Simulación Empresarial. Curso 2014/2015
Unidad 1. Emprendedor 1. El emprendedor 1.1. Concepto 1.2. Características de un emprendedor con éxito 1.3. Características de un anti-emprendedor 1.4. Currículum Vitae 2. Herramientas de auto diagnostico 3. Ley de emprendedores 4. Emprendimiento sostenible
1. El emprendedor 1.1. Concepto Fuente: TuLibroFP 2013 Emprendedor: "Aquella persona que convierte una idea en proyecto concreto, sea una empresa o una organización con fines sociales, generando algún tipo de innovación en el entorno y con ello beneficios económicos y sociales". El espíritu emprendedor hace referencia a la capacidad innovadora de probar cosas nuevas o hacerlas de una manera diferente.
1.2. Características de un emprendedor con éxito El o los promotores que van a desarrollar el proyecto deben desarrollar o reunir a personas con las siguientes características personales. Fuente: TuLibroFP 2013 Sintesis Características personales de los emprendedores:
Creatividad e innovación. El emprendedor es un innovador. Para emprender es preciso hacer algo nuevo o hacerlo mejor. Por tanto, la creatividad de la persona y su capacidad para aplicarla al proyecto es una característica básica del emprendedor.
Asumir el riesgo. Emprender significa asumir el riesgo de fracasar en el intento.
Persistencia. El emprendedor no se desanima ante el primer fracaso. Sabe aprovechar lo bueno de los intentos fracasados para mejorar en el siguiente intento. Además, los principios siempre son duros, hay que persistir y saber esperar.
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Autoconfianza pero con autocrítica. El emprendedor se marca sus propios objetivos con realismo, tiene confianza en alcanzarlos, sabe lo que quiere conseguir y el esfuerzo que ello requiere.
Capacidad de organización. El emprendedor debe organizar diferentes recursos (humanos, materiales, capital,…etc.) para lograr sus objetivos. Por tanto, debe ser una persona organizada a la que no le desborde llevar varios aspectos de la empresa a la vez.
Capacidad de trabajo. El emprendedor trabaja muchas horas al día, llevándose trabajo a casa en muchas ocasiones. No significa que no deba fijarse un límite de trabajo, pero sí que debe dar más de sí mismo para sacar el proyecto adelante.
Habilidades sociales. Un emprendedor debe estar comunicándose constantemente con clientes y proveedores. Ello le exige unas habilidades sociales de comunicación y escucha activa que le permita interactuar con los demás de forma correcta.
Honradez. Para tener éxito a largo plazo es preciso tener sentido ético: respeto por los demás, cumplimiento de los compromisos, cumplimiento de la ley,…etc. Proceder de forma no ética puede suponer beneficios a corto plazo, pero a largo plazo produce descrédito y desconfianza.
1.3. Características de un anti-emprendedor Fuente: Economía en la red. http://economiaenredada.blogspot.com.es/2011/05/el-libronegro-del-emprendedor.html El libro negro del emprendedor de Fernando Trías de Bes. Los 14 factores clave de fracaso:
1. Emprender con un motivo pero sin una motivación: los motivos por los cuales nos decidimos a emprender, los detonadores de esa decisión, no importan. Lo que realmente es importante es la motivación, es decir si estamos ilusionados con el hecho de emprender. 2. No tener carácter de emprendedor: Emprender es una forma de vida. El emprendedor necesita y quiere la incertidumbre. Si eres averso a ella, piénsatelo más de una vez. El emprendedor disfruta emprendiendo, y esto se convierte en un medio y fin en sí mismo. 3. No ser luchador: que se cumplan nuestras expectativas es complicado. Nuestro cálculos suelen estar llenos de errores y el camino lleno de imprevistos. Se runa persona que no se rinde ante las adversidades puede suplir el no tener carácter
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emprendedor. Podemos suplir esa carencia con espíritu de sacrificio. Entrénate: Ponte retos intelectuales, físicos para mejorar tu capacidad de sufrimiento. 4. Contar con socios cuando en realidad puede prescindir de ellos: muchas veces nos asociamos por miedo, otras como medio de conseguir recursos, que puede parecer que sean gratis (o casi) pero que a largo plazo salen caros. Emprender implica soledad. Asóciate cunado sólo lo requiera una situación excepcional y no pueda conseguirlo de otro modo. A ser posible, sólo con socios capitalistas; no se asocie para compartir trabajo. 5. Escoger socios sin definir criterios de elección relevantes: si debemos de asociarnos, los criterios de selección de socios deben de ser: honradez y que comparta los mismos valores que poseemos nosotros. Complementariedad con nuestro carácter y competencias; que aporten valor. Si no compartimos estas características, mejor no asociarse. 6.
Ir a partes iguales cuando no todos somos iguales: pactar con los socios cómo hemos de hacer cuando los objetivos de los socios entren en conflicto. Los activos aportados a la empresa se valoran a precio de mercado y se convierten en acciones. El trabajo se remunera con sueldo, de mercado; el resto de los activos cedidos a la empresa que no se valoren con acciones, deben de alquilarse o dejarse a deber. No inventemos maneras raras de retribuir a los socios.
7. La falta de confianza y comunicación con los socios: siempre aparecerán desavenencias entre los socios, sobre quien hace más esfuerzo en captar clientes, fidelidad a la empresa, estilo y apariencia del negocio y modificación de objetivos, que varían con los años. Por ello se debe de pactar de antemano todo lo que sea necesario pactar, y tener confianza y libertad para plantear CUALQUIER tema a los socios. 8. Pensar que de la idea depende el éxito: lo importante no es la idea, sino la forma de la idea. No debemos de ser un emprendedor Gollum, que atesora su idea para que nadie se la quite... muéstrala al mayor número de personas posibles para contrastar distintos puntos de vista sobre ella. Piense en por qué van a comprar sus clientes, no en la idea que les va a vender. Hemos de diseñar la forma de la idea y el modelo de negocio para implementarla. 9. Meternos en sectores que no nos gustan o se desconocen: debemos de emprender en negocios que nos atraigan, en sectores que conozcamos, y si no los conocemos, hemos de invertir tiempo en hacerlo. Para no fracasar, hemos de aportar algo nuevo y eso se hace desde el conocimiento perfecto de las reglas del sector.
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10. Escoger un sector de actividad poco atractivo: Hemos de tener en cuenta que es tan importante la elección de dónde invertir y cuándo hacerlo, como la de desinvertir. Buscar sectores en crecimiento, con poca competencia, que sean rentables, o requieran poca inversión inicial. Emprender en ciclos económicos expansivos o zonas geográficas en auge. 11. Hacer depender el negocio de las necesidades familiares y ambiciones materiales: las necesidades personales del emprendedor pueden arruinar un negocio. Diversificar los ingresos para aguantar el máximo tiempo posible sin depender del negocio. Vive de alquiler si es necesario, ahorra cuanto puedas antes de dejar tu trabajo actual. No viva como un rico a las menores de cambio. No emprenda sin el apoyo incondicional de su familia, que deben de ser conscientes de las carencias a las que se enfrentan si las cosas tardan en ir bien. 12. Emprender sin considerar el impacto que tiene sobre nuestro equilibrio personal: emprender es todo lo contrario a conciliar la vida personal y laboral. Emprender proporciona muchas satisfacciones, pero son muy distintas a la de obtener tiempo para tí mismo y tu familia, por lo menos los primeros años de andadura. 13. Crear modelos de negocio que no dan beneficios rápidamente y de manera sostenible: hacer planes sirve para detectar momentos en los que habrá que modificar el modelo de negocio con el que hemos arrancado. Cada idea de negocio tiene aparejados modelos inviables y otros que lo hacen sostenible. El modelo más adecuado es aquel que da beneficios rápidamente y es sostenible a C/P y L/P. La sostenibilidad es más importante que el crecimiento. 14. Ser emprendedor y no empresario, no retirarse a tiempo: el emprendedor crea, el empresario gestiona y hacer crecer el negocio. Si eres de los que crea, prepárate cuando se aproxima el momento de dejar de estar al frente de la empresa. Deshazte de las ataduras emocionales si sabes que lo mejor que puedes hacer es dejarlo en manos de un empresario. 1.4. Currículum Vitae Fuente: Real Academía Española Currículum vítae: (Loc. lat.; literalmente, "carrera de la vida") Relación de los títulos, honores, cargos, trabajos realizados, datos biográficos,...etc., que califican a una persona. Fuente: Simulación empresarial. El proceso completo del emprendedor de éxito: Filosofía Lean Startup + Plan de Negocios. Ágil.
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Recursos para elaborar el currículum vitae del emprendedor:
Currículum vitae y cartas de presentación
Modelos y plantillas de currículum
Como hacer un currículum vitae. Gabinete de iniciativas para el empleo. Universidad de Alicante.
El currículum
El currículum vitae. Finalidad.
¡Tarea a desarrollar! Currículum vitae del emprendedor.
¡Tarea a desarrollar! ¿Te animas a realizar un videocurrículum? Accede a la información sobre videocurrículum
2. Herramientas de auto diagnostico de la capacidad emprendedora Autodiagnóstico de Actitudes Emprendedoras Instrumento interactivo que permite dar un diagnóstico a los emprendedores que cumplimenten un cuestionario y, a continuación, ofrecer al emprendedor una serie de recomendaciones que le ayudarán a estar preparado para iniciar su proyecto. El núcleo del sistema es un cuestionario de 25 preguntas cerradas, distribuidas en siete características del emprendedor (motivación, iniciativa y energía personal, perfil psicológico, capacidad de relación, capacidad de análisis, innovación y creatividad y propensión al riesgo). ¿A quién va dirigida? Emprendedores y empresarios. ¿Qué da como resultado? Un diagnóstico de aptitudes emprendedoras y una serie de recomendaciones de actuación. Acceder a la herramienta
¡Tarea a desarrollar! Realizar un diagnóstico de aptitudes emprendedoras con la herramienta de Autodiagnóstico de Actitudes Emprendedoras.
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3. Ley de emprendedores. Fuente: BBVA innovattion center.
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Infografía sobre la Ley de apoyo a los emprendedores y su internacionalización. El pasado sábado 28 se publicó en el BOE la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización (PDF). La llamada Ley de Emprendedores es un conjunto de medidas destinadas a promover y facilitar la creación de empresas, entre las que podemos encontrar nuevas modalidades de sociedades, incentivos fiscales, bonificaciones de cuotas de la Seguridad Social o reducciones de trámites administrativos para la empresas, entre otras. Nuevas modalidades de empresas La Ley incluye dos nuevas modalidades de empresas. Por un lado la sociedad limitada de formación sucesiva, sociedades limitadas que en el momento de su constitución no será obligatoria la aportación del 100% del capital social, y por otro las miniempresas o empresas de estudiantes. La sociedades limitadas de formación sucesiva se crearán sin necesidad de realizar la aportación de la totalidad del capital social. Sigue siendo obligatorio que éstas tengan un capital social mínimo de tres mil euros, pero en el momento de constituirse podrán hacerlo con una cantidad inferior. Eso sí, en caso de liquidación, voluntaria o forzosa, si el patrimonio de la sociedad fuera insuficiente para atender al pago de sus obligaciones, los socios y los administradores de la sociedad responderán solidariamente del desembolso del capital mínimo. Además, mientras no se alcance el capital social mínimo, estas sociedades deberán dotar como reserva legal un mínimo del 20% del beneficio del ejercicio sin límite de cuantía. Una vez cubiertas las atenciones legales o estatutarias, sólo podrán repartirse dividendos a los socios si el valor del patrimonio neto, a consecuencia del reparto, no resultare inferior al 60% del capital legal mínimo. También hay que tener en cuenta que en este tipo de sociedades la suma anual de las retribuciones satisfechas a los socios y administradores por el desempeño de tales cargos durante esos ejercicios no superar el 20% del patrimonio neto del correspondiente ejercicio, sin perjuicio de la retribución que les pueda corresponder como trabajador por cuenta ajena de la sociedad o a través de la prestación de servicios profesionales que la propia sociedad concierte con dichos socios y administradores. En cuanto a las miniempresas, o empresas de estudiantes, se crean como un elemento educativo pero que podrá participar de todo tipo de actividad profesional o empresarial como el resto de empresas. Todavía falta por crear el marco normativo que regule su funcionamiento, en cuanto a su fiscalidad y obligaciones contables, pero sí se conoce que estas empresas tendrán una duración limitada a un curso escolar prorrogable a un máximo de dos cursos escolares y deberán liquidarse al final del año escolar presentando el correspondiente acta de liquidación y disolución. Autónomos de responsabilidad limitada Al hilo de lo anterior, la Ley también crea la figura del autónomo de responsabilidad limitada. A través de ésta los autónomos podrán dejar al margen de su responsabilidad por la titularidad de un negocio si vivienda habitual, siempre que el valor de ésta no supere los 300.000 euros, en el caso de viviendas situadas en población de más de un millón de habitantes se aplicará un coeficiente del 1,5 al valor de la misma. Para que tenga efecto esta responsabilidad limitada el autónomo deberá inscribir en el Registro Mercantil los datos del inmueble. A partir de ese momento el autónomo deberá hacer constar en todo su documentación su condición de “Emprendedor de Responsabilidad Limitada” indicando sus datos fiscales (nombre, apellidos y NIF) acompañados de las siglas ERL.
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Además, para mantener su condición, deberá depositar sus cuentas anuales en el Registro Mercantil en el plazo de seis meses desde el cierre del ejercicio. Transcurrido este plazo, si no se hubiera procedido al registro, el autónomo perderá esta calificación. IVA de caja Se establece el sistema por el cual se podrá declarar el IVA según el criterio de caja, al cobro y pago de las facturas y no según la fecha de emisión. Este sistema será voluntario, entrará en vigor el 1 de enero de 2014 y los que quieran acogerse al mismo deberán comunicarlo como fecha límite el 31 de diciembre del ejercicio anterior, aquellos que opten por el mismo deberán permanecer en él durante tres ejercicios. El hecho de que un obligado tributario se acoja al criterio de caja obligará al cliente o proveedor implicado en la operación a aplicar ese mismo criterio en el tratamiento fiscal de las facturas que se originen en la misma, independientemente de que este último no haya optado por este criterio fiscal. Sólo podrán acogerse al régimen de caja las empresas con un volumen de negocio inferior a 2 millones de euros anuales y siempre que sus cobros en efectivo respecto de un mismo destinatario y durante el año natural no superen los 100.000 euros. Quienes opten por este sistema deberán incluir en los libros registro de facturas emitidas y recibidas las fechas del cobro o pago, parcial o total, de la operación, con indicación por separado del importe correspondiente, en cada caso y la cuenta bancaria o del medio de cobro utilizado, que pueda acreditar el cobro o pago parcial o total de la operación. Además se establece una fecha tope para declarar las facturas en las operaciones que funcionen bajo el criterio de caja, de tal manera que éstas no podrán quedar pendientes de un ejercicio para el siguiente y habrá que declararse antes del 31 de diciembre, aunque a esta fecha no hubieran sido pagadas. Otros beneficios fiscales La Ley establece otros incentivos fiscales. Por un lado las empresas podrán aplicar una deducción del 10% en el Impuesto de Sociedades por los beneficios reinvertidos en la actividad, esta reinversión deberá realizarse adquiriendo elementos nuevos del inmovilizado material o inversiones inmobiliarias afectos a actividades económicas. Aquellos que realicen una aportación temporal al capital de empresas de nueva o reciente creación podrán beneficiarse de una deducción del 20% de las cantidades aportadas, siendo la base máxima de la deducción de 50.000 euros. Las empresas que reciban estas aportaciones no podrán tener unos fondos propios superiores a 400.000 euros y deberán realizar alguna actividad económica (no servirán sociedades que se dedique a la gestión de patrimonios), la sociedad no podrán tener una antigüedad superior a tres años y el inversor deberá permanecer en la sociedad entre tres y doce años, no pudiendo ser su participación superior al 40%. Bonificaciones de cuotas de la Seguridad Social Se establece una bonificación de las cuotas de la Seguridad Social para los autónomos en pluriactividad, de tal manera que aquellos que estén cotizando simultáneamente en Régimen General, por estar trabajando por cuenta ajena, y en autónomos, por tener una actividad empresarial o profesional, tendrán una bonificación del 50% de la cuota de autónomos durante dieciocho meses y del 75% otros dieciocho meses más. Se extiende la bonificación para las nuevas altas de autónomos para los mayores de treinta años. Todos aquellos que causen alta en el RETA a partir del 30 de septiembre y que no hubieran cotizado en este régimen en los cinco años anteriores se beneficiarán de una deducción del 80% de la cuota por la báse mínima durante los seis primeros meses, del 50%
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los seis meses siguientes y del 30% otros seis meses más. Por supuesto esta bonificación no será de aplicación para los autónomos en pluriactividad, que estarán sujetos al sistema que hemos comentado antes. Simplificación de trámites Se crean los Puntos de Atención al Emprendedor (PAE) que se encargarán de facilitar la creación de nuevas empresas, el inicio efectivo de su actividad y su desarrollo, a través de la prestación de servicios de información, tramitación de documentación, asesoramiento, formación y apoyo a la financiación empresarial. Serán oficinas pertenecientes a organismos públicos y privados, incluidas las notarías, así como puntos virtuales de información y tramitación telemática de solicitudes. A través de los PAE los emprendedores podrán obtener toda la información y formularios necesarios para el acceso a la actividad y su ejercicio; podrán presentar toda la documentación y solicitudes necesarias; conocer el estado de tramitación de los procedimientos en que tengan la condición de interesado y, en su caso, recibir la correspondiente notificación de los actos de trámite preceptivos y la resolución de los mismos por el órgano administrativo competente y obtendrán toda la información sobre las ayudas, subvenciones y otros tipos de apoyo financiero disponibles para la actividad económica de que se trate en el Estado, Comunidades Autónomas y Entidades Locales. La Ley establece la simplificación de determinados trámites para rebajar la carga administrativa de las pymes. Las empresas con un único centro de trabajo y hasta veinticinco trabajadores podrán asumir directamente la prevención de riesgos laborales. La Autoridad Central de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social pondrá a disposición de las empresas, de oficio y sin necesidad de solicitud de alta, un Libro de Visitas electrónico por cada uno de sus centros de trabajo, en el que los funcionarios actuantes, con ocasión de cada visita a los centros de trabajo o comprobación por comparecencia del sujeto inspeccionado en dependencias públicas que realicen, extenderán diligencia sobre tal actuación. Visados y autorizaciones de residencia para inversores y emprendedores extranjeros Se crea un procedimiento para la concesión de permisos de residencia, por razones de interés económico, a inversores que realicen una aportación económica significativa o destinada a proyectos empresariales considerados y acreditados como de interés general. También a emprendedores que promuevan una actividad de carácter innovador con especial interés económico, que ayuden a la creación de empleo o cuando el perfil profesional del solicitante o el plan de negocio supongan un valor añadido para la economía española. Igualmente a profesionales de alta cualificación o a extranjeros que se desplacen a España en el marco de una relación laboral, profesional o por motivos de formación profesional. 4.
Emprendimiento sostenible
Los problemas sociales y ambientales han estado en la agenda de empresas, gobiernos y ONGs por varios años ya. Como consecuencia, se ha hecho mucho en la reducción del impacto ambiental y la mejora de la calidad de vida de las personas. Apenas recientemente el emprendimiento está surgiendo como un nuevo foro en el cual los problemas de sostenibilidad están siendo abordados. El emprendimiento tiene el potencial para crear valor dentro de cada una de las tres dimensiones de la sostenibilidad, a la vez que impulsa la innovación por medio de nuevos productos, servicios y modelos de negocio. Manual para el emprendimiento sostenible.
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