El Derecho a la Ciudad y el Leviatàn dormido

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Oscar M. Cardoso Santos A01224491

El Derecho a la Ciudad y el Leviatán dormido En 1967, el filósofo y sociólogo marxista, Henry Lefevre, originó el concepto del “Derecho a la Ciudad”, como un término que refería e instaba a la clase trabajadora a retomar su derecho de una vida digna en las ciudades sobre los valores especulativos del mercado del suelo y el estado capitalista que disminuía su poder e influencia ante corporaciones y privados. Actualmente, con la cuarta revolución urbana, donde el 75% de la población mundial pasará a vivir en las ciudades para 2025, este concepto ha retomado fuerza y ha renovado su significado a través de diversos autores. Por ejemplo, en 2007, David Harvey, teórico social marxista, “reivindica que el derecho a la ciudad no es el derecho a (mejorar) la urbe que tenemos, sino el derecho a cambiarla y a construir una ciudad mejor: una ciudad socialmente justa.” (Delgadillo, 2012, p 120). Otros, como Jordi Borja, han replanteado este derecho como un vehículo legal y oficial en donde se proponen “un conjunto de “nuevos derechos urbanos” que contribuyan a la “justicia de la ciudad” como: el derecho al lugar, al espacio público, la monumentalidad, la belleza, la identidad colectiva, la movilidad, la accesibilidad, la conversión de la marginalidad urbana en ciudadanía…” (Delgadillo, 2012, p121). Y un último contraste del derecho a la ciudad nos los da la filósofa Sharon Meagher, quien en 2010 señalaba que “es más la construcción colectiva de una moral, que un reclamo por un reconocimiento legal, se trata más de una acción colectiva estratégica que pugna por verdaderos y profundos cambios, que de una lucha táctica por institucionalizar ese derecho” (Delgadillo, 2012, p122) Analizando estas tres posturas, encontramos una parte que entiende el derecho a la ciudad como una ley más que debe añadirse en las cartas magnas de las naciones, pues al volverlo una norma oficial, se piensa que será aplicada. Sin embargo, como ha ocurrido en el ámbito de la educación, seguridad, los servicios públicos, la salud e incluso la vivienda, las leyes, aunque existen, no son aplicadas o son tergiversadas y traducidas en largos procesos burocráticos que buscan más la recaudación de impuestos y multas a la ciudadanía que la beneficencia social. La otra postura, dada por Meagher, se traduce más bien en una acción colectiva que no busca institucionalizarse, pues se plantea que éste no habita fuera de la sociedad, sino que busca permear en la moral de los individuos que conforman una comunidad. Ya bien lo decía Lefevre en los años 60 que este derecho era “una condición básica de un humanismo y de una democracia renovada.” (Delgadillo, 2012, p119). Es decir, se contempla como un


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