República Bolivariana de Venezuela Ministerio del Poder Popular para la Educación Universidad “Fermín Toro” Escuela de Derecho Barquisimeto, Edo. Lara
Los Funcionarios públicos.
Alumno: Yotsul D. Guerrero B. CI: 26.750.476 Sección: Saia A, 2018B
TEMA
DEFENICION
Los Funcionarios públicos
Es aquel trabajador que desempeña funciones en un organismo, bien sea el legislativo, el ejecutivo o el judicial, habitualmente estos organismos son el Gobierno, el Congreso o Parlamento, los tribunales, la Administración pública y, en general, todos aquellos organismos que no pertenezcan l sector privado.
Jurisprudência
Doctrina
“ El carácter de funcionario público que ostente una persona, no implica per se un derecho a la estabilidad, pues como es bien sabido, se establecen dos modalidades en ese sentido, configuradas por los funcionarios de carrera, y los de libre nombramiento y remoción., Sic…” Sentencia Nº 02825 de Sala Político Administrativa, Expediente Nº 0252 de fecha 27/11/2001
Son los funcionarios o empleados públicos, mencionados reiteradamente en las disposiciones constitucionales y legales, los cuales se hallan vinculados a la administración por nexos de derecho público.
TEMA La Ley del Estatuto de la Función Pública en sus artículos 3, 19 y 30, define al funcionario público de carrera y establece su forma de selección:
DEFENICION “Art 03: Funcionario o funcionaria público será toda persona natural que, en virtud de nombramiento expedido por la autoridad competente, Sic..” “Art19: …Omisis, Serán funcionarios o funcionarias de libre nombramiento y remoción aquellos que son nombrados y removidos libremente de sus cargos sin otras limitaciones que las establecidas en esta Ley, sic…” “Art 30: …Omisis, ocupen cargos de carrera gozarán de estabilidad en el desempeño 8 de sus cargos, Sic…”
“Art. 6: Los funcionarios públicos y funcionarias públicas Ley Orgánica del Trabajo
nacionales, estadales y municipales se regirán por las normas sobre la función pública en todo lo relativo a su ingreso, ascenso, traslado, suspensión, retiro, sistemas de remuneración, estabilidad, jubilaciones, pensiones, régimen jurisdiccional, y por los beneficios acordados por esta Ley en todo lo no previsto en aquellos ordenamientos, SIC…”
TEMA
DEFINICION
Artículo 25. CRBV
Todo acto dictado en ejercicio del Poder Público que viole o menoscabe los derechos garantizados por esta Constitución y la ley es nulo, y los funcionarios públicos y funcionarias públicas que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa, según los casos, sin que les sirvan de excusa órdenes superiores.
La Responsabilidad Civil
Que afecta el orden patrimonial del funcionario que puede ser el resultado o de una acción de repetición por parte del Estado o una acción directa del estado contra el funcionario o de un tercero directamente contra el funcionario, todo ello con vista a la teoría de las faltas separables.
La Responsabilidad Penal
La acción penal puede estar causada directamente por un hecho ilícito contra el Estado, o contra un tercero. Esta responsabilidad será exigible en la medida en que un órgano de la justicia ordinaria penal produzca la sentencia correspondiente.
La Responsabilidad Administrativa
derivada del incumplimiento de deberes formales, la omisión de actuación administrativa, o la actuación ilegal, que es llevada por la Contraloría general de la República y que se manifiesta en los autos de responsabilidad administrativa.
La Responsabilidad Disciplinaria
En definitiva las leyes administrativas prevén diversas situaciones que pueden dar lugar a la imposición de una sanción de orden disciplinario. Esta sanción, previo el debido proceso, normalmente es impuesta por la máxima autoridad del organismo.
Responsabilidad de los Funcionarios Públicos según la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y la Ley contra la corrupción.
Desde los Art. 82 hasta el Art. 92 del TITULO III del Capitulo II de las responsabilidades de la LOCGR y SNCF
Artículo 84. La responsabilidad civil se hará efectiva de conformidad con las Leyes que regulen la materia y mediante el procedimiento de reparo regulado en esta Ley y su Reglamento, salvo que se trate de materias reguladas por el Código Orgánico Tributario, en cuyo caso se aplicarán las disposiciones en él contenidas.
Desde los Art. 6 hasta el Art. 22 del Titulo I Capitulo II de la LCC
Artículo 21.- Los funcionarios y empleados públicos responden civil, penal, administrativa y disciplinariamente por la administración de los bienes y recursos públicos, de conformidad con lo establecido en la ley.
Referencia https ://www.monografias.com/docs110/responsabilidad-derecho-venezolano/responsabilidad-derecho-v enezolano.shtml#responsabc https://es.slideshare.net/einoguerap/6-responsabilidad-del-funcionario-publico https://www.oas.org/juridico/mla/sp/ven/sp_ven-int-const.html http://www.oas.org/juridico/spanish/mesicic3_ven_anexo16.pdf https://www.oas.org/juridico/spanish/mesicic2_ven_anexo_34_sp.pdf