuevas Carr. 162 Km. 6.4 Núm. 356 Aibonito, Puerto Rico. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $24,612.21 más intereses sobre dicha suma al tipo del 7.000% anual, desde el día 1 de noviembre de 2008, hasta su total y completo pago, más la suma estipulada de $3,325.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en AIBONITO, Puerto Rico, hoy día 10 de agosto de 2012. José O. Meléndez Rodríguez, ALGUACIL. Por: Luis E. Díaz Díaz, Alguacil #359.

POR EDICTO. A: PEDRO CABRERA BONET t/c/c PEDRO ORLANDO CABRERA BONET, su esposa MAGDA MAYOL VELEZ t/c/c MAGDA IVETTE MAYOL VELEZ y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos --- 1) 2 Wood Hole RD, Cranford, NJ 07016-- 2) SR 1 Km 47.1 Beatriz, Caguas, PR 00725. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que el 9 de octubre de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia o Sentencia Parcial en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia o Sentencia Parcial , de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 16 de octubre de 2012. En CAGUAS, Puerto Rico, el 16 de octubre de 2012. CARMEN IRIS GARCIA PEREZ. NOMBRE SECRETARIO(A) REGIONAL. MARIA ESTHER RIVERA RIVERA. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. CB-245 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA. SALA SUPERIOR DE ARECIBO

ISABEL ROMAN RIOS SOLICITANTE VS.

PEDRO CABRERA BONET t/c/c PEDRO ORLANDO CABRERA BONET su esposa MAGDA MAYOL VELEZ t/c/c MAGDA IVETTE MAYOL VELEZ y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos

CB-9949 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE AIBONITO SALA SUPERIOR.

SCOTIABANK DE PUERTO RICO

EX PARTE

Demandante v.

CIVIL NUM. CJV2012-0440. 404 SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO. EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. AVISO A CUALQUIER PERSONA CON INTERES. Por la presente se cita a cualquier interesado para que dentro de veinte días contados desde la última publicación de este aviso exponga lo que a sus intereses convenga, en el expediente de dominio promovido por el Lcdo. Gonzalo Iguina Mella a nombre de la peticionaria Isabel Román Ríos, para que se decrete el dominio a favor de esta sobre la siguiente propiedad: -“RUSTICA: Radicada en el sitio Barranca del Barrio Hato Abajo de la ciudad de Arecibo, Puerto Rico, compuesta de quinientos (500) metros cuadrados de terreno. En lindes por el Norte con José Terraza por el Sur con Sucesión Mena, Este con José Terraza y camino vecinal y Oeste con Confesor González Rivera. - Dicha propiedad consta inscrita en el Negociado de Tasación de la propiedad bajo el número 06029-030-415-02-001. Esta propiedad no consta inscrita en el Registro de la Propiedad. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, estampo aquí mi firma y sello hoy AUG 15, 2012. Mariluz Díaz Rodríguez, Sec. Reg. Secretario. Micheline Reyes Torres, Secretaria Auxiliar. Sub-Secretario.

RUBEN FERNANDEZ ROSADO JOVINA HERNANDEZ SERRANO y MARIA KEILA GARCIA GONZALEZ

ED-6003 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE CAGUAS. CB-238. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIDemandados BUNAL DE PRIMERA INSTANCIVIL NUM: B CD2007-0001. CIA SALA DE BAYAMON. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA). Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Demandante SS. EDICTO ANUNCIANDO Vs. Demandante PRIMERA, SEGUNDA Y TERVs. CERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 20 de marzo de 2012, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este Demandados EDICTO que la PRIMERA SUCIVIL NUM. DCD-2012-0302 BASTA habrá de celebrarse el (502). SOBRE: COBRO DE DIdía 7 de noviembre de 2012, a NERO Y EJECUCION DE HIPOlas 10:30 de la mañana, en mi TECA. EDICTO. Estados Unioficina, sita en el local que ocupa dos de América. El Presidente el Tribunal de Primera Instancia Demandado(a) de los Estados Unidos. ss El de Puerto Rico, SALA DE AIBONITO. Siendo ésta la PRIMERA CIVIL NUM.: E CD2012-0303. Gobierno de Puerto Rico. A: SUBASTA que se celebra en es- SALA: 401. SOBRE: COBRO DE CARLOS IRIZARRY GUZMAN, te caso, el tipo mínimo aceptable DINERO Y EJECUCION DE HI- Barrio Santa Olaya solar núcomo oferta en la PRIMERA SU- POTECA VIA ORDINARIA. NO- mero 6 Carr. 8829, Bayamón, BASTA que se celebra en este TIFICACION DE SENTENCIA PR 00956. Por la presente que-

DORAL BANK como agente de servicio de SCOTIABANK

da notificado el co-demandado, Carlos Irizarry Guzmán, que la parte demandante ha radicado demanda en este Tribunal solicitando el cobro de dinero y ejecución de la hipoteca por la suma de $80,000.00, sin intereses, garantizada según consta por la escritura número 27 otorgada en Bayamón, Puerto Rico, el 12 de junio de 2009, ante la Notario Yaritza Deyá Meléndez. Se le advierte que transcurridos treinta días desde la publicación de este Edicto, el que se publicará una sola vez no ha habido oposición a la demanda el Tribunal anotará su rebeldía y dictará sentencia concediendo el remedio solicitado sin más citarle ni oírle. Se notificará dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del edicto a la parte demandada a su última dirección conocida la Barrio Santa Olaya solar número 6 Carr. 8829, Bayamón, PR 00956, con copia de la demanda presentada y del emplazamiento. Deberán notificar su contestación a la parte demandante por conducto de su abogado LCDO. ARNALDO I. FERNANDINI SANCHEZ, Ave. Adams número 1647, Summit Hills, San Juan, Puerto Rico 00920-4510, Tel. 787-792-8644 apercibiéndole que de no radicar alegaciones responsivas a la demanda dentro del término de treinta (30) días se ordenará al Secretario la anotación de rebeldía y se dictará sentencia concediendo el remedio solicitado sin más citarle ni oírle. Dada en Bayamón, Puerto Rico, a SEP. 12 de 2012. Migdalia Rivera Colón, Secretaria Regional II. Por: Ailyn J. Ramos Rivera, Secretaria Auxiliar I.

MUNICIPIO AUTONOMO DE BAYAMON

CARLOS IRIZARRY GUZMAN LYDIA ESTHER SOTO QUINTERO y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos

Demandados CIVIL NUM: B CD2012-0003. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA). Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 16 de marzo de 2012, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 7 de noviembre de 2012, a las 10:00 de la mañana, en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE AIBONITO. Siendo ésta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $81,000.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 14 de noviembre de 2012, a las 2:00 de la tarde, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $54,000.00. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE AIBONITO. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 21 de noviembre de 2012, a las 2:00 de la tarde en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad

de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: “RUSTICA: Parcela marcada con el número NOVENTA y SEIS (96) en el plano de parcelación de la comunidad rural San Luis, del barrio Llanos del término municipal de Aibonito, Puerto Rico, con una cabida superficial de 0.1036 cuerdas equivalentes a 407.12 metros cuadrados. En lindes por el Norte, con parcela número 96-A de la comunidad; por el Sur, con parcela número 95 de la comunidad; por el Este, con carretera número 724 y por el Oeste, con parcela número 218 de la comunidad”. Inscrita al folio 162 del tomo 255 de Aibonito, finca #5,968 del Registro de la Propiedad de Barranquitas. Dirección: Comunidad Rural San Luis 107 Calle Palestina Aibonito, Puerto Rico. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $72,445.31 más intereses sobre dicha suma al tipo del 5.875% anual, desde el día 1 de febrero de 2011, hasta su total y completo pago, más la suma estipulada de $8,100.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en AIBONITO, Puerto Rico, hoy día 10 de agosto de 2012. José O. Meléndez Rodríguez, ALGUACIL. Por: Luis E. Díaz Díaz, Alguacil #359. ED-5993 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA MUNICIPAL DE GUAYNABO.

MIGUEL ROMERO SECRETARIO DEL TRABAJO Y RECURSOS HUMANOS DE PUERTO RICO en representación y para beneficio de: GRETCHEN GONZALEZ RIVERA Demandante v.

INSTITUTO LATINOAMERICANO INC., h/n/c CLINICA DR. PADRO & ASOC. Demandado(a) CIVIL: D2PE2012-0692. SALA 201. SOBRE: RECLAMACION DE SALARIOS. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: INSTITUTO LATINOAMERICANO INC. - Urb. Torrimar Calle Segovia 12-09 Guaynabo, PR. CLINICA DR. PADRO & ASOC. - Urb. Torrimar Calle Segovia 1209 Guaynabo, PR. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que 5 de octubre de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 18 de octubre de 2012. En Guaynabo, Puerto Rico, el 18 de octubre de 2012. GLORIMAR RIVERA RIVERA. NOMBRE SECRETARIO(A). NILSA AYALA MARTINEZ. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. APROBADO POR LA COMISION ESTATAL DE ELECCIONES CEE-C-12-060.

CB-9950 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE BAYAMON

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante Vs.

YESENIA M. SUAREZ t/c/c YESENIA MARIA SUAREZ

Demandada CIVIL NUM: DCD2010-3681 Sala: 504. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. A: YESENIA M. SUAREZ t/c/c YESENIA MARIA SUAREZ. Cond. El Atlántico Apartamento 1204 Toa Baja, PRE 00949. AY: AL PUBLICO EN GENERAL: El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de una sentencia dictada en el caso del epígrafe el día 26 de enero de 2012, procederá a vender el día 7 de noviembre de 2012 a las 9:45 de la A.M. en mi oficina localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, al mejor postor y por dinero en efectivo, cheque de gerente o letra bancaria con similar garantía, todo título, derecho o interés de los demandados de epígrafe sobre el inmueble que se describe a continuación: URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento número 1204, apartamento residencial del CONDOMINIO EL ATLANTICO, sito en la URBANIZACION LEVITTOWN, Toa Baja, Puerto Rico. Tiene un área de 989.05 pies cuadrados, equivalentes a 91.92 metros cuadrados. Ubica en la parte Suroeste de la estructura del condominio, en su correspondiente piso residencial. Colinda por el NORTE, en cuarenta y seis pies y siete pulgadas (46’7”) lineales, con pared divisora que lo separa del pasillo principal de este piso en cuya pared hay un hueco de tres pies seis pulgadas (3’6”) donde se halla la puerta que da acceso del apartamento al vestíbulo de ascensores y a las escaleras y a través de estas al exterior del edificio y a la vía pública; por el SUR, en cuarenta y seis pies siete pulgadas (46‘7”) lineales, con paredes exteriores y huecos de ventanas que dan al patio Sur del Condominio; por el ESTE, en veinticinco pies tres pulgadas (25’3”) aproximadamente, con pared de carga que lo separa del apartamento 1206 del condominio; por el Oeste, en veinticinco pies tres pulgadas (25‘3”) aproximadamente con pared de carga que en parte lo separa del apartamento número 1202 y que en parte da al exterior de la escritura. Este apartamento consta de tres cuartos dormitorios, closets, cuarto de baño, cocina, sala-comedor, lavandería y terraza hacia el Sur y vestíbulo interior. Este apartamento se dedicará exclusivamente para fines residenciales. Tiene una participación en los elementos comunes generales y para fines de votación de punto sesenta y tres por ciento (.63%) y una participación respecto a los elementos comunes limitados de 10%. Se le asigna a este apartamento el estacionamiento número 56. Finca 17901, inscrita al Folio 215 del Tomo 300 de Toa Baja, Registro de Bayamón, sección II. La hipoteca se encuentra debidamente inscrita al Folio 116 del Tomo 618 (ágora) de Toa Baja, inscripción undécima. Dicha subasta se llevará a cabo para satisfacer a la parte demandante el importe de la sentencia que ha obtenido, ascendente al 1ro. de junio de 2009 a la suma $95,685.02 por concepto de principal, más los intereses acumulados al 7% anual desde esa fecha en adelante, más los recargos por mora pactados y las partidas por seguro hipotecario, más cualesquiera otros cantidades pactadas en las escritura de hipoteca, más una cantidad equivalente al 10% del principal original del pagaré, para gastos, costas y honorarios de abogado, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud del pagaré y la escritura de hipoteca. La hipoteca ejecutada en el caso de epígrafe se describe de la siguiente manera: HIPOTECA: Constituida por Yesenia María Suárez (soltera), en garantía a un pagaré a favor de PREFERRED MORTGAGE CORPORATION, o a su orden, por la suma de $98,221.00, con intereses al 7% anual y vencedero el 1 de febrero de 2037, según escritura número 67, otorgada en San Juan, el 5 de febrero de 2007, ante el notario José Luis Amiama Laguardia. Inscrita al folio 116 del tomo 618 (ágora) de Toa Baja. Inscripción undécima. Los autos y todos los demás documen-

tos correspondientes al procedimiento iniciado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala de Bayamón, durante horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistiendo, entendiéndose que el rematante los acepta y queda responsable de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. Esto incluye las contribuciones sobre la propiedad inmueble si es que existe alguna. Se informa, además a toda persona con interés sobre el inmueble a ser subastado y a todo posible licitador, que el inmueble antes descrito ha sido tasado en la suma de $98,221.00 para que dicha suma sirva de tipo mínimo en la primera subasta a celebrarse. Se le notifica y advierte por este medio a los Acreedores con créditos de inferior rango al de la parte ejecutante, que pueden concurrir a la subasta si les conviniere y/o que pueden satisfacer el importe del crédito en subasta, con sus intereses, costas y honorarios de abogado asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del Acreedor ejecutante. De no producirse remate ni adjudicación en la primera subasta del antedicho inmueble, se celebrará una segunda subasta en el mismo lugar antes mencionado el día 14 de noviembre de 2012 a las 1:45 de la P.M. sirviendo de tipo mínimo para dicha segunda subasta, las 2/3 partes del antes mencionado tipo mínimo. De no producirse remate ni adjudicación en la segunda subasta del antedicho inmueble, se celebrará una tercera subasta también en el mismo lugar, el día 21 de noviembre de 2012 a las 1:45 de la P.M. sirviendo como tipo mínimo para dicha tercera subasta, la mitad (1/2) del tipo mínimo, fijada para la primera subasta. Este Edicto se publicará en el Tablón de Edictos de este Tribunal y en dos lugares públicos del Municipio de Bayamón, donde se celebrarán la subastas señaladas. Se publicará, además, en un periódico de circulación general en dos ocasiones. Este aviso será enviado mediante correo certificado a la última dirección conocida de la parte demandada. En Bayamón, Puerto Rico, hoy JUN 19 2012. Alg. Freddy Omar Rodríguez Collazo, Alguacil. ED-5998 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. EN EL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE AIBONITO.

ZORAIDA LOZADA PEREZ Peticionario

EX PARTE CIVIL NUM.: B JV2012-0081. SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO. EDICTO. A: TODO EL QUE TENGA ALGUN DERECHO REAL SOBRE EL INMUEBLE DESCRITO EN ESTA PETICION DE DOMINIO, LAS PERSONAS IGNORADAS A QUIEN PERJUDIQUE LA INSCRIPCION, ASI COMO A LOS ANTERIORES DUEÑOS, MAXIMINIA PEREZ DIAZ, todos los colindantes MIGDALIA ZAYAS RODRIGUEZ, causahabientes o herederos, y en general a toda persona que desee oponerse. Por la presente se le notifica que comparezca, si creyeren que les conviene ante este Honorable Tribunal dentro de veinte (20) días a partir de la última publicación de edicto en el expediente promovido por la parte peticionaria para adquirí se dominio sobre la siguiente finca: “RUSTICA: Parcela marcado con la letra “A” en el Plano Parcelación de la comunidad situada en Barrio Mata de Caña del término municipal de Orocovis, con una cabida superficial de quince ml quinientos sesenta y seis punto seis tres seis siete dos metros cuadrados (15,566.6357 mc), equivalentes tres punto nueve seis cero seis cuerdas (3.9606 cdas). En lindes por el Norte, con camino asfaltado, Sr. Ismael Rivera e la Sra. Migdalia Zayas Rodríguez; por el Sur, y el Sr. Luis Morales; Por el Este, con el Sr. Luis Morales; por el Oeste con el Sr. Javier Rosario”. PARCELA B. RUSTICA: Predio de terreno marcado con la letra “B” en el Plano de Parcelación de la comunidad situado en el barrio Mata De Caña del término Municipal de Orocovis, con una cabida de seiscientos sesenta y siete punto cuatro uno cuatro tres metros (667.4143mc) equivalente a cero punto uno seis cuatro ocho cuerdas (0.1648cdas). En lindes con por el Norte con Migdalia Zayas Rodríguez e Ismael Rivera; por el Sur, Parcela A; por el Este, con


EL VOCERO / CLASIFICADOS / VIERNES, 26 DE OCTUBRE DE 2012 parcela “A”; por el Oeste, Parcela “A”. Debe notificar con copia de sus alegaciones a la representación legal de la parte peticionaria Lcdo. Dennis A. Ortiz Colón, P.O. Box 651, Trujillo Alto, Puerto Rico 00977-0651. En Aibonito, Puerto Rico, hoy 10 de septiembre de 2012. ELIZABETH GONZALEZ RIVERA, SECRETARIA REGIONAL. POR: ANABELLE BERRIOS ROSADO, SECRETARIA AUXILIAR DEL TRIBUNAL I. CB-9951 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE BAYAMON

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante Vs.

JOSEPH EVANS FIORE VEGA t/c/c JOSEPH E. FIORE VEGA y como JOSEPH ERANS FIORE VEGA su esposa GLORIA PATRICIA FLORES SANCHEZ t/c/c GLORIA I. FLORES SANCHEZ y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos

Demandada CIVIL NUM: D CD2008-2464 Salón: 404. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. A: JOSEPH EVANS FIORE VEGA t/c/c JOSEPH E. FIORE VEGA y como JOSEPH ERANS FIORE VEGA su esposa GLORIA PATRICIA FLORES SANCHEZ t/c/c GLORIA I. FLORES SANCHEZ y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos. Urb. Estancias de Cerro Gordo E-12 Calle 8 Bayamón, PR 00956. A: Tenedor de Pagaré a Favor del Portador, o a su orden, por la Suma de $6,800.00, sus intereses al 8% anual, constituido por Escritura #1, otorgada en Bayamón, el 27 de enero de 1993 ante el Notario Edgar Betancourt Aquino. A: DORAL FINANCIAL CORPORATION haciendo negocios como H.F. MORTGAGE BANKERS, DORAL MORTGAGE LLC. Y: AL PUBLICO EN GENERAL: El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de una sentencia dictada en el caso del epígrafe el día 25 de enero de 2012, procederá a vender el día 7 de noviembre de 2012 a las 9:30 de la A.M. en mi oficina localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón, al mejor postor y por dinero en efectivo, cheque de gerente o letra bancaria con similar garantía, todo título, derecho o interés de los demandados de epígrafe sobre el inmueble que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Estancias de Cerro Gordo, situado en el Barrio Cerro Gordo del término municipal de Bayamón, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción de la Urbanización, con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación. Solar número E-12, con un área de 307.83 metros cuadrados. En lindes por el Norte, en 23.681 metros, con el solar número E-11; por el Sur, en 23.678 metros, con el solar número E-13; por el Este, en 13.00 metros, con terrenos propiedad de Tibara Development Corporation; por el Oeste, en 13.00, con la calle número 8. Enclava edificación. Finca 63520, inscrita al Folio 16 del Tomo 1429 de Bayamón Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección I. La hipoteca se encuentra inscrita al Folio 20 vuelto del Tomo 1429 de Bayamón, inscripción séptima. Dicha subasta se llevará a cabo para satisfacer a la parte demandante el importe de la sentencia que ha obtenido, ascendente al 1 de febrero del 2008 a la suma de $29,027.49 por concepto de principal, más los intereses por acumularse desde esa fecha en adelante hasta la fecha del total pago de las mismas, cargos por mora y seguro hipotecario; más la suma estipulada, para gastos, costas y honorarios de abogado, pactados en $6,035.90, más cuales-

quiera otros adelantos que se hagan en virtud del pagaré y la escritura de hipoteca. La hipoteca ejecutada en el caso de epígrafe se describe de la siguiente manera: HIPOTECA: Constituida por Joseph Erans Fiore Vega y su esposa, Gloria Patricia Flores Sánchez, en garantía de un pagaré a favor de RG MORTGAGE CORPORATION, o a su orden, por la suma de $60,359.00, sus intereses al 7 1/2% anual y vencedero el 1 de mayo de 2014, según escritura número 575, otorgada en San Juan, el 25 de abril del 1994, ante el notario Ismael Molina Serrano. Inscrita al folio 20 vuelto del tomo 1429 de Bayamón. Inscripción séptima. Los autos y todos los demás documentos correspondientes al procedimiento iniciado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Bayamón en San Juan, durante horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistiendo, entendiéndose que el rematante los acepta y queda responsable de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. Esto incluye las contribuciones sobre la propiedad inmueble si es que existe alguna. Se informa, además a toda persona con interés sobre el inmueble a ser subastado y a todo posible licitador, que el inmueble antes descrito ha sido tasado en la suma de $60,359.00 para que dicha suma sirva de tipo mínimo en la primera subasta a celebrarse. De las actas del Registro de la Propiedad de la Sección I de Bayamón, Puerto Rico, consta que sobre esta propiedad pesan gravámenes posteriores a la hipoteca que por la presente se ejecuta consistente en: HIPOTECA: Constituida por Joseph Erans Fiore Vega y su esposa, Gloria Patricia Flores Sánchez, en garantía de un pagaré a favor del PORTADOR, o a su orden por la suma de $6,800.00, sus intereses al 8% anual y vencedero el 19 de enero de 1994, según escritura número 1, otorgada en Bayamón, el 27 de enero de 1993, ante el notario Edgar Betancourt Aquino. Inscrita al folio 101 del tomo 1563 de Bayamón. Inscripción octava. HIPOTECA: Constituida por Joseph Erans Fiore Vega y su esposa, Gloria Patricia Fiores Sánchez, en garantía de un pagaré a favor de DORAL FINANCIAL CORPORATION haciendo negocios como H.F. MORTGAGE BANKERS, o a su orden por la suma de $58,000.00, sin intereses y vencedero el 1 de octubre de 2007 (así consta), según escritura número 1503, otorgada en San Juan, el 30 de septiembre de 2005, ante el notario Luis A. Archilla Díaz. Inscrita al folio 212 del tomo 1840 (ágora) de Bayamón. Inscripción novena. MODIFICACION DE HIPOTECA: Comparecen Joseph Evans Fiore Vega, su esposa, Gloria Patricia Flores Sánchez y Doral Mortgage LLC, para que se amplie y modifique la hipoteca de la inscripción novena, en cuanto a su principal que se amplia en $18,731.31, para que sea $76,731.31 y vencedero al 1 de febrero de 2051, según escritura número 25, otorgada en San Juan, el 25 de febrero de 2011, ante el notario José Humberto Martínez Camacho. Inscrita al folio 212 del tomo 1840 (ágora) de Bayamón. Inscripción décima. Se le notifica y advierte por este medio a los Acreedores con créditos de inferior rango al de la parte ejecutante, que pueden concurrir a la subasta si les conviniere y/o que pueden satisfacer el importe del crédito en subasta, con sus intereses, costas y honorarios de abogado asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del Acreedor ejecutante. De no producirse remate ni adjudicación en la primera subasta del antedicho inmueble, se celebrará una segunda subasta en el mismo lugar antes mencionado el día 14 de noviembre de 2012 a las 1:30 de la P.M. sirviendo de tipo mínimo para dicha segunda subasta, las 2/3 partes del antes mencionado tipo mínimo. De no producirse remate ni adjudicación en la segunda subasta del antedicho inmueble, se celebrará una tercera subasta también en el mismo lugar, el día 21 de noviembre de 2012 a las 1:30 de la P.M. sirviendo como tipo mínimo para dicha tercera subasta, la mitad (1/2) del tipo mínimo, fijada para la primera subasta. Este Edicto se publicará en el Tablón de Edictos de este Tribunal y en dos lugares públicos del Municipio de Bayamón, donde se celebrarán la subastas señaladas. Se publicará, además, en un periódico de circulación general en dos ocasiones. Una vez publica-

do en el periódico, este aviso será enviado mediante correo certificado a la última dirección conocida de la parte demandada. En Bayamón, Puerto Rico, hoy JUN 19 2012. Alg. Freddy Omar Rodríguez Collazo, Alguacil. MR-6075 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE ARECIBO SALA SUPERIOR

DORAL BANK Parte Demandante VS

CARLOS JAVIER PEREZ MEDINA T/C/C CARLOS J. PEREZ MEDINA Parte Demandada CIVIL NUM.: CCD2006-0066 SALON NÚM.: 405 SOBRE ACCION CIVIL DE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA IN REM AVISO DE SUBASTA A: CARLOS JAVIER PEREZ MEDINA T/C/C CARLOS J. PEREZ MEDINA; Y AL PUBLICO EN GENERAL El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Arecibo, Arecibo, Puerto Rico, hago saber, a la parte demandada y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 6 de agosto de 2012, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: URBANIZACIÓN ESTANCIAS DE IMBERY, SOLAR C-20, BARCELONETA, PR 00617: ----URBANA: Solar identificado con el # 20 del Bloque C en el plano de inscripción de la Urbanización Estancias de Imbery, localizada en el Barrio Florida Afuera del término municipal de Barceloneta, Puerto Rico, con una cabida superficial de 521.54 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en una distancia aproximada de 31.09 metros con la carretera estatal PR140; por el SUR, en una distancia aproximada de 19.07 metros con el solar identificado con el # 19 del bloque C del Proyecto; por el ESTE, en una distancia aproximada de 25.36 metros con la calle # 2 del proyecto y con el solar identificado con el # 1 del bloque D del proyecto y por el OESTE, en una distancia aproximada de 18.50 metros con el solar identificado con el # 1 del bloque C del proyecto. Enclava una estructura de hormigón para fines residenciales. --- Inscrita al folio 97 del tomo 252 de Barceloneta, Registro de la Propiedad de Manatí, finca número 13,093. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la suma de $88,135.46 rebajada mediante plan de pagos en la corte de quiebra a la suma de $86,478.91, rebajada nuevamente mediante plan de pago por la corte de quiebra a la suma de $85,429.06, rebajada nuevamente mediante plan de pago por la corte de quiebra $85,189.83 de principal, más intereses al 5.50% anual desde el día 1ro. de noviembre de 2007, más la suma de $8,997.90, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente desde la fecha antes mencionada, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca, todo ello, según surge de la SENTENCIA dictada en este caso el 24 de agosto de 2006. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 9 de noviembre de 2012, a las 9:30 de la mañana, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Arecibo, Arecibo, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $89,979.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 16 de noviembre de 2012, a las 9:30 de la mañana, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SE-

GUNDA SUBASTA será de $59,986.00, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 26 de noviembre de 2012, a las 11:15 de la mañana, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $44,989.50, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicárse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte, a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborales. EXPIDO, el presente EDICTO, en Arecibo, Puerto Rico, hoy día 30 de agosto de 2012. LUIS E. ROMAN CARRERO Alguacil División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Arecibo MR-6076 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE ARECIBO SALA SUPERIOR

DORAL BANK Parte Demandante VS

ELVIN MOLINA COLON Y SU ESPOSA MARIA TRINIDAD SOTO T/C/C MARIA DEL CARMEN TRINIDAD Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES CONSTITUIDA POR ESTOS Parte Demandada CIVIL NUM.: CCD2009-0912 SALON NÚM.: 302 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA. A: ELVIN MOLINA COLON Y SU ESPOSA MARIA TRINIDAD SOTO T/C/C MARIA DEL CARMEN TRINIDAD Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES CONSTITUIDA POR ESTOS; Y AL PUBLICO EN GENERAL. El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Arecibo, Arecibo, Puerto Rico, hago saber, a la parte demandada y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 7 de marzo de 2012, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: LOT 121 TANAMA ST. BRISAS DEL RÍO, MOROVIS, PR 00687: URBANA: Solar marcado con el #121 en el plano de inscripción de la Urbanización Brisas Del Río, en el término municipal de Morovis, Puerto Rico, con un área superficial de 312.00 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en 13.00 metros con la calle Tanamá; por el SUR, en 13.00 metros con el solar #138; por el ESTE, en 24.00 metros con el solar #119 y por el OESTE, en 24.00 metros con el solar #123. Enclava Edificación. Inscrita al folio 99 del tomo 302 de Morovis, Registro de la Propiedad de Manatí, finca número 13,135. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la suma de $83,655.34 rebajada

mediante plan de pagos en la Corte de Quiebra a la suma de $81,850.00 de principal, más intereses al 6 5/8% anual desde el día 1ro. de febrero de 2011, más la suma de $8,550.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente desde la fecha antes mencionada, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca, todo ello, según surge de la SENTENCIA dictada en este caso el 2 de diciembre de 2009. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 9 de noviembre de 2012, a las 9:45 de la mañana, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Arecibo, Arecibo, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $85,500.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 16 de noviembre de 2012, a las 9:45 de la mañana, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $57,000.00, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 26 de noviembre de 2012, a las 11:30 de la mañana, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $42,750.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicárse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte, a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborales. EXPIDO, el presente EDICTO, en Arecibo, Puerto Rico, hoy día 30 de agosto de 2012. LUIS E. ROMAN CARRERO. Alguacil División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Arecibo ED-6006 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE CAROLINA.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante v.

LA SUCESION DE DOÑA MARIA DE L. FERNANDEZ SERRANO t/c/c MARIA DE LOURDES

FERNANDEZ SERRANO compuesta por su sobrina WANDA FERNANDEZ MEDINA FULANO y SUTANO DE TAL posibles herederos desconocidos

Demandado(a) CIVIL: F CD2012-0612. SALA 407. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: WANDA FERNANDEZ MEDINA; FULANO Y SUTANO DE TAL, posibles herederos desconocidos. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que 15 de octubre de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 17 de octubre de 2012. EN CAROLINA, Puerto Rico, el 17 de octubre de 2012. MIRIAM ROSA MALDONADO. NOMBRE SECRETARIO(A). LUZ V. RIVERA CIURO. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. MR-6111 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE SAN JUAN SALA SUPERIOR

DORAL BANK Parte Demandante VS.

SERGIO TOVAR PÉREZ T/C/C SERGIO TOVAR T/C/C SERGIO J. TOVAR PÉREZ T/C/C SERGIO JOSÉ TOVAR PÉREZ Parte Demandada CASO NÚM. KCD2012-1159 SALÓN NÚM. 603 ACCIÓN CIVIL DE COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EMPLAZAMIENTO POR EDICTO ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA) EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS) SS. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO) A: SERGIO TOVAR PEREZ T/C/C SERGIO TOVAR T/C/C SERGIO J. TOVAR PEREZ T/C/C SERGIO JOSE TOVAR PEREZ. Quede emplazada(o) y notificada(o) que en este Tribunal se ha radicado Demanda sobre Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria en la que se alega que usted le adeuda a la parte demandante lo siguiente: La suma de $177,977.22 de principal, más los intereses sobre dicha suma al 5.95% anual desde el día 1ro. de diciembre de 2011, hasta su completo pago, más las primas de seguro hipotecario y riesgo, recargos por demora y cualesquiera otras cantidades pactadas en la escritura de primera hipoteca, desde la fecha antes mencionada y hasta la fecha del total pago de las mismas, más la suma de $19,975.00 para gastos, costas y honorarios de abogados. La propiedad hipotecada cuya ejecución se solicita tiene la siguiente descripción y localización: URBANA: Apartamento residencial número 401 de forma irregular constituido por 2 niveles, localizado en la primera planta del Edificio 3 del Condominio Camelot, que está situado en la carretera número 842 kilómetro número 1, San Juan, Puerto Rico. Este apartamento consta de 2 niveles, siendo los linderos del primer nivel de este apartamento los siguientes: por el Norte, con el apartamento número 302 y el elemento exterior, en una distancia de 11.84 metros lineales; por el Sur, con el apartamento número 402 y el lobby, en una distancia de 11.84 metros lineales; por el Este, con elemento exterior y el lobby, en una distancia de 6.71 metros lineales; y por el Oeste, con patio común li-

mitado, en una distancia de 6.71 metros lineales. Consta el mismo de 3 habitaciones con sus respectivos "closets", una sala-comedor, cocina, 2 baños, área de almacenar, laundry y terraza. Los baños del segundo nivel del apartamento están equipados con bañera, lavamanos y servicio sanitario. Se incluye bidet en el baño del cuarto principal. Tiene un medio baño en el primer nivel. Los linderos del segundo nivel de este apartamento son los siguientes: por el Norte, con el apartamento número 302 y con elemento exterior, en una distancia de 11.84 metros lineales; por el Sur, con el apartamento número 402, en una distancia de 11.84 metros lineales; por el Este, con elemento exterior y escaleras, en una distancia de 6.71 metros lineales; y por el Oeste, con elemento exterior, en una distancia de 6.71 metros lineales. Ambos niveles están conectados por una escalera localizada en el interior del apartamento la cual conecta ambos niveles. El área del primer nivel del apartamento es de 70.58 metros. El área del segundo nivel del apartamento es de 76.38 metros cuadrados. El área total del apartamento es 146.96 metros cuadrados. La puerta de entrada a este apartamento está situada en su lindero Este y por ella se sale a la escalera y al área de circulación del proyecto. Tiene otra entrada localizada en el lindero Oeste y por ella se sale a un patio común limitado, el cual esta cercado cuya verja se considera parte de la fachada del edificio. En dicha verja existe un portón que da acceso al área común. Este apartamento tiene una participación de 0.686057% en los elementos comunes generales del proyecto. Le corresponde como elemento común los estacionamientos marcados con los números 211 y 137. Inscrita al folio 17 del tomo 647 (ágora) de Río Piedras Sur, Registro de San Juan Sección Cuarta, finca número 19958. Se le advierte que si no contesta la demanda, radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la misma al LCDO. RAFAEL BRAS-BENITEZ del Bufete VÁZQUEZ & VIZCARRONDO LLP, a su dirección P.O. Box 195389, San Juan, Puerto Rico 00919-5389, Tel. (787) 9995252, Fax (787) 751-1038 dentro del término de treinta (30) días de la publicación de este edicto en un periódico de circulación diaria, se le(s) anotará la rebeldía y se le(s) dictará sentencia en su contra, concediendo el remedio solicitado, sin más citarle(s) ni oírle(s). EXPEDIDO BAJO MI FIRMA Y SELLO DE ESTE TRIBUNAL. En San Juan, Puerto Rico, hoy día 31 de julio de 2012. GRISELDA RODRIGUEZ COLLADO. SECRETARIA(O) GENERAL. Por: ROSA M. TORRENS. Sec. Serv. a Sala.SUB-SECRETARIA(O)

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piedad de Luis Osuna Cartagena, POR EL SUR, con la calle municipal denominada Ghigliotty del Poblado de Boquerón; POR EL ESTE, con otra propiedad de Luis Osuna Cartagena; Y POR EL OESTE, con la calle municipal del Poblado de Boquerón denominada Ghigliotty. Contiene una casa de hormigón y bloques, la cual mide treinta pies de frente por veinticuatro pies de fondo (30’x24’) y que contiene dos (2) dormitorios, sala-comedor, cocina, baño y marquesina. DEBERAN notificar con copia de sus alegaciones a la representación legal del promovente: DOITTEAU CRUZ & DOITTEAU COFRESI, Bufete Legal, Apartado 173, Boquerón, Puerto Rico 00622, Teléfono: 851-3018. En Mayagüez, Puerto Rico, a 19 del mes de septiembre del 2012. Lic. Norma G. Santana Irizarry, Secretaria Regional. Secretario. María del C. Alicea Pérez, Secretaria Auxiliar del Tribunal. MR-6113 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA EN RIO GRANDE SALA SUPERIOR

DORAL BANK Demandante V.

CARMEN MARIA FORTY PIMENTEL t/c/c CARMEN M. FORTY PIMENTEL t/c/c CARMEN FORTY PIMENTEL Demandados CIVIL NUM. FBCI20120419 SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EMPLAZAMIENTO POR EDICTO Estados Unidos de América) Presidente de los Estados Unidos)S. S. Estado Libre Asociado de Puerto Rico) A: CARMEN MARIA FORTY PIMENTEL t/c/c CARMEN M. FORTY PIMENTEL t/c/c CARMEN FORTY PIMENTEL. Por la presente se le emplaza y notifica que debe contestar la demanda dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación del presente edicto, radicando el original de la contestación ante el Tribunal y sala que se menciona en el epígrafe de este edicto con copia a la parte aquí demandante. Se le apercibe que de no contestar la demanda dentro del término aquí estipulado, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia sin más citarle ni oírle. Los abogados de la parte demandante son: García-Chamorro Law Group, P.S.C., 33 Calle Bolivia, Suite 701, San Juan, Puerto Rico, 00917-2010, Tel. (787) 7641932, Fax (787) 766-2132. Expido este edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal, hoy julio 12 de 2012. MIRIAM ROSA MALDONADO. SECRETARIA REGIONAL. Secretario General. Por: Sue Laurie Soto Acevedo. Secretaria Auxiliar

CB-250. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA. SALA SUPERIOR DE MAYAGUEZ ED-6001 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTIPETICIONARIA CIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR CIVIL NUMERO: IS- DE BAYAMON. CI201201071. MATERIA: INFORMACION DE DOMINIO. CADemandante TASTRO NUMERO: 356-093v. 002-61-001. EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. SS. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. A: TODA PERSONA INTERESADA, A TODA PERSONA QUE TENGA O PUEDA TENER ALGUN DERECHO REAL SOBRE LA PROPIEDAD OBJETO DE LA PRESENTE ACCION, A LAS PERSONAS IGNORADAS O DESCONOCIDAS A QUIENES PUEDA PERJUDICAR LA INSCRIPCION, Y EN GENERAL A TODA PERSONA QUE DESEE OPONERSE. Por la presente se les notifica que comparezcan, si creyeren que les conviene, ante este TRIBUNAL dentro de los Demandado(a) VEINTE (20) días a contar de la fecha de la última publicación de CIVIL: D CD2012-1039. SALA este Edicto y exponer lo que a 703. SOBRE: COBRO DE DINEsus derechos convenga en el ex- RO Y EJECUCION DE HIPOTEpediente promovido por la parte CA POR LA VIA ORDINARIA. peticionaria para adquirir su do- NOTIFICACION DE SENTENCIA minio sobre la siguiente propie- POR EDICTO. A: JUAN GREdad: URBANA: Solar de terreno GORY AVILA BREA t/c/c JUAN radicado en el Poblado de Bo- G. AVILA BREA t/c/c JUAN querón, del Barrio Boquerón del AVILA BREA por sí y en repretérmino municipal de Cabo Rojo, sentación de la Sociedad LePuerto Rico, Con una cabida su- gal de Gananciales compuesta perficial de DOS MIL CIENTO por él y la SRA. ANTONIA DIECINUEVE METROS CUA- MARTINEZ RODRIGUEZ. El SeDRADOS CON TRES MIL DOS- cretario(a) que suscribe le notifiCIENTAS OCHENTA Y TRES ca a usted que 10 de octubre de DIEZMILESIMAS DE OTRO 2012, este Tribunal ha dictado (2,119.3283 m/c). Identificada Sentencia, Sentencia Parcial o como el número UNO (1) de la Resolución en este caso, que ha Calle Ghigliotty del Poblado de sido debidamente registrada y Boquerón en Cabo Rojo. Colin- archivada en autos donde podrá dante: POR EL NORTE, con pro- usted enterarse detalladamente

BREPACAVE CORP. EX-PARTE

DORAL BANK

JUAN GREGORY AVILA BREA t/c/c JUAN G. AVILA BREA t/c/c JUAN AVILA BREA ANTONIA MARTINEZ RODRIGUEZ y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos


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CLASIFICADOS / VIERNES, 26 DE OCTUBRE DE 2012 El periódico de Puerto Rico

de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 16 de octubre de 2012. En Bayamón, Puerto Rico, el 16 de octubre de 2012. MIGDALIA RIVERA COLON. NOMBRE SECRETARIO(A). MARILYN COLON CARRASQUILLO. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. CB-248 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON

ANTONIO NIEVES NEGRON y su esposa SYLVIA CABRERA OTERO Demandantes vs.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO JOHN DOE Y RICHARD ROE Demandados CIVIL NUM. CICD2011-0005 SOBRE: DECLARACION DE EXTRAVIO CANCELACION DE PAGARE CANCELACION DE HIPOTECA EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS. SS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. A: John Doe y Richard Roe, personas desconocidas que puedan tener en su poder el pagaré extraviado aunque no tengan derecho alguno al valor que el mismo representa. Por la presente queden notificados que la parte demandante ha radicado en este Tribunal una demanda en su contra alegando que era el tenedor del pagaré hipotecario que más adelante se relaciona, pero habiéndosele extraviado el mismo no ha podido proceder a cancelar dicho pagaré y la hipoteca que lo garantiza. El referido pagaré hipotecario se describe en la forma siguiente: Pagaré a favor de Banco Popular de Puerto Rico, o a su orden, por la suma principal de CUARENTA Y OCHO MIL DOLARES ($48,000.00), devengando intereses al once por ciento (11.00%) anual, vencedero el primer de marzo de dos mil (2,000), según consta de la escritura número cuatrocientos cuarenta y cuatro (44), otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día veintisiete (27) de febrero del mil novecientos ochenta y cinco (1985), ante el notario Rafael Kodesh Baragaño, inscrita al folio 202 vuelto del tomo 228 de Bayamón, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, inscripción cuarta (4ta.). El pagaré hipotecario anteriormente relacionado se garantizó con hipoteca constituida sobre el inmueble que se describe en la forma siguiente: -URBANA: Solar radicado en la Urbanización Lomas Verdes, situado en el barrio Minillas, de Bayamón, Puerto Rico, marcado con el #22 de la manzana Z, con un área de 497.50 metros cuadrados, en lindes por el NORTE, con el solar #21, distancia de 19.90 metros, por el SUR, con la calle Power, distancia de 19.90 metros, por el ESTE, con la calle #7, distancia de 25.00 metros y por el OESTE, con el solar #23, distancia de 25.00 metros. Enclava una casa. -La propiedad consta inscrita al folio 202 vuelto del tomo 228 de Bayamón, Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Primera de Bayamón, finca número 10,102. La parte demandante ha solicitado de este Tribunal que previo los trámites de ley correspondientes declare extraviado y cancelado el referido pagaré hipotecario y en su consecuencia se ordene al Registrador del Registro de la Propiedad de Puerto Rico, Sección Segunda de Arecibo, que cancele en los libros a su cargo la hipoteca que garantiza el referido pagaré. Se apercibe a la parte demandada que si transcurridos treinta (30) días de la publicación de este edicto no ha habido oposición a la demanda, este Tribunal dictará sentencia a favor de la parte demandante de acuerdo con lo solicita-

do en la misma. Copia de su contestación a la demanda deberá ser notificada al Lcdo. Jorge L. Mendín, Abogado de la Parte Demandante, a su dirección, Calle José Martí, Hato Rey, Puerto Rico 00917, Teléfono (787) 7639001. En cumplimiento de una orden dictada por este Tribunal, expido el presente edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, Sala Superior de San Juan, Puerto Rico, a SEP. 05 de 2012. Migdalia Rivera Colón, Secretaria Regional. Secretario. Tribunal de Primera Instancia Centro Judicial de Bayamón. Jennifer Santos Ramos, Secretaria Auxiliar del Tribunal I. CB-252 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SAN LORENZO

(30) días contados a partir de la fecha de la notificación de la presente Orden, acepten o repudien la participación que les corresponda en la herencia del causante JUAN PEREIRA GONZALEZ. POR ORDEN DEL HONORABLE, Juez de Primera Instancia de ese Tribunal, expido el presente Mandamiento, bajo mi firma y sello oficial, en San Lorenzo, Puerto Rico, hoy día 26 de septiembre de 2012. Maribel Barreiro Maymí, Secretaria del Tribunal Confidencial II. Secretaria General. Por: Sheila Roldán Rodríguez, Sec. Auxiliar del Tribunal. Sub-Secretaria. ED-6013 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA MUNICIPAL DE CAROLINA.

DORAL BANK COMO HECTOR LEOPOLDO GONZALEZ AGENTE DE SERVICIO FIGUEROA t/c/c DE BANCO POPULAR HECTOR GONZALEZ DE PUERTO RICO Parte Demandante FIGUEROA y NESTOR VS. GONZALEZ LUZ VAZQUEZ FIGUEROA SANTIAGO T/C/C Demandante LUZ ANGELITA v. VAZQUEZ SANTIAGO CORPORACION POR SI Y COMO DE RENOVACION MIEMBRO DE LA URBANA Y VIVIENDA SUCESION DE JUAN DE PUERTO RICO PEREIRA GONZALEZ antes, actualmente COMPUESTA POR SECRETARIA JOHN DOE DE ADQUISICION Y RICHARD ROE Y VENTA COMO POSIBLES HEREDEROS DE PROPIEDADES DESCONOCIDOS Y FULANO DE TAL

Parte Demandada CASO NUM. E2CI2012-0517. SALON NUM. ACCION CIVIL DE COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. MANDAMIENTO ORDEN DE INTERPELACION. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. SS. Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A: LUZ VAZQUEZ SANTIAGO T/C/C LUZ ANGELITA VAZQUEZ SANTIAGO POR SI Y COMO MIEMBRO DE LA SUCESION DE JUAN PEREIRA GONZALEZ COMPUESTA POR JOHN DOE Y RICHARD ROE COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS. POR CUANTO: Se ha dictado en el presente caso la siguiente Orden: “ORDEN” Examinada la moción presentada por la parte demandante y examinados los autos del caso, el Tribunal le imparte su aprobación y en su virtud acepta interpelación judicial de la parte demandante a los herederos del demandado JUAN PEREIRA GONZALEZ conforme dispone el Artículo 959 del Código Civil, 31 L.P.R.A. §2787. Se ordena a los herederos del causante, a saber, a su viuda LUZ VAZQUEZ SANTIAGO T/C/C LUZ ANGELITA VAZQUEZ SANTIAGO: JOHN DOE y RICHARD ROE como posibles herederos desconocidos, a que dentro del término legal de treinta (30) días contados a partir de la fecha de la notificación de la presente Orden, acepten o repudien la participación que les corresponda en la herencia del causante JUAN PEREIRA GONZALEZ. Se le apercibe a los herederos antes mencionados que de no expresarse dentro de ese término de treinta (30) días en torno a su aceptación o repudiación de herencia, la herencia se tendrá por aceptada. También se le apercibe a los herederos antes mencionados que luego del transcurso del término de treinta (30) días antes señalado contados a partir de la fecha de la notificación de la presente Orden, se presumirá que han aceptado la herencia del causante JUAN PEREIRA GONZALEZ, por consiguiente, responden por las cargas de dicha herencia conforme dispone el Artículo 957 del Código Civil, 31 L.P.R.A. §2785. Se ordena a la parte demandante a que, en vista de que la sucesión del causante JUAN PEREIRA GONZALEZ incluye como herederos a John Doe y Richard Roe como posibles herederos desconocidos, proceda a notificar la presente Orden mediante publicación de un edicto a esos efectos una sola vez en un periódico de circulación diaria general de la Isla de Puerto Rico. DADA en San Lorenzo, Puerto Rico, a 11 de septiembre de 2012. Fdo. Hon. Alicia Velázquez Piñol, JUEZ SUPERIOR. POR CUANTO: Se le (s) advierte a que dentro del término legal de treinta

Demandado(a) CIVIL: F CD2012-0705 (402). SOBRE: CANCELACION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: CORPORACION DE RENOVACION URBANA Y VIVIENDA DE PUERTO RICO, antes, actualmente SECRETARIA DE ADQUISICION Y VENTA DE PROPIEDADES, Y FULANO DE TAL. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que 15 de octubre de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 17 de octubre de 2012. En CAROLINA, Puerto Rico, el 17 de octubre de 2012. MIRIAM ROSA MALDONADO-SEC. REGIONAL. LOURDES DIAZ MEDINA. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.

CB-234. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE PONCE SALA SUPERIOR

DORAL BANK Demandante v.

VÍCTOR MANUEL MARTÍNEZ ECHEVARRÍA CARMEN ECHEVARRÍA ROCHE Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandados CIVIL NÚM: JCD2011-0555 (G28) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que

suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE PONCE SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América el día 14 de noviembre de 2012, a las 10:00 de la mañana en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE PONCE SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Urbanización Santa Teresita, BT #6 Calle 33, Barrio Machuelo, Ponce, PR 00730 y que se describe a continuación: URBANA: Solar número 6 del bloque BT del plano de la Urbanización Santa Teresita en el Barrio Machuelo del término municipal de Ponce, compuesto de 202.50 metros cuadrados. Colindando por el NORTE, en una distancia de 22.5 metros con el lote numero 5; por el SUR, en una distancia de 22.5 metros con el lote numero 7; por el ESTE, en una distancia de 9.00 metros con el solar numero 73; y por el OESTE, en una distancia de 9.00 metros con el solar numero 13. Enclava una casa. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 26 del Tomo 1541 de Ponce, finca número 46,827 en el Registro de la Propiedad de Ponce, Sección Primera. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $18,000.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 21 de noviembre de 2012, a las 10:00 de la mañana. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $12,000.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 28 de noviembre de 2012, a las 10:00 de la mañana. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $9,000.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 291, otorgada el día 24 de junio de 2005, ante el Notario Rafael A. Malavé Lebrón y consta inscrita en el Folio 25 del Tomo 2040 de Ponce, finca número 46,827 en el Registro de la Propiedad de Ponce, Sección Primera, inscripción décimocuarta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $14,458.07 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 9.950% anual desde el día 1 de septiembre de 2010. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $1,800.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $1,800.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $1,800.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca; más intereses según provisto por la Regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE PONCE SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad está sujeta a los siguientes gravámenes anteriores y/o preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. HIPOTECA en garantía de un pagaré a favor de AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO, o a su orden, por la suma de $15,000.00, sin intereses y vencedero el 31 de marzo de 2011, según escritura número 413, otorgada en San Juan, el 10 de abril de 2003,

ante el notario el notario Julio F. Fernández Rodríguez. Inscrita al folio 123 vuelto del tomo 2011 de Ponce. Inscripción undécima. Surge de un estudio de título efectuado que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. AVISO DE DEMANDA: Pleito seguido por Doral Financial Corporation vs. Ferdinand José Collazo Rodríguez y su esposa, Marta Denisse Laboy Rojas, ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce, en el caso civil numero JCD2005-0223, sobre cobro de dinero y ejecución de hipoteca, en la que se reclama el pago de hipoteca por la suma de $52,330.12 y otras cantidades, según Demanda de fecha del 16 de febrero de 2005. Anotada al margen del folio 123 del tomo 2011 de Ponce, el 13 de junio de 2005. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Ponce, Puerto Rico, hoy día 3 de agosto de 2012. (Fdo.) LUIS R. SÁNCHEZ, ALGUACIL #748 CB-247 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMON

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO LA PUERTORRIQUEÑA Demandante VS.

FULANO DE TAL y MENGANO DE CUAL

se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia, concediendo el remedio solicitado en la Demanda sin más citarle ni oírle. Extendido bajo mi firma y sello de este Tribunal, en Bayamón, Puerto Rico, a SEP 11 2012. Migdalia Rivera Colón, Secretaria Regional. Por: Nereida Quiles Santana, Sec. Aux. del Tribunal I. ED-5994 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMON.

MIGUEL ROMERO SECRETARIO DEL TRABAJO Y RECURSOS HUMANOS DE PUERTO RICO en representación y para beneficio de: IVETTE MORALES PIÑERO Demandante v.

SIGLO REAL CORP. h/n/c HOTEL CHATEAU

Demandado(a) CIVIL: CM 2009-1067 (502). SOBRE: RECLAMACION DE SALARIOS. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: SIGLO REAL CORP. h/n/c HOTEL CHATEAU. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que 11 de octubre de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 18 de octubre de 2012. En Bayamón, Puerto Rico, el 18 de octubre de 2012. MIGDALIA RIVERA COLON. NOMBRE SECRETARIO(A). LEE BETSY ROBLES SEVILLA. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. APROBADO POR LA COMISION ESTATAL DE ELECCIONES. CEE C-12-060.

CB-254 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANDemandados CIVIL NUM.: DCP2012-0139 CIA SALA SUPERIOR DE SAN (402). SOBRE: CANCELACION LORENZO PAGARE EXTRAVIADO. EDICTO. A: FULANO DE TAL Y Parte Demandante MENGANO DE CUAL. DemanVS. dados desconocidos. Por la presente se les emplaza y notifica que se ha presentado en la Secretaría de este Tribunal la Demanda del caso de epígrafe sobre cancelación de un pagaré por la suma de $25,000.00 a favor de la Cooperativa de Ahorro y Crédito La Puertorriqueña, quien es la parte demandante, con intereses al 9% vencedero a la presentación según surge de la escritura número 14 otorgada el 19 de abril de 2001, en San Juan, Puerto Rico, ante el Notario Luis D. Flores González e inscrita al folio 20 del tomo 1112 de Bayamón, finca número 49,741, cuyo pagaré fue saldado en su totalidad y no ha podido ser cancelado por haberse extraviado. Se apercibe y advierte a ustedes como personas desconocidas y posibles tenedores o interesados en el pagaré extraviado, que de no contestar la Demanda radicando el original de la contestación ante la Secretaría del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, y notificar copia de la contestación de ésta a la parte demandante por conducto de su abogado, Lcdo. Juan Enrique Santana Félix, 867 Ave. Muñoz Rivera, Condominio Vick Center D-406, San Juan, Puerto Rico 00925 y Tel. 787-753-0256, dentro de los próximos 30 días a partir de la publicación de este Parte Demandada emplazamiento por edicto que CASO NÚM. E2CI2012-058. SAserá publicado una sola vez en LÓN NÚM. ACCIÓN CIVIL DE un periódico de circulación diaria COBRO DE DINERO Y EJECUgeneral en la Isla de Puerto Rico, CIÓN DE HIPOTECA POR LA

DORAL BANK

SUCESION DE PORFIRIO ORTIZ RAMOS COMPUESTA JUAN RAMON ORTIZ BONILLA FRANCISCO ORTIZ BONILLA ANA LUZ ORTIZ BONILLA MARIA DEL CARMEN ORTIZ BONILLA MIGUEL ARIAS GOYTIA LUIS ARIAS GOYTIA ANGEL ARIAS GOYTIA IRIS ARIAS GOYTIA JOHN DOE Y RICHARD ROE COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS

VÍA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS. SS. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. A: JOHN DOE Y RICHARD ROE COMO POSIBLES HEREDEROS DE LA SUCESION DE PORFIRIO ORTIZ RAMOS. Quede (n) emplazado (s) y notificado (s) que en este Tribunal se ha radicado Demanda sobre Ejecución de Hipoteca por la Vía Ordinaria en la que se alega que usted (es) le adeuda (n) a la parte demandante lo siguiente: La suma de $23,856.03 más intereses sobre dicha suma al tipo convenido de 9.50% anual desde el 1ro. de agosto de 2011, hasta su completo pago, más cualesquiera sumas de dinero por concepto de primas de seguro hipotecario y riesgo, recargos por demora, así como de cualesquiera otras cantidades pactadas en la escritura de primera hipoteca, desde la fecha antes mencionada y hasta el total pago de las mismas, más la cantidad estipulada de $2,500.00 para costas, gastos y honorarios de abogados. La propiedad hipotecada cuya ejecución se solicita tiene la siguiente identificación y localización: RUSTICA: Parcela marcada con el número catorce en el plano de parcelación de la comunidad rural Placita Segunda del Barrio Gurabo Abajo del término municipal de Juncos, con una cabida superficial de 0.3359 cuerdas, equivalentes a 1,320.24 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con parcela número 15; por el SUR, con la parcela número 13 y camino municipal; por el ESTE, con camino municipal y por el OESTE, con la parcela 13. Inscrita al folio 281 del tomo 194 de Juncos, Registro de la Propiedad de Caguas, Sección II de Caguas, finca número 7,521. Se le advierte que si no contesta la demanda, radicando el original de la contestación en este Tribunal y enviando copia de la misma al LCDO. RAFAEL BRAS BENITEZ del Bufete Vázquez & Vizcarrondo LLP, a su dirección P.O. Box 195389, San Juan, Puerto Rico 00919-5389, Tel. (787) 999-5252, Fax (787) 751-1038 dentro del término de treinta (30) días de la publicación de este edicto en un periódico de circulación diaria, se le (s) anotará la rebeldía y se le (s) dictará sentencia en su contra, concediendo el remedio solicitado, sin más citarle (s) ni oírle (s). EXPEDIDO BAJO MI FIRMA Y SELLO DE ESTE TRIBUNAL. En San Lorenzo, Puerto Rico, hoy día 24 de septiembre de 2012. Maribel Barreiro Maymí, Secretaria del Tribunal Confidencial Il. Secretaria (o) General. Por: Sheila Roldán Rodríguez, Sec. Auxiliar del Tribunal. Sub-Secretaria (o).

ED-6014 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN LORENZO.

DORAL BANK Demandante v.

JOSE RAUL RAMIREZ LUNA SARAI COLON HERNANDEZ y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos

Demandado(a) CIVIL: E2CI201200371. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: JOSE RAUL RAMIREZ LUNA, SARAI COLON HERNANDEZ y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos/Lirios Cala, Bo. Lirios, Lote M-191, Juncos PR 00777/Urb. Lirios Cala, 191 calle San Jorge, Juncos PR 00777; Zion St. 603 Apt. C Hartford, Ct. 06106. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que 17 de octubre de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 18 de octubre de 2012. En SAN LORENZO, Puerto Rico, el 18 de octubre de 2012. MARIBEL BARREIRO MAYMI. NOMBRE SECRETARIO(A). HILDA HAYDEE MORALES MORALES. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.

ED-6008 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIED-6007 ESTADO LIBRE ASO- BUNAL GENERAL DE JUSTICIADO DE PUERTO RICO. TRI- CIA, SALA SUPERIOR DE COABUNAL GENERAL DE JUSTI- MO. CIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE CAGUAS.

BANCO POPULAR DE PR Demandante Vs.

LIZA ANNETTE VIDAL HERNANDEZ

Demandado(a) CIVIL NUM.: E CD2011-1169. SALA: 404. SOBRE: COBRO DE DINERO. EJECUCION DE HIPOTECA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: LIZA ANNETTE VIDAL HERNANDEZ. Los Flamboyanes 143 calle Higuero, Gurabo, PR 00778. El(la) Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que 13 de julio de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia o Sentencia Parcial en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 30 de julio de 2012. En Caguas, Puerto Rico, el 16 de octubre de 2012. CARMEN IRIS GARCIA PEREZ, SECRETARIA REGIONAL II. IVELISSE VAZQUEZ SANTIAGO. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO CARIBE COOP Demandante v.

SARAH REYES GOMEZ Demandado(a) CIVIL: B2CI201200087. SOBRE: COBRO DE DINERO. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: LCDO. JUAN DE JESUS VELEZ - #4 Cesari, Yauco, PR 00698. SRA. SARAH REYES GOMEZ p/c LCDO. JUAN DE JESUS VELEZ a ser notificado por Edicto. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que 17 de julio de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 17 de octubre de 2012. En COAMO, Puerto Rico, el 17 de octubre de 2012. YVETTE ORTIZ HERNANDEZ. NOMBRE SECRETARIO(A). CECILIA ARZOLA VEGA. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.


EL VOCERO / CLASIFICADOS / VIERNES, 26 DE OCTUBRE DE 2012 MR-6116 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR

DORAL BANK Demandante V.

SUCESION DE NOELIA ESQUERDO BURGOS, COMPUESTA POR CRISTIAN CAMACHO ESQUERDO; NOELIA SOFIA MELENDEZ ESQUERDO; FULANO DE TAL, FULANA DE TAL, SUTANO DE TAL, SUTANA DE TAL, A, B y C COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS Y HONORABLE SECRETARIO DE HACIENDA DEL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Demandados CIVIL NUM. FCD 2012-0574 (403) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América) Presidente de los Estados Unidos) S. S. Estado Libre Asociado de Puerto Rico) A: FULANO DE TAL, FULANA DE TAL, SUTANO DE TAL, SUTANA DE TAL, A, B Y C COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS DE LA SUCESION DE NOELIA ESQUERDO BURGOS. Por la presente se le emplaza y notifica que debe contestar la demanda dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación del presente edicto, radicando el original de la contestación ante el Tribunal y sala que se menciona en el epígrafe de este edicto con copia a la parte aquí demandante. Se le apercibe que de no contestar la demanda dentro del término aquí estipulado, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia sin más citarle ni oírle. Por la presente el Tribunal de Primera Instancia, conforme al caso de Banco Bilbao Vizcaya Argentaria vs. Latinoamericana de Exportación, Inc., 164 DPR 689 (2005), le ordena que en el término de treinta (30) días, haga declaración aceptando o repudiando la herencia de la Sucesión de NOELIA ESQUERDO BURGOS. Se le apercibe que de no expresar su intención de aceptar o repudiar la herencia dentro del término que se le fijó, la herencia se tendrá por aceptada. Los abogados de la parte demandante son: García-Chamorro Law Group, P.S.C., 33 Calle Bolivia Suite 701, San Juan, Puerto Rico, 00917-2010, Tel. (787) 764-1932, Fax (787) 766-2132. Expido este edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal, hoy 20 de julio de 2012. MIRIAM ROSA MALDONADO. SECRETARIA REGIONAL. Secretario General Por: LUZ V. RIVERA CIURO. Secretaria Auxiliar CB-235 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE FAJARDO SALA SUPERIOR

FANNIE MAE Demandante v.

IVÁN FIGUEROA JIMÉNEZ Demandado CIVIL NÚM: NSCI2010-00901 (301) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE FAJARDO SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América el día 14 de noviembre de 2012, a las 11:30 de la mañana en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE FAJARDO SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Urb.

River Edge Hills, D-130, Luquillo, PR 00773 y que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en la Urbanización River Edge Hills, localizada en el Barrio Sabana del municipio de Luquillo, Puerto Rico, que se describe en el plano de inscripción de la Urbanización con el número, área y colindancias que se relacionan a continuación: número del solar bloque D, Lote número ciento treinta (D-130). Área del solar quinientos cuarenta y tres metros cuadrados con noventa y nueve diezmilésimas de metros cuadrados (543.099 m.c.). En lindes por el NORTE, en doce punto ciento diez (12.110) metros, con dos alineaciones, una de cuatro punto setecientos setenta y dos (4.772) metros y un radio de tres punto cincuenta (3.50) metros; por el SUR, en veintiuno punto trescientos trece (21.313) metros; por el ESTE, en veintisiete punto ochocientos diecisiete (27.817) metros, con la calle Río Canovanillas; por el OESTE, en treinta punto cero cero (30.00) metros con el lote 'D' guión ciento treinta y uno (D131). Contiene una casa de concreto reforzado para una sola familia. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 79 del Tomo 268 de Luquillo, finca número 12,685 en el Registro de la Propiedad de Fajardo. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $161,520.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 21 de noviembre de 2012, a las 11:30 de la mañana. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $107,680.00. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 28 de noviembre de 2012, a las 11:30 de la mañana. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $80,760.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 104, otorgada el día 31 de marzo de 2005, ante el Notario Néctor F. Robles Morales y consta inscrita en el Folio 79 del Tomo 268 de Luquillo, finca número 12,685 en el Registro de la Propiedad de Fajardo, inscripción segunda. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $150,275.37 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 5.750% anual desde el día 1 de febrero de 2010. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $16,152.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $16,152.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $16,152.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE FAJARDO SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedo-

res, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. HIPOTECA en garantía a un pagaré a favor de DORAL BANK, o a su orden, por la suma de $40,380.00, con intereses al 5.750% anual y vencedero el 1 de abril de 2035, según escritura número 105, otorgada en San Juan, el 31 de marzo de 2005, ante el notario Néctor F. Robles Morales. Inscrita al folio 79 del tomo 268 de Luquillo. Inscripción tercera. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Fajardo, Puerto Rico, hoy día 27 de agosto de 2012. (Fdo.) LUZ E. GARCÍA VILLANUEVA, ALGUACIL AUXILIAR #581.

501. SOBRE: RECLAMACION DE SALARIOS Y BONO. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: HOGAR LA BENDICION, INC., Urb. Bella Vista, Calle 1 E-16-17, Bayamón, PR/Carr. 863 Bo. Pájaros, Sector Capitán, Calle Alelí #277, Toa Baja. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que 9 de octubre de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 17 de octubre de 2012. En Bayamón, Puerto Rico, el 17 de octubre de 2012. MIGDALIA RIVERA COLON. NOMBRE SECRETARIO(A). CARMEN M. PINTADO. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. APROBADO POR LA COMISION ESTATAL DE ELECCIONES CEE-C-12-060.

ED-6016 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE CAGUAS.

ED-6017 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SUBSECCION DE DISTRITO, SALA DE GURABO.

DALIANA RAMOS ROSADO Demandante Vs.

MARIELLY ESCALANTE SILVESTY

Demandado(a) CIVIL NUM.: EACI201203212. SALA: 611. SOBRE: DESAHUCIO. SOBRE: DESAHUCIO. NOTIFICACION POR EDICTO. A: MARIELLY ESCALANTE SIVESTRE; 40 Cond C aguas Tower Apt 902 Caguas, Puerto Rico, 00725-5619. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que 21 de SEPTIEMBRE de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia o Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 5 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 21 de SEPTIEMBRE de 2012. En CAGUAS, Puerto Rico, el 17 de octubre de 2012. CARMEN IRIS GARCIA PEREZ. NOMBRE SECRETARIO(A) REGIONAL. MARIBEL ALICEA APONTE. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIA(A) AUXILIAR. ED-5995 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMON.

MIGUEL ROMERO SECRETARIO DEL TRABAJO Y RECURSOS HUMANOS en representación y para beneficio de: BRUNILDA PEREZ MORALES Demandante v.

HOGAR LA BENDICION, INC.

COOPERATIVA DE AHORRO Y CREDITO NAGUABEÑA Demandante VS

SANDRA E. VARGAS NEGRON VICTOR LOPEZ LLERA, por sí y en representación de la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos

Demandandos CIVIL NUM: EDCI2012-0281. SOBRE: COBRO DE DINERO VIA ORDINARIA. Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. A: SANDRA E. VARGAS NEGRON, por sí y en representación de la sociedad legal de bienes gananciales compuesta con VICTOR LOPEZ LLERA: Urb. Lomas del Sol, calle Acuario, Casa 210, Gurabo, PR. POR LA PRESENTE, se le emplaza y requiere para que notifique al abogado de la parte demandante, cuyo nombre, dirección y teléfono, son los que se indican a continuación: LCDO. JOSE A. CANDELARIO LAJARA. RUA 6859. COND. VICK CENTER 407-D, AVE. MUÑOZ RIVERA #867, SAN JUAN, PR 00925. TEL. 787-347-4577. Por la presente, se le notifica que se ha presentado una demanda contra usted ante este Tribunal. Se le notifica que debe de comparecer en autos con su contestación a la demanda dentro de los (30) días siguientes a la publicación de este Edicto, enviando copia de la misma. Se le apercibe que de no comparecer en el término indicado, el caso seguirá su trámite y se dictará la sentencia que corresponde sin más citarle ni oírle. En GURABO, Puerto Rico, a 28 de sept. 2012. CARMEN I. GARCIA PEREZ, SECRETARIA REGIONAL II. AIDA G. TORRES TORRES, SECRETARIA AUX. TRIB. I.

POR LA VIA ORDINARIA. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS. SS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. A: JOHNNY RAY ACEVEDO PENA. Por la presente les notifica que se ha radicado en su contra una demanda en cobro de dinero y ejecución de hipoteca por la vía ordinaria. En dicha demanda se solicita el pago de $90,562.79, de principal, más los intereses acumulados al 6.50% anual desde el 1 de agosto de 2011 y los que se acumulen de esa fecha en adelante, más los recargos por mora pactados y las partidas por seguro hipotecario; más 10% de la suma original del pagaré por concepto de las costas, gastos y honorarios de abogado; más cualesquiera otros adelantados que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca. Dicha deuda se encuentra garantizada con una hipoteca sobre un inmueble ubicado en Bo. Quebrada Seca, 193 Calle 12, Ceiba, PR 00735, la cual será ejecutada y vendida en pública subasta de no realizarse el pago por la suma adeudada. Se le emplaza y requiere para que notifique al Lcdo. Carlos R. Sosa Padró, PO Box 191682, San Juan, Puerto Rico 00919-1682; Tel. (787) 2500081, abogados del Banco Popular de Puerto Rico, con copia de la contestación a la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto y radicar el original de dicha contestación en este Tribunal en donde podrá enterarse de su contenido. Si dejare de hacerlo, podrá anotársele la rebeldía y se le dictará sentencia concediendo el remedio solicitado sin más citarle ni oírle. EXPEDIDO bajo mi firma y con el Sello del Tribunal. En Fajardo, Puerto Rico, hoy SEP. 07 de 2012. Pablo L. Rosa, Secretario Regional. Secretario (a). Lillian García Villanueva, Sec. Serv. Sala CB-255 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR

DORAL BANK Demandante vs.

JAMES T. BARNES OF PUERTO RICO JOHN DOE

Demandado CIVIL NUM. FCD2012-1401 (402) SOBRE: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos de América. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. A: JAMES T. BARNES OF PUERTO RICO Y JOHN DOE. Se notifica que se presentó en esta Secretaría la Demanda de epígrafe sobre Cancelación de Pagaré Extraviado por la Vía Judicial. Se le emplaza y requiere para que presente en este Tribunal la contestación a la Demanda y notifique copia de la misma al Lcdo. Armando J. Jiménez Seda, Corporate Center Bldg Ste 601, 33 Calle Resolución, San Juan, PR 00920, teléfono número (787) 625-9700, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto. Si dejara de hacerlo, podrá dictarse sentencia en rebeldía, concediéndose el remedio solicitado en la Demanda, sin más citarle ni oírle. El pagaré hipotecario objeto de esta demanda, fue emitido a favor de JAMES T. BARNES OF PUERTO RICO, o a su orden, por la suma de $14,000.00, con intereses a razón de 5 3/4% anual, vencedero el 1 de agosto de 1996, según consta la escritura número 941, otorgada en San Juan, Puerto Rico, ante el notario Alfredo Rivera Méndez, inscrita al folio 56 del tomo 232 de Carolina, finca 8789, inscripción 1ra., Registro de la Propiedad de Carolina, Sección I. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el Sello del Tribunal, hoy SEP. 24 de 2012. Lcda. Miriam Rosa Maldonado, Secretaria Regional. Secretaría General. Lourdes Díaz Medina, Sec. Aux. Trib. I. Por: Sec. de Servicios a Sala.

CB-241 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRI- MR-6114 ESTADO LIBRE ASOBUNAL DE PRIMERA INSTAN- CIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA CIA. SALA DE FAJARDO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA SUPERIOR DE SALINAS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO Demandante vs.

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO JOHNNY RAY ACEVEDO PENA

Demandada CIVIL NUM.: NSCI2012-099. SOBRE: COBRO DE DINERO Y Demandado(a) CIVIL: D PE2012-0791. SALA EJECUCION DE HIPOTECA

ADM DE LOS SISTEMAS DE RETIRO DE LOS EMPLEADOS DEL GOBIERNO Y LA JUDICATURA

Demandante v.

NOELIA JAZMIN CARLO COLLAZO, FULANO DE TAL Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES Demandado(a) CIVIL NÚM.: G4CI201200023 SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA NOTIFICACIÓN DE SENTENCIA POR EDICTO. A: NOELIA JAZMIN CARLO COLLAZO, FULANO DE TAL Y LA SOC LEGAL GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS, POR EDICTO. El SECRETARIO(A) que suscribe le notifica a usted que 17 de julio de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representado usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación, dentro del término de treinta 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 16 de octubre de 2012. En Salinas, Puerto Rico, el 16 de octubre de 2012. ZAIDA M. COLON SANTIAGO. SECRETARIA DEL TRIBUNAL II POR: Karen J. Roche Figueroa Secretaria Auxiliar del tribunal II

ED-6004 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMON.

MARTINEZ CARMEN MARIA ALAMO ORTEGA JOHN DOE

Demandados CIVIL NUM. DCP2012-0165 SOBRE: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos de América. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. A: JOHN DOE. Se notifica que se presentó en esta Secretaría la Demanda de epígrafe sobre Cancelación de Pagaré Extraviado por la Vía Judicial. Se le emplaza y requiere para que presente en este Tribunal la contestación a la Demanda y notifique copia de la misma al Lcdo. Armando J. Jiménez Seda, Corporate Center Bldg Ste 601, 33 Calle Resolución, San Juan, PR 00920, teléfono número (787) 625-9700, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto. Si dejara de hacerlo, podrá dictarse sentencia en rebeldía, concediéndose el remedio solicitado en la Demanda, sin más citarle ni oírle. El pagaré hipotecario objeto de esta demanda, fue emitido a favor de Doral Mortgage Corporation, ahora Doral Mortgage LLC, o a su orden, por la suma de $28,000.00, intereses al 9.95% anual, vencedero el 1 de mayo de 2011, según consta de la escritura número 81, otorgada en San Juan, el 11 de abril de 2001, ante la notario Aurora Montalvo Díaz, inscrita al folio 105 del tomo 370 de Bayamón, finca 16464, inscripción 7ma., Registro de la Propiedad de Bayamón, Sección I. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el Sello del Tribunal, hoy 25 de septiembre de 2012. Migdalia Rivera Colón, Secretaria Regional. Por: Rosanna Sánchez Reyes, Secretaria Auxiliar Trib. I. Sec. de Servicios a Sala.

AVILES y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales constituida por éstos

Demandado(a) CIVIL: D CD2012-0808 (503). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: CLEOFE RUBI GONZALEZ y su esposa MORAIMA CINTRON AVILES y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales constituida por éstos. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que 3 de octubre de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 16 de octubre de 2012. En BAYAMON, Puerto Rico, el 16 de octubre de 2012. MIGDALIA RIVERA COLON. NOMBRE SECRETARIO(A). LEE BETSY ROBLES SEVILLA. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.

CB-244. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANED-6021 ESTADO LIBRE ASO- CIA. SALA SUPERIOR DE CIADO DE PUERTO RICO. TRI- UTUADO BUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE BAYAMON.

RUBEN PEREZ MORAN, ETC.

DORAL BANK

DORAL BANK Demandante v.

Demandantes

FERNANDEZ TORRES EDIA AIXA t/c/c

RIVERA PAGAN IVAN ALEXIS, t/c/c

SUCESION DE GREGORIO SANTIAGO RIVERA, ETC

Demandante v.

Demandado(a) CIVIL NUM.: D CD2012-1157. SALA 505. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: EDIA AIXA FERNANDEZ TORRES t/c/c EDIA FERNANDEZ por sí y como miembro de la SUCESION DE JOSEPH CHARLES BRAVO ROSADO compuesta además por JOHN DOE y RICHARD ROE como posibles herederos desconocidos. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que el 3 de octubre de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 16 de octubre de 2012. En BAYAMON, Puerto Rico, el 16 de octubre de 2012. MIGDALIA RIVERA COLON. NOMBRE SECRETARIO(A). MARISOL RODRIGUEZ CANCEL. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. CB-257 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR

DORAL BANK Demandante vs.

DORAL MORTGAGE LLC JOSE MARRERO

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Demandado(a) CIVIL NUM. DCD2012-1598. SALA 505. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: IVAN ALEXIS RIVERA PAGAN t/c/c IVAN A. RIVERA PAGAN, CARMEN LEONOR CORDOVA OTERO t/c/c CARMEN L. CORDOVA OTERO t/c/c CARMEN LEONOR CARDONA OTERO y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que el 3 de octubre de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 16 de octubre de 2012. En BAYAMON, Puerto Rico, el 16 de octubre de 2012. MIGDALIA RIVERA COLON. NOMBRE SECRETARIO(A). MARISOL RODRIGUEZ CANCEL. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR.

VS.

Demandados CIVIL NUM. L AC2012-0031. SOBRE: CUMPLIMIENTO DE ENTREGA DE TERRENO POR COMPRA Y REINVINDICACION EDICTO. DE: ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO A: MILAGROS SANTIAGO SANTIAGO, HECTOR SANTIAGO SANTIAGO, WILFREDO SANTIAGO SANTIAGO, MARTA SANTIAGO SANTIAGO, RAFAEL SANTIAGO SANTIAGO. Se le notifica a cada uno de ustedes que se ha recibido en esta Secretaría la demanda de epígrafe. Se le emplaza y requiere para que notifique al LCDO. ANIBAL IRIZARRY ALICEA, con oficina en San Germán, Puerto Rico, dirección postal F-26, Calle E, Urb. santa Marta, San Germán. Puerto Rico 00683-4416, Tel. 787-892-3263 y 787-5383200, abogado de los demandantes, copia de la contestación a la demanda dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto. El original de su contestación deberá radicarse en la Secretaría de este Tribunal, con los debidos aranceles. Si dejase de hacerlo, podrá dictarse contra ustedes sentencia en rebeldía, concediéndose el remedio solicitado en la demanda. Expedido bajo mi firma y sello de este Tribunal, en Utuado, Puerto Rico, hoy 5 de septiembre de 2012. Diane Alvarez Villanueva, Secretaria Regional I. Secretario (a). Lydia González Rivera, Secretaria Auxiliar del Tribunal I.

ED-5997 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR ED-6005 ESTADO LIBRE ASO- DE SAN LORENZO. CIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA Demandante INSTANCIA, SALA SUPERIOR v. DE BAYAMON.

DORAL BANK

DORAL BANK Demandante v.

CLEOFE RUBI GONZALEZ y su esposa MORAIMA CINTRON

RENEE AURIE PIÑERO HERNANDEZ t/c/c REENE AURIE PIÑERO HERNANDEZ y como REENE A. PIÑERO HERNANDEZ


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CLASIFICADOS / VIERNES, 26 DE OCTUBRE DE 2012 El periódico de Puerto Rico

Demandado(a) CIVIL: E2CI2012-010. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: RENEE AURIE PIÑERO HERNANDEZ, t/c/c REENE AURIE PIÑERO HERNANDEZ y como REENE A. PIÑERO HERNANDEZ: Urb. Estancias de Juncos J-6, Juncos, PR 00777 y/o Urb. Estancias de Juncos, 148 Camino de la Colina, Juncos, PR 00777. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que 15 de octubre de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 16 de octubre de 2012. En San Lorenzo, Puerto Rico, el 16 de octubre de 2012. MARIBEL BARREIRO MAYMI. NOMBRE SECRETARIO(A). SHEILA ROLDAN RODRIGUEZ. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. ED-6020 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS.

RUTH ABIGAIL OLIVIERI GOMEZ t/c/c RUTH OLIVIERI GOMEZ Demandante vs.

R & G MORTGAGE CORPORATION y JOHN DOE

Demandante Vs.

EDUARDO RODRIGUEZ TORRES

Demandado CIVIL NUM: ICCI201200332. SOBRE: COBRO DE DINERO, REGLA 60. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. A: EDUARDO RODRIGUEZ TORRES o sea, la parte demandada arriba mencionada. POR EL PRESENTE EDICTO se le emplaza y notifica que la parte demandante ha presentado ante este Tribunal Municipal de Cabo Rojo una DEMANDA contra usted sobre COBRO DE DINERO. REPRESENTA a la parte demandante el siguiente abogado: LCDA. OLGA LONGORIA VELEZ #149 CALLE E. VAZQUEZ BAEZ MAYAGUEZ, PR 00680 TEL. y FAX: (787) 265-1117. Se le apercibe que si no comparece a contestar la demanda dentro del término de treinta (30) días contados a partir de la publicación de este edicto se podrá dictar sentencia en rebeldía en contra suya concediendo el remedio solicitado en la demanda sin más citarle ni oírle. Debe notificar copia de su contestación al abogado de la parte demandante. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA Y SELLO DEL TRIBUNAL, HOY 11 DE SEPTIEMBRE DE 2012, EN CABO ROJO, PUERTO RICO. LILLIAN RIVERA VELEZ, SECRETARIA DEL TRIBUNAL II. POR: MARIBEL PEREZ, SecreCB-249 ESTADO LIBRE ASOtaria Auxiliar del Tribunal I. CIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCB-256 ESTADO LIBRE ASO- CIA SALA SUPERIOR DE CIADO DE PUERTO RICO TRI- AGUADILLA. BUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE HUMACAO SALA SUPERIOR

DORAL BANK Demandante vs.

RG MORTGAGE CORPORATION JOHN DOE

Demandado CIVIL NUM. HSCI201201149 SOBRE: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos de América. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. A: JOHN DOE. Se notifica que se presentó en esta Secretaría la Demanda de epígrafe sobre Cancelación de Pagaré Extraviado por la Vía Judicial. Se le emplaza y requiere para que presente en este Tribunal la contestación a la Demanda y notifique copia de la misma al Lcdo. Armando J. Jiménez Seda, Corporate Center Bldg Ste 601, 33 Calle Resolución, San Juan, PR 00920, teléfono número (787) 625-9700, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto. Si dejara de hacerlo, podrá dictarse sentencia en rebeldía, concediéndose el remedio solicitado en la Demanda, sin más citarle ni oírle. El pagaré hipotecario objeto de esta demanda, fue emitido a favor de RG MORTGAGE CORPORATION, por la suma de $63,957.00, con intereses al 6.50% anual, vencedero el 1 de diciembre de 2028, garantizado con una hipoteca constituida mediante la escritura número 221, otorgada en San Juan, Puerto Rico, ante el notario Emilio F. Solar, inscrita al folio 125 del tomo 251 de Yabucoa, finca 15759, inscripción 1ra., Registro de la Propiedad de Humacao. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el Sello del Tribunal, hoy 26 de septiembre de 2012. Dominga Gómez Fuster, Secretaria Regional. Secretaría General. Por: Firmado, Sec. de Servicios a Sala. Sec. Aux.

Demandados CIVIL NUM.: ECD2012-1276 (401). SOBRE: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos de América. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. A: JOHN DOE. Se notifica que se presentó en esta Secretaría la Demanda de epígrafe sobre Cancelación de Pagaré Extraviado por la Vía Judicial. Se le emplaza y requiere para que presente en este Tribunal la contestación a la Demanda y notifique copia de la misma a la Lcda. Annette M. Ramírez López de Victoria, 434 Avenida Hostos, San Juan, Puerto Rico 00918, teléfono número (787) 751-6764, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto. Si dejara de hacerlo, podrá dictarse sentencia en rebeldía, concediéndose el remedio solicitado en la Demanda, sin más citarle ni oírle. El pagaré hipotecario objeto de esta demanda, fue emitido a favor de Housing Investment Corp., por la suma de $18,400.00, con intereses al 6 3/4%, con vencimiento el 1ro. de enero de 1999, mil cuatrocientos noventa y nueve (1499), otorgada en San Juan, Puerto Rico, el 20 de diciembre de 1968, ante el notario Luis A. Pérez Caraballo, inscripción 1era., folio ciento sesenta (160), del Tomo novecientos uno (901) de Caguas, Registro de la Propiedad de Caguas, Puerto Rico, Sección Primera. Expedido bajo mi firma y sello del Tribunal, hoy OCT. 16 2012. CARMEN I. GAR- ED-6018 ESTADO LIBRE ASOCIA PEREZ, SECRETARIA REGIONAL II. (FDO.) SEC. AUXI- CIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANLIAR DEL TRIBUNAL. CIA, SALA DE VEGA BAJA. CB-240. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA MUNICIPAL DE CABO ROJO

ASOCIACION DE PROPIETARIOS HACIENDAS DEL CLUB GOLF Y PLAYA Y CONDOMINIO GOLF Y PLAYA representado por su administradora Martha J. Tennant Méndez

BRE: COBRO DE DINERO. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A: IRIS GARCIA FABREGAS, JOHN DOE y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales que componen entre sí. Se le notifica que se ha radicado en la Secretaría de este Tribunal la demanda de epígrafe. En la misma CALIDAD AUTO SALES CORP., promueve el cobro de dinero en su contra y de forma solidaria por la cantidad de (a) $3,711.50 por concepto de contrato de compraventa al por menor a plazos-deficiencia y (b) $1,113.00 por concepto de honorarios de abogado, costas del proceso, gastos de fianza, radicación y reposesión. POR TANTO, se le emplaza y requiere que conteste la demanda de epígrafe, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto, radicando el original en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Vega Baja y que notifique copia al Lcdo. Alberto José Torrado Delgado con oficina en Hatillo, dirección postal PO Box 1329 Hatillo PR 00659 y teléfono (787) 262-5138 y abogado de la parte demandante. Si dejare de hacerlo, se le anotará la rebeldía y se podrá dictar sentencia en su contra concediendo el remedio solicitado en la demanda sin más citarle ni oírle. Expedido bajo mi firma y sello de este Tribunal, en Vega Baja, Puerto Rico, a 9 de octubre de 2012. MARIA DEL C. CANCEL RIOS, SECRETARIO. MARITZA ROSARIO ROSARIO, SECRETARIO AUXILIAR.

CALIDAD AUTO SALES CORP. Demandante v.

MANUEL MERCADO CASTRO Demandante Vs.

EMMA GONZALEZ RIVERO

Demandada CIVIL NUM. AIRF201200233 SOBRE: DIVORCIO Ruptura Irreparable. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. SS. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A: USTED: EMMA GONZALEZ RIVERO 41-4 DERECHA PABLO PENAGUILAS CHAMMAN LAS PALMAS GRAN CANARIA, ESPAÑA. POR LA PRESENTE. Se le notifica que contra usted se ha presentado demanda de divorcio por la causal de ruptura irreparable. Se le emplaza y requiere para que presente su contestación a la Demanda radicando el original de la misma en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aguadilla, P.O. Box 1010, Aguadilla, Puerto Rico 00605-1010 notificando copia de la misma a: LCDO. EDWIN H. SEPULVEDA VALENTIN. T.S. 6638. CALLE PROGRESO #91, SUITE C, EDIFICIO HERNANDEZ LEBRON, AGUADILLA, PUERTO RICO 00603. TEL./FAX: (787) 8825408. Dentro de los treinta (30) días después de la publicación de este Edicto. Se le apercibe que si usted dejara de contestar dicha demanda, se anotará la rebeldía y se podrá dictar contra usted Sentencia concediendo el remedio solicitado, sin más citarle ni oírle. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA Y SELLO DEL TRIBUNAL, hoy SEP 19 de 2012. POR: ANA M. AVILES GONZALEZ, SECRETARIA REGIONAL. SECRETARIO GENERAL. PEGGY SANCHEZ LOPEZ, SUB-SECRETARIO. ED-6010 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SALINAS.

AUSBERTO RAMOS ROMAN y OTROS Demandante v.

FRANCIS M AGUIRRE PEREZ

Demandado(a) CIVIL NUM. G4CI201100009. SOBRE: PARTICION DE HERENCIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: FRANCIS M AGUIRRE PEREZ por edicto p/c LIC. SIZZETTE NIEVES CAUSSADE. PO Box 779, Salinas, PR 00751. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que el 19 de octubre de 2011, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y Demandados archivada en autos donde podrá CIVIL NUM: CM2012-840. SO- usted enterarse detalladamente

IRIS GARCIA FABREGAS JOHN DOE y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales que componen entre sí

de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 16 de octubre de 2012. En SALINAS, Puerto Rico, el 16 de octubre de 2012. ZAIDA M COLON SANTIAGO. NOMBRE SECRETARIO(A). KAREN J ROCHE FIGUEROA. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. ED-6000 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA, SALA SUPERIOR DE CAROLINA.

HECTOR LIONEL RODRIGUEZ MARTINEZ Demandante v.

LUCY ALTAGRACIA ORTIZ ACOSTA

Demandado(a) CIVIL NUM. F DI2012-0323. SALA 303. SOBRE: DIVORCIO (RI). NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: LUCY ALTAGRACIA ORTIZ ACOSTA. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que 5 de octubre de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 5 de octubre de 2012. En CAROLINA, Puerto Rico, el 18 de octubre de 2012. MIRIAM ROSA MALDONADO. NOMBRE SECRETARIO(A). GLORIBEE GALARZA GONZALEZ. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. ED-6011 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA, SALA SUPERIOR DE HUMACAO.

LIZZETTE LOPEZ LOPEZ Demandante v.

EX-PARTE Demandado(a) CIVIL: HSCI201200240. SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: TODAS LAS PERSONAS IGNORADAS QUE PUEDAN SER PERJUDICADAS CON LA INSCRIPCION. p/c de la LCDA. MARIA F. RIVERA RIVERA PO Box 518 Las Piedras PR 00771. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que 9 de octubre de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido

archivada en los autos de este caso, con fecha de 16 de octubre de 2012. En HUMACAO, Puerto Rico, el 16 de octubre de 2012. DOMINGA GOMEZ FUSTER. NOMBRE SECRETARIO(A). EVELYN MUÑOZ CONTRERAS. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. ED-6012 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA, SALA SUPERIOR DE HUMACAO.

MISAEL PARIS POUPART Demandante v.

EX-PARTE

Demandado(a) CIVIL: HSCI201200160. SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: TODAS LAS PERSONAS IGNORADAS QUE PUEDAN SER PERJUDICADAS CON LA INSCRIPCION. p/c de la LCDA. MARIA F. RIVERA RIVERA PO Box 518 Las Piedras PR 00771. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que 9 de octubre de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 15 de octubre de 2012. En HUMACAO, Puerto Rico, el 15 de octubre de 2012. DOMINGA GOMEZ FUSTER. NOMBRE SECRETARIO(A). EVELYN MUÑOZ CONTRERAS. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. CB-236 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE PONCE SALA SUPERIOR

DORAL BANK Demandante v.

JOSÉ RAMÓN PÉREZ RIVERA CARMEN LISSETTE TORO MARRERO Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS Demandados CIVIL NÚM: JCD2012-0001 (G28) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE PONCE SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América el día 14 de noviembre de 2012, a las 9:30 de la mañana, en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE PONCE SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en El Tuque, 380-A Calle Ramos Antonini, Ponce, PR 00731 y que se describe a continuación: RUSTICA: Parcela marcada con el número 380-A en el plano de parcelación de la Comunidad rural Canas del Barrio Canas del término Municipal de Ponce, con cabida superficial de cero cuerdas con mil trescientos veinte y tres diezmilésas de otra (0.1323 cuerdas), equivalentes a quinientos veinte (520.00) metros cuadrados. En lindes por el NORTE, con la parcela número 377 de la

comunidad; por el SUR, con la calle número 11 de la comunidad; por el ESTE, con callejón de la comunidad; por el OESTE, con la parcela número 382 de la comunidad. Sobre este solar fue construida una casa de concreto armado y bloques de hormigón, la cual mide cuarenta y tres pies de frente por cuarenta y cuatro pies de largo (43’ x 44’). La misma consta de tres (3) cuartos dormitorios, sala, comedor, cocina, servicio sanitario, marquesina y balcón. Toda la casa tiene persianas de cristal y losetas. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 258 del Tomo 708 de Ponce, finca número 6656, en el Registro de la Propiedad de Ponce, Sección Segunda. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $59,950.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 21 de noviembre de 2012, a las 9:30 de la mañana. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $39,966.67. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 28 de noviembre de 2012, a las 9:30 de la mañana. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $29,975.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 60, otorgada el día 11 de febrero de 1997, ante el Notario Alfredo J. Mora Mercado y consta inscrita en el Folio 155 del Tomo 907 de Ponce, finca número 6656, en el Registro de la Propiedad de Ponce, Sección Segunda, inscripción quinta. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $46,792.10 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 7.500% anual desde el día 1 de marzo de 2011. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 4.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $5,995.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $5,995.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $5,995.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la Regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE PONCE SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores y/o preferentes según surge de las constancias del Registro de la Propiedad en un estudio de título efectuado a la finca antes descrita. Por la presente se notifica a los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de o interesados en títulos transmisibles por endoso o al portador garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subrogados en los derechos del acreedor ejecutante. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrar-

se la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Ponce, Puerto Rico, hoy día 3 de agosto de 2012. (Fdo.) LUIS R. SÁNCHEZ ALGUACIL #748. ED-6022 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE CAGUAS.

NILDA LUZ SANCHEZ SANTANA Demandante v.

CORNELIO DUARTE ESTEVEZ

Demandado(a) CIVIL: E DI2012-0707. SOBRE: DIVORCIO (SEPARACION). NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: CORNELIO DUARTE ESTEVEZ. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que 14 de septiembre de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 24 de septiembre de 2012. En CAGUAS, Puerto Rico, el 24 de septiembre de 2012. CARMEN I. GARCIA PEREZ. NOMBRE SECRETARIO(A). DIANA VAZQUEZ VEGA. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. CB-237. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE FAJARDO SALA SUPERIOR

FANNIE MAE Demandante v.

ANGEL MANUEL PABÓN MELÉNDEZ Demandado CIVIL NÚM: NSCI2006-00747 (302) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EDICTO DE SUBASTA El Alguacil que suscribe por la presente CERTIFICA, ANUNCIA y hace CONSTAR: Que en cumplimiento de un Mandamiento de Ejecución de Sentencia que le ha sido dirigido al Alguacil que suscribe por la Secretaría del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE FAJARDO SALA SUPERIOR, en el caso de epígrafe procederá a vender en pública subasta al mejor postor en efectivo, cheque certificado en moneda legal de los Estados Unidos de América el día 14 de noviembre de 2012, a las 11:00 de la mañana en su oficina sita en el local que ocupa en el edificio del TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE FAJARDO SALA SUPERIOR, todo derecho, título e interés que tenga la parte demandada de epígrafe en el inmueble de su propiedad que ubica en Cond. Castillos del Mar, Apt. JA-1, Ceiba, P. R. 00735 y que se describe a continuación: URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento identificado con el #JA-1, ubicado en el primer piso del edificio J, del complejo conocido como Condominio Castillos del Mar, localizado en el Barrio Machos del término municipal de Ceiba, Puerto Rico. Tiene un área superficial de 1376.162 pies cuadrados, equivalentes a 127.85 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en una distancia de 48' 11 _", equivalentes a. 14.90 metros lineales, con área de patio, por el SUR, en una distancia de 48' 11 _", equivalentes a 14.90 metros lineales, con elementos comunes, por el ESTE, en una distancia de 37' 7", equivalentes a 11.46 metros lineales, con el apartamento #JB-1, y por el OESTE, en una distancia de 15' 0", equivalentes

a 4.57 metros lineales, con elementos comunes. Su puerta principal de acceso se encuentra en su colindancia Sur. Contiene 3 dormitorios, 2 baños, 3 closets, un walk-in closet, sala, comedor, cocina, laundry, balcón, vestíbulo 'storage' (área de almacenaje). Le corresponde un por ciento de participación en los elementos comunes generales el 0.003860%. Le pertenece el uso y disfrute de 2 espacios para estacionamientos, marcados con los números 366 y 369. Le pertenece también el uso y disfrute de un área de patio ubicado en su colindancia Norte, de aproximadamente 52.00 metros cuadrados. La propiedad antes relacionada consta inscrita en el Folio 118 del Tomo 161 de Ceiba, finca número 10143, en el Registro de la Propiedad de Fajardo. El tipo mínimo para la primera subasta del inmueble antes relacionado, será el dispuesto en la Escritura de Hipoteca, es decir la suma de $196,760.00. Si no hubiere remate ni adjudicación en la primera subasta del inmueble mencionado, se celebrará una segunda subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 21 de noviembre de 2012, a las 11:00 de la mañana. En la segunda subasta que se celebre servirá de tipo mínimo las dos terceras partes (2/3) del precio pactado en la primera subasta, o sea la suma de $131,173.33. Si tampoco hubiere remate ni adjudicación en la segunda subasta se celebrará una tercera subasta en las oficinas del Alguacil que suscribe el día 28 de noviembre de 2012, a las 11:00 de la mañana. Para la tercera subasta servirá de tipo mínimo la mitad (1/2) del precio pactado para el caso de ejecución, o sea, la suma de $98,380.00. La hipoteca a ejecutarse en el caso de epígrafe fue constituida mediante la escritura número 148, otorgada el día 29 de marzo de 2005, ante el Notario Rafael A. Malavé Lebrón y consta inscrita en el Folio 118 del Tomo 161 (Agora) de Ceiba, finca número 10143, en el Registro de la Propiedad de Fajardo, inscripción segunda. Dicha subasta se llevará a cabo para con su producto satisfacer al Demandante total o parcialmente según sea el caso el importe de la Sentencia que ha obtenido ascendente a la suma de $188,072.71 por concepto de principal, más intereses al tipo pactado de 5.500% anual desde el día 1 de abril de 2006. Dichos intereses continúan acumulándose hasta el pago total de la obligación. Se pagarán también los cargos por demora equivalentes a 5.000% de la suma de aquellos pagos con atrasos en exceso de 15 días calendarios de la fecha vencimiento, la suma de $19,676.00 para costas, gastos y honorarios de abogado, la suma de $19,676.00 para cubrir los intereses en adición a los garantizados por ley y la suma de $19,676.00 para cubrir cualquier otro adelanto que se haga en virtud de la escritura de hipoteca, más intereses según provisto por la regla 44.3 de las de Procedimiento Civil. Que los autos y todos los documentos correspondientes al Procedimiento incoado estarán de manifiesto en la SECRETARIA DEL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE FAJARDO SALA SUPERIOR durante las horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante continuarán subsistentes entendiéndose que el rematante los acepta y queda subrogado en la responsabilidad de los mismos, sin destinarse a su extinción el precio de remate. La propiedad no está sujeta a gravámenes anteriores ni preferentes según las constancias del Registro de la Propiedad. Surge de un estudio de título que, sobre la finca descrita anteriormente, pesan los gravámenes posteriores a la hipoteca que se ejecuta mediante este procedimiento que se relacionan más adelante. A los acreedores que tengan inscritos o anotados sus derechos sobre los bienes hipotecados con posterioridad a la inscripción del crédito del ejecutante o acreedores de cargos o derechos reales que los hubiesen pospuesto a la hipoteca del actor y a los dueños, poseedores, tenedores de, o interesados en títulos transmisibles por endoso, o al portador, garantizados hipotecariamente con posterioridad al crédito del actor por la presente se notifica, que se celebrarán las subastas en las fechas, horas y sitios señalados para que puedan concurrir a la subasta si les conviniere o se les invita a satisfacer antes del remate el importe del crédito, de sus intereses, otros cargos y las costas y honorarios de abogado asegurados quedando subroga-


EL VOCERO / CLASIFICADOS / VIERNES, 26 DE OCTUBRE DE 2012 dos en los derechos del acreedor ejecutante. HIPOTECA en garantía de un pagaré a favor de DORAL BANK, o a su orden, por la suma de $49,190.00, sus intereses al 5 _% anual y vencedero el 1 de abril del 2020, según escritura número 149, otorgada en San Juan, el 29 de marzo de 2005 ante el notario Rafael A. Malavé Lebrón. Inscrita el 31 de octubre de 2011, al folio 118 del tomo 161 (ágora) de Ceiba. Inscripción tercera. ANOTACION DE EMBARGO. Seguido por Doral Bank vs. Angel Manuel Pabón Meléndez, ante el Tribunal de Primera de Instancia, Centro Judicial de Fajardo, Sala Superior, en el caso civil número NICI 2007-00550 (304), para que anote embargo por la suma de $47,018.21 y otras cantidades. Se acompaña Orden de fecha 18 de abril del 2008. Anotado el 31 de octubre de 2011, al folio 118 del tomo 161 (ágora) de Ceiba. Anotación A. Y para conocimiento de licitadores del público en general se publicará este Edicto de acuerdo con la ley por espacio de dos semanas en tres sitios públicos del municipio en que ha de celebrarse la venta, tales como la alcaldía, el Tribunal y la colecturía. Este Edicto será publicado mediante edictos dos veces en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por espacio de dos semanas consecutivas. Expido el presente Edicto de subasta bajo mi firma y sello de este Tribunal en Fajardo, Puerto Rico, hoy día 27 de agosto de 2012. (Fdo.) LUZ E. GARCÍA VILLANUEVA ALGUACIL AUXILIAR #581. ED-6015 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE SAN JUAN.

TEISTHEL R. LEON ESTRADA Demandante v.

ARAMIS O’FARRIL RIVERA

Demandado(a) CIVIL NUM. K DI2012-0540. SOBRE: DIVORCIO. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: ARAMIS O’FARRIL RIVERA. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que 11 de octubre de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 18 de octubre de 2012. En SAN JUAN, Puerto Rico, el 18 de octubre de 2012. LCDA. REBECCA RIVERA TORRES. NOMBRE SECRETARIO(A). ANGELICA CARRASCO SANTOS. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. ED-6009 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA, SALA SUPERIOR DE CAROLINA.

JORGE OLIVERAS TARRIOS Demandante v.

CARMEN MATOS MENDEZ Demandado(a) CIVIL NUM. F DI2012-0347. SALA 301. SOBRE: SEPARACION. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: CARMEN MATOS MENDEZ. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que el 4 de octubre de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación.

Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 4 de octubre de 2012. En CAROLINA, Puerto Rico, el 17 de octubre de 2012. MIRIAM ROSA MALDONADO. NOMBRE SECRETARIO(A). GLORIBEE GALARZA GONZALEZ. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. ED-6019 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA MUNICIPAL DE MANATI.

YAHAIRA GONZALEZ RODRIGUEZ Peticionaria VS

BENJAMIN MARRERO OTERO

Peticionado CASO NUM.: OP2012-59. ASUNTO: ORDEN DE PROTECCION (LEY 54). EDICTO DE CITACION. Los Estados Unidos de América. El Presidente de los EE UU. El Estado Libre Asociado de PR. A: BENJAMIN MARRERO OTERO. POR LA PRESENTE se le requiere a usted, que sin pretexto alguno, comparezca a la Vista señalada para el día 30 de noviembre de 2012, a las 8:30 de la mañana en la Sala Municipal del Tribunal de Primera Instancia de Manatí, para que se defienda de la querella en su contra de orden de protección y muestre causa por la cual no deba mantenerse la orden de protección concedida de forma exparte. Se le apercibe que de no comparecer en la hora y día antes indicado se le anotará la rebeldía y se concederá el remedio solicitado, sin más citarle, ni oírle. En Manatí, Puerto Rico, hoy 4 de octubre de 2012. SORAYA GONZALEZ MALDONADO, SECRETARIA II. POR: ANABELLE COLON SERRANO, SECRETARIA AUXILIAR. ED-5996 #102139797 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE PONCE.

RNPM, LLC a través de su agente de servicios OPERATING PARTNERS CO., LLC. Demandante v.

ARQUELIO RIVERA RODRIGUEZ Demandado CIVIL NUM: JCD2009-1632. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA). Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico SS. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA ENMENDADO. El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 31 de agosto de 2011, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 13 de noviembre de 2012, a las 11:00 de la mañana, en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE PONCE. Siendo ésta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $48,950.00. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 20 de noviembre de 2012, a las 11:00 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como

oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $32,633.33. ESTA SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE PONCE. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una TERCERA SUBASTA el día 27 de noviembre de 2012, a las 11:00 de la mañana, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: “URBANA: PROPIEDAD HORIZONTAL: Apartamento número mil uno (1001) de forma irregular, situado en el piso décimo del Condominio University Suites, que consta de sala-dormitorio con dos (2) closets, cocina, cuarto de baño, terraza y un pasillo que lo comunica con el vestíbulo con el corredor o pasillo de uso común limitado que conduce a la escalera. Tiene un área de CUARENTA Y OCHO METROS CON CINCUENTA CENTIMETROS CUADRADOS (48.50). Colinda por el Norte, en tres metros diez centímetros (3.10) con la vertical, al patrio delantero que separa el edificio de la Avenida Interior y en tres metros veinte centímetros (3.20) con la pared que lo separa del corredor de uso común limitado, por el Sur, en seis metros treinta centímetros con la vertical al patrio posterior que separa el edificio del solar adyacente, por el Este, en seis metros ochenta y cinco centímetros (6.85) con la pared que lo separa del espacio del ascensor, y por el Oeste, en seis metros ochenta y cinco centímetros (6.85) con la vertical al patio lateral que lo separa del solar adyacente. Le corresponde un porcentaje de dos punto veintisiete por ciento (2.27) el apartamento descrito forma parte de un edificio que se construyó en la finca dieciocho mil setecientos diecinueve (18,719) constituido en Régimen de Propiedad Horizontal e inscrito al folio ciento setenta y tres (173) del tomo mil cincuenta y nueve (1059) de Ponce, inscripción octava. DIRECCION: CONDOMINIO UNIVERSITY SUITES, APARTAMENTO 1001, PONCE, PUERTO RICO. Además, se notifica de esta Subasta a la Junta de Directores del Condominio UNIVERSITY SUITES, para que comparezcan a la Subasta a licitar, a fin de proteger los cargos de mantenimiento atrasados y no pagados. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma principal de $37,757.42, más los intereses acumulados desde el 1ro. de enero de 2009, fecha del último pago efectuado, con una tasa de interés del 7.75% anual, más los cargos por demora, adelantos para el pago de seguros y contribuciones, entre otros; más la suma de $4,895.00 por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la Secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en PONCE, Puerto Rico, hoy día 19 de junio de 2012. (FDO.) ALGUACIL. ANGEL MERCADO QUILES, ALGUACIL SUPERVISOR. ED-6023 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE MENORES Y FAMILIA.

ODALIS GOMEZ OCASIO Demandante Vs.

IVAN GONZALEZ CANCEL

Demandado CIVIL NUM. DDI2012-1921. SOBRE: DIVORCIO (RUPTURA IRREPARABLE). EDICTO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. A: IVAN GON-

ZALEZ CANCEL. 5717 Quintana St., Riverdale, Maryland 20737. Queda usted notificado que la parte demandante de epígrafe ha radicada ante este Tribunal una Demanda de Divorcio por Ruptura Irreparable, contra usted como demandado. Se les advierte que este edicto se publicará en un (1) periódico de circulación general una (1) sola vez y que si no comparece a contestar dicha Demanda radicando el original de dicha contestación de la misma en el Tribunal, con copia a la abogada de la parte demandante, Lcda. Elba I. Chapel Díaz, Ave. Aguas Buenas, Bloque 1017, Suite 7, Urb. Santa Rosa, Bayamón, Puerto Rico 00959, Tel. (787) 780-1551, dentro del término de treinta (30) días contados a partir de la publicación del Edicto, se le anotará la Rebeldía y se dictará Sentencia, concediendo el remedio así solicitado sin más citarle ni oírle. EXPEDIDO bajo mi firma y sello de este Tribunal, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 19 de sept. de 2012. DAMARIS ROSADO MARQUEZ, SECRETARIA(O) AUXILIAR. MIGDALIA RIVERA COLON, SUB-SECRETARIA(O) REGIONAL. ED-5999 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL GENERAL DE JUSTICIA. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA SUPERIOR DE PATILLAS.

DORAL BANK Demandante v.

DORY GUEVARA TORRES

Demandado(a) CIVIL NUM. G3CI201200027. SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. NOTIFICACION DE SENTENCIA POR EDICTO. A: DORY GUEVARA TORRES. El Secretario(a) que suscribe le notifica a usted que el 11 de octubre de 2012, este Tribunal ha dictado Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución en este caso, que ha sido debidamente registrada y archivada en autos donde podrá usted enterarse detalladamente de los términos de la misma. Esta notificación se publicará una sola vez en un periódico de circulación general en la Isla de Puerto Rico, dentro de los 10 días siguientes a su notificación. Y, siendo o representando usted una parte en el procedimiento sujeta a los términos de la Sentencia, Sentencia Parcial o Resolución, de la cual puede establecerse recurso de revisión o apelación dentro del término de 30 días contados a partir de la publicación por edicto de esta notificación, dirijo a usted esta notificación que se considerará hecha en la fecha de la publicación de este edicto. Copia de esta notificación ha sido archivada en los autos de este caso, con fecha de 11 de octubre de 2012. En Patillas, Puerto Rico, el 17 de octubre de 2012. LILLIAN I. FLORES MORALES. NOMBRE SECRETARIO(A). BELITZA COLON VAZQUEZ. NOMBRE SECRETARIO(A) AUXILIAR. FIRMA SECRETARIO(A) AUXILIAR. MR-6115 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CAROLINA SALA SUPERIOR

DORAL BANK Demandante V.

ANTHONY FARINO Demandado CIVIL NUM. FCD12-0599 (404) SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCIÓN DE HIPOTECA POR LA VÍA ORDINARIA EMPLAZAMIENTO POR EDICTO Estados Unidos de América) Presidente de los Estados Unidos ) S. S. Estado Libre Asociado de Puerto Rico) A: ANTHONY FARINO. Por la presente se le emplaza y notifica que debe contestar la demanda dentro del término de treinta (30) días a partir de la publicación del presente edicto, radicando el original de la contestación ante el Tribunal y sala que se menciona en el epígrafe de este edicto con copia a la parte aquí demandante. Se le apercibe que de no contestar la demanda dentro del término aquí estipulado, se le anotará la rebeldía y se dictará sentencia sin más citarle ni oírle. Los abogados de la parte demandante son: García-Chamorro Law Group, P.S.C., 33 Calle Bolivia, Suite 701, San Juan, Puerto Rico, 00917-2010, Tel. (787) 7641932, Fax (787) 766-2132. Expido este edicto bajo mi firma y sello de este Tribunal, hoy Julio 18 de 2012. MIRIAM ROSA MALDONADO. SECRETARIA REGIONAL. Secretario General. Por: Sarai Cruz Pantoja. Secretaria Auxiliar

CB-251 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE BAYAMON SALA SUPERIOR

DORAL BANK Parte Demandante VS.

so del término de treinta (30) días antes señalado contados a partir de la fecha de la notificación de la presente Orden, se presumirá que han aceptado la herencia del (la) causante Alba Neldis Ayala Rivera t/c/c Alba Ayala Rivera, por consiguiente, responden por las cargas de dicha herencia conforme dispone el Artículo 957 del Código Civil, 31 L.P.R.A. §2785. Se ordena a la parte demandante a que, en vista de que la sucesión del (la) causante Alba Neldis Ayala Rivera t/c/c Alba Ayala Rivera incluye como herederos a John Doe y Richard Roe como posibles herederos desconocidos, proceda a notificar la presente Orden mediante publicación de un edicto a esos efectos una sola vez en un periódico de circulación diaria general de la Isla de Puerto Rico. DADA en Bayamón, Puerto Rico, a 20 de septiembre de 2012. Griselle M. Robles Ortiz, JUEZ SUPERIOR. POR CUANTO: Se le (s) advierte a que dentro del término legal de treinta (30) días contados a partir de la fecha de la notificación de la presente Orden, acepten o repudien la participación que les corresponda en la herencia del (la) causante Alba Neldis Ayala Rivera t/c/c Alba Ayala Rivera. POR ORDEN DEL HONORABLE, Juez de Primera Instancia de este Tribunal, expido el presente Mandamiento, bajo mi firma y sello oficial, en Bayamón, Puerto Rico, hoy día 27 de septiembre de 2012. Migdalia Rivera Colón, Secretaria Regional. Por: Danilsa Ortiz Ramos, Secretaria Auxiliar del Tribunal I. Sub-Secretaria.

legal de treinta (30) días contados a partir de la fecha de la notificación de la presente Orden, acepten o repudien la participación que les corresponda en la herencia de (l) (la) causante PORFIRIO ORTIZ RAMOS. Se le apercibe a los herederos antes mencionados que de no expresarse dentro de ese término de treinta (30) días en torno a su aceptación o repudiación de herencia, la herencia se tendrá por aceptada. También se le apercibe a los herederos antes mencionados que luego del transcurso del término de treinta (30) días antes señalado contados a partir de la fecha de la notificación de la presente Orden, se presumirá que han aceptado la herencia de (l) (la) causante PORFIRIO ORTIZ RAMOS, por consiguiente, responden por las cargas de dicha herencia conforme dispone el Artículo 957 del Código Civil, 31 L.P.R.A. §2785. Se ordena a la parte demandante a que, en vista de que la sucesión del (la) causante PORFIRIO ORTIZ RAMOS incluye a John Doe y Richard Roe como posibles herederos desconocidos, proceda a notificar la presente Orden mediante publicación de un edicto a esos efectos una sola vez en un periódico de circulación diaria general de la Isla de Puerto Rico. DADA en San Lorenzo, Puerto Rico, a 5 de septiembre de 2012. Fdo. Hon. Alicia Velázquez Piñol, JUEZ SUPERIOR.” POR CUANTO: Se le (s) advierte a que dentro del término legal de treinta (30) días contados a partir de la fecha de la notificación de la presente Orden, acepten o repudien la participación que les corresponda en la herencia de (l) (la) causante PORFIRIO ORTIZ RAMOS y eximiendo a la parte demandante de tener que enviar copia de la presente Orden y del Mandamiento de Interpelación a dichos herederos por desconocerse su identidad y sus direcciones. POR ORDEN DEL TRIBUNAL de Primera Instancia, expido el presente Mandamiento, bajo mi firma y sello oficial, en San Lorenzo, Puerto Rico, hoy día 24 de septiembre de 2012. Maribel Barreiro Maymí, Secretaria del Tribunal Confidencial II. Secretaria General. Por: Sheila Roldán Rodríguez, Sec. Auxiliar del Tribunal. Sub-Secretaria.

CION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. MANDAMIENTO ORDEN DE INTERPELACION. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos. SS. Estado Libre Asociado de Puerto Rico. A: SUCESION DE PORFIRIO ORTIZ RAMOS COMPUESTA JUAN RAMON ORTIZ BONILLA, FRANCISCO ORTIZ BONILLA, ANA LUZ ORTIZ BONILLA, MARIA DEL CARMEN ORTIZ BONILLA, MIGUEL ARIAS GOYTIA, LUIS ARIAS GOYTIA, ANGEL ARIAS GOYTIA, IRIS ARIAS GOYTIA, JOHN DOE Y RICHARD ROE COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS. POR CUANTO: Se ha dictado en el presente caso la siguiente Orden: “ORDEN” Examinada la moción presentada por la parte demandante y examinados los autos del caso, el Tribunal le imparte su aprobación y en su virtud acepta la Demanda Enmendada presentada en el caso del epígrafe, así como la interpelación judicial de la parte demandante a los herederos de (l) la demandado (a) PORFIRIO ORTIZ RAMOS conforme dispone el Artículo 959 del Código Civil, 31 L.P.R.A. §2787. Se ordena a los herederos del (la) causante, a saber, JUAN RAMON ORTIZ BONILLA, FRANCISCO ORTIZ BONILLA, ANA LUZ ORTIZ BONILLA, MARIA DEL CARMEN ORTIZ BONILLA, MIGUEL ARIAS GOYTIA, LUIS ARIAS GOYTIA, ANGEL ARIAS GOYTIA, IRIS ARIAS GOYTIA, JOHN DOE Y RICHARD ROE COMO HEREDEROS DESCONOCIDOS, a que dentro del término

Parte Demandada CIVIL NUM.: N1CI2010-00656 SALON NÚM.: 301 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: HERIBERTO CAMACHO MERCADO, SU ESPOSA MELBA ENID ALVAREZ MARQUEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES CONSTITUIDA ENTRE ESTOS; Y AL PUBLICO EN GENERAL. El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Fajardo, Fajardo, Puerto Rico, hago saber, a la parte demandada y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 23 de julio de 2012, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: 9 ST., H-9, SANTA MARÍA WD, CEIBA, PR 00735: URBANA: Solar #9 del bloque H de la Urbanización Santa María, primera extensión, ubicada en el Barrio Machos del término municipal de Ceiba, Puerto Rico, con un área superficial de 346.92 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en 33.63 metros, con terrenos propiedad de la Sucesión de Mariano Arroyo; por el SUR, en 29.00 metros, con el solar #8; por el ESTE, en una distancia irregular de 6.55 metros y un arco de 5.50 metros, con la calle #9 y dos arcos de 1.25 metros cada uno en el lado Este, y por el OESTE, en 5.02 metros, con el solar #17. Enclava edifica-

SUCESION DE ALBA NELDIS AYALA RIVERA T/C/C ALBA AYALA RIVERA COMPUESTA POR SU HIJA CARMEN NELDIS JIMENEZ AYALA T/C/C CARMEN JIMENEZ AYALA; JUAN ALFRED DE JESUS IRIZARRY T/C/C JUAN A. DE JESUS IRIZARRY Y SU ESPOSA CARMEN NELDIS JIMENEZ AYALA T/C/C CARMEN JIMENEZ AYALA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; FULANO DE TAL Y MENGANO DE ESTADO LIBRE ASOTAL COMO POSIBLES CB-253 CIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANHEREDEROS CIA SALA SUPERIOR DE SAN LORENZO DESCONOCIDOS DORAL BANK CON INTERESES EN Parte Demandante LA SUCESION: VS. DEPARTAMENTO SUCESION DE DE HACIENDA POR PORFIRIO ORTIZ CONDUCTO DE LA RAMOS DIVISION DE COMPUESTA JUAN CAUDALES RAMON ORTIZ RELICTOS; CENTRO BONILLA DE RECAUDACION FRANCISCO ORTIZ DE INGRESOS BONILLA, ANA LUZ CB-258. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIMUNICIPALES ORTIZ BONILLA, BUNAL DE PRIMERA INSTANCENTRO JUDICIAL DE FA(CRIM) MARIA DEL CARMEN CIA JARDO SALA SUPERIOR Parte Demandada ORTIZ BONILLA, CASO NUM. DCD2010-4073. DORAL BANK SALON NUM. 504 ACCION CIMIGUEL ARIAS Parte Demandante VIL DE COBRO DE DINERO Y VS EJECUCION DE HIPOTECA GOYTIA, LUIS ARIAS HERIBERTO POR LA VIA ORDINARIA. MANGOYTIA, ANGEL DAMIENTO ORDEN DE INTERCAMACHO PELACION. Estados Unidos de ARIAS GOYTIA, América. El Presidente de los MERCADO Estados Unidos. SS. Estado LiIRIS ARIAS GOYTIA SU ESPOSA bre Asociado de Puerto Rico. A: JOHN DOE CARMEN NELDIS JIMENEZ MELBA ENID AYALA T/C/C CARMEN JIMEY RICHARD ROE NEZ AYALA; JUAN ALFRED ALVAREZ MARQUEZ DE JESUS IRIZARRY T/C/C COMO POSIBLES Y LA SOCIEDAD JUAN A. DE JESUS IRIZARRY HEREDEROS Y SU ESPOSA CARMEN NELLEGAL DE BIENES DIS JIMENEZ AYALA T/C/C DESCONOCIDOS CARMEN JIMENEZ AYALA Y GANANCIALES Parte Demandada LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA CASO NUM. E2CI2012-058. SACONSTITUIDA LON NUM. ACCION CIVIL DE POR AMBOS; FULANO DE TAL ENTRE ESTOS Y MENGANO DE TAL COMO COBRO DE DINERO Y EJECUPOSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS CON INTERESES EN LA SUCESION. POR CUANTO: Se ha dictado en el presente caso la siguiente Orden: “ORDEN” Examinada la moción presentada por la parte demandante y examinados los autos del caso, el Tribunal le imparte su aprobación y en su virtud acepta interpelación judicial de la parte demandante a los herederos del demandado Alba Neldis Ayala Rivera t/c/c Alba Ayala Rivera conforme dispone el Artículo 959 del Código Civil, 31 L.P.R.A. §2787. Se ordena a los herederos del (la) causante Alba Neldis Ayala Rivera t/c/c Alba Ayala Rivera, a saber, Carmen Neldis Jiménez Ayala t/c/c Carmen Jiménez Ayala; Juan Alfred De Jesús Irizarry t/c/c Juan A. De Jesús Irizarry y su esposa Carmen Neldis Jiménez Ayala t/c/c Carmen Jiménez Ayala y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos; Fulano de Tal y Mengano de Tal como posibles herederos desconocidos, a que dentro del término legal de treinta (30) días contados a partir de la fecha de la notificación de la presente Orden, acepten o repudien la participación que les corresponda en la herencia del (la) causante Alba Neldis Ayala Rivera t/c/c Alba Ayala Rivera. Se le apercibe a los herederos antes mencionados que de no expresarse dentro de ese término de treinta (30) días en torno a su aceptación o repudiación de herencia, la herencia se tendrá por aceptada. También se le apercibe a los herederos antes mencionados que luego del transcur-

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ción. Inscrita al folio 235 del tomo 75 de Ceiba, Registro de la Propiedad de Fajardo, Finca Número 4,679. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la suma de $46,107.33 de principal, más intereses al 9.50% anual desde el día 1ro. de diciembre de 2009, más la suma de $5,000.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente desde la fecha antes mencionada, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca, todo ello, según surge de la SENTENCIA dictada en este caso el 11 de agosto de 2011. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 14 de noviembre de 2012, a las 10:00 de la mañana, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Fajardo, Fajardo, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $50,000.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 21 de noviembre de 2012, a las 10:00 de la mañana, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $33,333.33, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 28 de noviembre de 2012, a las 10:00 de la mañana, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $25,000.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte, a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborales. EXPIDO, el presente EDICTO, en Fajardo, Puerto Rico, hoy día 28 de agosto de 2012. Yomaris Senquiz Cruz, Alguacil #089, Alguacil División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Fajardo. CB-259. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE PONCE SALA SUPERIOR

DORAL BANK Parte Demandante VS

HECTOR ANTONIO SANABRIA VAZQUEZ POR SI Y COMO MIEMBRO DE LA SUCESION DE


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CLASIFICADOS / VIERNES, 26 DE OCTUBRE DE 2012 El periódico de Puerto Rico

YOLANDA RIOS CASTILLO COMPUESTA POR: DWIGHT SANABRIA RIOS LA SUCESION DE JAVIER TORRES RIOS, COMPUESTA POR JOHN DOE I Y RICHARD ROE I COMO POSIBLE HEREDEROS DESCONOCIDOS DE JAVIER TORRES RIOS DAIRON TORRES RIOS DARWIN TORRES RIOS JOHN DOE 2 Y RICHARD ROE 2 COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS DE YOLANDA RIOS CASTILLO Parte Demandada CIVIL NUM.: JCD2009-0752 SALON NÚM.: 604 SOBRE ACCION CIVIL DE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA AVISO DE SUBASTA A: HECTOR ANTONIO SANABRIA VAZQUEZ POR SI Y COMO MIEMBRO DE LA SUCESION DE YOLANDA RIOS CASTILLO COMPUESTA POR: DWIGHT SANABRIA RIOS; LA SUCESION DE JAVIER TORRES RIOS, COMPUESTA POR JOHN DOE I Y RICHARD ROE I COMO POSIBLE HEREDEROS DESCONOCIDOS DE JAVIER TORRES RIOS; DAIRON TORRES RIOS; DARWIN TORRES RIOS; JOHN DOE 2 Y RICHARD ROE 2 COMO POSIBLES HEREDEROS DESCONOCIDOS DE YOLANDA RIOS CASTILLO; Y AL PUBLICO EN GENERAL. El que suscribe, Alguacil del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior, Centro Judicial de Ponce, Ponce, Puerto Rico, hago saber, a la parte demandada y al PUBLICO EN GENERAL: Que en cumplimiento del Mandamiento de Ejecución de Sentencia expedido el día 20 de junio de 2012, por la Secretaria del Tribunal, procederé a vender y venderé en pública subasta y al mejor postor la propiedad que ubica y se describe a continuación: LOT 8 BLOCK E, VALLE DE ALTAMIRA DEV., MAGUEYES WARD, PONCE PR: --URBANA: Solar marcado con el número 8 del Bloque E del plano de inscripción de la Urbanización Valle de Altamira Development, radicada en el Barrio Magueyes del término municipal de Ponce, Puerto Rico, con cabida de 443.06 metros cuadrados. En lindes por el NORTE, en dos alineaciones de 1.25 metros y 11.03 metros, con terrenos pertenecientes al Dr. Luis F. Sala; por el SUR, en 12.00 metros con la calle identificada como calle Clavell en el plano de inscripción; por el ESTE, en 37.76 metros, con el solar #9 del bloque E de la urbanización y por el OESTE, en 35.60 metros con el solar #7 del bloque E de la urbanización. --- Inscrita al folio 146 del tomo 767 de Ponce, finca número 12,049, Registro de la Propiedad de Ponce, Sección Segunda. El producto de la subasta se destinará a satisfacer al demandante hasta donde alcance, la suma de $66,200.23 rebajada mediante plan de pagos en la corte de quiebra a la suma de $65,161.58 de principal, más intereses al 7.5% anual desde el día 1ro. de julio de 2009, más la suma de $8,000.00, por concepto de honorarios de abogado y costas autorizadas por el Tribunal, más las cantidades que se adeudan mensualmente desde la fecha antes mencionada, por concepto de seguro hipotecario, cargos por demora, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud de la escritura de hipoteca, todo ello, según surge de la SENTENCIA dictada en este caso el 13 de febrero de 2012. La venta de la referida propiedad se verificará libre de toda carga o gravamen que afecte la mencionada finca, excepto el (los) gravamen (es) aquí antes

mencionado (s), a cuyo efecto se notifica y se hace saber la fecha, hora y sitio de la PRIMERA, SEGUNDA y TERCERA subasta, si esto fuera necesario, a los efectos de que cualquier persona o personas con algún interés puedan comparecer a la celebración de dicha subasta. La adjudicación se hará al mejor postor, quien deberá consignar el importe de su oferta en el acto mismo de la adjudicación, en moneda del curso legal de los Estados Unidos de América. LA PRIMERA subasta se llevará a efecto el día 14 de noviembre de 2012, a las 3:00 de la tarde, en la oficina del referido Alguacil, localizada en el Centro Judicial de Ponce, Ponce, Puerto Rico. Que el precio mínimo fijado para la PRIMERA SUBASTA es de $80,000.00. Que de ser necesaria la celebración de una SEGUNDA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 21 de noviembre de 2012, a las 3:00 de la tarde, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la SEGUNDA SUBASTA será de $53,333.33, equivalentes a dos terceras (2/3) partes del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Que de ser necesaria la celebración de una TERCERA SUBASTA la misma se llevará a efecto el día 28 de noviembre de 2012, a las 3:00 de la tarde, en la oficina antes mencionada del Alguacil que suscribe. El precio mínimo para la TERCERA SUBASTA será de $40,000.00, equivalentes a la mitad (1/2) del tipo mínimo estipulado para la PRIMERA subasta. Si se declarase desierta la tercera subasta se dará por terminado el procedimiento, pudiendo adjudicarse al acreedor la finca aquí antes descrita, dentro de los diez (10) días siguientes, si así lo estimare conveniente, por la totalidad de la cantidad adeudada si ésta fuera igual o menor al monto del tipo mínimo de la tercera subasta, y abonándose dicho monto a la cantidad adeudada si ésta fuere mayor. (Art. 221, Ley Hipotecaria y del Registro de la Propiedad, 30 L.P.R.A. §2721) Para conocimiento de la parte demandada y de toda aquella persona o personas que tengan interés inscrito con posterioridad a la inscripción del gravamen que se está ejecutando, y para conocimiento de todos los licitadores y el público en general, el presente Edicto se publicará por espacio de dos (2) semanas consecutivas, con un intervalo de por lo menos siete días entre ambas publicaciones, en un diario de circulación general en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y se fijará además en tres (3) lugares públicos del Municipio en que ha de celebrarse dicha venta, tales como la Alcaldía, el Tribunal y la Colecturía. Se le advierte, a todos los interesados que todos los documentos relacionados con la presente acción de ejecución de hipoteca, así como de la subasta, estarán disponibles para ser examinados en la Secretaría del Tribunal durante las horas laborales. EXPIDO, el presente EDICTO, en Ponce, Puerto Rico, hoy día 17 de julio de 2012. Angel Mercado Quiles, Alguacil División de Subastas Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Ponce. CB-178 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA. SALA SUPERIOR DE MAYAGUEZ.

CARLOS ANTONIO FERRER RAMIREZ PETICIONARIO

EX-PARTE CIVIL NUM: ISCI201200545 SOBRE: EXPEDIENTE DE DOMINIO. EDICTO. ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. EL PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS. EL ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. A: LAS PERSONAS IGNORADAS Y DESCONOCIDAS A QUIENES PUDIERA PERJUDICAR LA INSCRIPCION DEL DOMINIO A FAVOR DE LA PARTE PETICIONARIA EN EL REGISTRO DE LA PROPIEDAD DE LA FINCA QUE MAS ADELANTE SE DESCRIBIRA Y A TODA PERSONA EN GENERAL QUE CON DERECHO PARA ELLO DESEE OPONERSE A ESTE EXPEDIENTE: POR LA PRESENTE se les notifica que comparezcan, si creyeren que les conviene, ante este Honorable Tribunal dentro de los veinte (20) días a partir de la última publicación de este edicto, a exponer lo que a sus derechos convenga en el expediente promovido por la parte peticionaria para adquirir su dominio sobre la siguiente finca: -RUSTICA: Parcela de terreno radicada en el Barrio Llanos del término municipal de Cabo Rojo, Puerto Rico, de una cabida superficial de MIL DOSCIENTOS QUINCE PUNTO OCHO MIL

NOVECIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (1,215.8950 m.c.), equivalentes CERO PUNTO TRES MIL CERO NOVENTA Y CUATRO CUERDA (0.3094 cda.), en linde por el Norte, con la Sucesión de Antonio Ramírez Toro, hoy camino servidumbre; por el Sur, con camino servidumbre, por el Este, con camino municipal y por el Oeste, con Amparo Ramírez, hoy Carmen H. Pérez Flores. Debo presentar el original de su escrito al Tribunal y notificar copia del mismo al representante legal de la parte promovente: Lcdo. Jaime Márquez Torres, 7 José De Diego, Cabo Rojo, PR 00623, Tel. (787) 851-1008. Se le advierte que de no hacer oposición alguna dentro del término antes expresado, la parte peticionaria podrá obtener que se apruebe el expediente de dominio y el Tribunal ordene la inscripción de la finca a su favor en el Registro de la Propiedad correspondiente. En Mayagüez, Puerto Rico, a AUG 30 de 2012. Lic. Norma G. Santana Irizarry, Secretaria Regional Secretaria del Tribunal. Por: Wanda I. Bracero Cintrón, Secretaria Auxiliar del Tribunal. Secretaria Auxiliar. CB-162 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA SALA DE FAJARDO

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante Vs.

LUIS CORREA CORCINO

Demandada CIVIL NUM: NSCI2010-00505. SALA: 305. SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. A: LUIS CORREA CORCINO Urb. Monte Brisas A-60 Calle H Bo. Quebrada Fajardo, PR 00773. A: POPULAR MORTGAGE, INC. Y AL PUBLICO EN GENERAL: El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de una sentencia dictada en el caso del epígrafe el día 2 de febrero de 2011, procederá a vender el día 13 de noviembre de 2012 a las 11:00 de la mañana en mi oficina localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo, al mejor postor y por dinero en efectivo, cheque de gerente (a nombre del Alguacil del Tribunal) o letra bancaria con similar garantía, todo título, derecho o interés de los demandados de epígrafe sobre el inmueble que se describe a continuación: URBANA: Solar radicado en la Urbanización Monte Brisas, localizada en el Barrio Quebrada de Fajardo del término municipal de Fajardo, con el número 60 de la manzana A, con cabida de 327.25 metros cuadrados. En lindes por el Norte, con el solar número 61, distancia de 25.00 metros; por el Sur, con el solar número 59, distancia de 25.00 metros; por el Este, con la calle H (Norte) distancia de 13.09 metros; y por el Oeste, con la Calle A, distancia de 13.09 metros. Contiene una casa de concreto reforzado. Finca número 5773, Inscrita al Folio 220 del Tomo 168 de Fajardo, Registro de la Propiedad de Fajardo. La hipoteca se encuentra inscrita al Folio 01 del Tomo 449 (ágora) de Fajardo, Inscripción Séptima. Dicha subasta se llevará a cabo para satisfacer a la parte demandante el importe de la sentencia que ha obtenido ascendente al 1 de agosto del 2009 a la suma de $84,361.86 por concepto de principal, más los intereses por acumularse desde esa fecha en adelante hasta la fecha del total pago de las mismas, cargos por mora y seguro hipotecario; más una cantidad equivalente al 10% del principal original del pagaré para gastos, costas y honorarios de abogado, más cualesquiera otros adelantos que se hagan en virtud del pagaré y la escritura de hipoteca. La hipoteca ejecutada en el caso de epígrafe se describe de la siguiente manera: HIPOTECA: Constituida por Luis Correa Corcino (soltero), en garantía a un pagaré a favor de AUTORIDAD PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA VIVIENDA DE PUERTO RICO, o a su orden, por la suma de $90,000.00, con intereses al 6.50% anual y vencedero el 1 de septiembre de 2034, según escritura número 871, otorgada en Fajardo, el 30 de agosto del 2004, ante el notario Pedro R. Cintrón Rivera. Inscrita al folio 01 del tomo 449 (ágora) de Fajardo. Inscripción séptima. Los autos y todos los demás documentos correspondientes al procedimiento iniciado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de Fajardo,

durante horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistiendo, entendiéndose que el rematante los acepta y queda responsable de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. Esto incluye las contribuciones sobre la propiedad inmueble si es que existe alguna. Se informa, además, a toda persona con interés sobre el inmueble a ser subastado, y a todo posible licitador, que el inmueble antes descrito ha sido tasado en la suma de $120,000.00 para que dicha suma sirva de tipo mínimo en la primera subasta a celebrarse. De las actas del Registro de la Propiedad de la Fajardo, Puerto Rico, consta que sobre esta propiedad pesa un gravamen posterior a la hipoteca que por la presente se ejecuta consistente en: HIPOTECA: Constituida por Luis Correa Corcino (soltero), en garantía a un pagaré a favor de POPULAR MORTGAGE INC. o a su orden, por la suma de $165000.00, con intereses al 7 7/8% anual y vencedero el 1 de junio del 2021, según escritura número 283, otorgada en Guaynabo, el 19 de mayo del 2006, ante el notario Ricardo J. Ramos González. Inscrita al folio 01 del tomo 449 (ágora) de Fajardo. Inscripción octava. Se le notifica y advierte por este medio a los Acreedores con créditos de inferior rango al de la parte ejecutante, que pueden concurrir a la subasta si les conviniere y/o que pueden satisfacer el importe del crédito en subasta, con sus intereses, costas y honorarios de abogado asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del Acreedor ejecutante. De no producirse remate ni adjudicación en la primera subasta del antedicho inmueble, se celebrará una segunda subasta en el mismo lugar antes mencionado el día 20 de noviembre de 2012 a las 11:00 de la mañana sirviendo de tipo mínimo para dicha segunda subasta, las 2/3 partes del antes mencionado tipo mínimo. De no producirse remate ni adjudicación en la segunda subasta del antedicho inmueble se celebrará una tercera subasta también en el mismo lugar, el día 27 de noviembre de 2012 a las 11:00 de la mañana, sirviendo como tipo mínimo para dicha tercera subasta, la mitad (1/2) del tipo mínimo, fijada para la primera subasta. Este Edicto se publicará en el Tablón de Edictos de este Tribunal y en dos lugares públicos del Municipio de Fajardo, donde se celebrarán la subastas señaladas. Se publicará, además, en un periódico de circulación general en dos ocasiones. Una vez publicado en el periódico, este aviso será enviado mediante correo certificado a la última dirección conocida de la parte demandada. En Fajardo, Puerto Rico, hoy 7 de agosto de 2012. Luz E. García Villanueva, Alguacil Aux. 581.

y serán oídas, las personas que así lo soliciten por escrito, a la Comisión. En Hato Rey, Puerto Rico, hoy OCT 02 2012. EGLEE W. PEREZ RODRIGUEZ, COMISIONADA. JENNIFER APONTE VAZQUEZ, COMISIONADA. RUTH D. BERRIOS RODRIGUEZ, SECRETARIA. CB-176 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE PONCE SALA SUPERIOR

DORAL BANK

Demandante vs.

DORAL FINANCIAL CORPORATION JOHN DOE

Demandados CIVIL NUM. JCD20120772. SOBRE: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos de América. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. A: JOHN DOE. Se notifica que se presentó en esta Secretaría la Demanda de epígrafe sobre Cancelación de Pagaré Extraviado por la Vía Judicial. Se le emplaza y requiere para que presente en este Tribunal la contestación a la Demanda y notifique copia de la misma al Lcdo. Armando J. Jiménez Seda, Corporate Center Bldg Ste 601, 33 Calle Resolución, San Juan, PR 00920, teléfono número (787) 625-9700, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto. Si dejara de hacerlo, podrá dictarse sentencia en rebeldía, concediéndose el remedio solicitado en la Demanda, sin más citarle ni oírle. El pagaré hipotecario objeto de esta demanda, fue emitido a favor de DORAL FINANCIAL CORPORATION, por la suma de $86,196.00, con intereses al 6 1/2% anual, vencedero el 1 de marzo de 2029, garantizado con una hipoteca constituida mediante la escritura número 79, otorgada en Juana Díaz, Puerto Rico, ante el notario Kendall Krans Negrón, inscrita al folio 261 del tomo 425 de Juana Díaz, finca 16377, inscripción 2da., Registro de la Propiedad de Ponce Sección I. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el Sello del Tribunal, hoy SEP. 12 de 2012. Evelyn Casasnovas Maldonado, Secretaria Regional. Secretaría General. Firmado, Secretaria Aux. del Tribunal I. Por: Sec. de Servicios a Sala. CB-172 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA CENTRO JUDICIAL DE CABO ROJO SALA SUPERIOR

DORAL BANK

Demandante CB-163 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. COMISION DE SERVICIO PUBLICO. PO BOX 190870, SAN JUAN, P.R. 00919-0870. AVISO. CASO NUM. PC-2919-OE. La señora Yazmil Ortiz Rosa, es concesionaria de este Organismo bajo la franquicia PC-2919OE, autorizada a operar dos (2) unidades de mayor cabida como porteador por contrato en la transportación de escolares (PC0E) mediante paga desde los barrios Zanja, Zarza, Puente Pica, Camuy Arriba, Peña, Membrillo, Yeguada, Cibao, Quebrada, Abra Honda, Puerto, Cienaga, a los sectores Calvario, Paloma, Hoyo Brujo, Bajura, Camino Las Flores, Ojo de Agua, Plazuela, Sabana, Rabo El Buey y las Urbanizaciones Los Rodríguez, Brisas de Camuy, El Maestro, Las Flores hasta las escuelas Román Baldorioty de Castro, Luis F. Crespo, Pablo Avila, Luis F. Rodríguez, Laurentino Estrella y Ralph W. Emerson del Municipio de Camuy. Solicita a este Organismo autorización para adicionar dos (2) unidades de mayor cabida a su franquicia y continuar operando en su área autorizada. Cualquier persona natural o jurídica que desee comparecer y ser oída, deberá presentar a la Comisión dentro de los quince (15) días subsiguientes a la fecha de la publicación de este AVISO, un escrito jurado haciendo constar en detalle los hechos en que funda su derecho a intervenir y ser oída, enviando copia de dicho escrito al peticionario a su dirección postal: P.O. Box 513 Camuy, Puerto Rico 00627. De oponerse a lo solicitado, deberá expresar los fundamentos por los cuales no deba concederse lo solicitado. De igual forma se citarán para VISTA PUBLICA

vs.

JOHN DOE

Demandado CIVIL NUM. I4CI201200369 SOBRE: CANCELACION DE PAGARE EXTRAVIADO. Estados Unidos de América. El Presidente de los Estados Unidos de América. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EMPLAZAMIENTO POR EDICTO. A: JOHN DOE. Se notifica que se presentó en esta Secretaría la Demanda de epígrafe sobre Cancelación de Pagaré Extraviado por la Vía Judicial. Se le emplaza y requiere para que presente en este Tribunal la contestación a la Demanda y notifique copia de la misma al Lcdo. Armando J. Jiménez Seda, Corporate Center Bldg Ste 601, 33 Calle Resolución, San Juan, PR 00920, teléfono número (787) 625-9700, dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto. Si dejara de hacerlo, podrá dictarse sentencia en rebeldía, concediéndose el remedio solicitado en la Demanda, sin más citarle ni oírle. El pagaré hipotecario objeto de esta demanda, fue emitido a favor de DORAL BANK, por la suma de $105,000.00, con intereses a razón de 6 7/8% anual, vencedero a la presentación, según consta la escritura número 140, otorgada en Mayagüez, Puerto Rico, ante el notario Elizabeth Pabón Quiñones, inscrita al folio 190 vto. del tomo 833 de Cabo Rojo, finca 28162, inscripción 4ta., Registro de la Propiedad de San Germán. EXTENDIDO BAJO MI FIRMA y el Sello del Tribunal, hoy 12 de septiembre de 2012. Lilliam Rivera Vélez, Secretaria del Tribunal Confidencial l. Secretaría General. Por: Maribel Pérez, Sec. de Servicios a Sala.

ED-5965 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, SALA DE SAN JUAN.

EUROBANK, ahora ORIENTAL BANK AND TRUST Parte Demandante Vs.

GOMERA GOVI I INC.; ALFREDO GONZALEZ DIAZ Parte Demandada CIVIL NUM.: KCD 2010-1520 (807). SOBRE: COBRO DE DINERO Y EJECUCION DE HIPOTECA POR LA VIA ORDINARIA. EDICTO DE SUBASTA. A: GOMERA GOVI I, INC. A: ALFREDO GONZALEZ DIAZ. A: AL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. A: AL PUBLICO EN GENERAL: El Alguacil que suscribe por la presente anuncia y hace constar que en cumplimiento de una sentencia dictada en el caso del epígrafe el día 7 de octubre de 2010, procederá a vender el día 14 de noviembre de 2012 en mi oficina localizada en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, al mejor postor y por dinero en efectivo, cheque de gerente o letra bancaria con similar garantía, todo título, derecho o interés de la co-demandada Gomera Govi I, Inc. sobre los inmuebles que se describen a continuación, y a las horas indicadas: Propiedad 1: a las 10:30 de la mañana. ---RUSTICA: Parcela radicada en el Barrio Las Cuevas de Trujillo Alto, compuesta de 1.552 cuerdas, equivalentes 6101.9765 metros cuadrado. En lindes por el Norte, con la Urbanización Montebello Estates; por el Sur, con la Carretera PR 876; por el Este, con la Urbanización Montebello Estates y por el Oeste, cocn parcela remanente de la cual se segrega ésta, propiedad de Ace Service Company, Inc. Enclavan dos edificaciones. Finca número 30913 inscrita al folio móvil del Tomo 677 de Trujillo Alto Registro de San Juan Sección IV. Antes finca número 3626 inscrita al folio 8 del tomo 78 de Trujillo Alto. Dirección física actual: Carr. 876 Km. 3.2, Bo. Las Cuevas, Trujillo Alto P.R. Propiedad 2: a las 10:35 de la mañana. ---URBANA: Solar número 9 del bloque B de la Urbanización Sagrado Corazón en el Barrio Cupey de Río Piedras, San Juan, Puerto Rico, compuesto de 600.00 metros cuadrados. En lindes por el Norte y por el Sur, en 15.00 metros por cada lado respectivamente, en Antigua Vía y con el Canal “A” y por el Este y por el Oeste, en 40.00 metros, por cada lado respectivamente, con solares números 11 y 7 de dicho bloque. Sobre este solar enclava una casa de concreto. Finca número 2735 inscrita al folio 1 del Tomo 73 de Río Piedras Sur Registro de San Juan Sección IV. Dirección física actual: Urb. Sagrado Corazón, Ave. San Claudio #418-420, Cupey, San Juan P.R. Propiedad 3: a las 10:40 de la mañana. URBANA: Solar radicado en la urbanización Sagrado Corazón situada en el Barrio Cupey de Río Piedras, señalado con el número 11 de la manzana “B”, con un área de 600.00 metros cuadrados. En lindes por el Norte, con la Antigua Vía, distancia de 15.00 metros; por el Este, con el solar número 13, distancia de 40.00 metros; por el Sur, con el Canal A, distancia de 15.00 metros y por el Oeste, con el solar número 9, distancia de 40.00 metros. Finca número 1369 inscrita al folio 95 del Tomo 35 de Río Piedras Sur Registro de San Juan Sección IV. Dirección física actual: Urb. Sagrado Corazón, Ave. San Claudio #418-420, Cupey, San Juan P.R. Dicha subasta se llevará a cabo para satisfacer a la parte demandante el importe de la sentencia que ha obtenido, ascendente al día 11 de febrero de 2010 a la cantidad de $2,599,915.99 por concepto de principal, $73,948.48 por concepto de intereses, más cargos por mora y penalidades, más $206,100.00 por concepto de honorarios de abogado, más los gastos y costas que se incurran en el proceso judicial, suma que continuará aumentando por los intereses y demás cargos por acumularse de acuerdo a la tasa pactada y hasta el saldo total de la deuda, más cualquier otro cargo del préstamo y cualquier otra deuda contraída por la parte demandada de conformidad con el contrato de préstamo o escritura de hipoteca. Las hipotecas ejecutadas en el caso de epígrafe se describen de la siguiente manera: Para la propiedad identificada como “Propiedad 1”: HIPOTECA: Constituida por Alfredo González Díaz, en garantía de un pagaré, a favor de BANCO

DE DESARROLLO ECONOMICO PARA PUERTO RICO, o a su orden, por la suma de $540,000.00, sus intereses al prime rate y vencedera a la Presentación, según la escritura número 8 otorgada en San Juan el 12 de abril de 1991, ante el notario Hernan Cintrón Díaz. Inscrita al folio móvil del tomo 677 de Trujillo Alto. Inscripción segunda. HIPOTECA: Constituida por Gomera Govi I, Incorporado, en garantía de un pagaré a favor de EUROBANK, o a su orden, por la suma de $360,000.00, sus intereses al prime rate y vencedera a la Presentación, según la escritura número 134 otorgada en San Juan el 24 de junio de 2004, ante el notario Rafael Maldonado Nicolai. Inscrita al folio 17 del tomo 759 (Agora) de Trujillo Alto. Inscripción cuarta. Para la propiedad identificada anteriormente como “Propiedad 2”: HIPOTECA: Constituida por Alfredo González Díaz, en garantía de un pagaré, a favor de BANCO SANTANDER PUERTO RICO, o a su orden, por la suma de $110,000.00, sus intereses al 10.00% anual y vencedera a la Presentación, según la escritura número 24, otorgada en San Juan el 31 de enero de 1990, ante el notario Manuel L. Correa Márquez. Inscrita al folio 5 del tomo 73 de Río Piedras Sur. Inscripción octava. HIPOTECA: Constituida por Gomera Govi I, Incorporado, representada por Alfredo González Díaz, en garantía de un pagaré, a favor de BANCO BILBAO VIZCAYA PUERTO RICO, o a su orden, por la suma de $40,000.00, sus intereses al 8.75% anual y vencedera a la Presentación, según la escritura número 187, otorgada en San Juan el 29 de junio de 1994, ante el notario Mario Quintero Pintor. Inscrita al folio 141 del tomo 746 (Agora) de Río Piedras Sur. Inscripción undécima. HIPOTECA: Constituida por Gomera Govi I, incorporado, representada por Alfredo González Díaz, en garantía de un pagaré, a favor de BANCO BILBAO VIZCAYA PUERTO RICO, o a su orden, por la suma de $40,000.00, sus intereses al 8.75% anual y vencedera a la Presentación, según la escritura número 187, otorgada en San Juan el 29 de junio de 1994, ante el notario Mario Quintero Pintor. Inscrita al folio 141 del tomo 746 (Agora) de Río Piedras Sur. Inscripción undécima. HIPOTECA: Constituida por Gomera Govi I, Incorporado, representada por Alfredo González Díaz, en garantía de un pagaré, a favor de BANCO BILBAO VIZCAYA PUERTO RICO, o a su orden, por la suma de $112,000.00, sus intereses al 10.00% anual y vencedera a la Presentación, según la escritura número 88 otorgada en San Juan el 28 de octubre de 1997, ante la notario Diana L. Ojeda. Inscrita al folio 141 del tomo 746 (Agora) de Río Piedras Sur. Inscripción duodécima. HIPOTECA: Constituida por Gomera Govi I, Incorporado, representada por Alfredo González Díaz, en garantía de un pagaré, a favor de EUROBANK, o a su orden, por la suma de $120,000.00, sus intereses al prime rate y vencedera a la presentación, según escritura número 135, otorgada en San Juan, el 24 de abril del 2004, ante el notario Rafael Maldonado Nicolai. Inscrita al folio 141 del tomo 746 (Agora) de Río Piedras Sur. Inscripción décimo tercera. Para la propiedad identificada anteriormente como “Propiedad 3”: HIPOTECA: Constituida por Alfredo González Díaz, en garantía de un pagaré, a favor de BANCO SANTANDER PUERTO RICO, o a su orden, por la suma de $110,000.00, sus intereses al 10.00% anual y vencedera a la Presentación, según la escritura número 27 otorgada en San Juan el 31 de enero de 1990 ante el notario Manuel L. Correa Márquez. Inscrita al folio 114 del tomo 253 de Río Piedras Sur. Inscripción décima. HIPOTECA: Constituida por Gomera Govi I, Incorporado, representada por Alfredo González Díaz, en garantía de un pagaré, a favor de BANCO BILBAO VIZCAYA PUERTO RICO (así consta), o a su orden, por la suma de $97,000.00, sus intereses al 10.00% anual y vencedera a la Presentación, según la escritura número 87 otorgada en San Juan el 28 de octubre de 1997, ante la notario Diana L. Ojeda. Inscrita al folio 145 del tomo 746 (Agora) de Río Piedras Sur. Inscripción décima tercera. HIPOTECA: Constituida por Gomera Govi I, Incorporado, representado por Alfredo González Díaz, en garantía de un pagaré a favor de EUROBANK, o a su orden, por la suma de $90,000.00, sus intereses al prime rate y vencedera a la Presentación, según la escritura número 133 otorgada en San Juan el 24 de junio de 2004, ante el notario Rafael Maldonado Nicolai. Inscrita al folio 145 del to-

mo 746 (Agora) de Río Piedras Sur. Inscripción décimo cuarta. Los autos y todos los demás documentos correspondientes al procedimiento iniciado estarán de manifiesto en la Secretaría del Tribunal Superior de Puerto Rico, Sala de San Juan, durante horas laborables. Se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación del inmueble y que las cargas y gravámenes anteriores y los preferentes, si los hubiere, al crédito del ejecutante, continuarán subsistiendo, entendiéndose que el rematante los acepta y queda responsable de los mismos sin destinarse a su extinción el precio del remate. Esto incluye las contribuciones sobre la propiedad inmueble si es que existe alguna. Se informa además a toda persona con interés sobre los inmuebles a ser subastados, y a todo posible licitador, que los inmuebles antes descritos han sido tasados y servirá de tipo mínimo para la primera subasta que se celebre, las siguientes sumas: Propiedad 1 (Finca 30913): $1,262,000.00. Propiedad 2 (Finca #2735): $382,000.00. Propiedad 3 (Finca 1369: $247,000.00. Las sumas indicadas corresponden al tipo mínimo de cada una de las escrituras de hipoteca que aquí se ejecutan. De ser necesaria una segunda subasta, el precio mínimo para la subasta será 2/3 del establecido para la primera subasta; y de ser necesaria una segunda subasta, el precio mínimo será del 50% del establecido para la primera subasta. Se le notifica y advierte por este medio a los Acreedores con créditos de inferior rango al de la parte ejecutante, que pueden concurrir a la subasta si les conviniere y/o que puedan satisfacer el importe del crédito en subasta, con sus intereses, costas y honorarios de abogado asegurados, quedando entonces subrogados en los derechos del Acreedor ejecutante. En particular, notificamos al siguiente acreedor posterior: El Gobierno de los Estados Unidos tiene el siguiente gravamen sobre cada una de las propiedades a ser subastadas: EMBARGO FEDERAL: Anotada contra Gomera Govi Inc., seguro social XXX-XX-8991, por la suma de $19,806.48, según notificación número 672252410, presentada el 21 de julio de 2010, al asiento 5 de la página 98 del Libro de Embargos Federales números 7. De no producirse remate ni adjudicación en la primera subasta de los antedichos inmuebles, se celebrará una segunda subasta en el lugar antes indicado el día 28 de noviembre de 2012, sirviendo de tipo mínimo para dicha segunda subasta, las 2/3 partes de los antes mencionados tipo mínimo. Las horas de subasta serán las siguientes: Propiedad 1: a las 10:30 de la mañana. Propiedad 2: a las 10:35 de la mañana. Propiedad 3: a las 10:40 de la mañana. De no producirse remate ni adjudicación en la segunda subasta de los antedichos inmuebles, se celebrará una tercera subasta también en el mismo lugar, el día 5 de diciembre de 2012, sirviendo como tipo mínimo para dicha tercera subasta, la mitad (1/2) del tipo mínimo, fijada para la primera subasta. Las horas de subasta serán las siguientes: Propiedad 1: a las 10:30 de la mañana. Propiedad 2: a las 10:35 de la mañana. Propiedad 3: a las 10:40 de la mañana. Este Edicto se publicará en el Tablón de Edictos de este Tribunal y en dos lugares públicos del Municipio de San Juan, donde se celebrarán las subastas señaladas. Se publicará, además, en un periódico de circulación general en dos ocasiones. Una vez publicado en el periódico, este aviso será enviado mediante correo certificado a la última dirección conocida de la parte demandada. En San Juan, Puerto Rico, hoy 24 de septiembre de 2012. PEDRO HIEYE GONZALEZ, ALGUACIL.


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Instala una puerta corrediza JERRY MELÉNDEZ, ESPECIAL PARA EL VOCERO

Vivo en una casa pequeña y las paredes son de ‘gypsum board’. Me gustaría instalar una puerta en la cocina, pero me robaría mucho espacio de la misma. Además, esta no podría ser muy pesada por la condición del ‘gypsum board’. ¿Hay alternativas en el mercado? –P. Padilla, Sabana Grande

En el mercado hay diferentes alternativas de puertas. Aunque todos conocemos las puertas convencionales, existen las corredizas. Ten en cuenta las siguientes opciones y recomendaciones. • Estas puertas hacen que ganes espacio en cada habitación; en tu caso, la cocina. Eso puede significar hasta de tres a cuatro pies. • Todas las puertas convencionales pueden ser sustituidas por puertas corredizas. El sistema más sencillo y económico es la de corredera expuesta. Esta solo necesita una guía externa y un cubre faltas. • La desventaja de este tipo de puerta es que no se pueden colocar muebles, cuadros, etc. en esta pared, por el deslizamiento de la misma. Esta puerta es ideal para comunicar espacios tales como el comedor o dormitorios.

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• Al ser de ‘gypsum board’ las paredes de tu casa, el empotrar la puerta corrediza es una alternativa viable. De esta manera se aprovecha el espacio reducido de la cocina. Así la puerta queda oculta entre las paredes que dividen un cuarto del otro. • Para montarla, es necesario hacer un hueco entre las paredes e instalar el riel por donde va a correr la puerta. Luego hay que hacer la corrección del hueco (enyesar) para tener una buena terminación. Una desventaja es que en caso de que se estropee el riel, es necesario tirar parte del la pared para su arreglo. • Recomendamos que este trabajo lo realice un profesional. Para preguntas, dudas o comentarios escribe a: jerrymelendez@beipr.com


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ENTéRESE El día de Halloween puede ser una divertida celebración que incluya también a las mascotas de la familia, para las que PetSmart cuenta con una gran variedad de atractivos disfraces y consejos de seguridad.

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Todavía estás a tiempo para conseguir tu disfraz pues PetSmart ofrece una gran variedad con un descuento de 75% en sus siete tiendas de Puerto Rico en Señorial Plaza, Plaza Río Hondo, San Patricio Plaza, Plaza Centro, Plaza Escorial, Plaza del Norte y Ponce Town Center.

Compromiso de FirstMortgage con la PRAR Confirmando su compromiso con la Puerto Rico Association of Realtors (PRAR), FirstMortgage patrocinó el taller ‘Los 7 hábitos de los corredores altamente efectivos’, durante la Convención Anual del cuerpo, celebrada recientemente en San Juan. “El objetivo de traerles esta experiencia educativa a los ‘realtors’ es proveerle unas herramientas óptimas para el desarrollo de su carrera en el mercado de bienes raíces”, comentó Daniel Agosto, gerente de Distrito de FirstMortgage.

Apoyo de Scotiabank al comerciante puertorriqueño Comprometidos con el desarrollo económico de Puerto Rico y los comerciantes de la Isla, recientemente Scotiabank otorgó una facilidad de crédito ascendente a $17.5 millones a Progressive Finance & Investment Corporation, fondos destinados a proveer capital operacional con miras a continuar ampliando el servicio que brindan a sus clientes. Progressive Finance & Investment Corporation, fundada hace 29 años, se ha consolidado como líder en el mercado de financiamiento de primas de seguro de propiedad y contingencia en Puerto Rico.

$100 mil para Hogar Cuna San Cristóbal La Asociación de Contratistas Generales de América, Capítulo de Puerto Rico (AGC) logró recaudar $123,700 entre sus socios para el Hogar Cuna San Cristóbal durante su Asamblea Anual. Los donativos surgieron en respuesta a un llamado del presidente de la AGC, el ingeniero Manuel Suarez Miranda, a apoyar este hogar temporero para niños y niñas que esperan ser adoptados. El dinero se utilizará para terminar la construcción de la nueva sede del Hogar Cuna San Cristóbal ubicada en Caguas.

Además, hasta el 28 de octubre al llevar a tu mascota para los servicios de baño y ‘grooming’ puedes añadirles como regalo el Bret Michaels Bandana Package por $17, que incluye: una bandana de la marca Bret Michaels, un rociado con la colonia de vainilla y cítricos de dicha marcha, champú y acondicionador de tu selección, y limpieza de dientes.

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Celebra Halloween con tus mascotas

Financiamiento adecuado para ti Gran parte del éxito cuando compras o refinancias una propiedad radica en combinar tus necesidades o intereses con el financiamiento más adecuado. Por eso en Preferred Mortgage se especializan en el financiamiento hipotecario que mejor se acomode a ti. Beneficios del préstamo FHA 203K: • Financiar hasta el 96.5% del total del precio de venta, más todas las reparaciones y/o mejoras. • Refinanciar hasta el 97.75% del valor propuesto de la propiedad para hacer mejoras y/o reparaciones. • Comprar propiedad de hasta cuatro unidades de vivienda, sujeto a que ocupes una como residencia principal. Beneficios del préstamo Veterano: • Te permite hasta el 100% de financiamiento para la compra de tu hogar. • Refinanciar con sobrante hasta el 100% del valor de la propiedad. • No requiere pago de seguro hipotecario mensual Beneficios del préstamo Rural: • Permite hasta el 100% de financiamiento para la compra de tu hogar. • Se puede incluir en el préstamo los gastos de cierre, sujeto a la tasación. • Flexibilidad en la consideración del crédito. Beneficios del préstamo Reverse: • No requiere repago mientras vivas la propiedad. • No se cualifica por ingreso o crédito. • Usas el dinero a tu conveniencia. • Refinanciamiento asegurado por FHA Para más información, llama a Preferred Mortgage al 787-903-0103.

Banco Popular dona $40 mil Luego de un exitoso torneo de golf de Popular Auto, con una participación de sobre 250 jugadores, las instituciones El Hogar del Niño El Ave María y La Nueva Escuela Juan Ponce de León cargaron cada una con un donativo de $20 mil. La entrega estuvo a cargo de Carlos Rodríguez Umpierre, actual presidente de Popular Auto, y de Sylvia López, quien asumirá la posición próximamente. El torneo corrió en los dos campos de golf de Dorado Plantation y contó con otras premiaciones y rifas.


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Exitosa preventa en Alamanda En estos tiempos cuando la relación precio valor juega un papel primordial en las decisiones de compra de una propiedad, el lanzamiento del nuevo proyecto residencial Alamanda en Guaynabo, ha resultado en un éxito rotundo. En la apertura de las ventas realizada recientemente, numerosas familias visitaron la oficina de ventas y aprovecharon los precios asequibles de preventa, separando las unidades con $2,500. La gran demanda se debe a que Alamanda es un proyecto innovador de estilo ‘resort’ urbano que combina el confort de la vida moderna con precios de oportunidad única. Desde $178 mil, puedes ser propietario de un hermoso apartamento de tres dormitorios y dos baños con envidiable ubicación en el sector Piedras Blancas de Guaynabo, con fácil acceso al expreso Martínez Nadal. El proyecto ofrece diseños contemporáneos con novedosas facilidades recreativas, como una suntuosa piscina, fuente de agua, jardines tropicales y senderos iluminados. Los apartamentos poseen una distribución arquitectónica funcional y la armonía de espacios abiertos. Cuentan con amplias facilidades recreativas en un ambiente tranquilidad e integración con la naturaleza, propios de esta localización en Guaynabo. Este ingenioso concepto de la firma de arquitectos De la Torres-Estévez posee una entrada enmarcada por una vistosa rotonda. También ofrece un gimnasio equipado y salón multiusos en la Casa Club. Por otra parte, la caseta de control de acceso con sistema ‘tele-entry’, cámaras de seguridad y el acceso controlado en las entradas de los edificios con sistema de ‘intercom’, proveen seguridad a sus residentes. Los compradores podrán escoger entre tres opciones: Garden, Balcony o Penthouse, con diferentes vistas y accesos al exterior. Todas las unidades ofrecen amplios dormitorios y dos baños completos (dos baños y medio y salón familiar en el Penthouse). El espacioso dormitorio principal se complementa con amplio ‘walk-in closet’ y su baño principal cuenta con bidé y atractiva ducha. La cocina espaciosa, integrada al área social, presenta sus topes recubiertos de fino cuarzo, moderna terminación de la más alta calidad y espa-

s o v e u n s o t c e y o r P cio para nevera ‘side-by-side’, lavadora de platos, microondas y estufa con horno. Todos los pisos son de cerámica contemporánea y en la lavandería se integra la pileta de acero inoxidable. Por su concepto y número de apartamentos, Alamanda beneficia a sus compradores reduciendo los gastos de mantenimiento. Además, teniendo en mente el impacto negativo del consumo de energía en el medio ambiente y el alto costo del uso de los acondicionadores de aire,

se proveen facilidades para la instalación de equipos tipo Inverter para los dormitorios y el área social. Para más información sobre el proyecto llama a Creative Developments al 787-597-3054 o al 787-283-6969, o escribe a elizabeth@creativedevelop.com. Alamanda está ubicado contiguo al expreso Martínez Nadal, con acceso por la carretera PR-169 en el Sector Piedras Blancas de Guaynabo. También puedes acceder la página alamandapr.com para más información.


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Nueva oferta del proyecto La Ceiba Para todos los que pensaron que perdieron la oportunidad de adquirir una propiedad en La Ceiba con una inversión de solo $50, les informamos que el desarrollador ha decidido extender su oferta por dos semanas adicionales. El proyecto cuenta con 165 residencias que poseen ventanas de seguridad, gabinetes de cocina de diseño europeo, finas losas de cerámica, clósets de espejo, losa rústica en la marquesina y baños enchapados hasta el techo. Además, para el entretenimiento familiar, La Ceiba cuenta con un parque pasivo y área de juegos para niños. La quinta fase, ahora a la venta, se compone de 31 unidades de las cuales quedan solo unas pocas disponibles.

SUMINISTRADAS

Se espera que esta fase se entregue antes de que finalice el incentivo de la Ley 132, por lo que podrías cualificar para beneficiarte de los incentivos para gastos de cierre, además de las ofertas de Popular Mortgage. El proyecto queda en la PR-2 (Int) Km. 99.9 del barrio Cacao de Quebradillas, colindando con la Urb. Santa Marina. La opción requerida de $50 deberá ser con cheque de gerente o giro postal a nombre de Sombras de la Ceiba, Inc., y es requisito estar debidamente precualificado por la institución financiera, previo a la firma de la opción. Puedes visitar la casa modelo y oficina de ventas llamando al 787-675-0555. La oficina abre todos los días, excepto martes, de 10:00 am a 5:00 pm. Para orientación sobre financiamiento, tipos de préstamos y ayudas disponibles, llama a José Irizarry, de Popular Mortgage, al 787-310-2114. También puedes llamar a Zoiliann Padilla, de MC Realty, al 787-273-4000.

s o v e u n s Proyecto

Casa Abierta en Paseo Esmeralda

Este fin de semana, Paseo Esmeralda inaugura un nuevo precioso apartamento modelo finamente decorado por una reconocida diseñadora, el cual uno de nuestros clientes tendrá la posibilidad de adquirir. Visita el proyecto este sábado y domingo entre 10:00 am y 5:00 pm, y comprueba el diseño y los espacios con moderna decoración. También podrás apreciar el ambiente de armonía que reina en esta comunidad establecida. Recientemente bajo nueva administración, se hizo un ajuste en los precios de las últimas unidades disponibles, que ahora comienzan en $99,500, un precio muy por debajo del precio de venta original de $138,500. Durante la Casa Abierta podrás orientarte con expertos asesores financieros. Los interesados podrán cualificar para los beneficios del Impulso a la Vivienda, que incluyen cero cargos de sellos y comprobantes, cero pago al CRIM por 5 años, cero pagos a la contribución especial y exención en la ganancia de capital al vender la propiedad.

Además, si cualificas podrías contar con los beneficios del programa Mi Nuevo Hogar (Ley 132), donde recibirías hasta $5 mil para gastos de cierre. El proyecto cualifica para financiamiento FHA o Convencional. Las unidades cuentan con tres dormitorios, clósets con espejo, dos baños, sala, comedor, cocina y una amplia lavandería, en un espacio muy bien distribuido. También incluye dos estacionamientos por apartamentos.Todas están listas para entrega inmediata. Hay hermosas facilidades recreativas con piscina, ‘gazebo’ con baños, área de juego de niños y áreas verdes, todo con la seguridad del acceso controlado. Además, cuenta con estacionamiento para visitantes y servicio. Paseo Esmeralda está localizado en la Calle 21, Bloque T-8, Barrio Quebrada Arriba, Fajardo. Las ventas están a cargo de CHR Real Estate Services con teléfonos: 787233-7379, 750-1333 y 473-4420.


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“Yo confío en mis boricuas”, pronunció con seguridad Maripily Rivera, quien dependerá del voto de la audiencia para continuar en la competencia “Mira quién baila”, de Univisión. La modelo enfatizó en que su desempeño ha sido de excelencia, por lo que espera mantenerse en carrera por la fundación March of Dimes. “No tengo miedo y me siento bien tranquila porque mis boricuas están ahí. Solo hay que ver cómo han votado los pasados dos años de MQB, para saber que lo van a hacer por mí”, aseguró. Dijo además que desde el domingo, cuando fue nominada a salir de la competencia junto a la venezolana Alicia Machado, ha estado haciendo campaña a través de las redes sociales y los medios tradicionales de comunicación, “para llevar el mensaje de que me quedo”. “Ha sido un proceso intenso, pero sé que voy a salir bien”, destacó al confesar que ha rebajado 20 libras, luce talla 1 de pantalón y se mantiene con “agua de coco y frutas”. “Con tanto ensayo no he podido ni comer, además de que los nervios hacen que la comida me caiga mal. Estoy bien flaquita”, detalló. Así como lo sugiere el refrán ‘el que no quiere caldo le dan tres tazas’, la modelo puertorriqueña deberá bailar junto a Alicia Machado lado a lado. Y es que ambas tuvieron que aprenderse una coreografía especial que servirá de apertura para el programa del domingo próximo. “Esta semana me aprendí cuatro bailes. Dos son sorpresa y dos los tengo que hacer si no me salvan los votos. Me toca bailar una bachata, que me queda bien bonita, y el segundo baile, si es que tengo que defender, es un disco bien parecido a la época de Gloria Estefan”, indicó. Sobre los ensayos con Machado, confesó que “pude conocerla mejor”. “Yo no tengo rivalidad con nadie, ya ni pienso en eso, porque soy una mujer bien segura. Me enfoco en lo que voy a hacer y puedo estar al lado de quien sea. No sé cómo se sienta ella, pero pienso que en estos últimos ensayos hemos podido dis-

Confiada ante el reto del baile

El periódico de Puerto Rico

Maripily conducirá un espacio televisivo parecido al que popularizó Iris Chacón hace varias décadas RITA PORTELA LÓPEZ, EL VOCERO

frutar de la compañía de cada cual”, apuntó. De no contar con el favor del público, Maripily ya tiene en agenda continuar bailando. “MQB me ha ayudado a encontrar la bailarina que vive en mí y pienso seguir bailando. Tengo muchos proyectos en agenda y uno de estos es un programa, que ya es un hecho, en el que voy a bailar como Iris Chacón”, señaló. Aunque no quiso abundar sobre este, detalló que ya firmó el contrato con los productores y grabó el piloto. “Tenemos muchas ofertas sobre la mesa”, dijo, dejando entrever que existen varias cadenas televisivas interesadas. En cuanto al nuevo galán en su vida, Lisandro Rodríguez (exprometido de Rashel Díaz), expresó que solo son amigos porque no tiene tiempo para novios por el momento. “Nuestros hijos comparten porque somos vecinos y coincidimos en el gimnasio. Salimos a comer como amigos. No puedo decirte qué pasará en el futuro, pero cualquier mujer se enamoraría de un hombre tan caballeroso, conversador y buen padre. Me atrae, pero no estoy pensando en una relación. Creo que él tampoco porque se recupera de una anterior”, concluyó.


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Como en la sala de su casa MARIAM M. ECHEVARRÍA BÁEZ, EL VOCERO

Jesse & Joy trasladarán al público puertorriqueño al lugar donde todo comenzó: la sala de su casa, en su concierto del sábado en el Coliseo José Miguel Agrelot.

CARTELERA

“Nos sigue moviendo lo mismo que en un principio: hacer música”, recalcó Jesse. Mientras que Joy, voz del grupo –y la más tímida del binomio– prefiere que sean sus canciones las que hablen por ella. “Me encanta el proceso de hacer una canción, del estudio, grabarla, llevarla a la vida en un escenario”, añadió el músico, quien espera trasladar esa dinámica al concierto. Además de los temas en su reciente álbum, “¿Con quién se queda el perro?”, se escucharán éxitos de “Esta es mi vida” y “Electricidad”, como “Chocolate”, “Esto es lo que soy”, “Llegaste tú” y “Espacio sideral”, entre otros.

EL VOCERO / Willín Rodríguez

El grupo mexicano de pop alternativo, que disfruta de un gran momento profesional, no olvida sus inicios, cuando el instinto era su brújula musical y los aplausos familiares, el combustible para continuar. A siete años de ese momento, un premio Grammy, la posibilidad de otros seis y múltiples temas en los primeros lugares, los hermanos aún no cantan victoria.

Se espera que los mexicanos también interpreten “Llorar”, que junto al líder de Camila Mario Domm, es el tema oficial de la telenovela “Corona de lágrimas”, protagonizada por Victoria Ruffo, y que será incluido en la edición ‘deluxe’ de “¿Con quién se queda el perro?", que contará además con varias versiones acústicas.

Los Hispanos en una travesía musical por Caguas ZENAIDA RAMOS RAMOS, EL VOCERO

“Simplemente porque has dicho que me amas como yo; porque ardes en la llama que mi amor te regaló...”, así cantaban Los Hispanos durante el ensayo de ayer, para su concierto del domingo en el Centro de Bellas Artes (CBA) en Caguas. Wisón Torres, Tato Díaz, Nino Segarra y Rafi Torres ya están tan acoplados que no hace falta repetir varias veces las canciones. Sus voces se oyen tan armónicas y emotivas que provocan recordar y vivir el romanticismo y la bohemia.

EL VOCERO / Willín Rodríguez

En el espectáculo “Un domingo en el Bellas

Artes de Caguas”, interpretarán sus temas inolvidables y otros recientes como “Te llamé”. Wisón, integrante original de Los Hispanos desde 1952, indicó que cantarán un popurrí de temas del compositor aguadillano Rafael Hernández, de Tito Rodríguez y otro ‘medley’ con “Tú y mi canción”, “Alma adentro”, “En primavera”, “La novia”, “El telegrama” y “Amor perdóname”. “Queremos crear un ambiente a veces de bohemia, a veces de espectáculo. Va a estar bien variado”, dijo Wisón. Generaciones de puertorriqueños han disfrutado la musicalidad de Los Hispanos, quienes también han sido aplaudidos en varios países y en ciudades de Estados Unidos. “Me atrevería asegurar que la gente se siente bien de que nosotros representemos a Puerto Rico. Tenemos muchas canciones de autores puertorriqueños y nos da un sentido de identidad”, expresó Wisón. En el CBA de Caguas, el espectáculo comenzará a las 3:00 pm con la Orquesta La Criolla y luego se presentarán Los Hispanos. Para detalles adicionales, puede llamar al CBA, 787-653-1511.


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Nueva campaña de Cointreau LUGAR . MUSEO DE ARTE PR ANFITRIÓN . COINTREAU

El Museo de Arte de Puerto Rico fue el escenario escogido para el lanzamiento de la nueva campaña de publicidad del licor francés Cointreau, que en esta ocasión presentó el Cointreau Fizz, el nuevo coctel que está en boga en toda Europa y ahora llega a Puerto Rico. Bajo el concepto de ‘Let’s Fizz & Minlge!’ los invitados pudieron disfrutar y degustar el nuevo coctel mezclándolo con diferentes frutas como kiwi, mangó, fresa y parcha, entre otras, dándole

así un toque especial y único con su sabor preferido. Durante la noche los invitados degustaron exquisitos manjares confeccionados especialmente para la ocasión por el reconocido chef Mario Pagán, además de festejar y disfrutar con la música de DVJ King Arthur hasta pasadas las 11:00 de la noche. Próximamente habrá otros eventos Cointreauversial Private Party de Cointreau.

SUMINISTRADAS

Adrián Rivera y Luis Lanuza

Dr. Nicolás Casellas e Irma Lanuza

William Gordillo y Ana Pagán

Lcda. Anabelle Quiñones y Elga Albino

Derek Cuevas, Michelle Álvarez y Elvis Díaz

Marta Varón y Jocelyn Morell


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Bared apoya Marcha LUGAR . PLAZA LAS AMÉRICAS ANFITRIÓN . BARED

Durante un espléndido coctel, Bared recibió en su tienda de Plaza Las Américas a directores, voluntarios y auspiciadores de la Marcha por una Causa: Cáncer de Seno. La sorpresa de la noche fue la presentación oficial de la joya donada por Bared ‘Corazón Rosado’, un corazón ‘bombé’ de diamantes con un zafiro rosado de un quilate, icónico color de la lucha contra el cáncer de seno. “Esta pieza representa la excelencia en diseño y diamantería de Bared, pero más importante, es la expresión contundente de nuestro compromiso con la Asociación Americana del Cáncer en sus esfuerzos contra esta enfermedad”, expresó Félix Bared II.

Por su parte, la doctora Lillian Santos, principal oficial ejecutiva de la Asociación en Puerto Rico, agradeció la contribución de la Familia Bared y exhortó a continuar los esfuerzos en busca de apoyo y fondos para los pacientes de cáncer en la Isla. Daphne Barbeito, a cargo de la Marcha, exhortó a los auspiciadores a continuar su contribución y pidió a las puertorriqueñas que se sometan a una revisión anual preventiva. Félix Bared II y su esposa Coqui develaron la joya y comentaron: “Es para nuestra familia y empleados un privilegio donar esta pieza para la recaudación de fondos mediante una subasta silente durante la Red Gala de la Asociación de Cáncer a celebrarse en marzo 2013”.

SUMINISTRADAS

Jóvenes participantes y colaboradores en la Marcha de Cáncer de Seno

Yaire y Félix Bared II, mostrando su pin

Yolanda Fontánez y Félix Bared III

Orfebrero, Félix Bared II, Coqui Bared y Daphne Barbeito

Charlotte Pacheco Pabón, Enrique Bared y Coqui Bared


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agenda

solas con...

Culmina obra

Por los centros comerciales Tus Centros Comerciales continúan en octubre su gira con actividades para niños, payasos, pintura de caritas, dulces y música gratis. Las próxima fechas son: Plaza San Sebastián (26 oct.), Coamo Plaza Shopping (27), Plaza Atenas Manati (28), Monte Real Manatí (28), Corozal Plaza Shopping (29), Morovis Plaza Shopping (29), Cabo Rojo Plaza Shopping (30) y Plaza Aquarium Toa Alta (31). Todas de 4:00 a 6:00 pm.

Dalia Nieves Albert y José Carvajal JORGE RODRÍGUEZ, EL VOCERO

¿Cuál ha sido su mayor contribución con el evento más antiguo en la Isla que honra el mundo del libro? –Me refiero a los niños y niñas que a partir del 1997 visitaron la FIL-PR por primera vez y que todavía la visitan como jóvenes adultos. En esta, conocieron a nuestros grandes escritores e historiadores y a figuras de la talla de Rosa Montero, Ernesto Cardenal, Manuel Vicent, Sergio Ramírez y J.J. Benítez, entre muchos más. En estos 15 años, ¿a cuántos públicos se han dirigido? –La FIL-PR tiene la magia de atraer a un público que regularmente no va a las librerías, comenzando por el sector estudiantil. También hemos impactado a los educadores y bibliotecarios a través de Jornadas Profesionales y al público a través de la Jornada Cultural y Musical. El evento es para toda la familia, ya que cuenta con un espacio único llamado Café de los Poetas, hay un encuentro de Tunas y una presentación de libros. ¿Cuáles de estos públicos ha sido el más receptivo? –Los estudiantes, bibliotecarios y educadores no faltan a su cita anual con la FIL. Los bibliófilos, aquellos que buscan libros que no encontrarán en una librería, no faltan. Esta población es muy importante para que nos proyectemos como un evento profesional y no como un festival. ¿Cuánta gente ha asistido a la FILPR en estos años? –Creo que ya la FIL-PR tiene suficiente historia como para hacer una tesis de maestría. En nuestros archivos está registrada la cantidad de estudiantes, así como visitantes. Lo que nunca sacrifica-

Rumba en San Juan A las 8:00 pm en Rumba en la San José en la Plaza San José del Viejo San Juan, se presenta el trompetista Charlie Sepúlveda. El evento es gratis y habrá quioscos de artesanos, rifas y regalos.

EL VOCERO/ Angel Vázquez

Para los fundadores de la Feria Internacional del Libro (FIL-PR), su titánica gestión cultural no ha sido en vano; porque ese gran esfuerzo por establecer anualmente en Puerto Rico esta Feria, homóloga a las que se celebran en casi todos los países del mundo, ha creado un incremento en la producción editorial independiente y un crecimiento constatable de una población cada vez más lectora. Además, han inyectado con su ejemplo a la formación de otras, multiplicando con ello el aprecio del libro. Este ha sido su indiscutible legado.

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Terminan este fin de semana funciones de “La tía de Carlitos”, con Johanna Rosaly, OCTUBRE Junior Álvarez y Gabriel Leyva, con dirección de Dean Zayas. Teatro del Recinto de Río Piedras. Info. 787-792-5000 y 787-632-3151.

FIN DE SEMANA 26 - 28 DE OCTUBRE

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ESCENARIO / VIERNES, 26 DE OCTUBRE DE 2012

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Fiesta de los 80

remos es la calidad por la cantidad; hay un momento en el que no se aceptan más grupos escolares, no solo por seguridad sino porque deseamos que disfruten a plenitud las actividades. ¿Cómo barajean los contenidos de cada edición? –El programa cultural se va armando en la medida que los expositores e invitados entran a esa edición de la Feria. Si impresionantes fueron aquellas ferias gigantescas en el Coliseo, ¿de cuántas editoriales tocaron puertas? –La época de las Ferias en el Coliseo fue grandiosa, pero Puerto Rico no había entrado en la crisis económica en que se encuentra. La crisis afectó grandemente la industria del libro, muchas casas editoras se reestructuraron solo hacia el libro de texto y otras cerraron. Entonces surgió con mayor empuje la edición de autor, que es la que mayormente sostiene la publicación en la Isla. Para la titánica organización, tendrían que trabajar todo el tiempo para hacer la FILPR. ¿Es eso así? –Se trabaja todo el año, ya que son dos Ferias: la del libro infantil, juvenil y escolar, y la FIL-PR. Además, hay que redactar pro-

puestas, propuestas y más propuestas que no rinden fruto, pero hay que hacerlas. En una ocasión, Nieves Albert expresó que para tener éxito, tenían que estar reinventándose todo el tiempo. ¿Por eso cada feria posee un estilo distinto? –La organización de una feria internacional requiere un gran esfuerzo, análisis continuo del sector del libro y en un país como el nuestro donde no contamos con embajadas de los países invitados, el esfuerzo es mayor. Por eso creamos diferente motivos en torno al libro, instalaciones, música y otros atractivos para que en una sociedad atemorizada como la nuestra, la FIL-PR se convierta en un lugar de paz y sana convivencia. ¿Se sienten responsables de que hayan surgido otras ferias del libro debido a su gestión? –Es importante y saludable toda gestión que se haga a favor del libro y la lectura, y que lleve como norte la búsqueda del conocimiento a través de los pensamientos que otros y otras han plasmado en los libros. Ser gestor o gestora cultural debe ser una misión con un propósito altruista, sin egos, porque al fin y al cabo solo el conocimiento nos llevará a la libertad.

Al ritmo de la música de los 80, la Fundación Infantil Ronald McDonald celebrará The Red Shoe Bash en el Conservatorio de Música de San Juan. Con Words Four Two y el D’J Carlos Lampaya, de Neon’s. Info. 787-748-8287.

Talleres educativos La Ruta Mujeres d Éxito de Doral Bank sigue de 10:00 am a 4:00 pm en la sucursal de Doral Bank de la Ave. F.D. Roosevelt. Talleres gratis y bohemia con Dagmar. Información en la página de Internet www.doralbank.com/mujeresdexito.

Cuchi Cuchi de Esperanza Braulio Castillo, hijo, Andrea de Castro, Luz Nereida Vélez, Luisisto Vigoreaux y Amneris Morales participarán este sábado y domingo en Plaza Centro en Caguas del ‘Cuchi Cuchi de Esperanza’, a beneficio de la Fundación Cabecitas Rapadas. Habrá venta de besos, abrazos, foto y autógrafos. El sábado será de 2:00 a 4:00 pm y el domingo de 1:00 a 5:00 pm. Info. 787-810-6884.

28 OCTUBRE

Concierto Concierto de Gala con piezas de Beethoven, Mozart y Ravel, para recaudar fondos para becas de estudio a músicos por medio del programa Beca Sanromá. A las 5:00 pm en el Teatro Raúl Juliá, Museo de Arte de PR. Costos y detalles: 7263291, 725-3338 y 756-5311.


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POR LA GITANA PATRICIA SAGITARIO

Nada será como esperas en estos momentos, pero ten fe de que todo de alguna manera te conviene. Una oferta de trabajo. El amor te hará feliz, atraerás a personas extranjeras.

LEO (24 / 07 - 21 / 08) Buena suerte ahora que las estrellas te unen a hermanos y excelentes amigos. Un asunto legal te podría estar quitando el sueño, pero solo porque tú lo permites. Saldrás victorioso de todo.

TAURO

VIRGO

CAPRICORNIO

(21 / 04 - 21 / 05)

Tendrás dificultades para mostrar tu ternura. Son días en los que tendrás la oportunidad de romper con esa dinámica y mostrarte como eres. Se estabiliza un poco tu relación de pareja.

(22 / 08 - 21 / 09)

Son buenos momentos para llevar adelante una idea que te haga generar dinero. Los hermanos y familiares influirán mucho, sobre todo si pasan por una necesidad o enfermedad.

(22 / 11 - 21 / 12)

Sentirás que necesitas revitalizarte. Ponte en contacto con la naturaleza. Te inclinarás a dudar demasiado, no lo hagas. Siempre ten mente positiva. Valora las amistades.

Con tu necesidad de proyectarte al futuro de forma intensa, probablemente encuentres varios obstáculos. Estarás poco dispuesto a que te corten las alas.

LIBRA (22 / 09 - 23 / 10) Un volcán sacudiendo tu vida. Esperas grandes cambios debido a circunstancias en tu ambiente que estarán fuera de tu control. Te impacta ahora lo que los demás digan u opinen de ti.

ACUARIO (21 / 01 - 19 / 02) Tus amigos te buscan y tu popularidad crece. Envolverte en alguna actividad urbana o un club social, puede estar bajo los efectos de conciliar días de alegría y vida nocturna agitada.

CÁNCER

ESCORPIO

PISCIS

Inicias una nueva vida libre de resentimientos, odios y rencores. El amor y el romance serán tu aliciente para luchar y vencer.

(24 / 10 - 21 / 11)

En estos días puedes vivir situaciones confusas. La mejor vacuna para estos peligros será ser muy realista. Responsabilidades contigo mismo y romper con quien quiere entorpecer tu vida.

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(22 / 12 - 20 / 01)

GÉMINIS (22 / 05 - 21 / 06) Tu interés por estudios de metafísica es una obsesión. A tu lado no faltará quien te sirva de maestro espiritual. Posibilidades de que seas tú el que juegue este papel en la vida de otros. (22 / 06 - 23 / 07)

El amor es la medicina....

(20 / 02 - 21 / 03)

Todo cambia; recuperas la confianza en ti mismo. La energía planetaria trae ganancias y adquisiciones. Buen momento para embellecer tu persona, mímate un poco más.

Tu verdad es tu verdad. Mi verdad es mi verdad. ...Si te hablara con tu verdad te mentiría... I.M.L www.cucubanos.net

Copyright Iris M Landrón

(22 / 03 - 20 / 04)

©

ARIES

HORÓSCOPO


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LOCALES / VIERNES, 26 DE OCTUBRE DE 2012 El periódico de Puerto Rico

AMADO RODRIGUEZ CLASSEN, 79 años. Natural y residente de Arecibo. Falleció el 22 de octubre de 2012 en Arecibo. Sepelio efectuado. MIGUEL A. MERCADO SANTIAGO, 69 años. Natural y residente de Arecibo. Falleció el 22 de octubre de 2012 en Manatí. Sepelio efectuado. MARIA MERCEDES DIAZ DELGADO, 92 años. Natural y residente de Arecibo. Falleció el 23 de octubre de 2012 en Lares. Fue cremada. JUANA ALONSO CANDELARIA, 102 años. Natural y residente de Arecibo. Falleció el 19 de octubre de 2012 en Arecibo. Sepelio efectuado. JUAN A. SAAVEDRA BARRETO, 63 años. Natural y residente de Arecibo. Falleció el 20 de octubre de 2012 en Arecibo. Sepelio efectuado. ROSALINA DIAZ HERRERA, 97 años. Natural de Hatillo y residente de Arecibo. Falleció el 21 de octubre de 2012 en Arecibo. Sepelio efectuado. IRMA LUZ REYES ESPINOSA, 78 años. Natural y residente de Hatillo. Falleció el 22 de octubre de 2012 en Arecibo. Sepelio efectuado.

ENRIQUE RIVERA RUIZ, 81 años. Natural y residente en Mayagüez. Falleció el 25 de octubre de 2012 en Mayagüez. Sepelio mañana sábado en el Cementerio Los Robles.

CECILIA M. ACEVEDO OLIVERAS, 74 años. Natural de Carolina y residente de San Juan. Falleció el 23 de octubre de 2012 en San Juan. Será cremado en el Centro de Cremación Ehret. ARTURO LUGO DIAZ, 86 años. Natural y residente de San Juan. Falleció el 22 de octubre de 2012 en San Juan. Será cremado en el Centro de Cremación Ehret. CANDIDA R. COLON LOPEZ, 91 años. Natural de Ponce y residente de San Juan. Falleció el 24

de octubre de 2012 en Río Grande. Será cremado en el Centro de Cremación Ehret. NORMA JIMENEZ LARUY, 64 años. Natural de San Juan y residente de Caimito Bajo. Falleció el 24 de octubre de 2012 en San Juan. Sepelio hoy a las 2:30 p.m. hacia el Cementerio Municipal Viejo, Río Piedras. EDUARDO RODRIGUEZ PACHECO, 76 años. Natural de Río Grande y residente de Trujillo Alto. Falleció el 24 de octubre de 2012 en Trujillo Alto. Sepelio se efectuará mañana sábado hacia el Cementerio Borinquen Memorial Park 1, Caguas. Hora pendiente.

DEOGRACIA GARCIA REYES. Natural de Coamo. Falleció en Canóvanas. Recibió cristiana cremación. HAYDEE CALZADA. Natural de Luquillo. Falleció en San Juan. Recibió cristiana cremación. CARLOS VILLAMIL SUAREZ. Natural de Humacao. Falleció en San Juan. Recibió cristiana cremación. CARMELO VELEZ DELGADO. Natural de Trujillo Alto. Falleció en San Juan. Recibió cristiana cremación.

JESUS CONCEPCION SANABRIA SANTIAGO, 47 años. Natural de Mayagüez y residente de New Jersey. Falleció el 25 de octubre de 2012 en New Jersey. Sepelio hacia el Cementerio Nuevo Municipal. Día y hora pendientes.

EDICTOS ED-5967 #102077670 ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO. TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA, CENTRO JUDICIAL DE CAGUAS, SALA SUPERIOR.

TRM, LLC. Demandante v.

ANGEL LUIS MEDERO MORALES MARYLYNN CARRASQUILLO GOMEZ también conocida como

MARYLYNN CARRASQUILLO GOMEZ y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos Demandados CIVIL NUM: E CD2008-1677 (611). SOBRE: EJECUCION DE HIPOTECA (VIA ORDINARIA). Estados Unidos de América. El Presidente de los EE.UU. El Estado Libre Asociado de Puerto Rico. SS. EDICTO ANUNCIANDO PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA SUBASTA. El Alguacil que suscribe, Funcionario del Tribunal de Primera Instancia de

Puer to Rico, por la presente ANUNCIA y hace saber al público en general que en cumplimiento de la Sentencia dictada el día 29 de enero de 2009, procederé a vender en subasta, al mejor postor y por dinero en efectivo o cheque certificado todo título, derecho o interés de la parte demandada nombrada en el epígrafe, sobre la propiedad que más adelante se describe. Se ANUNCIA por medio de este EDICTO que la PRIMERA SUBASTA habrá de celebrarse el día 15 de noviembre de 2012, a las 9:30 de la mañana, en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE CAGUAS. Siendo ésta la PRIMERA SUBASTA que se celebra en este caso, el tipo mínimo aceptable

como oferta en la PRIMERA SUBASTA será el tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma de $220,584.50. De no haber remate o adjudicación en esta PRIMERA SUBASTA se celebrará una SEGUNDA SUBASTA el día 29 de noviembre de 2012, a las 3:00 de la tarde, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será dos terceras partes del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca, o sea, la suma total de $147,056.33. Esta SEGUNDA SUBASTA habrá de celebrarse en mi oficina, sita en el local que ocupa el Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico, SALA DE CAGUAS. De no haber remate o adjudicación en esta SEGUNDA SUBASTA se celebrará una

TERCERA SUBASTA el día 6 de diciembre de 2012, a la 1:30 de la tarde, en la cual el tipo mínimo aceptable como oferta será la mitad del tipo mínimo pactado en la escritura de Constitución de Hipoteca. Si tampoco hubiese remate o adjudicación en la TERCERA SUBASTA y se declarase desierta, se dará por terminado el procedimiento, pudiendo el acreedor adjudicarse la propiedad dentro de los diez (10) días siguientes, por la totalidad de la cantidad adeudada. La propiedad a ser vendida en subasta es la que se describe a continuación y para la cual se dan sus datos registrales: “RUSTICA: Solar identificado con el #32 en el plano de inscripción de la URBANIZACION ESTANCIAS DE GRAN VISTA, radicado en el Ba-

rrio Navarro del término municipal de Gurabo, Puerto Rico, con un área superficial de 1,153.64 metros cuadrados, que consiste de 854.72 metros de área plana y 298.92 metros cuadrados de área escarpada. Colinda por el NORTE, en 32.49 metros con la Urbanización Gran Vista I; por el SUR, en 29.69 metros con el solar #31 de la Urbanización, y por el OESTE, en 38.27 metros con el solar #33 de la Urbanización. Enclava en dicho solar una residencia Modelo I, que consta de cuatro dormitorios, dos baños, sala-comedor, cocina, laundry, marquesina y garaje doble.” Inscrita al folio 105 del tomo 460 de Gurabo, finca #17,784, inscripción 4ta., del Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda. DIRECCION: URB. ES-

TANCIAS DE GRAN VISTA 32 CALLE SAN PEDRO GURABO, PUERTO RICO. La antes descrita hipoteca fue modificada y ampliada mediante la escritura número 164 otorgada en San Juan, Puerto Rico, el día 31 de agosto de 2007, ante el Notario Público José V. Gorbea Varona, la cual se modifica la hipoteca expresándose que el principal será ahora de $220,584.50. Inscrita al folio 105 del tomo 460 de Gurabo, finca #17784, inscripción 4ta., del Registro de la Propiedad de Caguas, Sección Segunda. Con el importe de esta venta se habrá de satisfacer la Sentencia antes mencionada por la suma de $221,471.35, la cual se desglose en $215,572.70 de principal, $5,164.75 de intereses, $389.48 de cargos por demora,

#344.42 de CRIM, más costa, gastos y $22,058.00 por concepto de honorarios de abogado, más cualesquiera otras sumas que aparezcan de la faz del contrato. Los autos y todos los documentos correspondientes a este procedimiento están de manifiesto en la secretaría de este Tribunal durante los días y horas laborables, por lo que los interesados pueden referirse al expediente allí archivado, bajo el civil número que aparece en el epígrafe de este Edicto Anunciando Primera, Segunda y Tercera Subasta. EN TESTIMONIO DE LO CUAL, expido el presente, que firmo y sello, en CAGUAS, Puerto Rico, hoy día MAR 14 2012. RAMON L. HERNANDEZ CINTRON, ALGUACIL.


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AVISO

REGLAMENTOS DE INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN BÁSICA EN PUERTO RICO Conforme a las facultades que le confiere el Artículo 9 inciso (e) del Plan de Reorganización Núm. 1 del 26 de julio de 2010, según enmendado, y a lo dispuesto en el Capítulo II de la Ley Núm. 170 del 12 de agosto de 1988, según enmendada, el Consejo de Educación de Puerto Rico (CEPR) notifica que tiene ante su consideración la aprobación de los siguientes Reglamentos: 1. "Reglamento para el Licenciamiento de Instituciones de Educación Básica" con el fin de establecer las normas y los procesos que regirán el licenciamiento de las instituciones de educación básica en Puerto Rico. Este Reglamento deroga al Reglamento Núm. 6245, radicado en Diciembre de 2000. 2. "Reglamento para la Acreditación de las Instituciones de Educación Básica en Puerto Rico" Este Reglamento deroga el Reglamento 6249 de Diciembre 21 de 2000. 3. "Reglamento para el Registro de las Iglesias - Escuelas" Se celebrará una vista pública el martes 11 de diciembre de 2012. Deberá solicitar turno para su participación incluyendo la ponencia escrita en o antes del 27 de noviembre de 2012 al siguiente contacto Eric J. Cruz, con la dirección electrónica: ecruz@ce.pr.gov Los interesados en obtener copia de los borradores de la reglamentación a ser adoptada puede accederla en la siguiente dirección electrónica: www.ce.pr.gov a partir del 8 de noviembre de 2012 ó solicitar las mismas durante días y horas laborables (L-V) 8:00 a.m.-12:00 y 1:00 pm - 4:00 p.m.) a través del correo electrónico: ecruz@ce.pr.gov y/o csantos@ce.pr.gov . También estarán disponibles copia de las propuestas de reglamento en la siguiente dirección física: Edificio Hato Rey Center, 15to piso, Ave. Ponce de León Núm. 268 en Hato Rey. Consejo de Educación de Puerto Rico Oficina de la Directora Ejecutiva Apartado 19900 San Juan, Puerto Rico 00910-1900 Tel. (787) 641-7100 Fax. (787) 641-2573 En San Juan, Puerto Rico, hoy 24 de octubre de 2012.

Carmen L. Berríos Rivera Directora Ejecutiva

Ricardo Aponte Parsi Presidente

Aprobado por la Comisión Estatal de Elecciones CEE-C-12-107

GOVERNMENT OF PUERTO RICO PUERTO RICO COUNCIL ON EDUCATION

NOTICE

VARIOUS REGULATIONS GOVERNING BASIC EDUCATION INSTITUTIONS IN PUERTO RICO As per the faculties conferred by Article 9 (e) of Reorganization Plan Num. 1 of July 26, 2010 as amended, and in conformity with Chapter II of Act No. 170 of August 12, 1988, as amended, the Puerto Rico Council on Education hereby notifies to the public of its intention to approve the following regulations: 1. "Reglamento para el Licenciamiento de Instituciones de Educación Básica" which will revoke the previous Regulations No. 6245 of December, 2000. 2. "Reglamento para la Acreditación de las Instituciones de Educación Básica en Puerto Rico" which will revoke previous Regulations No. 6249 de December, 2000. 3. "Reglamento para el Registro de las Iglesias - Escuelas A public hearing has been scheduled for Tuesday December 11, 2012. Any person interested in participating in the public hearing should send the paper or comment on or before 27 of November of 2012 to Mr. Eric J. Cruz at ecruz@ce.pr.gov. Copy of the proposed Regulations will be available at the following electronic addresses: www.ce.pr.gov after November 8, 2012. Also on regular service hours L-V 8:00am -12:00-1:00 - 4:00pm at Edificio Hato Rey Center, 15to piso, Ave. Ponce de León Núm. 268 en Hato Rey or by electronic mail with Mr. Eric J. Cruz, ecruz@ce.pr.gov or Mrs. Carmen Santos at csantos@ce.pr.gov. Puerto Rico Council on Education Office of the Executive Director PO Box 19900 San Juan, Puerto Rico 00910-1900 Tel. (787) 641-7100 Fax. (787) 641-2573 In San Juan, Puerto Rico, today October 24, 2012.

Carmen Luz Berríos Rivera Executive Director

Ricardo Aponte Parsi President

Approved by the Commonwealth Election Commission CEE-C-12-107

EL VOCERO / VIERNES, 26 DE OCTUBRE DE 2012

GOBIERNO DE PUERTO RICO CONSEJO DE EDUCACIÓN DE PUERTO RICO


LOCALES / VIERNES, 26 DE OCTUBRE DE 2012 El periódico de Puerto Rico

Importante jornada en la NCAA RALPH D. RUSSO, THE ASSOCIATED PRESS

Esta es una semana importante para las esperanzas titulares del número dos Oregón. No por su partido contra Colorado. Eso sera fácil para los Ducks. Los equipos directamente al frente de Oregón en el ‘standing’ del BCS (Alabama, Florida y Kansas State), y el que lo persigue (Notre Dame), todos se miden a equipos clasificados el sábado. Así que los Ducks, cuartos en el ‘standing’ del BCS, podrían recibir alguna de la ayuda para escalar o podrían quedar más atrás en la carrera por llegar al partido del campeonato nacional. Es quizás muy temprano para dejarnos llevar demasiado por el orden del BCS. Hay 11 equipos invictos en el football colegial de primera categoría, y la máxima cantidad que puede haber cuando termine la campaña es siete. Y ese total probablemente se pueda reducir a cuatro serios contendientes por un lugar en el juego titular del BCS en Miami. Ohio State no es elegible. Ohio University no juega un calendario lo suficientemente fuerte. El campeón del Big East probablemente no pueda superar a los equipos grandes de la SEC, Pac-12 y Big 12, además de Notre Dame. De los mejores cinco equipos, Oregón parece ser el que se quedaría fuera del juego titular si más de dos equipos terminan invictos. Excusas a los fanáticos de los Ducks si se sienten un poco frustrados; no es la primera vez (2001 y 2005) que el sistema del BCS no funciona a su favor.

AP

62

Manti Te’o y Notre Dame se miden a Oklahoma.

CALENDARIO ‘TOP 25’ NCAA Viernes #16 Louisville vs. Cincinnati, 8 p.m.

Sábado #1 Alabama vs. #13 Mississippi State, 8:30 p.m. #2 Oregón vs. Colorado, 3 p.m. #3 Florida vs. #12 Georgia, 3:30 p.m. #4 Kansas State vs. #15 Texas Tech, 3:30 p.m. #5 Notre Dame en #8 Oklahoma, 8 p.m. #7 Oregon State enWashington, 10:15 p.m. #9 Ohio State en Penn State, 5:30 p.m. #10 Southern Cal en Arizona, 3:30 p.m. #11 Florida State vs. Duke, 3:30 p.m. #17 South Carolina vs.Tennessee, 12 p.m. #18 Rutgers vs. Kent State, 3:30 p.m. #19 Stanford vs.Washington State, 6:15 p.m. #20 Michigan en Nebraska, 8 p.m. #21 Boise State en Wyoming, 3:30 p.m. #22 Texas A&M en Auburn, 7 p.m. #23 Ohio en Miami (Ohio), 3:30 p.m.

He aquí un ejemplo del problema que podría tener Oregón: Notre Dame juega en Oklahoma. Si el Fighting Irish gana, podrían brincar a los Ducks en el ‘standing’ del BCS como hizo Kansas State la semana pasada. Si los Sooners ganan, la victoria de Kansas State en Oklahoma luce mejor y aleja a los Wildcats más al frente de los Ducks. El problema de los Ducks tiene que ver con su calendario. Sus oponentes simplemente no han sido muy buenos, y comienza a pesarle en los ‘ratings’ de las computadoras.


EL VOCERO / DEPORTES / VIERNES, 26 DE OCTUBRE DE 2012

ORIENTACIÓN CARRERAS PARA MAÑANA

1RA. CARRERA

AYER EN LAS CARRERAS

EDWIN CASTRO

1,200 Metros 3 años

No Reclamables 1. Valid Jet Julio A. Hernández 116 2. Crootkhoff Juan Carlos Díaz 116 3. West Citizen Héctor M. Díaz 109 4. Lamas Festival Edwin Castro 116 NUESTRA SELECCIÓN:West Citizen, Lamas Festival y Valid Jet.

2DA. CARRERA

1,600 Metros 2 años

Reclamables a $7,500 1. Pablo Alejandro R. Sánchez 116 2. Corre Puchy Corre Luis Hiraldo 116 3. Príncipe de Oro Benjamín López 116 4. Grey Hailey José M. Rivera 117 5. Marisel Queen S. Figueroa 117 NUESTRA SELECCIÓN: Corre Puchy Corre, Príncipe de Oro y Marisel Queen.

3RA. CARRERA

1,400 Metros 2 años

No Reclamables 1. Bebo R. Héctor M. Díaz 109 2. Pacote Luis Hiraldo 116 3. Fortuny José M. Rivera 117 4. Antipático Julio A. Hernández 116 5. Volumétrico Héctor Berríos 116 NUESTRA SELECCIÓN: Bebo R, Pacote y Antipático.

4TA. CARRERA

1,300 Metros 2 años

Reclamables a $15,000 1. Venus Son Julio A. Hernández 117 2. Speedy Boo Boo José M. Rivera 117 3. Pure Warrior Edwin Castro 117 4. Phar Too Quick Andy Hernández 117 5. Mechanical Force Héctor Berríos 117 6. Don Antonio Héctor M. Díaz 110 7. Dr. Richard R. David Rosario 117 NUESTRA SELECCIÓN: Phar Too Quick, Speedy Boo Boo y Pure Warrior.

5TA. CARRERA

1,400 Metros 3 años

Reclamables a $3,500 1. Honey Biscuit Héctor M. Díaz 109 2. Caribeth José A. Hernández 116 3. R. Next Gem S. Figueroa 117 4. The Andreas Spirit Luis Hiraldo 116 5. Lucky Princess David Rosario 116 6. City Splendor Benjamín López 118 7. Morning Sunday A. Salgado 116 8. Sheza Favorite Juan Carlos Díaz 120 NUESTRA SELECCIÓN: Sheza Favorite, Lucky Princess y Honey Biscuit.

RESULTADOS

1,300 Metros 2 años

Reclamables a $15,000 1. Grandson Ro Ro Julio A. Hernández 117 2. Special Warrior Juan Carlos Díaz 117 3. Follow Unbridled Luis Hiraldo 117 4. Prince Lion Carlos Pizarro 117 5. Millionaire Monkey Héctor M. Díaz 110 6. Noble Bandido Edwin Castro 117 7. Another Judge David Rosario 117 NUESTRA SELECCIÓN: Millionaire Monkey, Special Warrior y Noble Bandido.

7MA. CARRERA

1-1/16 Milla 3 años y mayores

Reclamables a $5,000 1. Chispa Veloz Edwin Castro 116 2. Melina’s Queen Héctor Berríos 118 3. Pueblerina Eddie Santiago 113 4. Yeyita M. Carlos Pizarro 116 5. Sonrisa Marina Julio A. Hernández 118 6. La Negra Tomasa Luis Hiraldo 118 7. Cerezita Héctor M. Díaz 111 NUESTRA SELECCION: Yeyita M, Chispa Veloz y La Negra Tomasa.

RECOMENDACIONES PARA EL POOL CUADRO $3.00 2da. 3ra. 4ta. 5ta.

Corre Puchy Corre Bebo R Phar Too Quick Sheza Favorite y Lucky Princess 6ta. Millionaire Monkey, Special Warrior y Noble Bandido 7ma. Yeyita M y Chispa Veloz

PAPELETA 2da. 3ra. 4ta. 5ta. 6ta. 7ma.

Corre Puchy Corre Bebo R Phar Too Quick Sheza Favorite Millionaire Monkey Yeyita M.

PARA LAS BANCAS PARA ARRIESGADOS Noble Bandido y Yeyita M en primera.

PARA CONSERVADORES: West Citizen y Corre Puchy Corre en segunda.

PROGRAMA HÍPICO

PRIMERA CARRERA El Radar pasó al frente faltando unos 600 metros y se mantuvo sin problemas. Venció por tres cuerpos y medio a Mi Amigo Biggy.

SEGUNDA CARRERA Solo Uno persiguió a Salvaje desde los 700 finales y finalmente logró dominarlo en los últimos 75 metros. Lo venció por cuerpo y cuarto.

TERCERA CARRERA Quality Trait dominó toda la ruta. Rey de Persia amenazó en la recta final, pero se colgó en los últimos cien metros para quedar a dos cuerpos y cuarto del ganador.

CUARTA CARRERA Gabbywitha G le pasó a Kirby y a D’ Wildcat Star faltando unos 600 metros y se quedó sola en la carrera. Se siguió despegando de sus rivales hasta ganar por casi 14 cuerpos.

QUINTA CARRERA Regal Pegasus dominó a la favorita Jailee M poco antes del poste de los 500 y se mantuvo para

1

1,200 Metros

2

1-1/8 Milla

3

1,300 Metros

4

1-1/8 Milla

5

1,200 Metros

6

1,400 Metros

7

1-1/16 Milla

1. El Radar (2) Julio A. Hernández 2. Mi Amigo Biggy (1) 3. Confederado Dividendos de El Radar $2.50. Exacta: 2-1 $3.70

NORMAN H. DÁVILA

6TA. CARRERA

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ganar por cuerpo y medio para producir la única sorpresa del día.

SEXTA CARRERA Mr. Joe B venía de ganar con facilidad en un grupo parecido, dando ventaja a la salida. Ayer decidió cogerse el día libre y no arrancó. Vuelve Gilberto M y Eurobuilding dominaban la carrera a mediados de la recta final, cuando Extra Brew les pasó por fuera. Ganó por casi cuatro cuerpos sobre Vuelve Gilberto M.

SÉPTIMA CARRERA El aprendiz Héctor Díaz había ganado dos carreras y despegaba cuatro sobre Juan Carlos Díaz. Pasando el poste de los 600, Héctor tuvo que contener a Alhena Star cuando Formadora, la monta de Juan Carlos, bajó levemente interfiriendo con la línea de carrera de Alhena Star. Formadora llegó al frente y Alhena Star tercera, pero la primera fue descalificada al tercer lugar, ganando de carambola Doña Coco, que fue derrotada fácilmente por Formadora.

1. Solo Uno (3) H.M. Díaz 2. Salvaje (2) 3. Super Abuelo Dividendos de Solo Uno $3.40 y $2.40; de Salvaje $4.50. Exacta: 3-2 $12.30 Dupleta: 2-3 $5.40

1. Quality Trait (4) H.M. Díaz 2. Rey de Persia (5) 3. Aranzandi (1) Dividendos de Quality Trait $5.30 y $3.50; de Rey de Persia $6.30. Trifecta: 4-5-1 $19.35 Exacta: 4-5 $33.10 Dupleta: 3-4 $8.80

1. Gabbywitha G. (5) C. Pizarro 2. Dream Glow (2) 3. Infanta Dividendos de Gabbywitha G. $6.00 y $3.90; de Dream Glow $3.70. Exacta: 5-2 $18.40 Dupleta: 4-5 $10.10

1. Regal Pegasus (11) A. Salgado 2. Jailee M. (9) 3. Light Cat (2) 4. Mi Girl Romanza (1) Dividendos de Regal Pegasus $19.70 y $5.10; de Jailee M. $2.50. Quiniela: 9-11 $11.70 Trifecta: 11-9-2 $605.75 Superfecta: 11-9-2-1 $932.40 Exacta: 11-9 $32.30 Dupleta: 5-11 $35.60

1. Extra Brew (6) B. López 2. Vuelve Gilberto M. (1) 3. Burning Star (5) 4. Victorotti (4) Dividendos de Extra Brew $4.60 y $2.50; de Vuelve Gilberto M. $2.50. Quiniela: 1-6 $6.10 Trifecta: 6-1-5 $20.00 Superfecta: 6-1-5-4 $179.35 Dupleta: 11-6 $49.70 Pool de 3: 5-11-6 $139.30 Pool de 4 [4-5-11-6] Paga con 4 de 4 $274.35

1. Doña Coco (6) D. Rosario 2. Alhena Star (2) 3. Formadora (4) Dividendos de Doña Coco $9.10 y $4.50; de Alhena Star $3.50. Trifecta: 6-2-4 $17.05 Exacta: 6-2 $17.90 Dupleta: 6-6 $19.30 Pool de 3: 11-6-6 $171.90

Pool ascendi : $177,726 Paga con 6: $883.45


BREVES

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DEPORTES / VIERNES, 26 DE OCTUBRE DE 2012 El periódico de Puerto Rico

El más ‘overrated’

EL VOCERO / Archivo

Tim Tebow fue seleccionado el jugador más sobrevalorado en la NFL en una encuesta de Sports Illustrated. El QB suplente de los Jets fue nombrado por el 34 por ciento de los 180 jugadores que fueron cuestionados, seguido de su compañero Mark Sánchez (8%) y el ‘quarterback’ de Dallas, Tony Romo (8%).

La muerte del entrenador Emanuel Steward fue lamentada por muchos boxeadores, promotores y conocedores del boxeo en todo el mundo.

Steward pierde su batalla Operan a Jennings Greg Jennings será operado para repararle una lesión en la ingle que lo ha limitado a tres juegos en la campaña. No hay fecha para su regreso, pero el recibidor número uno de los Packers cree que estará de vuelta esta campaña. Tiene apenas 12 recepciones en el año, luego de promediar 73 atrapadas los pasados cuatro años. GOBIERNO DE PUERTO RICO AREA LOCAL DE DESARROLLO LABORAL NORESTE APARTADO 1305 FAJARDO, P.R. 00738-1305

NOTA ACLARATORIA Por razones ajenas a nuestra voluntad, en la CONVOCATORIA pautada el miércoles, 24 de octubre de 2012 se omitió el nombre de la misma. Debió leer: CONVOCATORIA PARA MAESTRO(A) ELEMENTAL Lamentamos los inconvenientes. Carlos A. Rodríguez Rivera Director Ejecutivo Autorizado por la Comisión Estatal de Elecciones CEE-SA-12-12891

CARLOS NARVÁEZ ROSARIO, EL VOCERO

Familia confirma su muerte en hospital de Chicago y la OMB guardó un minuto de silencio en su Convención Anual en la Florida Fue muy duro confirmarlo. Quizás fue más duro creerlo. Pero al final, Emanuel Steward no pudo alzarse con la victoria en la batalla más dura de su vida. El afamado entrenador y miembro del Salón de la Fama del Boxeo, falleció a los 68 años luego de batallar por dos meses contra una fuerte enfermedad. Steward había sido recientemente intervenido por un problema provocado por un padecimiento intestinal conocido como diverticulosis. El miércoles su condición empeoró y el jueves en la mañana los informes de su muerte inundaron las redes sociales. Su hermana Diane Steward Jones desmintió el hecho de que su hermano había muerto, pero poco después confirmó lo que nadie quería escuchar. Steward falleció a eso de las 3:29 de la tarde, en Chicago. “El volvió a casa (en referencia al cielo) hace media hora. Batalló fuerte, tan fuerte como Hagler y Hearns”, expresó Steward Jones al reportero de ABC Action News de Detroit, Tom Leyden, según BoxingScene.com. La noticia igualmente fue difundida por múltiples medios alrededor del mundo. La página especilizada en boxeo, Fightnews.com, también había dado por oficial la muerte de Steward mientras los diarios Detroit Free Press y USA Today pedían excusas a la familia del entrenador

por divulgar una nota errónea que al final fue cierta. Victoria Kirton, asistente ejecutiva de Steward, confirmó también la muerte del entrenador en un hospital de Chicago, pero no ofreció detalles de las causas. Púgiles como Amir Khan, Vladimir Klischko, Ricardo Mayorga, Danny García, Lennox Lewis, y muchos otros, enviaron sus condolencias a través de sus cuentas de Twitter. Precisamente fue a través de un mensaje de Klischko que el presidente de la Organización Mundial de Boxeo, Francisco (Paco) Valcárcel, se enteró del deceso de Steward, lo que obligó un minuto de silencio en los trabajos de la Convención Anual que se celebran en Hollywood, Florida. Steward se hizo famoso de la mano de boxeadores como Thomas (The Hitman) Hearns, Hilmer Kenty, Lewis, Vladimir Klischko, Oscar de la Hoya y Miguel Cotto. Steward acompañó a Cotto en su victoria del 2010 en el Yankee Stadium ante Yuri Foreman, y luego para su combate contra Ricardo Mayorga. En el 2011, Cotto no continuó con Steward. El veterano preparado que fue exaltado al Salón de la Fama en 1997, ha servido por muchos años como comentarista y analista en HBO.


EL VOCERO / DEPORTES / VIERNES, 26 DE OCTUBRE DE 2012

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Domados los Tigres THE ASSOCIATED PRESS

ITINERARIO

Gigantes blanquean a Detroit para colocarse con ventaja de 2-0 en la Serie Mundial

Miércoles, 24 de octubre San Francisco 8, Detroit 3 Jueves, 25 de octubre San Francisco 2, Detroit 0

SAN FRANCISCO, California, EE.UU. - Acostumbrados a venir de atrás, los Gigantes de San Francisco ahora tienen la sartén por el mango en la Serie Mundial.

Sábado, 27 de octubre San Francisco en Detroit, 8:07 p.m. Domingo, 28 de octubre San Francisco en Detroit, 8:07 p.m.

Madison Bumgarner aquietó a los bates de los Tigres de Detroit durante siete innings y los Gigantes capitalizaron un toque perfecto de Gregor Blanco para conseguir la carrera que les dio el jueves una victoria 2-0 en el segundo juego del Clásico de Otoño.

Lunes, 29 de octubre x-San Francisco en Detroit, 8:07 p.m. Miércoles, 31 de octubre x-Detroit en San Francisco, 8:07 p.m.

San Francisco aprovechó su condición de local en los primeros dos partidos para irse al frente 2-0 y ahora buscará sentenciar en Detroit, donde la serie se trasladará el sábado para los próximos tres juegos.

Jueves, 1 de noviembre x-Detroit en San Francisco, 8:07 p.m. x-de ser necesario

GIGANTES 2, TIGRES 0

De los 52 equipos que tomado una ventaja, 41 lograron consagrarse campeones, casi un 80 por ciento. Los últimos ochos supieron liquidarlo, incluyendo a los Gigantes en 2010. El sábado, el venezolano Aníbal Sánchez abrirá por los Tigres contra Ryan Vogelsong de los Gigantes.

AP / Jeff Chiu

La segunda victoria de San Francisco se terció con el estilo de béisbol más sencillo posible. El toque de Blanco —una pelota que se quedó dormida por la raya de tercera base— hizo llenar las bases en el séptimo inning. Acto seguido, una roleta de Brandon Crawford para doble matanza trajo la carrera que puso a San Francisco a mitad de camino de su segundo campeonato en tres años. Un elevado de sacrificio de Hunter Pence, luego de batear tres fouls en cuenta de 0-2 ante el relevista Octavio Dotel, empujó la segunda anotación en el octavo. Para los Gigantes, esta ventaja 2-0 es algo totalmente diferente esta postemporada. En las dos series anteriores debieron remontar desde muy atrás: un 2-0 ante Cincinnati en una pulseada al mejor de cinco y luego sobrevivieron a un déficit 3-1 frente a San Luis por el título de la Liga Nacional. Los Tigres desembarcaron en San Francisco con la etiqueta de favoritos, pero se regresan a Detroit muy tocados y preguntándose cómo es posible que todo le esté saliendo tan mal. Prince Fielder, por ejemplo, fue puesto out en el plato por un pelo, impidiéndoles tomar una ventaja temprano.

Por la nubes. El boricua Angel Pagán celebra brincando con sus compañeros el triunfo de San Francisco.

El abridor de los Tigres Doug Fister fue impactado en la cabeza por una línea bateada por Blanco, pero lanzó dominante hasta que relevado en el séptimo al ser saludado por un sencillo de Pence. En un verdadero duelo de pitcheo, Bumgarner toleró dos hits, colgó siete ceros y recetó ocho ponches. El bullpen de San Francisco se encargó del resto, con Santiago Casilla y Sergio Romo bajando la cortina en las dos últimas entradas.

Detroit AB R H BI BB SO Avg. A.Jackson cf 3 0 0 0 1 3 .286 Infante 2b 4 0 1 0 0 2 .250 Mi.Cabrera 3b 2 0 0 0 1 0 .200 Fielder 1b 2 0 0 0 0 0 .167 D.Young lf 3 0 1 0 0 1 .429 Jh.Peralta ss 3 0 0 0 0 0 .143 A.Garcia rf 2 0 0 0 0 1 .000 b-Dirks ph-rf 1 0 0 0 0 0 .000 Coke p 0 0 0 0 0 0 --G.Laird c 3 0 0 0 0 1 .000 Fister p 2 0 0 0 0 1 .000 Smyly p 0 0 0 0 0 0 --Berry lf 1 0 0 0 0 0 .000 Totals 26 0 2 0 2 9 San Francisco AB R H BI BB SO Avg. Pagan cf 3 1 0 0 1 1 .286 Scutaro 2b 4 0 0 0 0 1 .250 Sandoval 3b 3 0 1 0 1 0 .714 Romo p 0 0 0 0 0 0 --Posey c 3 0 1 0 1 0 .429 Pence rf 3 1 1 1 0 0 .143 Belt 1b 3 0 0 0 1 2 .000 G.Blanco lf 3 0 2 0 0 0 .286 B.Crawford ss 2 0 0 0 1 0 .000 Bumgarner p 2 0 0 0 0 1 .000 a-Theriot ph 1 0 0 0 0 1 .000 Arias 3b 0 0 0 0 0 0 --Totals 27 2 5 1 5 6 Detroit 000 000 000 0 2 0 San Francisco 000 000 11x 2 5 0 2B–D.Young (1). RBIs–Pence (1). SB–Pagan (1). CS–Infante (1). SF–Pence. Runners left in scoring position–Detroit 1 (A.Garcia); San Francisco 4 (Bumgarner 2, Theriot, Belt). RISP–Detroit 0 for 2; San Francisco 1 for 5. Detroit IP H R ER BB SO NP ERA Fister L, 0-1 6 4 1 1 1 3 114 1.50 Smyly 11-3 1 1 1 3 2 33 6.75 1-3 Dotel 0 0 0 1 0 10 0.00 1-3 Coke 0 0 0 0 1 6 0.00 San Francisco IP H R ER BB SO NP ERA Bumgarner W, 1-0 7 2 0 0 2 8 86 0.00 S.Casilla H, 1 1 0 0 0 0 0 10 0.00 Romo S, 1-1 1 0 0 0 0 1 11 0.00 T–3:05. A–42,982 (41,915).


DEPORTES / VIERNES, 26 DE OCTUBRE DE 2012

Entre planes y decisiones RAFY RIVERA, EL VOCERO

Carlos Beltrán se manifiesta positivo en sus proyectos al tiempo que confirma su total confianza en Flor Meléndez

Carlos Beltrán no está seguro todavía de cuántos equipos tendrá para la próxima temporada del 2013 del BSN, pero sí está seguro de qué sucederá con los planes del seleccionado de baloncesto. Ante la expectativa del posible regreso de los Leones de Ponce y la puesta de un nuevo plan administrativo para los Maratonistas de Coamo y Gigantes de Carolina, Beltrán apostó ayer que el nuevo torneo traerá buenas sorpresas. “Espero tener de nueve a diez equipos para el año que viene”, dijo Beltrán. “Esa es la meta para el 2013 y para eso estamos trabajando desde ahora”, agregó. Entre los planes a corto plazo, Beltrán destacó el continuar con los trabajos del dirigente de Puerto Rico, Flor Meléndez. Este último mantiene un programa masi-

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D deportes

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vo de captación de futuros prospectos jugadores, los cuales brinda alrededor de todo el País.

“Flor tiene contrato con el equipo de Puerto Rico hasta enero del 2014. Ahora se está concentrando en desarrollar los talleres de captación de nuevos jugadores a través de todo Puerto Rico con la ayuda de Lionel Arill, Carlos Calcaño y Georgie Rosario. Esto continuará hasta diciembre, aquí se identifican jugadores que luego se les brindará la oportunidad de practicar y evaluar en qué nivel pueden jugar. Flor se mantiene activo todo el tiempo con los programas”, indicó Beltrán. En cuanto al tema de la cantidad de equipos que deberían presentarse para el 2013, el presidente del BSN y de la Federación de Baloncesto, señaló que hasta que no se solucionen los asuntos de Ponce, Coamo y Carolina no se tendrá un

panorama claro de como se conformará el torneo del BSN 2013. Sin embargo, recalcó que espera tener más quintetos en el campeonato. Precisamente ayer, la Junta de Directores del BSN se reunía para escuchar los planes de trabajo de cada uno de los quintetos mencionados para el 2013.

Siguen las sesiones de captación La Federación de Baloncesto de Puerto Rico llevará a cabo el domingo 28 de octubre a las 11:00 am un taller para reclutar jugadoras prospectas para los seleccionados. La actividad será en el Complejo Deportivo de la escuela Robinson en el Condado. El fin del taller es buscar un total de 15 jugadoras entre las edades de 13 a 16 años que tengan como estatura mínima 5’10” y deseen desarrollarse en el baloncesto.


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