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CONVENIO MARCO DE COOPERACION NTo. E.P." Y LA ESCUELA DE BNTRE LA EMPRESA POBLICA'YACHAY AGRICULTURA DE LA REGION TROPICAL HOMEDA "EARTH' PRIMERA.- COMPARECIENTES: Comparecen por una parte, la Empresa Pfrblica "YACHAY E.P.", legalmente representada por el Econ. Ramiro Moncayo C., en su calidad de Gerente de Desarrollo Industrial y Productivo, conforme la delegaci6n en Resoluci6n Nro. YACHAY EP-GG-zor5-oo18 de julio de zor5, entidad a la que en adelante se denominar6 'YACIIAY E.P.", y por otra, la Escuela de Agricultura de la Regi6n Tropical H(rmeda "EARTII"' legalmente representada por el Dr. Jos6 Antonio Zaglal Slon en su calidad de Director, representante judicial y extrajudicial y Apoderado Generalisimo, entidad que en adelante se denominat6 "EARTII", quienes acuerdan celebrar el presente Convenio Marco de Cooperaci6n Interinstitucional, de conformidad con las siguientescl6usulas: SEGUNDA. - ANTECEDENTES : 1. La Constituci6n de la Repirblicadel Ecuador establece: a) Articulo 3.- "Son deberes primordiales del Estado: [...] 5. Planificar el desarrollo nacional, erradicar la pobreza,promover el desarrollo sustentable y la redistribuci6n equitativa de los recursos y la riqueza, para acceder al buen vivir; b) Articulo 226.- "Las instituciones del Estado, sus organismos, dependencias, las servidoras o servidores p(rblicos y las personas que acttien en virtud de una potestad estatal ejercerin solamente las competenciasy facultades que les sean atribuidas en la Constituci6n y Ia ley. Tendr6n el deber de coordinar accionespara el cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el gocey ejercicio de los derechosreconocidosen la Constituci6n."; c) Articulo 227.- "La administraci6n priblica constituye un servicio a la colectividad que se rige por los principios de eficacia, eficiencia, calidad, jerarquia, desconcentraci6n,descentralizaci6n,coordinaci6n, participaci6n, planificaci6n, transparenciay evaluaci6n."; d) Articulo 276.- "El r6gimen de desarrollotendr6los siguientesobjetivos: [...] r. Mejorar la calidad y esperanza de vida, y aumentar las capacidadesy potencialidadesde la poblaci6n en el marco de los principios y derechosque establecela Constituci6n. [...] z. Construir un sistema econ6mico,justo, democr6tico, productivo, solidario y sostenible basado en la distribuci6n igualitaria de los beneficios del desarrollo, de los medios de producci6n y en la generaci6nde trabajo digno y estable."; ,,tl
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e) Art. 278.- Para la consecuci6n del buen vivir, a las personas y a 1as colectividades,y sus diversas formas organizativas,les corresponde: [,..J t. Participar en todas las fases y espacios de la gesti6n pirblica y de _la planificaci6n del desarrollo nacional y local, y en la ejecuci6n y control del cumplimiento de los planes de desarrollo en todos sus niveles. [...] z. Producir, intercambiai y consumir bienes y servicios con responsabilidad social y ambiental. 2.
El Gobierno Nacional en cumplimiento a Io previsto en las disposiciones constitucionalesy legalesha planificado diseflar, construir asi como administrar un Complejo Urbano, Acad6mico, Cientifico, Tecnol6gicoy Empresarial con las m6s altas especialidades,cuya gesti6n y naturaleza,ha encargadoa la Empresa Priblica "YAaHAY E.P.", para lo cual mediante Decreto Ejecutivo Nro. 1457,de 13 de marzo de zor3, el Presidente Constitucional de la Repirblica, Rafael Correa Delgado crea esta instituci6n priblica, con el objeto de desarrollar las actividades econ6micas relacionadas a la administraci6n del Proyecto Ciudad del Conocimiento "YACHAY';
3. Mediante Resoluci6n Nro. DIR-YACHAY EP-2o13 de z8 de marzo del zor3, el
Directorio de "YACIIAY E.P.", se designa al Msc. H6ctor Eduardo Rodriguez Ch6vez,como Gerente General de la Empresa Pfblica "YACHAY E.P.", para que ejerzaIa representaci6nlegal,judicial y extrajudicial de la instituci6n;
4. Copia de la Certificaci6n nirmero cero cero once-dos mil quince, Luisa Maria
Acufla Alvarado, Notaria Priblica con Oficina en Moravia San Jos6, certifica que La Escuelade Agricultura de la Regi6n Tropical Hrimeda se crea mediante Ley siete mil cuarenta y cuatro de veintid6s de octubre de mil novecientosochentay seis, publicada en el Diario Oficial La Gacetanfimero doscientos del veintid6s de octubre de mil novecientos ochenta y seis, que consta en el Sistema Costarricense de Informaci6n Juridica de la Procuraduria General de la Repirblica de Costa Rica. La Ley de creaci6n de la Escuelade Agricultura de la Regi6n Tropical Hrimeda (EARTH), estableceque es una instituci6n privada de educaci6n superior universitaria, con fines de utilidad priblica, especializadaen la ensefianza,investigaci6ny difusi6n de conocimientos sobre la agricultura y la conservaci6n del tr6pico hrimedo, est6 habilitada para ofrecer grados acad6micos y titulos profesionales, tiene personalidad juridica propia y capacidad para adquirir derechos, contraer obligaciones y entablar procedimientosjudiciales y administrativos.
D.
Copia de la Certificaci6n ntmero cero cero doce-dos mil quince, Luisa Maria Acufla Alvarado, Notaria Priblica con Oficina en Moravia San Jos6, certifica que en el libro de Actas nfmero uno del Consejo Directivo de Ia Escuela de Agricultura de la Regi6n Tropical Hfmeda, (EARTH) consta que se nombr6 de manera un6nime al sefror Jos6 Antonio Zaglul Slon, Doctor en Ciencias Animales, de Gu6cimo, Lim6n, con c6dula de identidad dos-doscientos cincuenta y dos-cuatrocientoscincuenta y cinco como Director de EARTH, con la representaci6njudicial y extrajudicial de esa instituci6n y como apoderado generalisimo sin limite de suma, segirn el articulo mil doscientos cincuenta y tres del C6digo Civil..- 7
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6 . Mediante Memorando Nro. YACHAY-GDIP-zoI5-ooz7-MI de z de febrero de 2o1S e Informe T6cnico adjunto el Econ. Ramiro Moncayo, Gerente de Desarrollo Industrial y Productivo comunica que la Gerencia de Desarrollo Industrial y Productivo a trav6s de la Direcci6n de Desarrollo Industrial y Reconversi6n Productiva, como parte de sus objetivos busca impulsar y viabilizar el desarrollo agro productivo de la Ciudad del Conocimiento YACHAY mediante la investigaci6n cientifica, el conocimiento y las buenas pricticas agro productivas aplicadas a una producci6n tecnificada con valor agregado, que impulsen la sustituci6n de importaciones y la inclusi6n econ6mica,en virtud de lo cual solicita al Gerente General de "YACFIAYE.P.", Msc. H6ctor Rodriguez, aprobar el informe t6cnico que justifica la celebraci6nde un convenio marco de cooperaci6n con la Escuela de Agricultura de la Regi6n Tropical Hrimeda "EARTH" y disponer su elaboraci6n; El Informe T6cnico de z9 de enero de zor5, adjunto al Memorando Nro. YACHAY-GADIP-zor5-oo27-Ml, de oz de febrero de zor5, seflala que la Escuela de Agricultura de la Regi6n Tropical Hrimeda "EARTH" es una instituci6n internacional privada y sin fines de lucro, que desde r99o, el innovador modelo educativo de "EARTH" ha Pyeparado j6venes de Latinoam6rica, el Caribe y otras regiones, incluyendo Africa y Asia, para que contribuyan con el desarrollo sostenible de sus paises. EARTH ofrece un riguroso programa de pregrado de cuatro afros en ciencias agron6micas y manejo de recursos naturales, dirigido por una prestigiosa facultad internacional que brinda una educaci6n con s6lidas basescientificas y t6cnicas Ia cual hace 6nfasis en valores de empresariales y compromiso ambiental y social. "EARTH" es la primera instituci6n en Centroam6ricaque recibe un aval de car6cter regional como parte de un programa piloto promovido por la Red Iberoamericana de Agencias de Acreditaci6n (RIACES) y Sistema Nacional de Acreditaci6n de la Educaci6n Superior (SINAES). de 17de julio de zot5, se 8 . Mediante Resoluci6nNro. YACHAYEP-GG-2o15-oo18 Industrial y Productivo, Desarrollo delegaal Econ. Ramiro Moncayo Gerente de para que comparezcaen representaci6nde la Empresa Priblica "YACHAY E.P." y suscriba el Convenio Marco de Cooperaci6n a celebrarse entre la Empresa Pirblica "YACHAY E.P." y la Escuela de Agricultura de la Regi6n Tropical Hrimeda "EARTH". 9 . De conformidad a su misi6n y objetivos, las instituciones comparecientesdesde la academia y el estado tienen intereses comunes en el desarrollo del sector productivo y agro industrial, la investigaci6ny el desarrollo sostenible. TERCERA.- OBJETO: El objeto del convenio marco de cooperaci6n es coordinar y articular acciones que permitan la ejecuci6n de programas y proyectos especificosen el campo de energias alternativas, gesti6n de recursos naturales, asistenciat6cnica en procesoscomunitarios de vinculaci6n productiva e inclusi6n econ6mica, asi como para desarrollar proyectos productivos en la zona de intervenci6n del Proyecto Ciudad del Conocimient
0 0 3 tr -2 0 1 5 'YACHAY E.P." y la Escuela de "YACHAY', dentro del 6mbito de la Empresa Priblica Agricultura de la Regi6n Tropical Hirmeda Universidad "EARTH". CUARTA.- OBLIGACIONES DE LAS PARTES: Para el cabal cumplimiento del objeto de este Convenio Marco de Cooperaci6n, las Partes ser5n responsablesen forma individual y de manera conjunta, del cumplimiento y ejecuci6n de las actividadesy obligacionesque constan en el presente instrumento y las que se desprendande la naturalezadelpresente instrumento.
r.- Establecer el alcance, los responsables y las competencias interinstitucionales orientadas a la realizaci6ny ejecuci6nplena de este Convenio; z.- Entregar la informaci6n t6cnica requerida por la "EARTH" de la cual disponga "YACHAY E.P.", relativa al objeto del presente convenio, previa la celebraci6n de un acuerdo de confidencialidad; y, 3.- Considerar las recomendacionesy observacionesque realice la "EARTH" para el desarrollo y ejecuci6ndel objeto del presenteconvenio, de creerlo pertinente.
r.- Establecer el alcance, los responsables y las competencias interinstitucionales orientadas a Ia realizaci6ny ejecuci6nplena de este Convenio; z.- Solicitar oportunamente a "YACHAY E.P." la informaci6n t6cnica necesaria que permita desarrollar el objeto del presenteconvenio, previa la celebraci6nde un acuerdo de confidencialidad;y, g.- Considerar las recomendacionesy observacionesque realice la Empresa Priblica "YACIIAY" E.P. para el desarrollo y ejecuci6n del objeto del presente convenio, de creerlo pertinente. QUTNTA.- ADMTNTSTRACToN Y SEGUTMTENTO: Para realizar la coordinaci6n y seguimiento del presente Convenio, las partes designan a Ios funcionarios que a continuaci6n se detallan para que actten en calidad de administradores del presente Convenio, quienes efectuar6n el seguimiento a las observacionesy recomendacionesnecesariasque permitan el cumplimiento del objeto del presenteinstrumento: o
Por 'YACIIAY E.P.", se designa al Director de Desarrollo Industrial y Reconversi6nProductiva; y,
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Por la "EART[I" se designa al sefior Gerardo Mirabelli Biamonte, en su calidad de Vicepresidentede Desarrollo._ ,
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SEXTA.- Pl,AZOz El presente Convenio tendr6 un plazo de CINCO (S) aflos contados a partir dg la fecha deiuscripci6n de esteinstrumento, pudiendo ser renovado previo acuerdode las partes por igual o mayor periodo. SEPTIMA.- NATURALEZA JURiDICA
DE I-A ITEI-ACI6N:
La relaci6n entre las partes se limita irnica y exclusivamentea Ia cooperaci6n para la ejecuci6n del objeto del presente Convenio, por lo expuesto, las Partes no contraen ningrin vinculo laboral o civil, ni relaci6n de dependenciacon el personal que cada una de las Partes,requiera o contrate para la ejecuci6nde esteinstrumento. OCTAVA.- CONVENIOS DERTVADOS O ESPECiFICOS: El presente convenio no representaejecuci6n de recursos.Sin embargo en el marco del objeto de este Convenio,las Partes podrdn suscribir convenios especificosen los que se delalar6n las actividades y compromisos de cada una de las Partes y cuando deban cumplirse obligaciones de tipo econ6mico, en forma previa se contar6 con la certificaci6n de disponibilidad presupuestaria que corresponda, conforme estableceel articulo rr5 del C6digo Orginico de Planificaci6n y FinanzasPriblicas. Para la asignaci6n de espacios fisicos en la Ciudad del Conocimiento YACHAY, las Partes celebraranun nuerroconvenio especificoo el instrumento legal que corresponda, de conformidad con las normatividad vigente. NOVENA. - CONVENIOS MODIFICATORIOS : De comtn acuerdo las partes podrin modificar o ampliar los t6rminos del presente Convenio mediante la suscripci6n de la adendacorrespondiente. Para la realizaci6n de ajustes en Ia planificaci6n que se acordare, 6stos deberdn ser aprobados por las partes, adjuntando un informe que justifique t6cnicamente Ia modificaci6n y la planificaci6n reajustada. En caso de una ampliaci6n del plazo a este instrumento, deber6 ser previamente aprobado por las partes, debi6ndose adjuntar los informes que justifiquen la ampliaci6n solicitada. DEcIMA.-
RESERVA DE INFORMACION
Y EXCLUSIVIDAD:
Las Partes no revelar6n a ningrin tercero, ya sea en forma directa o indirecta, la informaci6n o documentaci6n que en Ia aplicaci6n y ejecuci6n del presente Convenio llegaren a conocer entre ellas o que puedan estar conjuntamente involucradas, sin la autorizaci6nprevia y expresade la otra Parte,Por escrito.27
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La informaci6n entregada en cumplimiento del presente Convenio o de los convenios que llegaren a suscribirse y que sea considerada por cualquiera de las partes como cbnfidencial, deber6 ser seflalada y especificadacomo tal con precisi6n. Conforme lo seflalado, las Partes se obligan a observar absolutamente el principio de confidencialidad de la informaci6n reservada, acorde Io prescrito en el articulo 17 literal b) de la Ley Org6nica de Transparencia y Acceso a la Informaci6n Priblica, en concordancia con el numeral 6 del articulo zo de la Ley Org6nica de Empresas Priblicas. Las Partes conocen y aceptan que los documentos, informes y productos finales obtenidos que resulten de Ia ejecuci6n del presente instrumento y de los conveniosque llegaren a suscribirse, ser6n de propiedad de las Partes que suscriben el presente Convenio,por lo que aceptancompartir los derechospatrimoniales sobre los resultados conseguidosde Ia ejecuci6nde esteinstrumento. DECIMO PRIMERA.- TERMINACTON: EI Convenioterminar6 por: a) Cumplimiento de su objeto o del plazo establecidopara su ejecuci6n;
b) Por sentenciaejecutoriadaque declarela nulidad del Convenio; c) Por asi exigirlo el inter6s pirblico, previa notificaci6n yfundamento; d) Terminaci6n por Mutuo Acuerdo: De presentarse circunstancias imprevistas, t6cnicas o econ6micas, o por causas de fuerza mayor o caso fortuito contempladas en el articulo 3o del C6digo Civil, por las que no fuere posible o conveniente para las partes, ejecutar total o parcialmente el objeto de este Convenio, podr6n convenir en Ia extinci6n de todas o algunas de las obligaciones, en el estado en que se encuentren, para lo cual se requerir6 un informe de los funcionarios designados por las instituciones y avalado por las mdximas autoridades de las instituciones o sus delegados;y, e) Terminaci6n unilateral del Convenio: La terminaci6n Unilateral del Convenio puede darse cuando una de las Partes, se encuentre incursa enlas siguientescausales: 1. Incumplimiento del objeto del Convenio; z. Incumplimiento de las obligacionesasumidaspor las Partes en la ejecuci6n de esteconvenio, en virtud del marco legal y normativo; 3. Cesi6n o transferencia total o parcial de obligaciones o derechos derivados del convenio salvo los casos previamente definidos dentro del presenteinstrumento; y, 4. Suspensi6nde la ejecuci6n del Convenio sin autorizaci6n expresade ambas Partes. De producirse una o algunas de las circunstancias antes indicadas, los funcionarios designadospor las entidades,elaborardn un informe motivado con el sefralamientodel
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0 0 3 tr -2 0 1 5 incumplimiento en que ha incurrido la otra Parte y presentar6 los informes que correspondan, concedlendoel t6rmino de diez dias para que la Parte que corresponda presentenlas justificaciones que procedan. En casode que cualquiera de las partes no justifique el incumplimiento en que incurri6, se dar6 por terminado el presente Convenio Marco de manera anticipada y unilateral. DECIMO SEGUNDA.- CONTROVERSIAS: Las eventualescontroversiaso reclamacionesque pudieran surgir de la interpretaci6n y aplicaci6n de este Convenio Marco, sus posteriores enmiendas o cualquier cuesti6n no aiordada relacionadacon su contenido, serdn resueltasen forma directa y amigable por las partes, en el plazo de treinta (go) dias contados a partir de la notificaci6n. De no mediar acuerdo alguno y persistir las divergencias,las partes convienen someter las controversias al procedimiento de Mediaci6n en el Centro de Mediaci6n de la Procuraduria Generaldel Estado en la ciudad de Quito. De no alcanzarseun Acuerdo de Mediaci6n, se someterda la competenciay jurisdicci6n de los jueces de la Salade lo ContenciosoAdministrativo de la ciudad de Quito. DfCIMo
TERCERA.- DOCUMENTOS HABILITANTES:
Se agregancomo documentoshabilitantesdel presenteConvenioMarco,los siguientes documentos: a) Copia del Decreto Ejecutivo Nro. 1457de 13 de marzo de zot3, publicado en el Registro Oficial Nro. 9zz de z8 de marzo de zor3, con el cual se crea la Empresa Priblica'YACHAYE.P."; b) Copiade la Resoluci6nNro. or-zoq-DIR-YACIIAY EP de z8 de marzo del zor3, publcada en el Registro Oficial Nro. 946 de 3 de mayo de zor3 con Ia cual se designa al Msc. H6ctor Rodriguez Ch6vezcomo Gerente General de "YACHAY E.P."; c) Copia de la Certificaci6n de la Notaria Priblica de creaci6n de La Escuela de Agricultura de la Regi6n Tropical Hirmeda "EARTH"; d) Copia de la Certificaci6n de la Notaria Priblica en la que consta el nombramiento del seffor Jos6 Antonio Zaglul Slon, Doctor en CienciasAnimales, Director de EARTH; e) Copia del Memorando Nro. YACHAY-GDIP-zoI5-oI27-MI de oz de febrero de zor5, suscrito por el Econ. Ramiro Moncayo, Gerentede Desarrollo, Industrial y Productivo e Informe T6cnico adjunto. O Copiade la Resoluci6nNro. YACHAYEP-GG-zor5-oo18de 17de julio de zor5. DECIMO CUARTA.- NOTIFICACIONES: Los comparecientes seflalan como su domicilio para recibir notificaciones, autorizaci6nes, aprobaciones u otra disposici6n o instrucci6n necesaria para la ejecuci6n del presente Convenio Marco,las siguientesdireccione
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Direcci6n: Tel6fono: Ciudad-pais: Email:
MercedesGu6cimo, Lim6n, CampusCentral Go6) 2713oooo Lim6n-Costa Rica gmirabeli@earth.ac.cr
Direcci6n: Tel6fono: Ciudad-pais: Email:
Avenida AmazonasNz6-r46 y La Nifra (+SqS)g94gLoo Quito - Ecuador info@yachay.gob.ec
DEcrMo eurNTA.-AcEPTAcTON: Las Partes declaran estar de acuerdo con el contenido de todas y cada una de las cl6usulas materia del presente instrumento, por asi convenir a sus respectivos intereses,por lo que las aceptany se ratifican en cada una de ellas y para constanciade lo estipulado firman en unidad de acto en cinco (S) ejemplares del mismo contenido, valor y tenor. Dado en Quito, DM, alos
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CARGO GerenteJuridica Directora de Normativa Analista de Normativa
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