Anexo III. Orientaciones para el desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje. En este Anexo III se recogen orientaciones que han de ser utilizadas como elementos de referencia para la reflexión del Claustro de profesores y del equipo docente en e proceso de toma de decisiones que exige la elaboración de la programación didáctica en el marco del Proyecto Educativo. Estas orientaciones están relacionadas con lo establecido en el artículo 7.5, los métodos de trabajo; 9, la tutoría 10, la evaluación y 11, la autonomía del centro. 1. El Proyecto educativo del Centro como marco de referencia. El Proyecto educativo lo definen distintos autores como el equivalente en los centros docentes de la “Constitución”. A través de él, la comunidad educativa define, en el marco de su autonomía, el modelo de alumna y alumno que quiere educar. El Proyecto educativo es el documento programático que define la identidad del centro, recoge los valores y establece los objetivos y prioridades del centro docente y de la comunidad educativa de acuerdo con el contexto socioeconómico y con los principios y objetivos recogidos en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación, en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y en la normativa propia de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Su finalidad, por tanto, es mejorar la calidad de la enseñanza en condiciones de igualdad y su ámbito de desarrollo, todas las acciones que en el centro docente se llevan a cabo. El Proyecto educativo se concreta cada año escolar en la Programación general anual. La elaboración del Proyecto educativo responde a un proceso planificado que concluye, a través de una participación ordenada, con un documento breve de contenido relevante que, como producto del consenso, vincula a toda la comunidad educativa. Su contenido incluye: a. La descripción de las características del entorno social y cultural del centro, del alumnado, así como las respuestas educativas que se deriven de estos referentes. b. Los principios educativos y los valores que guían la convivencia y sirven de referente para el desarrollo de la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión del centro. c. La oferta de enseñanzas del centro, la adecuación de los objetivos generales a la singularidad del centro y las Programaciones didácticas que concretan los currículos establecidos por la Administración educativa. d. Los criterios y medidas para dar respuesta a la diversidad del alumnado en su conjunto, la orientación y tutoría y cuantos programas institucionales se desarrollen en el centro. e. Los criterios y procedimientos de colaboración y coordinación con el resto de los centros docentes y con los servicios e instituciones del entorno. f. Los compromisos adquiridos por la comunidad educativa para mejorar el rendimiento académico del alumnado. g. La definición de la jornada escolar del centro. h. La oferta de servicios educativos complementarios, si los hubiese. i. El Plan de autoevaluación o de evaluación interna del centro. 2. Las Programaciones didácticas. Las Programaciones didácticas son instrumentos específicos de planificación, desarrollo y evaluación del currículo y en ellas se concretan los objetivos, competencias básicas,
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contenidos, los diferentes elementos que componen la metodología y los criterios y procedimientos de evaluación La Programación didáctica tiene como referentes las propias características del alumnado, el Proyecto educativo y los elementos básicos del currículo y son aprobadas por el Claustro de profesores. Las Programaciones didácticas incluyen: a. Una introducción que recoja las prioridades establecidas en el Proyecto educativo, las características del alumnado y las propias de cada área. b. Los objetivos, las competencias básicas, la secuenciación de los contenidos y los criterios de evaluación de las áreas. c. Los métodos de trabajo; la organización de tiempos, agrupamientos y espacios; los materiales y recursos didácticos; y las medidas para atender a la diversidad del alumnado. d. Las actividades complementarias, diseñadas para responder a los objetivos y contenidos del currículo, debiéndose reflejar el espacio, el tiempo y los recursos que se utilicen. e. Los procedimientos de evaluación del alumnado y los criterios establecidos para calificar al alumnado. f. Los indicadores, criterios, procedimientos, temporalización y responsables de la evaluación del proceso de enseñanza y aprendizaje, de acuerdo con lo establecido en el plan de evaluación interna del centro. La Programación didáctica es el referente de las Unidades didácticas en las que se concreta, de acuerdo con la unidad temporal establecida, el proceso de enseñanza y aprendizaje. Los centros docentes harán públicos, para conocimiento de las familias y del propio alumnado, los niveles de competencia que, con relación a los contenidos mínimos, se deben alcanzar en cada una de las áreas y de los ciclos, así como los procedimientos de evaluación y los criterios de calificación. El equipo de maestros y maestras del segundo ciclo de Educación infantil y del primer ciclo de la educación primaria son los responsables de su elaboración unitaria para garantizar la transición y la acogida de ambas etapas. 2.1. El alumnado del segundo ciclo de Educación infantil. El desarrollo de las capacidades, necesidades e intereses del alumnado son el referente básico de la Programación didáctica. A lo largo de esta etapa se consolidad aspectos básicos del desarrollo en las diferentes dimensiones de la personalidad. La niña y el niño de este ciclo conocen su cuerpo y lo utiliza de una forma cada vez más autónoma en la práctica de hábitos y rutinas de higiene, vestido y alimentación, los que se unen los de trabajo escolar. Además, y de forma simultánea, amplia sus posibilidades de comunicación, construyen el pensamiento, se apropia de la realidad que le rodea y controla su conducta. Este desarrollo integrado se facilita cuando la enseñanza se organiza de forma global. Ellos y ellas son la medida de todas las cosas, el centro de todo lo que está sucediendo a su alrededor, pues el mundo existe en la medida en que es percibido por él o por ella, siendo su punto de vista el único posible. La afectividad ejerce el papel de mediador en sus relaciones con los demás y con el entorno y con los demás. La relación social funciona en la medida en que los intereses de los otros se ajustan a sus propios deseos. La conducta se controla a través de sus efectos positivos o negativos sin que esto suponga que son capaces de generalizar la respuesta a otras situaciones.
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La flexibilidad de su pensamiento y la posibilidad de jugar con los símbolos nos permiten enriquecer su capacidad expresiva sin limitar alguno de los códigos: la expresión verbal en cualquier lengua, la expresión motora y corporal, la expresión artística, o la expresión gráfica ofrecen diferentes vías de representación y comunicación de sus vivencias y paralelamente de enriquecimiento de su conocimiento. 2.2. Objetivos, competencias básicas, contenidos y criterios de evaluación. La secuenciación de los contenidos en cada uno de los cinco años que constituyen este ciclo y el primero de la primaria. Los objetivos de cada una de las áreas concretan las capacidades que deben desarrollar los niños y las niñas como resultado de la intervención educativa. Estas capacidades están asociadas a la construcción de conceptos, el uso de procedimientos y al desarrollo de actitudes orientadas por valores y dirigidas al aprendizaje de normas. Las competencias básicas, descritas en el anexo I, son elementos claves para interpretar el currículo y el resto de acciones que se desarrollan en el centro y sirven de referente para conocer los efectos de la educación a través de la valoración del nivel de desarrollo alcanzado por las niñas y los niños Los contenidos son elementos de una realidad compleja y variada son los instrumentos que vamos a utilizar para conseguir el desarrollo de la competencia en el uso de esas capacidades. Los diferentes tipos de contenidos (conocimientos, procedimientos y actitudes) se presentan integrados para facilitar la elaboración de la programación. El equipo de Educación infantil propondrá a las niñas y a los niños proyectos globalizados que respondan a su interés, que tengan sentido para ellos organizados en secuencias de aprendizaje, y que les impliquen activamente y desarrollen todas sus dimensiones. Los proyectos globalizados permiten el uso integrado de los distintos lenguajes como herramientas de comunicación, incorporando la lengua extranjera y las tecnologías de la información y la comunicación La globalización de las situaciones de enseñanza-aprendizaje puede adoptar distintas formas y modelos siempre que estén asociadas al “mundo” de los niños y las niñas y los impliquen afectiva y cognitivamente y promuevan el establecimiento de nuevas relaciones y conexiones. El Plan de Lectura de Castilla-La Mancha con sus objetivos y ámbitos de desarrollo, entre los que se integran el uso de formatos y lenguas diferentes, el acercamiento a la biblioteca, los talleres de actividades extracurriculares, la implicación de la familia y el vestido del centro es otra vía para desarrollar un proyecto globalizado a partir de las vivencias de las niñas y niños, de relatos fantásticos, de cuentos o de libros de la literatura infantil. La enseñanza de la lengua extranjera forma parte del proceso natural por el que la niña y el niño aprenden a entender y a expresarse en su propia lengua castellana. Enseñar la lengua extranjera tiene como principal limitación que el uso que de ella se hace en otros contextos es escaso o prácticamente inexistente. La práctica continuada y flexible exige establecer una distribución del tiempo de enseñanza y aprendizaje entre los veinte y treinta minutos. La maestra y maestro de Educación infantil y, cuando sea diferente, deben crear situaciones reales e inventar situaciones imaginarias que permitan al alumnado el uso natural de la lengua que enseña pues su enfoque es, necesariamente, comunicativo. El apoyo gestual y corporal contribuirá a mejorar la comprensión de la lengua extranjera. El ordenador y los programas multimedia se convierten en un medio más, en recursos habituales que, por su carácter interactivo, son atractivos y ayudan a generalizar habilidades y conocimientos. La niña y el niño interiorizan el código de forma natural, lo aprende como un elemento más de su universo cognitivo. Mediante aprendizajes muy sencillos y funcionales usaremos en esta etapa programas que le familiaricen con el uso del código informático:
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moverse con el ratón dentro de la pantalla, identificar iconos y zonas activas y no activas de la pantalla… Los criterios de evaluación sirven para establecer el nivel de suficiencia, en términos de competencia, alcanzado por el alumnado en el desarrollo de las capacidades recogidas en los objetivos. Permite, así mismo, una vez conocido éste, establecer las medidas educativas necesarias para facilitar su desarrollo. El nivel de desarrollo alcanzado necesariamente está condicionado por la calidad del proceso de enseñanza. Esta calidad viene determinada por la adecuación a la realidad del niño o de la niña, por la variedad y riqueza de las situaciones y actividades diseñadas para favorecer el aprendizaje y por la retirada gradual de la ayuda recibida. La etapa infantil y el primer ciclo de la educación primaria se configuran como una unidad temporal básica de programación que se concreta anualmente de forma secuenciada pero flexible, en función de la heterogeneidad de capacidades, ritmos y procesos de aprendizaje del alumnado. 2.3. Los métodos de trabajo; la organización de tiempos, agrupamientos y espacios; los materiales y recursos didácticos seleccionados; y las medidas para dar respuesta a la diversidad del alumnado. Integran la metodología todas aquellas decisiones orientadas a organizar el proceso de enseñanza y aprendizaje que se desarrolla en las aulas. La metodología es, por tanto, la hipótesis de partida para establecer las relaciones entre el profesorado, el alumnado y los contenidos de enseñanza. No existe el método único y universal que puede aplicarse de con éxito a todos y todas las situaciones sean cuales sean las intenciones educativas, los contenidos de enseñanzas, el alumnado y el propio profesorado. Pero es imprescindible alejarse de enfoques que convierten la clase en un espacio uniforme y homogéneo organizado para dar respuesta al alumnado “tipo”. Es responsabilidad del equipo de maestros y maestras, mediante el trabajo coordinado y en el marco del Proyecto educativo, el utilizar los métodos de trabajo más adecuados para conseguir que la enseñanza alcance sus fines. En cualquier caso, y a la hora de tomar las decisiones debe de tener en cuenta que: 1. La necesidad de realizar aprendizajes significativos que permitan al niño y la niña establecer relaciones entre sus experiencias previas y los nuevos aprendizajes. Para facilitar este aprendizaje es necesario partir de lo global a lo diferenciado y de la vivencia a la representación. 2. El uso de lenguajes y materiales multisensoriales que estimulen la creatividad y la actividad mental y física del alumnado, para facilitar el establecimiento de múltiples conexiones desde la oportunidad, mediante el aprovechamiento didáctico de la sorpresa y la variedad. 3. El juego libre o dirigido para el desarrollo de las diferentes dimensiones emocionales, intelectuales y sociales de la personalidad. En el juego, con la actividad de los niños y las niñas, se conjuga el placer por hacer y la motivación por aprender. 4. El aprendizaje como proceso de intercambio e interacción entre los niños y niñas, y entre éstos y los adultos. 5. La creación de un ambiente cálido, acogedor y seguro que despierte en la niña y en el niño el deseo de estar y de hacer en la escuela. La atención de la maestra o el maestro es una herramienta básica para sentirse querido y le permitir afrontar los retos del aprendizaje y desarrollar una autoestima positiva, pues la imagen que construyen de sí mismos es, en gran parte, el reflejo de aquellas que le trasladan las personas que le rodean. Estas personas, con sus iniciativas, facilitan o dificultan su desarrollo.
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6. La orientación del proceso de enseñanza y aprendizaje al desarrollo de la autonomía del alumnado mediante la planificación gradual de situaciones que, partiendo del modelado y el aprendizaje guiado, propicien la práctica autónoma. 7. La distribución flexible del tiempo, del espacio y de los grupos y la organización de actividades adaptadas a los contenidos y a las particularidades del alumnado. 8. La colaboración planificada con las familias para que compartan la labor educativa. El aula es un espacio heterogéneo e inclusivo para atender a la diversidad del alumnado, pues tal y como se recoge en el artículo 8 de este Decreto, en ella conviven niñas y niños con diferentes capacidades, ritmos y estilos de aprendizaje, motivaciones e intereses, situaciones sociales, culturales, lingüísticas y, es su caso, de salud. El reto para el profesorado está en conseguir que todos reciban una educación de calidad, que alcancen el máximo desarrollo de sus capacidades, y que lo hagan en condiciones de igualdad sin exclusiones. La coherencia con estos principios metodológicos asegura la calidad de la respuesta y debe estar presente cuando se organizan las diferentes variables que intervienen en el aula de Educación infantil: •
Los tiempos: La organización del horario escolar debe de ser flexible para adaptarse al desarrollo evolutivo y a las necesidades de los niños y las niñas, al contenido de los proyectos de trabajo y al tipo de tarea por desarrollar. Esta flexibilidad no excluye el uso de una secuencia temporal ordenada que permita, mediante el desarrollo de rutinas, la creación de hábitos.
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Los espacios: El aula es el lugar en el que las niñas y los niños construyen de forma activa el aprendizaje. Las niñas y los niños se relacionan mejor y aprenden más en un ambiente estimulante y a la vez ordenado, en el que se ofrecen distintas posibilidades de acción. Para crear hábitos de comportamiento, es necesario que cada lugar tenga una finalidad de uso que evita el aislamiento, la aglomeración o las interrupciones. El espacio del aula organizado en zonas de juego y en rincones puede cumplir ambas condiciones. Sin perder de vista la necesidad de utilizar espacios alternativos en el centro o fuera de él, mediante visitas y salidas.
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Los agrupamientos: La organización graduada de los grupos-clase, por criterio de edad, el orden alfabético o el orden de llegada al centro, no significa el crear estructuras rígidas de funcionamiento. A lo largo de la jornada se pueden establecer diferentes tipos de agrupamientos en función de las actividades y de las intenciones educativas permitiendo la realización de actividades individuales y compartidas, en pequeño grupo y en gran grupo.
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Los materiales: La manipulación y exploración del propio cuerpo y el de los otros o de los objetos como recursos naturales de aprendizaje y como medios de relación, se ha de complementar con materiales variados, manejables, atractivos, seguros, sugestivos y adaptados a las características del grupo, que den ocasiones para manipular, experimentar o representar. El ordenador es una herramienta para toda la clase a través del trabajo en grupo, mediante el visionado de un programa, sirviendo de apoyo para introducir un concepto concreto o estimulando el trabajo libre y creativo a través de juegos. Asimismo es necesario utilizar un mobiliario ergonómico y adaptado a las características del alumnado.
La puesta en marcha de experiencias de socialización en la compra y utilización de los materiales, ayuda a rentabilizar los recursos, aseguran su suficiencia y variedad, favorecen el uso colectivo y contribuyen al desarrollo social, ya que proporcionan ocasión de compartir, de ayudar y colaborar, de resolver conflictos, de ponerse en el punto de vista de los otros...
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Las actividades de aprendizaje de los niños y las niñas y las actividades de enseñanza de maestros y maestras.
Las actividades de las niñas y niños han de ser fundamentalmente lúdicas, adecuadas a sus características, capacidades e intereses, variadas y flexibles para asegurar su motivación e interés y responder a las necesidades. Su estructura debe asegurar el desarrollo de diferentes procesos asociados a la asamblea, el trabajo individual y el compartido, el estímulo y la respuesta a las iniciativas individuales, el descanso o el trabajo. Conectar y descubrir lo que le sucede y lo que sucede a su alrededor, interiorizar las representaciones de forma organizada, recuperar la información y expresarla con diferentes códigos. Asimismo se debe garantizar, mediante la repetición y la rutina, la formación de hábitos y la automatización de las conductas. Las actividades de las maestras y maestros están orientadas a promover el aprendizaje del niño y de la niña. Para que su acción sea eficaz es imprescindible crear un ambiente afectivo, cálido, acogedor y ordenado, donde el alumnado se sienta seguro, se muestre colaborador y dispuesto a desarrollar comportamientos positivos y deseables. Programar una respuesta que integre la diversidad, requiere elaborar un banco de actividades posibles secuenciado para cada una de las unidades didácticas y utilizar estrategias de cooperación y ayuda propia y del conjunto del alumnado. La Educación infantil es clave para prevenir dificultades de aprendizaje y enriquecer el contexto educativo de alumnos y alumnas que tienen un ambiente social deficitario o que, por su discapacidad, requieren una estimulación mayor. El asesoramiento de los responsables de la orientación y los profesionales de apoyo, y la mayor implicación, si cabe, de las familias es fundamental para que las medidas de atención a la diversidad de todos y todas tengan éxito. El carácter global de la programación y la unidad del proceso de enseñanza y aprendizaje no excluye la colaboración de otros profesionales con la tutora y el tutor, tal y como sucede con los o las especialistas de inglés o con el profesorado de apoyo. En este mismo marco de colaboración tiene especial relevancia la posibilidad de que los centros docentes, en el uso de su autonomía, pueda contemplar la colaboración del profesorado de Educación física para estimular, desde la práctica de psicomotricidad, el control del cuerpo, el desarrollo de las habilidades sensomotrices y perceptiva y la expresión gestual y corporal. Esta colaboración, en ningún caso, se ha concebir como una práctica aislada, específica y ajena a la propuesta pedagógica de la tutora o el tutor. •
El espacio y el tiempo de recreo.
El recreo tiene un carácter educativo pues los niños y las niñas continúan el desarrollo de su actividad motora, simbólica y de socialización. La utilización de este espacio exige una planificación intencional y una distribución ordenada, para que el niño y la niña vayan aprendiendo a utilizar su tiempo libre de forma adaptada desde una manera guiada hasta una manera cada vez más autónoma. En el recreo el maestro o la maestra podrán recoger una información relevante sobre sus intereses, sobre el proceso de socialización y reforzar aprendizajes ofreciendo pautas de actuación. En síntesis, es a través de la manipulación, del juego y de la experimentación con los elementos físicos y sociales de su entorno, como los niños y niñas construyen su identidad, se conocen a sí mismos, y descubren las características y cualidades de las personas y de los objetos que les rodean, elaborando, de forma más o menos acertada, sus propios esquemas de acción e interpretación de la realidad.
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2.4. Las actividades complementarias, diseñadas para responder a los objetivos y contenidos del currículo. Las actividades complementarias se integran en la programación didáctica porque contribuyen a desarrollar los objetivos y contenidos de currículo en contextos no habituales (visitas a lugares significativos de la zona, salidas a la naturaleza…) y con la implicación de personas de la comunidad educativa. Las familias, con un papel relevante para las abuelas y abuelos, son una fuente primordial de recursos personales. Las actividades complementarias contribuyen a conseguir una escuela más atractiva para todos los miembros de la comunidad educativa, contribuyen a incrementar el interés por aprender del alumnado y facilitan la generalización de los aprendizajes fuera del contexto del aula. 2.5. La evaluación del alumnado y del proceso de enseñanza. La evaluación en la Educación infantil tiene las mismas características que en el resto de las etapas y se dirige al alumnado y al desarrollo de los procesos de enseñanza y aprendizaje y de la práctica docente. Definimos la evaluación del alumnado como un proceso de investigación permanente que cumplirá dos funciones: adaptar la ayuda pedagógica a las características individuales del alumnado mediante observaciones sucesivas y determinar el grado de consecución de los objetivos previstos en la programación. La evaluación tiene un carácter global pues se orienta a conocer el desarrollo de todas las dimensiones de la personalidad y un carácter continuo pues se desarrolla a lo largo de un proceso que tiene tres momentos fundamentales: inicial, de proceso y final. Para facilitar su carácter formativo se han establecido como referentes los objetivos y las competencias básicas y se concreta a través de los criterios de evaluación, que necesariamente han de ser definidos por cada uno de los equipos docentes. Las medidas de ajuste y ayuda necesarios o de enriquecimiento son el resultado de esta evaluación.
La evaluación global exige el uso de un procedimiento completo y descriptivo que permita la recogida de datos relevantes en todas las fases de la secuencia de aprendizaje. La entrevista con las familias, la observación participativa y no participativa, el análisis de sus trabajos son técnicas imprescindibles, que deben ser complementadas con procedimientos de registro de la información. 3. La tutoría y la colaboración con las familias. La educación en el segundo ciclo de la Educación infantil se concibe como un proceso compartido con las familias que se ha de favorecer desde el centro docente a través de la tutoría, tal y como se recoge en el artículo 9 de este Decreto. La tutoría es el conjunto de actividades que desarrolla el tutor o la tutora con el grupo de clase, con sus familias y con el resto de maestras y maestros que desarrollan la docencia en ese grupo. Su contenido forma parte del plan de orientación y atención a la diversidad, y su planificación, desarrollo y evaluación son asesorados por el responsable de orientación del centro. A través de ella, el equipo de Educación infantil ajusta y orienta el proceso de enseñanzaaprendizaje, previniendo posibles dificultades, favorece los procesos de maduración, desarrolla su capacidad de autovaloración, facilita la aceptación de un sistema de valores y permite una adecuada socialización.
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3.1. El periodo de acogida. El periodo de acogida para el alumnado que se incorpora al segundo ciclo de la Educación infantil es un componente básico de la acción tutorial. Sus objetivos y contenidos exigen el diseño y la toma de decisiones, por parte del equipo de Educación infantil, sobre las actividades que va a desarrollar con el alumnado y con las familias. La entrada en la escuela supone un cambio relevante tanto para el alumnado que tiene la experiencia previa de escolarización en el primer ciclo como para el que procede de la familia, pues implica la salida de un mundo, el familiar, donde tiene un papel definido, se siente aceptado, protegido y querido, y en el que mueve en un espacio seguro, conocido, previsible y de acuerdo con unos códigos conocidos. Este cambio afecta igualmente a las madres y padres y a la propia institución escolar, de sus expectativas y actitudes dependerá el éxito del proceso. El periodo de adaptación debe incluir, por tanto, un conjunto de actuaciones con la familia y con el alumnado dirigidas a aceptar y resolver de una manera natural y normalizada el conflicto que necesariamente produce el cambio. En el caso de la familia estas actuaciones deben estar dirigidas a ofrecer orientaciones para: •
Asumir con naturalidad el proceso, reduciendo los temores, la ansiedad, la angustia… creando en los padres unas expectativas positivas hacia la capacidad de adaptación de sus hijos e hijas, hacia la trascendencia de este momento en el proceso de socialización y en general, en el aprendizaje.
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Dar pautas para mantener comportamientos que contribuyan a dar seguridad y confianza, y prevenir las actuaciones más adecuadas ante las posibles reacciones de los niños y las niñas (problemas de alimentación, de sueño, intentos de no ir al colegio, retroceso en la autonomía… ).
Esta información puede ser anticipada en una reunión a celebrar a finales del curso anterior una vez concluido el proceso de escolarización. Se trata de establecer un clima favorable de relación que favorezca la acogida. Asimismo, se puede aprovechar para completar la información relevante para el propio proceso y para adaptar el proceso de enseñanza y aprendizaje. . A comienzo del curso se concreta el proceso y se organiza el proceso de acercamiento progresivo a la nueva situación, mediante visitas con la familia al colegio y al aula y el calendario de entrevistas individuales para completar la información y para conocer cómo se viene desarrollando el proceso de adaptación. Esta actividad debe organizarse durante el periodo previo a la incorporación del alumnado, enlazando las visitas para que todos sientan la proximidad de su familia. Con la incorporación de los niños y las niñas se continúa la labor de adaptación iniciada con las familias. El maestro ha de confirmar esas expectativas positivas, reconociendo la situación afectiva del niño o la niña y de su familia y creando un clima en el que se sientan aceptados, acogidos y reconocidos individualmente. La entrada hasta la configuración definitiva del grupo debe ser organizada en grupos reducidos y de forma gradual, propiciando el que todos y todas tengan las mismas condiciones y el tiempo suficiente para adaptarse. Este principio se cumple si secuenciamos las horas de permanencia en el aula (una, dos, tres…), para conseguir que se habitúe al nuevo espacio, aprenda la forma de entrar y salir de su clase y del centro, sepa ir al baño y al patio, y conozca a sus compañeros y compañera y a su maestra o maestro. Este modelo organizativo favorece la incorporación y la retirada gradual de la familia.
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El proceso termina cuando el niño y la niña se muestran contentos, cuando hablan e intercambian experiencias, cuando utilizan los objetos de la clase, cuando se mueven por la clase con seguridad y cuando admiten la relación con el maestro o maestra. 3.2. La tutoría de los niños y niñas. La orientación, en general, y la tutoría, en particular, contribuyen al desarrollo de las capacidades generales del ciclo, especialmente a través de los objetivos a), d) y e), y de las competencias básicas, principalmente la Competencia social y ciudadana, la Competencia para aprender a aprender, la Autonomía e iniciativa personal y la Competencia emocional. 3.3. La tutoría con las familias. Los tutores y tutoras necesitan conocer el ambiente familiar y la familia necesita depositar su confianza en el centro escolar, saber que su hija o hijo va a ser reconocido, educado y valorado. Ambos contextos tienen su propio protagonismo y sus peculiares maneras de actuar, pero comparten el objetivo común de colaborar activamente en el desarrollo integral de los pequeños. La colaboración organizada y continua entre ambas se inicia, tal y como se ha descrito, con el periodo de acogida y de adaptación y se continúa a lo largo del proceso para facilitar el intercambio de información y para organizar procesos compartidos. En el marco de la tutoría, y a título individual, se mantendrán entrevistas en el horario establecido, a iniciativa de la familia o del tutor, cuando lo consideren necesario. Además se realizará la entrevista de información, al terminar cada trimestre, sobre el nivel de desarrollo alcanzado en los objetivos previstos y la entrega de un documento escrito. Esta relación con ser necesaria, no es suficiente, siendo imprescindible organizar procesos formativos, como la puesta en marcha de “Escuelas de Padres y Madres” en las que el protagonismo de las tutoras y tutores y de las propias familias sea tan relevante como el de los “expertos externos”, y participativos, facilitando la intervención de las familias en la elaboración de materiales y en el desarrollo de talleres o de acciones formativas puntuales, como enseñar juegos, contar cuentos, etc. 3.4. La tutoría como coordinación del equipo docente. La participación, en su caso, de otros profesionales en el aula de Educación infantil debe de estar coordinada y guiada por el tutor o tutora para asegurar el desarrollo de un currículo global y establecer los cauces de intercambio de información (historia personal, familiar y escolar) El desarrollo de las funciones en este ámbito exige la organización de un calendario de reuniones que tiene como momentos relevantes: el mes de septiembre para conocer la situación del alumnado y contextualizar la programación, los meses de octubre o noviembre y de febrero para realizar un intercambio y los finales de cada trimestre para elaborar los informes de evaluación y adoptar las medidas de atención a la diversidad. 4. Las actividades extracurriculares. El programa de actividades extracurriculares, forma parte del Proyecto educativo y se define anualmente en la Programación general anual. Las actividades extracurriculares tienen carácter voluntario, se desarrollan fuera del horario lectivo y de las Programaciones didácticas, y su finalidad es facilitar y favorecer el desarrollo integral del alumnado, su inserción sociocultural y el uso del tiempo libre. Dichas actividades no supondrán discriminación por cuestiones económicas o de cualquier tipo para el alumnado. Este programa permite integrar las iniciativas de otras instituciones como los Ayuntamientos y las AMPAS. A la hora de formular el plan se ha de tener en cuenta distintos criterios:
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J El objetivo final es conseguir que todos los niños y las niñas se beneficien, del mismo pues contribuye al logro de las competencias básicas. J El plan debe ser equilibrado en cuanto al desarrollo de las distintas dimensiones de la persona (actividades motoras y de juegos, artísticas, de comunicación y expresión, de desarrollo social), en cuanto al modelo de actividades (talleres y salidas) y en cuanto a su distribución temporal. J El plan debe integrar las actividades esporádicas asociadas a fechas significativas (el 16 de octubre, día mundial de la alimentación; el 17 de Octubre, día Internacional de la pobreza; el 20 de noviembre, día de los derechos del niño o la niña; el 31 de mayo, día de CastillaLa Mancha) o situaciones especiales (preparar una merienda, organizar una fiesta, salir al campo, ir al cine…). J La incorporación de voluntarias y voluntarios al plan enriquece sus posibilidades y aumenta los compromisos. 5. La organización del equipo docente; la coordinación con el primer ciclo de infantil y con la educación primaria; y el asesoramiento del Equipo de orientación y apoyo. El grupo de maestros y maestras constituyen el elemento fundamental a la hora de llevar a la práctica la autonomía pedagógica y organizativa de los centros. Por otra parte el equipo docente es el lugar adecuado para la formación y el enriquecimiento de todos sus miembros. Desde esta perspectiva, la programación y evaluación en común es un proceso de formación continua y un marco excepcional para la reflexión y el intercambio de experiencias educativas. Todo ello exige o hace conveniente, al menos, una manera parecida de compartir la educación y de ver la escuela. El funcionamiento eficaz del grupo exige la participación activa de todos sus componentes, con actitudes de escucha, respeto, capacidad de diálogo, seguridad y equilibrio personal y una clara toma de conciencia de la necesidad del trabajo en equipo. El desarrollo de la coordinación exige un tiempo específico de trabajo, que se contempla en los horarios del centro y podrá ser asumida por cualquiera de los miembros que lo integran, de forma consensuada o de forma rotativa para cada curso escolar. En aquellos centros que por sus dimensiones el profesorado supere en número al de grupos de alumnos y alumnas, la maestra o maestro sin tutoría asumirá la función de apoyo a la etapa y desarrollará su labor docente en coordinación con el resto del equipo, en función de la programación realizada y del desarrollo de los planes de atención a la diversidad, de acción tutorial y de actividades extracurriculares y complementarias. La organización de las redes de colaboración entre los centros que imparten ambos ciclos de la Educación infantil, es un compromiso de la administración educativa que una vez alcanzado, exige de reuniones periódicas de trabajo conjunto y las entrevistas de intercambio al finalizar el curso para trasladar los informes individualizados de una manera directa, son procedimientos a desarrollar. La presencia en un mismo centro educativo del segundo ciclo de Educación infantil y de la educación primaria y la referencia a un mismo Proyecto educativo, se ve fortalecida en este Decreto con la exigencia de elaborar una programación didáctica única y la posibilidad de configurar un único equipo de coordinación didáctica. El trabajo del profesorado se ve reforzado por la colaboración del Equipo de orientación y apoyo del propio centro y de las asesoras y asesores de la red institucional de formación y asesoramiento.
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B.O.C.M. Núm. 61
MIÉRCOLES 12 DE MARZO DE 2008
— Interpretación y valoración progresivamente ajustada de diferentes tipos de obras plásticas presentes en el entorno. — Iniciación al arte: pintura, escultura y arquitectura. Principales elementos. Autores representativos. Ámbitos de exposición: El museo. Bloque 4. Lenguaje musical. — Ruido, silencio, música. — Exploración de posibilidades sonoras de la voz, del propio cuerpo, de los objetos cotidianos y de los instrumentos musicales. Utilización de los sonidos hallados para la interpretación y la creación musical. Música coral e instrumental. — Reconocimiento de sonidos y ruidos de la vida diaria: ambulancias, trenes, coches, timbres, animales, etcétera, y discriminación de sus rasgos distintivos y de algunos contrastes básicos (largo-corto, fuerte-suave, agudo-grave). — Audición atenta de obras musicales presentes en el entorno: canciones populares infantiles, danzas, bailes y audiciones. — Interés y participación activa y disfrute en la interpretación de canciones, juegos musicales y danzas sencillas. — La canción como elemento expresivo. Canciones de su entorno y del mundo. Bloque 5. Lenguaje corporal. — Descubrimiento y experimentación de gestos y movimientos como recursos corporales para la expresión y la comunicación. — Utilización, con intención comunicativa y expresiva, de las posibilidades motrices del propio cuerpo con relación al espacio y al tiempo: Actividad, movimiento, respiración, equilibrio, relajación. — Nociones de direccionalidad con el propio cuerpo. — Desplazamientos por el espacio con movimientos diversos. — Representación espontánea de personajes, hechos, situaciones e historias sencillas reales o imaginarias en juegos simbólicos, individuales y compartidos. — Interés e iniciativa para participar en actividades de dramatización, danzas, juego simbólico y otros juegos de expresión corporal. Criterios de evaluación 1. Utilizar la lengua oral del modo más conveniente para una interacción positiva con sus iguales y con las personas adultas, según las intenciones comunicativas. 2. Valorar el interés y el gusto por la utilización pertinente y creativa de la expresión oral para regular la propia conducta, para relatar vivencias, para razonar y resolver situaciones conflictivas, para comunicar sus estados de ánimo y compartirlos con los demás. 3. Comprender mensajes orales diversos, relatos, producciones literarias, descripciones, explicaciones e informaciones que les permitan participar de la vida en el aula mediante la comunicación oral: Conversaciones, cuentos, refranes, canciones, adivinanzas, poesías, etcétera, mostrando una actitud de escucha atenta y respetuosa. 4. Hablar con una pronunciación correcta. 5. Discriminar auditivamente palabras y sílabas. 6. Mostrar respeto a los demás manifestando interés y atención hacia lo que dicen y en el uso de las convenciones sociales: Guardar el turno de palabra, escuchar, mirar al interlocutor, mantener el tema, así como aceptar las diferencias. 7. Mostrar interés por los textos escritos presentes en el aula y en el entorno próximo, iniciándose en su uso, en la comprensión de sus finalidades y en el conocimiento de algunas características del código escrito. 8. Interesarse y participar en las situaciones de lectura y escritura que se producen el aula. 9. Reconocer las grafías dentro de las palabras e identificar letras. Leer letras, sílabas, palabras, oraciones y textos sencillos, comprendiendo lo leído. 10. Representar gráficamente lo leído. Escribir letras, sílabas, palabras y oraciones. Escribir los acentos en las palabras. Realizar copias sencillas y dictados de palabras. 11. Memorizar y contar pequeños relatos, cuentos, sucesos, refranes, canciones, adivinanzas, trabalenguas, poesías y retahílas, con buena entonación y pronunciación. 12. Dramatizar textos sencillos. 13. Usar adecuadamente el material escrito (libros, periódicos, etiquetas, publicidad, cartas, etcétera).
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14. Interpretar imágenes, carteles, fotografías, pictogramas y cuentos. 15. Conocer y usar palabras y expresiones sencillas para iniciar, mantener y terminar una conversación en la vida cotidiana, en una lengua extranjera. 16. Expresarse y comunicar vivencias, emociones y sentimientos utilizando medios, materiales y técnicas propios de los diferentes lenguajes artísticos y audiovisuales, mostrando interés por explorar sus posibilidades, por disfrutar con sus producciones y por compartir con los demás las experiencias estéticas y comunicativas. 17. Identificar los colores primarios y su mezcla y realizar mezclas de colores. 18. Representar la figura humana. 19. Reconocer materiales aptos para la escultura: Madera, bronce, barro, escayola, papel. 20. Reconocer algunos elementos arquitectónicos de los edificios: fachada, tejado, ventana, columna, arco. 21. Conocer algunos artistas representativos. 22. Conocer las posibilidades sonoras del propio cuerpo, de los objetos y de los instrumentos musicales. 23. Memorizar canciones. 24. Desplazarse por el espacio con distintos movimientos. 25. Desarrollar la sensibilidad estética y actitudes positivas hacia las producciones artísticas en distintos medios, así como el interés para compartirlas. ANEXO II HORARIO SEMANAL ASIGNADO A CADA ÁREA EN EL ÚLTIMO CURSO DEL SEGUNDO CICLO DE LA EDUCACIÓN INFANTIL NÚMERO DE HORAS SEMANALES Áreas
Conocimiento de sí mismo y autonomía personal Conocimiento del entorno Lenguajes: Comunicación y representación Religión
Cinco años
4,0 (1) 8,0 (1) 9,0 (2) 1,5 (1)
(1) El horario debe incluir, al menos, una sesión diaria dedicada a la representación numérica y a la iniciación al aprendizaje del cálculo. (2) El horario debe incluir, al menos, una sesión diaria dedicada a la iniciación al aprendizaje de la lectura y de la escritura. También debe incluir una sesión semanal dedicada al lenguaje musical y, al menos, una hora y media dedicada a una primera aproximación al uso oral de una lengua extranjera, repartida en un mínimo de dos sesiones.
(03/7.509/08)
Consejería de Educación 1055
DECRETO 18/2008, de 6 de marzo, del Consejo de Gobierno, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que imparten primer ciclo de Educación Infantil en el ámbito de la Comunidad de Madrid.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece la Educación Infantil como la primera etapa del sistema educativo, distinguiendo dos ciclos, el primero hasta los tres años de edad y el segundo desde los tres a los seis años de edad. En su artículo 14.7 establece que las administraciones educativas regularán los requisitos que han de cumplir los centros que impartan el primer ciclo de Educación Infantil, relativos a la relación numérica alumnado-profesor, a las instalaciones y al número de puestos escolares. El artículo 92.1 de la citada Ley Orgánica establece que la atención educativa directa a los niños del primer ciclo de Educación Infantil correrá a cargo de profesionales que posean el título de Maestro con la especialización en Educación Infantil o el título de grado equivalente y, en su caso, de otro personal con la debida titulación para la atención a las niñas y niños de esta edad. En virtud de lo establecido en el referido artículo 14.7 procede que la Comunidad de
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Madrid, en su ámbito territorial, regule las titulaciones que deben poseer dichos profesionales. El Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecido en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, regula en su artículo 4 que antes de la fecha de implantación del primer ciclo de la Educación Infantil y, en todo caso, antes del 31 de diciembre del año 2007, se establecerán los requisitos que deben cumplir los centros que imparten el primer ciclo de Educación Infantil. En consecuencia, y en virtud de lo dispuesto en los referidos artículos 14.7 y 92.1 de la Ley Orgánica de Educación, procede que la Comunidad de Madrid, al amparo de lo establecido en el artículo 29 del Estatuto de Autonomía, y en su ámbito territorial, determine los requisitos que deben cumplir los centros educativos que imparten el primer ciclo de Educación Infantil y defina las titulaciones que deben poseer los correspondientes profesionales. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, a propuesta de la Consejera de Educación, tras el preceptivo informe del Consejo Escolar de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 6 de marzo de 2008, DISPONE Capítulo I Disposiciones de carácter general Artículo 1 Ámbito de aplicación 1. El presente Decreto es de aplicación a los centros ubicados en la Comunidad de Madrid que imparten primer ciclo de Educación Infantil. 2. Los centros a los que se refiere el presente Decreto deberán reunir los requisitos mínimos que se establecen en el mismo. 3. Los centros ubicados en la Comunidad de Madrid que acojan regularmente a niños menores de tres años y que no impartan el primer ciclo de Educación Infantil deberán cumplir la normativa municipal correspondiente o cualquier otra normativa que les sea de aplicación. Artículo 2 Titularidad de los centros 1. Los centros de primer ciclo de Educación Infantil podrán ser de titularidad pública o de titularidad privada. 2. Serán centros públicos aquellos cuyo titular sea una administración pública. 3. Serán centros privados aquellos cuyos titulares sean personas físicas o jurídicas de carácter privado de nacionalidad española o de cualquier otro Estado miembro de la Unión Europea. 4. Podrán también obtener la autorización las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, de nacionalidad extranjera, ajustándose a lo que resulte de la legislación vigente de los acuerdos internacionales o, en su caso, del principio de reciprocidad. Artículo 3 Denominación de los centros 1. Los centros públicos se denominarán genéricamente Escuelas Infantiles. 2. La denominación genérica de los centros de titularidad privada que impartan enseñanzas de primer ciclo de Educación Infantil será la de Escuelas Infantiles Privadas. 3. Todos los centros deberán tener una denominación específica, que será la que figure en la correspondiente inscripción en el Registro de Centros Docentes y que no podrá ser coincidente con la de ningún otro centro del mismo municipio. 4. No podrán utilizar las denominaciones genéricas establecidas en el presente Decreto, ni otras que induzcan a error o confusión, aquellos centros que no hayan sido creados o autorizados por la Administración Educativa como centros de Educación Infantil.
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Artículo 4 Principio de autorización administrativa de los centros privados 1. En el ámbito de la Comunidad de Madrid los centros privados que impartan el primer ciclo de Educación Infantil quedarán sometidos al principio de autorización administrativa por parte de la Consejería de Educación de acuerdo a lo establecido en el artículo 23 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, del Derecho a la Educación. 2. La autorización se concederá siempre que reúnan los requisitos mínimos que se establecen en este Decreto. 3. La autorización se revocará cuando los centros dejen de reunir los requisitos establecidos en el presente Decreto. La Consejería de Educación, de oficio o a instancias de los interesados, y conforme al procedimiento establecido para ello, procederá a revocar la autorización, mediante resolución motivada. Artículo 5 Registro de centros 1. Los centros que impartan primer ciclo de Educación Infantil se inscribirán de oficio en el Registro de Centros Docentes de la Consejería de Educación, dándose traslado de las inscripciones registrales al Registro Especial de Centros Docentes del Ministerio de Educación y Ciencia en el plazo establecido en la normativa. 2. La inclusión en el Registro subsistirá en tanto permanezcan las condiciones en las que se fundó la inscripción. Capítulo II Requisitos de instalaciones y número de puestos escolares Artículo 6 Condiciones generales de los centros Los centros deberán reunir las condiciones higiénicas, sanitarias, acústicas, de habitabilidad, de seguridad y de accesibilidad que sean exigidas por la legislación vigente para la obtención de las correspondientes licencias municipales. La responsabilidad del cumplimiento de dichos requisitos será del titular del centro. Artículo 7 Requisitos específicos Sin perjuicio del cumplimiento de las condiciones a que se hace referencia en el artículo anterior, los centros de primer ciclo de Educación Infantil deberán reunir los siguientes requisitos referidos a instalaciones: 1. Ubicación en locales con acceso independiente y de uso exclusivamente educativo en el horario escolar. Un aula por cada unidad, que tendrá como mínimo 30 metros cuadrados. Las aulas destinadas a unidades que atienden a niños menores de dos años dispondrán de equipamiento necesario para el descanso y un cambiador para la higiene del niño. 2. En el caso de los centros que tengan menos de 3 unidades podrá autorizarse el funcionamiento de unidades con superficie inferior a 30 metros cuadrados siempre que dicha superficie sea al menos de 2 metros cuadrados por cada niño y que tenga, como mínimo, 18 metros cuadrados. 3. Un espacio para la preparación de alimentos cuando haya niños menores de un año, con capacidad para los equipamientos que determine la normativa vigente. 4. En el caso de que el centro disponga de 3 o más unidades, un espacio de usos múltiples de, al menos, 30 metros cuadrados que, en su caso, también podrá ser usado como comedor. 5. Un patio de juegos que tendrá las siguientes características: a) Centros de 9 o más unidades: a.1) Un patio de juegos que será de uso exclusivo y con una superficie que, en ningún caso podrá ser inferior a 70 metros cuadrados, debiendo incrementarse dicha superficie de forma proporcional al número de unidades que exceda de 9. Si en el recinto escolar, además del primer ciclo de Educación Infantil, se impartieran otras enseñanzas distintas a las de Educación Infantil, deberá garantizarse el uso de dicho patio en horario independiente del resto de niveles educativos.
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a.2) Cuando concurran circunstancias singulares suficientemente acreditadas a juicio de la Administración Educativa, la Consejería de Educación podrá considerar cumplido el requisito anterior y autorizarse como zona de juegos un espacio al aire libre debidamente vigilado y acondicionado, aunque no sea de uso exclusivo, o incluso una superficie pública de esparcimiento, siempre y cuando estén situados en las proximidades del centro y que en el desplazamiento de los niños hasta ellos no sea necesario atravesar ninguna vía con tráfico rodado, incluidas salidas de garajes, a fin de garantizar su seguridad. b) Centros de menos de 9 unidades. En aquellos centros con menos de 9 unidades podrá autorizarse como patio de juegos un espacio que cumpla los requisitos establecidos en los puntos a.1) o a.2) del presente apartado 5 siempre que disponga de una superficie de, al menos, 30 metros cuadrados para centros de menos de 3 unidades, o de, al menos, 60 metros, en el caso de los centros de 3 a 8 unidades. 6. Un aseo por aula, destinada a niños de dos a tres años, que deberá ser visible y accesible desde la misma. El aseo contará con, al menos, dos lavabos y dos inodoros de tamaño adecuado a la estatura de los niños. 7. Un aseo para el personal del centro, separado de las unidades y de los servicios de los niños, que contará con un lavabo, un inodoro y una ducha. 8. Un despacho de dirección y secretaría, que podrá ser utilizado como sala de profesores. Artículo 8 Puestos escolares 1. Los centros tendrán, como máximo, el siguiente número de niños por unidad escolar: a) Unidades para niños menores de un año: 1/8. b) Unidades para niños de uno a dos años: 1/14. c) Unidades para niños de dos a tres años: 1/20. 2. Los centros que dispongan de menos de 3 unidades escolares podrán agrupar en sus aulas niños de edades diferentes, con una ratio máxima de 15 niños por unidad escolar. El número de niños definitivo de los grupos formados por niños de edades diferentes deberá ser autorizado por las Direcciones de Área Territorial de la Consejería de Educación, a propuesta del centro y con el visto bueno del Servicio de Inspección de Educación, teniendo en cuenta la distribución de edades y no pudiendo en ningún caso autorizarse un número de niños de un mismo rango de edad superior al permitido en el apartado 1 del presente artículo. 3. Las Órdenes por las que se autorice la apertura y funcionamiento de los centros de titularidad privada indicarán expresamente que el número de puestos escolares del centro vendrá determinado por el número máximo de niños por unidad escolar en función de su edad y, en el caso de los centros a los que se refiere el punto anterior, con la superficie de las aulas, de conformidad con lo establecido en este artículo y en el anterior. Capítulo III Requisitos de titulación del personal educativo Artículo 9 Titulación de profesionales La atención educativa directa a los niños correrá a cargo de profesionales con las siguientes titulaciones: a) Técnicos Superiores en Educación Infantil, o Técnico Especialista Educador Infantil (módulo de nivel III), o Técnico Especialista en Jardines de Infancia, o Profesionales que estén habilitados por la Administración Educativa para impartir primer ciclo de Educación Infantil. b) Maestros con la especialidad de Educación Infantil, o Profesor de Educación General Básica con especialidad de educación preescolar, o Maestros de Primera Enseñanza, o Diplomado o Licenciado con la especialidad de Educación Infantil debidamente reconocida por la Administración Educativa.
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Artículo 10 Número de profesionales 1. Los centros que tengan 3 o más unidades deberán contar con personal cualificado en número igual al de unidades en funcionamiento más uno. Los centros que tengan menos de 3 unidades deberán contar, como mínimo, con personal cualificado en número igual al número de unidades autorizadas. 2. Por cada 6 unidades o fracción deberá haber, al menos, un Maestro Especialista en Educación Infantil o grado equivalente. 3. Las zonas de Casas de Niños contarán, al menos, con un maestro de Educación Infantil por zona. DISPOSICIÓN ADICIONAL ÚNICA Agrupamiento de niños de primer y segundo ciclo de Educación Infantil 1. Por necesidades vinculadas a las demandas de las familias y de forma excepcional, podrán autorizarse agrupamientos de niños de primer y segundo ciclo de Educación Infantil. 2. En las condiciones que establezca el titular de la Consejería de Educación, y también de forma excepcional, podrán autorizarse centros de una sola unidad que agrupe niños de ambos ciclos. DISPOSICIÓN TRANSITORIA PRIMERA Expedientes de autorización de centros privados en tramitación Los expedientes de autorización de centros de titularidad privada que se encuentren en trámite en el momento de su entrada en vigor de este Decreto se resolverán de conformidad con lo previsto en el mismo, salvo que ya hubiera sido notificada al promotor la aprobación del Proyecto de Instalaciones elaborado al amparo de la normativa sobre requisitos mínimos vigente en la fecha de presentación de la solicitud de la autorización. DISPOSICIÓN TRANSITORIA SEGUNDA Régimen jurídico de las autorizaciones de los centros privados En tanto que la Comunidad de Madrid no establezca el régimen jurídico de las autorizaciones de los centros privados de primer ciclo de Educación Infantil, será de aplicación con carácter supletorio el procedimiento establecido en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias. DISPOSICIÓN TRANSITORIA TERCERA Centros privados no autorizados Los centros que impartan el primer ciclo de Educación Infantil y no estén autorizados por la Administración Educativa dispondrán de tres años a partir de la entrada en vigor de este Decreto para obtener dicha autorización, según lo establecido en la disposición adicional cuarta del Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecido por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA Derogación normativa 1. A la entrada en vigor de este Decreto quedará derogada la Orden 2879/2004, de 23 de julio, de la Consejería de Educación, por la que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan el primer ciclo de Educación Infantil. 2. Quedan derogados los artículos 5 y 6 del Decreto 60/2000, de 6 de abril, por el que se establece la capacidad máxima de niños por aulas de escuelas de Educación Infantil de la Comunidad de Madrid.
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3. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este Decreto. DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA Desarrollo normativo El titular de la Consejería de Educación, en el ámbito de sus competencias, dictará cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en este Decreto. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA Entrada en vigor El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Madrid, a 6 de marzo de 2008. La Consejera de Educación, LUCÍA FIGAR DE LACALLE
La Presidenta, ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA
(03/7.510/08)
B) Autoridades y Personal Consejería de Justicia y Administraciones Públicas 1056
RESOLUCIÓN de 22 de febrero de 2008, del Director General de Función Pública, por la que se emplaza a los interesados en el recurso contencioso-administrativo AB-841/07, interpuesto por doña Carmen Royuela Prieto en su propio nombre y representación.
Interpuesto ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 19 de los de Madrid, por doña Carmen Royuela Prieto, en su propio nombre y representación, recurso contencioso-administrativo AB-841/07, contra la Resolución de 4 de julio de 2007 de la Dirección General de Función Pública, desestimando el recurso de alzada frente al Acuerdo del Tribunal Calificador de 18 de abril de 2007, por el que se hace pública la relación de aspirantes que han superado la fase de oposición de las pruebas selectivas de promoción interna para ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Gestión de Administración General, Grupo B, de la Comunidad de Madrid. Esta Dirección General HA RESUELTO Primero De conformidad con el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, emplazar a todos los posibles interesados en el procedimiento para que puedan comparecer y personarse en los autos en el plazo de nueve días siguientes a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el referido Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, significándoles que si lo hicieran posteriormente se les tendrá por parte para los trámites no precluidos, y si no se personasen oportunamente continuará el procedimiento sin que haya lugar a practicarles en estrados o en cualquier otra forma, notificaciones de clase alguna. Segundo Poner en conocimiento de dichos emplazados que la fecha que se fija para la celebración de la vista es el día 28 de enero de 2009, a las diez y diez horas, por si conviniere a su derecho asistir a la misma, así como que la resolución por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente, se encuentra a disposición de los mismos en el tablón de anuncios de las siguientes dependencias de la Comunidad de Madrid. — Oficina de Atención al Ciudadano. Gran Vía, número 3, 28013 Madrid. — Consejería de Hacienda. Gran Vía, número 43, 28013 Madrid.
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— Dirección General de Función Pública. Plaza del Conde del Valle de Suchil, número 20, primero, 28015 Madrid. — Vicepresidencia Primera y Portavocía del Gobierno. Plaza de Puerta del Sol, número 7, 28013 Madrid. — Vicepresidencia Segunda y Consejería de Justicia y Administraciones Públicas. Gran Vía, número 18, 28013 Madrid. — Consejería de Presidencia e Interior. Plaza de Pontejos, número 1, 28013 Madrid. — Consejería de Economía y Consumo. Calle Príncipe de Vergara, número 132, 28010 Madrid. — Consejería de Transportes e Infraestructuras. Calle Maudes, número 17, 28003 Madrid. — Consejería de Educación. Calle Alcalá, número 30-32, 28014 (Madrid). — Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio. Calle Princesa, número 3, primera planta, 28008 Madrid. — Consejería de Sanidad. Calle Aduana, número 29, 28013 Madrid. — Consejería de Cultura y Turismo. Calle Alcalá, número 31, 28014 Madrid. — Consejería de Familia y Asuntos Sociales. Calle Alcalá, número 63, 28014 Madrid. — Consejería de Empleo y Mujer. Calle Santa Hortensia, número 30, 28002 Madrid. — Consejería de Inmigración y Cooperación. Calle Los Madrazo, número 34, 28014 Madrid. — Consejería de Deportes. Gran Vía, número 43, 28013 Madrid. — Consejería de Vivienda. Calle Jorge Juan, número 35, 28001 Madrid. Madrid, a 22 de febrero de 2008.—El Director General de Función Pública, Miguel Ángel López González. (03/6.795/08)
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RESOLUCIÓN de 26 de febrero de 2008, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueba y publica la lista de espera provisional y se requiere documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos a los integrantes de la lista del Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Superiores, Escala de Arquitectura Superior, de Administración Especial, Grupo A, de la Comunidad de Madrid.
Mediante Orden 433/2006, de 8 de febrero, de la entonces denominada Consejería de Presidencia (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de febrero), se convocaron pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Superiores, Escala de Arquitectura Superior, de Administración Especial, Grupo A, de la Comunidad de Madrid, que han sido resueltas por Resolución de 1 de febrero de 2008, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de febrero). De conformidad con lo establecido en el artículo 4 del Decreto 50/2001, de 6 de abril, por el que se regulan los procedimientos de cobertura interina de puestos de trabajo reservados a personal funcionario en la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 19 de abril), y en la base decimotercera de la propia convocatoria de pruebas selectivas, procede la formación de una lista de espera, integrada por un máximo de 25 candidatos, con los aspirantes del turno libre y el turno de discapacidad que hayan obtenido como mínimo 3 puntos en la calificación del primer ejercicio de la oposición y no superen el proceso selectivo, salvo que manifiesten expresamente su voluntad de no formar parte de dicha lista de espera, o que el Tribunal de Selección anule el examen de alguno de los ejercicios de la oposición, por incumplimiento de las normas legales y reglamentarias de aplicación en la presente convocatoria. Los aspirantes que deben integrar la referida lista de espera deberán acreditar, con anterioridad a la aprobación de la misma, que cumplen los requisitos establecidos por la base segunda de la convocatoria.
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Edita: Delegación Provincial de Educación y Ciencia de Cádiz Imprime: Santa Teresa, Ind. Gráficas S.A. C/. Cervantes, 5. 11540 Sanlúcar de Barrameda (Cádiz)
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Equipo de Orientación Educativa “Sierra II” 2
Documentos para la Educación Infantil
ÍNDICE 1. Introducción. 2. Objetivos generales de la Educación Infantil. 3. Objetivos generales de la Educación Infantil. Ciclo Segundo. 4. La entrevista. 5. Orientaciones para la realización de entrevistas con los padres. 6. Modelo de entrevista inicial a las familias. 7. Escalas de observación para padres: Educación Infantil; 3,4,5 años. 8. El periodo de adaptación. 9. Escala de observación sobre el periodo de adaptación. 10. La evaluación. 11. Documentos para la evaluación del nivel de competencia curricular y seguimientos de alumnos /as de Educación Infantil 2º Ciclo. 12. Modelos de Informe Anual de Evaluación Individualizado. 13. Modelos de Informes a los padres del seguimiento de la evaluación continua. 14. Modelo de Informe Final de Evaluación Individualizado. 15. Escala de observación del desarrollo en educación Infantil. 2-6 años. 16. Plantilla para los resultados de la corrección de la escala de observación. 17. Psicomotricidad – desarrollo motor. 18. Esquema corporal. 19. Lateralidad. 20. Conductas motrices de base. 21. Percepción. 22. Percepción visual. 23. Percepción auditiva. 24. Percepción espacio – temporal. 25. Lenguaje. 26. Área lógico – matemática. 27. Área afectivo – social. 28. Bibliografía.
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Documentos para la Educación Infantil
INTRODUCCIÓN Desde la creación de los Equipos de Promoción y Orientación Educativa (E.P.O.Es.), por el Decreto 238/1.983, de 23 de Noviembre y, su puesta en funcionamiento, ha sido una constante en el Equipo de la Zona de la “Sierra de Cádiz II” (localidades a las que atiende: Espera, Bornos, Coto de Bornos, Villamartín, Puerto Serrano y Prado del Rey), el trabajo en “la prevención de condiciones y circunstancias generadoras de inadaptación o fracaso escolar” en la Educación Preescolar y, en la “detección precoz de población de alto riesgo antes del inicio de la escolaridad”, como se señalaba en la Resolución de 1 de Septiembre
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1.989
de
la
entonces
Dirección
General
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Educación
Compensatoria y Promoción Educativa, sobre funciones del personal docente adscrito a los E.P.O.Es. En las sucesivas programaciones de curso a nivel provincial, se vinieron desarrollando las diversas campañas, denominadas “Operación Preescolar” donde trabajamos conjuntamente el personal de los Equipos con los profesores de Preescolar, en prácticamente todos los centros de la Zona. Su objetivo, no era otro, que el de prevenir el fracaso escolar, detectar precozmente los alumnos de alto riesgo; elaborar y aplicar programas de refuerzo, recuperación y desarrollo en habilidades básicas, conjuntamente con el profesorado y las familias. La promulgación de la Ley Orgánica 1/1.990, de 3 de Octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo (L.O.G.S.E.), transformó la Educación Preescolar en Infantil y, el posterior Decreto 107/1.992, de 9 de Junio, ordena la Educación Infantil y establece el Desarrollo Curricular y la Evaluación de dichas enseñanzas en la Comunidad Autónoma Andaluza. El Decreto mencionado, dispone la autonomía pedagógica de los centros para elaborar su propio Proyecto Educativo, así como los correspondientes Proyectos Curriculares de Etapa o Ciclo. El decreto 213/1.995, de 12 de Septiembre, por el que se regulan los Equipos de Orientación Educativa (E.O.Es.), deroga el decreto de creación de los E.P.O.Es., y los establece, a los E.O.Es., como unidades básicas de orientación psicopedagógica de una Zona Educativa. El papel primordial que se les asigna, es el de colaborar con los centros en la formulación y puesta en práctica de una respuesta educativa ajustada a todo tipo de Equipo de Orientación Educativa “Sierra II” 4
Documentos para la Educación Infantil
necesidades, tanto de los individuos como de los grupos, a través del desarrollo del Proyecto Educativo que el centro oferte y consensue con la comunidad donde está inmerso. Una de las finalidades del E.O.E. Sierra II, dentro de la contextualización de su Plan de Trabajo, es la que tiene como objetivo básico: “colaborar con los Equipos Docentes y las familias en el adecuado desarrollo educativo de los /as alumnos /as y la prevención de las dificultades de aprendizaje; en general, de todas aquellas que producen desadaptación o fracaso escolar”. Se articula así, la actuación del Equipo en el Área correspondiente y en los centros que lo solicitan. Para ello, se han determinado, conjuntamente con los centros, los siguientes objetivos: •
Detección de alumnos de “alto riesgo” antes del inicio de la Educación Primaria.
•
Asesoramiento al profesorado en la detección de necesidades, técnicas de observación e intervención.
•
Colaborar con las familias en la detección de dificultades de aprendizaje en alumnos de Educación infantil. El desarrollo del programa se viene articulando en dos fases. En una primera,
de evaluación inicial del grupo y /o alumnos /as, para detectar los casos considerados “alto riesgo”; determinar las dificultades iniciales, así como posibles causas que las originan. En una segunda, se determinan las medidas compensatorias que se consideran adecuadas y posibles. Se establecen estrategias de intervención, poniendo en práctica los programas de refuerzo, recuperación o desarrollo en habilidades básicas, con el fin, de paliar, en lo posible, las dificultades por las que pasa el / la alumno /a. Generalmente, la primera fase, se viene desarrollando en el primer trimestre de cada curso; la segunda, durante el segundo y tercero. Con la experiencia acumulada y a la vista de las necesidades detectadas en la globalidad de centros, los componentes de este Equipo de Orientación Educativa, Emilio Begines Parejo, Benito Gómez Rodríguez y Blanca Sáez Martínez, decidieron elaborar un documento que pudiera servir de orientación a los centros de la Zona, en la confección de su propio Proyecto Educativo. El documento que hoy presentamos, los distintos elementos que lo componen, son fruto de la experiencia y avatares de estos años y, del trabajo
Equipo de Orientación Educativa “Sierra II” 5
Documentos para la Educación Infantil
conjunto con los centros de la Zona; muy especialmente con el profesorado de esta Etapa que ha pasado y /o está en los siguientes colegios: •
C.P.I.P. San Fernando (Bornos).
•
C.P.I.P San Juan de Ribera (Bornos).
•
C.P.I.P San Isidro Labrador (Coto de Bornos).
•
C.P.I.P Generalísimo. Franco (Prado del Rey).
•
C.P.I.P San José Artesano (Puerto Serrano).
•
C.P.I.P Torrevieja (Villamartín). Consideramos, que ofertamos un material de ayuda, para los que así tengan
a bien considerarlo y, que les pueda ser útil en la confección de sus propios documentos en la elaboración y desarrollo de sus propios Proyectos Educativos. Este documento, NO pretende ser un Proyecto Curricular Básico y general. Nunca más lejos de nuestras pretensiones. Confiando en su bondad para la comunidad educativa, animamos a todos /as aquellos /as que hagan algún uso de él, nos remitan sus opiniones o nos propongan modificaciones en la línea de ayudar a seguir construyendo el Sistema Comprensivo y compensador de dificultades que laboramos.
Benito Gómez Rodríguez Coordinador E.O.E. “Sierra II”
Villamartín – Junio – 1.999.
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OBJETIVOS GENERALES
DE LA EDUCACIÓN INFANTIL
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OBJETIVOS GENERALES DE LA EDUCACIÓN INFANTIL 1.- Desarrollar una autonomía progresiva en la realización de las actividades habituales, por medio del conocimiento y dominio creciente del propio cuerpo, de la capacidad de asumir iniciativas y de la adquisición de los hábitos básicos de cuidado de la salud y el bienestar. 2.- Ir formándose una imagen positiva de sí mismo y construir su propia identidad a través del conocimiento y la valoración de las características personales y de las propias posibilidades y límites. 3.- Establecer relaciones afectivas satisfactorias, expresando libremente los propios sentimientos, así como desarrollar actitudes de ayuda y colaboración mutua, y de respeto hacia las diferencias individuales. 4.- Establecer relaciones sociales en ámbitos cada vez mas amplios, aprendiendo a articular progresivamente los intereses, puntos de vista y aportaciones propias con las de los demás. 5.- Conocer, valorar y respetar distintas formas de comportamiento y elaborar progresivamente criterios de actuación propios. 6.- Desarrollar la capacidad de representar de forma personal y creativa distintos aspectos de la realidad vivida o imaginada y de expresarlos a través de las posibilidades simbólicas del juego y otras formas de representación y expresión habituales. 7.- Utilizar el lenguaje verbal de forma cada vez más adecuada a las diferentes situaciones de comunicación para comprender y ser comprendido por los otros y para regular la actividad individual y grupal. 8.- Observar y explorar su entorno inmediato, para ir conociendo y buscando interpretaciones de algunos de los fenómenos y hechos más significativos. 9.- Intervenir en la realidad inmediata cada vez más activamente y participar en la vida de su familia y su comunidad. 10.- Participar y conocer algunas de las manifestaciones culturales y artísticas de su entorno, y desarrollar una actitud de interés y aprecio hacia la cultura andaluza y de valoración y respeto hacia la pluralidad cultural.
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OBJETIVOS GENERALES DEL SEGUNDO CICLO
Ámbito I: IDENTIDAD Y AUTONOMÍA PERSONAL 1. Tener una actitud de respeto hacia las características y cualidades de las otras personas y empezar a valorarlas sin actitudes de discriminación relación con el sexo o cualquier otro rasgo diferenciador. 2. Adquirir la coordinación y el control dinámico general del propio cuerpo para la ejecución de tareas de la vida cotidiana y de actividades de juego. 3. Aplicar la coordinación visomanual necesaria para mejorar y explorar objetos, en la realización de tareas relacionadas con las distintas formas de representación gráfica. 4. Identificar los propios sentimientos, emociones y necesidades y comunicarlos a los demás, así como identificar y respetar los de los otros. 5. Planificar y secuenciar la propia acción para resolver tareas sencillas. 6. Tener una imagen ajustada y positiva de sí mismo, identificando sus características y cualidades personales. 7. Progresar en la adquisición de hábitos y actitudes relacionados con el bienestar y la seguridad personal, la higiene y el fortalecimiento de la salud. Ámbito II: MEDIO FÍSICO Y SOCIAL 1. Observar y explorar su entorno físico-social , planificando y ordenando su acción en función de la información recibida o percibida, constatando sus efectos y estableciendo relaciones entre la propia actuación y las consecuencias que de ellas se derivan. 2. Valorar la importancia del medio natural y de su calidad para la vida humana, manifestando hacia él actitudes de respeto y cuidado , interviniendo en la medida de sus posibilidades.
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3. Mostrar interés y curiosidad hacia los objetos y juegos, desarrollando su espontaneidad y originalidad. 4. Conocer algunas de las formas más habituales de organización de la vida humana, valorando su utilidad y participando progresivamente en ellas. 5. Participar en los diversos grupos con los que se relaciona, en el transcurso de las diversas actividades, tomando progresivamente en consideración a los otros. 6. Orientarse y actuar autónomamente en los espacios cotidianos de la escuela, conociendo y valorando el trabajo que en ellos realizan las personas. 7. Conocer las normas y modos de comportamiento social de los grupos de los que forma parte, para establecer vínculos fluidos y equilibrados de relación interpersonal. 8.Conocer las normas y modos de comportamiento para viajar en los transportes. 9. Establecer algunas relaciones entre las características del medio físico y las formas de vida que en dicho medio se establece. 10. Conocer y participar en juegos, fiestas, tradiciones y costumbres del entorno, disfrutando y valorándolas; valorar el trabajo de las personas. 11. Observar los cambios y modificaciones a que están sometidos los elementos del entorno , pudiendo identificar algunos factores que influyen sobre ellos. 12. Valorar la importancia del medio natural y de su calidad para la vida humana, manifestando hacia él actitudes de respeto y cuidado, interviniendo en la medida de sus posibilidades. ÁmbitoIII: COMUNICACIÓN Y REPRESENTACIÓN 1. Comprender , reproducir y recrear algunos textos de tradición cultural, mostrando interés y disfrutando de ellos. 2. Valorar el lenguaje oral como un medio de relación con los demás. 3. Comprender las intenciones y mensajes que le comunican otras personas. 4. Reconocer y discriminar sonidos en las palabras de su vocabulario habitual, así como los golpes de voz que damos al utilizarlas. 5. Leer, interpretar y reconstruir imágenes, descubriendo e identificando los elementos básicos. 6. Diferenciar los golpes de voz que se dan al pronunciar el nombre de algunas imágenes.
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7. Utilizar diversas formas de representación y expresión para evocar situaciones, acciones, deseos y sentimientos de tipo real o imaginario, desarrollando la creatividad y aumentando sus posibilidades comunicativas. 8. Utilizar las posibilidades de la forma de representación matemática para describir algunos objetos y
situaciones del entorno, sus características, propiedades y
algunas acciones que puedan realizarse sobre ellos, prestando atención al proceso y a los resultados obtenidos. 9. Utilizar las diversas formas de representación y expresión para aumentar sus posibilidades comunicativas.
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LA ENTREVISTA
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LA
ENTREVISTA
DEFINICIÓN La entrevista se define como una conversación entre dos, que se sostiene con una finalidad y no por la mera satisfacción de conversar. Sus características principales son: a) Se establece por medio de palabras. b) El mas importante es el entrevistador, pues él es quien tiene que enfocarla por y cómo le interesa. c) "Rapport": debe establecerse entre entrevistador y entrevistado un clima de cordialidad y comprensión. Hay que procurar que el entrevistado conteste con sinceridad a todas las preguntas. Si no quiere responder alguna, que no lo haga, pero a las que responde, que lo haga con sinceridad. d) Es imprescindible tener muy claro que la finalidad que perseguimos es mejorar y facilitar la educación del alumno. e) En toda entrevista, se obtiene y se da información. Toda entrevista, persigue los siguientes objetivos: 1.- Obtener información y datos. 2.- Valorar la capacidad del entrevistado en cuanto a la fiabilidad de los datos que aporta. 3.- Observar al entrevistado. 4.- Evaluar la personalidad del entrevistado. TÉCNICAS DE LA ENTREVISTA - Llevar muy bien preparado el tema de la entrevista. - Conocer bien al alumno que se va a entrevistar o sobre el que versará la entrevista. - Planificar la entrevista, esbozando un esquema de acción que tome en cuenta el tiempo de que se dispone. - Considerar como secreto todo lo que diga el entrevistado. - Tomar notas o gravar, previa consulta y autorización del entrevistado.
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- Registrar la entrevista, fechas, datos recogidos, orientaciones dadas... Técnica de concordancia: - Para empezar a salvar las distancias, el saludo debe hacerse con su nombre. En la primera relación verbal, debe empezerse por un tema trivial, para romper el hielo. - A continuación, deben explicarse los objetivos que se persiguen con la entrevista y, pedir sinceridad en los datos a aportar. - El local debe ser sencillo y aislado. Que nadie nos moleste durante la entrevista, que se pueda establecer un clima confidencial. - La posición a adoptar del entrevistado debe ser latera o frontal, debiendo existir algo que se interponga entre ambos (mesa). - Debe haber una aceptación del entrevistado, es decir, ha de establecerse una relación humana y natural. Técnica de aceptación: - Durante la entrevista, la expresión de nuestro rostro debe manifestar interés, que el entrevistado se de cuenta de que le seguimos. - El tono de la voz no debe ser ni excesivamente alto ni muy bajo. - La distancia entre ambos, la conveniente, ni muy cercana, ni demasiado separados. - Evitar las posturas demasiado relajadas (desinterés) o demasiado rígidas (tensión, desconfianza, inseguridad). Técnica del reflejo: - El entrevistado debe conocer de antemano la duración de la entrevista. Entre 15 y 50 minutos es lo conveniente. - No debemos permitir que nos cuente su vida. Cortar con alguna aseveración que haya hecho poco antes. - Hacer nuestros sus problemas, para plantearle alternativas y que él/ ella elijan, cuidado con trasladar sus problemas a nosotros para apiadamos de
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él / ella e inmiscuimos en su vida afectiva. - Cuanto más tímidas son las personas, más estructurada y minuciosamente preparada ha de estar la entrevista. En estos casos, debemos ser directivos, pero cuidado con convertirnos en autoritarios.
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ORIENTACIONES PARA LA REALIZACIÓN DE ENTREVISTAS CON LOS PADRES 1.- Preparación: - Es conveniente tomar la iniciativa, convocándoles para la entrevista antes de correr el riesgo de que nunca vengan a visitarnos. - Planificar el número mínimo de entrevistas anuales, individuales o grupales; ejemplo: • Individuales: recogida de datos personales, resolución de conflictos, entrega de notas, informaciones relevantes, comunicación fluida... •Colectivas: planificación del curso, seguimientos, preparación/realización de actividades (fiestas, excursiones...), temática de interés general (escuela de padres). - Debemos llevar a nuestra entrevista individual, toda la información posible que tengamos del alumno. 2.- Desarrollo: - Resaltar los aspectos positivos que todo alumno tiene. Abordar los posibles problemas con claridad y objetividad. Buscar soluciones conjuntas. - Debemos tratar de no discutir con los padres y mantener en todo momento modales amistosos y cordiales. - Saber escuchar. Evitar monólogos prolongados, de padres o del profesor. - No colocarse a la defensiva cuando los padres critiquen algún aspecto del centro o de nuestra actuación. Indicarles los canales de participación en la vida del centro; dialogar los problemas. - Ser sinceros. - Sugerir más que ordenar, comprender más que juzgar, orientar más que criticar. - No encasillar definitivamente a un alumno, corremos el riesgo de equivocarnos. - Tomar decisiones en común; establecer compromisos reales, realizar seguimientos periódicos sobre ellos. 3.- Evaluación: Al final de cada entrevista, repasar los puntos tratados y evaluar la eficacia de la misma. Registrarlo.
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DELEGACIÓN PROVINCIAL DE EDUCACIÓN Y CIENCIA EQUIPO DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA ASierra II@ VILLAMARTÍN - (CÁDIZ)
EDUCACIÓN INFANTIL
ENTREVISTA A
LAS
INICIAL
FAMILIAS
NOMBRE:
CENTRO:
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PRESENTACIÓN - Breve explicación introductoria. - Carácter confidencial de la entrevista. - Necesidad de sinceridad en los datos.
DATOS PERSONALES
NOMBRE:
APELLIDOS:
FECHA NTO.:
EDAD:
DOMICILIO:
LOCALIDAD:
TELÉFONO:
NIVEL:
Años.
Meses.
DATOS FAMILIARES - Personas que conviven en la misma casa:
PARENTESCO
NOMBRE
ESTADO CIVIL DE LA PAREJA:
EDAD
ESTUDIOS
OCUPACIÓN
[ ] casados
[ ]
separados [ ] viudo/a monoparental
[ ]
SITUACIÓN SOCIO-ECONÓMICA:
[ ] muy baja [ ] baja [ ] media
[ ] alta
VIVIENDA HABITUAL:
[ ] propia
[ ]
alquilada
[ ] otra:
¿RECIBE ALGÚN TIPO DE AYUDA SOCIAL?:
HÁBITOS A L I M E N T A C I Ó N: - )Cuántas comidas hace al día?:
)A qué horas?:
- )Presenta algún tipo de problemas durante la comida?: - )Es alérgico /a a algún alimento o necesita algo en especial?: - )Es alérgico /a a algún medicamento?: - )Cóme solo/a?: - )Quién le da de comer?: - )Utiliza los utensilios de comida adecuadamente?: [ ] cuchara
[ ] tenedor [ ] cuchillo [ ] servilleta
S U E Ñ O: - )Duerme solo?:
[ ] si
[ ] no
- )Con quién?: - )A qué hora se va a la cama normalmente?: - )A qué hora se levanta?:
- Número de horas de sueño:
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- )Duerme con luz o a oscuras?: - )Quién le acuesta?: - )Tiene algún objeto para dormir?: - )Tiene un ritmo regular de sueño?: - )Presenta algún tipo de problemas durante el sueño?: - )Cómo se despierta?:
AUTOCUIDADO: - ¿Con qué frecuencia lo /la bañan?: - ¿Disfruta o rechaza el baño?: - ¿Presenta algún tipo de alergia?:
CONTROL DE ESFÍNTERES - ¿Controla las deposiciones durante el día?: - ¿Y durante la noche?: - ¿En qué momentos del día va al cuarto de baño?: - ¿Controla el pipí durante el día?: - ¿Controla el pipí durante la noche?: - ¿Presenta algún problema al realizar estos hábitos?:
VIDA RELACIONAL ESPACIO DONDE HABITA - ¿La casa es suficiente para la familia?: - ¿Tiene habitación propia para él /ella solo /a?: - ¿Dispone en la casa de algún lugar donde realizar actividades relacionadas con el colegio (pintar, dibujar, mirar libros..., sin que nadie le moleste?: Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 20
RELACIÓN CON LAS PERSONAS QUE HABITA - ¿Con quién convive habitualmente?: - ¿Cómo es la convivencia?: - ¿Con quién juega?: - ¿Se premia su conducta cuando lo merece?: - ¿Cómo?: - ¿Suelen castigarle cuando se porta mal?: - ¿Cómo?: - ¿Se relaciona sin problemas con otros adultos?: - ¿Tiene celos de su /s hermanas /os?:
- ¿Cómo los manifiesta?:
RELACIÓN CON OTROS NIÑOS O NIÑAS - ¿Se le saca de paseo a lugares donde hay otros niños /as?: - ¿Se relaciona con los niños /as en esos lugares? - ¿En donde está con iguales mas a menudo, en la calle o en la casa?: - ¿Van niñas /os a su casa a jugar con ella /él?:
RELACIÓN CON LOS OBJETOS Y EL ESPACIO - ¿Con qué se entretiene normalmente?: - ¿Se le proporcionan objetos variados?: - ¿Recoge los juguetes, con ayuda, una vez terminado el juego?: - ¿Le gusta ver la TV.?: - ¿Qué tipo de programas?: - ¿Cuántas horas pasa frente a la pantalla?: - ¿Qué otras preferencias tiene?:
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NIVEL MADURATIVO
LENGUAJE
- ¿A qué edad comenzó a emitir las primeras palabras?: - ¿Usa gestos para pedir las cosas?: - ¿Habla claro?: - ¿Se le habla con un lenguaje adulto o se utilizan sus mismas expresiones?: - ¿Tiene algún problema de comunicación?:
DESARROLLO MOTOR - ¿Gateó?: - ¿A qué edad?: - ¿A qué edad comenzó a andar?: - ¿Presenta algún problema en la marcha?: - ¿Tiene dificultades de movimiento?: - ¿Le gusta usar aparatos de movimiento (patin, patinete, triciclo...)?:
PERSONALIDAD
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HISTORIA ESCOLAR
- ¿Ha asistido a otros centros?: - ¿Desde qué edad?: - ¿Se encontraba a gusto?: - ¿Observó en su hijo /a algún cambio al incorporarse al centro?: - ¿Por qué han elegido este centro?: - ¿Qué expectativas tenéis sobre la evolución de vuestro /a, hijo /a en el presente curso?: - ¿Qué pensáis que puede aportar la escuela a vuestro /a hijo /a?: - ¿Estaríais dispuestos a colaborar con el /la tutor /ra, en aquellas actividades extraescolares o de desarrollo curricular que lo requieran?: - ¿Podríais colaborar con el centro en actividades que se organicen a nivel general?:
En
a
de
de 2.00
Fdo.: Fdo.: (Tutor/a) (Padre /madre /tutor /a legal) Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 23
ENTREVISTA FAMILIAR (T U T O R)
SITUACIÓN FAMILIAR NOMBRE DEL PADRE:.................................................................................................... EDAD: . . . . . PROFESIÓN:............................................................................................. NIVEL DE ESTUDIOS: ..................................................................................................... NOMBRE DE LA MADRE: ............................................................................................... EDAD:. . . . . PROFESIÓN:.............................................................................................. NIVEL DE ESTUDIOS: ..................................................................................................... NÚMERO DE HERMANOS:. . . . . . . LUGAR QUE OCUPA: .......................................... NIVEL DE ESTUDIO /PROFESIÓN DE LOS HERMANOS: .......................................................................................................................................... .......................................................................................................................................... .......................................................................................................................................... .......................................................................................................................................... .......................................................................................................................................... .......................................................................................................................................... VIVE ALGÚN OTRO FAMILIAR EN LA CASA: ............................................................... NIVEL SOCIOECONÓMICO DE LA FAMILIA.................................................................. OBSERVACIONES .......................................................................................................................................... .......................................................................................................................................... .......................................................................................................................................... RÉGIMEN DE TENENCIA DE LA VIVIENDA FAMILIAR: [] Propia
[] En alquiler
[] Casa de vecinos
[] Otros
.......................................................................................................................................... Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 24
LA CASA ES SUFICIENTE PARA LA FAMILIA:
[] Sí
[] No
.......................................................................................................................................... LA CASA POSEE UN EQUIPAMIENTO ADECUADO:
[] Sí
[] No
.......................................................................................................................................... EL NIÑO /A DISPONE DE UN LUGAR DONDE ESTUDIAR Y REALIZAR LAS TAREAS ESCOLARES SIN INTERFERENCIAS:
[] Sí
[] No
DISPONE DE UN TIEMPO DETERMINADO PARA EL ESTUDIO: [] Sí [] No TIEMPO QUE PASAN LOS PADRES CON LOS HIJOS: .......................................................................................................................................... ¿TIENE AYUDA PARA REALIZAR LAS TAREAS ESCOLARES? [] Sí [] No ¿QUIÉN /ES?:................................................................................................................... ¿CÓMO REACCIONA ANTE LAS CALIFICACIONES?:................................................. ¿ESTÁN LOS PADRES PREOCUPADOS O SON INDIFERENTES A LA EDUCACIÓN DE LOS HIJOS?: .......................................................................................................................................... NIVEL DE COLABORACIÓN DE LA FAMILIA CON EL CENTRO: .......................................................................................................................................... ¿PERTENECEN A LA A.P.A. O A ALGUNA OTRA ASOCIACIÓN?: .......................................................................................................................................... CIRCUNSTANCIAS FAMILIARES ESPECIALES: .......................................................................................................................................... .......................................................................................................................................... DATOS SOBRE EL ALUMNO S U E Ñ O: ¿A QUÉ HORA SE VA A LA CAMA NORMALMENTE?: ............................................... ¿A QUÉ HORA SE SUELE LEVANTAR?: ...................................................................... HORAS DE SUEÑO DIARIAS: ........................................................................................ ¿PRESENTA ALGÚN TIPO DE CONDUCTA A TENER EN CUENTA, CUANDO DUERME?: .......................................................................................................................................... Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 25
.......................................................................................................................................... A L I M E N T A C I Ó N: ¿COME SOLO?:
[ ] Sí
[ ] No
.......................................................................................................................................... .......................................................................................................................................... UTILIZA LOS UTENSILIOS DE LA COMIDA ADECUADAMENTE: [ ] Cuchara
[ ] Tenedor
[ ] Cuchillo
[ ] Servilleta
¿PRESENTA ALGÚN TIPO DE PROBLEMA DURANTE LA COMIDA?: .......................................................................................................................................... A U T O C U I D A D O: ASEO PERSONAL: [ ] No colabora [ ] Colabora [ ] Se lava sólo VESTIDO: [ ] Se desnuda sólo [ ] Se viste sólo
[ ] Con ayuda [ ] No colabora
[ ] Con ayuda [ ] No colabora
.......................................................................................................................................... .......................................................................................................................................... C O N D U C T A S: ¿OBEDECE CUANDO SE LE MANDA?: ........................................................................ ¿PRESTA ATENCIÓN?: .................................................................................................. ¿SE ENFADA MUCHO CUANDO NO CONSIGUE LO QUE QUIERE?: ........................ ¿TIENE MAL GENIO?: .................................................................................................... ¿ES RESPONDÓN?: ....................................................................................................... ¿SE QUEJA O LLORA CON FACILIDAD?: ................................................................... ¿ROMPE OBJETOS QUERIENDO?: .............................................................................. ¿ES ORDENADA EN SUS COSAS?: ............................................................................. ¿SE APROPIA DE OBJETOS QUE NO LE PERTENECEN?¨......................................... ¿ES DADO A MENTIR?: ................................................................................................. ¿ES MIEDOSO?: ............................................................................................................. ¿ES SOCIABLE CON LOS ADULTOS?: ........................................................................ ¿ES SOCIABLE CON LOS COMPAÑEROS?: ............................................................... ¿TIENE MUCHOS AMIGOS?: ......................................................................................... ¿TIENE DIFICULTADES PARA ENTRETENERSE SOLO?: .......................................... Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 26
¿QUIERE QUE ESTÉN PENDIENTE DE ÉL?: ............................................................... ¿INTERRUMPE A LOS DEMÁS?: .................................................................................. ¿TIENE CELOS DE SUS HERMANOS?: ........................................................................ ¿LE GUSTA ASISTIR AL COLEGIO?: ........................................................................... ¿TIENE PEQUEÑAS OBLIGACIONES EN CASA?: ...................................................... ¿CUÁLES SON SUS ENTRETENIMIENTOS PREFERIDOS?: .......................................................................................................................................... .......................................................................................................................................... SEGÚN USTED / ES, ¿QUÉ PROBLEMA FUNDAMENTAL TIENE EL NIÑO /A?: .......................................................................................................................................... .......................................................................................................................................... ¿QUÉ TIPO DE ACCIONES HAN LLEVADO A CABO PARA SOLUCIONAR EL PROBLEMA DE SU HIJO / A?: .......................................................................................................................................... .......................................................................................................................................... EN CASO NECESARIO, ¿AUTORIZA LA INTERVENCIÓN DEL EQUIPO DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA DE LA ZONA PARA AYUDAR A LA RESOLUCIÓN DEL PROBLEMA DE SU HIJO /A?: [ ] Sí
[ ] No OBSERVACIONES
.......................................................................................................................................... .......................................................................................................................................... .......................................................................................................................................... Fdo.: El/la entrevistado/a.
Fdo.:
El/la entrevistador/a
En
a
de
de 1.99
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EQUIPO DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA
“Sierra II” VILLAMARTÍN - (CÁDIZ)
ALUMNO: FECHA DE NACIMIENTO: CENTRO: FECHA DE LA OBSERVACIÓN:
EDAD: años: LOCALIDAD:
ESCALA DE OBSERVACIÓN Ref.
Área
Motora
Meses:
EDUCACIÓN INFANTIL
Gruesa
SI
NO
¿?
SI
NO
¿?
1.- Patea una pelota grande fija. 2.- Da vueltas a las manillas de las puertas. 2-3
3-4
Ref.
3.- Sube la escalera alternando los pies. 4.- Salta en un sitio alternando los pies. 5.- Camina hacia atrás. 6.- Lanza y atrapa una pelota con ambas manos en posición de pie. 1.- Mantiene el equilibrio sobre el pié dominante. 2.- Camina sobre una línea. 3.- Salta sobre un pié. 4.- Bota la pelota. 5.- Anda sobre los talones. 6.- Anda de puntillas. Área
Motora
Gruesa
1.- Imita posturas con los brazos (cruz, arriba, abajo, aspa...) 2.- Anda punta - tacón, alternativamente. 4-5
3.- Cambia de dirección al correr. 4.- Salta hacia delante 10 veces sin caerse. 5.- Hace rebotar y coge una pelota grande. 6.- Baja los escalones alternativamente.
5-6
1.- Golpea un clavo con un martillo. 2.- Coge con una mano una pelota pequeña o bolsa de arena que se le lanza. 3.- Golpea con un palo, una pelota que rueda por el suelo. 4.- Recoge un objeto del suelo, mientras corre. 5.- Se mantiene en un pié, con los ojos cerrados, durante 10". Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 28
6.- Recorre 2 metros en línea recta, poniendo alternativamente el talón de un pie contra la punta del otro.
Área
Motora
Fina
SI
NO
¿?
SI
NO
¿?
SI
NO
¿?
1.- Construye una torre con 5-6 bloques. 2.- Vuelve las páginas de un libro una por una.
2-3
3.- Imita trazos: verticales, horizontales, circulares. 4.- Desenvuelve un paquete pequeño. 5.- Llena y vacía recipientes de: agua, arena, ... 6.- Empuña un lápiz entre el pulgar y el índice apoyándolo en el dedo de en medio.
3-4
Ref
4-5
1.- Abre y cierra cerraduras. 2.- Corta con tijeras en línea recta 3.- Imita la construcción de un puente con 5 cubos. 4.- Copia un cuadrado. 5.- Colorea superficies. 6.- Dibuja la cara humana, con ojos, nariz, boca, orejas y pelo.
Área
Motora
Fina
1.- Hace formas de plastilina uniendo 2-3 partes. 2.- Recorta líneas curvas. 3.- Atornilla objetos con rosca. 4.- Hace una pelota arrugando un papel. 5.- Dibuja figuras simples que se pueden reconocer (árbol, casa, niño). 6.- Recorta y pega formas simples (cuadrado, triángulo, círculo, ilustraciones de objetos familiares...). 1.- Traza una línea a través de un camino de un centímetro de ancho, sin salirse y sin levantar el lápiz del papel. 2.- Dobla los dedos y se toca uno por uno con el pulgar.
5-6
3.- Puede copiar letras minúsculas. 4.- Colorea sin salirse de las líneas, el 95% de las veces. 5.- Usa correctamente el sacapuntas. 6.- Dobla un papel cuadrado dos veces, diagonalmente, imitando al adulto.
2-3
Área Perceptivo Cognitiva 1.- Encaja /coloca triángulo, cuadrado, círculo, en su tablero /figura correspondiente. 2.- Construye puzzles de 2 - 3 piezas. 3.- Hace pares con objetos de la misma textura (áspero, liso, peludo...) 4.- Señala lo grande /pequeño cuando se le pide.
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5.- Coloca objetos dentro, encima y debajo cuando se le pide. 6.- Apila en orden 5 o más aros en una clavija.
Área Perceptivo Cognitiva
3-4
Ref
SI
NO
¿?
SI
NO
¿?
SI
NO
¿?
1.- Coloca los cubos en orden decreciente para hacer una torre. 2.- Conoce los colores: blanco, negro, rojo, azul, amarillo. 3.- Junta dos partes de una figura, para hacer un todo (triángulo, cuadrado, círculo). 4.- Reconoce figuras geométricas básicas: triángulo, cuadrado, círculo. 5.- Señala objetos largos /cortos. 6.- Arma rompecabezas de 6 piezas.
Área Perceptivo Cognitiva 1.- Escoje el número de objetos que se le piden de 1 a 5. 2.- Copia un triángulo cuando se le pide. 3.- Recuerda 4 objetos que ha visto en una ilustración.
4-5
4.- Dice el momento del día en relación con la actividad (nochedormir, desayunar-por la mañana...) 5.- Dibuja la figura de un hombre (cabeza, tronco y extremidades). 6.- Junta símbolos (letras y números). 1.- Identifica la parte incompleta de un dibujo. 2.- Nombra los números del 1 al 10. 3.- Dice cual es su derecha y su izquierda.
5-6
4.- Realiza operaciones de clasificación, y seriación, atendiendo a dos criterios. 5.- Reconoce y utiliza los principales conceptos básicos espaciales y de cantidad. 6.- Suma y resta mentalmente combinaciones hasta 3.
Área de Lenguaje Lenguaje
Comprensivo
1.- Entrega más de un objeto cuando se le pide (plural). 2.- Señala en una ilustración un objeto conocido.
2-3
3.- Indica su edad con los dedos. 4.- Señala en una ilustración el objeto que “no es”. 5.- Obedece una serie de dos órdenes relacionadas. 6.- Presta atención durante 2-3 minutos a una explicación.
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Lenguaje
Comprensivo
3-4
1.- Responde a preguntas del tipo: ¿qué?, ¿quién?, ¿donde? ¿cuando?. 2.- Comprende negaciones sencillas. 3.- Comprende el plural. 4.- Presta atención durante 5 minutos mientras se le lee un cuento. 5.- Lleva a cabo una serie de dos órdenes que no se relacionan. 6.- Señala partes del cuerpo humano: cara, boca, ojos, nariz, oreja, pelo, espalda, brazo, pierna, cabeza.
4-5
1.- Comprende el pasado. 2.- Dice si un sonido es fuerte o suave. 3.- Relaciona palabras con imágenes. 4.- Comprende el futuro. 5.- Recuerda hechos de una historia real. 6.- Discrimina palabras similares fonéticamente.
SI
NO
¿?
SI
NO
¿?
1.- Recuerda hechos de una historia oral. 2.- Responde a la pregunta “¿por qué?”, en una explicación.
5-6
3.- Comprende las explicaciones dadas por su profesor. 4.- Reconoce cosas absurdas en una narración. 5.- Comprende el significado del vocabulario básico de su nivel. 6.- Pregunta el significado de palabras nuevas o que no conoce.
Lenguaje
2-3
3-4
Expresivo
1.- Usa los pronombres: “YO” “MÍO” “TÚ”. 2.- Dice su nombre. 3.- Emplea una palabra cuando necesita ir al servicio. 4.- Emplea “NO” en su lenguaje. 5.- Indica una acción en un libro de ilustraciones (come, corre, etc.) 6.- Construye frases de 3 palabras. 1.-Nombra partes del cuerpo humano: cara, boca, ojo, nariz, oreja, pelo, espalda, brazo, pierna, cabeza. 2.- Emplea tiempos pasados en verbos regulares. 3.- Dice cómo o para qué se emplean objetos comunes. 4.- Dice su nombre completo cuando se le pide. 5.- Relata experiencias inmediatas. 6.- Cuenta dos sucesos en el orden que ocurrieron.
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Lenguaje
4-5
Expresivo
SI
NO
¿?
1.- Imita palabras articuladas correctamente. 2.- Utiliza frases de 5-6 palabras. 3.- Emplea el futuro al hablar. 4.- Emplea oraciones compuestas. 5.- Interviene en una conversación. 6.- Relata un cuento sencillo conocido, sin la ayuda de ilustraciones. 1.- Define palabras comunes. 2.- Relata experiencias diarias. 3.- Articula correctamente las palabras de su vocabulario básico.
5-6
4.- Emplea correctamente verbos irregulares (puse, quepo, anduvo, etc.). 5.- Emplea ayer - hoy - mañana, correctamente. 6.- Es capaz de mantener un diálogo.
OBSERVACIONES
Ref.
ÁREA AFECTIVO SOCIAL: Autonomía personal.
SI
NO
1.- Se inicia en el lavado de manos. 2.- Se inicia en el uso del pañuelo. 3.- Va al water, tira de la cadena, pero requiere ayuda en el papel higiénico. 4.- Bebe líquidos sin ayuda. 5.- Se quita y pone prendas muy sencillas.
3 a.
6.- Abrocha y desabrocha botones grandes. 7.- Colabora en el cuidado de la clase. 8.- Sabe donde están los materiales de la clase y archiva sus trabajos. 9.- Abre y cierra puertas y cajones. 10.- Conoce su clase y los espacios de uso común. 11.- Sabe colocarse y permanecer en fila, cuando se le pide.
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¿?
Ref.
ÁREA AFECTIVO SOCIAL: Autonomía personal.
SI
NO
¿?
SI
NO
¿?
1.- Se lava las manos con supervisión y recordándoselo. 2.- Usa el pañuelo cuando lo necesita, recordándoselo. 3.- Va al water, tira de la cadena y utiliza el papel higiénico para limpiarse. 4.- Se sirve líquidos y los transporta sin vigilancia. 5.- Se quita el abrigo, la chaqueta... 6.- Abotona y desabotona todo tipo de botones.
4 a.
7.- Se pone solo el abrigo, la chaqueta, etc. 8.- Sabe donde están los materiales de clase y los coloca en su sitio, recordándoselo. 9.- Colabora en el cuidado de la clase, recordándoselo. 10.- Abre y cierra puertas, cajones... 11.- Conoce las dependencias de su clase y sabe moverse por ellas. 12.- Hace recados sencillos dentro de su clase. 13.- Conoce algunas indicaciones peatonales: paso de cebra, etc. 1.- Se lava las manos sin ayuda y sin recordárselo. 2.- Usa el pañuelo cuando lo necesita. 3.- Va al water utiliza el papel higiénico y tira de la cadena. 4.- Se abrocha y desabrocha el abrigo, sin recordárselo.
5 a.
5.- Saca, recoge y archiva materiales de clase, sin recordárselo. 6.- Colabora en el cuidado de la clase. 7.- Conoce las dependencias de su colegio y sabe moverse por ellas. 8.- Hace recados sencillos dentro del colegio. 9.- Conoce las indicaciones peatonales (paso de cebra, semáforo...)
Ref. 3 a.
ÁREA AFECTIVO SOCIAL: Habilidades de interacción social. 1.- Se acerca a los niños para realizar alguna actividad que le interesa. 2.- Cuando se integra para jugar en el grupo, sugiere alguna idea nueva. 3.- Cuando juega con otros niños, se deja mandar casi siempre. 4.- Cuando la situación invita a jugar con otros niños, él permanece solo. 5.- Con frecuencia rompe las cosas de los demás. 6.- Normalmente es aceptado por los otros niños. 7.- En general es cariñoso y suele estar contento. 8.- Normalmente se comunica espontáneamente.
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9.- Cuando se le habla, frecuentemente baja la cabeza. 10.- Provoca a otros niños, pegándoles o quitándoles las cosas.
ÁREA AFECTIVO SOCIAL: Habilidades de interacción social.
SI
NO
11.- Frecuentemente requiere la aprobación del adulto para resolver conflictos 12.- Sabe defenderse cuando se meten con él. 13.- Sabe expresar verbalmente sus quejas sin lloriqueos. 14.- Habitualmente busca protagonismo a través de demostraciones de fuerza 15.- Escucha cuando habla otra persona. 16.- Sabe esperar a que termine de hablar para hablar él. 1.- Sabe conseguir que los niños le busquen para jugar con él. 2.- Aporta ideas sobre las actividades a realizar. 3.- Cuando juega con otro niño se deja mandar casi siempre. 4.- Es capaz de compartir los juguetes de clase. 5.- En la mayoría de las situaciones se mantiene aislado. 6.- Con frecuencia rompe las cosas de los demás. 7.- En general, es comunicativo, se expresa espontáneamente. 4-5 a ñ o s
8.- Mantiene la mirada cuando se le habla. 9.- Expresa verbalmente lo que le preocupa. 10.- Provoca a los otros niños burlándose de ellos, insultándoles. 11.- Sabe defenderse cuando se meten con él. 12.- Sabe expresar verbalmente sus quejas. 13.- A menudo pega a los otros niños. 14.- Cuando no le agrada algo, es capaz de decir NO, sin lloriquear / enrabietarse. 15.- Es capaz de expresar lo que le gusta. 16.- Es capaz de preguntar sobre lo que no conoce. 17.- Intenta acaparar la atención del profesor. 18.- Es capaz de respetar los distintos turnos en la conversación.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 34
¿?
EL PERIODO
DE ADAPTACIÓN
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 35
EL
PERIODO
DE
ADAPTACIÓN
La entrada en el colegio y los meses que le siguen, son decisivos para la adaptación e integración de los niños a la vida social de la escuela. Dicho momento puede ser considerado en algunos casos como crítico y, por ello, debemos de contar con recursos necesarios para responder efectivamente a las situaciones que nos podemos encontrar. Las relaciones que se establezcan a lo largo de la etapa entre iguales y con los adultos van a depender, muy, mucho, de cómo se haya producido la entrada en la escuela y las primeras relaciones. El periodo de adaptación es aquel tramo de tiempo que dedicamos a vivir con los niños todos los cambios que van a suponer la entrada al colegio. Es, a la vez, un camino y un proceso en los cuales los niños van elaborando su actitud ante lo escolar: las relaciones, la orientación y uso de los espacios, las tareas y la forma de hacerlas, los éxitos, los fracasos... Por ser camino, es necesario aceptar que no todos los niños lo andarán con el mismo ritmo, por lo que habrá de tener previstas distintas alternativas. Por ser proceso, hay que considerar que es algo que los niños tienen que realizar por sí mismos; es una conquista personal y como tal es necesario valorarla. Uno de los elementos que requiere mayor atención por parte de las /os maestras /os, es el de la organización. Gran parte de la tarea que ayudará a resolver los pequeños problemas está en la organización que propongamos a los /as niños /as en estos momentos. Los cuatro aspectos importantes en este periodo son: la organización de los espacios, la organización del tiempo, la organización de los niños y la organización de las actividades. Organización de los espacios: El espacio es uno de los elementos en que nos sumergimos los seres humanos. Es necesario que en estos primeros días se de mucha importancia a la decoración y ambientación de los espacios; ésta deberá ser acogedora, cálida,
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 36
cordial y tranquila; conviene evitar el exceso de infantilismo. Los niños desean, mas que recordar los años que tienen, crecer y hacerse mayores. No es conveniente que en los primeros días, los niños recorran todo el colegio, porque no servirá de nada, lo olvidarán todo. En este periodo, el patio no es un lugar agradable para el niño, porque es demasiado abierto, se pierde en sus dimensiones y esto le crea mayor inseguridad y angustia. Así, siempre que se salga al patio, es necesario preparar juegos dirigidos y acompañar a los niños en los espacios acotados al efecto. Deben familiarizarse con el comedor y servicios higiénicos, pues son dos de los espacios donde más conductas inadaptadas se presentan. Es necesario dotar estos espacios de calor humano, estética y comodidad. Organización del tiempo: La organización del tiempo en estos primeros días, es necesario prever: entrada de los niños al colegio, secuencia de actividades, secuencia de la jornada en general y la salida del colegio. La entrada al colegio implica una transición entre la vida familiar y la escolar. Debemos planificarla cuidadosamente: saludos personales, diálogo con los padres... A partir de las actividades que se realizan el niño percibe otro de los esquemas temporales que debe aprender y vivir conscientemente. En todas ellas, se debe trabajar con los niños la secuencia “principio – desarrollo – final”. La totalidad de la jornada se debe trabajar a partir de las acciones constantes, es decir de aquellas acciones que hay que hacer todos los días y siempre suceden en los mismos momentos: hora del aseo/servicio, salida al patio, asamblea, comida..., cada una de estas acciones debería ir teniendo su símbolo de diferenciación: sonido, música, imagen... La salida del colegio es la situación inversa a la de la entrada. En este momento, a parte de los saludos de despedida, a veces, los padres pueden estar un tiempo con los niños en la clase y éstos, pueden presentarles sus trabajos, nuevos amigos, etc. Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 37
Organización de los /as niños /as: Cuando llegan al colegio, unos no conocen a nadie, otros tienen amigos, hermanos, primos..., por ello, conviene contar con los iguales ya experimentados, pues a través de ellos, se puede dar tranquilidad y seguridad a los novatos. El trabajo consiste, fundamentalmente, en organizar bien los grupos para evitar que los mas solitarios se encuentren perdidos sin saber cómo integrarse en el conjunto. Puede ser conveniente, contar con la ayuda de algunos padres, que ayudarán a los niños /as a trabajar en alguna actividad sin que se sientan perdidos. Los niños /as necesitan tiempo personal, tiempo para convivir en pequeño grupo y tiempo para vivir como colectividad. La vida de grupo es difícil de captar para ellos /as, por lo que no es aconsejable obligarlos, en los primeros días, a realizar actividades de grupo; en todo caso, que trabajen alguna cosa con otro niño, pero no más. Organización de las actividades: No se puede pretender en este periodo realizar nada que pueda ser continuado, como un centro de interés, es preferible que se preparen actividades en las que los /as niños /as tengan que aprender a hacer algo y desarrollar destrezas. Así se recogerá información de lo que saben hacer, cómo la hacen y cómo lo expresan.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 38
TIPOS DE ADAPTACIONES En este periodo, los niños pueden manifestar, con sus conductas, tres tipos de adaptaciones: Adaptación resignada: se denomina así, a la que se sucede sin transición, de la rabieta continua se pasa a la aceptación triste. No es una conducta positiva y, a la larga, creará problemas. Adaptación activa: es aquella conducta en la que se va sustituyendo la inconformidad inicial por una partición activa del niño/a en las actividades. Poco a poco las primeras conductas van siendo mas cortas y débiles y las segundas mas entusiastas y duraderas. Son conductas positivas y normales. Adaptación colaboradora: es una conducta razonable y participativa. El niño adopta una actitud de explicar a sus compañeros, no solo lo que han aprendido, si no que les anima.
RELACIÓN CON LOS PADRES Es fundamental contar con un plan de reuniones con los /as padres /madres en este periodo. La primera reunión se destina a realizar una entrevista individual con los padres y a que estos conozcan el colegio. Se debe recoger la información del historial del niño, sus enfermedades, gustos, habilidades, dificultades, etc (se adjunta modelo). La segunda reunión pude ser colectiva. En ella se les informará del régimen de funcionamiento del centro, de la clase donde va destinado el/la niño/a, calendario del curso, horario, normas de funcionamiento del centro/aula, programación del curso, etc. Es importante recoger sugerencias de los/las
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 39
padres/madres para articular la colaboración con ellos/as a lo largo de todo el curso; en actividades extraescolares, talleres, fiestas, actividades puntuales... Se puede contemplar una tercera reunión en grupos pequeños. Se realiza esencialmente para que los niños se familiaricen con el colegio y poder observar las relaciones que los padres establecen con los niños en esta situación.
LA EVALUACIÓN EN EL PERIODO DE ADAPTACIÓN Las observaciones recabadas en el periodo de adaptación nos deben servir como parte de la evaluación inicial de los alumnos/as. Debemos cuidar que las primeras impresiones produzcan calificaciones negativas de personas que se adaptan a nuevas situaciones. Ello influye en el proceso de elaboración del autoconcepto o
imagen de sí mismo/a de los niños/as. Es necesario que las
anotaciones que se realicen sobre los discentes, se hagan en sentido positivo. (Se adjunta documento orientativo). La legislación actual, a través de la ORDEN de 13 de Mayo de 1.999 (BOJA Nº59 de 22 de Mayo), por la que se regula el calendario y la jornada escolar en los centros docentes no universitarios,contempla en su apartado II, artículo 4 como criterios: “El primer día de clase podrá dedicarse por parte de los centros a la recepción del alumnado, pudiéndose establecer un horario flexible para facilitar esta tarea”. “A fin de facilitar la escolarización del alumnado de educación infantil que asiste a clase por primera vez y que presente dificultades de adaptación escolar, los Consejos Escolares de los centros podrán establecer, durante el mes de Septiembre un horario flexible. Este horario deberá contemplar el tiempo de permanencia de los niños y niñas en el centro docente que, de manera gradual y progresiva, será cada día mas amplio. En todo caso, a partir del primer día de Octubre, el horario de éstos deberá ser el establecido con carácter general para el resto de los alumnos y alumnas de ese nivel educativo” Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 40
OBSERVACIÓN SOBRE EL DE ADAPTACIÓN
PERIODO
NOMBRE DEL NIÑO/A: FECHA DE NACIMIENTO:
EDAD:
años
meses
FECHA DE INGRESO EN EL CENTRO: FECHA DE LA OBSERVACIÓN: TUTOR /A: HORARIO DEL PERIODO DE ADAPTACIÓN:
LLEGADA A LA ESCUELA
- ¿Quién lo trae?: - ¿Cómo reacciona al quedarse?: [ ] llora
[ ] intenta escaparse
[ ] se integra en la actividad
[ ] te sonríe
[ ] te ignora
[ ] apatía
- ¿Cómo se despide la persona que lo trae?: [ ] no se ha despedido
[ ] se ha despedido normal
[ ] ha tratado de irse
- ¿Qué objetos trae de la casa?: -
Conducta respecto a estos objetos:
[ ] se aferra
[ ] los comparte
CONDUCTAS
[ ] se olvida de ellos
DURANTE
LA
JORNADA
ESCOLAR
E S F Í N T E R E S:
SI
- Hiper-control (se niega a hacer pis/caca)............................... [ ]
[ ]
- Descontrol (pérdida de ritmos o de control)............................ [ ]
[ ]
- Expresa sus deseos y necesidades........................................ [ ]
[ ]
NO
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 41
R U T I N A D I A R I A: - Rechaza los cambios (ir al servicio, salir patio...).................... [ ]
[ ]
- ¿Cuáles?:
O B J E T O S: - Se lleva objetos de la escuela................................................... [ ]
[ ]
- Los ignora refugiándose en su cuerpo (balanceos, chupar...).. [ ]
[ ]
- Explora y utiliza los objetos del aula......................................... [ ]
[ ]
E S P A C I O: - Se sitúa cerca de la puerta/ ventana, largos periodos.............. [ ]
[ ]
- Explora y utiliza el espacio........................................................ [ ]
[ ]
- Tiene miedo a determinados espacios (pasillo, patio...)........... [ ]
[ ]
- ¿A cuáles?:
A D U L T O: - Pide una atención constante..................................................... [ ]
[ ]
- Se mantiene indiferente hacia el adulto.................................... [ ]
[ ]
- Se mantiene próximo físicamente............................................. [ ]
[ ]
- Pendiente de lo que hace el adulto........................................... [ ]
[ ]
- Se queja físicamente (dolor de barriga, de cabeza...).............. [ ]
[ ]
SI
NO
- Se dirige al adulto para intercambiar objetos o comunicación.. [ ]
[ ]
- Te acepta como compañero de juego....................................... [ ]
[ ]
- Existen diferencias de trato con el adulto conocido y desconocido... [ ]
[ ]
O T R O S N I Ñ O S: - Expresa deseo de ir a otro aula donde está su hermano/a...... [ ]
[ ]
- Evita el contacto con otros niños/as.......................................... [ ]
[ ]
- Demuestra afecto en sus relaciones......................................... [ ]
[ ]
-¿Cómo ?: - Expresa su rabia en forma agresiva (pega, rompe material...)..[ ]
[ ]
- Expresa su rabia sin causar daños........................................... [ ]
[ ]
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 42
A L J U E G O: - Observa sin participar............................................................... [ ]
[ ]
- Interrumpe continuamente el juego de los demás.................... [ ]
[ ]
- Participa en las actividades del grupo...................................... [ ]
[ ]
-Juegos mas comunes: A L C O N S U E L O: - Acepta el consuelo.................................................................... [ ]
[ ]
- Rechaza el consuelo................................................................. [ ]
[ ]
-El consuelo más eficaz proviene de otro adulto, otros niños/as, su propio cuerpo (chuparse el dedo, balanceos...), de algún objeto, etc.:
L L E G A D A D E L O S P A D R E S: - Muestra satisfacción y agrado.................................................. [ ]
[ ]
- Les muestra: otros niños, objetos, etc...................................... [ ]
[ ]
- Muestra conductas de exigencia (demanda objetos, comida). [ ]
[ ]
FAMILIA - Los padres viven el hecho de traerlo a la escuela: [ ] con angustia. [ ] con preocupación. [ ] con confianza. [ ] les da igual. - ¿Qué relación mantienen con la/el profesor/a?: - ¿Qué tipos de preguntas realizan?:
- ¿Qué problemas plantean?: - Disponibilidad para reuniones, entrevistas, etc.:
MANIFESTACIONES FÍSICAS - Vómitos, falta de apetito, catarros, diarreas, estreñimiento, somnolencia, insomnio, sobresaltos en el dormir...
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 43
LA EVALUACIÓN
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 44
LA EVALUACIÓN De acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 107/1.992 de 9 de Junio, la evaluación de los alumnos y alumnas de Educación Infantil, deberá ser global, continua y formativa. Debe ser global, por cuanto deberá referirse a todo el conjunto de capacidades expresadas en los objetivos generales. Así mismo, tendrá un carácter continuo, como algo inseparable del propio proceso educativo y por el que continuamente obtenemos información. En consecuencia no podemos perder de vista el carácter formativo, regulador, orientador y autocorrector del proceso educativo que la evaluación debe tener. Los elementos básicos a tener en cuenta en la evaluación del proceso de aprendizaje, serán los objetivos generales de Etapa. De esta forma, corresponde al Equipo Docente determinar los objetivos y contenidos curriculares, así como establecer las estrategias de evaluación que permitan valorar el grado de desarrollo de esos objetivos. La valoración del proceso de aprendizaje deberá tener un carácter cualitativo y contextualizado, es decir, estará referida a su entorno y al proceso concreto de enseñanza-aprendizaje. Así, la observación directa y sistemática se convierte en pieza clave del proceso de evaluación. DESARROLLO DEL PROCESO DE EVALUACIÓN La evaluación del aprendizaje, corresponde al tutor/a de cada grupo. El proceso de evaluación, podrá contemplar las siguientes fases: 1.- Evaluación Inicial. Es la que se realiza al comienzo del curso y, en ella se recogerán todos los datos relevantes sobre el proceso de desarrollo del niño o la niña. La recogida de estos datos, se podrán obtener a través de: -
Expediente personal del/a alumno/a.
-
Informes de los padres, entrevistas iniciales. Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 45
-
Informes médicos.
-
Informes psicopedagógicos.
-
Informes de centros anteriores.
La evaluación inicial deberá ser completada con la observación directa de parte del tutor/a, durante el periodo de adaptación de los niños/as a la vida escolar y la observación del desarrollo de sus capacidades básicas correspondientes a su etapa evolutiva. 2.- Evaluación Continua y Formativa. A lo largo del proceso de enseñanzaaprendizaje el tutor/a utilizará las distintas situaciones educativas para analizar los progresos y dificultades de los niños/as, con el fin de ajustar la intervención educativa para que estimule el proceso de aprendizaje. Los objetivos didácticos constituirán el punto de referencia y permitirán encontrar los procedimientos mas adecuados de evaluación para cada uno de ellos. Esta evaluación incluirá, además, la organización del aula, el ambiente entre el alumnado, la coordinación del profesorado y la relación con los padres. Nunca se debe de perder de vista que el carácter formativo servirá para verificar la adecuación del proceso enseñanza-aprendizaje a las características de los/as alumnos/as. 3.-Evaluación Final. Se realizará a partir de los datos obtenidos en la evaluación continua. En maestro o la maestra, elaborará al finalizar cada curso escolar un INFORME FINAL DE EVALUACIÓN INDIVIDUALIZADO. En él, se recogerán las observaciones mas relevantes sobre el grado de desarrollo de las capacidades, así como las medidas de refuerzo o adaptación que se hayan utilizado. Al término de la Etapa, se procederá a la Evaluación Final, a partir de todos los datos obtenidos y teniendo como referencia los objetivos generales de Etapa. DOCUMENTOS DE EVALUACIÓN Al inicio del curso, a cada alumno/a se le abrirá un EXPEDIENTE PERSONAL, en el que consten sus datos personales, resúmenes de su escolaridad, informes anuales e informe final de evaluación individualizado. Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 46
El tutor o tutora deberá elaborar un INFORME ANUAL DE EVALUACIÓN INDIVIDUALIZADO al finalizar cada curso, a partir de los datos obtenidos a través de la evaluación continua. Al finalizar la Etapa, se recogerán los datos mas relevantes de cada curso y se elaborará un INFORME FINAL DE ETAPA, que se trasladará al tutor /a del Primer Ciclo de Educación Primaria. Los alumnos que presenten Necesidades Educativas Especiales (N.E.E.), tendrán un DICTAMEN DE ESCOLARIZACIÓN, elaborado por el Equipo de Orientación Educativa (E.O.E.) correspondiente, que se deberá incluir en su expediente personal junto con el Documento Individual de Adaptación Curricular (D.I.A.C.I.). Corresponde al turor/a informar periodicamente a las familias sobre el proceso
de
evaluación.
Se
realizará
un
informe
escrito
(BOLETÍN
INFORMATIVO), al menos trimestralmente. En él, se incluirá, en su caso, las medidas de refuerzo o adaptación que se hayan aplicado.
PROMOCIÓN Cada alumno/a promocionará con su curso o grupo de edad correspondiente. En caso de que un alumno/a presente N.E.E., de acuerdo con la Orden de la C.E.J.A., de 18/XI/1.996, podrá permanecer un año mas en Educación Infantil, cuando se estime que dicha permanencia permitirá alcanzar los objetivos de la Etapa o será beneficiosa para su socialización. La petición será tramitada por la dirección del centro, a propuesta del tutor/a, oída la familia y basada en el Informe del Equipo de Orientación Educativa. La Inspección elaborará un informe sobre la procedencia de dicha autorización. Una vez resuelta la petición, la Delegación Provincial de Educación la comunicará al centro correspondiente, el cual, enviará copia de la misma a los padres, el Equipo de Orientación Educativa y el Servicio de Inspección. Los alumnos con N.E.E., asociadas a condiciones personales de sobredotación intelectual, según la Orden de 1 de Agosto de 1.996, en su artículo 2 apartado 1, expone: “a estos alumnos se le podrá aplicar la flexibilización del periodo de escolarización, que podrá consistir en la anticipación del inicio de la Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 47
escolarización obligatoria o en la reducción de la duración de un ciclo educativo....... Todo esto estará sujeto a un proceso continuado de evaluación, pudiendo anularse cuando el alumno o alumna no alcance los objetivos propuestos”. El artículo 3. Apartado 1: “la escolarización en el primer curso de Educación Primaria podrá anticiparse un año cuando, acreditada la sobredotación intelectual del alumno/a, la evaluación psicopedagógica prevea que dicha medida es adecuada para el desarrollo de su equilibrio personal y de su socialización y que globalmente ha desarrollado las capacidades expresadas en los objetivos generales de la Educación Infantil”. El procedimiento a seguir, consistirá: Una vez detestada las necesidades, el Director/a, previa audiencia a los padres, solicitará el correspondiente informe al Equipo de Orientación Educativa. Con todo ello, se solicitará a la Delegación Provincial de Educación la autorización de la anticipación del inicio de la escolaridad obligatoria. La documentación requerida será: a) Informe del Equipo Educativo, coordinado por el tutor. b) Informe psicopedagógico del E.O.E. c) Propuesta concreta de lo que se solicita. d) Documento de haber realizado el trámite de audiencia a los padres. El Servicio de Inspección Educativa elaborará un informe sobre la idoneidad de la propuesta. La Delegación Provincial de Educación remitirá en el plazo de 15 días toda la documentación a la Dirección General de Planificación y Ordenación Educativa, que resolverá en un plazo de tres meses. Esta resolución surtirá efectos académicos y administrativos del curso académico siguiente. Toda la documentación quedará registrada en el Expediente Personal del alumno.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 48
Delegación Provincial de Educación Equipo de Orientación Educativa "Sierra II" Villamartín - (Cádiz)
DOCUMENTO PARA LA E V A L U A C I Ó N DEL
NIVEL DE COMPETENCIA CURRICULAR Y SEGUIMIENTO DE ALUMNOS DE N.E.E. EDUCACIÓN INFANTIL SEGUNDO CICLO
ALUMNO: CENTRO: LOCALIDAD: TUTOR/A:
CURSO:
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 49
NIVEL: 3 AÑOS ÁMBITO DE IDENTIDAD Y AUTONOMÍA EL CUERPO Y EL MOVIMIENTO COORDINACIÓN DINÁMICA GENERAL C O N C E P T O S: Conoce las distintas posiciones que puede adoptar su cuerpo en el espacio y los conceptos relacionados con el movimiento: 1.- Tumbado/acostado. 2.- De pie 3.- Sentado.
P R O C E D I M I E N T O S: Sube escaleras alternando los pies. Baja escaleras alternando los pies. Salta con los dos pies juntos. Lanza objetos grandes con las dos manos. Construye torres de 6 cubos. Ensarta bolas en un cordel. Repasa con el lápiz una línea punteada. Patea una pelota grande fija. Da vueltas a las manillas de las puertas. Mantiene el equilibrio sobre el pie dominante. Bota la pelota.
A C T I T U D E S: Participa en actividades motoras con agrado. Colabora en juegos colectivos que suponen actividad física.
COORDINACIÓN VISOMANUAL C O N C E P T O S: Conoce los conceptos de: 1.- Encajar. 2.- Picar.
P R O C E D I M I E N T O S: Vuelve las páginas de un libro una por una. Imita trazos verticales, horizontales y circulares.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 50
Desenvuelve un paquete pequeño.
P R O C E D I M I E N T O S: Llena y vacía recipientes con agua, arena... Empuña un lápiz entre el pulgar y el índice, apoyándolo en el dedo de enmedio. Corta con tijeras en línea recta (iniciación). Colorea superficies con pintura de dedos, lapiceros muy gruesos... Dibuja la cara humana con ojos, nariz, boca.
A C T I T U D E S: Manifiesta interés por la manipulación de objetos. Demuestra interés por la construcción y encajes de figuras y puzzles.
CONOCIMIENTO E IMAGEN DE SÍ MISMO C O N C E P T O S: Conoce las principales partes del cuerpo: cabeza, tronco y extremidades.
P R O C E D I M I E N T O S: Señala y nombra las principales partes del cuerpo. Dice su nombre. Indica su edad.
A C T I T U D E S: Valora y respeta las diferencias físicas de los demás. Colabora en grupo respetando normas y acuerdos.
OBSERVACIONES
LA SALUD Y EL CUIDADO DE SÍ MISMO P R O C E D I M I E N T O S: Come solo/a. Controla esfínteres durante el día. Se inicia en el lavado de manos. Se inicia en el uso del pañuelo. Va al water, tira de la cadena pero requiere ayuda con el papel higiénico. Bebe líquidos sin ayuda. Se quita y pone prendas muy sencillas. Desabrocha botones grandes. Abrocha botones grandes. Colabora en el cuidado de la clase.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 51
A C T I T U D E S: Expresa su malestar y pide ayuda cuando lo necesita. Evita algunos peligros que pueden ocasionar accidentes. Tiene cuidado al cruzar la calle.
OBSERVACIONES
LA VIDA EN SOCIEDAD C O N C E P T O S: Atienda al profesor /a cuando le habla. Conoce las dependencias escolares: clase, servicios, recreo. Distingue los diferentes momentos de la vida escolar y se adapta a ellos.
P R O C E D I M I E N T O S: Se relaciona y juega con sus compañeros. Toma la iniciativa en los juegos.
A C T I T U D E S: En la relación con el educador se muestra: Independiente. Colaborador. Afectuoso. Comunicativo. Esta bien visto entre sus compañeros. Habitualmente no se enfada mientras juega. Comparte juguetes y materiales. Habitualmente se muestra pacífico.
OBSERVACIONES
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ÁMBITO DE MEDIO FÍSICO Y SOCIAL ACERCAMIENTO A LA NATURALEZA C O N C E P T O S: Identifica y discrimina animales y plantas de su entorno. Discrimina los conceptos: día/noche, calor/frío, seco/mojado.
P R O C E D I M I E N T O S: Observa y descubre diversos elementos del paisaje natural.
A C T I T U D E S: Siente curiosidad por lo que le rodea y pregunta sobre el entorno. Disfruta con experiencias de observación de animales y plantas de su entorno.
OBSERVACIONES
ACERCAMIENTO A LA CULTURA C O N C E P T O S: Conoce y distingue a los miembros mas cercanos de su familia (padres, hermanos, abuelos). Conoce su colegio y algunas personas que trabajan en él (profesor /a, compañeros, portero). Conoce e identifica tareas propias del hogar y la escuela.
P R O C E D I M I E N T O S: Participa en tareas escolares. Se desenvuelve de forma autónoma en los recorridos mas frecuentes.
A C T I T U D E S: Respeta y cuida los elementos del entorno.
OBSERVACIONES:
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 53
LOS OBJETOS Y LA ACTIVIDAD SOBRE ELLOS C O N C E P T O S: Conoce objetos cotidianos del ámbito escolar y los usa adecuadamente. Conoce las funciones de los objetos mas usuales en relación al aseo, comida, tareas escolares...
P R O C E D I M I E N T O S: Explora objetos a través de acciones sobre ellos. Clasifica los objetos propios y ajenos.
A C T I T U D E S: Comparte juguetes y otros objetos con los demás. Respeta y ordena los objetos propios y ajenos. Disfruta jugando, explorando y observando diferentes objetos y materiales.
OBSERVACIONES
ÁMBITO DE COMUNICACIÓN Y REPRESENTACIÓN EXPRESIÓN
CORPORAL
CONCEPTOS: Reconoce gestos y movimientos simples que expresen alegría, enfado, amenaza...
PROCEDIMIENTOS: Expresa mediante gestos y movimientos sentimientos y necesidades (alegría, enfado, tristeza, susto, miedo...) Imita y representa corporalmente acciones y animales conocidos. Reproduce movimientos a través de consignas verbales. Participa activamente en dramatizaciones e interpretaciones de personajes.
A C T I T U D E S: No se inhibe cuando se realizan actividades de expresión corporal. Disfruta imitando personajes y animales.
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EXPRESIÓN PLÁSTICA C O N C E P T O S: Reconoce y nombra los colores: blanco, negro, rojo, azul, amarillo. Reconoce y nombra objetos en una lámina.
P R O C E D I M I E N T O S: Encaja /coloca el triángulo, cuadrado y círculo en su tablero correspondiente. Realiza garabateo libre. Dibuja la figura humana: forma circular y algún apéndice. Modela formas simples con plastilina: churros, bolas grandes. Trocea y pega papeles dentro de un límite amplio. Colorea con pintura de dedos formas amplias.
A C T I T U D E S: Muestra interés por experimentar con diferentes materiales. Muestra satisfacción por sus producciones.
EXPRESIÓN MUSICAL C O N C E P T O S: Diferencia silencio, ruido, música. Localiza el lugar de donde viene el sonido. Recuerda fragmentos de canciones.
P R O C E D I M I E N T O S: Sigue el ritmo cuando escucha música. Reproduce ruidos y sonidos con objetos, (tambor, pandero...).
A C T I T U D E S: Disfruta produciendo sonidos al utilizar instrumentos. Le gusta participar en actividades musicales.
OBSERVACIONES
USO Y CONOCIMIENTO DE LA LENGUA C O N C E P T O S: Comprende y realiza órdenes de dos mandatos. Comprende y responde a preguntas del tipo: ¿qué?, ¿quién?, ¿dónde?, ¿cuándo?.
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P R O C E D I M I E N T O S: Presta atención durante 5 minutos, cuando se le lee un cuento. Usa frases simples: sujeto - verbo, como mínimo. Usa el plural. Relata de forma simple experiencias inmediatas. Mantiene conversaciones simples con el adulto. Pide lo que necesita.
A C T I T U D E S: Interviene en clase, normalmente, preguntando. Disfruta hablando en diferentes situaciones y con diferentes personas.
EXPRESIÓN MATEMÁTICA C O N C E P T O S: Identifica y nombra las siguientes dimensiones básicas: Grande/pequeño. Alto/bajo.
P R O C E D I M I E N T O S: Construye puzzles de tres piezas. Realiza clasificaciones basándose en un criterio simple. Ordena al menos dos objetos por tamaño. Coloca y señala objetos en posición: Arriba /abajo. Dentro /fuera.
A C T I T U D E S: Muestra interés por conocer, explorar, relacionar objetos y sus cualidades.
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NIVEL: 4 AÑOS ÁMBITO DE IDENTIDAD Y AUTONOMÍA EL CUERPO Y EL MOVIMIENTO COORDINACIÓN DINÁMICA GENERAL C O N C E P T O S: Conoce las distintas posiciones que puede adoptar su cuerpo en el espacio y los conceptos relacionados con el movimiento: 1.- Tumbado. 2.- De pie 3.- Sentado. 4.- En cuclillas.
P R O C E D I M I E N T O S: Sube escaleras alternando los pies. Baja escaleras alternando los pies. Salta con los dos pies juntos Coge objetos con seguridad. Camina de puntillas. Se sostiene sobre un pié. Camina sobre una línea recta sin salirse. Patea una pelota fija. Da vueltas a las manillas de las puertas. Imita movimientos sencillos con su cuerpo. Hace rebotar y coge una pelota grande.
A C T I T U D E S: Participa en actividades motoras con agrado. Colabora en juegos colectivos que suponen actividad física. Respeta limitaciones físicas de sus compañeros.
COORDINACIÓN VISOMANUAL C O N C E P T O S: Conoce los conceptos de: 1.- Encajar. 2.- Picar. 3.- Reseguir. 4.- Ensartar. Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 57
P R O C E D I M I E N T O S: Pica con punzón sobre una línea. Recorta con tijeras en línea recta. Rasga papel. Copia una cruz. Realiza seguidos de caminos con el lápiz. Realiza bucles y grecas sencillas. Colorea superficies. Dibuja la cara humana con ojos, nariz, boca, orejas y pelo.
A C T I T U D E S: Manifiesta interés por la manipulación de objetos. Demuestra interés por la construcción y encajes de figuras y puzzles.
GRAFOMOTRICIDAD P R O C E D I M I E N T O S: Coge adecuadamente el lápiz. Controla la prensión adecuada del lápiz (entre los dedos). Realiza los trazos, colorea..., con la presión adecuada, sobre el papel. Realiza trazados de líneas rectas y curvas. Copia dibujos simples.
A C T I T U D E S: Manifiesta interés por la manipulación de los objetos de trabajo.
CONOCIMIENTO E IMAGEN DE SÍ MISMO C O N C E P T O S: Conoce las principales partes del cuerpo (partes gruesas). Conoce sus datos: nombre, apellidos y edad.
P R O C E D I M I E N T O S: Nombra en sí mismo las principales partes del cuerpo. Expresa sus datos: nombre, apellidos, edad.
A C T I T U D E S: Valora y respeta las diferencias físicas de los demás. Colabora en grupo respetando normas y acuerdos. Colabora tomando pequeñas responsabilidades dentro del aula. Ofrece ayuda y colaboración a los demás.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 58
OBSERVACIONES
LA SALUD Y EL CUIDADO DE SÍ MISMO AUTONOMÍA PERSONAL C O N C E P T O S: Conoce normas elementales de aseo, vestido y comida.
P R O C E D I M I E N T O S: Come solo/a. Come utilizando cuchara y tenedor. Vá solo al aseo. Abrocha y desabrocha cremalleras. Abrocha y desabrocha botones. Evita llevarse objetos peligrosos a la boca. Duerme suficiente número de horas. Conoce las dependencias de su clase y sabe moverse por ellas. Colabora en el cuidado de la clase.
A C T I T U D E S: Manifiesta interés por el cuidado de los objetos y dependencias de uso. Evita algunos peligros que pueden ocasionar accidentes. Tiene cuidado al cruzar la calle.
SALUD Y ENFERMEDAD C O N C E P T O S: Conoce normas básicas de salud y de prevención de accidentes. Conoce algunos de los peligros que amenazan la salud.
A C T I T U D E S: Pide ayuda y expresa su malestar cuando se siente mal. Evita algunos peligros que pueden ocasionar accidentes. Tiene cuidado al cruzar la calle. Evita sustancias tóxicas.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 59
LA VIDA EN SOCIEDAD RELACIÓN CON EL EDUCADOR A C T I T U D E S: En la relación con el educador se muestra: Independiente. Colaborador. Afectuoso. Comunicativo.
RELACIÓN CON LOS COMPAÑEROS PROCEDIMIENTOS: Participa en actividades colectivas. Se relaciona con gran número de compañeros. Se adapta a situaciones nuevas. Toma iniciativas en los juegos.
A C T I T U D E S: Está bien visto por los compañeros. No suele enfadarse a menudo, mientras juega. Comparte juguetes y materiales. Habitualmente se muestra pacífico. Respeta las reglas de juego, en general.
ADAPTACIÓN A LA VIDA ESCOLAR C O N C E P T O S: Conoce las distintas dependencias escolares. Distingue los diferentes momentos de la vida escolar y se adapta a ellos.
P R O C E D I M I E N T O S: Mantiene la atención durante periodos cortos. Utiliza expresiones de relación y convivencia: saludar, dar las gracias...
A C T I T U D E S: Manifiesta encontrarse a gusto en la escuela.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 60
ÁMBITO DE MEDIO FÍSICO Y SOCIAL ACERCAMIENTO A LA NATURALEZA C O N C E P T O S: Identifica y discrimina animales y plantas de su entorno. Discrimina los conceptos: día/noche, calor/frío, seco/mojado.
P R O C E D I M I E N T O S: Observa y descubre diversos elementos del paisaje natural.
A C T I T U D E S: Siente curiosidad por lo que le rodea y pregunta sobre el entorno. Disfruta con experiencias de observación de animales y plantas de su entorno.
OBSERVACIONES
ACERCAMIENTO A LA CULTURA C O N C E P T O S: Conoce y distingue a los miembros mas cercanos de su familia (padres, hermanos, abuelos). Conoce su colegio y algunas personas que trabajan en él (profesor/a, compañeros, portero). Conoce e identifica tareas propias del hogar y la escuela.
P R O C E D I M I E N T O S: Participa en tareas escolares. Se desenvuelve de forma autónoma en los recorridos mas frecuentes.
A C T I T U D E S: Respeta y cuida los elementos del entorno.
OBSERVACIONES
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 61
LOS OBJETOS Y LA ACTIVIDAD SOBRE ELLOS C O N C E P T O S: Conoce objetos cotidianos del ámbito escolar y los usa adecuadamente. Conoce las funciones de los objetos mas usuales en relación al aseo, comida, tareas escolares...
P R O C E D I M I E N T O S: Explora objetos a través de acciones sobre ellos. Clasifica los objetos propios y ajenos.
A C T I T U D E S: Comparte juguetes y otros objetos con los demás. Respeta y ordena los objetos propios y ajenos. Disfruta jugando, explorando y observando diferentes objetos y materiales.
OBSERVACIONES
ÁMBITO DE COMUNICACIÓN Y REPRESENTACIÓN EXPRESIÓN
CORPORAL
CONCEPTOS: Reconoce gestos y movimientos simples que expresen alegría, enfado, amenaza...
PROCEDIMIENTOS: Expresa mediante gestos y movimientos sentimientos y necesidades (alegría, enfado, tristeza, susto, miedo...) Imita y representa corporalmente acciones y animales conocidos. Reproduce movimientos a través de consignas verbales. Participa activamente en dramatizaciones e interpretaciones de personajes.
A C T I T U D E S: No se inhibe cuando se realizan actividades de expresión corporal. Disfruta imitando personajes y animales.
EXPRESIÓN PLÁSTICA C O N C E P T O S: Reconoce y nombra los colores: blanco, negro, rojo, azul, amarillo. Reconoce y nombra objetos en una lámina.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 62
P R O C E D I M I E N T O S: Encaja /coloca el triángulo, cuadrado y círculo en su tablero correspondiente. Realiza garabateo libre. Dibuja la figura humana: forma circular y algún apéndice. Modela formas simples con plastilina: churros, bolas grandes. Trocea y pega papeles dentro de un límite amplio. Colorea con pintura de dedos formas amplias.
A C T I T U D E S: Muestra interés por experimentar con diferentes materiales. Muestra satisfacción por sus producciones.
OBSERVACIONES
EXPRESIÓN MUSICAL C O N C E P T O S: Diferencia silencio, ruido, música. Localiza el lugar de donde viene el sonido. Recuerda fragmentos de canciones.
P R O C E D I M I E N T O S: Sigue el ritmo cuando escucha música. Reproduce ruidos y sonidos con objetos, (tambor, pandero...).
A C T I T U D E S: Disfruta produciendo sonidos al utilizar instrumentos. Le gusta participar en actividades musicales.
OBSERVACIONES
USO Y CONOCIMIENTO DE LA LENGUA C O N C E P T O S: Comprende y realiza órdenes de dos mandatos. Comprende y responde a preguntas del tipo: ¿qué?, ¿quién?, ¿dónde?, ¿cuándo?.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 63
P R O C E D I M I E N T O S: Presta atención durante 5 minutos, cuando se le lee un cuento. Usa frases simples: sujeto - verbo, como mínimo. Usa el plural. Relata de forma simple experiencias inmediatas. Mantiene conversaciones simples con el adulto. Pide lo que necesita.
A C T I T U D E S: Interviene en clase, normalmente, preguntando. Disfruta hablando en diferentes situaciones y con diferentes personas.
EXPRESIÓN MATEMÁTICA C O N C E P T O S: Identifica y nombra las siguientes dimensiones básicas: Grande /pequeño. Alto /bajo.
P R O C E D I M I E N T O S: Construye puzzles de tres piezas. Realiza clasificaciones basándose en un criterio simple. Ordena al menos dos objetos por tamaño. Coloca y señala objetos en posición: Arriba/abajo. Dentro/fuera.
A C T I T U D E S: Muestra interés por conocer, explorar, relacionar objetos y sus cualidades.
OBSERVACIONES
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 64
NIVEL: 5 AÑOS ÁMBITO DE IDENTIDAD Y AUTONOMÍA EL CUERPO Y EL MOVIMIENTO COORDINACIÓN DINÁMICA GENERAL C O N C E P T O S: Conoce las distintas posiciones que puede adoptar su cuerpo en el espacio y los conceptos relacionados con el movimiento: 1.- Tumbado. 2.- De pie. 3.- Sentado. 4.- En cuclillas.
P R O C E D I M I E N T O S: Salta por encima de una cuerda a 20 cms., del suelo. Salta a la pata coja unos metros. Camina de puntilla unos metros. Camina hacia atrás unos metros. Camina de talón unos metros. Camina en cuclillas unos metros. Bota correctamente un balón mas de tres veces.
A C T I T U D E S: Participa en actividades motoras con agrado. Colabora en juegos colectivos que suponen actividad física. Respeta limitaciones físicas de sus compañeros.
OBSERVACIONES
COORDINACIÓN VISOMANUAL C O N C E P T O S: Conoce los conceptos de: 1.- Enrollar. 2.- Trazar.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 65
P R O C E D I M I E N T O S: Maneja correctamente las tijeras. Controla la presión adecuada de los útiles de escritura y dibujo. Colorea con control interno (sin salirse). Realiza trazados de líneas rectas y curvas. Realiza dibujos reconocibles. Realiza grecas y bucles sencillos
A C T I T U D E S: Manifiesta interés por la manipulación de objetos. Demuestra interés por la construcción y encaje de figuras y puzzles.
CONOCIMIENTO
E IMAGEN DE SÍ MISMO
C O N C E P T O S: Conoce las principales partes del cuerpo: gruesas y detalles. Conoce sus datos: nombre, apellidos, edad y dirección. Reconoce sus características sexuales.
P R O C E D I M I E N T O S: Nombra las principales partes del cuerpo en sus compañeros. Distingue sus características físicas de las de los demás compañeros.
A C T I T U D E S: Valora y respeta las diferencias físicas de los demás. Colabora en grupos respetando normas y acuerdos. Colabora tomando pequeñas responsabilidades dentro del aula. Ofrece ayuda y colaboración a los demás.
LA SALUD Y EL CUIDADO DE SÍ MISMO AUTONOMÍA PERSONAL C O N C E P T O S: Conoce las normas principales de aseo vestido y alimentación.
P R O C E D I M I E N T O S: Controla esfínteres durante la jornada escolar. Abrocha y desabrocha botones.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 66
A C T I T U D E S: Manifiesta interés por el cuidado de los objetos y dependencias de uso. Evita algunos peligros que pueden ocasionar accidentes.
OBSERVACIONES
SALUD Y ENFERMEDAD C O N C E P T O S: Conoce normas básicas de salud bucodental. Conoce algunos de los peligros que amenazan su salud.
A C T I T U D E S: Pide ayuda y expresa su malestar cuando se siente mal.
OBSERVACIONES
LA VIDA EN SOCIEDAD RELACIÓN CON EL EDUCADOR A C T I T U D E S: En relación con el educador, se muestra: Independiente. Colaborador. Afectuoso. Comunicativo.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 67
RELACIÓN CON LOS COMPAÑEROS P R O C E D I M I E N T O S: Participa en actividades colectivas. Se relaciona con gran número de compañeros. Se adapta a situaciones nuevas. Toma iniciativa en los juegos.
A C T I T U D E S: No suele enfadarse a menudo mientras juega. Comparte juguetes y materiales. Habitualmente se muestra pacífico. Respeta las reglas del juego.
ADAPTACIÓN A LA VIDA ESCOLAR C O N C E P T O S: Distingue los diferentes momentos de loa vida escolar y se adapta a ellos. Conoce las distintas dependencias escolares.
P R O C E D I M I E N T O S: Utiliza expresiones de relación y convivencia: saludar, dar las gracias... Realiza sus tareas sin supervisión constante.
A C T I T U D E S: Respeta y cuida los elementos del entorno. Manifiesta encontrarse a gusto en la escuela. Generalmente, termina siempre las tareas.
ÁMBITO DE MEDIO FÍSICO Y SOCIAL ACERCAMIENTO A LA NATURALEZA CONCEPTOS: Conoce las características y costumbres de algunos animales del entorno Conoce las características y utilidad de algunas plantas del entorno. Conoce las características y utilidad de los elementos del medio natural: sol, agua, tierra. Conoce las características más significativas de as estaciones del año.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 68
PROCEDIMIENTOS: Clasifica algunos animales y plantas según el medio en el que viven. Distingue cambios atmosféricos: soleado, nublado, lluvioso.
ACTITUDES: Muestra respeto y curiosidad hacia animales y plantas. Respeta y cuida los elementos del medio natural.
ACERCAMIENTO A LA CULTURA CONCEPTOS: Conoce las funciones y ocupaciones de los principales miembros de su familia. Conoce las normas básicas de convivencia familiar y escolar. Conoce su casa, las dependencias de la misma y sus funciones. Conoce los distintos medios de transporte. Conoce distintos servicios relacionados con el consumo y la seguridad. Conoce algunas personas relacionadas con los servicios anteriores.
PROCEDIMIENTOS: Se desenvuelve de forma autónoma en recorridos frecuentes. Participa en diversos acontecimientos sociales y culturales de su entorno mas cercano. Realiza responsablemente tareas o encargos sencillos.
ACTITUDES: Respeta y cuida los elementos del entorno. Muestra interés y respeto por aspectos propios de su familia, de su entorno y de su cultura.
LOS OBJETOS Y LA ACTIVIDAD SOBRE ELLOS CONCEPTOS: Identifica diferentes objetos a través de sus propiedades mas significativas. Conoce las funciones de los objetos mas usuales en relación al aseo, comida, tareas escolares, etc.
PROCEDIMIENTOS: Explora objetos a través de acciones sobre ellos. Utiliza objetos indistintamente sin que existan diferencias en razón de su sexo. Evita la manipulación de objetos peligrosos.
ACTITUDES: Utiliza los objetos adecuadamente procurando no deteriorarlos. Comparte juguetes y otros objetos con sus compañeros. Se interesa por el funcionamiento de juguetes y máquinas.
ÁMBITO DE COMUNICACIÓN Y REPRESENTACIÓN EXPRESIÓN CORPORAL CONCEPTOS: Conoce las expresiones faciales mas usuales: alegría, tristeza, miedo, sorpresa... Conoce las expresiones gestuales mas usuales: saludo, señalar, llamada, amenaza...
PROCEDIMIENTOS: Expresa sus sentimientos y emociones con gestos y movimientos. Imita y representa corporalmente objetos, personajes y animales. Participa activamente en dramatizaciones e interpretaciones de personajes. Controla la respiración y el tono muscular.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 69
ACTITUDES: No se inhibe cuando se realizan actividades de expresión corporal. Disfruta imitando personajes, objetos, animales...
EXPRESIÓN PLÁSTICA CONCEPTOS: Reconoce objetos que se encuentran incompletos. Reconoce y nombra los colores. Conoce algunas técnicas sencillas de dibujo y modelado.
PROCEDIMIENTOS: Utiliza los colores. Localiza objetos en una lámina. Diferencia objetos similares por su posición espacial. Describe e interpreta imágenes visuales y plásticas. Participa en acciones plásticas grupales. Dibuja formas reconocibles de objetos, animales y situaciones diversas.
ACTITUDES: Muestra interés por experimentar con diferentes materiales. Siente curiosidad por los resultados que se obtienen. Muestra satisfacción por sus producciones. Respeta y valora las producciones de los compañeros.
EXPRESIÓN MUSICAL CONCEPTOS: Distingue sonidos producidos por instrumentos musicales.
PROCEDIMIENTOS: Utiliza las posibilidades sonoras de su cuerpo para expresarse. Imita diferentes sonidos habituales: cuerpo, animales, instrumentos... Usa diferentes instrumentos musicales: tambor, pandereta... Imita ritmos propuestos. Canta siguiendo el ritmo y el tono de la melodía.
ACTITUDES: Le gusta participar en actividades musicales. Disfruta aprendiendo canciones populares. Disfruta produciendo sonidos con instrumentos musicales.
USO Y CONOCIMIENTO DE LA LENGUA CONCEPTOS: Comprende y realiza órdenes de tres, cuatro mandatos. Conoce su vocabulario básico. Reconoce cosas absurdas en una narración.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 70
PROCEDIMIENTOS: Articula correctamente los fonemas. Articula correctamente los sinfones. Articula correctamente las palabras de su vocabulario básico. Recuerda pequeñas poesías, cuentos, etc. Utiliza en su lenguaje frases de al menos tres palabras. Es capaz de mantener un diálogo. Expresa los datos básicos de un cuento o historia.
ACTITUDES: Interviene en clase frecuentemente preguntando o dando su opinión. Respeta las normas establecidas de escucha, turno, etc. Disfruta hablando en cualquier situación y con diferentes personas.
EXPRESIÓN MATEMÁTICA CONCEPTOS: Reconoce y nombra: círculo, cuadrado, triángulo y rectángulo. Identifica y nombra las nociones básicas de cantidad: Las trabajadas en 3 y 4 años, mas: entero /mitad; par; tantos; grueso /delgado. Primero, segundo, tercero, en orden. Identifica y nombra las nociones básicas espaciales: Las trabajadas en 3 y 4 años, mas: derecha /izquierda; ancho /estrecho; cerca /lejos; entre; a través de; en el centro /en medio /en la esquina. Identifica y nombra las nociones básicas temporales: Antes /después; nunca /siempre; ahora; empezando; rápido /lento. Reconoce y nombra los números de una cifra.
PROCEDIMIENTOS: Realiza clasificaciones basándose en dos /tres criterios. Realiza series de hasta 5/6 elementos. Asigna a un conjunto su cardinal. Cuenta los elementos de un conjunto hasta 10.
ACTITUDES: Muestra interés por explorar objetos, compararlos y contarlos.
OBSERVACIONES
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 71
INFORME ANUAL DE EVALUACIÓN INDIVIDUALIZADO ALUMNO/A:____________________________________________ EDAD: ________ CICLO: ________ AÑO ESCOLAR: _________ TUTOR/A: _____________________________________________ CLAVES: A: Ha superado lo previsto.
B: Coincide con lo previsto.
C: Desarrollo parcial
D: Desarrollo inadecuado.
ÁMBITO DE IDENTIDAD Y AUTONOMÍA PERSONAL Coordinación dinámica general. Coordinación visomanual. Conocimiento e imagen de sí mismo. La salud y el cuidado de sí mismo. La vida en sociedad. ÁMBITO
DE
MEDIO
FÍSICO
CULTURAL
Y SOCIAL
Acercamiento a la naturaleza. Acercamiento a la cultura. Los objetos y la actividad sobre ellos. ÁMBITO
DE
COMUNICACIÓN
Y
REPRESENTACIÓN
Expresión corporal. Expresión plástica. Expresión musical. Uso y conocimiento de la lengua. Expresión matemática.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 72
DESCRIPCIÓN DE LOS LOGROS Y DIFICULTADES EN RELACIÓN CON LA CONSECUCIÓN DE LAS CAPACIDADES ENUNCIADAS EN LOS DISTINTOS ÁMBITOS:
MEDIDAS EDUCATIVAS COMPLEMENTARIAS QUE SE HAN APLICADO: Descripción de las medidas
Valoración de la eficacia
MEDIDAS EDUCATIVAS COMPLEMENTARIAS QUE SE ESTIMAN NECESARIAS: Descripción de las medidas
Finalidad
VALORACIÓN GLOBAL DEL APRENDIZAJE:
Óptimo. Adecuado. Insuficiente. OBSERVACIONES
________________________ , a ________ de ____________ de 2.00__ EL/LA TUTOR/A Fdo.: ________________________
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 73
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CIENCIA
Observaciones de tutor/a:
C. P. I. P. _____________________________
Logros y/o dificultades más significativos:
_______________________________ (CADIZ).
Educación Infantil Medidas adoptadas por el centro:
Segundo Ciclo
INFORME A LOS PADRES DEL SEGUIMIENTO DE LA EVALUACION CONTINUA
Sugerencias a la familia: ALUMNO/A: Curso:
Evaluación:
Nivel/grupo: I-3 años
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 74
IDENTIDAD Y AUTONOMÍA PERSONAL 1.- Coordinación dinámica general: 1.1.- Sus movimientos son decuados a su edad. 1.2.- Participa y colabora en tareas y juegos que suponen actividad física. 2.- Coordinación visomanual: 2.1.- Sabe lo que es: recortar, picar, encajar. 2.2.- Imita trazos: verticales, horizontales, circulares. 2.3.- Colorea grandes superficies con el dedo o lápiz muy grueso. 3.- Conocimiento e imagen de sí mismo: 3.1.- Reconoce y nombra las partes del cuerpo: cabeza, brazos, piernas. 3.2.- Valora y respeta las diferencias físicas de los demás. 4.- La salud y el cuidado de uno mismo: 4.1.- realiza hábitos higiénicos básicos: lavado de manos... 4.2.- Colabora en el cuidado de la clase. 4.3.- Expresa su malestar y pide ayuda cuando lo necesita. 5.- La vida en sociedad: 5.1.- Presta atención cuando se dirigen a él /ella. 5.2.- Se relaciona y juega con los compañeros.
MEDIO FÍSICO Y SOCIAL 1.- Acercamiento a la naturaleza: 1.1.- Conoce los animales mas inmediatos de su entorno. 1.2.- Reconoce: su casa, su calle, la escuela. 2.- Acercamiento a la cultura: 2.1.- Conoce a los miembros mas cercanos de su familia. 2.2.- Conoce a las personas que trabajan con él, en su colegio. 3.- Los objetos y su actividad sobre ellos. 3.1.- Conoce y utiliza correctamente los objetos cotidianos del ámbito escolar.
ÁMBITO DE COMUNICACIÓN Y REPRESENTACIÓN 1.- Expresión corporal: 1.1- Reconoce gestos que expresan alegría, enfado, amenaza. 1.2.- Expresa con su propio cuerpo sentimientos y necesidades. 1.3.- Imita acciones de personajes y animales a una orden dada. 2.- Expresión plástica: 2.1.- Reconoce y nombra los colores: blanco, negro, rojo, azul, amarillo. 2.2.- Utiliza diferentes materiales en la realización de sus manualidades. 2.3.- muestra satisfacción por sus trabajos. 3.- Expresión musical: 3.1.- Localiza el lugar y la fuente de donde proceden los sonidos. 3.2.- Reproduce sonidos con distintos objetos (tambor, pandero...). 4.- Uso y conocimiento de la lengua: 4.1.- Comprende y realiza órdenes sencillas. 4.2.- Se expresa en un lenguaje adecuado a su edad. 4.3.- Participa en las conversaciones y diálogos de la clase. 5.- Expresión matemática. 5.1.- Reconoce y nombra círculo y cuadrado. 5.2.- Identifica y nombra las siguientes dimensiones básicas: Grande/pequeño, mucho/poco, mas/menos. 5.3.- Identifica y nombra las siguientes dimensiones espaciales: arriba/abajo, dentro/fuera, delante/detrás. 5.4.- Construye puzzles de tres piezas.
A: Ha superado lo previsto. C: Ha realizado un desarrollo parcial.
B: Coincide con lo previsto. D: Ha realizado un desarrollo inadecuado.
Observaciones del tutor/a:
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 75
Logros y/o dificultades más significativos:
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y CIENCIA C. P. I. P. _____________________________ _______________________________ (CADIZ).
Medidas adoptadas por el centro:
Educación Infantil Segundo Ciclo
Sugerencias a la familia:
INFORME A LOS PADRES DEL SEGUIMIENTO DE LA EVALUACION CONTINUA
ALUMNO/A: Curso:
Evaluación:
Nivel/grupo: I-4 años
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 76
IDENTIDAD Y AUTONOMÍA PERSONAL 1.- Coordinación dinámica general: 1.1.- Sus movimientos son decuados a su edad. 1.2.- Participa y colabora en tareas y juegos que suponen actividad física. 2.- Coordinación visomanual: 2.1.- Sabe lo que es: picar, encajar, reseguir, ensartar. 2.2.- Copia: cuadrado, círculo, triángulo. 2.3.- Colorea superficies con el lápiz sin salirse. 2.4.- Realiza trazos con la presión adecuada sobre el papel. 3.- Conocimiento e imagen de sí mismo: 3.1.- Reconoce y nombra las partes del cuerpo: cabeza, brazos, piernas, mano, dedos, ojo, nariz, boca, orejas, pelo. 3.2.- Valora y respeta las diferencias físicas de los demás. 4.- La salud y el cuidado de uno mismo: 4.1.- Conoce las normas elementales de hábitos higiénicos en relación con el aseo, vestido, comida. 4.2.- Conoce las normas básicas de salud y prevención de accidentes. 4.3.- Expresa su malestar y pide ayuda cuando lo necesita. 5.- La vida en sociedad: 5.1.- Respeta y cuida los elementos del entorno. 5.2.- Distingue y se adapta a los distintos momentos de la vida escolar. 5.3.- Se relaciona y juega con los compañeros.
MEDIO FÍSICO Y SOCIAL 1.- Acercamiento a la naturaleza: 1.1.- Reconoce y nombra animales de su entorno. 1.2.- Discrimina plantas de su entorno: árbol, flor, hierba. 2.- Acercamiento a la cultura: 2.1.- Conoce a los miembros mas cercanos de su familia. 2.2.- Conoce a las personas que trabajan con él, en su colegio.
3.- Los objetos y su actividad sobre ellos. 3.1.- Conoce y utiliza correctamente los objetos cotidianos del medio escolar
ÁMBITO DE COMUNICACIÓN Y REPRESENTACIÓN 1.- Expresión corporal: 1.1- Reconoce gestos que expresan alegría, enfado, amenaza. 1.2.- Expresa con su propio cuerpo sentimientos y necesidades. 1.3.- Interpreta acciones de personajes y animales. 2.- Expresión plástica: 2.1.- Reconoce y nombra los colores: blanco, negro, rojo, azul, amarillo, verde, naranja. 2.2.- Utiliza diferentes materiales en la realización de manualidades.. 2.3.- Muestra satisfacción por sus trabajos. 3.- Expresión musical: 3.1.- Localiza el lugar y la fuente de donde proceden los sonidos. 3.2.- Reproduce sonidos con distintos objetos (tambor, pandero...).. 4.- Uso y conocimiento de la lengua: 4.1.- Comprende y realiza órdenes que implican dos mandatos. 4.2.- Se expresa en un lenguaje adecuado a su edad. 4.3.- Participa en las conversaciones y diálogos de la clase. 5.- Expresión matemática 5.1.- Reconoce y nombra círculo, cuadrado, triángulo. 5.2.- Identifica y nombra las siguientes dimensiones básicas: pesado/ligero, lleno/vacío, todos/ninguno. 5.3.- Identifica y nombra las siguientes dimensiones espaciales: Largo/corto, junto/separado, alto/bajo, al lado. 5.4.- Ordena y clasifica elementos según un criterio. A: Ha superado lo previsto. C: Ha realizado un desarrollo parcial.
B: Coincide con lo previsto. D: Ha realizado un desarrollo inadecuado.
INFORME FINAL DE EVALUACIÓN
INDIVIDUALIZADO
ALUMNO /A: EDAD:
CICLO:
AÑO ESCOLAR:
TUTOR /A: CLAVES: A: Ha superado lo previsto. B: Coincide con lo previsto. C: Desarrollo parcial D: Desarrollo inadecuado
1.-
APRECIACIÓN
SOBRE
EL
GRADO
DE
DESARROLLO
DE
LAS
CAPACIDADES ENUNCIADAS EN LOS OBJETIVOS DE LA ETAPA. OBJETIVOS 1. Desarrollar una autonomía progresiva en la realización de las actividades habituales, por medio del conocimiento y dominio creciente del propio cuerpo, de la capacidad de asumir iniciativas y de la adquisición de los hábitos básicos de cuidado de la salud y el bienestar 2. Ir formándose una imagen positiva de sí mismo y construir su propia identidad a través del conocimiento y la valoración de las características personales y de las propias posibilidades y límites 3. Establecer relaciones afectivas satisfactorias, expresando libremente los propios sentimientos, así como desarrollar actitudes de ayuda y colaboración mutua, y de respeto hacia las diferencias individuales 4. Establecer relaciones sociales en ámbitos cada vez mas amplios, aprendiendo a articular progresivamente los intereses, puntos de vista y aportaciones propias con las de los demás 5. Conocer, valorar y respetar distintas formas de comportamiento y elaborar progresivamente criterios de actuación propios 6. Desarrollar la capacidad de representar de forma personal y creativa distintos aspectos de la realidad vivida o imaginada y de expresarlos a través de las posibilidades simbólicas del juego y otras formas de representación y expresión habituales 7. Utilizar el lenguaje verbal de forma cada vez más adecuada a las diferentes situaciones de comunicación para comprender y ser comprendido por los otros y para regular la actividad individual y grupal 8. Observar y explorar su entorno inmediato, para ir conociendo y buscando interpretaciones de algunos de los fenómenos y hechos más significativos 9. Intervenir en la realidad inmediata cada vez más activamente y participar en la vida de su familia y su comunidad 10. Participar y conocer algunas de las manifestaciones culturales y artísticas de su entorno, y desarrollar una actitud de interés y aprecio hacia la cultura andaluza y de valoración y respeto hacia la pluralidad cultural
Apreciación global
VALORACIÓN
OBSERVACIONES
2.- DESCRIPCIÓN DE LOS LOGROS Y DIFICULTADES EN RELACIÓN CON LA CONSECUCIÓN DE LAS CAPACIDADES ENUNCIADAS EN LOS DISTINTOS OBJETIVOS: CLAVES: X: conseguido;
/: trabajado pero aún no conseguido;
[en blanco]: no trabajado
IDENTIDAD Y AUTONOMÍA PERSONAL 1.- Coordinación dinámica general: 1.1.- Sus movimientos son adecuados a su edad. No presenta anomalías al andar o correr. 1.2.- Participa y colabora en tareas y juegos que suponen actividad física. 2.- Coordinación visomanual: 2.1.-Coordina y realiza habilidades manipulativas de carácter fino: dobla, rasga, recorta, pica, etc. 2.2.- Alcanza objetos que se le presentan dentro de su campo visual. 2.3.- Colorea superficies con el lápiz sin salirse. 3.- Conocimiento e imagen de sí mismo: 3.1.- Reconoce y nombra las partes y detalles del cuerpo humano en sí mismo y en un compañero. 3.2.- Valora y respeta las diferencias de los demás. 4.- La salud y el cuidado de uno mismo: 4.1.- Conoce y utiliza hábitos básicos de salud, higiene y alimentación: lavarse (cuerpo, manos, dientes), tener limpia la ropa, usar pañuelo, servilleta, etc. 4.2.- Conoce las normas básicas de salud; reconoce y evita situaciones y objetos de peligro.. 4.3.- Expresa su malestar y pide ayuda cuando lo necesita. 1.- La vida en sociedad: 1.1.- Reconoce y nombra a las personas del entorno escolar (compañeros, profesores…) 1.2.- Se relaciona y juega con sus compañeros. 1.3.- Respeta a sus compañeros. 1.4.- Conoce y respeta las normas básicas del aula y centro. 1.5.- Respeta y cuida los elementos del entorno. 5.- Detección de posibles déficits visuales 5.1.- Se acerca demasiado al papel, fruce el ceño, arruga los ojos, se frota los ojos con frecuencia cuando trabaja en el espacio gráfico. 5.2.- Se aprecia desviación de los ojos o movimientos horizontales al fijar la mirada. 5.3.- Se aprecian tics, alteraciones en pupilas o caídas de párpados. 6.- Detección de posibles déficits auditivos 6.1.- Se vuelve hacia el lugar de procedencia del ruido. 6.2.- Atiende cuando se le habla aún cuando no estemos dentro de su campo visual.
MEDIO FÍSICO Y SOCIAL 1.- Acercamiento a la naturaleza 1.1.- Reconoce y nombra los animales y plantas características de su entorno. 2.- Acercamiento a la cultura 2.1.- Respeta y utiliza las normas de convivencia y de cortesía (saludos, despedidas, escuchar...) 2.2.- Desarrolla la capacidad para relacionar el tiempo con distintas actividades relevantes de la vida social (vacaciones-verano, fiestas-no escuela, laboral-escuela, invierno-Navidad...) 3.- Los objetos y su actividad sobre ellos 3.1.- Manifiesta interés por la exploración de los objetos que le rodean. 3.2.- Reconoce y nombra los objetos habituales de su entorno. 3.3.- Hace un uso adecuado de los objetos en situaciones de juego (juego de roll).
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 79
ÁMBITO DE COMUNICACIÓN Y REPRESENTACIÓN 1.- Expresión corporal: 1.1- Reconoce gestos que expresan alegría, enfado, miedo, sorpresa. 1.2.- Conoce expresiones gestuales frecuentes: saludo, señalar, llamada. 1.3.- Participa activamente en dramatizaciones e interpretaciones de personajes. 1.4.- Se mueve en el espacio con soltura tomando conciencia del mismo.. 2.- Expresión plástica: 2.1.-.Reconoce y nombra los colores primarios: azul, rojo, amarillo 2.2.- Reconoce y nombra los colores secundarios 2.3.- Distingue tonalidades. 2.4.- Dibujas formas reconocibles de objetos, animales y situaciones diversas. 2.5.- Utiliza correctamente los útiles de dibujo y pintura. 2.6.- Realiza los trabajos con adecuado orden y limpieza. 2.7.- Muestra satisfacción por sus trabajos. 3.- Expresión musical: 3.1.- Distingue sonidos producidos por su propio cuerpo, en la naturaleza e instrumentos musicales. 3.2.- Discrimina los sonidos por su intensidad (débil/fuerte), duración (corto/largo) y altura (agudo/grave). 3.3.- Reproduce estructuras rítmicas sencillas. 3.4.- Reproduce canciones siguiendo un ritmo. 3.5.- Conoce y utiliza diferentes instrumentos musicales. 3.6.- Disfruta escuchando audiciones musicales. 4.- Uso y conocimiento de la lengua: 4.1.- Comprende y realiza órdenes que implican mas de dos mandatos. 4.2.- Discrimina la palabra más larga entre dos o tres que se le pronuncian. 4.3.- Distingue “como trocitos” , las palabras que componen una frase. 4.4.- Ídem las sílabas que componen una palabra. 4.5.- Ídem, fonemas. 4.6.- Articula correctamente los fonemas. 4.7- Articula correctamente las palabras de su vocabulario básico. 4.8.- Es capaz de definir objetos por su uso: ¿qué es?, ¿para qué sirve?. 4.9.- Estructura correctamente la frase en su lenguaje oral. 4.10.- Memoriza sencillas poesías, refranes, canciones,... 4.11.- Participa en las conversaciones y diálogos de la clase. ¡¡ PARA DEBATIR A FONDO!! ¾ 4.12.- Lee las vocales. ¾ 4.13.- Lee sílabas directas. ¾ 4.14.- Lee sílabas inversas y trabadas. ¾ 4.15.- Lee palabras. ¾ 4.16.- Lee frases y pequeños textos. ¾ 4.17.- Copia correctamente fonemas, sílabas, palabras…, conocidas. ¾ 4.18.- Escribe al dictado: fonemas, sílabas, palabras…, conocidas. 5.- Expresión matemática 5.1.- Reconoce y nombra las figuras geométricas básicas: círculo, cuadrado, triángulo y rectángulo. 5.4.- Identifica y nombra las siguientes dimensiones básicas de cuantificación: mas/menos, mucho/poco, todo/ninguno, entero/partido/mitad, grueso/delgado, par, tantos. 5.5.- Identifica y nombra las siguientes dimensiones espaciales: lejos/cerca, antes/después, rápido/lento, entre, en el centro, nunca/siempre. 5.6.- Identifica y nombra las siguientes dimensiones básicas de identificación: igual/diferente, tantos como, hacer pareja, igual cantidad que, cada. 5.7.- Ordena y clasifica elementos según un criterio. 5.8.- Ordena y clasifica elementos según varios criterios. 5.9.- Construye series de varios elementos. 5.10.- Reversibilidad y transformación: comprende que un elemento se puede transformar en otros y, éstos a su vez, volver a formar el primero. Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 80
5.11.- Conservación: comprende que una bola de plastilina conserve la misma cantidad de materia aunque se transformo en otra figura. 5.12.- Cuenta elementos de un conjunto hasta 10. 5.13.- Establece la correspondencia entre la cantidad y el dígito correspondiente. 5.14.- Descompone y compone, en sus cantidades correspondientes, los números conocidos. 5.15.- Iniciado en operaciones de sumas. 5.16.- Iniciado en operaciones de restas. 5.17.- Resuelve cálculo mental adaptado a las operaciones que realiza. 5.18.- Realiza problemas donde intervienen las operaciones que conoce.
3.- MEDIDAS EDUCATIVAS COMPLEMENTARIAS QUE SE HAN APLICADO: Descripción de las medidas
Valoración de la eficacia Óptima
Adecuada
Insuficiente
ڤRefuerzo educativo dentro del aula
ڤ
ڤ
ڤ
ڤRefuerzo educativo fuera del aula
ڤ
ڤ
ڤ
ڤOrientación familiar
ڤ
ڤ
ڤ
ڤAdaptación Curricular no significativa
ڤ
ڤ
ڤ
ڤAdaptación Curricular individual significativa
ڤ
ڤ
ڤ
4.- MEDIDAS NECESARIAS:
QUE
SE
ESTIMAN
EDUCATIVAS
COMPLEMENTARIAS
Descripción de las medidas Didácticas y organizativas: ڤAdecuada coordinación entre los profesores que atienden al alumno. ڤElaboración de materiales alternativos a las ofertas editoriales. ڤAdaptación de las actividades de clase. ڤTrabajo muy individualizado. ڤAtención muy personalizada. ڤAgrupamiento en pequeño grupo. ڤModalidad de atención y apoyo: ڤAdaptación curricular. Acción Tutorial y Personal: ڤTutorización personalizada. ڤPrograma de modificación de conductas. ڤPrograma de Habilidades Sociales.
Finalidad
Obtener un rendimiento mas satisfactorio
Actuación socio-familiar: ڤOrientación familiar, tutorial y/o especializada. ڤDerivación a Servicios Sociales. ڤDerivación a servicios Sanitarios. Otras necesidades:
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 81
5.- VALORACIÓN GLOBAL DEL APRENDIZAJE:
ڤÓptimo. ڤAdecuado. ڤInsuficiente.
OBSERVACIONES
6.- DECISIÓN RELATIVA A LA PROMOCIÓN: Promociona:
ڤSí. ڤNo.
Observaciones relativas a la decisión sobre la promoción
________________________ , a ________ de ____________ de 2.00__
Vº Bº EL DIRECTOR/A
Fdo.: _______________________
EL/LA TUTOR/A
Fdo.: ______________________ Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 82
INFORME FINAL DE EVALUACIÓN INDIVIDUALIZADO ALUMNO/A:____________________________________________ EDAD: ________ CICLO: ________ AÑO ESCOLAR: _________ TUTOR/A: _____________________________________________ CLAVES: A: Ha superado lo previsto.
B: Coincide con lo previsto.
C: Desarrollo parcial
D: Desarrollo inadecuado.
1.- APRECIACIÓN SOBRE EL GRADO DE DESARROLLO DE LAS CAPACIDADES ENUNCIADAS EN LOS OBJETIVOS DE LA ETAPA.
OBJETIVOS
VALORACIÓN
OBSERVACIONES
1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. Apreciación global
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 83
2.- DESCRIPCIÓN DE LOS LOGROS Y DIFICULTADES EN RELACIÓN CON LA CONSECUCIÓN DE LAS CAPACIDADES ENUNCIADAS EN LOS DISTINTOS OBJETIVOS:
3.- MEDIDAS EDUCATIVAS COMPLEMENTARIAS QUE SE HAN APLICADO: Descripción de las medidas
4.- MEDIDAS NECESARIAS:
EDUCATIVAS
Descripción de las medidas
Valoración de la eficacia
COMPLEMENTARIAS
QUE
SE
ESTIMAN
Finalidad
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 84
5.- VALORACIÓN GLOBAL DEL APRENDIZAJE:
Óptimo. Adecuado. Insuficiente.
OBSERVACIONES
6.- DECISIÓN RELATIVA A LA PROMOCIÓN: · Promociona: Sí. No.
Observaciones relativas a la decisión sobre la promoción
________________________ , a ________ de ____________ de 2.00__
Vº Bº EL DIRECTOR/A
Fdo.: _______________________
EL/LA TUTOR/A
Fdo.: ______________________
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 85
DELEGACIÓN DE EDUCACIÓN Y CIENCIA EQUIPO DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA “Sierra II” Villamartín ( CÁDIZ)
APELLIDOS Y NOMBRE: DIRECCIÓN:
TELÉFONO:
LOCALIDAD:
FECHA:
CENTRO:
ESCALA DE OBSERVACIÓN PARA PADRES. EDUCACIÓN INFANTIL - 3 AÑOS HABILIDADES DE AUTONOMIA PERSONAL
SI
1.- HABILIDADES DE ASEO PERSONAL 1.1.- Se inicia en el lavado de las manos. 1.2.- Colabora mientras lo duchan: se enjabona las partes más accesibles. 1.3.- Se inicia en el uso del peine o del cepillo. 1.4.- Se inicia en el uso del cepillo de dientes. 1.5.- Usa el pañuelo cuando lo necesita, recordándoselo. 1.6.- Va al water y tira de la cadena utilizando el papel higiénico, con ayuda.
2.- HABILIDADES DE COMIDA 2.1.- Maneja la cuchara y el tenedor. 2.2.- Bebe líquidos sin ayuda. 2.3.- Permanece sentado durante la comida. 2.4.- Se limpia la boca y las manos al terminar de comer, recordándoselo.
3.- HABILIDADES DE VESTIDO 3.1.- Se quita y pone prendas muy sencillas. 3.2.- Se quita zapatos y calcetines. 3.3.- Se abrocha y desabrocha botones grandes. 3.4.- Lleva su ropa usada a lo sucio, recordándoselo.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 86
NO
4.- HABILIDADES PARA TAREAS SENCILLAS, AYUDA Y USO DE HERRAMIENTAS 4.1.- Colabora para recoger juguetes. 4.2.- Ayuda en lo más elemental de poner la mesa. 4.3.- Abre y cierra puertas, cajones,... 4.4.- Se inicia en el uso de punzones, tijeras, sacapuntas,...
5.- HABILIDADES PARA DESPLAZAMIENTOS 5.1.- Reconoce los lugares habituales de paseo. 5.2.- Se inicia en el reconocimiento de indicaciones peatonales (paso de cebra, semáforos) 5.3.- Va solo por la acera, pero se espera para cruzar la calle acompañado.
HABILIDAES DE INTERACCIÓN SOCIAL
SI
1.- INTERACCIÓN EN EL JUEGO 1.1.- Se acerca a los niños para jugar a algo que le apetece. 1.2.- Cuando se integra para jugar en un grupo, aporta alguna idea nueva. 1.3.- Cuando juega con otros niños, se deja mandar casi siempre. 1.4.- Cuando la situación invita a jugar con otros niños, él permanece solo. 1.5.- Con frecuencia rompe las cosas de los demás. 1.6.- Normalmente tiene dificultad para entretenerse sin la presencia del adulto.
2.- EXPRESIÓN DE EMOCIONES 2.1.- Normalmente es aceptado por los otros niños. 2.2.- En general es cariñoso y suele estar contento. 2.3.- Normalmente se comunica espontáneamente. 2.4.- Cuando le habla alguien que no es de la familia, frecuentemente baja la cabeza. 2.5.- provoca a otros niños o a sus hermanos, pegándoles o quitándoles las cosas. 2.6.- Frecuentemente requiere de la aprobación del adulto para resolver conflictos personales o con otros niños.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 87
NO
3.- AUTOAFIRMACIÓN 3.1.- Sabe defenderse cuando se meten con él. 3.2.- Sabe expresar verbalmente sus quejas sin lloriqueos. 3.3.- Habitualmente busca protagonismo a través de demostraciones de fuerza. 3.4.- Tiende a estar junto al adulto para sentirse seguro. 3.5.- Cuando los demás pretenden quitarle sus cosas, sabe resolver con éxito la situación.
4.- CONVERSACIÓN 4.1.- Escucha cuando habla otra persona. 4.2.- Sabe espera a que terminen de hablar para hablar él. 4.3.- Retiene pequeños mensajes respondiendo a lo que se le pregunta. 4.4.- Espontáneamente puede contar algún acontecimiento que le acaba de ocurrir. 4.5.- Cuando le cuentan un cuento corto, a menudo, le cuesta permanecer atento. 4.6.- Frecuentemente interrumpe la conversación de los adultos, reclama la atención.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 88
DELEGACIÓN DE EDUCACIÓN Y CIENCIA EQUIPO DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA “Sierra II” Villamartín ( CÁDIZ)
APELLIDOS Y NOMBRE: DIRECCIÓN: LOCALIDAD: CENTRO:
TELÉFONO: FECHA:
ESCALA DE OBSERVACIÓN PARA PADRES. EDUCACIÓN INFANTIL - 4 AÑOS HABILIDADES DE AUTONOMIA PERSONAL
SI
1.- HABILIDADES DE ASEO PERSONAL 1.1.- Se lava y seca las manos con supervisión y recordándoselo. 1.2.- Se ducha necesitando ayuda sólo para la espalda, orejas y cabeza. 1.3.- Se peina con poca ayuda. 1.4.- Se lava los dientes recordándoselo. 1.5.- Usa el pañuelo cuando lo necesita, recordándoselo. 1.6.- Va al water y tira de la cadena utilizando el papel higiénico. 2.- HABILIDADES DE COMIDA 2.1.- Come sólo, iniciándose en el uso del cuchillo. 2.2.- Se sirve líquidos y los transporta. 2.3.- Permanece sentado durante la comida. 2.4.- Utiliza la servilleta recordándoselo. 2.5- Se pone mantequilla, manteca o mermelada en el pan. 3.- HABILIDADES DE VESTIDO 3.1.- Se desviste sólo. 3.2.- Se pone y quita zapatos y calcetines. 3.3.- Se abrocha y desabrocha todo tipo de botones. 3.4.- Lleva su ropa usada a lo sucio, recordándoselo y guarda sus zapatos.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 89
NO
4.- HABILIDADES PARA TAREAS SENCILLAS, AYUDA Y USO DE HERRAMIENTAS 4.1.- Recoge sus juguetes recordándoselo. 4.2.- Colabora en tareas muy sencillas: poner y quitar la mesa, ordenar su habitación 4.3.- Abre y cierra puertas, cajones,... 4.4.- Usa punzones, tijeras, sacapuntas,... con supervisión. 5.- HABILIDADES PARA DESPLAZAMIENTOS 5.1.- Sabe llegar a su calle, portal, piso o casa, desde lugares cercanos. 5.2.- Pide cosas en las tiendas llendo acompañado. 5.3.- Conoce las indicaciones peatonales: paso de cebra, semáforo... 5.4.- Va sólo a casa de amigos o parientes que viven en su mismo portal o calle. HABILIDAES DE INTERACCIÓN SOCIAL
SI
1.- INTERACCIÓN EN EL JUEGO 1.1.- Sabe conseguir que los niños le busquen para jugar con él. 1.2.- Aporta ideas sobre las actividades o juegos a realizar. 1.3.- Cuando juega con otros niños, se deja mandar casi siempre. 1.4.- Normalmente juega solo. 1.5.- Es capaz de compartir sus juguetes. 1.6.- En la mayoría de las situaciones se mantiene aislado. 1.7.- Con frecuencia rompe las cosas de los demás. 2.- EXPRESIÓN DE EMOCIONES 2.1.- Sabe hacerse agradable y simpático. 2.2.- En general, es comunicativo, se expresa espontáneamente. 2.3.- Mantiene la mirada cuando se le habla. 2.4.- Expresa verbalmente lo que le preocupa. 2.5.- Provoca a otros niños burlándose de ello, insultándolos.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 90
NO
3.- AUTOAFIRMACIÓN 3.1.- Sabe defenderse cuando se meten con él. 3.2.- Sabe expresar verbalmente sus quejas. 3.3.- Cuando no le agrada algo, dice “NO”, sin lloriqueos. 3.4.- Es capaz de expresar lo que le gusta. 3.5.- Es capaz de preguntar sobre lo que no conoce. 3.6.- No permite que sus padres dediquen atención a otros niños. 4.- CONVERSACIÓN 4.1.- Es capaz de seguir una conversación. 4.2.- Respeta los distintos turnos en la conversación. 4.3.- Es capaz de adoptar opiniones propias en la conversación. 4.4.- Puede contar espontáneamente las cosas que ha hecho o visto. 4.5.- Contesta al teléfono.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 91
DELEGACIÓN DE EDUCACIÓN Y CIENCIA EQUIPO DE ORIENTACIÓN EDUCATIVA “ Sierra II” Villamartín ( CÁDIZ)
APELLIDOS Y NOMBRE: DIRECCIÓN:
TELÉFONO:
LOCALIDAD:
FECHA:
CENTRO: ESCALA DE OBSERVACIÓN PARA PADRES. EDUCACIÓN INFANTIL - 5 AÑOS HABILIDADES DE AUTONOMIA PERSONAL
SI
1.- HABILIDADES DE ASEO PERSONAL 1.1.- Se lava y seca las manos con sin supervisión ni recordándoselo. 1.2.- Se ducha sólo. 1.3.- Se peina o cepilla, sin ayuda. 1.4.- Se limpia los dientes. 1.5.- Usa el pañuelo cuando lo necesita, sin recordárselo. 1.6.- Va al water y tira de la cadena utilizando el papel higiénico. 2.- HABILIDADES DE COMIDA 2.1.- Come sólo, utilizando el cuchillo, excepto para pelar frutas. 2.2.- Se sirve líquidos y los transporta. 2.3.- Permanece sentado durante la comida. 2.4.- Utiliza la servilleta sin recordárselo. 2.5- Se prepara él sólo, meriendas sencillas. 3.- HABILIDADES DE VESTIDO 3.1.- Se viste y desviste sólo. 3.2.- Se pone y quita zapatos y calcetines. 3.3.- Se abrocha y desabrocha todo tipo de botones. 3.4.- Lleva su ropa usada a lo sucio. Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 92
NO
4.- HABILIDADES PARA TAREAS SENCILLAS, AYUDA Y USO DE HERRAMIENTAS 4.1.- Recoge sus juguetes sin recordárselo. 4.2.- Colabora en tareas muy sencillas: poner y quitar la mesa, ordenar su habitación 4.3.- Usa punzones, tijeras, sacapuntas,... sin supervisión. 5.- HABILIDADES PARA DESPLAZAMIENTOS 5.1.- Sabe llegar a su calle, portal, piso o casa, desde lugares cercanos. 5.2.- Hace recados sencillos: pan, leche, periódico,... 5.3.- Conoce las indicaciones peatonales: paso de cebra, semáforo... 5.4.- Va sólo a casa de amigos o parientes, cuando el recorrido no es peligroso. HABILIDADES DE INTERACCIÓN SOCIAL
SI
1.- INTERACCIÓN EN EL JUEGO 1.1.- Sabe conseguir que los niños le busquen para jugar con él. 1.2.- Aporta ideas sobre las actividades o juegos a realizar. 1.3.- Cuando juega con otros niños, se deja mandar casi siempre. 1.4.- Normalmente juega solo. 1.5.- Es capaz de compartir sus juguetes. 1.6.- En la mayoría de las situaciones se mantiene aislado. 1.7.- Con frecuencia rompe las cosas de los demás. 2.- EXPRESIÓN DE EMOCIONES 2.1.- Sabe hacerse agradable y simpático. 2.2.- En general, es comunicativo, se expresa espontáneamente. 2.3.- Mantiene la mirada cuando se le habla. 2.4.- Expresa verbalmente lo que le preocupa. 2.5.- Provoca a otros niños burlándose de ello, insultándolos. 3.- AUTOAFIRMACIÓN 3.1.- Sabe defenderse cuando se meten con él. 3.2.- Sabe expresar verbalmente sus quejas. 3.3.- Cuando no le agrada algo, dice “NO”, sin lloriqueos. 3.4.- Es capaz de expresar lo que le gusta. 3.5.- Es capaz de preguntar sobre lo que no conoce. Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 93
NO
3.6.- No permite que sus padres dediquen atención a otros niños. 4.- CONVERSACIÓN 4.1.- Es capaz de seguir una conversación. 4.2.- Respeta los distintos turnos en la conversación. 4.3.- Es capaz de adoptar opiniones propias en la conversación. 4.4.- Puede contar espontáneamente las cosas que ha hecho o visto. 4.5.- Contesta al teléfono.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 94
ESCALA DE
OBSERVACIÓN
DE
EDUCACIÓN
(3 años)
ALUMNOS
ÁREAS MOTORA GRUESA
INFANTIL
1
2
3
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1.- Mantiene el equilibrio sobre el pié dominante. 2.- Camina sobre una línea. 3.- Salta sobre un pié. 4.- Bota la pelota. 5.- Anda sobre los talones. 6.- Anda de puntillas. MOTORA FINA
1.- Abre y cierra cerraduras. 2.- Corta con tijeras en línea recta 3.- Imita la construcción de un puente con 5 cubos. 4.- Copia un cuadrado. 5.- Colorea superficies. 6.- Dibuja la cara humana, con ojos, nariz, boca, orejas y pelo.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 95
PERCEPTIVO COGNITIVA
1
2
3
4
5
6
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9
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11
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1.- Coloca los cubos en orden decreciente para hacer una torre. 2.- Conoce los colores: blanco, negro, rojo, azul, amarillo. 3.- Junta dos partes de una figura, para hacer un todo (triángulo, cuadrado, círculo). 4.- Reconoce figuras geométricas básicas: triángulo, cuadrado, círculo. 5.- Señala objetos largos /cortos. 6.- Arma rompecabezas de 6 piezas. LENGUAJE COMPRENSIVO
1.- Responde a preguntas del tipo: ¿qué?, ¿quién?, ¿donde? ¿cuando?. 2.- Comprende negaciones sencillas. 3.- Comprende el plural. 4.- Presta atención durante 5 minutos mientras se le lee un cuento. 5.- Lleva a cabo una serie de dos órdenes que no se relacionan. 6.- Señala partes del cuerpo humano: cara, boca, ojos, nariz, oreja, pelo, espalda, brazo, pierna, cabeza. Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 96
LENGUAJE EXPRESIVO
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19
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26
1.-Nombra partes del cuerpo humano: cara, boca, ojo, nariz, oreja, pelo, espalda, brazo, pierna, cabeza. 2.- Emplea tiempos pasados en verbos regulares. 3.- Dice cómo o para qué se emplean objetos comunes. 4.- Dice su nombre completo cuando se le pide. 5.- Relata experiencias inmediatas. 6.- Cuenta dos sucesos en el orden que ocurrieron. AUTONOMÍA PERSONAL
1.- Se inicia en el lavado de manos. 2.- Se inicia en el uso del pañuelo. 3.- Va al water, tira de la cadena, pero requiere ayuda en el papel higiénico. 4.- Bebe líquidos sin ayuda. 5.- Se quita y pone prendas muy sencillas 6.- Abrocha y desabrocha botones grandes 7.- Colabora en el cuidado de la clase. 8.- Sabe donde están los materiales de la clase y archiva sus trabajos. Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 97
9.- Abre y cierra puertas y cajones. 10.- Conoce su clase y los espacios de común 11.-uso Sabe colocarse y permanecer en fila, cuando se le pide. HABILIDADES DE INTERACCIÓN SOCIAL
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1.- Se acerca a los niños para realizar alguna actividad que le interesa. 2.- Cuando se integra para jugar en el grupo, sugiere alguna idea nueva. 3.- Cuando juega con otros niños, se deja mandar casi siempre. 4.- Cuando la situación invita a jugar con otros niños, él permanece solo. 5.- Con frecuencia rompe las cosas de los demás. 6.- Normalmente es aceptado por los otros niños. 7.- En general es cariñoso y suele estar contento. 8.- Normalmente se comunica espontáneamente. 9.- Cuando se le habla, frecuentemente baja la cabeza. 10.- Provoca a otros niños, pegándoles o quitándoles las cosas. Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 98
26
11.- Frecuentemente requiere la aprobación del adulto para resolver 12.- Sabe defenderse cuando se meten con él. 13.- Sabe expresar verbalmente sus quejas sin lloriqueos. 14.- Habitualmente busca protagonismo a través de 15.- Escucha cuando habla otra persona. 16.- Sabe esperar a que termine de hablar para hablar él.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II” 99
ESCALA DE
OBSERVACIÓN
DE
EDUCACIÓN
(4 años)
ALUMNOS
ÁREAS MOTORA GRUESA
INFANTIL
1 2 3 4 5 6 7 8 9
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14 15 16 17 18 19 20 21
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26
1.- Imita posturas con los brazos (cruz, arriba, abajo, aspa...) 2.- Anda punta - tacón, alternativamente. 3.- Cambia de dirección al correr. 4.- Salta hacia delante 10 veces sin caerse. 5.- Hace rebotar y coge una pelota grande.
6.-Baja los escalones alternativamente. MOTORA FINA
1.- Hace formas de plastilina uniendo 23 partes. 2.- Recorta líneas curvas. 3.- Atornilla objetos con rosca. 4.- Hace una pelota arrugando un papel. 5.- Dibuja figuras simples que se pueden reconocer (árbol, casa, niño). 6.- Recorta y pega formas simples (cuadrado, triángulo, círculo, ilustraciones de objetos familiares...).
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”100
PERCEPTIVO COGNITIVA
1 2 3 4 5 6 7 8 9
10
11 12
13
14 15 16 17 18 19 20 21
22
23 24 25
26
1 2 3 4 5 6 7 8 9
10
11 12
13
14 15 16 17 18 19 20 21
22
23 24 25
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1.- Escoje el número de objetos que se le piden de 1 a 5. 2.- Copia un triángulo cuando se le pide. 3.- Recuerda 4 objetos que ha visto en una ilustración. 4.- Dice el momento del día en relación con la actividad (noche-dormir, desayunar-por la mañana...) 5.- Dibuja la figura de un hombre (cabeza, tronco y extremidades). 6.- Junta símbolos (letras y números). LENGUAJE COMPRENSIVO
1.- Comprende el pasado. 2.- Dice si un sonido es fuerte o suave. 3.- Relaciona palabras con imágenes. 4.- Comprende el futuro. 5.- Recuerda hechos de una historia real. 6.- Discrimina palabras similares fonéticamente.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”101
LENGUAJE EXPRESIVO
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1.- Imita palabras articuladas correctamente. 2.- Utiliza frases de 5-6 palabras. 3.- Emplea el futuro al hablar. 4.- Emplea oraciones compuestas. 5.- Interviene en una conversación. 6.- Relata un cuento sencillo conocido, sin la ayuda de ilustraciones. AUTONOMÍA PERSONAL
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1.- Se lava las manos con supervisión y recordándoselo. 2.- Usa el pañuelo cuando lo necesita, recordándoselo. 3.- Va al water, tira de la cadena y utiliza el papel higiénico para limpiarse. 4.- Se sirve líquidos y los transporta sin vigilancia. 5.- Se quita el abrigo, la chaqueta... 6.- Abotona y desabotona todo tipo de botones. 7.- Se pone solo el abrigo, la chaqueta, etc. Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”102
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8.- Sabe donde están los materiales de clase y los coloca en su sitio, dá d en l el cuidado de la clase, 9.- Colabora recordándoselo. 10.- Abre y cierra puertas, cajones... 11.- Conoce las dependencias de su clase y sabe moverse por ellas. 12.- Hace recados sencillos dentro de su clase. 13.- Conoce algunas indicaciones peatonales: paso de cebra, etc. HABILIDADES DE INTERACCIÓN SOCIAL
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1.- Aporta ideas sobre las actividades a realizar. 2.- Sabe conseguir que los niños le busquen para jugar con él. 3.- Cuando juega con otro niño se deja mandar casi siempre. 4.- Es capaz de compartir los juguetes de clase. 5.- En la mayoría de las situaciones se mantiene aislado. 6.- Con frecuencia rompe las cosas de los demás. 7.- En general, es comunicativo, se expresa espontáneamente.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”103
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8.- Mantiene la mirada cuando se le habla. 9.- Expresa verbalmente lo que le preocupa. 10.- Provoca a los otros niños burlándose de ellos, insultándoles. 11.- Sabe defenderse cuando se meten con él. 12.- Sabe expresar verbalmente sus quejas. 13.- A menudo pega a los otros niños. 14.- Cuando no le agrada algo, es capaz de decir NO, sin lloriquear/enrabietarse. 15.- Es capaz de expresar lo que le gusta. 16.- Es capaz de preguntar sobre lo que no conoce. 17.- Intenta acaparar la atención del profesor. 18.- Es capaz de respetar los distintos turnos en la conversación.
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ESCALA DE
OBSERVACIÓN
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EDUCACIÓN
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ALUMNOS
¡Error! Marcador no definido.Á R E A S MOTORA GRUESA
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1.- Golpea un clavo con un martillo. 2.- Coge con una mano una pelota pequeña o bolsa de arena que se le lanza. 3.- Golpea con un palo, una pelota que rueda por el suelo. 4.- Recoge un objeto del suelo, mientras corre. 5.- Se mantiene en un pié, con los ojos cerrados, durante 10". 6.- Recorre 2 metros en línea recta, poniendo alternetivamente el talón de un pie contra la punta del otro. MOTORA FINA 1.- Traza una línea a través de un camino de un centímetro de ancho, sin salirse y sin levantar el lápiz del papel. 2.- Dobla los dedos y se toca uno por uno con el pulgar. 3.- Puede copiar letras minúsculas. 4.- Colorea sin salirse de las líneas, el 95% de las veces. 5.- Usa correctamente el sacapuntas. 6.- Dobla un papel cuadrado dos veces, diagonalmente, imitando al adulto. Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”105
PERCEPTIVO COGNITIVA 1.- Identifica la parte incompleta de un dibujo. 2.- Nombra los números del 1 al 10. 3.- Dice cual es su derecha y su izquierda. 4.- Realiza operaciones de clasificación, y seriación, atendiendo a dos criterios. 5.- Reconoce y utiliza los principales conceptos básicos espaciales y de cantidad. 6.- Suma y resta mentalmente combinaciones hasta 3. LENGUAJE COMPRENSIVO
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1.- Recuerda hechos de una historia oral. 2.- Responde a la pregunta “¿por qué?”, en una explicación. 3.- Comprende las explicaciones dadas por su profesor. 4.- Reconoce cosas absurdas en una narración. 5.- Comprende el significado del vocabulario básico de su nivel. 6.- Pregunta el significado de palabras nuevas o que no conoce.
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1.- Define palabras comunes. 2.- Relata experiencias diarias. 3.- Articula correctamente las palabras de su vocabulario básico. 4.- Emplea correctamente verbos irregulares (puse, quepo, anduvo, etc.). 5.- Emplea ayer - hoy - mañana, correctamente. 6.- Es capaz de mantener un diálogo. AUTONOMÍA PERSONAL 1.- Se lava las manos sin ayuda y sin recordárselo. 2.- Usa el pañuelo cuando lo necesita. 3.- Va al water utiliza el papel higiénico y tira de la cadena. 4.- Se abrocha y desabrocha el abrigo, sin recordárselo. 5.- Saca, recoge y archiva materiales de clase, sin recordárselo. 6.- Colabora en el cuidado de la clase. 7.- Conoce las dependencias de su colegio y sabe moverse por ellas. 8.- Hace recados sencillos dentro del colegio. 9.- Conoce las indicaciones peatonales (paso de cebra, semáforo...)
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1.- Sabe conseguir que los niños le busquen para jugar con él. 2.- Aporta ideas sobre las actividades a realizar. 3.- Cuando juega con otro niño se deja mandar casi siempre. 4.- Es capaz de compartir los juguetes de clase. 5.- En la mayoría de las situaciones se mantiene aislado. 6.- Con frecuencia rompe las cosas de los demás. 7.- En general, es comunicativo, se expresa espontáneamente. 8.- Mantiene la mirada cuando se le habla. 9.- Expresa verbalmente lo que le preocupa. 10.- Provoca a los otros niños burlándose de ellos, insultándoles. 11.- Sabe defenderse cuando se meten con él. 12.- Sabe expresar verbalmente sus quejas. 13.- A menudo pega a los otros niños. 14.- Cuando no le agrada algo, es capaz de decir NO, sin lloriquear /enrabietarse. 15.- Es capaz de expresar lo que le gusta. 16.- Es capaz de preguntar sobre lo que no conoce. Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”108
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17.- Intenta acaparar la atención del profesor. 18.- Es capaz de respetar los distintos turnos en la conversación.
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PSICOMOTRICIDAD - DESARROLLO MOTOR ¿Qué es? Dominio de los movimientos de las diferentes partes del cuerpo, en cuanto que precisa o comporta un control coordinado de los elementos responsables (Sistema Nervioso Central, Sistema Nervioso Periférico, Nervios, Músculos...) Estamos hablando de todos los procesos que tienen lugar desde la aparición de los movimientos reflejos innatos (etapa neonatal) que terminan con la adaptación del individuo al medio ambiente, el control del cuerpo y los movimientos. Podemos distinguir dos partes: − Integración del Esquema Corporal - Lateralización. − Conductas motrices de base. Implicaciones Educativas. Un desarrollo inadecuado del Esquema Corporal y de las Conductas Motrices de Base, limitan seriamente el desarrollo evolutivo del niño/a. Cuando hablemos de dificultades en Psicomotricidad nos vamos a referir a la recuperación de los procesos cognitivo - motores (psicomotrices), que no implican una alteración psiconeurológica importante. Para ello estarían los fisioterapéutas. Las actividades deben seguir los siguientes niveles:
Nivel Manipulativo Vivencial: Partir de una experiencia propia del niño o
provocada .
Nivel Oral: Verbalizar la experiencia.
Nivel Gráfico: Llevar la experiencia al espacio gráfico (fichas).
Nivel
Simbólico:
Representación
mental
de
la
experiencia.
Interiorización. Asociarla a diferentes conceptos. Utilizar el concepto, hacerlo propio. ¡¡¡ PRECAUCIÓN !!! ¡CUIDADO CON EL FICHISMO! Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”110
ESQUEMA CORPORAL
Concepto: Conocimiento inmediato que tenemos de nuestro cuerpo. A través de las sensaciones que llegan a nuestro cerebro, se elabora la imagen mental del cuerpo. Las leyes fundamentales del desarrollo del Esquema Corporal son dos: − Cefalocaudal: De arriba / abajo: cabeza, tronco, extremidades. − Próximo-distal: Del eje central del cuerpo hacia los elementos más lejanos ( hombro - brazo - mano - dedo). Etapa en la adquisición del Esquema Corporal: El Esquema Corporal se estructura a partir de tres grandes etapas: − De 0 a 3 años:
No diferencia el “yo” del mundo real que le rodea.
Íntimamente unido a la madre.
Cuna, suelo, gateo, andar.
−
De 3 a 7 años:
Inicia la conciencia del cuerpo diferenciando su “yo” del mundo.
Aumenta la discriminación perceptiva.
Adquisición de la lateralidad en sí mismo.
Representación analítico sintética del mundo (globalidad).
− De 7 a 11 años:
Integración del Esquema Corporal.
Representación mental del cuerpo en movimiento.
Pensamiento operativo: abstracción.
Partes gruesas y detalles en el Esquema Corporal: - Partes Gruesas: Aquellas que ocupan mayor espacio e importancia en la imagen corporal que el niño tiene de sí mismo en su mente. Son: cabeza, tronco, brazos, piernas, cara, ojo, Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”111
nariz, boca, oreja, pelo , cuello, pecho, espalda, culo, barriga, mano, pié, codo, rodilla, dedos. - Detalles: Aquellas que tienen una entidad menor en la imagen mental del propio cuerpo. El niño las capta más tardíamente: pestañas, cejas, párpados, mejillas, frente, barbilla, nuca, talón, pantorrilla, antebrazo, muslo, etc. Esquema Corporal Lateralizado: Conocimiento de las partes del cuerpo en relación con el eje de simetría vertical que divide al cuerpo en dos lados: derecho / izquierdo. Hacia los 6 años el niño tiene adquirido el esquema corporal en su propio cuerpo. La secuencia posterior es: propio cuerpo - espejo - en el otro - en los objetos. Implicaciones Educativas: Una inadecuada integración del Esquema Corporal puede dar lugar a multitud de problemas, pues las demás áreas madurativas van a depender a su vez del desarrollo e integración del Esquema Corporal. Evaluación: - Observación directa: reconocimiento en sí mismo y en el compañero. - A través del dibujo: normalmente se dibuja lo que se tiene interiorizado. - Utilización correcta en su discurso oral de las partes y detalles del E.C. - A través de fichas de seguimiento.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”112
LATERALIDAD Concepto: Predominancia funcional de una parte del cuerpo sobre la otra debido a una dominancia hemisférica. El hemisferio cerebral izquierdo controla los movimientos de la parte derecha del cuerpo; mientras que el hemisferio derecho controla los movimientos de la parte izquierda del cuerpo. Su conocimiento se adquiere a distintas edades:
En sí mismo, entorno a los 5 años.
Referida a los objetos, entorno a los 8 años.
En otras personas, entorno a los 10-11 años.
Tipos de Predominancia Lateral: − Dextralidad: predominio de mano, ojo y pie derecho (D,D,D). − Zurdería: predominio de mano, ojo y pie izquierdo (I,I,I). − Ambidextrismo: no se da una manifiesta dominancia. Se utilizan indistintamente manos, ojos, pies. − Lateralidad cruzada: dominancia de mano derecha, ojo izquierdo o viceversa. − Lateralidad no definida: aún no se ha logrado la dominancia de un lado sobre otro. El ambidextrismo y la lateralidad no definida, suelen darse en muchos niños antes de adquirir la lateralidad definida. Perturbaciones de la Lateralidad: −
Lateralidad Contrariada: generalmente zurdos obligados a ser diestros.
−
Falso zurdo o falso diestro: personas que por causas funcionales (accidentes, hipermetropía, etc) se ven obligados a la utilización del lado contrario al
dominante. Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”113
−
Ambidextrismo: es necesario que un lado tome la supremacía sobre el otro. − Lateralidad cruzada: es conveniente la lateralización del lado dominante sin forzar.
Implicaciones Educativas: Un desarrollo inadecuado de la lateralidad, puede ser causa de alteraciones espaciales, dificultades motrices, mentales y caracteriológicas o de personalidad. Evaluación: - Observación directa. -
Pruebas específicas.
CONDUCTAS MOTRICES DE BASE ¿Qué son? Son las que se refieren fundamentalmente al control y ejecución coordinada de los movimientos. Los movimientos que las conforman, pueden dividirse en: - Motricidad gruesa (macromotricidad): Todos aquellos movimientos que implican a las grandes masas musculares del cuerpo. Pueden dividirse en: a) Coordinación dinámica general. b) Equilibrio y control postural. - Motricidad fina: Todos aquellos movimientos que implican la puesta en marcha de pequeñas unidades musculares: a) No implican coordinación con los movimientos de los ojos. b) Coordinación visomotora: implican coordinación con los ojos. ¿Cómo se evaluan? - Observación directa. Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”114
- Pruebas ya mencionadas. Implicaciones educativas. Un inadecuado desarrollo de las conductas motrices de base, incide en una normal adaptación al medio, así como en todos los aprendizajes escolares. Dificultades motrices. 1.- Coordinación dinámica general: sistema de movimientos coordinados entre sí, que implican a las grandes masas musculares de nuestro cuerpo. 2.- Motricidad estática y postural: conjunto de habilidades que permiten a un individuo el control postural y de posiciones, así como el de los movimientos musculares necesarios para tensar-relajar los elementos corporales. 3.- Coordinación dinámica manual: parte de la coordinación dinámica general que implica el acompañamiento de la visión, con la ejecución del movimiento de la mano. 4.-Prensión y presión de objetos: la prensión, se refiere a la forma en que cogemos los objetos; la presión, a la fuerza que hacemos con nuestro cuerpo sobre un punto determinado. 5.- Ritmo respiratorio: De un adecuado ritmo dependen en gran medida casi todas las actividades que exijen un mínimo de esfuerzo. 6.- Relajación: Es la llave de muchos aprendizajes, sobre todo de aquellos que tienen que ver con la motricidad. Se necesitan unos niveles mínimos de relajación para acceder a cualquier tipo de movimientos. Gran importancia, su influencia en la atención, imprescindible en cualquier aprendizaje. ¿Cómo se trabajan? - Seguir los niveles generales para el desarrollo psicomotriz. - Sesiones diarias de 15 a 20 minutos. - Comenzar y finalizar con ejercicios de relajación. - Partir de la propia experiencia del alumno. - No acelerar los procesos de adquisición de las habilidades motoras. - Reforzar con actividad lingüistica los movimientos. Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”115
- Respetar la siguiente secuencia: a) Ejecución libre del movimiento. b) Imitación de movimientos. c) Realización de movimientos obedeciendo órdenes orales. - Todo el cuerpo - brazo - mano - dedos. MEDIOS Y RECURSOS – PSICOMOTRICIDAD - Trastornos psicomotores en el niño. Bucher. Ed. Toray-Massón. - Progresint, educación infantil nº 7. Ed. CEPE. - Psicomotricidad y educación infantil. Ed. CEPE. - Manual de reeducación psicomotriz. 3 tomos. Editorial Médico Técnica. - P.D.I. Tomo I. - Método Cemedete: * Desarrollo corporal. * Esquema corporal. Ed. ALIND. - Guía Portage. - Grafomaduración. - Educación Psicomotriz y retraso mental. Picq y Vayer. - Trastornos psicomotores en el niño. H. Bucher. - Madurez escolar. Cepe.
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PERCEPCIÓN ¿ Qué es ?. Percepción es la recogida de sensaciones externas e internas y posterior interpretación por parte del cerebro, en función de la experiencia, intereses y necesidades del sujeto que percibe. Bases Fisiológicas. - Estimulación sensorial. - Transmisión sensorial. - Proyección cortical. - Respuesta. Tipos de Percepciones. - Visual. - Auditiva. - Olfativa. - Gustativa. - Táctil. - Espacio-temporal.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”117
PERCEPCIÓN
VISUAL
¿ Qué es ? Facultad de reconocer y discriminar los estímulos visuales y de interpretarlos, asociándolos con experiencias anteriores. No debemos confundir Percepción Visual con capacidad de visión. Frostig manifiesta que en la Percepción Visual intervienen varios factores: - Coordinación visomotora. - Constancia perceptual: forma, tamaño, color, posición. - Discriminación figura-fondo. - Posiciones espaciales: uno mismo. - Relaciones espaciales: unos con otros. - Memoria visual: inmediata y mediata. Implicaciones Educativas. Su periodo de desarrollo va de los 3,5 a los 7,5 años. - Causas del retraso madurativo en Percepción Visual:
Disfunción del Sistema Nervioso.
Trastornos emocionales: atención, motivación.
Ambiente socioeconómico y cultural pobre.
- Sintomatología:
Poca destreza con los objetos: no atrapan bien, rompen.
Retraso en Lectoescritura y Matemáticas. Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”118
Les resulta muy dificil copiar.
Tendencia a confundir signos similares: 6-9, p-b, 24-42.
Recortan, doblan mal.
Suele aparecer angustia ante los fracasos.
Evaluacion - Observación directa. - Pruebas específicas. Medios y Recursos. - Medio rico en estimulación de todo tipo. - Actividades de carácter multisensorial: que intervengan todos los sentidos posibles. - Actividades integradas especialmente con lenguaje y motricidad. - Graduar las actividades: adaptarlas al alumno. Entre los materiales que pueden ser utilizados podemos destacar: - P.D.I. tomo I - Factores madurativos. EPOE. - Programas de recuperación y refuerzo. EPOE. - Figuras y formas. Frostig,M. - Fichas de recuperación de Percepción Visual. - Actividades adiestradoras de las funciones mentales superiores. González Mas, R - Arco y miniarco. - Láminas, objetos diversos... - Juegos de memoria. - Progresint Educación Infantil nº. 1,4,5. - Madurez Escolar. Cepe
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PERCEPCIÓN
AUDITIVA
¿ Qué es ? Capacidad que permite el reconocimiento, la discriminación y la interpretación de los estímulos auditivos, asociándolos a las experiencias anteriores del sujeto. No debemos confundir percibir auditivamente con oir. Subcampos que conforman la Percepción Auditiva: - Discriminación auditiva. - Constancia auditiva. - Integración auditiva. - Memoria auditiva. Implicaciones Educativas. - Dificultades en la comprensión y expresión oral y escrita. - En el lenguaje oral aparecen dislalias, sustituciones, omisiones e inversiones. - En el lenguaje escrito problemas de disortografía (se escribe lo que se oye). Evaluación. - Carencias graves: se debe acudir al especialista (Otorrino). - Carencias leves:
No diferencian sonidos comunes de la naturaleza.
No diferencian, ni reconocen fonemas aislados en palabras o sílabas.
No comprenden la información recibida en el discurso hablado.
Prueba del cuchicheo.
Presencia del Orientador.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”120
Medios y Recursos. - Partir tanto de las características evolutivas, como socioculturales del niño. - Hablarle claro y bien. - Utilizar el ritmo como un elemento esencial. Entre los materiales que se pueden utilizar podemos destacar: - P.D.I. tomo I - Factores madurativos. EPOE. - Entrenamiento auditivo y lectura. - Fichas de discriminación auditiva. Inés Bustos. - Cuadernos de recuperación. Cepe. Escuela Española. - Instrumentos de percusión. - Magnetófono, etc. - Madurez Escolar.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”121
PERCEPCIÓN
E S P A C I O-T E M P O R A L
Desde el nacimiento, a través de la actividad motriz, el niño va a ir adquiriendo primero el dominio del espacio y, posteriormente, el dominio del tiempo. A ambas cosas es lo que vamos a denominar Estructuración Espacial y Estructuración Temporal. ESTRUCTURACIÓN ESPACIAL ¿ Qué es? Es la capacidad humana que permite organizar, estructurar y orientarse en el espacio. No es un tipo de percepción, sino el resultado de percepciones visuales, auditivas y cinestésicas. En el desarrollo de la Estructuración Espacial pueden intervenir varios factores: - Integración del esquema corporal: relaciones espaciales. - Percepción visual y auditiva. - Operaciones lógicas del pensamiento: relaciones espaciales sujetoobjeto. - Lenguaje: simbolismo. Como dificultades y aspectos a distinguir en la Estructuración Temporal destacamos: - Orientación: arriba-abajo, izquierda-derecha, antes-después... - Organización: posiciones de los objetos (respecto a uno mismo, en el espacio físico y en el espacio gráfico). - Estructuración: Ordenación y constancia perceptual. Evaluación. - Observación directa. - Pruebas específicas
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”122
Medios y Recursos. - Espacio inmediato: actividades de forma vivencial y manipulativa sobre el propio cuerpo. - Espacio circundante: actividades sobre los objetos. - Espacio gráfico: actividades en pizarra, cuaderno,... Entre los materiales que podemos utilizar destacamos: - PDI tomo I - Factores madurativos y dificultades en aprendizajes básicos. EPOE. - Fichas de Orientación Espacial. Cepe. Escuela Española. - Dominó: Orientación Espacial. - Ejercicios test de Bohem. - Ejercicios temporales. - Reforzamiento de la atención. - Madurez Escolar. Cepe.
ESTRUCTURACIÓN TEMPORAL
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”123
¿ Qué es? Es la capacidad de situar sucesivamente hechos, objetos y pensamientos. Su desarrollo es más lento que el de la Estructuración Espacial. Se da a partir de los 4 años, y en él intervienen los mismos factores que en la Estructuración Espacial. La Estructuración Temporal influye en dos tipos de aprendizajes básicos: - Estructuración rítmica: Es la interiorización perceptivo-motriz del tiempo. - Ordenación temporal: Es la asimilación cognitiva del tiempo a tres niveles:
Nociones básicas temporales: antes-después-ahora.
Formas
socializadas
de
tiempo:
mañana-tarde-noche-día-
semana.
Formas abstractas del tiempo: tiempo histórico.
Evaluación. - Observación directa. - Pruebas Específicas. Medios y recursos. Actividades de ritmo, conceptos básicos y nociones socializadas. Se debe completar con actividades psicomotoras, perceptivas, de lenguaje y lógica.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”124
LENGUAJE CONCEPTO DE LENGUAJE El lenguaje es un instrumento de comunicación y una función compleja que permite expresar y percibir estados afectivos, conceptos e ideas por medio de signos auditivos o gráficos. El lenguaje está fundado en la asociación arbitraria de un significado (contenido semántico) y un significante ( imagen acústica). La unidad resultante es el signo lingüístico. Por tanto, para poder establecer la comunicación se necesita que hablante y oyente acepten los mismos símbolos para los mismos objetos y que la combinación de estos símbolos se efectúe según unas reglas. COMPONENTES DEL LENGUAJE ORAL −
Fonemas o elementos sonoros: a través de los cuales podemos diferenciar los significados de las palabras. Se agrupan formando sílabas y éstas a su vez se agrupan formando palabras.
− Componentes morfosintácticos: son las palabras en sí mismas y su organización en frases. − Componentes semánticos: referido al significado que tienen las palabras (léxico y vocabulario) y cómo ( de qué forma) se organizan esos significados en la mente de los hablantes cuando forman una oración. − Componentes pragmáticos: regula la comunicación oral adaptándola a las circunstancias ambientales, se refiere al modo en que se hace que la estructura del lenguaje varíe, dependiendo de la situación en que se utiliza. ADQUISICIÓN Y DESARROLLO El proceso de adquisición del lenguaje en el niño solo puede seccionarse en etapas claramente diferenciadas a efectos metodológicos, ya que es un proceso escalonado, ininterrumpido. Este proceso se encuentra íntimamente relacionado tanto con el desarrollo cognitivo del individuo como con las relaciones afectivo sociales que le rodeen. Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”125
LENGUAJE COMPRENSIVO Es importante tener en cuenta que la comprensión va por delante de la expresión, el niño no va a poder expresar algo que previamente no comprenda. − Hacia el mes el niño responde al estímulo sonoro diferenciado entre vocales y otros sonidos. − A los 2 ó 3 meses es capaz de comprender la emoción en las frases que escucha, aunque no las entienda. También distingue voces familiares. − A los 5 ó 6 meses diferencia la información lingüística según la entonación pero no los fonemas. Empieza la asociación entre el concepto y el objeto. − Entre el año y los 2 años se produce la comprensión de los primeros conceptos abstractos, no sólo asocia objetos concretos que puede ver, sino también las cualidades de dichos objetos y las órdenes. − Entre los 2 y 4 años se produce la consolidación y ampliación de los aprendizajes anteriores. A partir de los 2 años el niño es capaz de comprender lo bastante bien como para responder correctamente a dos entre seis órdenes simples, tales como, <dame el gatito> o <pon la cuchara en la taza>, una vez que los objetos se han colocado en la mesa ante él. Después va obedeciendo órdenes más complejas, siguiendo esta secuencia: − Verbo + objeto o sustantivo. − Verbo + sustantivo + adjetivo. − Verbo + 2sustantivos unidos por “y”. − Verbo + objeto de pertenencia <de> − Verbo + sustantivo con adjetivos posesivos. − Ordenes complejas que incluyan secuencias en el orden dado. − Órdenes que impliquen más de dos acciones. Cuando el niño llega al preescolar el vocabulario comprensivo es mayor que el expresivo. Existe una situación parecida a la de un adulto cuando aprende una lengua extranjera. Con todo, al ingresar el niño en la escuela, normalmente tiene un vocabulario pasivo o comprensivo lo bastante grande o amplio como para comprender las instrucciones que le dan las persona no familiares, comprender el Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”126
significado de historias que le lean y distinguir los parecidos y las diferencias con palabras sencillas LENGUAJE EXPRESIVO ETAPA PRELINGÜÍSTICA Durante las primeras semanas de vida el bebé sólo emite gritos y lloros no diferenciados. Posteriormente el tono, ritmo y entonación de los gritos hacen distinguir sus necesidades. Hacia el tercer mes van apareciendo vocalizaciones. Después se da una especie de diálogo vocal con el adulto. A los 10 meses emite algunas sílabas y comprende algunas palabras familiares. Las vocalizaciones y sílabas empiezan a adquirir algunas características del lenguaje adulto (entonación, ritmo y tono), también se irá comunicando mediante gestos, mímica reforzada por gritos, llantos, risas u otro tipo de sonidos. El niño considera la palabra de la madre como gratificante y es capaz de diferenciar la mímica que le acompaña como de enfado o de alegría. ETAPA LINGÜÍSTICA. a) la primera palabra: la primera palabra que emite un niño no es más que una subjetividad, pues quien le da significación es el adulto y no el niño. Tiene lugar entre los nueve y trece meses. Se da porque el niño es capaz de reduplicar sílabas constituidas por las consonantes con mayor facilidad de emisión junto con alguna vocal. b) etapa holofrásica: a los 18 meses aproximadamente las palabras pasan a ser “holofrases”, es decir, que una sola palabra acompañada de gestos va a hacer función de frase. c) habla telegráfica:alrededor de los 2 años aparece el lenguaje telegráfico, el niño es capaz de unir dos palabras con significado (sustantivo y verbo). Posteriormente aparecen frases con tres elementos que poseen la estructura nombre+verbo+nombre. Añade los artículos a los nombres. Su vocabulario pasa a ser de más de 10 palabras. Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”127
d) expresión gramatical propiamente dicha: − De 2´5 a 3 años. Se producen avances rápidos, tanto cualitativa como cuantitativamente. El vocabulario aumenta apresuradamente. La estructura de la frase se va haciendo cada vez más compleja, dicha complejidad se manifiesta en los siguientes aspectos:
Aparecen frases coordinadas.
Aumenta el uso del género y el numero.
Utiliza pronombres personales en singular.
Utiliza artículos determinados.
Utiliza adverbios de lugar.
− De 3 a 3´5 años, se dan los siguientes aspectos:
Aparecen las subordinadas con “pero” y “porque”.
Aparecen las comparativas “más... que.”.
Aparecen las de relativo con “que”.
Se inicia el uso de los auxiliares “ser” y “haber”.
Aparecen las perífrasis de futuro, Ej: “voy a comer”.
− De 3´5 a 4´5 años se va produciendo un progresiva eliminación de errores sintácticos y morfológicos y se van incorporando estructuras pasivas. Aumenta el empleo de adverbios de tiempo y utilizan con mayor corrección mayor número de tiempos verbales. − De 4´5 años en adelante el niño va aprendiendo estructuras sintácticas más complejas (pasivas, condicionales, circunstanciales de tiempo....) Asimismo va perfeccionando las estructuras conocidas. Igualmente va empezando a notar los diferentes efectos que puede tener una lengua (lenguaje figurado, chistes, refranes, etc) TRASTORNOS MÁS FRECUENTES EN LA EDAD PREESCOLAR Retraso simple del lenguaje Se trata de un desfase cronológico del conjunto de los componentes del lenguaje (fonética, vocabulario, sintaxis) en un niño que no presenta alteraciones evidenciables ni a nivel mental, ni sensorial, ni motor, ni relacional. Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”128
El cuadro de retraso simple del lenguaje se ve acompañado con frecuencia, aunque no siempre, de un ligero retraso psico-motor, de retraso en la expresión gráfica y en el establecimiento de la dominancia lateral. La dislalia La dislalia es un trastorno en la articulación de los fonemas (incluso en repetición de fonemas aislados) bien por ausencia o alteración de algunos sonidos concretos o por la sustitución de éstos por otros, en un sujeto mayor de 4 años. Si bien existen fonemas como la /rr/ y los sinfones que se consiguen en muchos casos más tardíamente. Inmadurez articulatoria Es la dificultad para pronunciar correctamente determinados sonidos ordenados en palabras y frases a pesar de una correcta pronunciación de fonemas y sílabas aislados, después de los 4 años. No es el fonema en sí lo que plantea problemas al niño sino su ordenación y diferenciación dentro de las palabras. De esta forma, la expresión espontánea de estos niños presenta: omisiones de fonemas o de sílabas enteras; confusiones y sustituciones de fonemas; duplicaciones de sílabas /(títate/ por /quítate/); inversiones silábicas (/tefélono/ por /teléfono/). La inmadurez articulatoria suele desaparecer con el tiempo, ya que se trata fundamentalmente de un desfase cronológico. La tartamudez o disfemia Es una perturbación del habla y de la comunicación social por una descoordinación de los movimientos fono-articulatorios y la presencia de espasmos musculares en distintos puntos de la cadena productora del habla. Los síntomas suelen aparecer entre los 3 y 4 años y van aumentando generalmente hasta la edad adulta con posibles periodos de remisión e, incluso, de desaparición. Pero es preciso no confundir este trastorno con un fenómeno mal llamado <tartamudez evolutiva> que se refiere a las pausas, repeticiones de sílabas y palabras típicas de ciertos niños de 3/4 años que no encuentran sus palabras con la suficiente rapidez. Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”129
CONDUCTA DEL MAESTRO/A FRENTE A LOS NIÑOS CON TRASTORNOS En los casos de retraso del lenguaje La ayuda del educador se centrará sobre todo en proporcionar el mayor número posible de situaciones de diálogo al niño, sea con el adulto, sea con un grupo reducido de niños, insistiendo en que la familia haga lo mismo en casa. No se debe preocupar demasiado por el contenido o el tipo de palabras que debe emplear con el niño. Los importante es que el niño pueda iniciar la conversación, hacer preguntas... y disponer de un interlocutor abierto a seguir sus intereses y a brindarle, a través de sus respuestas, modelos ricos y correctos. La situación óptima es la de atención conjunta: mirar y comentar libros con imágenes, juegos didácticos, juegos de simulación de la vida cotidiana con muñecos y cacharros. También son muy recomendables el aprendizaje lúdico de canciones, retahílas... Durante las actividades colectivas, se procurará incitar su participación, situarlo en sitios privilegiados, protegerlo de la <invasión> de los niños más habladores y controlar periódicamente su comprensión de nuestras explicaciones. El niño que presenta dislalia En grupo, no se debe llamar la atención del niño sobre su trastorno ni hacerle repetir las palabras mal pronunciadas: se debe intentar también controlar la posibles reacciones negativas de los demás niños. En momentos individuales, se puede intentar ayudarle: si no se consiguen resultados casi inmediatos, es mejor orientarle hacia una reeducación especializada (después de los 5 años) y seguir las orientaciones del terapeuta. El niño que habla mucho pero no se le entiende nada (inmadurez articulatoria)
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”131
A corta edad no es necesariamente patológico: es la madurez articulatoria lo que no se desarrolla al mismo tiempo que las demás funciones del lenguaje. Lo importante es que esto no provoque una inhibición de lo que es fundamental: la comunicación. Por ello será preciso esconder nuestra incomprensión: es posible generalmente adivinar el contenido global del mensaje por el contexto, la mímica, los gestos. Se le puede hacer repetir, fingiendo la distracción: <perdona pero no te he oído...> Si a pesar de esto resulta difícil entenderle, tendremos que jugar el papel de la comprensión lo mejor posible. En caso de tartamudez Es contraproducente interrumpir, corregir, hacer repetir y anticipar lo que nos va a decir un tartamudo. Tampoco hay que alabarlo cuando habla normalmente: es recordarle su trastorno y acababa de haber conseguido olvidarlo. Nuestra tarea consiste en formar a su alrededor un clima de confianza y de comprensión permisiva. Es importante evitar que se produzca o se agrave un sentimiento de inferioridad frente al grupo y habrá que eliminar, por lo menos al principio, situaciones demasiado difíciles (recitar, contestar... delante del grupo).Muchos ejercicios de psicomotricidad y dinámica le serán muy provechosos, así como el canto. El educador intentará transmitir esa orientación a la familia, muchas veces excesivamente centrada en los síntomas del niño. CONCLUSIONES: De la observación de la EVOLUCIÓN NORMAL DEL NIÑO, resulta que es MUCHÍSIMO
MÁS
IMPORTANTE
SABER
ESCUCHAR
Y
CONTESTAR
ADECUADAMENTE al niño que realizar muchos intentos de enseñarle contenidos , ya que el lenguaje es una función que asimila el niño de forma natural.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”132
En general, se consideran los años comprendidos entre DOS Y CUATRO como la época en la que el niño adquiere PROGRESIVAMENTE la correcta capacidad articulatoria de su lengua materna. El RITMO
de adquisición suele ser BASTANTE VARIABLE y se considera
normal encontrar DIFICULTADES
para las SÍLABAS COMPLEJAS ( bla, per, fri,
gru...etc) hasta los CINCO AÑOS y para la pronunciación correcta de la /RR/ hasta los SEIS Ó SIETE. BIBLIOGRAFÍA PARA TRABAJAR ESTOS ASPECTOS − “El niño que habla”. M.Monfort. Edit. CEPE − “CICERÓN. Programa para la adquisición y desarrollo de la capacidad articulatoria”. Mª Paz Seivane Cobo. Edit. CEPE. − “Prevención de las dislalias”. Esther Pita. Edit. Escuela Española. − “Juegos de lenguaje”. Carmen Pardal. Ediciones Nueva España.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”133
ÁREA
LÓGICO - MATEMÁTICA
¿ Qué es? El área Lógico-Matemática tiene por objeto el desarrollo del razonamiento lógico y operaciones mentales necesarias para que el niño aborde con éxito la adquisición de las nociones de cantidad, medida y número. Las matemáticas consisten en operar con las cantidades, las cuales se han formado por operar con los objetos. Esta operación ha de tener un final práctico: la medida. A la noción de cantidad se llega cuando se establece una relación mental entre los objetos. El origen del conocimiento lógico-matemático es el propio niño que debe construir y desarrollar relaciones mentales entre los objetos. Debe manipular objetos de todas las formas posibles y establecer todas las relaciones de que sea capaz. Implicaciones educativas. La construcción del número conlleva un proceso de operaciones mentales que son evolutivas y hay que ayudar a su consecución. Estas son: − Reversibilidad: propiedad del pensamiento operatorio (Piaget). Hay dos tipos: − Negativa o inversión: capacidad para deshacer una acción realizando la opuesta. Ej: transformar una bola de plastilina en un objeto y volver a la bola. − De reciprocidad o compensación: capacidad para ejecutar una segunda condición, que compensa a una condición anterior, sin necesidad de deshacerla; es decir, la capacidad para la comprensión. Ej: relaciones existentes entre altura-anchura-longitud de un cuerpo (volumen). − Inclusión: una cosa dentro de otra. − Transitividad: ARB y BRC = ARC Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”134
− Conservación: capacidad para comprender que las cantidades permanecen constantes a pesar de las transformaciones que sufren. Entre las actividades mentales necesarias para favorecer el desarrollo lógicomatemático podemos destacar:
Exploración del espacio y primeras experiencias topológicas.
Actividades de clasificación
Actividades de seriación.
Actividades de conceptos básicos lógico- matemáticos.
Actividades de transformación.
Actividades de conservación.
Actividades de reversibilidad.
Experiencias madurativas que el niño debe trabajar:
Formas
Colores
Dimensiones
Posiciones
Tiempos
Conceptos Básicos y cuantificadores
Operaciones
lógicas:
clasificación,
seriación,
inclusión,
correspondencia, transformación, conservación, reversibilidad.
Cantidades
Numeración
3.- Evaluación. - Observación directa - Pruebas específicas
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”135
4.- Medios y recursos - Progresint Educación Infantil. Nº 2, 3 y 6. - PDI Tomo 1 - Factores Madurativos y Dificultades en aprendizajes básicos. EPOE. - Guía Portage. - Grafomaduración. - Madurez Escolar. - Introducción a los Conceptos Básicos Matemáticos. Escuela Española. - Pensar y Calcular para 4-5 años. Seco Olea.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”136
ÁREA AFECTIVO – SOCIAL ¿Qué es? La afectividad es el conjunto de elementos emocionales , sentimentales y sociales que configuran la vida de relación con el medio. El fundamento de la afectividad está en la experiencia del propio cambio que nosotros vivenciamos en forma de agrado o desagrado. Placer y dolor, constituyen las notas afectivas cualitativas. La afectividad es el aspecto más fundamental de la vida psíquica y base a partir de la cual se forman las relaciones interhumanas y todos los lazos que unen al individuo con su medio. Es imprescindible para el desarrollo psicológico normal de un individuo, factor básico de equilibrio y bienestar emocional de la persona. Todas las experiencias vividas, tanto las agradables y placenteras como las desagradables y dolorosas, conforman el campo emocional y sentimental del individuo. La naturaleza de este campo emocional va a determinar todo el sistema de relaciones personales y sociales de cada persona y van a configurar su afectividad. Implicaciones Educativas. La falta de afecto produce en el niño un retraso considerable, tanto en su desarrollo físico como mental. Dentro del ámbito afectivo - social del desarrollo infantil, vamos a distinguir dos niveles: 1.- Afectivo Personal: relación que un individuo establece consigo mismo. Aspectos que configuran este ámbito: control y equilibrio emocionales y expresión sentimental. Hábitos de vestido, higiene, sueño y alimentación. Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”137
Reconocimiento de diferencias interpersonales, aceptación de limitaciones personales, valoración positiva de uno mismo. 2.- Socio - Afectivo: relación que un individuo establece con otros, vida de relación social. Aspectos que configuran este ámbito: aceptación de las relaciones con los padres, madres y hermanos. Asunción de tareas en el círculo familiar. Adaptación escolar y relación con los iguales. La educación del campo afectivo corresponde esencialmente al medio familiar. La escuela puede ayudar a que ciertos elementos se desarrollen más o menos adecuadamente. Los problemas afectivos tienen sus raíces en el ámbito familiar. La relación escuela - familia, padres - tutor, es esencial para un armónico desarrollo del campo afectivo - social. De entre los aprendizajes básicos de carácter universal que podemos considerar de este ámbito, desde la perspectiva escolar deben enfocarse todos ellos al logro del mayor grado de autonomía personal y al establecimiento de unas relaciones de dependencia - independencia con los que conforman el círculo social en que se desarrolla. En el desarrollo afectivo pueden surgir dificultades y trastornos en todos y cada uno de los aprendizajes señalados anteriormente como consecuencia de disfuncionalidades entre el individuo y el medio en que se desarrolla. Alteraciones en el campo afectivo-social.
Problemas de atención, percepción.
Bajo nivel de autoestima.
Alteraciones de la conducta.
Inhibición , aislamiento, retraimiento, sometimiento, etc. Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”138
Rebeldía, descaro, desobediencia, agresividad, etc.
Como consecuencia de estas alteraciones suelen derivar situaciones de fracaso escolar. Evaluación. - Observación directa de las manifestaciones conductuales del niño/a. - A través de documentos de registro elaborados para tal fin tanto para la familia como para el colegio. Es importante contrastar los resultados de ambos Medios y Recursos. Los recursos que se utilizarán para intervenir en las dificultades afectivas, serán Programas de Apoyo, porque es imposible establecer un programa de refuerzo o reeducación en una dificultad afectiva sin el diagnóstico individual de cada caso. La mayor parte de los programas están destinados a la reducción y/o eliminación de las conductas que consideramos inadecuadas. El ámbito de aplicación de los programas y de las actividades que se diseñen, se deben llevar a cabo en el ámbito familiar, sin cuya realización, los objetivos que nos planteemos tienen muy pocas posibilidades de lograrse. Con carácter general, se pueden utilizar en este campo los siguientes recursos: - Guía Portage. - Actividades de grafomaduración. - PDI Tomo II. - Desarrollo de habilidades sociales de 3 a 6 años. Visor. - La escuela infantil de 0 a 6 años. Anaya.
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”139
BI B L I O G R A F Í A 9 Colección de materiales curriculares para la Educación Infantil en Andalucía. CEJA. 9 Desarrollo psicológico y educación, 3t. Varios autores. Alianza. 9 Manual para la confección de Programas de desarrollo Individual. Varios autores. E. O. S. 9 Tratamiento educativo: factores madurativos y dificultades en aprendizajes básicos. E.P.O.Es de Cádiz. CEJA. 9 LOGSE ANDALUCÍA: Educación Infantil y Primaria. E.D.U.C.A. Delegación provincial de educación y Ciencia. Cádiz. 9 Normas básicas sobre evaluación en Educación Infantil y Educación Primaria. CEJA.
“Equipo de Orientación Educativa: Sierra II” Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”140
Equipo de Orientación Educativa: “Sierra II”141
Orden de 12 de junio de 2007, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se establece el horario y la distribución de las áreas de conocimiento en la Educación primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. El Decreto 68/2007, de 29 de mayo, establece y ordena el currículo de la Educación primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha (DOCM Nº 116, de 1 de junio), de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación primaria. El citado Decreto contempla, en su artículo 8, que corresponde a la Consejería competente en materia de educación establecer el horario que, con carácter ordinario, se ha de llevar a cabo en todos los centros docentes. Establece asimismo, en el desarrollo de los artículos 120.4 y 121.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que los centros docentes podrán adoptar experimentaciones, planes de trabajo, formas de organización y compromisos educativos con familias o tutores legales de acuerdo con los criterios y procedimientos que determine la Consejería competente en materia de educación. Procede, por tanto, establecer el horario de todos los centros docentes que imparten las citadas enseñanzas y definir el marco de referencia y el procedimiento para que los centros docentes puedan, si es esa su voluntad, aprobar un horario específico que responda a las intenciones y necesidades establecidas en su Proyecto educativo. Por ello, de acuerdo con las competencias atribuidas a la Consejería de Educación y Ciencia por el Decreto 88/2004, de 11 de mayo, modificado por el Decreto 67/2006, de 26 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica, DISPONGO: Primero. Objeto y ámbito de aplicación. La presente Orden tiene como objeto establecer el horario semanal y la distribución de las áreas en los ciclos de la Educación primaria, y será de aplicación en todos los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha que imparten esta etapa. Segundo. Horario. 1. El horario semanal de los centros docentes que imparten las citadas enseñanzas será, con carácter ordinario, de veinticinco horas incluyendo el tiempo del recreo, y se ajustará a lo establecido en el Anexo I. 2. El profesor tutor o la profesora tutora incorporará dentro del horario que comparte con el grupo de alumnas y alumnos un tiempo semanal para desarrollar las tareas propias de orientación y seguimiento del conjunto del proceso de enseñanza y aprendizaje del mismo. Tercero. Autonomía de los centros. 1. Los centros docentes, en el ejercicio de las competencias recogidas en el artículo 129.b de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, a propuesta del equipo
directivo, previa aprobación por la mayoría cualificada de dos tercios de los miembros del Claustro de profesores y con la ratificación del Consejo escolar, podrán adoptar un horario propio de acuerdo con el límite mínimo y máximo semanal para cada una de las áreas que se recoge en el Anexo II. Esta decisión será adoptada, en su caso, antes del comienzo de las actividades lectivas del año académico que se inicia y dentro de la jornada escolar que el centro tenga autorizada. 2. Excepcionalmente, los centros docentes podrán proponer la revisión y, en su caso, la modificación de los horarios a lo largo del curso en función de las necesidades específicas de aprendizaje del alumnado y respetando, en todo caso, lo establecido en el artículo 2.7 del Decreto 68/2007, de 29 de mayo, por el que se establece y ordena el currículo de la Educación primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. 3. Asimismo, los centros docentes podrán ampliar el horario escolar de acuerdo con lo establecido en los artículos 120.3 y 4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Cuarto. Implantación de la segunda lengua extranjera y Secciones europeas. Los centros docentes que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 120.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, incorporen una segunda lengua extranjera obligatoria en el tercer ciclo de la etapa o desarrollen programas bilingües ajustarán su horario a lo establecido en el Anexo III. Quinto. Implantación del Plan de Lectura de Castilla-La Mancha. Los centros docentes públicos y privados concertados podrán anticipar y generalizar el Plan de Lectura al segundo y/o tercer ciclo e incorporar la hora de lectura a partir del curso 2007-2008. Los centros docentes que así lo acuerden adoptarán tal decisión de acuerdo con el procedimiento establecido en la disposición tercera de esta Orden y se ajustarán a lo establecido en la Orden de 23 de febrero de 2006, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se convocan proyectos que permitan ampliar el número de centros educativos de titularidad pública de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha que implantan el Plan de Lectura en el curso 2006-2007, y en la Orden de 23 de febrero de 2006, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se convocan proyectos que permitan ampliar el número de centros educativos de titularidad privada sostenidos con fondos públicos de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha que implantan el Plan de Lectura en el curso 2006-2007. Sexto. Desarrollo. La implantación de los horarios recogidos en esta Orden, salvo en los casos que contempla la disposición anterior, se ajustará a lo establecido en la Disposición transitoria primera del Decreto 68/2007, de 29 de mayo, por el que se establece y ordena el currículo de la Educación primaria en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
Disposición final. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Toledo, 12 de junio de 2007 El Consejero de Educación y Ciencia.
José Valverde Serrano
Anexo I. Horario escolar ordinario.
Conocimiento del medio natural, social y cultural Educación artística Educación física Lengua castellana y literatura Lengua extranjera Matemáticas Educación para la ciudadanía y los derechos humanos Religión Lectura Recreo Tiempo máximo total por cursos
Primer Ciclo 1º 2º 3 3 2 2 3 3 5 5 3 3 4 4 1,5 1,5 1 1 2,5 2,5 25 25
Segundo Ciclo Tercer ciclo 3º 4º 5º 6º 3 3 3 3 2 2 2 2 2 2 2 2 5 5 4 5 3 3 3 3 5 5 4 5 2 1,5 1,5 1,5 1,5 1 1 1 1 2,5 2,5 2,5 2,5 25 25 25 25
Anexo II. Primer Ciclo Segundo Ciclo Tercer ciclo Mínimo Máximo Mínimo Máximo Mínimo Máximo Conocimiento del medio natural, social y cultural Educación artística Educación física Lengua castellana y literatura Lengua extranjera Matemáticas Educación para la ciudadanía y los derechos humanos Religión Lectura Recreo Tiempo máximo total por ciclos
6
8
5
8
5
8
4 4 10 4 8
6 6 12 6 10
4 4 10 6 8
6 6 12 8 10
4 4 8 6 8
6 6 10 8 10
-
-
-
-
2
2
3 2 5
3 2 5
3 2 5
3 2 5
3 2 5
3 2 5
50
50
50
Anexo III. Primer Ciclo Segundo Ciclo Tercer ciclo Mínimo Máximo Mínimo Máximo Mínimo Máximo Conocimiento del medio natural, social y cultural Educación artística Educación física Lengua castellana y literatura Primera Lengua extranjera Segunda Lengua extranjera Matemáticas Educación para la ciudadanía y los derechos humanos Religión Lectura Recreo
5
8
5
6
5
6
3 4 9 3 2 5
5 5 10 4 2 8
3 3 8 4 3 6
5 5 10 6 4 8
3 3 8 4 3 6
5 5 8 6 4 8
2
2
3 2 5
3 2 5
3 2 5
3 2 5
3 2 5
3 2 5
Primer Ciclo Segundo Ciclo Tercer ciclo Mínimo Máximo Mínimo Máximo Mínimo Máximo Conocimiento del medio natural, social y cultural Tiempo máximo total por ciclos
5
8 50
5
6 50
5
6 50
BOE núm. 149
Viernes 22 junio 2007
I.
Disposiciones generales
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CIENCIA 12301
27049
ORDEN ECI/1845/2007, de 19 de junio, por la que se establecen los elementos de los documentos básicos de evaluación de la educación básica regulada por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, así como los requisitos formales derivados del proceso de evaluación que son precisos para garantizar la movilidad del alumnado.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 6.2 y en relación con los objetivos, competencias básicas, contenidos y criterios de evaluación del currículo, establece que el Gobierno fijará los aspectos básicos del currículo, que constituyen las enseñanzas mínimas, con el fin de garantizar una formación común a todo el alumnado y la validez de los títulos correspondientes. Las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación primaria y Educación secundaria obligatoria han sido establecidas, respectivamente, por los Reales Decretos 1513/2006, de 7 de diciembre, y 1631/2006, de 29 de diciembre. Estos reales decretos disponen que el Ministerio de Educación y Ciencia, previo informe de las comunidades autónomas, determinará los elementos de los documentos básicos de evaluación, así como los requisitos formales derivados del proceso de evaluación que sean precisos para garantizar la movilidad del alumnado. Una vez regulado el calendario de implantación de la nueva ordenación del sistema educativo, procede establecer los documentos básicos que han de reflejar los aprendizajes realizados por el alumnado y que deben permitir su movilidad de uno a otro nivel o etapa y entre centros escolares de la misma o de distinta comunidad autónoma, en las debidas condiciones de continuidad. En su virtud, previo informe del Consejo Escolar del Estado y consultadas las comunidades autónomas, dispongo: Artículo primero. Documentos oficiales de evaluación. 1. Los documentos oficiales de evaluación en la Educación primaria y Educación secundaria obligatoria serán los siguientes: el expediente académico, las actas de evaluación, el informe personal por traslado, el historial académico de Educación primaria y el historial académico de Educación secundaria obligatoria. 2. Las Administraciones educativas establecerán los procedimientos oportunos para garantizar la autenticidad de los documentos oficiales de evaluación, la integridad
de los datos recogidos en los mismos y su supervisión y custodia. 3. Los documentos oficiales de evaluación serán visados por el director del centro y llevarán las firmas autógrafas de las personas que corresponda en cada caso. Junto a las mismas constará el nombre y los apellidos del firmante, así como la referencia al cargo o a la atribución docente. Estos documentos podrán ser sustituidos por sus equivalentes en soporte informático, según establezca la normativa vigente al respecto. 4. De los documentos reseñados en el punto primero se consideran documentos básicos para garantizar la movilidad del alumnado los historiales académicos de Educación primaria y de Educación secundaria obligatoria y el informe personal por traslado. 5. Los documentos básicos de evaluación deberán recoger siempre la norma de la Administración educativa que establece el currículo correspondiente. 6. En las comunidades autónomas cuyas lenguas tengan estatutariamente atribuido carácter oficial, cuando los documentos básicos de evaluación hayan de surtir efectos fuera del ámbito de la comunidad autónoma, se estará a lo dispuesto en el artículo 36.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Artículo segundo. Resultados de la evaluación. 1. Los resultados de la evaluación se expresarán en la Educación básica en los siguientes términos: Insuficiente (IN), Suficiente (SU), Bien (BI), Notable (NT), Sobresaliente (SB), considerándose calificación negativa el Insuficiente y positivas todas las demás. 2. En la Educación secundaria obligatoria irán acompañadas de una calificación numérica, sin emplear decimales, en una escala de uno a diez, aplicándose en este caso las siguientes correspondencias: Insuficiente: 1, 2, 3 ó 4. Suficiente: 5. Bien: 6. Notable: 7 u 8. Sobresaliente: 9 ó 10. En la convocatoria de la prueba extraordinaria, cuando el alumnado no se presente a dicha prueba, se reflejará como No Presentado (NP). Artículo tercero. Actas de evaluación. 1. Las actas de evaluación se extenderán para cada uno de los ciclos de la Educación primaria y para cada uno de los cursos de la Educación secundaria obligatoria. Comprenderán la relación nominal del alumnado que compone el grupo junto con los resultados de la evaluación. Se cerrarán al término del período lectivo ordinario
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Viernes 22 junio 2007
y de la convocatoria de la prueba extraordinaria en la Educación secundaria obligatoria. 2. Las actas de evaluación reflejarán los resultados de la evaluación de las áreas del ciclo o de las materias, ámbitos o módulos del curso o programa, expresados en los términos que establece el artículo segundo de esta orden. Asimismo, en la Educación secundaria obligatoria se hará constar el número de materias no superadas de cursos anteriores. 3. Las actas de evaluación incluirán también la decisión sobre la promoción o la permanencia de un año más en el ciclo, curso o programa de acuerdo con las normas que regulan, para cada etapa, este supuesto. 4. En las actas de evaluación del tercer ciclo de Educación primaria se hará constar la propuesta de acceso a la Educación secundaria obligatoria para el alumnado que reúna las condiciones establecidas en el artículo 10.4 del Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación primaria. 5. En la Educación secundaria obligatoria se extenderán actas de evaluación de materias pendientes por cursos, al término del período lectivo ordinario y de la convocatoria de la prueba extraordinaria. 6. En el cuarto curso de Educación secundaria obligatoria y, en su caso, al finalizar los módulos conducentes a título de los Programas de cualificación profesional inicial, las actas de evaluación recogerán la propuesta de expedición del Título de Graduado/Graduada en Educación Secundaria Obligatoria para el alumnado que cumpla los requisitos establecidos para su obtención. 7. Las actas de evaluación serán firmadas por el tutor del grupo en la Educación primaria y por todo el profesorado del grupo en la Educación secundaria obligatoria y en los Programas de cualificación profesional inicial. En todas las actas de evaluación se hará constar el visto bueno del director del centro. Artículo cuarto. Expediente académico. 1. El expediente académico del alumnado deberá incluir los datos de identificación del centro y del alumno o de la alumna y la información relativa al proceso de evaluación. 2. En el expediente académico quedará constancia de los resultados de la evaluación, de las propuestas de promoción y titulación y, en su caso, de las medidas de atención a la diversidad adoptadas, de las adaptaciones curriculares significativas, de la entrega del Certificado de escolaridad al que se refiere el artículo 15.6 del Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, y del Certificado académico, expedido por las Administraciones educativas, de los módulos obligatorios superados en un Programa de cualificación profesional inicial al que se refiere el artículo 30.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación. 3. La custodia y archivo de los expedientes académicos corresponde a los centros escolares y, en su caso, la centralización electrónica de los mismos se realizará de acuerdo con el procedimiento que determinen las diferentes Administraciones educativas, sin que suponga una subrogación de las facultades inherentes a dichos centros. Artículo quinto. Historial académico de Educación primaria. 1. El historial académico de Educación primaria es el documento oficial que refleja los resultados de la evaluación y las decisiones relativas al progreso académico del alumnado a lo largo de la etapa, y tiene valor acreditativo de los estudios realizados. Su custodia corresponde al centro educativo en que el alumnado se encuentre escolarizado.
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2. Al finalizar la etapa, el historial académico de Educación primaria se entregará al alumnado y una copia se enviará al centro de educación secundaria, a petición de éste, junto con el informe individualizado al que hace referencia el artículo 12.2 del Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación primaria. Estas circunstancias se reflejarán en el correspondiente expediente académico. 3. En el historial académico de Educación primaria se recogerán, al menos, los datos identificativos del alumno, las áreas cursadas en cada uno de los años de escolarización y los resultados de la evaluación obtenidos en cada ciclo, las decisiones sobre promoción al ciclo siguiente y la fecha en que se adoptaron, la fecha de la propuesta de acceso a la Educación secundaria obligatoria, así como la información relativa a los cambios de centro. Deberá figurar, asimismo, indicación de las áreas que se han cursado con adaptaciones curriculares significativas. 4. El historial académico de Educación primaria será extendido en impreso oficial y llevará el visto bueno del director del centro. Las Administraciones educativas establecerán los procedimientos oportunos para garantizar la autenticidad de los datos reflejados en el historial académico y su custodia. 5. La cumplimentación y custodia del historial académico de la Educación primaria será supervisada por la Inspección educativa. Artículo sexto. Historial académico de Educación secundaria obligatoria. 1. El historial académico de Educación secundaria obligatoria es el documento oficial que refleja los resultados de la evaluación y las decisiones relativas al progreso académico del alumnado en toda la etapa y tiene valor acreditativo de los estudios realizados. Su custodia corresponde al centro educativo en que el alumnado se encuentre escolarizado. 2. El historial académico de Educación secundaria obligatoria se entregará al alumnado al término de la enseñanza obligatoria y, en cualquier caso, al finalizar su escolarización en la enseñanza básica en régimen ordinario. Esta circunstancia se reflejará en el correspondiente expediente académico. 3. En el historial académico de Educación secundaria obligatoria se recogerán, al menos, los datos identificativos del alumno, las materias o ámbitos cursados en cada uno de los años de escolarización y los resultados de la evaluación obtenidos, con expresión de la convocatoria concreta (ordinaria o extraordinaria), las decisiones sobre la promoción al curso siguiente y sobre la propuesta de expedición del Título de Graduado/Graduada en Educación Secundaria Obligatoria, junto con la fecha en que se adoptaron estas decisiones, así como la información relativa a los cambios de centro. Deberá figurar, asimismo, la indicación de las materias que se han cursado con adaptaciones curriculares significativas y en el caso del alumnado que ha cursado un Programa de cualificación profesional inicial, deberá recogerse la información relativa a los módulos que lo integran. 4. El historial académico de la Educación secundaria obligatoria será extendido en impreso oficial y llevará el visto bueno del director del centro. Las Administraciones educativas establecerán los procedimientos oportunos para garantizar la autenticidad de los datos reflejados en el historial académico y su custodia
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Viernes 22 junio 2007
5. La cumplimentación y custodia del historial académico de la Educación secundaria obligatoria será supervisada por la Inspección educativa. Artículo séptimo. Traslado del historial académico. 1. Cuando el alumno se traslade a otro centro para proseguir sus estudios, el centro de origen remitirá al de destino, y a petición de éste, el historial académico de la etapa correspondiente y el informe personal por traslado regulado en el artículo octavo, acreditando que los datos que contiene concuerdan con el expediente que guarda el centro. 2. El centro receptor abrirá el correspondiente expediente académico. 3. La matriculación adquirirá carácter definitivo una vez recibido el historial académico debidamente cumplimentado. Artículo octavo. Informe personal por traslado. 1. Para garantizar la continuidad del proceso de aprendizaje de quienes se trasladen a otro centro sin haber concluido el ciclo en la Educación primaria o el curso en la Educación secundaria obligatoria, se emitirá un informe personal en el que se consignarán los siguientes elementos: a) Resultados parciales de evaluación, en el caso de que se hubieran emitido en ese período. b) Aplicación, en su caso, de medidas educativas complementarias de refuerzo y apoyo, así como las adaptaciones curriculares realizadas. c) Todas aquellas observaciones que se consideren oportunas acerca del progreso general del alumno. 2. El informe personal por traslado será elaborado y firmado por el tutor, con el visto bueno del director, a partir de los datos facilitados por los profesores de las áreas, materias o módulos. Disposición adicional única. Datos personales del alumnado. En lo referente a la obtención de los datos personales del alumnado, a la cesión de los mismos de unos centros a otros y a la seguridad y confidencialidad de éstos, se estará a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal y, en todo caso, a lo establecido en la disposición adicional vigésima tercera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Disposición transitoria primera. Validez del libro de escolaridad de la enseñanza básica. Los libros de escolaridad de la enseñanza básica tendrán los efectos de acreditación establecidos en la legislación vigente hasta la finalización del curso 2006-07. Se cerrarán mediante diligencia oportuna al finalizar dicho curso y se inutilizarán las páginas restantes. Cuando la apertura del historial académico suponga la continuación del anterior libro de escolaridad de la enseñanza básica, se reflejará la serie y el número de éste en dicho historial académico. Estas circunstancias se reflejarán también en el correspondiente expediente académico.
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formales derivados del proceso de evaluación que son precisos para garantizar la movilidad del alumnado de Educación secundaria obligatoria se regularán por lo establecido en la Orden ECD/1923/2003, de 8 de julio, por la que se establecen los elementos básicos de los documentos de evaluación, de las enseñanzas escolares de régimen general reguladas por la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, así como los requisitos formales derivados del proceso de evaluación que son precisos para garantizar la movilidad de los alumnos. 2. Hasta el término del año académico 2006/2007, los elementos básicos de evaluación, así como los requisitos formales derivados del proceso de evaluación que son precisos para garantizar la movilidad del alumnado de Educación primaria se regularán por lo establecido en la Orden de 30 de octubre de 1992, por la que se establecen los elementos básicos de los informes de evaluación, de las enseñanzas de Régimen General reguladas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, así como los requisitos formales derivados del proceso de evaluación que son precisos para garantizar la movilidad de los alumnos. Disposición derogatoria única. Derogación normativa. 1. Queda derogada la Orden ECD/1923/2003, de 8 de julio, por la que se establecen los elementos básicos de los documentos de evaluación de las enseñanzas escolares de régimen general reguladas por la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, así como los requisitos formales derivados del proceso de evaluación que son precisos para garantizar la movilidad de los alumnos, de acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria segunda de esta orden. 2. Queda derogada la Orden de 30 de octubre de 1992, por la que se establecen los elementos básicos de los informes de evaluación, de las enseñanzas de Régimen General reguladas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, así como los requisitos formales derivados del proceso de evaluación que son precisos para garantizar la movilidad de los alumnos, en lo que se refiere a la educación básica, de acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria segunda de esta orden. 3. Quedan derogadas las demás disposiciones del mismo o de inferior rango que se opongan a lo establecido en la presente orden. Disposición final primera. Título competencial. La presente orden, que tiene carácter de norma básica, excepto en los artículos primero, número 3, tercero (números 2, 3, 4, 5, 6 y 7), cuarto (números 2 y 3), quinto, número 5, sexto, número 5, y octavo, número 2, se dicta al amparo del artículo 149.1.30.ª de la Constitución y en virtud de lo dispuesto en el artículo 12.1 del Real Decreto 1513/2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación primaria y en el artículo 16 del Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación secundaria obligatoria. Disposición final segunda. Entrada en vigor.
Disposición transitoria segunda. Vigencia normativa.
La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
1. Hasta el término del año académico 2006/2007, los elementos básicos de evaluación, así como los requisitos
Madrid, 19 de junio de 2007.–La Ministra de Educación y Ciencia, Mercedes Cabrera Calvo-Sotelo.
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III.- OTRAS DISPOSICIONES Y ACTOS Consejería de Educación y Ciencia Orden de 12/05/2009, de la Consejería de Educación y Ciencia, por la que se regula la evaluación del alumnado del segundo ciclo de Educación infantil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. [2009/7224] El Decreto 67/2007, de 29 de mayo, por el que se establece y ordena el currículo del segundo ciclo de la Educación infantil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, de acuerdo con el Real Decreto 1630/2006, de 29 de septiembre, que establece las enseñanzas mínimas del segundo ciclo de Educación infantil, determina los principios, características y criterios de la evaluación del alumnado en este ciclo de la Educación infantil. La evaluación es un elemento clave en el proceso de enseñanza y aprendizaje y debe constituir una práctica permanente para valorar los avances que se producen como resultado de la acción educativa, proporcionando datos relevantes para tomar decisiones encaminadas a la mejora de los procesos de enseñanza y aprendizaje, tanto a nivel individual como colectivo. Procede, por lo tanto, regular la evaluación del alumnado del segundo ciclo de la Educación infantil concretando determinados aspectos, y establecer los documentos básicos de la misma, sin perjuicio de la autonomía de los centros docentes, de acuerdo con la competencia establecida en la Disposición final primera del citado Decreto 67/2007 de 29 de mayo. En el procedimiento de elaboración de la Orden han intervenido el Consejo Escolar de Castilla-La Mancha, mediante la emisión del preceptivo dictamen. Por todo ello, de acuerdo con las competencias atribuidas por el Decreto 141/2008, de 9 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica y la distribución de competencias de la Consejería de Educación y Ciencia, dispongo: I. Disposiciones Generales Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. 1. La presente Orden tiene como objeto regular la evaluación del aprendizaje del alumnado y la del proceso de enseñanza del segundo ciclo de Educación infantil. 2. Esta Orden será de aplicación en los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha que impartan estas enseñanzas. Artículo 2. Fines. 1. La evaluación en el segundo ciclo de Educación infantil tiene como finalidad identificar los aprendizajes adquiridos, así como determinar el grado de consecución de los objetivos previstos y conocer el nivel de desarrollo alcanzado en las competencias básicas, y el ritmo y características de la evolución de cada niño o niña, tomando como referencia los criterios de evaluación de cada una de las áreas. 2. La evaluación de los procesos de enseñanza y aprendizaje permite adoptar las medidas educativas de orientación y apoyo que pudieran ser necesarias. Artículo 3. Carácter de la evaluación. 1. La evaluación del alumnado en segundo ciclo de Educación infantil será global, continua y formativa. 2. El carácter global de la evaluación permite conocer el desarrollo de todas las dimensiones de la personalidad, permitiendo valorar el conjunto de capacidades y competencias básicas recogidas en los objetivos generales de la etapa y en cada una de las áreas.
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3. El carácter continuo de la evaluación permite al profesorado recoger de forma sistemática información sobre el proceso de enseñanza y aprendizaje. 4. El carácter formativo de la evaluación permite conocer el nivel de competencia alcanzado por el niño o niña en el uso autónomo de hábitos y procedimientos, en el dominio de conceptos y hechos, en el desarrollo de actitudes y valores y en el cumplimento de normas, y permite programar las medidas de refuerzo, ampliación y enriquecimiento necesarias, así como orientar el proceso de enseñanza y aprendizaje en función de la diversidad de capacidades, ritmos de aprendizaje, intereses y motivaciones del niño o niña. II. Desarrollo del proceso de evaluación Artículo 4. Evaluación inicial. 1. La evaluación inicial se realizará cuando una niña o un niño se incorpore por primera vez al segundo ciclo de Educación infantil o a un nuevo centro para continuar en esta etapa. La tutora o el tutor recogerán datos relevantes sobre las capacidades y competencias básicas contempladas en los objetivos del ciclo o del curso, incluyendo información obtenida de la familia y la que proceda, en su caso, de informes médicos, psicológicos, pedagógicos o sociales que se consideren de interés. 2. Cuando se trate de niñas o niños procedentes de otro centro, la información recogida completará a la recibida del centro de procedencia, procurando que la información sea remitida por todos los centros que imparten el primer ciclo. 3. Esta evaluación se completará con la observación directa realizada por la tutora o el tutor durante los primeros días de asistencia. Artículo 5. Evaluación a lo largo del proceso. 1. A lo largo de los cursos que componen el ciclo, y de forma continua, los maestros y maestras utilizarán las distintas situaciones diarias para analizar los progresos y dificultades de los niños y niñas, para observar su proceso de desarrollo y comprobar los aprendizajes adquiridos, con el fin de adecuar la intervención educativa a sus necesidades y estimular su proceso de aprendizaje. 2. Los criterios de evaluación serán los referentes para identificar las posibilidades y dificultades de cada niña o niño, para observar su desarrollo en todas las fases del proceso y para conocer los aprendizajes adquiridos. 3. En cada curso escolar se realizarán, al menos, tres sesiones de evaluación, sin perjuicio de lo que indique el Proyecto educativo. Artículo 6. Evaluación final. 1. La evaluación final aporta datos relevantes sobre el grado de desarrollo del niño o niña y la adquisición de aprendizajes así como sobre el proceso de enseñanza. 2. Al finalizar cada curso escolar y a partir de los datos de la evaluación continua, se realizará la evaluación final de curso que será el referente para la evaluación inicial del curso siguiente. 3. Asimismo, al finalizar el segundo ciclo de Educación infantil, se realizará la evaluación final de etapa, a partir de las evaluaciones finales de cada curso, que podrá hacerse coincidir con la sesión de evaluación final de curso y que será el referente para la evaluación inicial de la siguiente etapa. Artículo 7. Procedimientos de evaluación. 1. Los procedimientos de evaluación serán diversos y descriptivos para permitir la recogida y registro de la información sobre el desarrollo global de cada una de las competencias básicas y el progreso en cada una de las áreas. 2. La observación directa y sistemática, el análisis de las producciones del niño y niña, su expresión oral y las entrevistas con las familias, constituirán las principales estrategias y técnicas de evaluación utilizadas por el profesorado.
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3. Las decisiones relativas a los procedimientos que se utilicen corresponderán al equipo de ciclo de Educación infantil y quedarán recogidas en las correspondientes programaciones didácticas. 4. La valoración del proceso de aprendizaje se expresará en términos cualitativos, destacando los progresos alcanzados por el niño y niña y, si procede, las medidas de refuerzo y enriquecimiento llevadas a cabo. Artículo 8. Evaluación del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. 1. La evaluación del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo tendrá el mismo carácter que la evaluación del resto de alumnado y será realizada por el tutor o tutora con el asesoramiento de los profesionales de la orientación y apoyo. 2. Los referentes de dicha evaluación serán los objetivos, competencias básicas y criterios de evaluación que se determinen en el plan de trabajo individualizado, que el tutor o tutora elaborará con el asesoramiento de los profesionales de la orientación y apoyo. Artículo 9. Promoción. 1. La promoción en el segundo ciclo de Educación infantil será automática en todos los cursos que la componen. 2. La decisión de promoción del alumnado con necesidades educativas especiales y del alumnado con altas capacidades intelectuales se realizará de acuerdo con la normativa vigente. 3. Los niños y niñas, excepcionalmente podrán permanecer escolarizados en el segundo ciclo de la Educación infantil un año más de los tres que constituyen el mismo, cuando el dictamen de escolarización así lo aconseje, previa autorización expresa de la Consejería competente en materia de educación. Artículo 10. Coordinación y desarrollo de la evaluación. 1. La coordinación del proceso de evaluación corresponde al tutor o tutora y en él participarán todos los profesionales docentes que desempeñan sus funciones en el grupo, o con un niño o niña en particular, así como el responsable de orientación especialmente cuando se trate de tomar decisiones de apoyo y atención individualizada. 2. El equipo de ciclo planificará el proceso de evaluación, que será coherente con las características de la evaluación. 3. El equipo docente se reunirá, al menos, con una periodicidad trimestral para evaluar tanto a los niños y a las niñas como al grupo, sin perjuicio de lo que indique el Proyecto educativo. La sesión de evaluación del último trimestre se podrá hacer coincidir con la sesión final de evaluación. III. Información del proceso de aprendizaje Artículo 11. Información de los resultados de la evaluación. 1. El tutor o tutora coordinará y orientará la acción educativa del conjunto del profesorado y mantendrá una relación permanente con la familia, a fin de facilitar el ejercicio de los derechos reconocidos en el artículo 4.1. d) de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, por el cual los padres o tutores, en relación con la educación de sus hijos o pupilos, tienen derecho a estar informados sobre el progreso del aprendizaje e integración socio-educativa de sus hijos, como contempla la Disposición final primera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. 2. El tutor o tutora informará a las familias, al inicio de cada curso escolar, de los objetivos y competencias básicas a desarrollar en los niños y niñas, de los contenidos para conseguirlos y de los criterios de evaluación para valorarlos. Dicha información se les comunicará oralmente en una reunión convocada al efecto y estará también disponible por escrito. 3. A lo largo del curso, el tutor o tutora informará regularmente, de forma personal, a las familias sobre los progresos y dificultades detectados en el proceso educativo de sus hijos o hijas. 4. La información trimestral dada a las familias, que se realizará en términos cualitativos, se plasmará en un informe individualizado. Esta información ha de ser transmitida por escrito de forma individual y tendrá, al menos, las siguientes características:
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a. Reflejar el grado de consecución de los objetivos y de las competencias básicas programadas con los términos: “no iniciado”, “en proceso” o “conseguido”, según corresponda. b. Proporcionar, cuando proceda, una información actualizada sobre los objetivos, competencias básicas y contenidos no alcanzados anteriormente. c. Establecer una valoración global y orientar, en su caso, sobre las medidas de apoyo, refuerzo y enriquecimiento necesarias para mejorar la respuesta educativa a las necesidades del niño o niña. 5. La decisión sobre el formato y el contenido de este informe individualizado corresponde al equipo de ciclo de Educación infantil y su modelo debe ser conocido y aprobado por el Claustro de profesores. 6. En aquellos casos en los que concurran situaciones familiares que así lo requieran, se garantizará que la información se transmita a los tutores o representantes legales del niño o la niña. 7. Para garantizar la información a las familias o representantes legales se contemplará, dentro del horario del profesorado, un tiempo de atención a padres, madres o tutores legales del alumnado donde se asesore, oriente e intercambie información con el objetivo de hacerles copartícipes del proceso educativo de sus hijas e hijos. IV. Documentos oficiales de evaluación Artículo 12. Documentos de evaluación. Los documentos de evaluación para el segundo ciclo de Educación infantil son: el expediente personal, el historial académico y el informe de evaluación individualizado. Artículo 13. El expediente personal. 1. Al inicio de la escolarización en el segundo ciclo de Educación infantil, el centro docente abrirá un expediente personal de cada niño o niña. 2. En el expediente personal se consignarán los datos personales del niño o niña y los datos relativos al centro, y deberá citar el Decreto 67/2007, de 29 de mayo, por el que se establece y ordena el currículo del segundo ciclo de la Educación infantil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. 3. En el expediente personal se incluirá, además, lo siguiente: los antecedentes de escolarización, los cambios de domicilio, los informes de evaluación individualizados y el historial académico del niño o la niña. Asimismo se incluirán todos aquellos informes y documentos que contribuyan a facilitar un mejor conocimiento del alumnado, tales como informes médicos, pedagógicos, psicológicos, sociales o de cualquier otra índole. 4. En el caso del alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo se incluirá una copia del informe de evaluación psicopedagógica, así como del dictamen de escolarización y del plan de trabajo individualizado. 5. En el expediente personal quedará constancia de la entrega a la familia o representantes legales del historial académico del niño o niña una vez finalizada la etapa. 6. Los centros docentes cumplimentarán el expediente personal que se incluya en el programa de gestión de la Consejería competente en materia de educación. Aquellos centros educativos que no dispongan del citado programa de gestión, se ajustarán al modelo establecido en el anexo I de la presente Orden. Artículo 14. El historial académico. 1. El historial académico de cada niño o niña se abrirá en el centro al inicio de la escolarización en el segundo ciclo de Educación infantil, y en él se consignarán los datos personales del niño o niña y los datos relativos al centro y deberá citar el Decreto 67/2007, de 29 de mayo, por el que se establece y ordena el currículo del segundo ciclo de la Educación infantil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. 2. En el historial académico se incluirá, además, la siguiente información: las áreas cursadas, los antecedentes de escolarización que reflejará los cursos escolares realizados y, en su caso, las observaciones que se estimen oportunas. 3. El historial académico llevará el visto bueno del director o directora y tendrá valor acreditativo de las enseñanzas cursadas.
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4. Los centros docentes cumplimentarán el historial académico que se incluya en el programa de gestión de la Consejería competente en materia de educación. Aquellos centros educativos que no dispongan del citado programa de gestión, se ajustarán al modelo establecido en el anexo II de la presente Orden. Artículo 15. El informe de evaluación individualizado. 1. Al finalizar cada curso académico, el tutor o tutora elaborará, con carácter ordinario, un informe de evaluación individualizado, a partir de los datos de la evaluación continua y una vez concluida la sesión de la evaluación final. El informe de evaluación individualizado elaborado en el último curso recogerá los logros en el proceso de desarrollo y en la adquisición de aprendizajes a lo largo de la etapa. Así mismo, se reflejarán las circunstancias o aspectos que más condicionen su progreso, así como las medidas de refuerzo, ampliación y enriquecimiento adoptadas en algún momento del ciclo, en su caso. 2. Con carácter extraordinario cumplimentará dicho informe de evaluación individualizado cuando sea necesario por traslado de centro una vez iniciado el curso, en los supuestos de población itinerante, o por otras razones. 3. El informe de evaluación individualizado incluirá los siguientes contenidos: a. Datos de identificación del niño o niña. b. Datos relativos al centro docente. c. Valoración cualitativa del nivel de desarrollo alcanzado por el niño o niña en relación con los objetivos de las diferentes áreas y competencias básicas programadas. d. Medidas de refuerzo, ampliación y enriquecimiento al currículo que se hayan adoptado con el niño o niña. e. Cuantas observaciones y orientaciones se consideren relevantes para un mejor conocimiento del niño o niña, de cara a su escolarización posterior. 4. El equipo de ciclo de Educación infantil definirá los indicadores de evaluación de cada curso académico y los incluirá en este documento. 5. El informe de evaluación individualizado final de ciclo se trasladará al tutor o tutora del primer curso de Educación primaria para facilitar la continuidad del proceso de enseñanza-aprendizaje. Dicho informe servirá de orientación para la evaluación inicial al comienzo de la Educación primaria. 6. Los centros docentes cumplimentarán el informe de evaluación que se incluya en el programa de gestión de la Consejería competente en materia de educación. Aquellos centros educativos que no dispongan del citado programa de gestión, se ajustarán al modelo establecido en el anexo III de la presente Orden. Artículo 16. Custodia y traslado de los documentos de evaluación. 1. La custodia y archivo de los documentos de evaluación corresponde a la secretaría del centro docente en que el niño o la niña se encuentre escolarizado. 2. El tutor o tutora tendrá acceso a los mismos para su consulta y para incorporar información. El secretario o la secretaria facilitará a los responsables de orientación la documentación que soliciten para el desarrollo de la evaluación psicopedagógica y del dictamen de escolarización. 3. La obtención y tratamiento de los datos personales del niño o niña, y en particular los contenidos en los documentos oficiales a los que se refiere la presente Orden, su cesión de unos centros docentes a otros y la adopción de medidas que garanticen la seguridad y la confidencialidad de dichos datos, se someten a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal y en la Disposición adicional vigesimotercera de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. 4. Cuando se produzca el traslado de una niña o niño a otro centro, el centro de origen remitirá al de destino, a petición de éste y con la máxima celeridad, el expediente personal que incluirá el historial académico. 5. En el supuesto de que el traslado se realice una vez comenzado el curso, se remitirá, además, al centro de destino el informe de evaluación individualizado, cumplimentado por el tutor o tutora, según se indica el artículo 15.3. V. Participantes en el proceso de enseñanza-aprendizaje
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Artículo 17. Proceso de enseñanza-aprendizaje. 1. Los maestros y maestras evaluarán los procesos de enseñanza y su propia práctica docente, con la finalidad de mejorarlos y adecuarlos a las características propias del ciclo en los términos que establezca la Consejería competente en materia de educación. 2. Los maestros y maestras tendrán en cuenta la valoración de los resultados obtenidos en el proceso de evaluación continua del alumnado como uno de los indicadores para el análisis. 3. La evaluación del proceso de enseñanza y aprendizaje tendrá en cuenta, al menos, los siguientes aspectos: a. Las medidas organizativas de aula, el aprovechamiento de los recursos y materiales curriculares, el clima escolar y las interacciones personales. b. La coordinación entre los profesionales que trabajan con el grupo de niños y niñas, así como con algún niño o niña en particular. c. La comunicación y coordinación mantenida con las familias y la participación de las mismas. d. La adecuación de los objetivos, competencias básicas, contenidos y criterios de evaluación a las características del alumnado y al contexto del centro. e. La utilización de métodos pedagógicos adecuados. f. Las medidas de respuesta a la diversidad en general y en particular las adoptadas para dar respuesta al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo. 4. El resultado de la evaluación de este proceso aportará información relevante para plantear la revisión y modificación, si fuese necesario, del Proyecto educativo, la programación general anual, las programaciones didácticas y los planes de trabajo individualizados. Artículo 18. Colaboración de las familias en el proceso de evaluación. Las familias colaborarán en el proceso de evaluación, entre otros momentos, durante las reuniones que se citan en el artículo 11.3 y que servirán para la reflexión conjunta y la necesaria colaboración entre las familias y el centro. Artículo 19. Supervisión. La Inspección de Educación supervisará el desarrollo del proceso de evaluación, dedicando especial atención a la valoración y análisis del proceso de evaluación de los niños y niñas, del proceso de enseñanza-aprendizaje y de la práctica docente. Disposiciones Adicionales. Disposición adicional primera. Asesoramiento. Los responsables de orientación en los centros y los equipos pedagógicos de la Red de formación asesorarán, en el ámbito de sus competencias, a los centros docentes en lo que respecta a la aplicación de lo dispuesto en esta Orden. Disposición adicional segunda. La enseñanza de las religiones. La evaluación de la enseñanza de las religiones se ajustará a lo establecido en la Disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y en la Disposición adicional primera del Decreto 67/2007, de 29 de mayo, por el que se establece y ordena el currículo del segundo ciclo de Educación infantil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha. Disposición adicional tercera. Alumnado de centros y unidades de educación especial. El alumnado escolarizado en centros o unidades de educación especial será evaluado conforme a lo dispuesto en el artículo 8. Disposición Derogatoria. Disposición derogatoria única. Derogación de normativa.
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Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o menor rango se opongan a lo establecido en la presente Orden. Disposiciones Finales. Disposición final primera. Desarrollo normativo. Se autoriza a la Viceconsejería de Educación y a la Dirección General competente en materia de Ordenación Educativa, a desarrollar el contenido de la presente Orden. Disposición final segunda. Entrada en vigor. La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Toledo, 12 de mayo de 2009 La Consejera de Educación y Ciencia Mª ÁNGELES GARCÍA MORENO
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Anexo I: EXPEDIENTE PERSONAL DEL ALUMNO DE 2º CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL Decreto 67/2007, de 29 de mayo, por el que se establece y ordena el currículo del segundo ciclo de la Educación infantil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
DATOS DEL CENTRO Centro:
Código Centro:
Público Privado
Localidad: Dirección:
Provincia:
Código Postal: Teléfono:
DATOS PERSONALES DEL ALUMNO/A Apellidos: Fecha de nacimiento: Provincia: Domicilio: Localidad: Tutor/a 1: Tutor/a 2:
Nombre: Lugar: País:
NIE: DNI: Nacionalidad: Teléfono: C. Postal: DNI/Pasaporte: DNI/Pasaporte:
Provincia:
ANTECEDENTES DE ESCOLARIZACIÓN EN EDUCACIÓN INFANTIL Nombre del Centro
Cod. Centro
Localidad
Provincia
Nº Expediente
Fecha alta
Fecha baja
DATOS MÉDICOS Y PSICOPEDAGÓGICOS RELEVANTES. OBSERVACIÓN: Si existe información sobre este supuesto se adjuntará al expediente del alumno/a.
CAMBIOS DE DOMICILIO (Dirección, localidad y provincia)
Teléfono:
1
Curso
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EXPEDIENTE PERSONAL DEL ALUMNO DE 2º CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL Decreto 67/2007, de 29 de mayo, por el que se establece y ordena el currículo del segundo ciclo de la Educación infantil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
DATOS PERSONALES DEL ALUMNO/A Apellidos:
NIE: DNI:
Nombre:
ALUMNO CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO OBSERVACIÓN: Si existe evaluación de las necesidades educativas especiales o evaluación psicopedagógica, se adjuntará a este expediente.
Adecuaciones curriculares y medidas de apoyo y refuerzo, en su caso:
TRASLADO DE CENTRO Con fecha_____________ se traslada al centro:_______________________ ________con código_________________ Localidad:___________________Provincia____________________________ Se remite al centro de destino el Informe de evaluación individualizado Se remite al centro de destino el Expediente del alumno que incluirá el Historial académico. Si el curso está comenzado se remitirá al centro de destino el Expediente del alumno que incluirá el Historial académico y el Informe de evaluación individualizado. Si el curso está finalizado se remitirá al centro de destino el Expediente del alumno que incluirá el Historial académico.
Con fecha ……………………….. se entrega el Historial académico , a ………………………………………………….. …………………………….……………………………………………………………………………………………………….
Vº Bº Director/a
Secretario/a (en su caso)
Sello del Centro
Fdo.: ____________________________
Fdo.: ____________________________
Los datos reflejados en este documento están conformes con los que obran en el expediente del alumno/a incluido en el Sistema de Gestión de Centros de la Consejería de Educación y Ciencia de Castilla-La Mancha.
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Anexo II HISTORIAL ACADÉMICO DEL ALUMNO DE 2º CICLO DE EDUCACIÓN INFANTIL Decreto 67/2007, de 29 de mayo, por el que se establece y ordena el currículo del segundo ciclo de la Educación infantil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
DATOS DEL CENTRO Centro:
Código Centro:
Localidad: Dirección:
Provincia:
Público Privado
Código Postal: Teléfono:
DATOS PERSONALES DEL ALUMNO/A Apellidos: Fecha de nacimiento: Provincia: Domicilio: Localidad: Tutor/a 1: Tutor/a 2:
Nombre: Lugar: País:
NIE: DNI: Nacionalidad: Teléfono: C. Postal: DNI/Pasaporte: DNI/Pasaporte:
Provincia:
ANTECEDENTES DE ESCOLARIZACIÓN EN EDUCACIÓN INFANTIL Nombre del Centro
Cod. Centro Localidad Provincia Nº Expediente
Fecha alta
Fecha baja
Curso
ÁREAS CURSADAS: - Conocimiento de sí mismo y autonomía personal - Conocimiento e interacción con el entorno - Lenguaje: comunicación y representación.
OBSERVACIONES
Con fecha ………………….. se entrega el Historial académico, a …….………...……………………………….…. ………………………………………………………………………………………………………………………………..…. En ……………………………….. a ……de…………………….de 20…. VºBº Director/a
Secretario/a Sello del centro
Fdo.: __________________________
Fdo.: __________________________
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Anexo III INFORME DE EVALUACIÓN INDIVIDUALIZADO EDUCACIÓN INFANTIL ____ AÑOS. Curso académico: 20___ - 20___ Decreto 67/2007, de 29 de mayo, por el que se establece y ordena el currículo del segundo ciclo de la Educación infantil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
DATOS DEL CENTRO Código Centro:
Centro:
Público Privado
Localidad:
Provincia:
Código Postal:
Dirección:
Teléfono:
DATOS PERSONALES DEL ALUMNO/A Apellidos:
Nombre:
Fecha de nacimiento:
Lugar:
Provincia:
País:
NIE: DNI: Nacionalidad:
Domicilio:
Teléfono:
Localidad:
Provincia:
C. Postal:
Tutor/a 1:
DNI/Pasaporte:
Tutor/a 2:
DNI/Pasaporte:
VALORACIÓN CUALITATIVA DEL NIVEL DE DESARROLLO ALCANZADO INDICADORES DE EVALUACIÓN:
No iniciado
Valoración global:
4
En proceso
Conseguido
Observaciones
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INFORME DE EVALUACIÓN INDIVIDUALIZADO EDUCACIÓN INFANTIL ____ AÑOS. Curso académico: 20___ - 20___ Decreto 67/2007, de 29 de mayo, por el que se establece y ordena el currículo del segundo ciclo de la Educación infantil en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
DATOS PERSONALES DEL ALUMNO/A Apellidos:
Nombre:
NIE: DNI:
OBSERVACIONES Y ORIENTACIONES
ALUMNADO CON NECESIDAD ESPECÍFICA DE APOYO EDUCATIVO:
Adecuaciones curriculares y medidas de apoyo y refuerzo, en su caso.
En…………………………… a ……… de …………………………… de 20.... El Tutor/a
Sello del centro
Fdo: ________________________________ Los datos reflejados en este documento están conformes con los que obran en el expediente personal e historial académico del alumno/a.
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Real Decreto 82/1996 de 26 de enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria (BOE 20/02/1996) El Reglamento Orgánico de las escuelas de educación infantil y de los colegios de educación primaria fue aprobado por el Real Decreto 819/1993,de 28 de mayo, con el objetivo de brindar a los centros una única norma comprensiva de todos los preceptos cuya aplicación se consideraba imprescindible para su correcto funcionamiento y para cumplir lo ordenado, a este respecto, en las leyes Orgánicas 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación y 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo. Posteriormente, la Ley Orgánica 9/1995 , de 20 de noviembre, de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los Centros Docentes ha introducido, para garantizar una enseñanza de calidad, nuevos mandatos a los poderes públicos sobre fomento de la participación de la comunidad educativa en la organización y gobierno de los centros docentes sostenidos con fondos públicos y en la definición de su proyecto educativo, sobre el apoyo al funcionamiento de los órganos de gobierno de los mismos centros y sobre el establecimiento de procedimientos para la evaluación del sistema educativo, de los centros, de la labor docente, de los cargos directivos y de la actuación de la propia Administración educativa. Así, los títulos I, II y III de esta Ley introducen importantes novedades que suponen una mayor profundización en las materias antes citadas, en coherencia con el objetivo de mejora de la calidad de la enseñanza que se pretende con la reforma educativa puesta en marcha por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo. Consecuentemente, es necesario aprobar un nuevo Reglamento Orgánico de las escuelas de educación infantil y de los colegios de educación primaria que recoja lo preceptuado en la nueva ley y que sustituya al aprobado mediante el Real Decreto 819/1993, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas de educación infantil y de los colegios de educación primaria. En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia, previo informe del Consejo Escolar del Estado, de acuerdo con el Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de Enero de 1.996. DISPONGO: Artículo único Se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas de educación infantil y de los colegios de educación primaria que se encuentren ubicados en el ámbito territorial de gestión que corresponde al Ministerio de Educación y Ciencia, cuyo texto se inserta a continuación. Disposiciones Adicionales
Primera.El presente Reglamento Orgánico tendrá carácter supletorio para todos los centros docentes de educación infantil y primaria cuya titularidad corresponda a aquellas Comunidades autónomas, que se hallen en el pleno ejercicio de sus competencias educativas, en tanto no dispongan de normativa propia y en todo lo que les sea de aplicación. Segunda.Lo que establece el Título V del Reglamento Orgánico, sobre evaluación de los centros, será de aplicación a todos los centros concertados de educación primaria, ubicados en el ámbito territorial de gestión que corresponde al Ministerio de Educación y Ciencia. Tercera.Lo dispuesto en este Reglamento se entiende sin perjuicio de las peculiaridades de los centros docentes de carácter singular acogidos a convenios entre el Ministerio de Educación y Ciencia y otros Departamentos. Disposiciones Transitorias Primera. 1. Provisionalmente, durante el tiempo que en cada caso la Administración educativa determine, los colegios de educación primaria podrán impartir el primer ciclo de la educación secundaria obligatoria. A fin de garantizar la adecuada coordinación docente de estos estudios, dichos colegios serán adscritos por el Ministerio de Educación y Ciencia a un instituto de educación secundaria. 2. Los maestros, los alumnos y los padres de los alumnos de este ciclo educativo se integrarán en el colegio de educación primaria y formarán parte, según corresponda, de todos sus órganos de gobierno y de coordinación docente, y asumirán todos los derechos y obligaciones que, como miembros de dicha comunidad educativa, les son aplicables. 3. Los departamentos didácticos del instituto de educación secundaria incluirán en su programación las enseñanzas correspondientes al primer ciclo de la educación secundaria obligatoria impartido por el colegio de educación primaria. A tal efecto, los maestros del colegio de educación primaria responsables de las distintas áreas se incorporarán a los departamentos del instituto que correspondan y asistirán a las reuniones del departamento que oportunamente se establezcan. Dichas reuniones se celebrarán en horario que permita la asistencia de los maestros del colegio de educación primaria. 4. Por Orden del Ministro de Educación y Ciencia se establecerá el procedimiento para que los maestros que impartan el primer ciclo de educación secundaria obligatoria en un centro de educación primaria puedan participar en la elaboración, aprobación y evaluación del proyecto curricular de esta etapa.
Segunda. 1. Los Consejos Escolares elegidos al amparo de lo dispuesto en el Reglamento Orgánico de las escuelas de educación infantil y de los colegios de educación primaria, aprobado por Real Decreto 819/1993, de 28 de mayo, continuarán desempeñando sus funciones hasta el término del plazo para el que fueron elegidos. 2. En aquellos centros que no se encuentren en la situación anterior, en la primera convocatoria de elecciones a los Consejos Escolares con posterioridad a la publicación de este Real Decreto, cada sector de la comunidad educativa elegirá a todos sus representantes. Una vez renovado por primera vez el consejo escolar, se procederá tal como establece el Reglamento orgánico. 3. Los órganos unipersonales de gobierno elegidos con arreglo a lo previsto en el Real Decreto 819/93 de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas de educación infantil y de los colegios de educación primaria, continuarán desempeñando sus funciones hasta el término de su mandato, salvo que se produzca alguna de las causas de cese previstas en el Reglamento que por este Real Decreto se aprueba. 4. Los órganos unipersonales de gobierno que fueron elegidos con arreglo a lo previsto en el Real Decreto 2376/85 de 18 de diciembre por el que se aprueba el Reglamento de los órganos de gobierno de los centros públicos de educación general básica, bachillerato y formación profesional, y cuyo mandato fue prorrogado por Ley Orgánica 7/95 de 29 de junio, continuarán desempeñando sus funciones hasta el plazo previsto en dicha Ley Orgánica. Tercera. 1. Provisionalmente y hasta que no se implante el primer ciclo de la educación secundaria obligatoria, formará parte del consejo escolar, con voz, pero sin voto, un representante de los alumnos del ciclo superior de la educación general básica. 2. En los colegios de educación primaria en los que, con arreglo a lo dispuesto en la Disposición Transitoria anterior, se imparta provisionalmente el primer ciclo de la educación secundaria obligatoria, formará parte del consejo escolar, con voz pero sin voto, un representante de los alumnos de este ciclo educativo. Disposición derogatoria. Queda derogado el Real Decreto 819/1993, de 28 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las escuelas de educación infantil y de los colegios de educación primaria, así como cualesquiera otras normas de igual o inferior rango, que se opongan a lo dispuesto en este Real Decreto. Disposiciones Finales Primera.-
Se autoriza al Ministro de Educación y Ciencia para desarrollar lo dispuesto en el Reglamento que por el presente Real Decreto se aprueba, así como para regular cuantas cuestiones se deriven de su aplicación. Segunda.El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Dado en Madrid a 26 de Enero de 1.996.
REGLAMENTO ORGÁNICO DE LAS ESCUELAS DE EDUCACIÓN INFANTIL Y DE LOS COLEGIOS DE EDUCACIÓN PRIMARIA. •
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TÍTULO I. DISPOSICIONES DE CARACTER GENERAL o Artículo 1. Carácter y enseñanzas de las escuelas de educación infantil y los colegios de educación primaria. o Artículo 2. Creación y supresión de centros. o Artículo 3. Modificación de la red de centros de educación infantil y primaria. o Artículo 4. Denominación de los centros. TÍTULO II. ORGANOS DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE EDUCACION INFANTIL Y DE LOS COLEGIOS DE EDUCACION PRIMARIA o Capítulo I. Órganos de gobierno Artículo 5. Órganos colegiados y unipersonales. Artículo 6. La participación de la comunidad educativa. Artículo 7. Principios de actuación. o Capítulo II. Órganos colegiados de gobierno Sección 1ª. El consejo escolar de las escuelas de educación infantil y los colegios de educación primaria. Artículo 8. Carácter y composición del consejo escolar. Artículo 9. Elección y renovación del consejo escolar. Artículo 10. Procedimiento para cubrir vacantes en el consejo escolar. Artículo 11. Junta electoral. Artículo 12. Procedimiento para cubrir los puestos de designación. Artículo 13. Elección de los representantes de los profesores. Artículo 14. Elección de los representantes de los padres. Artículo 15. Elección del representante del personal de administración y servicios. Artículo 16. Escrutinio de votos y elaboración de actas. Artículo 17. Proclamación de candidatos electos y reclamaciones. Artículo 18. Constitución del consejo escolar.
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Artículo 19. Régimen de funcionamiento del consejo escolar. Artículo 20. Comisiones del consejo escolar. Artículo 21. Competencias del consejo escolar. Sección 2ª. El claustro de profesores Artículo 22. Carácter y composición del claustro de profesores. Artículo 23. Régimen de funcionamiento del claustro. Artículo 24. Competencias del claustro o Capítulo III. Órganos unipersonales de gobierno Artículo 25. El equipo directivo. Artículo 26. Composición del equipo directivo. Artículo 27. Elección y nombramiento del director Artículo 28. Presentación y requisitos de los candidatos. Artículo 29. Programa de dirección. Artículo 30. Designación del director por la Administración. Artículo 31. Competencias del director Artículo 32. Cese del director. Artículo 33. Designación y nombramiento del jefe de estudios y el secretario. Artículo 34. Competencias del jefe de estudios Artículo 35. Competencias del secretario Artículo 36. Cese del jefe estudios y del secretario. Artículo 37. Sustitución de los miembros del equipo directivo. TÍTULO III. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE o Capítulo I. Órganos de coordinación Artículo 38. Órganos de coordinación. o Capítulo II. Equipos de ciclo Artículo 39. Composición y funcionamiento. Artículo 40. Designación de los coordinadores de ciclo. Artículo 41. Competencias del coordinador de ciclo. Artículo 42. Cese de los coordinadores de ciclo. o Capítulo III. Comisión de coordinación pedagógica Artículo 43. Composición de la comisión de coordinación pedagógica. Artículo 44. Competencias de la comisión de coordinación pedagógica. o Capítulo IV. Tutores Artículo 5. Tutoría y designación de tutores. Artículo 46. Funciones del tutor. TÍTULO IV. AUTONOMIA DE LOS CENTROS o Capítulo I. Autonomía pedagógica. Artículo 47. Autonomía pedagógica de los centros. Artículo 48. Proyecto educativo Artículo 49. Proyecto curricular de etapa. Artículo 50. Programación general anual. o Capítulo II. Autonomía de gestión de los centros. Artículo 51. Autonomía de gestión económica. Artículo 52. Gratuidad de las enseñanzas en los centros. TÍTULO V. EVALUACIÓN DE LOS CENTROS.
Artículo 53. Evaluación interna de los centros. Artículo 54. Evaluación externa de los centros. TÍTULO VI.- ASOCIACIONES DE PADRES DE ALUMNOS o Artículo 55. Asociaciones de padres de alumnos TÍTULO VII. OTRAS DISPOSICIONES o Artículo 56. Régimen de enseñanzas. o Artículo 57. Residencias y centros específicos de educación especial. o o
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TÍTULO I. DISPOSICIONES DE CARACTER GENERAL Artículo 1. Carácter y enseñanzas de las escuelas de educación infantil y los colegios de educación primaria. Las escuelas de educación infantil y los colegios de educación primaria, dependientes del Ministerio de Educación y Ciencia, son centros docentes públicos que imparten las enseñanzas de educación infantil y primaria, respectivamente. La autorización para impartir dichas enseñanzas corresponde al Ministro de Educación y Ciencia. Artículo 2. Creación y supresión de centros. 1. La creación y supresión de los centros a que se refiere el artículo uno corresponde al Gobierno, mediante Real Decreto, a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia. 2. La creación y supresión de los centros situados en un país extranjero, así como las peculiaridades de sus órganos de gobierno y su régimen de funcionamiento, se regirán por lo dispuesto en la normativa específica que regule la acción educativa española en el exterior. 3. Las Corporaciones Locales y las Comunidades Autónomas que no se hallen en el pleno ejercicio de sus competencias en materia educativa podrán proponer la creación de escuelas de educación infantil o de colegios de educación primaria con arreglo a las siguientes normas: a. Los centros que se creen se adaptarán al Real Decreto 1004/91, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias. b. El centro se creará y suprimirá por el Gobierno, mediante Real Decreto aprobado en Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Educación y Ciencia. c. Previamente a su creación, la Corporación Local o la Comunidad Autónoma que promueva el centro y el Ministerio de Educación y Ciencia firmarán un convenio en el que se regulará el régimen económico y de funcionamiento del mismo, adaptando a estos efectos lo dispuesto en este Reglamento. 4. Los centros creados con arreglo a lo establecido en el apartado anterior tendrán, a todos los efectos, el carácter de centros públicos, de acuerdo con la Disposición Adicional Segunda de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación. Artículo 3. Modificación de la red de centros de educación infantil y primaria. 1. Por Orden del Ministro de Educación y Ciencia podrá modificarse la red de centros existente en función de la planificación de la enseñanza. La modificación incluirá las agrupaciones y desdoblamientos necesarios para la eficaz utilización de los recursos disponibles y de la calidad del servicio público de la educación.
2. El Ministro de Educación y Ciencia podrá autorizar la creación o supresión de unidades de educación infantil o de educación primaria que se estimen necesarias para la atención de poblaciones con especiales características sociodemográficas o escolares. 3. El Ministro de Educación y Ciencia podrá autorizar la agrupación de las unidades creadas, con arreglo a lo dispuesto en el apartado anterior, de forma que entre ellas constituyan un colegio rural agrupado, cuyo ámbito de actuación se extenderá a varias localidades. En la Orden por la que se autorice el colegio rural agrupado se hará constar: a. b. c. d.
Unidades que se agrupan. Composición resultante, que se denominará colegio rural agrupado. Localidades a las que el colegio rural agrupado extiende su ámbito de actuación. Domicilio oficial del colegio rural agrupado.
4. El Ministro de Educación y Ciencia regulará la adscripción de los maestros titulares de las unidades que se agrupan en el colegio rural agrupado. Artículo 4. Denominación de los centros. 1. Los centros dependientes del Ministerio de Educación y Ciencia tendrán la denominación específica que apruebe dicho Ministerio a propuesta del consejo escolar y con informe favorable del ayuntamiento. 2. No podrán existir, en el mismo municipio, escuelas o colegios con la misma denominación específica. 3. La denominación del centro figurará en la fachada del edificio, en lugar visible. 4. Los colegios rurales agrupados tendrán la denominación específica que apruebe el Ministerio de Educación y Ciencia a propuesta del consejo escolar del colegio, previa consulta a los ayuntamientos implicados. TÍTULO II. ORGANOS DE GOBIERNO DE LAS ESCUELAS DE EDUCACION INFANTIL Y DE LOS COLEGIOS DE EDUCACION PRIMARIA Capítulo I. Órganos de gobierno Artículo 5. Órganos colegiados y unipersonales. 1. Las escuelas de educación infantil y los colegios de educación primaria tendrán los siguientes órganos de gobierno: a. Colegiados: consejo escolar del centro y claustro de profesores. b. Unipersonales: director, jefe de estudios y secretario. 2. Las escuelas de educación infantil y los colegios de educación primaria que funcionen conjuntamente tendrán órganos de gobierno únicos en los que participarán padres y maestros de ambos niveles educativos. Estos centros se denominarán colegios de educación infantil y primaria. 3. En el supuesto previsto en el apartado anterior, para determinar el número de unidades del colegio, se sumarán las correspondientes a educación infantil y a educación primaria. Artículo 6. La participación de la comunidad educativa. La participación de los padres de alumnos, maestros, personal de administración y servicios y ayuntamientos en el gobierno de los centros se efectuará a través del consejo escolar del centro. Artículo 7. Principios de actuación. 1. Los órganos de gobierno velarán por que las actividades de los centros se desarrollen de acuerdo con los principios y valores de la Constitución, por la efectiva realización de
los fines de la educación, establecidos en las leyes y en las disposiciones vigentes, y por la calidad de la enseñanza. 2. Además, los órganos de gobierno de los centros garantizarán, en el ámbito de su competencia, el ejercicio de los derechos reconocidos a los alumnos, profesores, padres de los alumnos y personal de la administración y servicios y velarán por el cumplimiento de los deberes correspondientes. Asimismo favorecerán la participación efectiva de todos los miembros de la comunidad educativa en la vida del centro, en su gestión y en su evaluación. Capítulo II. Órganos colegiados de gobierno Sección 1ª. El consejo escolar de las escuelas de educación infantil y los colegios de educación primaria. Artículo 8. Carácter y composición del consejo escolar. 1. El consejo escolar de las escuelas de educación infantil y los colegios de educación primaria es el órgano de participación de los diferentes miembros de la comunidad educativa. 2. El consejo escolar de los centros que tengan nueve o más unidades, estará compuesto por los siguientes miembros: a. b. c. d. e. f.
El director del centro, que será su presidente. El jefe de estudios. Cinco maestros elegidos por el claustro. Cinco representantes de los padres de alumnos. Un representante del personal de administración y servicios. Un concejal o representante del ayuntamiento del municipio en cuyo término se halle radicado el centro. g. El secretario, que actuará como secretario del Consejo, con voz, pero sin voto. 3. En los centros con seis o más unidades y menos de nueve, el consejo escolar estará compuesto por los siguientes miembros: a. b. c. d.
El director del centro, que será su presidente. Tres maestros elegidos por el claustro. Tres representantes de los padres de alumnos. Un concejal o representante del ayuntamiento del municipio en cuyo término se halle radicado el centro. e. El secretario, que actuará como secretario del Consejo, con voz, pero sin voto. 4. En los centros con más de dos unidades y menos de seis, el consejo escolar estará compuesto por los siguientes miembros: a. El director del centro, que será su presidente. b. Dos maestros elegidos por el claustro. Uno de ellos, designado por el director, actuará como secretario, con voz y voto en el Consejo. c. Dos representantes de los padres de alumnos. d. Un concejal o representante del ayuntamiento del municipio en cuyo término se halle radicado el centro. 5. En los centros con una o dos unidades, el consejo escolar estará compuesto por los siguientes miembros:
a. El director del centro, que será su presidente y actuará, también, como secretario del consejo escolar. b. Un representante de los padres de alumnos. c. Un concejal o representante del ayuntamiento del municipio en cuyo término se halle radicado el centro. 6. De los representantes de los padres de alumnos que componen el consejo escolar uno de ellos será designado, en su caso, por la asociación de padres de alumnos más representativa en el centro, legalmente constituida. 7. Los alumnos podrán estar representados en el consejo escolar del colegio de educación primaria, con voz, pero sin voto, en las condiciones que establezca el proyecto educativo del centro. Artículo 9. Elección y renovación del consejo escolar. 1. El procedimiento de elección de los miembros del consejo escolar se desarrollará durante el primer trimestre del curso académico. 2. El consejo escolar se renovará por mitades cada dos años de forma alternativa. Cada una de ellas estará configurada de la siguiente forma: a) Primera mitad: 1. Centros que tengan nueve o más unidades: tres maestros y dos padres de alumnos. 2. Centros con seis o más unidades y menos de nueve: dos maestros y un padre. 3. Centros con más de dos unidades y menos de seis: un maestro y un padre. b) Segunda mitad: los restantes maestros y representantes de los padres de alumnos y los representantes del personal de administración y servicios en su caso. 3. En el caso de centros de nueva creación en los que se constituya por primera vez el consejo escolar, se elegirán todos los miembros de cada sector de una vez. Los electores de cada uno de los sectores representados harán constar en su papeleta, como máximo, tantos nombres como puestos a cubrir. En la primera renovación parcial, posterior a la constitución del consejo escolar, se elegirán los puestos correspondientes a la primera mitad establecida en el apartado dos a) de este artículo, afectando a aquellos representantes que hubieran obtenido menos votos en la elección anterior. 4. En los centros de una y dos unidades la renovación del representante de los padres se realizará cada dos años. 5. Los miembros de la comunidad escolar sólo podrán ser elegidos por el sector correspondiente y podrán ser candidatos para la representación de uno sólo de dichos sectores, aunque pertenezcan a más de uno. Artículo 10. Procedimiento para cubrir vacantes en el consejo escolar. 1. Aquellos representantes que, antes de la renovación que les corresponda, dejaran de cumplir los requisitos necesarios para pertenecer a dicho órgano, producirán una vacante que será cubierta por los siguientes candidatos de acuerdo con el número de votos obtenidos. Para la dotación de las vacantes que se produzcan, se utilizará la lista de la última renovación parcial, independientemente de que la vacante a cubrir corresponda a una renovación parcial anterior. En el caso de que no hubiera más candidatos para cubrir la vacante, quedaría sin cubrir hasta la próxima renovación del consejo escolar. 2. Las vacantes que no se hayan cubierto se dotarán mediante elección en la siguiente renovación parcial. Las vacantes que se produzcan a partir del mes de septiembre
anterior a cualquier renovación parcial se cubrirán en dicha renovación y no por sustitución. 3. En el caso de que en una renovación parcial haya vacantes que pertenezcan a la renovación parcial anterior, los puestos de la renovación actual se cubrirán con los candidatos más votados y las vacantes con los siguientes en número de votos. Estas últimas se renovarán en la siguiente elección parcial. Artículo 11. Junta electoral. 1. A efectos de la organización del procedimiento de elección, se constituirá en cada centro una junta electoral compuesta por los siguientes miembros: el director del centro, que será su presidente, un maestro, si se trata de centros con más de una unidad, y un padre de alumno, los dos últimos elegidos por sorteo entre los miembros salientes del consejo escolar que no vayan a ser candidatos. En los centros de nueva creación, así como en aquellos casos en los que todos los miembros salientes de un sector sean candidatos, el sorteo para designar a los representantes en la junta electoral se realizará entre los inscritos en los respectivos censos electorales. 2. Las competencias de la junta electoral son las siguientes: a. Aprobar y publicar los censos electorales, que comprenderán nombre, apellidos y Documento Nacional de Identidad de los electores, ordenados alfabéticamente, así como su condición de profesores, padres de alumnos y personal de administración y servicios. b. Concretar el calendario electoral de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de este Reglamento. c. Ordenar el proceso electoral. d. Admitir y proclamar las distintas candidaturas. e. Promover la constitución de las distintas mesas electorales. f. Resolver las reclamaciones presentadas contra las decisiones de las mesas electorales. g. Proclamar los candidatos elegidos y remitir las correspondientes actas a la autoridad administrativa competente. 3. Contra las decisiones de la junta en lo relativo a la proclamación de candidatos, cabe recurso ordinario ante el director provincial del Ministerio de Educación y Ciencia, cuya resolución pondrá fin a la vía administrativa. Artículo 12. Procedimiento para cubrir los puestos de designación. 1. En la primera constitución y siempre que se produzca una renovación parcial del consejo escolar, la junta electoral solicitará la designación de sus representantes al ayuntamiento del municipio en cuyo término se halle radicado el centro y a la asociación de padres de alumnos más representativa, legalmente constituida. 2. En el caso de colegios rurales agrupados, la representación municipal será ostentada cada año académico por uno de los ayuntamientos a los que la agrupación extienda su ámbito de aplicación. El representante municipal estará obligado a informar a todos los ayuntamientos de la agrupación de los asuntos tratados y de las decisiones adoptadas por el consejo escolar. Artículo 13. Elección de los representantes de los profesores. 1. Los representantes de los profesores en el consejo escolar serán elegidos por el claustro y en el seno de éste. El voto será directo, secreto y no delegable. 2. Serán electores todos los miembros del claustro. Serán elegibles los profesores que se hayan presentado como candidatos.
3. El director convocará un claustro, de carácter extraordinario, en el que, como único punto del orden del día, figurará el acto de elección y proclamación de profesores electos. 4. En la sesión del claustro extraordinario, se constituirá una mesa electoral. Dicha mesa estará integrada por el director del centro, que actuará de presidente, el maestro de mayor antigüedad y el de menor antigüedad en el cuerpo, que actuará de secretario de la mesa. Cuando coincidan varios maestros de igual antigüedad, formarán parte de la mesa el de mayor edad entre los más antiguos y el de menor edad entre los menos antiguos. 5. El quórum será de la mitad más uno de los componentes del claustro. Si no existiera quórum, se efectuará nueva convocatoria veinticuatro horas después de la señalada para la primera. En este caso, no será preceptivo el quórum señalado. 6. Cada profesor podrá hacer constar en su papeleta, como máximo, tantos nombres como puestos a cubrir. Serán elegidos los profesores con mayor número de votos. Si en la primera votación no hubiese resultado elegido el número de profesores que corresponda, se procederá a realizar en el mismo acto sucesivas votaciones hasta alcanzar dicho número, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 18.2 de este Reglamento. 7. El desempeño de un cargo se considera incompatible con la condición de representante electo del profesorado en el consejo escolar del centro. En caso de concurrencia de dos designaciones, el profesor deberá optar por el desempeño de uno de los puestos, debiendo procederse a cubrir el puesto que deje vacante por los mecanismos previstos en el presente Reglamento. Artículo 14. Elección de los representantes de los padres. 1. La representación de los padres en el consejo escolar corresponderá a éstos o a los representantes legales de los alumnos, sea cual fuere el número de hijos escolarizados en el centro. El derecho a elegir y ser elegido corresponde al padre y a la madre o, en su caso, a los tutores legales. 2. Serán electores y elegibles todos los padres o tutores legales de los alumnos que estén matriculados en el centro y que, por tanto, deberán figurar en el censo. La elección se producirá entre los candidatos admitidos por la junta. Las asociaciones de padres de alumnos legalmente constituidas podrán presentar candidaturas diferenciadas. 3. La elección de los representantes de los padres de los alumnos estará precedida por la constitución de la mesa encargada de presidir la votación, conservar el orden, velar por la pureza del sufragio y realizar el escrutinio. 4. Si el consejo escolar se va a constituir por primera vez, la mesa electoral estará integrada por el director del centro, que actuará de presidente, y cuatro padres o tutores legales designados por sorteo. En el resto de los casos, formarán parte de la mesa electoral los representantes de los padres de alumnos en el consejo escolar saliente. Actuará de secretario el representante de los padres de menor edad. La junta electoral deberá prever el nombramiento de suplentes, designados también por sorteo. 5. Podrán actuar como supervisores de la votación los padres o tutores legales de los alumnos matriculados en el centro propuestos por una asociación de padres de alumnos del mismo o avalados por la firma de diez electores. 6. El voto será directo, secreto y no delegable. Cada elector podrá hacer constar en su papeleta, como máximo, tantos nombres como puestos a cubrir e identificarse mediante su Documento Nacional de Identidad, u otro documento equivalente. 7. A fin de conseguir la mayor participación posible, los padres de los alumnos podrán utilizar el voto por correo. A tal efecto, el voto deberá ser enviado a la mesa electoral del centro antes de la realización del escrutinio mediante una carta que deberá contener
el voto emitido y una fotocopia del Documento Nacional de Identidad o de un documento acreditativo equivalente. Artículo 15. Elección del representante del personal de administración y servicios. 1. El representante del personal de administración y servicios, cuando haya más de un elector de este colectivo, será elegido por el personal que realice en el centro funciones de esta naturaleza, siempre que esté vinculado al mismo, o al ayuntamiento correspondiente, por relación jurídico-administrativa o laboral Todo el personal de administración y servicios del centro que reúna los requisitos indicados tiene la condición de elector y elegible. 2. En los casos en que exista un solo elector, será éste el representante del personal de administración y servicios en el consejo escolar. 3. Para la elección del representante del personal de administración y servicios, la votación se realizará mediante sufragio directo, secreto y no delegable ante la mesa electoral de los profesores en urna separada. Artículo 16. Escrutinio de votos y elaboración de actas. 1. En cada uno de los actos electorales, una vez finalizada la votación, se procederá por la mesa correspondiente al escrutinio de los votos. Efectuado el recuento de los mismos, que será público, se extenderá un acta, firmada por todos los componentes de la mesa, en la que se hará constar los representantes elegidos, y el nombre y el número de votos obtenidos por cada uno de los candidatos presentados. El acta será enviada a la junta electoral del centro a efectos de la proclamación de los distintos candidatos elegidos; se remitirá copia de la misma al director provincial. 2. En los casos en que se produzca empate en las votaciones, la elección se dirimirá por sorteo. Artículo 17. Proclamación de candidatos electos y reclamaciones. 1. El acto de proclamación de los candidatos electos se realizará por la junta electoral del centro, tras el escrutinio realizado por la mesa y la recepción de las correspondientes actas. Contra las decisiones de dicha junta en materia de proclamación de miembros electos se podrá interponer recurso ordinario ante el director provincial, cuya resolución pondrá fin a la vía administrativa. 2. El director provincial creará una comisión que estudiará y evaluará el contenido de las reclamaciones que puedan producirse a lo largo del proceso electoral. Artículo 18. Constitución del consejo escolar. 1. En el plazo de diez días, a contar desde la fecha de proclamación de los miembros electos, el director convocará la sesión de constitución del nuevo consejo escolar. 2. Si alguno de los sectores de la comunidad escolar no eligiera a sus representantes en el consejo escolar por causas imputables a dichos sectores, este hecho no invalidará la constitución de dicho órgano colegiado. A tal efecto, el director provincial adoptará las medidas oportunas para la constitución del mismo. Artículo 19. Régimen de funcionamiento del consejo escolar. 1. Las reuniones del consejo escolar se celebrarán en el día y con el horario que posibiliten la asistencia de todos sus miembros. En las reuniones ordinarias, el director enviará a los miembros del consejo escolar, con una antelación mínima de una semana, la convocatoria y la documentación que vaya a ser objeto de debate y, en su caso, aprobación. Podrán realizarse, además, convocatorias extraordinarias con una antelación mínima de cuarenta y ocho horas, cuando la naturaleza de los asuntos que hayan de tratarse así lo aconseje.
2. El consejo escolar se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque el director o lo solicite, al menos, un tercio de sus miembros. En todo caso, será preceptiva, además, una reunión a principio de curso y otra al final del mismo. La asistencia a las sesiones del consejo escolar será obligatoria para todos sus miembros 3. El consejo escolar adoptará los acuerdos por mayoría simple salvo en los casos siguientes: a. Elección del director y aprobación del presupuesto y de su ejecución, que se realizará por mayoría absoluta. b. Aprobación del proyecto educativo y del reglamento de régimen interior, así como sus modificaciones, que se realizará por mayoría de dos tercios. c. Acuerdo de revocación de nombramiento del director, que se realizará por mayoría de dos tercios. Artículo 20. Comisiones del consejo escolar. 1. El consejo escolar constituirá una comisión de convivencia en la forma en que se determine en el reglamento de régimen interior, en la que, al menos, estarán presentes el director, el jefe de estudios, y un maestro y un padre de alumno, elegidos por cada uno de los sectores. Las competencias estarán especificadas en el reglamento de régimen interior. 2. La comisión de convivencia informará al consejo escolar sobre la aplicación de las normas de convivencia y colaborará con él en la elaboración del informe que se cita en el artículo 21.l). Asimismo informará al consejo escolar de todo aquello que le encomiende dentro de su ámbito de competencia. 3. El consejo escolar podrá constituir otras comisiones para asuntos específicos en la forma y con las competencias que determine el reglamento de régimen interior. Artículo 21. Competencias del consejo escolar. El consejo escolar tendrá las siguientes competencias: a) Establecer las directrices para la elaboración del proyecto educativo, aprobarlo y evaluarlo, sin perjuicio de las competencias que el claustro de profesores tiene atribuidas en relación con la planificación y organización docente. Asimismo, establecer los procedimientos para su revisión cuando su evaluación lo aconseje. b) Elegir al director del centro. c) Proponer la revocación del nombramiento del director, en los términos establecidos en el artículo 19.3.c). d) Decidir sobre la admisión de alumnos, con sujeción a lo establecido en la normativa vigente. e) Aprobar el reglamento de régimen interior. f) Resolver los conflictos e imponer las correcciones con finalidad pedagógica que correspondan a aquellas conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia en el centro de acuerdo con las normas que regulan los derechos y deberes de los alumnos. g) Aprobar el proyecto de presupuesto del centro y la ejecución del mismo. h) Promover la renovación de las instalaciones y equipo escolar, y vigilar su conservación. i) Aprobar y evaluar la programación general del centro, respetando, en todo caso, los aspectos docentes que competen al claustro. j) Aprobar y evaluar la programación general de las actividades escolares complementarias.
k) Fijar las directrices para la colaboración del centro con fines culturales, educativos y asistenciales, con otros centros, entidades y organismos. l) Analizar y evaluar el funcionamiento general del centro, especialmente la eficacia en la gestión de los recursos, así como la aplicación de las normas de convivencia y elaborar un informe de la misma que se incluirá en la memoria anual. m) Analizar y evaluar la evolución del rendimiento escolar general del centro. n) Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa o cualquier informe referente a la marcha del mismo. ñ) Informar la memoria anual sobre las actividades y actuación general del centro. o) Conocer las relaciones del centro con las instituciones de su entorno. Sección 2ª. El claustro de profesores Artículo 22. Carácter y composición del claustro de profesores. 1. El claustro, órgano propio de participación de los maestros en el centro, tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, decidir e informar sobre todos los aspectos docentes del mismo. 2. El claustro será presidido por el director y estará integrado por la totalidad de los profesores que presten servicios en el centro. Artículo 23. Régimen de funcionamiento del claustro. 1. El claustro se reunirá, como mínimo, una vez al trimestre y siempre que lo convoque el director o lo solicite un tercio, al menos, de sus miembros. Será preceptiva, además, una sesión de claustro al principio del curso y otra al final del mismo. 2. La asistencia a las sesiones del claustro es obligatoria para todos sus miembros. Artículo 24. Competencias del claustro Son competencias del claustro: a) Formular propuestas dirigidas al equipo directivo para la elaboración del proyecto educativo y de la programación general anual. b) Establecer los criterios para la elaboración de los proyectos curriculares de etapa, aprobarlos, evaluarlos y decidir las posibles modificaciones posteriores de los mismos conforme al proyecto educativo. c) Aprobar los aspectos docentes de la programación general anual, conforme al proyecto educativo e informar aquella antes de su presentación al consejo escolar, así como la memoria final de curso. d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación y de la investigación pedagógica. e) Elegir a sus representantes en el consejo escolar. f) Conocer las candidaturas a la dirección y los programas presentados por los candidatos. g) Coordinar las funciones referentes a la orientación, tutoría, evaluación y recuperación de los alumnos. h) Analizar y valorar los resultados de la evaluación que del centro realice la Administración educativa o cualquier información referente a la marcha del mismo. i) Analizar y evaluar los aspectos docentes del proyecto educativo y la programación general anual. j) Participar en la planificación de la formación del profesorado del centro y elegir a sus representantes en el centro de profesores y recursos. k) Aprobar los criterios pedagógicos para la elaboración de los horarios de los alumnos. l) Aprobar la planificación general de las sesiones de evaluación. m) Aprobar los criterios para la elaboración de los horarios de los profesores. n) Analizar y valorar trimestralmente la situación económica del centro.
ñ) Analizar y valorar la evolución del rendimiento escolar general del centro a través de los resultados de las evaluaciones y cuantos otros medios se consideren adecuados. o) Conocer las relaciones del centro con las instituciones de su entorno. Capítulo III. Órganos unipersonales de gobierno Artículo 25. El equipo directivo. 1. Los órganos unipersonales de gobierno constituyen el equipo directivo del centro y trabajarán de forma coordinada en el desempeño de sus funciones. 2. El equipo directivo tendrá las siguientes funciones: a. Velar por el buen funcionamiento del centro. b. Estudiar y presentar al claustro y consejo escolar propuestas para facilitar y fomentar la participación coordinada de toda la comunidad educativa en la vida del centro. c. Proponer procedimientos de evaluación de las distintas actividades y proyectos del centro y colaborar en las evaluaciones externas de su funcionamiento. d. Proponer a la comunidad escolar actuaciones de carácter preventivo que favorezcan las relaciones entre los distintos colectivos que la integran y mejoren la convivencia en el centro. e. Adoptar las medidas necesarias para la ejecución coordinada de las decisiones del consejo escolar y del claustro en el ámbito de sus respectivas competencias. f. Establecer los criterios para la elaboración del proyecto del presupuesto. g. Elaborar la propuesta del proyecto educativo del centro, la programación general anual y la memoria de final de curso. h. Aquellas otras funciones que delegue en él el consejo escolar, en el ámbito de su competencia. 3. El equipo directivo podrá invitar a sus reuniones, con carácter consultivo, a cualquier miembro de la comunidad educativa que crea conveniente. Artículo 26. Composición del equipo directivo. 1. En los centros con nueve o más unidades habrá director, secretario y jefe de estudios. 2. En los centros con seis o más unidades, y menos de nueve, habrá director y secretario. El director asumirá las funciones del jefe de estudios. 3. En los centros con menos de seis unidades, el director asumirá las funciones del jefe de estudios y del secretario. Las funciones del secretario en el consejo escolar serán asumidas por el maestro miembro del Consejo que designe el director. Artículo 27. Elección y nombramiento del director 1. El director será elegido por el consejo escolar y nombrado por el director provincial del Ministerio de Educación y Ciencia por un período de cuatro años. 2. La votación se efectuará mediante sufragio directo y secreto. La elección se producirá por mayoría absoluta de los miembros del consejo escolar en la reunión extraordinaria de dicho Consejo, que a tal efecto se convoque. 3. Si en primera votación no se produjera la mayoría absoluta, se procederá a una nueva convocatoria en el plazo de cuarenta y ocho horas. En el caso de que haya concurrido más de un candidato, el más votado en la primera votación, figurará como único candidato en la segunda. En cualquier caso la elección se producirá, también, por mayoría absoluta. 4. El nombre del candidato que obtenga la mayoría absoluta será notificado por el director del centro al director provincial para su correspondiente nombramiento. El nombramiento y la toma de posesión se realizarán con efectos del 1 de julio siguiente a la celebración de las elecciones.
Artículo 28. Presentación y requisitos de los candidatos. 1. Podrá ser candidato al cargo de director cualquier profesor, funcionario de carrera y en servicio activo, que reúna los siguientes requisitos: a. Tener una antigüedad de al menos cinco años en el cuerpo de la función pública docente desde el que se opta. b. Haber sido profesor durante al menos cinco años en un centro que imparta algunas de las enseñanzas del mismo nivel y régimen. c. Tener destino definitivo en el centro con una antigüedad de al menos un curso académico. d. Haber sido acreditado para el ejercicio de la dirección por la Administración educativa competente. 2. No podrán presentarse como candidatos los maestros que hayan desempeñado el cargo de director durante tres períodos consecutivos inmediatamente anteriores en el centro en el que presenta la candidatura, contados a partir de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 9/1995 de 20 de noviembre de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los centros Docentes. 3. Tampoco podrán presentarse como candidatos los maestros que, por cualquier causa, no vayan a prestar servicio en el centro en el curso académico inmediatamente siguiente a su toma de posesión como director. 4. En los centros específicos de educación infantil y en los incompletos de educación primaria, y sólo en el caso de que no haya maestro alguno que cumpla los requisitos establecidos anteriormente, podrán ser candidatos los maestros que cumplan los requisitos a), b) y c) previstos en el apartado uno de este artículo. En el caso de que, además, no haya profesores que cumplan los requisitos a), b) y c) mencionados, podrán presentarse como candidatos los que cumplan los requisitos b) y c) previstos en el apartado uno de este artículo. De igual manera, si, además, no hubiese profesores que cumplan los requisitos b) y c) mencionados, podrán presentarse como candidatos los que cumplan el requisito c) previsto en el apartado uno de este artículo. Si no hubiera profesores en el centro que cumplan ninguno de los requisitos mencionados, podrán presentarse como candidatos todos aquellos que tengan destino definitivo en el centro. Artículo 29. Programa de dirección. 1. Los candidatos deberán presentar por escrito ante el consejo escolar, con una antelación mínima de quince días respecto a la fecha de la elección y sus méritos profesionales. 2. El programa de dirección deberá contener: a. La propuesta de los órganos unipersonales de gobierno que forman la candidatura. b. La justificación de haber sido acreditado para el ejercicio de la función directiva, que incluya las condiciones que permitieron su acreditación. c. Un análisis del funcionamiento del centro y de los principales problemas y necesidades del mismo. d. Los objetivos que pretende alcanzar durante su mandato. 3. El consejo escolar valorará los programas de dirección presentados y los méritos profesionales de los candidatos. 4. El claustro de profesores deberá ser informado de las candidaturas y conocer los programas presentados.
Artículo 30. Designación del director por la Administración. 1. En ausencia de candidatos, o cuando éstos no hayan obtenido la mayoría absoluta, el director provincial nombrará un director que reúna, al menos, los requisitos a), b) y d) dispuestos en el artículo 28.1 de este Reglamento. El nombramiento podrá recaer sobre un profesor del centro o de otro ubicado en el ámbito de la Dirección provincial correspondiente para que, en comisión de servicios, desempeñe la función directiva. El director designará a los cargos unipersonales del equipo directivo. La duración del mandato del director así nombrado será de cuatro años. 2. En los centros específicos de educación infantil y en los incompletos de educación primaria, cuando no sea posible el nombramiento de un maestro de otro centro que reúna los requisitos antes indicados, el director provincial podrá nombrar como director a cualquier maestro, funcionario de carrera. La duración del mandato del director así nombrado será de cuatro años. 3. En el caso de centros que por ser de nueva creación o por otras circunstancias, no dispusieran de profesorado con los requisitos establecidos en el artículo 28.1 de este Reglamento, el director provincial nombrará director, por un período de tres años y de acuerdo con lo dispuesto en el apartado uno de este artículo, a un maestro que reúna los requisitos a), b) y d) establecidos en el artículo 28.1 de este reglamento. Artículo 31. Competencias del director Son competencias del director: a) Ostentar la representación del centro y representar oficialmente a la Administración educativa en el centro, sin perjuicio de las atribuciones de las demás autoridades educativas. b) Cumplir y hacer cumplir las leyes y demás disposiciones vigentes. c) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, de acuerdo con las disposiciones vigentes y sin perjuicio de las competencias de los restantes órganos de gobierno del centro. d) Colaborar con los órganos de la Administración educativa en todo lo relativo al logro de los objetivos del centro, así como formar parte de los órganos consultivos de la Dirección provincial que se establezcan al efecto. e) Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro y controlar la asistencia al trabajo. Aplicar el régimen disciplinario de todo el personal adscrito al centro, así como realizar la propuesta, cuando corresponda, de incoación de expedientes. f) Mantener las relaciones administrativas con la Dirección provincial y proporcionar la información que le sea requerida por las autoridades educativas competentes. g) Gestionar los medios materiales del centro. h) Autorizar los gastos de acuerdo con el presupuesto del centro y ordenar los pagos. i) Visar las certificaciones y documentos oficiales del centro. j) Designar y proponer el cese de los restantes miembros del equipo directivo, así como designar y cesar a los coordinadores de ciclo y a los tutores, de acuerdo con el procedimiento establecido en este reglamento. k) Ejecutar, en el ámbito de su competencia, los acuerdos de los órganos colegiados. l) Fomentar y coordinar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar y procurar los medios precisos para la más eficaz ejecución de sus respectivas competencias, garantizando el derecho de reunión de profesores, padres, alumnos y personal de administración y servicios. m) Elaborar con el equipo directivo la propuesta del proyecto educativo y de la programación general anual, de acuerdo con las directrices y criterios establecidos por el consejo escolar y con las propuestas formuladas por el claustro y, asimismo, velar por su correcta aplicación.
n) Convocar y presidir los actos académicos, el consejo escolar, el claustro y la comisión de coordinación pedagógica del centro. ñ) Promover e impulsar las relaciones del centro con las instituciones de su entorno y facilitar la adecuada coordinación con otros servicios educativos de la zona. o) Elevar al director provincial la memoria anual sobre las actividades y situación general del centro. p) Proporcionar la información que le sea requerida por las autoridades educativas competentes. q) Facilitar la información sobre la vida del centro a los distintos sectores de la comunidad escolar. r) Favorecer la convivencia en el centro y garantizar el procedimiento para imponer las correcciones que correspondan, de acuerdo con las disposiciones vigentes, lo establecido en el reglamento de régimen interior, y con los criterios fijados por el consejo escolar. s) Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros de acuerdo con las disposiciones vigentes. t) Favorecer la evaluación de todos los proyectos y actividades del centro y colaborar con la Administración educativa en las evaluaciones externas que periódicamente se lleven a cabo. Artículo 32. Cese del director. 1. El director del centro cesará en sus funciones al término de su mandato o al producirse alguna de las causas siguientes: a. Renuncia motivada aceptada por el director provincial, oído el consejo escolar. b. Destitución o revocación acordada por el director provincial en los términos previstos en los apartados dos y tres de este artículo. c. Cuando el director deje de prestar servicio en el centro por traslado voluntario o forzoso, pase a la situación de servicios especiales, excedencia voluntaria o forzosa y suspensión de funciones de acuerdo con lo dispuesto en la legislación vigente, o cualquier otra circunstancia. 2. El director provincial cesará o suspenderá al director mediante expediente administrativo antes del término de su mandato cuando incumpla gravemente sus funciones, previo informe razonado del consejo escolar del centro y con audiencia del interesado. 3. Asimismo, el director provincial revocará el nombramiento del director a propuesta razonada de los miembros del consejo escolar y acordada por mayoría de dos tercios de sus miembros. En este supuesto, el consejo escolar será convocado con carácter urgente y extraordinario, siempre que lo solicite por escrito al menos un tercio de sus componentes. 4. Si el director cesara antes de terminar su mandato por cualquiera de las circunstancias enumeradas en los anteriores apartados de este artículo el director provincial nombrará, oído el consejo escolar, un director en funciones hasta la nueva elección en la siguiente convocatoria. 5. Cuando el director haya obtenido, aunque sea provisionalmente, traslado a otro centro, o cuando le reste menos de un año para alcanzar la edad de jubilación, se celebrarán nuevas elecciones en la primera convocatoria ordinaria que se realice. El director elegido tomará posesión con fecha de uno de julio siguiente, momento en que cesará en su cargo, a todos los efectos, el director anterior. Artículo 33. Designación y nombramiento del jefe de estudios y el secretario.
1. El jefe de estudios y el secretario serán maestros, funcionarios de carrera en situación de servicio activo, con destino definitivo en el centro, designados por el director, previa comunicación al consejo escolar, y nombrados por el director provincial. En situaciones excepcionales y con autorización expresa del director provincial, podrá ser nombrado un profesor que no tenga destino definitivo en el centro. A estos efectos, el director, oído el consejo escolar del centro, podrá elevar una propuesta razonada a la Dirección provincial correspondiente. 2. No podrán ser nombrados jefe de estudios ni secretario los maestros cuando se dé la circunstancia prevista en el artículo 28.3 de este Reglamento. 3. En el caso de centros que por ser de nueva creación, o por otras circunstancias no dispusieran de profesores con los requisitos establecidos en el apartado uno de este artículo, el director del centro podrá proponer a maestros del propio centro que no tengan destino definitivo en el mismo, que serán nombrados por el director provincial, oído el consejo escolar si lo hubiese. 4. La duración del mandato del jefe de estudios y el secretario será la que corresponda al director que los hubiera designado. 5. El director del centro remitirá al director provincial la propuesta de nombramiento de los maestros por él designados para ocupar los cargos de jefe de estudios y secretario. El nombramiento y la toma de posesión se realizará con efectos del uno de julio siguiente a la celebración de las elecciones. Artículo 34. Competencias del jefe de estudios Son competencias del jefe de estudios: a. Ejercer, por delegación del director y bajo su autoridad, la jefatura del personal docente en todo lo relativo al régimen académico. b. Sustituir al director en caso de ausencia o enfermedad. c. Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y complementarias de maestros y alumnos en relación con el proyecto educativo, los proyectos curriculares de etapa y la programación general anual y, además, velar por su ejecución. d. Elaborar, en colaboración con los restantes órganos unipersonales, los horarios académicos de alumnos y maestros de acuerdo con los criterios aprobados por el claustro y con el horario general incluido en la programación general anual, así como velar por su estricto cumplimiento. e. Coordinar las tareas de los equipos de ciclo. f. Coordinar y dirigir la acción de los tutores y, en su caso, del maestro orientador del centro, conforme al plan de acción tutorial. g. Coordinar, con la colaboración del representante del claustro en el centro de profesores y recursos, las actividades de perfeccionamiento del profesorado, así como planificar y organizar las actividades de formación de profesores realizadas por el centro. h. Organizar los actos académicos. i. Fomentar la participación de los distintos sectores de la de la comunidad escolar, especialmente en lo que se refiere al alumnado, facilitando y orientando su organización. j. Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la programación general anual, junto con el resto del equipo directivo. k. Favorecer la convivencia en el centro y garantizar el procedimiento para imponer las correcciones que correspondan, de acuerdo con las disposiciones
vigentes, lo establecido en el reglamento de régimen interior y los criterios fijados por el consejo escolar. l. Organizar la atención y cuidado de los alumnos en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas. m. Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el director dentro del ámbito de su competencia. Artículo 35. Competencias del secretario Son competencias del secretario: a. Ordenar el régimen administrativo del centro, de conformidad con las directrices del director. b. Actuar como secretario de los órganos colegiados de gobierno del centro, levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del director. c. Custodiar los libros y archivos del centro. d. Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados. e. Realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado. f. Custodiar y disponer la utilización de los medios, informáticos, audiovisuales y del resto del material didáctico. g. Ejercer, por delegación del director y bajo su autoridad, la jefatura del personal de administración y de servicios adscrito al centro. h. Elaborar el anteproyecto de presupuesto del centro. i. Ordenar el régimen económico del centro, de conformidad con las instrucciones del director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las autoridades correspondientes. j. Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la programación general anual, junto con el resto del equipo directivo. k. Velar por el mantenimiento material del centro en todos sus aspectos, de acuerdo con las indicaciones del director. l. Cualquier otra función que le encomiende el director dentro de su ámbito de competencia. Artículo 36. Cese del jefe estudios y del secretario. 1. El jefe de estudios y el secretario cesarán en sus funciones al término de su mandato o al producirse alguna de las circunstancias siguientes: a. Renuncia motivada aceptada por el director, oído el consejo escolar. b. Cuando por cese del director que los propuso, se produzca la elección del nuevo director. c. Cuando el cargo directivo deje de prestar servicio en el centro por traslado voluntario o forzoso, pase a la situación de servicios especiales, excedencia voluntaria o forzosa y suspensión de funciones de acuerdo con lo dispuesto en al legislación vigente, o por cualquier otra circunstancia. d. El director provincial cesará al jefe de estudios y secretario a propuesta del director, mediante escrito razonado, previa comunicación al consejo escolar. e. El director provincial cesará o suspenderá al jefe de estudios y secretario, mediante expediente administrativo, cuando incumplan gravemente sus funciones, previo informe razonado del director, dando audiencia al interesado, y oído el consejo escolar.
2. Cuando cesen el jefe de estudios o el secretario por alguna de las causas señaladas en el apartado anterior, se estará a lo dispuesto en el artículo siguiente, sin perjuicio de que el director designe a un nuevo maestro para cubrir el puesto vacante, notificándolo al consejo escolar. Artículo 37. Sustitución de los miembros del equipo directivo. 1. En caso de ausencia o enfermedad del director, se hará cargo provisionalmente de sus funciones el jefe de estudios, si lo hubiere. En caso contrario, lo sustituirá el maestro más antiguo en el centro y, si hubiese varios de igual antigüedad, el de mayor antigüedad en el cuerpo. 2. En caso de ausencia o enfermedad del jefe de estudios o del secretario se hará cargo provisionalmente de sus funciones el maestro que designe el director, que informará de su decisión al consejo escolar. III. ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE Capítulo I. Órganos de coordinación Artículo 38. Órganos de coordinación. 1. En las escuelas de educación infantil y en los colegios de educación primaria, con doce o más unidades, existirán los siguientes órganos de coordinación docente: a. Equipos de ciclo. b. Comisión de coordinación pedagógica. c. Tutores. 2. En los centros con menos de doce unidades las funciones de la comisión de coordinación pedagógica serán asumidas por el claustro. 3. En todos los centros, independientemente del número de unidades, habrá un maestro tutor por cada grupo de alumnos. Capítulo II. Equipos de ciclo Artículo 39. Composición y funcionamiento. 1. Los equipos de ciclo, que agruparán a todos los maestros que impartan docencia en él, son los órganos básicos encargados de organizar y desarrollar, bajo la supervisión del jefe de estudios, las enseñanzas propias del ciclo. 2. Son competencias del equipo de ciclo: a. Formular propuestas al equipo directivo y al claustro relativas a la elaboración del proyecto educativo y de la programación general anual. b. Formular propuestas a la comisión de coordinación pedagógica relativas a la elaboración de los proyectos curriculares de etapa. c. Mantener actualizada la metodología didáctica. d. Organizar y realizar las actividades complementarias y extraescolares. Artículo 40. Designación de los coordinadores de ciclo. 1. Cada uno de los equipos de ciclo estará dirigido por un coordinador. 2. Los coordinadores de ciclo desempeñarán su cargo durante un curso académico y serán designados por el director, oído el equipo de ciclo. 3. Los coordinadores de ciclo deberán ser maestros que impartan docencia en el ciclo y, preferentemente, con destino definitivo y horario completo en el centro. Artículo 41. Competencias del coordinador de ciclo. Corresponde al coordinador de ciclo:
a. Participar en la elaboración del proyecto curricular de etapa y elevar a la comisión de coordinación pedagógica las propuestas formuladas a este respecto por el equipo de ciclo. b. Coordinar las funciones de tutoría de los alumnos del ciclo. c. Coordinar la enseñanza en el correspondiente ciclo de acuerdo con el proyecto curricular de etapa. d. Aquellas otras funciones que le encomiende el jefe de estudios en el área de su competencia, especialmente las relativas a refuerzo educativo, adaptación curricular y actividades complementarias. Artículo 42. Cese de los coordinadores de ciclo. Los coordinadores de ciclo cesarán en sus funciones al término de su mandato o al producirse alguna de las causas siguientes: a. Renuncia motivada aceptada por el director. b. Revocación por el director a propuesta del equipo de ciclo mediante informe razonado, con audiencia del interesado.
Capítulo III. Comisión de coordinación pedagógica Artículo 43. Composición de la comisión de coordinación pedagógica. En las escuelas de educación infantil y en los colegios de educación primaria existirá una comisión de coordinación pedagógica que estará integrada por el director, que será su presidente, el jefe de estudios, los coordinadores de ciclo y, en su caso, el maestro orientador del centro o un miembro del equipo para la orientación e intervención educativa, que corresponda al centro. Actuará como secretario el profesor de menor edad. Artículo 44. Competencias de la comisión de coordinación pedagógica. La comisión de coordinación pedagógica tendrá, en relación con el régimen de funcionamiento regulado en el Título IV de este Reglamento, las siguientes competencias: a. Establecer las directrices generales para la elaboración y revisión de los proyectos curriculares de etapa. b. Supervisar la elaboración y revisión, así como coordinar y responsabilizarse de la redacción de los proyectos curriculares de etapa y su posible modificación, y asegurar su coherencia con el proyecto educativo. c. Elaborar la propuesta de organización de la orientación educativa y del plan de acción tutorial. d. Elaborar la propuesta de criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares adecuadas a los alumnos con necesidades educativas especiales. e. Proponer al claustro los proyectos curriculares de etapa para su aprobación. f. Velar por el cumplimiento y posterior evaluación de los proyectos curriculares de etapa. g. Proponer al claustro la planificación general de las sesiones de evaluación y calificación, de acuerdo con la Jefatura de Estudios. h. Proponer al claustro de profesores el plan para evaluar el proyecto curricular de cada etapa, los aspectos docentes del proyecto educativo y la programación general anual, la evolución del aprendizaje y el proceso de enseñanza.
i. Fomentar la evaluación de todas las actividades y proyectos del centro, colaborar con las evaluaciones que se lleven a cabo a iniciativa de los órganos de gobierno o de la Administración educativa e impulsar planes de mejora en caso de que se estime necesario, como resultado de dichas evaluaciones. Capítulo IV. Tutores Artículo 45. Tutoría y designación de tutores. 1. La tutoría y orientación de los alumnos formará parte de la función docente. 2. Cada grupo tendrá un maestro tutor que será designado por el director, a propuesta del jefe de estudios. Artículo 46. Funciones del tutor. 1. Los maestros tutores ejercerán las siguientes funciones: a. Participar en el desarrollo del plan de acción tutorial y en las actividades de orientación, bajo la coordinación del jefe de estudios. Para ello podrán contar con la colaboración del equipo de orientación educativa y psicopedagógica. b. Coordinar el proceso de evaluación de los alumnos de su grupo y adoptar la decisión que proceda acerca de la promoción de los alumnos de un ciclo a otro, previa audiencia de sus padres o tutores legales. c. Atender a las dificultades de aprendizaje de los alumnos, para proceder a la adecuación personal del currículo. d. Facilitar la integración de los alumnos en el grupo y fomentar su participación en las actividades del centro. e. Orientar y asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades educativas. f. Colaborar con el equipo de orientación educativa y psicopedagógica en los términos que establezca la jefatura de estudios. g. Encauzar los problemas e inquietudes de los alumnos. h. Informar a los padres, maestros y alumnos del grupo de todo aquello que les concierna en relación con las actividades docentes y el rendimiento académico. i. Facilitar la cooperación educativa entre los maestros y los padres de los alumnos. j. Atender y cuidar, junto con el resto de los profesores del centro, a los alumnos en los períodos de recreo y en otras actividades no lectivas. 2. El jefe de estudios coordinará el trabajo de los tutores y mantendrá las reuniones periódicas necesarias para el buen funcionamiento de la acción tutorial. TÍTULO IV. AUTONOMIA DE LOS CENTROS Capítulo I. Autonomía pedagógica. Artículo 47. Autonomía pedagógica de los centros. Los centros dispondrán de autonomía para definir el modelo de gestión organizativa y pedagógica, que deberá concretarse, en cada caso, mediante los correspondientes proyectos educativos, curriculares, y de sus respectivos reglamentos de régimen interior. Artículo 48. Proyecto educativo 1. El equipo directivo elaborará el proyecto educativo del centro de acuerdo con las directrices establecidas por el consejo escolar y las propuestas realizadas por el claustro y los equipos de ciclo. Para el establecimiento de dichas directrices deberá tenerse en cuenta las características del entorno escolar y las necesidades educativas específicas de los alumnos. 2. El proyecto educativo del centro será aprobado y evaluado por el consejo escolar.
3. El proyecto educativo fijará objetivos, prioridades y procedimientos de actuación, e incluirá: a. La organización general del centro, que se orientará a la consecución de los fines establecidos en el artículo 1 de la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo y al cumplimiento de los principios establecidos en el artículo 2 de la mencionada Ley. b. La adecuación de los objetivos generales de las etapas que se imparten en el centro. c. El reglamento de régimen interior. d. Los medios previstos para facilitar e impulsar la colaboración entre los distintos sectores de la comunidad educativa. e. Las decisiones sobre la coordinación con los servicios sociales y educativos del Municipio y las relaciones previstas con otras instituciones, para la mejor consecución de los fines establecidos. f. Las condiciones en las que podrán estar representados los alumnos con voz, pero sin voto, en el consejo escolar del centro. 4. El Ministerio de Educación y Ciencia colaborará con los centros para que estos hagan público su proyecto educativo, así como aquellos otros aspectos que puedan facilitar información sobre los centros y orientación a los alumnos y a sus padres, y favorecer, de esta forma, una mayor implicación del conjunto de la comunidad educativa. Artículo 49. Proyecto curricular de etapa. 1. La comisión de coordinación pedagógica supervisará la elaboración, coordinará y se responsabilizará de la redacción del proyecto curricular para cada una de las etapas educativas que se impartan en el centro, de acuerdo con el currículo oficial y los criterios establecidos por el claustro, sin perjuicio de lo establecido en la Disposición Transitoria Primera del Real Decreto por el que se aprueba este Reglamento. En el proceso de reflexión y discusión, la comisión de coordinación pedagógica promoverá y garantizará la participación de todos los profesores de la etapa y contará con los apoyos oportunos de la Dirección provincial. 2. Los proyectos curriculares de etapa incluirán las directrices y las decisiones generales siguientes: a. La adecuación de los objetivos generales de la educación infantil y primaria al contexto socioeconómico y cultural del centro, y a las características de los alumnos, teniendo en cuenta lo establecido en el proyecto educativo del centro. b. La distribución de los objetivos, contenidos y criterios de evaluación de las distintas áreas. c. Las decisiones de carácter general sobre metodología didáctica, los criterios para el agrupamiento de alumnos y para la organización espacial y temporal de las actividades. d. Criterios generales sobre evaluación de los aprendizajes y promoción de los alumnos. e. Orientaciones para incorporar, a través de las distintas áreas, los contenidos de carácter transversal. f. La organización de la orientación educativa y el plan de acción tutorial. g. Criterios y procedimientos previstos para realizar las adaptaciones curriculares apropiadas para los alumnos con necesidades educativas especiales.
h. Materiales y recursos didácticos que se van a utilizar, incluidos los libros para uso de los alumnos. i. Criterios para evaluar y, en su caso, revisar los procesos de enseñanza y la práctica docente de los maestros. j. La programación de las actividades complementarias y extraescolares. 3. Los proyectos curriculares de etapa y sus modificaciones anuales serán aprobados por el claustro de profesores. 4. Los maestros programarán su actividad docente de acuerdo con el currículo y en consonancia con el respectivo proyecto curricular de etapa. Artículo 50. Programación general anual. 1. La programación general anual será elaborada por el equipo directivo del centro y tendrá en cuenta las deliberaciones y acuerdos del claustro y del consejo escolar. 2. La programación general anual incluirá: a. b. c. d. e.
Los criterios pedagógicos para la elaboración del horario de alumnos. El proyecto educativo de centro o las modificaciones del ya establecido. Los proyectos curriculares de etapa o las modificaciones de los ya establecidos. El programa anual de actividades extraescolares y servicios complementarios. Una memoria administrativa, que incluirá el documento de organización del centro, la estadística de principio de curso y la situación de las instalaciones y del equipamiento.
3. La programación general anual será informada por el claustro en el ámbito de su competencia y elevada, para su aprobación posterior, al consejo escolar, que respetará, en todo caso, los aspectos docentes que competen al claustro. 4. Una vez aprobada la programación general anual, un ejemplar de la misma quedará en la secretaría del centro. Se remitirá otro ejemplar a la Dirección provincial así como a los miembros del consejo escolar. 5. Al finalizar el curso, el consejo escolar y el equipo directivo evaluarán el grado de cumplimiento de la programación general anual. Las conclusiones más relevantes serán recogidas en una memoria que se remitirá a la Dirección provincial. Capítulo II. Autonomía de gestión de los centros. Artículo 51. Autonomía de gestión económica. 1. Las escuelas de educación infantil y los colegios de educación primaria dispondrán de autonomía en su gestión económica de acuerdo con lo establecido en la Ley Orgánica 9/1995, de 20 de noviembre, de la Participación, la Evaluación y el Gobierno de los centros docentes. 2. La gestión económica de los centros se regirá por lo dispuesto en la Ley 12/1987, de 2 de julio, de gratuidad de los estudios de bachillerato, formación profesional y Artes Aplicadas y Oficios Artísticos en los centros públicos y autonomía de gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios, en el Real Decreto 733/1988, de 24 de junio, del Ministerio de Relaciones con las Cortes y de la Secretaría del Gobierno, de desarrollo de la Ley 12/1987, de 2 de julio, y en la Orden de 9 marzo de 1990 por la que se regula la gestión y liquidación de las tasas académicas y se desarrolla el sistema de aplicación de la autonomía de gestión económica de los centros docentes públicos no universitarios. 3. El Ministerio de Educación y Ciencia podrá delegar en los órganos de gobierno de los centros públicos la adquisición de bienes, contratación de obras, servicios y suministros, con los límites que en la normativa correspondiente se establezcan. El ejercicio de la
autonomía de los centros para administrar estos recursos estará sometido a las disposiciones que regulan el proceso de contratación y de realización y justificación del gasto para la Administración General del Estado. 4. Sin perjuicio de que todos los centros reciban los recursos económicos necesarios para cumplir sus objetivos con criterios de calidad, el Ministerio de Educación y Ciencia podrá regular, dentro de los límites que en la normativa correspondiente se haya establecido, el procedimiento que permita a los centros docentes públicos obtener recursos complementarios, previa aprobación del consejo escolar. Estos recursos deberán ser aplicados a sus gastos de funcionamiento y no podrán provenir de las actividades llevadas a cabo por las asociaciones de padres y de alumnos en cumplimiento de sus fines, de acuerdo con lo que el Ministerio de Educación y Ciencia establezca. En cualquier caso, el Ministerio de Educación y Ciencia prestará especial apoyo a aquellos centros que escolaricen alumnos con necesidades educativas especiales o estén situados en zonas social y culturalmente desfavorecidas. 5. El Ministerio de Educación y Ciencia podrá delegar en los órganos de gobierno de los centros públicos las competencias que se determinen, responsabilizando a los directores de la gestión de los recursos materiales, puestos a disposición del centro. Artículo 52. Gratuidad de las enseñanzas en los centros. Los estudios de educación infantil y primaria en los centros públicos serán gratuitos. No estarán, por tanto, sujetos al pago de tasas académicas. No obstante, los centros podrán recibir aportaciones voluntarias de personas físicas o jurídicas, de acuerdo con lo establecido en la legislación vigente. TÍTULO V. EVALUACIÓN DE LOS CENTROS. Artículo 53. Evaluación interna de los centros. 1. Los centros de educación infantil y primaria evaluarán su propio funcionamiento, cada uno de los programas y actividades que se lleven a cabo y los resultados alcanzados al final de cada curso escolar. 2. Los órganos de gobierno y de coordinación didáctica de los centros impulsarán, en el ámbito de sus competencias, la realización de la evaluación interna. 3. El consejo escolar evaluará, al término de cada curso, el proyecto educativo del centro así como la programación general anual, el desarrollo de las actividades escolares complementarias, la evolución del rendimiento escolar de los alumnos y la eficacia en la gestión de los recursos, respetando, en todo caso, los aspectos docentes que competen al claustro de profesores. El consejo escolar podrá recabar asesoramiento o informes de los órganos de gobierno y de coordinación docente, así como de la inspección educativa. 4. El claustro de profesores evaluará, al término de cada curso escolar, el proyecto curricular de cada etapa y ciclo que se imparta en el centro, el proceso de enseñanza y la evolución del rendimiento escolar del centro. Igualmente evaluará todos los aspectos docentes incluidos en el proyecto educativo y en la programación general anual del centro. La comisión de coordinación pedagógica propondrá al claustro el plan para realizar dicha evaluación. 5. Para facilitar la evaluación del funcionamiento de los centros, el Ministerio de Educación y Ciencia elaborará modelos e indicadores de evaluación. Artículo 54. Evaluación externa de los centros. 1. El Ministerio de Educación y Ciencia establecerá programas de evaluación periódica de los centros, que deberán tomar en consideración las circunstancias en las que se desarrollen las actividades educativas de los y los recursos humanos y materiales con los que cuenten.
2. Corresponde a la inspección educativa la evaluación externa de los centros. Con ella colaborarán los órganos colegiados y unipersonales de gobierno, los órganos de coordinación didáctica y los distintos sectores de la comunidad educativa. 3. La evaluación de los centros deberá tener en cuenta las conclusiones obtenidas en las anteriores evaluaciones, los resultados de la evaluación interna, así como el contexto socioeconómico y los recursos de que dispone. La evaluación se efectuará sobre los procesos educativos y sobre los resultados obtenidos, tanto en lo relativo a la organización, gestión y funcionamiento, como al conjunto de las actividades de enseñanza y aprendizaje. 4. Los resultados específicos de la evaluación realizada serán comunicados al consejo escolar y al claustro de profesores de cada centro. Se harán públicas las conclusiones generales derivadas de los resultados de la evaluación de los centros. 5. A fin de mejorar la calidad educativa y el trabajo de los profesores, el Ministerio de Educación y Ciencia elaborará planes para la valoración de la función pública docente. 6. En la valoración de la función pública docente a la que se alude en el apartado anterior, los órganos unipersonales de gobierno de los centros deberán colaborar con los servicios de inspección y, en los aspectos que específicamente se establezcan, podrán colaborar los miembros de la comunidad educativa que se determinen en los planes a que hace referencia el apartado anterior. En todo caso, se garantizará en este proceso la participación de los profesores. TÍTULO VI.- ASOCIACIONES DE PADRES DE ALUMNOS Artículo 55. Asociaciones de padres de alumnos 1. En las escuelas de educación infantil y en los colegios de educación primaria podrán existir las asociaciones de padres de alumnos reguladas en el Real Decreto 1533/1986 de 11 de julio. 2. Las asociaciones de padres de alumnos podrán: a. Elevar al consejo escolar propuestas para la elaboración del proyecto educativo y de la programación general anual. Informar al consejo escolar de aquéllos aspectos de la marcha del centro que consideren oportunos. b. Informar a los padres de su actividad. c. Recibir información del consejo escolar sobre los temas tratados en el mismo, así como recibir el orden del día de dicho Consejo antes de su realización, con el objeto de poder elaborar propuestas. d. Elaborar informes para el consejo escolar a iniciativa propia o a petición de éste. e. Elaborar propuestas de modificación del reglamento de régimen interior. f. Formular propuestas para la realización de actividades complementarias. g. Conocer los resultados académicos y la valoración que de los mismos realice el consejo escolar. h. Recibir un ejemplar del proyecto educativo, del proyecto curricular de etapa y de sus modificaciones. i. Recibir información sobre los libros de texto y los materiales didácticos adoptados por el centro. j. Fomentar la colaboración entre los padres y los maestros del centro para el buen funcionamiento del mismo. k. Utilizar las instalaciones del centro en los términos que establezca el consejo escolar. TÍTULO VII. OTRAS DISPOSICIONES
Artículo 56. Régimen de enseñanzas. 1. En los colegios de educación primaria que se determine podrán combinarse las enseñanzas de régimen general y alguna de las enseñanzas de régimen especial. 2. Igualmente, en los colegios de educación primaria que se determine podrán existir secciones lingüísticas, previo convenio con las instituciones internacionales correspondientes. En los colegios en que existan estas secciones se podrá impartir una parte del currículo en la lengua elegida y se organizarán las actividades complementarias necesarias para alcanzar los objetivos lingüísticos pretendidos. 3. En los colegios en los que exista una sección lingüística, la admisión de alumnos se regirá por lo establecido en la legislación vigente. 4. Las enseñanzas previstas en los apartados anteriores serán aprobadas por Orden del Ministro de Educación y Ciencia, que adoptará las medidas precisas para la puesta en marcha de las mismas, en particular las referidas a dotación de medios humanos y técnicos suficientes y convalidación de estudios o materias. Artículo 57. Residencias y centros específicos de educación especial. El Ministerio de Educación y Ciencia regulará la organización, funcionamiento y gestión de las residencias para alumnos, y los centros específicos de educación especial.
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I. DISPOSICIONES GENERALES
MINISTERIO DE EDUCACIÓN Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la educación secundaria.
La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, establece, en su artículo 14, que todos los centros docentes, independientemente de su titularidad, deberán reunir unos requisitos mínimos referidos a titulación académica del profesorado, relación numérica alumno-profesor, instalaciones docentes y deportivas, y número de puestos escolares, para impartir enseñanzas con garantía de calidad. Por su parte, el artículo 23 de la misma ley condiciona la apertura y funcionamiento de los centros docentes privados al principio de autorización administrativa que se concederá siempre que aquellos reúnan los requisitos mínimos establecidos. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, incluye novedades en la distribución de competencias normativas en el primer ciclo de educación infantil, así como en la organización de las enseñanzas oficiales, que afectan, entre otros, a nuevas materias y a los currículos de las distintas etapas educativas. De ahí que sea necesario revisar la normativa básica que regula los requisitos mínimos que deben reunir los centros docentes que las impartan, y especialmente el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias, que recobró vigencia como consecuencia de la sentencia del Tribunal Supremo por la que se anuló el Real Decreto 1537/2003, de 5 de diciembre, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas escolares de régimen general. En este sentido, la normativa básica relativa a los requisitos de los centros docentes que imparten enseñanzas reguladas en la Ley Orgánica de Educación deberá constituir el denominador común que garantice la prestación del servicio educativo en condiciones de calidad e igualdad para satisfacer el derecho constitucional a la educación. Además de la habilitación expresa al Gobierno para que regule los requisitos mínimos de los centros docentes contenida en el artículo 14 de la Ley Orgánica 8/1985, reguladora del Derecho a la Educación, el rango reglamentario de esta norma está justificado por resultar un complemento indispensable a la legislación educativa, así como un complemento necesario para alcanzar el común denominador que persigue la normativa básica estatal, ya que una norma reglamentaria resulta el instrumento idóneo dado el carácter técnico de la regulación relativa a la titulación académica del profesorado, relación numérica alumnoprofesor, y a las instalaciones docentes y deportivas de los centros docentes. Por otra parte, la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, afecta a los requisitos a los que se somete la prestación de servicios educativos de interés económico general, en tanto que dichos requisitos deberán tener carácter reglado, ser claros e inequívocos, objetivos e imparciales, transparentes, proporcionados al objetivo de interés general y darse a conocer con antelación. En este sentido, se remite la regulación de los aspectos técnicos relacionados con los requisitos que deben reunir las instalaciones docentes a lo establecido en el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de Edificación, donde se establecen las normas técnicas relativas a la seguridad estructural, la seguridad de utilización, la salubridad, la protección frente al ruido, el ahorro de energía y la seguridad en caso de incendio, fijando, entre otros requisitos, una ocupación de 2 metros cuadrados por persona en aulas infantiles, 1,5 metros cuadrados por persona en el resto de las aulas, y 5 metros cuadrados por persona en los espacios diferentes a las aulas como laboratorios, talleres, gimnasios, salas de dibujo, etc.
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Para la elaboración de este real decreto han sido consultadas las comunidades autónomas en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación y se ha recabado el informe previo del Consejo Escolar del Estado. En su virtud, a propuesta del Ministro de Educación, de acuerdo con el Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de febrero de 2010, DISPONGO: TÍTULO I Disposiciones de carácter general Artículo 1. Objeto. 1. Este real decreto tiene por objeto establecer los requisitos mínimos que deben cumplir los centros docentes que impartan las enseñanzas de educación infantil de segundo ciclo, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional. Los requisitos mínimos se referirán a la titulación académica del profesorado, la relación numérica alumno-profesor, las instalaciones docentes y deportivas y el número de puestos escolares. 2. Igualmente, este real decreto, establece los requisitos mínimos de titulación académica del profesorado del primer ciclo de la educación infantil. Artículo 2. Denominación de los centros docentes. Los centros docentes tendrán la denominación genérica que establecen los artículos 111 y 114 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Artículo 3. Requisitos de instalaciones comunes a todos los centros.
a) Situarse en edificios independientes, destinados exclusivamente a uso escolar, si bien sus instalaciones podrán ser utilizadas fuera del horario escolar para la realización de otras actividades de carácter educativo, cultural o deportivo. En el caso de centros docentes que impartan el segundo ciclo de educación infantil, tendrán, además, acceso independiente del resto de instalaciones. b) Reunir las condiciones de seguridad estructural, de seguridad en caso de incendio, de seguridad de utilización, de salubridad, de protección frente al ruido y de ahorro de energía que señala la legislación vigente. Asimismo, deberán cumplir los requisitos de protección laboral establecidos en la legislación vigente. c) Tener, en los espacios en los que se desarrolle la práctica docente ventilación e iluminación natural y directa desde el exterior. d) Disponer de las condiciones de accesibilidad y supresión de barreras exigidas por la legislación relativa a las condiciones básicas de accesibilidad universal y no discriminación de personas con discapacidad, sin perjuicio de los ajustes razonables que deban adoptarse.
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1. Todos los centros docentes que impartan las enseñanzas de educación infantil de segundo ciclo, educación primaria, educación secundaria obligatoria, bachillerato y formación profesional se ajustarán a lo establecido en la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, en la Ley Orgánica 2/2006, de Educación y en las normas que las desarrollen, así como a lo dispuesto en el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de Edificación. 2. Los centros docentes mencionados en el apartado anterior deberán cumplir, como mínimo, los siguientes requisitos relativos a las instalaciones:
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e) Disponer como mínimo de los siguientes espacios e instalaciones: Despachos de dirección, de actividades de coordinación y de orientación. Espacios destinados a la administración. Sala de profesores adecuada al número de profesores. Espacios apropiados para las reuniones de las asociaciones de alumnos y de madres y padres de alumnos, en el caso de centros sostenidos con fondos públicos. Aseos y servicios higiénico-sanitarios adecuados al número de puestos escolares, a las necesidades del alumnado y del personal educativo del centro, así como aseos y servicios higiénico-sanitarios adaptados para personas con discapacidad en el número, proporción y condiciones de uso funcional que la legislación aplicable en materia de accesibilidad establece. Espacios necesarios para impartir los apoyos al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo. 3. Los centros docentes que impartan la educación primaria, la educación secundaria obligatoria y/o el bachillerato deberán contar, además con: Un patio de recreo, parcialmente cubierto, susceptible de ser utilizado como pista polideportiva, con una superficie adecuada al número de puestos escolares. En ningún caso será inferior 900 metros cuadrados. Biblioteca, con una superficie, como mínimo, de 45 metros cuadrados en los centros que impartan la educación primaria, y 75 metros cuadrados en los centros que impartan la educación secundaria obligatoria o el bachillerato. Un gimnasio con una superficie adecuada al número de puestos escolares. Todos los espacios en los que se desarrollen acciones docentes, así como la biblioteca, contarán con acceso a las tecnologías de la información y la comunicación en cantidad y calidad adecuadas al número de puestos escolares, garantizando la accesibilidad a los entornos digitales del alumnado con capacidades diferentes. 4. Los requisitos de instalaciones podrán flexibilizarse de acuerdo con lo establecido en el artículo 20 y la disposición adicional tercera de este real decreto. Artículo 4. Puestos escolares. 1. El número de puestos escolares de los centros se fijará en las correspondientes disposiciones por las que se autorice su apertura y funcionamiento, teniendo en cuenta el número máximo de alumnos por unidad escolar y el número total de unidades autorizadas en función de las instalaciones y condiciones materiales establecidas en este real decreto. 2. A efectos de lo dispuesto en este real decreto, se entenderá por número de puestos escolares el número de alumnos que un centro puede atender simultáneamente, de forma que se garanticen las condiciones de calidad exigibles para la impartición de la enseñanza. TÍTULO II De los centros de educación infantil Artículo 5. Condiciones generales. 1. Los centros podrán ofrecer el primer ciclo de esta etapa educativa, el segundo, o ambos. 2. Los centros que ofrecen el primer ciclo de educación infantil se regirán por lo dispuesto en la regulación específica establecida por la Administración educativa competente, de acuerdo con el artículo 14.7 de la Ley Orgánica de Educación, en lo relativo a la relación numérica alumnado-profesor, a las instalaciones y al número de puestos escolares.
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Artículo 6. Instalaciones y condiciones materiales de los centros que ofrecen el segundo ciclo de la educación infantil. 1. Los centros que ofrecen el segundo ciclo de la educación infantil deberán contar con un mínimo de tres unidades, sin perjuicio de lo establecido en la disposición adicional tercera del presente real decreto. 2. Estos centros deberán contar, como mínimo, con las siguientes instalaciones y condiciones materiales: a) Un aula por cada unidad con una superficie adecuada al número de puestos escolares autorizados y en todo caso, con un mínimo de 2 metros cuadrados por puesto escolar. b) Una sala polivalente de 30 metros cuadrados. c) Un patio de juegos, de uso exclusivo del centro, con una superficie adecuada al número de puestos escolares autorizados y nunca inferior a 150 metros cuadrados para cada seis unidades o fracción, con horario de utilización diferenciado en el caso de que se escolaricen alumnos de otras etapas educativas. Artículo 7. Relación alumnos por unidad. Los centros docentes que ofrecen el segundo ciclo de la educación infantil tendrán, como máximo, 25 alumnos por unidad escolar. Artículo 8. Requisitos de titulación de los profesionales que atienden la educación infantil. 1. La atención educativa en el primer ciclo de educación infantil correrá a cargo de profesionales que posean el título de Grado que habilite para el ejercicio de la profesión de maestro de educación infantil, el título de Maestro con la especialidad de educación infantil, o el título de Técnico Superior en Educación Infantil regulado en el Real Decreto 1394/2007, de 29 de octubre. 2. Las Administraciones educativas garantizarán la presencia en los centros a los que se refiere el anterior apartado, del número necesario de graduados en el título que habilite para el ejercicio de la profesión de maestro de educación infantil, o de maestros con la especialidad en educación infantil para garantizar la elaboración, el seguimiento y la evaluación de la propuesta pedagógica a la que se refiere el artículo 14.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación. 3. El segundo ciclo de educación infantil correrá a cargo de profesionales que posean el título de Grado en Educación infantil, o el título de Maestro con la especialidad de educación infantil. Cuando las enseñanzas impartidas lo requieran, el grupo podrá ser atendido por maestros de otras especialidades. 4. Los centros que oferten el segundo ciclo de la educación infantil deberán contar, como mínimo, con un graduado en educación infantil o un maestro especialista en educación infantil por cada unidad. 5. Los centros en los que se impartan los ciclos primero y segundo deberán contar con el personal cualificado al que se refiere el presente artículo de este real decreto. 6. Los centros de educación infantil que escolaricen a niños que presenten necesidad específica de apoyo educativo contarán, en su caso, con los recursos humanos y materiales de apoyo que determine la Administración educativa competente, necesarios para garantizar la correcta atención de este alumnado. Los recursos humanos a que se refiere el párrafo anterior deberán disponer de la titulación o cualificación adecuada.
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TÍTULO III De los centros de educación primaria Artículo 9. Condiciones generales. Los centros de educación primaria tendrán, como mínimo, una unidad por cada curso, salvo lo establecido en la disposición adicional tercera del presente real decreto. Artículo 10. Instalaciones y condiciones materiales de los centros. Los centros de educación primaria deberán contar, como mínimo, con las siguientes instalaciones y condiciones materiales: a) Un aula por cada unidad con una superficie adecuada al número de alumnos escolarizados autorizados y en todo caso, con un mínimo de 1,5 metros cuadrados por puesto escolar. b) Un espacio por cada seis unidades para desdoblamiento de grupos y otro para actividades de apoyo y refuerzo pedagógico. c) Una sala polivalente, con una superficie adecuada al número de puestos escolares autorizados, que podrá compartimentarse con mamparas móviles. Artículo 11. Relación de alumnos por unidad. Los centros de educación primaria tendrán, como máximo, 25 alumnos por unidad escolar. Artículo 12. Requisitos de titulación académica del profesorado que imparte educación primaria. 1. Los centros de educación primaria dispondrán, como mínimo, de un maestro por cada grupo de alumnos y garantizarán, en todo caso, la existencia de graduados en educación primaria o maestros con la cualificación adecuada para impartir la enseñanza de la música, la educación física y las lenguas extranjeras. 2. Además del personal docente que establecen los apartados anteriores, los centros de educación primaria que escolaricen a niños que presenten necesidad específica de apoyo educativo contarán, en su caso, con los recursos humanos y materiales de apoyo que determine la Administración educativa competente, necesarios para garantizar la correcta atención de este alumnado. Los recursos humanos a que se refiere el párrafo anterior deberán disponer de la titulación o cualificación adecuada. TÍTULO IV De los centros de educación secundaria Artículo 13. Condiciones generales. 1. En los centros de educación secundaria podrá impartirse la educación secundaria obligatoria, el bachillerato y la formación profesional. 2. En los centros de educación secundaria que ofrezcan las enseñanzas de educación secundaria obligatoria se deberán impartir los cuatro cursos de que consta esta etapa educativa con sujeción a la ordenación académica en vigor. Dichos centros deberán tener, como mínimo, una unidad para cada curso y disponer de las instalaciones y condiciones materiales recogidas en el artículo siguiente. 3. Los centros de educación secundaria en los que se imparta el bachillerato ofrecerán, al menos, dos de las modalidades de las previstas en el artículo 34.1 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. Al respecto, se entenderán que imparten
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la modalidad de artes cuando oferten al menos una de las vías previstas en el artículo 5.3 del Real Decreto 1467/2007, de 2 de noviembre, por el que se establece la estructura del bachillerato y se fijan sus enseñanzas mínimas. 4. El requisito anterior no será de aplicación para los centros de educación secundaria en los que se impartan las dos vías de la modalidad de artes. 5. Los centros docentes que imparten títulos de Formación profesional estarán sometidos a los requisitos mínimos que establece este real decreto, así como los establecidos en el Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo, y la normativa que regule los títulos de técnico y títulos de técnico superior de formación profesional. Artículo 14. Instalaciones y condiciones materiales de los centros que imparten educación secundaria obligatoria. Los centros en los que se imparta educación secundaria obligatoria dispondrán, como mínimo, de las siguientes instalaciones: a) Un aula por cada unidad con una superficie adecuada al número de alumnos escolarizados autorizados y en todo caso, con un mínimo de 1,5 metros cuadrados por puesto escolar. b) Por cada 12 unidades o fracción, un aula taller para tecnologías y dos aulas para las actividades relacionadas con las materias de música y educación plástica y visual respectivamente. c) Al menos un laboratorio de Ciencias Experimentales por cada 12 unidades o fracción. d) Un espacio por cada ocho unidades para desdoblamiento de grupos y otro para actividades de apoyo y refuerzo pedagógico. Artículo 15. Instalaciones y condiciones materiales de los centros que imparten bachillerato. 1. Los centros en los que se imparta bachillerato deberán disponer, como mínimo, de un aula por cada unidad con una superficie adecuada al número de alumnos escolarizados y en todo caso, con un mínimo de 1,5 metros cuadrados por puesto escolar. 2. Un espacio por cada cuatro unidades para desdoblamiento de grupos y otro para actividades de apoyo y refuerzo pedagógico. 3. En función de las modalidades del bachillerato impartidas, los centros deberán disponer, asimismo, de las instalaciones siguientes: a) Para la modalidad de artes: Dos aulas diferenciadas dotadas de las instalaciones adecuadas para la enseñanza de las materias de modalidad cuando se imparta la vía de artes plásticas, imagen y diseño. Un aula de música cuando se imparta la vía de artes escénicas, música y danza. b) Para la modalidad de Ciencias y Tecnología: Tres laboratorios diferenciados de Física, Química y Ciencias. Un aula de dibujo. Un aula de Tecnología. Artículo 16. Relación de alumnos por unidad. Los centros de educación secundaria tendrán, como máximo, 30 alumnos por unidad escolar en educación secundaria obligatoria y de 35 en bachillerato.
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Artículo 17. Profesionales que atienden la educación secundaria obligatoria y el bachillerato. 1. Para impartir las enseñanzas de educación secundaria obligatoria y de bachillerato será necesario tener el título Graduado, Licenciado, Ingeniero o Arquitecto, además del Máster que habilita para el ejercicio de las profesiones de profesor de educación secundaria obligatoria, bachillerato, formación profesional y enseñanzas de idiomas. 2. Los profesores de la educación secundaria deberán, asimismo, acreditar la cualificación específica para impartir las áreas y materias respectivas. Artículo 18. Número mínimo de profesores de los centros que ofrecen la educación secundaria obligatoria y el bachillerato. 1. El número mínimo de profesores en los centros de educación secundaria será el necesario para cubrir el horario que se establezca en los distintos programas y planes de estudio autorizados. 2. Los centros que escolaricen alumnos con necesidad específica de apoyo educativo contarán además, con el personal que en su caso determine la Administración educativa competente. Este personal deberá estar en posesión de la titulación o cualificación adecuada. Artículo 19. Requisitos de centros que ofrecen los Programas de Cualificación Profesional Inicial. 1. La impartición de los módulos específicos a que se refiere el artículo 30.3, letra a) y b), de la Ley Orgánica de Educación, requerirá disponer de los espacios y equipamientos que para cada uno de ellos determine la Administración educativa competente. 2. La impartición de los módulos voluntarios al que se refiere el artículo 30.3 letra c) de la Ley Orgánica de Educación, requerirá disponer, al menos, de los mismos requisitos exigidos para la autorización de centros de formación de adultos que imparten la educación secundaria obligatoria. Artículo 20. Flexibilización de los requisitos de instalaciones para los centros docentes que impartan distintas enseñanzas en el mismo edificio o recinto escolar. 1. En el caso de centros situados en el mismo edificio o recinto escolar, el patio de recreo y la sala polivalente de los centros de educación primaria cubren las exigencias correspondientes de los centros de educación infantil, siempre que se garantice, para los alumnos de educación infantil el uso de dicha dependencia en horario independiente, salvo que se trate de centros que agrupen alumnos de distintas etapas en las mismas unidades. Asimismo, el despacho de dirección, los espacios destinados a la administración y la sala de profesores de los centros de educación primaria cubren las exigencias de estas instalaciones en educación infantil. 2. En el caso de centros de educación primaria y de educación secundaria obligatoria situados en el mismo edificio o recinto escolar, se considerarán instalaciones comunes las siguientes: a) La biblioteca. b) El gimnasio. c) El patio de recreo. d) Los despachos de dirección, los espacios destinados a la administración y la sala de profesores. e) En los centros con hasta doce unidades de educación primaria y hasta ocho unidades de educación secundaria obligatoria, el aula taller para tecnologías y las aulas de música y educación plástica y visual cubren la exigencia de la sala polivalente de educación primaria.
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3. En el caso de centros que impartan educación secundaria obligatoria y bachillerato, deberán reunir las condiciones que se especifican en los artículos 14 y 15 de este real decreto, con las siguientes salvedades: a) El gimnasio, la biblioteca, el patio de recreo, los espacios destinados a la administración, los despachos y la sala de profesores se considerarán instalaciones comunes. b) Una de las aulas diferenciadas a las que hace referencia el artículo 15.2 apartado a) para la enseñanza de las materias de bachillerato de la modalidad de artes, en la vía de artes plásticas, imagen y diseño, cubre la exigencia del aula de dibujo de la modalidad de ciencias y tecnología y viceversa. Asimismo cubre la exigencia del aula de educación plástica y visual para la educación secundaria obligatoria. c) El aula de música para el bachillerato de artes en la vía de artes escénicas, música y danza, cubre la exigencia del aula de música para la educación secundaria obligatoria. d) Los laboratorios para el bachillerato de la modalidad de ciencias y tecnología cubren la exigencia del laboratorio de ciencias experimentales para la educación secundaria obligatoria. Del mismo modo, el aula de tecnología para el bachillerato cubre la exigencia del aula taller de tecnologías para la educación secundaria obligatoria. 4. En los centros docentes que impartan educación secundaria obligatoria o bachillerato y formación profesional podrán disponer de recursos humanos e instalaciones comunes. A estos efectos, se consideran instalaciones comunes aquellas que se destinen a usos similares en función del tiempo de utilización de los espacios respectivos, previstos para cada una de las enseñanzas. Disposición adicional primera. Centros que ofrecen la educación de personas adultas. 1. Los centros creados o autorizados al amparo de lo dispuesto en este real decreto podrán ser autorizados para impartir las correspondientes enseñanzas a personas adultas, de acuerdo con los programas que al efecto se establezcan, si de ello no resulta menoscabo para las enseñanzas cursadas por los alumnos escolarizados en el centro, especialmente en cuanto a su régimen horario. 2. Los centros específicos de educación de personas adultas que impartan la educación secundaria obligatoria y/o el bachillerato se rigen por lo dispuesto en este real decreto en lo relativo a las instalaciones y la titulación de los docentes. Los requisitos de instalaciones se adecuarán a la organización específica de las enseñanzas de adultos. Disposición adicional segunda. Centros de educación especial. Las Administraciones educativas competentes adaptarán lo dispuesto en este real decreto a los centros de educación especial que ofrecen enseñanzas dirigidas a alumnos con necesidades educativas especiales que no puedan ser atendidas en el marco de las medidas de atención a la diversidad en los centros ordinarios. Disposición adicional tercera. Centros que atiendan a poblaciones de especiales características sociodemográficas. 1. Los centros de educación infantil y de educación primaria que atiendan a poblaciones de especiales características sociodemográficas o escolares quedan exceptuados de los requisitos establecidos en los artículos 6.1 y 9 de este real decreto, en cuanto al número de unidades con que deben contar los centros. 2. Para estos centros se entenderá por unidad escolar la agrupación de alumnos atendidos conjunta y simultáneamente por un profesor de manera ordinaria, independientemente del nivel al que pertenezcan. 3. A los efectos previstos en esta disposición, las Administraciones educativas competentes adecuarán los requisitos previstos en los títulos II y III de este real decreto a las especiales características y dimensiones de estos centros.
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Disposición adicional cuarta. Centros docentes reconocidos por acuerdos internacionales. Los requisitos de los centros docentes cuyo carácter específico esté reconocido por acuerdos internacionales de carácter bilateral podrán ser adaptados por el Ministerio de Educación. Disposición adicional quinta. Centros acogidos al régimen de conciertos. Lo dispuesto en el presente real decreto sobre número máximo de alumnos por unidad escolar debe entenderse sin perjuicio de la obligación de los centros acogidos al régimen de conciertos educativos de que la unidades concertadas tengan una relación media alumnos/profesor por unidad escolar no inferior a la que determine la Administración educativa, teniendo en cuenta la existente para los centros públicos de la comarca, municipio, o, en su caso, distrito en el que esté situado el centro. Disposición adicional sexta. Inscripción en Registro. Los centros públicos y los centros privados autorizados serán inscritos en un registro público dependiente de la Administración educativa competente, que deberá dar traslado de los asientos registrales al Ministerio de Educación, en el plazo máximo de un mes, de acuerdo con el artículo 13 de la Ley Orgánica reguladora del Derecho a la Educación, desarrollado por el Real Decreto 276/2003, de 7 de marzo, por el que se regula el Registro estatal de centros docentes no universitarios. Disposición adicional séptima. Centros sometidos al Derecho común. En aplicación de lo establecido en el artículo 24.1 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, los centros privados que impartan enseñanzas que no estén reguladas en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que están sometidos a las normas de derecho común, no podrán utilizar ninguna de las denominaciones genéricas establecidas en dicha ley para los centros docentes, ni cualesquiera otras que pudieran inducir a error o confusión con aquellas. Disposición adicional octava. Profesionales habilitados. 1. Los profesionales que a la fecha de entrada en vigor de este real decreto hubieran sido habilitados para la docencia de la educación infantil, en ambos ciclos, de la educación primaria, de la educación secundaria obligatoria, del bachillerato, y de la formación profesional mantendrán dicha habilitación. 2. Así mismo, a partir de la entrada en vigor de este decreto, no podrán iniciarse procedimientos de habilitación para los profesionales que carecen de la formación inicial adecuada. Disposición adicional novena. Referencias genéricas. Todas las referencias para las que en este real decreto se utiliza la forma de masculino genérico, deben entenderse aplicables, indistintamente, a mujeres y a hombres. Disposición transitoria primera. Solicitudes de autorización de nuevos centros. 1. Los centros docentes autorizados con anterioridad a la entrada en vigor del presente real decreto se entienden autorizados para la impartición de las correspondientes enseñanzas. 2. Las solicitudes de autorización de nuevos centros presentadas con posterioridad a la entrada en vigor del presente real decreto, deberán cumplir los requisitos mínimos aquí establecidos. 3. Los centros que a la entrada en vigor del presente real decreto tengan aprobado por la Administración educativa el proyecto de obras requerido para la autorización del
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mismo, se regirán, en lo relacionado a las instalaciones, a la normativa en vigor en el momento de realizar dicha aprobación. Disposición transitoria segunda. Acreditación de la habilitación para la docencia. Las Administraciones educativas procederán en el plazo de dos años desde la entrada en vigor de este real decreto, a la acreditación expresa del cumplimiento de los requisitos a los que se refiere el apartado primero de la disposición adicional octava. Disposición transitoria tercera. Vigencia del Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias. Sin perjuicio de lo establecido en la disposición derogatoria única, lo dispuesto en los artículos 10 y 13 del Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias, en lo relativo a los requisitos mínimos de instalaciones y ratios de los centros docentes que imparten el primer ciclo de la educación infantil, será de aplicación en tanto que las Administraciones educativas no lo regulen en su ámbito de competencias. Disposición derogatoria única. Derogación normativa. 1. A la entrada en vigor de este real decreto quedará derogado el Real Decreto 1004/1991, de 14 de junio, por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan enseñanzas de régimen general no universitarias, de acuerdo con lo establecido en la disposición transitoria tercera de este real decreto. 2. Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en este real decreto. Disposición final primera. Título competencial. Este real decreto tiene carácter de norma básica y se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.1.º sobre regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales y 30.º de la Constitución que atribuye al Estado la competencia para dictar normas básicas para el desarrollo del artículo 27 de la Constitución, a fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos en esta materia. Disposición final segunda. Desarrollo normativo. Corresponde al Ministro de Educación y a los órganos competentes de las Comunidades Autónomas, en el ámbito de sus competencias respectivas, dictar cuantas disposiciones sean precisas para el desarrollo y ejecución de lo dispuesto en este real decreto. Disposición final tercera. Entrada en vigor. El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Dado en Madrid, el 12 de febrero de 2010. JUAN CARLOS R. cve: BOE-A-2010-4132
El Ministro de Educación, ÁNGEL GABILONDO PUJOL
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REAL DECRETO 1630/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas del segundo ciclo de Educación infantil.
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su artículo 6.2, establece que corresponde al Gobierno fijar las enseñanzas mínimas a las que se refiere la disposición adicional primera, apartado 2, letra c) de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de junio, reguladora del Derecho a la Educación. El objeto de este real decreto es establecer las enseñanzas mínimas del segundo ciclo de la Educación infantil. La Educación infantil constituye una etapa educativa con identidad propia. Por ello este real decreto establece objetivos, fines y principios generales referidos al conjunto de la etapa. En virtud de las competencias atribuidas a las administraciones educativas, según los artículos 14.7 y 6.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, corresponde a éstas determinar los contenidos educativos del primer ciclo de la educación infantil y establecer el currículo del segundo ciclo, del que formarán parte las enseñanzas mínimas fijadas en este real decreto. Los centros docentes juegan también un activo papel en la determinación del currículo, ya que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, les corresponde desarrollar y completar, en su caso, el currículo establecido por las administraciones educativas. El currículo se orienta a lograr un desarrollo integral y armónico de la persona en los distintos planos: Físico, motórico, emocional, afectivo, social y cognitivo, y a procurar los aprendizajes que contribuyen y hacen posible dicho desarrollo. Los aprendizajes del segundo ciclo se presentan en tres áreas diferenciadas de las que se describen sus objetivos generales, contenidos y criterios de evaluación; no obstante, buena parte de los contenidos de un área adquieren sentido desde la perspectiva de las otras dos, con las que están en estrecha relación, dado el carácter globalizador de la etapa. Por su parte, la evaluación debiera tener como fin la identificación de los aprendizajes adquiridos así como la valoración del desarrollo alcanzado teniendo, por tanto un carácter netamente formativo. Desde este planteamiento, los criterios de evaluación se conciben como una referencia para orientar la acción educativa. La regulación que realicen las administraciones educativas, deberá incluir los objetivos, los contenidos y los criterios de evaluación, si bien la agrupación en bloques establecida en este real decreto, tiene como finalidad la presentación de los contenidos de forma coherente. En esta etapa, más que en cualquier otra, desarrollo y aprendizaje son procesos dinámicos que tienen lugar como consecuencia de la interacción con el entorno. Cada niño tiene su ritmo y su estilo de maduración, desarrollo y aprendizaje, por ello, su afectividad, sus características personales, sus necesidades, intereses y estilo cognitivo, deberán ser también elementos que condicionen la práctica educativa en esta etapa. En este proceso adquiriere una relevancia especial la participación y colaboración con las familias. En el proceso de elaboración de este real decreto han sido consultadas las comunidades autónomas y han emitido informe el Consejo Escolar del Estado y el Ministerio de Administraciones Públicas. En su virtud, a propuesta de la Ministra de Educación y Ciencia, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de diciembre de 2006,
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DISPONGO: Artículo 1. Principios generales. 1. La Educación infantil constituye la etapa educativa con identidad propia que atiende a niñas y niños desde el nacimiento hasta los seis años. 2. Esta etapa se ordena en dos ciclos. El primero comprende hasta los tres años, y el segundo, desde los tres a los seis años de edad. 3. La Educación infantil tiene carácter voluntario. El segundo ciclo de esta etapa educativa será gratuito. Artículo 2.
Fines.
1. La finalidad de la Educación infantil es la de contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños y las niñas. 2. En ambos ciclos se atenderá progresivamente al desarrollo afectivo, al movimiento y los hábitos de control corporal, a las manifestaciones de la comunicación y del lenguaje, a las pautas elementales de convivencia y relación social, así como al descubrimiento de las características físicas y sociales del medio. Además se facilitará que niñas y niños elaboren una imagen de sí mismos positiva y equilibrada y adquieran autonomía personal. Artículo 3.
Objetivos.
La Educación infantil contribuirá a desarrollar en las niñas y niños las capacidades que les permitan: a) Conocer su propio cuerpo y el de los otros, sus posibilidades de acción y aprender a respetar las diferencias. b) Observar y explorar su entorno familiar, natural y social. c) Adquirir progresivamente autonomía en sus actividades habituales. d) Desarrollar sus capacidades afectivas. e) Relacionarse con los demás y adquirir progresivamente pautas elementales de convivencia y relación social, así como ejercitarse en la resolución pacífica de conflictos. f) Desarrollar habilidades comunicativas en diferentes lenguajes y formas de expresión. g) Iniciarse en las habilidades lógico-matemáticas, en la lecto-escritura y en el movimiento, el gesto y el ritmo. Artículo 4.
Áreas.
1. Los contenidos educativos de la Educación infantil se organizarán en áreas correspondientes a ámbitos propios de la experiencia y del desarrollo infantil y se abordarán por medio de actividades globalizadas que tengan interés y significado para los niños. 2. Los métodos de trabajo en ambos ciclos se basarán en las experiencias, las actividades y el juego y se aplicarán en un ambiente de afecto y confianza, para potenciar su autoestima e integración social. Artículo 5.
Contenidos educativos y currículo.
1. Las administraciones educativas determinarán los contenidos educativos del primer ciclo de la Educación infantil de acuerdo con lo dispuesto en los artículos anteriores. 2. Las administraciones educativas establecerán el currículo del segundo ciclo de la Educación infantil, del que formarán parte, en todo caso, las enseñanzas mínimas fijadas en este real decreto.
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3. Corresponde a las administraciones educativas fomentar una primera aproximación a la lengua extranjera en los aprendizajes del segundo ciclo de la Educación infantil, especialmente en el último año. Asimismo, fomentarán una primera aproximación a la lectura y a la escritura, así como experiencias de iniciación temprana en habilidades numéricas básicas, en las tecnologías de la información y la comunicación y en la expresión visual y musical. 4. Los centros docentes desarrollarán y completarán los contenidos educativos del primer ciclo de la Educación infantil y el currículo del segundo ciclo establecidos por las administraciones educativas, concreción que formará parte de la propuesta pedagógica a la que hace referencia el artículo 14.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y que deberán incluir en su proyecto educativo aquellos centros cuya oferta sea de, al menos, un año completo. Artículo 6. Enseñanzas mínimas del segundo ciclo de Educación infantil. 1. Las áreas del segundo ciclo de la Educación infantil son las siguientes: Conocimiento de sí mismo y autonomía personal Conocimiento del entorno Lenguajes: Comunicación y representación Estas áreas deben entenderse como ámbitos de actuación, como espacios de aprendizajes de todo orden: De actitudes, procedimientos y conceptos, que contribuirán al desarrollo de niñas y niños y propiciarán su aproximación a la interpretación del mundo, otorgándole significado y facilitando su participación activa en él. 2. En el Anexo del presente real decreto se fijan los objetivos, contenidos y criterios de evaluación de las diferentes áreas del segundo ciclo de la Educación infantil. Artículo 7. Evaluación. 1. En el segundo ciclo de la Educación infantil, la evaluación será global, continua y formativa. La observación directa y sistemática constituirá la técnica principal del proceso de evaluación. 2. La evaluación en este ciclo debe servir para identificar los aprendizajes adquiridos y el ritmo y características de la evolución de cada niño o niña. A estos efectos, se tomarán como referencia los criterios de evaluación de cada una de las áreas. 3. Los maestros que impartan el segundo ciclo de la Educación infantil evaluarán, además de los procesos de aprendizaje, su propia práctica educativa. Artículo 8.
Atención a la diversidad.
1. La intervención educativa debe contemplar como principio la diversidad del alumnado adaptando la práctica educativa a las características personales, necesidades, intereses y estilo cognitivo de los niños y niñas, dada la importancia que en estas edades adquieren el ritmo y el proceso de maduración. 2. Las administraciones educativas establecerán procedimientos que permitan identificar aquellas características que puedan tener incidencia en la evolución escolar de los niños y niñas. Asimismo facilitarán la coordinación de cuantos sectores intervengan en la atención de este alumnado. 3. Los centros adoptarán las medidas oportunas dirigidas al alumnado que presente necesidad específica de apoyo educativo. 4. Los centros atenderán a los niños y niñas que presenten necesidades educativas especiales buscando la
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respuesta educativa que mejor se adapte a sus características y necesidades personales. Artículo 9. Autonomía de los centros. 1. Las administraciones educativas fomentarán la autonomía pedagógica y organizativa de los centros, favorecerán el trabajo en equipo del profesorado y su actividad investigadora a partir de la práctica docente. 2. Los centros docentes desarrollarán y completarán el currículo establecido por las administraciones educativas adaptándolo a las características de los niños y niñas y a su realidad educativa. 3. Con el objeto de respetar la responsabilidad fundamental de las madres y padres o tutores en esta etapa, los centros cooperarán estrechamente con ellos y establecerán mecanismos para favorecer su participación en el proceso educativo de sus hijos. Disposición adicional única. Enseñanzas de religión. 1. Las enseñanzas de religión se incluirán en el segundo ciclo de la Educación infantil de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. 2. Las administraciones educativas garantizarán que los padres o tutores de los alumnos y las alumnas puedan manifestar su voluntad de que éstos reciban o no reciban enseñanzas de religión. 3. Las administraciones educativas velarán para que las enseñanzas de religión respeten los derechos de todos los alumnos y de sus familias y para que no suponga discriminación alguna el recibir o no dichas enseñanzas. 4. La determinación del currículo de la enseñanza de religión católica y de las diferentes confesiones religiosas con las que el Estado español ha suscrito Acuerdos de Cooperación en materia educativa será competencia, respectivamente, de la jerarquía eclesiástica y de las correspondientes autoridades religiosas. Disposición transitoria única. Aplicabilidad del Real Decreto 1330/1991, de 6 de septiembre, por el que se establecen los aspectos básicos del currículo de la Educación infantil, el Real Decreto 828/2003, de 27 de junio, por el que se establecen los aspectos educativos básicos de la Educación Preescolar, y del Real Decreto 2438/1994, de 16 de diciembre, que regula la enseñanza de la religión. Hasta la implantación de la nueva ordenación de la Educación infantil de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 806/2006, de 30 de junio, por el que se establece el calendario de aplicación de la nueva ordenación del sistema educativo, establecida por la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, las enseñanzas mínimas de esta etapa se regirán por lo establecido en el Real Decreto 1330/1991, de 6 de septiembre, por el que se establecen los aspectos básicos del currículo de la Educación infantil, el Real Decreto 828/ 2003, de 27 de junio, por el que se establecen los aspectos educativos básicos de la Educación Preescolar, y el Real Decreto 2438/1994, de 16 de diciembre, que regula la enseñanza de la religión, en lo que respecta a esta etapa educativa. Disposición derogatoria única. Derogación normativa. 1. Quedan derogados el Real Decreto 1330/1991, de 6 de septiembre, por el que se establecen los aspectos básicos del currículo de la Educación infantil y el Real Decreto 828/2003, de 27 de junio, por el que se establecen los aspectos educativos básicos de la Educación Preescolar.
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2. Queda derogado el Real Decreto 2438/1994, de 16 de diciembre, que regula la enseñanza de la religión, en lo que respecta a esta etapa educativa. 3. Quedan derogadas las demás normas de igual o inferior rango en cuanto se opongan a lo establecido en este real decreto. Disposición final primera. Carácter básico. El presente Real Decreto, tiene carácter de norma básica al amparo de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.1.º y 30.º de la Constitución española, y se dicta en virtud de la habilitación que confiere al Gobierno el artículo 6.2 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y en uso de la competencia estatal para la ordenación general del sistema educativo y para la fijación de las enseñanzas mínimas recogida en la disposición adicional primera, 2, a) y c), de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación. Disposición final segunda. Desarrollo normativo. Corresponde al Ministro de Educación y Ciencia dictar, en el ámbito de sus competencias, cuantas disposiciones sean precisas para la ejecución y desarrollo de lo establecido en este real decreto. Disposición final tercera. Entrada en vigor. El presente real decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Dado en Madrid, el 29 de diciembre de 2006. JUAN CARLOS R. La Ministra de Educación y Ciencia, MERCEDES CABRERA CALVO-SOTELO
ANEXO Áreas del segundo ciclo de educación infantil La Educación infantil tiene como principal finalidad contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de niñas y niños en estrecha cooperación con las familias. En esta etapa educativa se sientan las bases para el desarrollo personal y social y se integran aprendizajes que están en la base del posterior desarrollo de competencias que se consideran básicas para todo el alumnado. En el currículo del segundo ciclo de la etapa se da especial relevancia a los aprendizajes orientados al conocimiento, valoración y control que niños y niñas van adquiriendo de su propia persona, de sus posibilidades y de la capacidad para utilizar con cierta autonomía los recursos disponibles en cada momento. En este proceso resulta relevante la adquisición de destrezas para realizar las actividades habituales con un cierto grado de responsabilidad, autonomía e iniciativa en la utilización adecuada de espacios y materiales, y en el desempeño de las diversas tareas que se realizan en el aula. Las interacciones con el medio, el creciente control motor, la constatación de sus posibilidades y limitaciones, el proceso de diferenciación de los otros, harán que vayan adquiriendo una progresiva independencia con respecto a las personas adultas. Todo ello contribuye a «aprender a ser yo mismo y aprender a hacer» y sienta las bases del desarrollo de la autonomía e iniciativa personal.
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En este proceso de adquisición de autonomía, el lenguaje verbal cobra una especial importancia ya que es en este ciclo en el que se inicia de forma sistemática la adquisición de la lengua al proporcionar contextos variados que permiten ampliar el marco familiar y desarrollar las capacidades comunicativas de niñas y niños. Pero no se debe olvidar que intervienen también otro tipo de lenguajes, como son el corporal, el artístico (tanto plástico como musical), el audiovisual y el matemático, y que en su conjunto son básicos para enriquecer las posibilidades de expresión y contribuyen al desarrollo de la competencia comunicativa. A la vez, el desarrollo de las destrezas y capacidades individuales y su interacción con el medio y con los iguales contribuyen a la evolución del pensamiento, enseñando a pensar y a aprender (pensamiento crítico, toma de decisiones, resolución de problemas, utilización de recursos cognitivos, etc) y sientan las bases para el posterior aprendizaje. En este ciclo el entorno de las niñas y los niños se amplía y se diversifica, lo que les pone en situación de afrontar experiencias nuevas y de interaccionar con elementos hasta entonces desconocidos. Realizan aprendizajes orientados al establecimiento de relaciones sociales cada vez más amplias y diversas, despertando en ellos la conciencia de que existe una variedad y suscitando actitudes positivas hacía ella. Con todo esto se aprende a relacionarse con los demás y a respetar las normas de convivencia, a vivir juntos y se contribuye al posterior desarrollo de la competencia social. Conocimiento de sí mismo y autonomía personal Esta área de conocimiento y experiencia hace referencia, de forma conjunta, a la construcción gradual de la propia identidad y de su madurez emocional, al establecimiento de relaciones afectivas con los demás y a la autonomía personal como procesos inseparables y necesariamente complementarios. Los contenidos que en esta área se agrupan, adquieren sentido desde la complementariedad con el resto de las áreas, y habrán de interpretarse en las propuestas didácticas desde la globalidad de la acción y de los aprendizajes. En este proceso de construcción personal resultan relevantes las interacciones de niños y niñas con el medio, el creciente control motor, el desarrollo de la conciencia emocional, la constatación de sus posibilidades y limitaciones, el proceso de diferenciación de los otros y la independencia cada vez mayor con respecto a las personas adultas. La identidad es una de las resultantes del conjunto de experiencias que niños y niñas tienen al interaccionar con su medio físico, natural y, sobre todo, social. En dicha interacción, que debe promover la imagen positiva de uno mismo, la autonomía, la conciencia de la propia competencia, la seguridad y la autoestima, se construye la propia identidad. Los sentimientos que desencadenan deben contribuir a la elaboración de un concepto personal ajustado, que les permita percibir y actuar conforme a sus posibilidades y limitaciones, para un desarrollo pleno y armónico. Debe tenerse en cuenta que la imagen que niños y niñas construyen de sí mismos es en gran parte una interiorización de la que les muestran quienes les rodean y de la confianza que en ellos depositan. Asimismo, la forma en que las personas adultas recogen sus iniciativas facilitará u obstaculizará su desarrollo. A lo largo de esta etapa las experiencias de los niños y niñas con el entorno deben ayudarles a conocer global y parcialmente su cuerpo, sus posibilidades perceptivas y motrices, que puedan identificar las sensaciones que experimentan, disfrutar con ellas y servirse de las posibilidades expresivas del cuerpo para manifestarlas. El reco-
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nocimiento de sus características individuales, así como de las de sus compañeros, es una condición básica para su desarrollo y para la adquisición de actitudes no discriminatorias. La presencia de rasgos personales diferentes, bien por razón de sexo, origen social o cultural, debe ser utilizado por el profesorado para atender la diversidad, propiciando un ambiente de relaciones presidido por el respeto y la aceptación de las diferencias. Se atenderá, asimismo, al desarrollo de la afectividad como dimensión esencial de la personalidad infantil, potenciando el reconocimiento, la expresión y el control progresivo de emociones y sentimientos. Para contribuir al conocimiento de sí mismo y a la autonomía personal, conviene promover el juego como actividad privilegiada que integra la acción con las emociones y el pensamiento, y favorece el desarrollo social. En la Educación infantil también tiene gran importancia la adquisición de buenos hábitos de salud, higiene y nutrición. Estos hábitos contribuyen al cuidado del propio cuerpo y de los espacios en los que transcurre la vida cotidiana, y a la progresiva autonomía de niños y niñas. La escuela, y especialmente a estas edades, es un ámbito particularmente adecuado para enriquecer los procesos de construcción del conocimiento de sí mismo y de la autonomía personal, si ofrece una intervención educativa ajustada a las distintas necesidades individuales en contextos de bienestar, seguridad y afectividad. Objetivos En relación con el área, la intervención educativa tendrá como objetivo el desarrollo de las siguientes capacidades: 1. Formarse una imagen ajustada y positiva de sí mismo a través de la interacción con los otros y de la identificación gradual de las propias características, posibilidades y limitaciones, desarrollando sentimientos de autoestima y autonomía personal. 2. Conocer y representar su cuerpo, sus elementos y algunas de sus funciones, descubriendo las posibilidades de acción y de expresión, y coordinando y controlando cada vez con mayor precisión gestos y movimientos. 3. Identificar los propios sentimientos, emociones, necesidades o preferencias, y ser capaces de denominarlos, expresarlos y comunicarlos a los demás, identificando y respetando, también, los de los otros. 4. Realizar, de manera cada vez más autónoma, actividades habituales y tareas sencillas para resolver problemas de la vida cotidiana, aumentando el sentimiento de autoconfianza y la capacidad de iniciativa, y desarrollando estrategias para satisfacer sus necesidades básicas. 5. Adecuar su comportamiento a las necesidades y requerimientos de los otros, desarrollando actitudes y hábitos de respeto, ayuda y colaboración, evitando comportamientos de sumisión o dominio. 6. Progresar en la adquisición de hábitos y actitudes relacionados con la seguridad, la higiene y el fortalecimiento de la salud, apreciando y disfrutando de las situaciones cotidianas de equilibrio y bienestar emocional. Contenidos Bloque 1.
El cuerpo y la propia imagen
El cuerpo humano. Exploración del propio cuerpo. Identificación y aceptación progresiva de las características propias. El esquema corporal. Percepción de los cambios físicos propios y de su relación con el paso del tiempo. Las referencias espaciales en relación con el propio cuerpo.
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Utilización de los sentidos: Sensaciones y percepciones. Las necesidades básicas del cuerpo. Identificación, manifestación, regulación y control de las mismas. Confianza en las capacidades propias para su satisfacción. Identificación y expresión de sentimientos, emociones, vivencias, preferencias e intereses propios y de los demás. Control progresivo de los propios sentimientos y emociones. Aceptación y valoración ajustada y positiva de sí mismo, de las posibilidades y limitaciones propias. Valoración positiva y respeto por las diferencias, aceptación de la identidad y características de los demás, evitando actitudes discriminatorias. Bloque 2.
Juego y movimiento
Confianza en las propias posibilidades de acción, participación y esfuerzo personal en los juegos y en el ejercicio físico. Gusto por el juego. Control postural: El cuerpo y el movimiento. Progresivo control del tono, equilibrio y respiración. Satisfacción por el creciente dominio corporal. Exploración y valoración de las posibilidades y limitaciones perceptivas, motrices y expresivas propias y de los demás. Iniciativa para aprender habilidades nuevas. Nociones básicas de orientación y coordinación de movimientos. Adaptación del tono y la postura a las características del objeto, del otro, de la acción y de la situación. Comprensión y aceptación de reglas para jugar, participación en su regulación y valoración de su necesidad, y del papel del juego como medio de disfrute y de relación con los demás. Bloque 3.
La actividad y la vida cotidiana
Las actividades de la vida cotidiana. Iniciativa y progresiva autonomía en su realización. Regulación del propio comportamiento, satisfacción por la realización de tareas y conciencia de la propia competencia. Normas que regulan la vida cotidiana. Planificación secuenciada de la acción para resolver tareas. Aceptación de las propias posibilidades y limitaciones en la realización de las mismas. Hábitos elementales de organización, constancia, atención, iniciativa y esfuerzo. Valoración y gusto por el trabajo bien hecho por uno mismo y por los demás. Habilidades para la interacción y colaboración y actitud positiva para establecer relaciones de afecto con las personas adultas y con los iguales. Bloque 4.
El cuidado personal y la salud
Acciones y situaciones que favorecen la salud y generan bienestar propio y de los demás. Práctica de hábitos saludables: Higiene corporal, alimentación y descanso. Utilización adecuada de espacios, elementos y objetos. Petición y aceptación de ayuda en situaciones que la requieran. Valoración de la actitud de ayuda de otras personas. Gusto por un aspecto personal cuidado. Colaboración en el mantenimiento de ambientes limpios y ordenados. Aceptación de las normas de comportamiento establecidas durante las comidas, los desplazamientos, el descanso y la higiene. El dolor corporal y la enfermedad. Valoración ajustada de los factores de riesgo, adopción de comportamientos de prevención y seguridad en situaciones habituales, actitud de tranquilidad y colaboración en situaciones de enfermedad y de pequeños accidentes. Identificación y valoración crítica ante factores y prácticas sociales cotidianas que favorecen o no la salud.
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Criterios de evaluación 1. Dar muestra de un conocimiento progresivo de su esquema corporal y de un control creciente de su cuerpo, global y sectorialmente, manifestando confianza en sus posibilidades y respeto a los demás. Con este criterio se observa el desarrollo del tono, postura y equilibrio, control respiratorio o la coordinación motriz y se evalúa la utilización de las posibilidades motrices, sensitivas y expresivas del propio cuerpo. Habrán de manifestar un control progresivo de las mismas en distintas situaciones y actividades, como juegos, rutinas o tareas de la vida cotidiana. Deberán ser capaces de reconocer y nombrar las distintas partes del cuerpo y ubicarlas espacialmente, en su propio cuerpo y en el de los demás. Asimismo, se valorará si identifican los sentidos, estableciendo diferencias entre ellos en función de su finalidad y si pueden explicar con ejemplos sencillos las principales sensaciones asociadas a cada sentido. Se evalúa también a través de este criterio, la formación de una imagen personal ajustada y positiva, la capacidad para utilizar los recursos propios, el conocimiento de sus posibilidades y limitaciones, y la confianza para emprender nuevas acciones. Han de manifestar, igualmente, respeto y aceptación por las características de los demás, sin discriminaciones de ningún tipo, y mostrar actitudes de ayuda y colaboración. 2. Participar en juegos, mostrando destrezas motoras y habilidades manipulativas, y regulando la expresión de sentimientos y emociones. Se trata de evaluar con este criterio la participación activa en distintos tipos de juego. Se observará también el desarrollo de los elementos motrices que se manifiestan en desplazamientos, marcha, carrera o saltos; así como la coordinación y control de las habilidades manipulativas de carácter fino que cada actividad requiere. Se valorará también su participación y utilización adecuada de las normas que los rigen, y la manifestación y progresiva regulación de sentimientos y emociones que provoca la propia dinámica de los juegos, y también si muestra actitudes de colaboración y ayuda mutua en juegos diversos, evitando adoptar posturas de sumisión o de dominio, especialmente entre niños y niñas. 3. Realizar autónomamente y con iniciativa actividades habituales para satisfacer necesidades básicas, consolidando progresivamente hábitos de cuidado personal, higiene, salud y bienestar. Se pretende evaluar con este criterio las destrezas adquiridas para realizar las actividades habituales relacionadas con la higiene, la alimentación, el descanso, los desplazamientos y otras tareas de la vida diaria. Se estimará el grado de autonomía y la iniciativa para llevar a cabo dichas actividades, utilizando adecuadamente los espacios y materiales apropiados. Se apreciará el gusto por participar en actividades que favorecen un aspecto personal cuidado, un entorno limpio y estéticamente agradable, y por colaborar en la creación de un ambiente generador de bienestar. Conocimiento del entorno Con esta área de conocimiento y experiencia se pretende favorecer en niños y niñas el proceso de descubrimiento y representación de los diferentes contextos que componen el entorno infantil, así como facilitar su inserción en ellos, de manera reflexiva y participativa. Los contenidos de esta área adquieren sentido desde la complementariedad con el resto de las áreas, y habrán de interpretarse en las propuestas didácticas desde la globalidad de la acción y de los aprendizajes. Así por ejemplo, el entorno no puede ser comprendido sin la utilización de los diferentes lenguajes, de la misma manera, la realización
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de desplazamientos orientados ha de hacerse desde el conocimiento del propio cuerpo y de su ubicación espacial. Las interacciones que niñas y niños establezcan con los elementos del medio, que con la entrada en la escuela se diversifica y amplía, deben constituir situaciones privilegiadas que los llevarán a crecer, a ampliar sus conocimientos sobre el mundo y a desarrollar habilidades, destrezas y competencias nuevas. Se concibe, pues, el medio como la realidad en la que se aprende y sobre la que se aprende. Para conocer y comprender cómo funciona la realidad, el niño indaga sobre el comportamiento y las propiedades de objetos y materias presentes en su entorno: actúa y establece relaciones con los elementos del medio físico, explora e identifica dichos elementos, reconoce las sensaciones que producen, se anticipa a los efectos de sus acciones sobre ellos, detecta semejanzas y diferencias, compara, ordena, cuantifica, pasando así de la manipulación a la representación, origen de las incipientes habilidades lógico matemáticas. De esta forma y con la intervención educativa adecuada, niños y niñas se aproximan al conocimiento del mundo que les rodea, estructuran su pensamiento, interiorizan las secuencias temporales, controlan y encauzan acciones futuras, y van adquiriendo mayor autonomía respecto a las personas adultas. El medio natural y los seres y elementos que lo integran, se convierten bien pronto en objetos preferentes de la curiosidad e interés infantil. Las vivencias que tienen en relación con los elementos de la naturaleza y la reflexión sobre ellas, les llevarán, con el apoyo adecuado de la escuela, a la observación de algunos fenómenos naturales, sus manifestaciones y consecuencias, así como a acercarse gradualmente al conocimiento de los seres vivos, de las relaciones que se establecen entre ellos, de sus características y de algunas de sus funciones. La apreciación de la diversidad y riqueza del medio natural, el descubrimiento de que las personas formamos parte de ese medio, la vinculación afectiva al mismo, son la base para fomentar desde la escuela actitudes habituales de respeto y cuidado. A lo largo de esta etapa, los niños y las niñas descubren su pertenencia al medio social. La vida escolar conlleva el establecimiento de experiencias más amplias que les acercarán al conocimiento de las personas y de las relaciones interpersonales, generando vínculos y desarrollando actitudes como confianza, empatía y apego que constituyen la sólida base de su socialización. En el desarrollo de estas relaciones afectivas, se tendrá en cuenta la expresión y comunicación de las propias vivencias, de sus emociones y sentimientos, para la construcción de la propia identidad y para favorecer la convivencia. Progresivamente se han de ir acercando al conocimiento de algunos rasgos culturales propios. La diversidad cultural aconseja aproximar a niños y niñas a los usos y costumbres sociales desde una perspectiva abierta e integradora que les permita conocer diversos modos y manifestaciones culturales presentes en la sociedad, y generar así actitudes de respeto y aprecio hacia ellas. El entorno infantil debe ser entendido, consecuentemente, como el espacio de vida que rodea a niños y niñas, en el que se incluye lo que afecta a cada uno individualmente y lo que afecta a los diferentes colectivos de pertenencia, como familia, amigos, escuela o barrio. Así, las niñas y los niños reconocerán en ellos las dimensiones física, natural, social y cultural que componen el medio en que vivimos. La importancia de las tecnologías como parte de los elementos del entorno aconsejan que niñas y niños identifiquen el papel que estas tecnologías tienen en sus vidas, interesándose por su conocimiento e iniciándose en su uso.
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Objetivos
Bloque 3. Cultura y vida en sociedad
En relación con el área, la intervención educativa tendrá como objetivo el desarrollo de las siguientes capacidades: 1. Observar y explorar de forma activa su entorno, generando interpretaciones sobre algunas situaciones y hechos significativos, y mostrando interés por su conocimiento. 2. Relacionarse con los demás, de forma cada vez más equilibrada y satisfactoria, interiorizando progresivamente las pautas de comportamiento social y ajustando su conducta a ellas. 3. Conocer distintos grupos sociales cercanos a su experiencia, algunas de sus características, producciones culturales, valores y formas de vida, generando actitudes de confianza, respeto y aprecio. 4. Iniciarse en las habilidades matemáticas, manipulando funcionalmente elementos y colecciones, identificando sus atributos y cualidades, y estableciendo relaciones de agrupamientos, clasificación, orden y cuantificación. 5. Conocer y valorar los componentes básicos del medio natural y algunas de sus relaciones, cambios y transformaciones, desarrollando actitudes de cuidado, respeto y responsabilidad en su conservación.
La familia y la escuela como primeros grupos sociales de pertenencia. Toma de conciencia de la necesidad de su existencia y funcionamiento mediante ejemplos del papel que desempeñan en su vida cotidiana. Valoración de las relaciones afectivas que en ellos se establecen. Observación de necesidades, ocupaciones y servicios en la vida de la comunidad. Incorporación progresiva de pautas adecuadas de comportamiento, disposición para compartir y para resolver conflictos cotidianos mediante el diálogo de forma progresivamente autónoma, atendiendo especialmente a la relación equilibrada entre niños y niñas. Reconocimiento de algunas señas de identidad cultural del entorno e interés por participar en actividades sociales y culturales. Identificación de algunos cambios en el modo de vida y las costumbres en relación con el paso del tiempo. Interés y disposición favorable para entablar relaciones respetuosas, afectivas y recíprocas con niños y niñas de otras culturas.
Contenidos Bloque 1.
Medio físico: Elementos, relaciones y medida
Los objetos y materias presentes en el medio, sus funciones y usos cotidianos. Interés por su exploración y actitud de respeto y cuidado hacia objetos propios y ajenos. Percepción de atributos y cualidades de objetos y materias. Interés por la clasificación de elementos y por explorar sus cualidades y grados. Uso contextualizado de los primeros números ordinales. Aproximación a la cuantificación de colecciones. Utilización del conteo como estrategia de estimación y uso de los números cardinales referidos a cantidades manejables. Aproximación a la serie numérica y su utilización oral para contar. Observación y toma de conciencia de la funcionalidad de los números en la vida cotidiana. Exploración e identificación de situaciones en que se hace necesario medir. Interés y curiosidad por los instrumentos de medida. Aproximación a su uso. Estimación intuitiva y medida del tiempo. Ubicación temporal de actividades de la vida cotidiana. Situación de sí mismo y de los objetos en el espacio. Posiciones relativas. Realización de desplazamientos orientados. Identificación de formas planas y tridimensionales en elementos del entorno. Exploración de algunos cuerpos geométricos elementales. Bloque 2. Acercamiento a la naturaleza Identificación de seres vivos y materia inerte como el sol, animales, plantas, rocas, nubes o ríos. Valoración de su importancia para la vida. Observación de algunas características, comportamientos, funciones y cambios en los seres vivos. Aproximación al ciclo vital, del nacimiento a la muerte. Curiosidad, respeto y cuidado hacia los elementos del medio natural, especialmente animales y plantas. Interés y gusto por las relaciones con ellos, rechazando actuaciones negativas. Observación de fenómenos del medio natural (lluvia, viento, día, noche). Formulación de conjeturas sobre sus causas y consecuencias. Disfrute al realizar actividades en contacto con la naturaleza. Valoración de su importancia para la salud y el bienestar.
Criterios de evaluación 1. Discriminar objetos y elementos del entorno inmediato y actuar sobre ellos. Agrupar, clasificar y ordenar elementos y colecciones según semejanzas y diferencias ostensibles, discriminar y comparar algunas magnitudes y cuantificar colecciones mediante el uso de la serie numérica. Se pretende valorar con este criterio la capacidad para identificar los objetos y materias presentes en su entorno, el interés por explorarlos mediante actividades manipulativas y establecer relaciones entre sus características o atributos (forma, color, tamaño, peso…) y su comportamiento físico (caer, rodar, resbalar, botar…). Se refiere, asimismo, al modo en que niños y niñas van desarrollando determinadas habilidades lógico matemáticas, como consecuencia del establecimiento de relaciones cualitativas y cuantitativas entre elementos y colecciones. También se observará la capacidad desarrollada para resolver sencillos problemas matemáticos de su vida cotidiana. Se valorará el interés por la exploración de las relaciones numéricas con materiales manipulativos y el reconocimiento de las magnitudes relativas a los números elementales (p.ej. que el número cinco representa cinco cosas, independientemente del espacio que ocupen, de su tamaño, forma o de otras características) así como el acercamiento a la comprensión de los números en su doble vertiente cardinal y ordinal, el conocimiento de algunos de sus usos y su capacidad para utilizarlos en situaciones propias de la vida cotidiana. Se tendrá en cuenta, asimismo, el manejo de las nociones básicas espaciales (arriba, abajo; dentro, fuera; cerca, lejos…), temporales (antes, después, por la mañana, por la tarde…) y de medida (pesa más, es más largo, está más lleno). 2. Dar muestras de interesarse por el medio natural, identificar y nombrar algunos de sus componentes, establecer relaciones sencillas de interdependencia, manifestar actitudes de cuidado y respeto hacia la naturaleza, y participar en actividades para conservarla. Con este criterio se valora el interés, conocimiento y grado de sensibilización por los elementos de la naturaleza, tanto vivos como inertes; la indagación de algunas características y funciones generales, acercándose a la noción de ciclo vital y constatando los cambios que éste conlleva. Se valorará también si son capaces de establecer algunas relaciones entre medio físico y social, identificando cambios naturales que afectan a la vida cotidiana de las personas (cambios de estaciones, temperatura…) y
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cambios en el paisaje por intervenciones humanas. Se mostrarán actitudes de cuidado y respeto hacia la naturaleza participando en actividades para conservarla. Se estimará, asimismo, el interés que manifiestan por el conocimiento del medio, las observaciones que hacen, así como las conjeturas que sobre sus causas y consecuencias formulan. 3. Identificar y conocer los grupos sociales más significativos de su entorno, algunas características de su organización y los principales servicios comunitarios que ofrece. Poner ejemplos de sus características y manifestaciones culturales, y valorar su importancia. Con este criterio se evalúa el conocimiento de los grupos sociales más cercanos (familia, escuela…), de los servicios comunitarios que éstos ofrecen (mercado, atención sanitaria o medios de transporte), y de su papel en la sociedad. La toma de conciencia sobre la necesidad de lo social, se estimará verbalizando algunas de las consecuencias que, para la vida de las personas, tendría la ausencia de organizaciones sociales, así como la necesidad de dotarse de normas para convivir. Se observará, asimismo, su integración y vinculación afectiva a los grupos más cercanos y la acomodación de su conducta a los principios, valores y normas que los rigen. Especial atención merecerá la capacidad que niñas y niños muestren para el análisis de situaciones conflictivas y las competencias generadas para un adecuado tratamiento y resolución de las mismas. Se evalúa igualmente la comprensión de algunas señas o elementos que identifican a otras culturas presentes en el medio, así como si establecen relaciones de afecto, respeto y generosidad con todos sus compañeros y compañeras. Lenguajes: Comunicación y representación Esta área de conocimiento y experiencia pretende también mejorar las relaciones entre el niño y el medio. Las distintas formas de comunicación y representación sirven de nexo entre el mundo exterior e interior al ser instrumentos que hacen posible la representación de la realidad, la expresión de pensamientos, sentimientos y vivencias y las interacciones con los demás. En la etapa de Educación infantil se amplían y diversifican las experiencias y las formas de representación que niñas y niños elaboran desde su nacimiento. Trabajar educativamente la comunicación implica potenciar las capacidades relacionadas con la recepción e interpretación de mensajes, y las dirigidas a emitirlos o producirlos, contribuyendo a mejorar la comprensión del mundo y la expresión original, imaginativa y creativa. Como ya se ha reiterado, las tres áreas deben trabajarse de manera conjunta e integrada. Así cuando se aborde, por ejemplo, el conocimiento de objetos y materias que se refleja en el área Conocimiento del entorno, se trabajará al propio tiempo, el lenguaje matemático, que se refiere a la representación de aquellas propiedades y relaciones entre objetos, que un acercamiento a la realidad activo e indagatorio, les permite ir construyendo. En el uso de los distintos lenguajes, niñas y niños irán descubriendo la mejor adaptación de cada uno de ellos a la representación de las distintas realidades o dimensiones de una misma realidad. De esta manera se facilitará que acomoden los códigos propios de cada lenguaje a sus intenciones comunicativas, acercándose a un uso cada vez más propio y creativo de dichos lenguajes. Las diferentes formas de comunicación y representación que se integran en esta área son: El Lenguaje verbal, el lenguaje artístico, el lenguaje corporal, el lenguaje audiovisual y de las tecnologías de la información y la comunicación.
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Por otro lado, el lenguaje oral es especialmente relevante en esta etapa, es el instrumento por excelencia de aprendizaje, de regulación de la conducta y de manifestación de vivencias, sentimientos, ideas, emociones, etc. La verbalización, la explicación en voz alta, de lo que están aprendiendo, de lo que piensan y lo que sienten, es un instrumento imprescindible para configurar la identidad personal, para aprender, para aprender a hacer y para aprender a ser. Con la lengua oral se irá estimulando, a través de interacciones diversas, el acceso a usos y formas cada vez más convencionales y complejas. En el segundo ciclo de Educación infantil se pretende que niños y niñas descubran y exploren los usos de la lectura y la escritura, despertando y afianzando su interés por ellos. La utilización funcional y significativa de la lectura y la escritura en el aula, les llevará, con la intervención educativa pertinente, a iniciarse en el conocimiento de algunas de las propiedades del texto escrito y de sus características convencionales cuya adquisición se ha de completar en el primer ciclo de Primaria. Asimismo, es necesario el desarrollo de actitudes positivas hacia la propia lengua y la de los demás, despertando sensibilidad y curiosidad por conocer otras lenguas. En la introducción de una lengua extranjera se valorará dicha curiosidad y el acercamiento progresivo a los significados de mensajes en contextos de comunicación conocidos, fundamentalmente en las rutinas habituales de aula. Es preciso también un acercamiento a la literatura infantil, a partir de textos comprensibles y accesibles para que esta iniciación literaria sea fuente de goce y disfrute, de diversión y de juego. El lenguaje audiovisual y las tecnologías de la información y la comunicación presentes en la vida infantil, requieren un tratamiento educativo que, a partir del uso apropiado, inicie a niñas y niños en la comprensión de los mensajes audiovisuales y en su utilización adecuada. El lenguaje artístico hace referencia tanto al plástico como al musical. El lenguaje plástico tiene un sentido educativo que incluye la manipulación de materiales, texturas, objetos e instrumentos, y el acercamiento a las producciones plásticas con espontaneidad expresiva, para estimular la adquisición de nuevas habilidades y destrezas y despertar la sensibilidad estética y la creatividad. El lenguaje musical posibilita el desarrollo de capacidades vinculadas con la percepción, el canto, la utilización de objetos sonoros e instrumentos, el movimiento corporal y la creación que surgen de la escucha atenta, la exploración, la manipulación y el juego con los sonidos y la música. Se pretende estimular la adquisición de nuevas habilidades y destrezas que permitan la producción, uso y comprensión de sonidos de distintas características con un sentido expresivo y comunicativo, y favorezcan un despertar de la sensibilidad estética frente a manifestaciones musicales de distintas características. El lenguaje corporal tiene que ver con la utilización del cuerpo, sus gestos, actitudes y movimientos con una intención comunicativa y representativa. Especialmente interesante resulta la consideración del juego simbólico y de la expresión dramática como modo de manifestar su afectividad y de dar cuenta de su conocimiento del mundo. Los lenguajes contribuyen también al desarrollo de una competencia artística que va acompañada del despertar de una cierta conciencia crítica que se pone en juego al compartir con los demás las experiencias estéticas. Estos lenguajes contribuyen, de manera complementaria, al desarrollo integral de niños y niñas y se desarrollan de manera integrada con los contenidos de las dos primeras áreas. A través de los lenguajes desarrollan su imaginación y creatividad, aprenden, construyen su identidad personal, muestran sus emociones, su conocimiento del mundo, su percepción de la realidad. Son, además,
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instrumentos de relación, regulación, comunicación e intercambio y la herramienta más potente para expresar y gestionar sus emociones y para representarse la realidad. En cuanto que productos culturales, son instrumentos fundamentales para elaborar la propia identidad cultural y apreciar la de otros grupos sociales. Objetivos En relación con el área, la intervención educativa tendrá como objetivo el desarrollo de las siguientes capacidades: 1. Utilizar la lengua como instrumento de comunicación, de representación, aprendizaje y disfrute, de expresión de ideas y sentimientos, y valorar la lengua oral como un medio de relación con los demás y de regulación de la convivencia. 2. Expresar emociones, sentimientos, deseos e ideas mediante la lengua oral y a través de otros lenguajes, eligiendo el que mejor se ajuste a la intención y a la situación. 3. Comprender las intenciones y mensajes de otros niños y adultos, adoptando una actitud positiva hacia la lengua, tanto propia como extranjera. 4. Comprender, reproducir y recrear algunos textos literarios mostrando actitudes de valoración, disfrute e interés hacia ellos. 5. Iniciarse en los usos sociales de la lectura y la escritura explorando su funcionamiento y valorándolas como instrumento de comunicación, información y disfrute. 6. Acercarse al conocimiento de obras artísticas expresadas en distintos lenguajes y realizar actividades de representación y expresión artística mediante el empleo de diversas técnicas. 7. Iniciarse en el uso oral de una lengua extranjera para comunicarse en actividades dentro del aula, y mostrar interés y disfrute al participar en estos intercambios comunicativos. Contenidos Bloque 1.
Lenguaje verbal
Escuchar, hablar y conversar: Utilización y valoración progresiva de la lengua oral para evocar y relatar hechos, para explorar conocimientos para expresar y comunicar ideas y sentimientos y como ayuda para regular la propia conducta y la de los demás. Uso progresivo, acorde con la edad, de léxico variado y con creciente precisión, estructuración apropiada de frases, entonación adecuada y pronunciación clara. Participación y escucha activa en situaciones habituales de comunicación. Acomodación progresiva de sus enunciados a los formatos convencionales, así como acercamiento a la interpretación de mensajes, textos y relatos orales producidos por medios audiovisuales. Utilización adecuada de las normas que rigen el intercambio lingüístico, respetando el turno de palabra, escuchando con atención y respeto. Interés por participar en interacciones orales en lengua extranjera en rutinas y situaciones habituales de comunicación. Comprensión de la idea global de textos orales en lengua extranjera, en situaciones habituales del aula y cuando se habla de temas conocidos y predecibles. Actitud positiva hacia la lengua extranjera. Aproximación a la lengua escrita: Acercamiento a la lengua escrita como medio de comunicación, información y disfrute. Interés por explorar algunos de sus elementos. Diferenciación entre las formas escritas y otras formas de expresión gráfica. Identificación de palabras y frases
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escritas muy significativas y usuales. Percepción de diferencias y semejanzas entre ellas. Iniciación al conocimiento del código escrito a través de esas palabras y frases. Uso, gradualmente autónomo, de diferentes soportes de la lengua escrita como libros, revistas, periódicos, carteles o etiquetas. Utilización progresivamente ajustada de la información que proporcionan. Interés y atención en la escucha de narraciones, explicaciones, instrucciones o descripciones, leídas por otras personas. Iniciación en el uso de la escritura para cumplir finalidades reales. Interés y disposición para el uso de algunas convenciones del sistema de la lengua escrita como linealidad, orientación y organización del espacio, y gusto por producir mensajes con trazos cada vez más precisos y legibles. Acercamiento a la literatura: Escucha y comprensión de cuentos, relatos, leyendas, poesías, rimas o adivinanzas, tanto tradicionales como contemporáneas, como fuente de placer y de aprendizaje. Recitado de algunos textos de carácter poético, de tradición cultural o de autor, disfrutando de las sensaciones que el ritmo, la rima, y la belleza de las palabras producen. Participación creativa en juegos lingüísticos para divertirse y para aprender. Dramatización de textos literarios y disfrute e interés por expresarse con ayuda de recursos extralingüísticos. Interés por compartir interpretaciones, sensaciones y emociones provocadas por las producciones literarias. Utilización de la biblioteca con respeto y cuidado, valoración de la biblioteca como recurso informativo de entretenimiento y disfrute. Bloque 2.
Lenguaje audiovisual y tecnologías de la información y la comunicación
Iniciación en el uso de instrumentos tecnológicos como ordenador, cámara o reproductores de sonido e imagen, como elementos de comunicación. Acercamiento a producciones audiovisuales como películas, dibujos animados o videojuegos. Valoración crítica de sus contenidos y de su estética. Distinción progresiva entre la realidad y la representación audiovisual. Toma progresiva de conciencia de la necesidad de un uso moderado de los medios audiovisuales y de las tecnologías de la información y la comunicación. Bloque 3.
Lenguaje artístico
Experimentación y descubrimiento de algunos elementos que configuran el lenguaje plástico (línea, forma, color, textura, espacio). Expresión y comunicación de hechos, sentimientos y emociones, vivencias, o fantasías a través del dibujo y de producciones plásticas realizadas con distintos materiales y técnicas. Interpretación y valoración, progresivamente ajustada, de diferentes tipos de obras plásticas presentes en el entorno. Exploración de las posibilidades sonoras de la voz, del propio cuerpo, de objetos cotidianos y de instrumentos musicales. Utilización de los sonidos hallados para la interpretación y la creación musical. Reconocimiento de sonidos del entorno natural y social, y discriminación de sus rasgos distintivos y de algunos contrastes básicos (largo-corto, fuerte-suave, agudo-grave). Audición atenta de obras musicales presentes en el entorno. Participación activa y disfrute en la interpretación de canciones, juegos musicales y danzas.
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Bloque 4.
Lenguaje corporal
Descubrimiento y experimentación de gestos y movimientos como recursos corporales para la expresión y la comunicación. Utilización, con intención comunicativa y expresiva, de las posibilidades motrices del propio cuerpo con relación al espacio y al tiempo. Representación espontánea de personajes, hechos y situaciones en juegos simbólicos, individuales y compartidos. Participación en actividades de dramatización, danzas, juego simbólico y otros juegos de expresión corporal. Criterios de evaluación 1. Utilizar la lengua oral del modo más conveniente para una comunicación positiva con sus iguales y con las personas adultas, según las intenciones comunicativas, y comprender mensajes orales diversos, mostrando una actitud de escucha atenta y respetuosa. Mediante este criterio se evalúa el desarrollo de la capacidad para expresarse y comunicarse oralmente, con claridad y corrección suficientes, para llevar a cabo diversas intenciones comunicativas (pedir ayuda, informar de algún hecho, dar sencillas instrucciones, participar en conversaciones en grupo). Se valorará el interés y el gusto por la utilización pertinente y creativa de la expresión oral para regular la propia conducta, para relatar vivencias, razonar, resolver situaciones conflictivas, comunicar sus estados anímicos y compartirlos con los demás. Igualmente este criterio se refiere a la capacidad para escuchar y comprender mensajes, relatos, producciones literarias, descripciones, explicaciones, informaciones que les permitan participar en la vida del aula. El respeto a los demás se ha de manifestar en el interés y la atención hacia lo que dicen y en el uso de las convenciones sociales (guardar el turno de palabra, escuchar, mirar al interlocutor, mantener el tema), así como en la aceptación de las diferencias. 2. Mostrar interés por los textos escritos presentes en el aula y en el entorno próximo, iniciándose en su uso, en la comprensión de sus finalidades y en el conocimiento de algunas características del código escrito. Interesarse y participar en las situaciones de lectura y escritura que se producen el aula. Con este criterio se evalúa si los niños y las niñas valoran y se interesan por la lengua escrita, y se inician en la utilización funcional de la lectura y la escritura como medios de comunicación, de información y de disfrute. Tal interés se mostrará en la atención y curiosidad por los actos de lectura y de escritura que se realizan en el aula. Se observará el uso adecuado del material escrito (libros, periódicos, cartas, etiquetas, publicidad…). Se valorará el interés por explorar los mecanismos básicos del código escrito, así como el conocimiento de algunas características y convenciones de la lengua escrita, conocimientos que se consolidarán en la Educación Primaria. 3. Expresarse y comunicarse utilizando medios, materiales y técnicas propios de los diferentes lenguajes artísticos y audiovisuales, mostrando interés por explorar sus posibilidades, por disfrutar con sus producciones y por compartir con los demás las experiencias estéticas y comunicativas. Con este criterio se evalúa el desarrollo de las habilidades expresivas por medio de diferentes materiales, instrumentos y técnicas propios de los lenguajes musical, audiovisual, plástico y corporal. Se observará el gusto por experimentar y explorar las posibilidades expresivas del gesto los movimientos, la voz y también, el color, la textura o los sonidos. Se valorará el desarrollo de la sensibilidad estética y de actitudes positivas hacia las producciones artísticas en distintos medios, junto con el interés por compartir las experiencias estéticas.
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MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES 186
ORDEN TAS/1/2007, de 2 de enero, por la que se establece el modelo de parte de enfermedad profesional, se dictan normas para su elaboración y transmisión y se crea el correspondiente fichero de datos personales.
Entre las previsiones de desarrollo que se contienen en el Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la Seguridad Social y se establecen criterios para su notificación y registro, el artículo 4 dispone que, en caso de enfermedad profesional, la entidad gestora o colaboradora que asuma la protección de las contingencias profesionales elaborará y tramitará el parte de enfermedad profesional correspondiente, en los términos que establezcan las disposiciones de aplicación y desarrollo. En relación con la previsión indicada, la disposición adicional primera del citado real decreto encomienda al Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales la aprobación de un nuevo modelo de parte de enfermedad profesional, así como la regulación del mecanismo para su tramitación y su transmisión por medios electrónicos, de manera que quede garantizada la fluidez de la información entre la entidad gestora o colaboradora, la empresa, la administración laboral, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, los servicios de prevención, en su caso, y demás instituciones afectadas. Dado que el parte de enfermedad profesional ha de surtir efectos a la entrada en vigor del citado real decreto, fijada para el día 1 de enero de 2007, esta orden se limita a dar cumplimiento al mandato concreto de desarrollo normativo antes expresado, estableciéndose el contenido del parte de enfermedad profesional, su tratamiento por medios informáticos y su comunicación por vía electrónica a través de internet, así como la creación del correspondiente fichero de datos personales, todo ello en el ámbito del sistema de la Seguridad Social y sin perjuicio de la posibilidad de acceso a la información que en él se contiene por parte de las administraciones, instituciones públicas, organizaciones y asociaciones con competencias relacionadas con dicha información. El nuevo parte de enfermedad profesional pretende cumplir con el objetivo de la Unión Europea en cuanto al aprovisionamiento de una serie coherente de datos, lo que conlleva recoger aquella información que Eurostat considera necesaria en orden a las tareas de armonización estadística, además de facilitar el seguimiento de la salud y la seguridad en el trabajo y la eficacia de la reglamentación en este ámbito, contribuyendo a la prevención de los riesgos laborales. Una destacable innovación que se introduce en esta regulación reside en la utilización de los datos recogidos en los ficheros administrativos de la Seguridad Social, de manera que sólo se demanda la grabación de aquellos campos que suponen una ampliación de la información que no se encuentra ya disponible en las bases de datos de Seguridad Social. Este avance supone el incremento del nivel de fiabilidad y utilidad de la información acumulada, lo que redundará a posteriori en una mejora de la función de análisis, así como en la consecución de una mayor agilidad y eficacia en la gestión de la comunicación. Por último, debido al carácter especialmente protegido de los datos relativos a enfermedades profesionales, se hace preciso adoptar las medidas de índole técnica y organizativa necesarias para garantizar su seguridad y