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COI{VENIO MARCO DE COOPERACIÓN ENTRE EMPRESA PÚBLICAYACTIAY E.P. DE ECUADOR Y I.A PONTIFICIA UNTVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE
COMPARECIENTES Comparecena la celebracióndel presenteconvenio por una parte, la Empresa Pública *YACIIAY E.P.', representadapor el Dr. FernandoCornejoLeón,en su calidadde Gerente GeneralSubrogante, con domicilio en AmazonasNo. 26-146y La Niña, ciudad de Quito, 'YACIIAY E.P." y por otra parte la Ecuador,entidad que en adelantese denominará PONTTFTCIA UUTVERSTDAD CATÓLrCA DE CHTLE, R.U.T. 8r.698.9oo-0, por y para su FACULTAD DE CIENCIAS BrOLÓGICAS y SU CENTRO CIENTÍFICO Y TNCXOIÓGICO DE EXCELENCIA EN ENVEJECIMIENTO Y REGENERACIÓN CN adelante "CARE CHILE UC" representadapor Don IGNACIO SÁNCHEZ DIAZ, en su calidad de RECTOR, cedula de identidad No. 68Zo.zgZ-8, ambos con domicilio en Avenida Libertad Bernardo O' Higgins No34o de la comuna y ciudad de SantiagoChile, entidad que en adelantee indistintamente se denominarála "U|IIVERSIDAD", quienes acuerdan-suscribir el presente instrumento de conformidad con las siguientescláusulas: científico CTAUSUT-E PRIMERA _ ANTECEDENTES 'YACHAY 8.P." tiene a su cargo el desarrollo, gestión y La Empresa Pública administración del proyecto emblemático denominado "Ciudad del Conocimiento YACHAY'; 2 . El artículo r del Decreto Ejecuüvo No. 1457, determina que la Empresa Pública "YACIIAY E.P.", se constituye como una personajurídica de derechopúblico, con patrimonio propio, dotada de autonomía presupuestaria,financiera, económica, ádministrati"a y de gesüón. Además, "YACIIAY E.P." está a cargo de la administración y generación de instrumentos de apoyo a emprendedores, innovadoresy científicos a través de pre incubadorasde empresas,incubadoras, hábitat tecnológicos(parquestecnológicos),centro de transferenciade tecnología, centrosde protoüpo industriales (capital de riesgo)y otras áreasde negoc-ios; l,a Universidad participa de la personalidad jurídica de derecho público de la 3. Iglesia Católica y es persona jurídica de derecho público de conformidad a los Dlcretos N'4.8o7 publicadoen el Diario Oficial con fecha r8 de noviembrede r9z9 y N'5.469 publicado en el Diario Oficial con fecha 6 de diciembre del mismo año. bicha corporaciónse encuentrainscrita en el Registrode UniversidadesB- No r del Ministerió de Educación de la República de Chile y se encuentra reconocida oficialmente en ürtud de lo establecido en la Ley No L8.962, Orgánica Constitucionalde Enseñanza,Artículo 33. 4. La Facultad de Ciencias Biológicas es la Unidad Académica responsable de desarrollar las cienciasbiológicas en la Ponüficia Universidad Católica de Chile, 1.
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para ello, la Facultad rcaliza investigación científica original, proyecta estos hallazgosa la innovación y enseñala disciplina en nivelesbásicosy avanzados.A más de 4o años de su fundación, dicha Facultad manüene una actiüdad de investigacióny educaciónintensa, diversa y de excelencia,que la ha posicionado como una institución de reconocidoprestigio, tanto al interior de la Universidad como en el senode la comunidadcientíficanacionale internacional. Por su parte, CARE Chile UC es un centro científico y tecnológicode excelencia, único dedicadoa la biomedicina en Chile y orientado a buscar nuevasalternativas terapéuticas para enfermedades degenerativas como: Alzheimer, distrofia muscular,hipertensión arterial, fibrosis renal, diabetesy cáncer,siendo su objetivo final: "Mejorarla calidadde üda de las personas". Las dos institucionesestánunidas por una comunidad de interesesy objetivosen el ámbito académicoy cultural y precisamenteestán llamadas por su propia esencia, su finalidad y objetivos a establecerlos canalesde comunicaciónque permitan el intercambio de conocimientoscientíficosy culturales; Medianteacciónde personalNo. zz5 de fechazr de abril del zor5, el Dr. Fernando Cornejo GerenteTécnico de la Empresa Púbica YACFIAYE.P. subrogaen todas y cada una de sus funciones al Mg. Héctor Rodríguez Chavez, en su calidad de GerenteGeneralde la EmpresaPúblicaYACHAYE.P. del zz al z4 de abril del zor5. Las Partesdeseancooperaren áreasde interéscomún,y reconocenlos beneficios de una cooperacióncientífica,académica,técnicagenuinay sustancial,por lo que acuerdansuscribir el presenteConvenioen el afán de confianzay cooperación.
CTÁUSUI-A SEGUNDA _ OBJETO El objeto del presente convenio marco de cooperaciónes coordinar y articular acciones institucionales entre las partes con el fin de procurar el desarrollo de actiüdades de investigación científica, tecnológica y de innovación; y formación que contribuyan al fortalecimientoinsütucional de las dos entidades.
CrAuSuI.a TERCERA_ oBJETIvos EsPEcÍFIcoS o Generar, transferir y difundir conocimientos científicos y tecnológicosen salud procurando la ejecución de invesügaciones,desarrollo e innovación tecnológica con la finalidad de obtener eüdencias que contribuyan al fortalecimiento de políticaspúblicasen salud. Esto en las siguientesáreas,aunqueno exclusivamente: . Neurociencias:estudio de la fisiología y fisiopatologíadel sistemanervioso, trastornos de conducta, del desarrollo, neuropsiquiátricas, neurodegenerativas. . Enfermedadescrónicas de alto impacto en la salud pública: hipertensión arterial, diabetes, síndrome metabólico, obesidad, hipertiroidismo, y cáncer. enfermedadeshepáücas,renalesy cardiovasculares, . Enfermedadesdegenerativas:esclerosismúlüple,lupus, distrofia muscular. CTAUSUT,N CUARTA - OBLIGACIOh¡-ES DE I.AS PARTES Para el cabal cumplimiento del objeto del presente convenio, sin perjuicio de otras actividadesy obligacionesque se desprendande la naturaleza del mismo, las partes se obligana: s z )i
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4. r. Obligaciones de la PONTIFICIA LINTYERSIDAD CefÓf-fCe
que realizará a través de su Facultad de Ia principal misión de la "UNfVERSIDAD" CienciasBiológicaso de CARE CHILE U.C, es promover la invesügacióny la innovación científica en Biomedicina con un alto compromiso por impulsar la traducción de la investigaciónen transferenciatecnológica,productos e innovacionespara la salud con el objeto de mejorar la calidad de vida de las personasy la sociedaden su conjunto. a) Establecer el alcance, los responsables y las competencias interinstitucionales orientadasa la realizacióny ejecuciónde esteconvenio; b) Entregar la información técnica requerida poT"YACHAY E.P.' de la cual disponga la "LINIVERSIDAD", a través de su Facultad de CienciasBiológicaso de CARE CHILE UC, relativa al objeto del presente convenio. Previo a la entrega de esta información, se suscribirán los Acuerdos de Confidencialidad que las partes considerennecesarias ; c) Colaboraren la formulación de proyectosconjuntos de investigaciónen las diferentes disciplinas relacionadascon Cienciasde la Vida, con el fin de generarconocimientoy tecnologíasa ser aplicadasen beneficiode la sociedad. 3.2. Obligaciones de Ia Empresa Pública "YACI{AY 8.P.": a) Establecer el alcance, los responsablesy las competencias interinstitucionales orientadasa la realizacióny ejecuciónplena de esteconvenio; b) Entregar la información técnica requerida por la "UNIVERSIDAI)" y /o CARE CHILE UC de la cual disponga'YACIIAY E.P.", relativa al objeto del presente convenio. Preüo a la entrega de esta información, se suscribirán los Acuerdos de Confidencialidadque las partes considerennecesarias. c) Colaborar en la formulación de proyectos conjuntos de investigación en las diferentes disciplinas relacionadascon Cienciasde la Vida, con el fin de generar conocimientoy tecnologíasa ser aplicadasen beneficio de la sociedad.
crÁusur.A eUINTA- cooPERAcrÓN El presenteconveniotiene por objeto impulsar una colaboraciónen los siguientes ejes: 5.r Proyectos conjuntos de investigación: científica, desarrollo e innovación. I¿s partes desarrollarán actiüdades comunes de investigación en sectores de interés identifi cadosconjuntamente. Formación e intercambio de invesügadores: Formación avanzada de 5.2 Recursos Humanos a través de actiüdades de formación de doctores, magíster, y postdoctorados.Las dos partes favorecerán,en el marco de la normativa en vigor, el intercambio de académicospor periodos que serán determinados conjuntamente y una participación común en los congresos,seminarios, coloquios y períodos de prácticas organizadospor una de las partes.
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CIÁUSUI-A SEXTA _ COMUNICACIONBS I¿s dos partes intercambiarán información y bridarán apoyo recíproco en materia académica, cultural y administrativa, meüante el intercambio de publicaciones y la realizaciónde otras accionesconvenientes. I¿s dos partes se consultaráncadavez que lo considerennecesario,en particular, con el fin de evaluar conjuntamente el desarrollo de los proyectosen enseñanzae investigacióny hacerel balancetanto de las accionesrealizadascomode las que seesténrealizando.
clÁusur-e sÉprrvre - coNt¡¡,NrosDBRrvADoso EspEcÍFrcos Ia realizaciónde proyectosa llevar a cabo bajo este convenio serán establecidasen los correspondientesconvenios específicos, los cualesdeberánestablecerla descripcióndel programa o proyecto, duración del programa o proyecto, determinaciónde los recursos financierosprevistospara cubrir los gastosrelacionadoscon el programa o proyecto y la forma de administraciónde los fondos,la designaciónde responsables yparticipantesde cada institución, propiedadintelectualy confidencialidad.Tales convenios,una vez aprobadosy suscritospor ambaspartes,formaránparte integraldel presenteconveniomarco. CIÁUSUI-A OCTAVA _ FINANCIAMIENTO Las obligacionesestablecidasen el presenteconveniono implicarángastosde financiamiento a ninguna de las partes, exceptoen aquelloscasosacordadosmutuamente en los respecüvos conveniosespecíficos. Las dos instituciones se comprometen, para la realización de las actiüdades de cooperación, a iniciar las gestiones que convendrán ante organismos susceptiblesde otorgar subvenciones.Cualquier subvenciónotorgadapara las actiüdades de cooperación a las que se haya postulado en el marco de esta cooperaciónserá administrada conforme definan de mutuo acuerdolas partes. Cuandodebancumplirse obligacionesde tipo económico,en forma previa se contarácon la certificación de disponibilidad presupuestaria que corresponda, acorde establece el artículo rr5 del CódigoOrgánicode Planificacióny FinanzasPúblicas. CIÁUSUI,A NOVENA.- ADMINISTRACIÓN
Y SEGIJIMIENTo:
Para realizar la coordinacióny seguimientodel presenteConvenio,las partes designana los funcionarios que a conünuación se detallan para que actúen en calidad de administradores del presente Convenio, quienes efectuarán el seguimiento a las observacionesy recomendacionesnecesariasque permitan el cumplimiento del objeto del presenteinstrumento: Por la'UNIVERSIDAI)" CARECHILE UC; y, Por 'YACHAY
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se designaa don NIBALDO INESTROSACANTIN DIRECTOR
E.P.", se designa al
Director de Investigación y Transferencia de ''\ ,/
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coNVENro crÁusut a oÉcrpre - vrcENcrA DEL PRESENTE El presenteconvenioentrará en ügor en la última fecha indicada al pie de la fi-rmade las autotidades y tendrá un plazo de duración de cinco (S) años. De considerarlo, se prorrogará por períodos similares mediante documento suscrito-por sus representantes iegalesy caáapárte podrá proponer por escrito el nuevo plazo del convenioemitiendo un diótamencon anticipaciónde al menos quince días para tal efecto. crÁuSUr.A
DÉ,CIMA PRIMERA _ CONTROVERSIA'S
Las eventualescontroversiaso reclamacionesque pudieran surgir de la interpretación y no-acordada aplicación de este Convenio,sus posterioresenmiendaso cualquier cue_stión rélacionadacon su contenido, serán resueltasen forma directa y amigablepor las partes, en el plazo de treinta (go) días contadosa partir de la notificación. De no mediar acuerdo algunó y persistir las divergencias,las partes convienen someter las controversias al procedimiénto de Mediaciór en el Centro de Mediación de la Procuraduría General del -Estado en la ciudad de Quito. De no alcanzarseun Acuerdo de Mediación, se someteráa la competenciay jurisdicción de los juecesde la Salade lo ContenciosoAdministrativo de la ciudadde Quito. CTÁuSUT.E DÉCIMA SEGUNDA - TERMINACIÓN ANTICIPADA Sin perjuicio de lo señaladoen la cláusula Décima precedentede este Convenio, podrá darseterminado por cualquierade las siguientescausales: a) Terminación de Mutuo Acuerdo.- Cuando por circunstancias imprevistas, técnicas,económicas,caso fortuito o fuerza mayor u otras por las que no fuere posible o convenientepara los interesesde las Partesejecutartotal o parcialmente él presenteConvenio;podrán, en cualquier tiempo, de mutuo acuerdo,convenir la extinción de todas o algunasde las obligacionescontractuales,en el estadoen que se encuentren,para lo cual se suscribirá un Acta de Terminación de Mutuo Acuerdo. La terminación por mutuo acuerdo no implicará renuncia a derechoscausadoso adquiridos en favor de ninguna de las Partes. de los objetivos establecidos. b) Incumplimiento c) Termiñación Unilateral.- El Convenio podrá terminarse unilateralmente a solicitud de cualquiera de las Partes. Para el efecto la Parte solicitante, deberá remitir la notificación a la otra parte en la cual se incluirá la motivación para dar por terminado el Convenio,con por lo menostreinta (go) días calendario,preüos a la fechapreüsta de terminación. CTAUSUT,¿. DÉCIMA TERCERA _ MODIFICACIONES El presenteconveniopodrá modificarsepreüo acuerdo_delas partes o solicitado por una de ellas, con al menoi 15 días de anticipación. Ias modificacionesestarán en ügor en la fechaque establezcanambasinstituciones. n
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Por principio constitucional toda información generadapor las entidadese instituciones del sector público es de libre accesoasí como su utilización. Sin embargo,tratándose de datos individualizados, las partes se obligan a observar absolutamenteel principio de confidencialidad. Para el efecto y sin perjuicio del cumplimiento de este Convenio, las partes se comprometena mantener el sigilo de Ia información que deba ser utilizada, procesadao intercambiada. Las partes se obligan a guardar secretoy a mantener la más estricta reserva sobre toda información o antecedentesrelativos a las actiüdades que desarrollen al amparo de este Convenio.Además se comprometena adoptar permanentementetodas las medidas de caráctertécnico,administrativo y de cualquier índole que fueren necesariopara garantizar, por parte de sus empleados, dependientes o asesoresinternos o externos, el cabal cumplimiento de la obligaciónde confiabilidadde que trata la presentecláusula.
crÁusur-a DÉcrMA eLrrNTA.-pRoprEDADTNTELEcTUAL Si los proyectosde cooperaciónque se desarrollanen el marco de esteconvenioimplicaren protección de propiedadintelectual,ésta aseguraráel respetode las leyesy reglamentosde cada país involucrado.Cuandocorresponda,la distribucióno la gestiónde la propiedad intelectual seráobjeto de un convenioespecífico,a ser firmado por ambaspartes.
CrAuSuI.e DECIMASEXTA..DocIJMENTos DEL coivVENIo: Seagregancomo documentosde esteConvenio,lossiguientes: a) Copia del Decreto Ejecutivo No. 1457de 13 de marzo de zor3, de creación de la EmpresaPública'YachayE.P.; b) Copiade la ResoluciónNro. ot-zog-DIR-YACIIAY EP de z8 de marzo del zor3, de designacióndel Msc. Héctor RodríguezChápezcomo GerenteGeneralde Empresa Pública'YachayE.P.";y, c) MemorandoNro. YACFIAY-GECT-zoI5-o$-MI de z6 de enerode zor5. d) Memorando Nro. YACIIAY-GECT-zor5-ozz7-MIde 3r de manzode zor5 e Informe Técnicoadjunto. e) Acción de personalNo. zz5 de zr de abril del zor5. CIÁUSUI-A DÉCIMA SEPTIMA-. NoTIFIcAcIoNEs Los comparecientesseñalancomo su domicilio para recibir notificaciones,autorizaciones, aprobacionesu otra disposición o instrucción necesariapara la ejecución del presente Convenio,las siguientesdirecciones: o *YACHAY E.P.": Dirección: Av. AmazonasNz6-r46 y Ia Niña Teléfono: oo 593 23949 6 Anra?crra*
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Quito - Ecuador gob.ec gob.ec;iescobar@yachay. fcornejo@yachay.
r " TINIVERSIDAI)": AvenidaBernardoO'Higgins 34o. SantiagoRegión Dirección: Metropolitana. g6 z zz354zooo Teléfono: Santiago- Chile Ciudad-país: ninestrosa@bio.puc.cl:cüo@bio.puc.cl Email: / dulloa@bio.puc.cl Toda notificación, autorización,aprobaciónu otra disposicióno instrucción para que sea válida y efectivadeberádarsepor escrito. CTÁuSuLE DÉCIMA OCTAVA.. COMPARECENCIA ESPECIAL Compareceen esta acto, don Juan Correa Maldonado, Decano de la FACULTAD DE CIEÑCIAS BIOLOGICAS y don NIBALDO INESTROSA CANTIN, Director de CARE CHILE UC quienesdeclaranque serán en pleno conocimientoy aceptanlas estipulaciones y acuerdosque en ürtud del presenteinstrumento asumela Universidady le corresponde a estaFacultady a CARECHILE UC, respectivamente. Cu{uSur,E
DÉCIMA NOVENA.. ACEPTACIÓN
Ias partes declaranestar de acuerdocon el contenido de todas y ca{a una de las cláusulas matéria del presenteinstrumento, por así convenir a interesesde las entidadesa las que representanfpor lo que las aceptany se ratifican en cadaunade ellas y para constanciade lo estipuladofirman en unidad de acto cinco (5) ejemplaresdel mismo contenidoytenor. CIAUSULA VIGÉSIMA..
PERSONERIAS
Mediante ResoluciónNro. DIR-YACFIAYEP-zog de z8 de marzo del zor3, el Directorio de YACTIAY 8.P., designa al Msc. Héctor Eduardo Rodríguez Chávez,como Gerente General de la Empresa Pública YACIIAY E.P., para que ejerza la representaciónlegal, judicial y extrajudicial de la institución. La personería de don Ignacio SánchezDíaz para representar a la Pontificia Universidad Católica de Chile, consta del Decreto Noz3-zoro de la Congregaciónpara la Educación bajo Católica(para los Institutos de Estudio), de fecha 15 de enero {e z-or5,pr_otocolizado con Flores, Ronchera Valeria doña de el No 54o-2o15 en la Décima Notaría de Santiago fecha3 de marzode zor5, repertorioNo r.617-zo15. ,. 'ñ/l i
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Por la Empresa Pública Yachay E.P.
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Por Facultad de Ciencias Biológicas
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