,
!,ac*lay,, @rc(ruíno ('-{Jdif.f i
Universidad deVal ladolid
MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO Nro. ENTRE LA EMPRESA pÚgLICA "YACHAY E.p." Y LA UNTVERSTDAD DE VAILADOL¡D (ESPAÑA)
La UNIVERSIDAD DE VALLADOLID (España), representada por el Rector Magnífico. D. Marcos
Sacristán Represa, cuya competencia para la firma de este convenio deriva de lo dispuesto
en los artículos 90 y 93.i de los Estatutos de la Universidad de Valladolid, aprobados por el Acuerdo 10412003, de 10 de julio, de la Junta de Castilla y León. El Presidente de la República del Ecuador, Econ. Rafael Correa Delgado, mediante Decreto Ejecutivo Nro. 1457 de 13 de marzo de 2013, crea la Empresa Pública "YACHAY E.P", en lo sucesivo "YACHAY EP", como una persona jurídica de derecho público, con patrimonio
propio, dotada de autonomía presupuestaria, financiera, económica, administrativa y de gestión. "YACHAY E.P.", está a cargo de la administración y generación de instrumentos de apoyo a emprendedores, innovadores y científicos a través de incubadoras de tecnología, hábitat tecnológicos (parques tecnológicos), centro de transferencia de tecnología, centros de prototipo industriales (capital de riesgo) y otras áreas de negocios; Mediante Resolución Nro.01-DlR-YACHAY EP-2013 de 28 de marzo del 2013, el Directorio de "YACHAY E.P.", designa al Msc. Héctor Eduardo Rodríguez Chávez como Gerente General, para que ejerza la representación legal, judicial y extrajudicial de la Empresa; "YACHAY E.P." y la UNIVERSIDAD DE VALLADOLID han acordado colaborar en ciencia, tecnología, investigación, desarrollo, capacitación y educación;
el área
de
"YACHAY E.P." y la UNIVERSIDAD DE VALLADOLID en lo sucesivo denominados conjuntamente como las "Partes" e individualmente como "YACHAY E.P." y la UNIVERSIDAD DE VALLADOLID en reconocimiento de la importancia de la cooperación, han acordado suscribir el presente Memorándum de Entendimiento, en lo sucesivo el "MOU" (por sus siglas en inglés); POR LO TANTO, las Partes acuerdan lo siguiente:
Artículo I Propósito y Alcance El objeto del presente MOU a suscribirse entre la UNIVERSIDAD DE VALLADOLID y YACHAY E.P., es cooperar en beneficio mutuo a través de iniciativas orientadas al desarrollo de
investigación científica, desarrollo tecnológico e lnnovación.
En específico para la UNIVERSIDAD DE VALLADOLID
y
YACHAY E.P.,
mencionado tiene como propósito: a)Generar movilidad de personal docente e investigador; b)lntercambiar información técnica; y
/
I
el objetivo
antes
a
),a(*lay., ({$^-')af,.ffiro Universidad deVal ladolid c) Promover la investigación conjunta.
Artículo !l Áreas de Colaboración de las Partes Las Partes acuerdan lo siguiente:
alEstablecer mecanismos para intercambiar personal en áreas de interés mutuo, para lo cual establecerán el número de personal a ser movilizado, el propósito, tiempo, período y otros términos y condiciones de la misma, lo cual decidirán a través de consultas mutuas;
b)Facilitar información técnica reproducida a través de boletines, libros, artículos sin derechos de autor y otras referencias, cuando sean específicamente solicitados por las Partes;
c)Promover y realizar actividades de investigación conjuntas cuando los máximos representantes de cada organización lo consideren mutuamente beneficioso. El tema y conten¡do de estas actividades será discutido y revisado con anticipación a través de consultas mutuas;
d)Promover la creación de laboratorios mixtos de investigación. e)lncorporar objetivos, prioridades, áreas temáticas e instrumentos de cooperación, que las Partes estimen de común acuerdo, para el perfeccionamiento o profundización de sus relaciones.
Artículo lll Propiedad tntelectual y Confidencialidad La titularidad
y todos los derechos que se desprendan o formen parte de la propiedad
intelectual y la información confidencial de las Partes, permanecerán como propiedad de la UNIVERSIDAD DE VALLADOLID y YACHAY E.P., según corresponda. Las Partes no obtendrán derecho alguno, de ningún tipo, sobre la propíedad intelectual o la información de la otra Parte, ni tampoco ningún derecho de utilizarla, excepto para el objeto del presente MOU. El nombre y los logotipos de cada Parte integran la propiedad intelectual de cada una de las instituciones y no puede ser utilizada sin permiso expreso y por escrito de la otra Parte. Las Partes coordinarán cualquier medio o declaración de relaciones públicas realizadas respecto a este MOU. Las Partes no revelarán a ningún tercero, ya sea en forma directa
o indirecta, la información
o documentación que en la aplicación y ejecución del presente MOU llegaren a conocer
I
z
cr$Aoffi.ffiio l4{¡}.,
Universidad deVal ladolid
útrYr írrlr¡
entre ellas o que puedan estar conjuntamente involucradas, sin la autorización previa y expresa de la otra Parte, por escrito. La información entregada en cumplimiento del presente MOU o de los acuerdos o convenios
que llegaren a suscribirse y que sea considerada por cualquiera de las partes como confidencial, deberá ser señalada para su protección. Por lo que las partes se obligan a observar absolutamente el principio de confidencialidad de la información considerada reservada.
Artículo lV Naturaleza Jurídica de la Relación La relación entre las Partes se limita única y exclusivamente a la cooperación para la ejecución del objeto del presente MOU y por tanto es una declaración la intención de las Partes dirigidas a fomentar la cooperación interinstitucional y mutuamente beneficiosa. Por lo expuesto, las Partes no contraen ningún vínculo laboral o civil, ni relación de dependencia con el personal que cada una de las Partes requiera o contrate para la ejecución de este instrumento. La cooperación prevista en
el presente MOU no crea obligaciones jurídicas en el ámbito del
Derecho lnternacional.
Artículo V Administración y Seguimiento
'1"
Para realizar la coordinación y seguimiento de este MOU, las Partes designan a los funcionarios que a continuación se detallan para que actúen en calidad de administradores, quienes efectuarán el seguimiento a las observaciones y recomendaciones necesarias que permitan la implementación y ejecución del presente instrumento: El nombramiento de coordinador por parte de la UNIVERSIDAD DE VALLADOLID no puede reflejarse directamente en el convenio, al tratarse de un trámite que la Normativa sobre
tramitación, aprobación y ejecución de acuerdos con otras universidades o instituciones extranjeras (acuerdo de Junta de Gobierno de 30 de marzo de 1999) remite a un acuerdo posterior a la aprobación del propio convenio (artículo t1);y, Por "YACHAY
E.P." , se designa a la
directora/a de Relaciones lnternacionales.
Artículo Vl Vigencia y Plazo El presente MOU entrará en vigor desde la fecha de suscripción por las Partes signatarias y
permanecerá en vigencia por un periodo de tiempo, previo acuerdo escrito entre las Partes.
5 (cinco) años, pudiéndose renovarse
este
!,adlay., (ilo^lof i ffixrft,
Universidad deVal ladolid Artículo Vll Enmiendas
Este MOU podrá ser modificado mediante acuerdo escrito entre las Partes. Toda cuestión no
cubierta en el presente MOU será resuelta por las Partes de conformidad con el objetivo establecido en el artículo l del presente ¡nstrumento.
Artículo Vlll Terminación tiempo por uno de los signatarios, y previa notificación escrita motivada a la otra Parte, dentro de un periodo no menor a seis El presente MOU podrá darse por terminado en cualquier
meses. La terminación del presente instrumento no afectará
la
conclusión
de
los
compromisos y actividades que los suscribientes hubieren adquirido y que se encuentren ejecutando en ese momento, ni la validez de cualquier otro acuerdo o convenio escrito entre las Partes.
Artículo lX Uso del Nombre, Emblema o Sello Oficial
A menos que la
UNIVERSIDAD DE VALLADOLID
lo autorice por escrito,
podrá utilizar el nombre, emblema o sello oficial de la UNIVERSIDAD abreviación en sus asuntos o de otra manera.
"YACHAY E.P." no
DE VALLADOLID
ni otra
La UNIVERSIDAD DE VALLADOLID tampoco podrá utilizar el nombre, emblema, abreviación o
sello oficial de "YACHAY E.P.", sin consentimiento escrito de la Empresa Pública.
Il .l / t
Artículo X Convenios Derivados o Específicos
objeto de este MOU, las Partes podrán suscribir convenios específicos en los o proyectos conjuntos a desarrollarse, así como las actividades y compromisos que asumirán cada una de las Partes. Cuando deban cumplirse obligaciones de tipo económico, en forma previa deberá cumplirse con los requisitos legales En el marco del
que se detallarán los programas
de cada una de las Partes.
Artículo Xl Resolución de Conflictos Las Partes harán sus mejores esfuerzos por resolver amistosamente cualquier disputa, controversia o reclamo que surja en relación a este MOU o por incumplimiento, terminación o invalidez del mismo. r
il //
1
/4
t
!,adlay., @ÍroInfrt (¡.r}(.')afi
Universidad deVal ladolid
En caso de no llegarse a un acuerdo amistoso las Partes convienen someter las controversias
al procedimiento de Mediación en el Centro de Mediación y Arbitraje de la Procuraduría General del Estado Ecuatoriano.
Artículo Xll Notificaciones Toda notificación que cualquiera de las Partes realice en ejecución del MOU deberá ser por escrito y se considerará entregada cuando sea recibida por la otra Parte, en las siguientes direcciones: Para UNIVERSIDAD DE VALLADOTID
Para YACHAY EP
Para Asuntos Operativos:
Para Asuntos Operativos:
Nombres: Mar Fernández Cargo: Directora de Relaciones lnternacionales
Nombre: Ana Patricia Lozada Cargo: Directora de Relaciones lnternacionales Dirección: Av. Amazonas Nro. 26-146 y La Niña Número telefónico: (+593) 2 3949100. Correo electrónico: alozada @yachay.gob.ec
Dirección: Casa
del
Estudiante, Calle Real de
Burgos, s/n
Número telefónico: 00 34 983 423779 Correo electrónico:
EN FE DE LO CUAL, los abajo firmantes máximos representantes de la Empresa Pública "YACHAY E.P." y de la UNIVERSIDAD DE VALLADOLID suscriben el presente Memorando de Entendimiento en dos (2) ejemplares en español con el mismo valor y contenido, en los lugares y en las fechas indicadas a cont¡nuación:
Empresa Pública YACHAY E.P.
UNIVERSIDAD DE VALLADOLID
Héctor Rodríguez
Sacristán Represa Rector
Gerente General
Lugar: Valladolid, España
Lugar: Quito, Ecuador
Fecha: 9 de mayo de 201.4
Fecha:
1 0 JUN.2014