1
País Sumitidor: República Francesa
2
Países: Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas y Reino de Gran Bretaña
3 4 5
Reconociendo que según el Derecho Internacional Público los elementos indispensables para la constitución de un Estado son: un pueblo con una historia común, una forma de gobierno políticamente instituida y la determinación de un territorio definido.
6 7
Considerando la legítima existencia de la Nación judía, con un pueblo esparcido por el mundo y la necesidad del establecimiento en un territorio.
8 9 10
Haciendo mención al art. 1 numeral 2 de la Carta de Naciones Unidas, el cual se refiere a la libre determinación de los pueblos, y afirmando el compromiso del Consejo de Seguridad de velar por la paz y seguridad mundiales.
11 12
Lamentando profundamente la violación sistemática de los derechos del pueblo judío ante el holocausto y los movimientos antisemitas a nivel mundial
13 14
Recordando los acuerdos por los cuales Reino Unido se encontraba en la obligación de proteger a las comunidades árabes tanto como a las judías, suscritos en Balfour de 1917.
15 16 17 18
Contemplando la donación de la República Francesa del territorio de la Guayana Francesa actualmente delimitado al norte por el océano Atlántico, al sur Brasil, en el oeste la Guayana Holandesa, de acuerdo al estudio realizado por La France Diplomatie en 1945 el cual en conjunto con UNSCOP recomendaron la creación de dos Estados separados, uno árabe y otro judío.
19 20
Considerando el sufrimiento del pueblo judío sufrido por el holocausto Nazi y promoviendo la responsabilidad de los Estados para ayudar a la reconstrucción de los pueblos devastados.
21 22
Reconociendo la voluntad del pueblo judío para la creación de un Estado libre y auto determinado a través de su representante invitado en el Consejo de Seguridad.
23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34
1. Resuelve la creación del Estado nacional Israelí en el territorio que actualmente corresponde a la jurisdicción francesa de ultramar denominada GUYANE, “Guayana Francesa”, ubicada en la costa norte de América del Sur entre Brasil y la Guyana holandesa, limitando al norte con el océano Atlántico. 2. Declara que el territorio se constituye en fideicomiso bajo administración del Consejo de Administración Fiduciaria de Naciones Unidas a fin de implementar un proceso de transición que permita la implementación de las instituciones políticas necesarias para la organización y funcionamiento del estado israelí en armonía con los derechos humanos, civiles y políticos consagrados en los instrumentos internacionales reconocidos por las Naciones Unidas.
35 36 37 38 39 40
3. Declara que se establecerá un gobierno de transición para el ordenamiento institucional del nuevo estado, mismo que será elegido por la representación del pueblo judío ante las Naciones Unidas. 4. Recomienda fuertemente a la comunidad internacional el reconocimiento del nuevo estado de Israel con los límites establecidos en esta resolución.