1 minute read
ACTA DEL DEBATE
by 23811868
Artículo 350 COPP
Advertisement
. Quien desempeñe la función de secretario o secretaria durante el debate, levantará un acta que contendrá, por lo menos, las siguientes enunciaciones : 1. Lugar y fecha de iniciación y finalización de la audiencia, con mención de las suspensiones ordenadas y de las reanudaciones.
2. El nombre y apellido del Juez o Jueza, partes, defensores o defensoras y representantes.
3. El desarrollo del debate, con mención del nombre y apellido de los o las testigos, expertos o expertas e intérpretes, señalando los documentos leídos durante la audiencia
. 4. Las solicitudes y decisiones producidas en el curso del debate, y las peticiones finales del Ministerio Público, querellante, defensor o defensora e imputado o imputada
.
5. La observancia de las formalidades esenciales, con mención de si se procedió públicamente o fue excluida la publicidad, total o parcialmente.
6. Otras menciones previstas por la ley, o las que el Juez o Jueza ordene por si o a solicitud de las partes.
7. La forma en que se cumplió el pronunciamiento de la sentencia, con mención de las fechas pertinentes
. 8. La mención de los medios tecnológicos utilizados durante el debate, si fuera el caso y para el registro de la audiencia.
9. La firma del Juez o Jueza y del secretario o secretaria.
El acta se leerá ante los comparecientes inmediatamente Después de la sentencia, con lo que quedará notificada”. (Art. 351 COPP). Esta viene a ser la forma de terminación del juicio oral y Público