Acuerdos 2015 Comunidades, MAE, MAGAP, BNF (para revisión del MAE)

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ACUERDOS PARTICIPATIVOS “PREVENCIÓN Y RESPUESTA ANTE LOS ATAQUES DE OSO AL GANADO” ENTRE LA COMUNIDAD __________________ EL MINISTERIO DEL AMBIENTE, EL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA y PISCICULTURA, y EL GAD________________. La comunidad _______________ legalmente representada por su Presidente, ___________, a quien se le denominará “Comunidad”, el Ministerio del Ambiente legalmente representado por su Director Provincial _________, a quien se le denominará “MAE”, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Piscicultura legalmente representado por su Director Provincial, a quien se le denominara “MAGAP” , y el Gobierno Autónomo Descentralizado de _______ legalmente representado por su ____________a quien se le denominara GAD______, por sus propios derechos y en forma libre y voluntaria convienen en celebrar el presente convenio de cooperación mutua, con sujeción a las declaraciones contenidas en las siguientes cláusulas: PRIMERO: ANTECEDENTES El oso andino es una especie de alto valor de conservación de las áreas protegidas en Napo. Esta en catalogado en el libro rojo de mamíferos del Ecuador como especie en peligro de extinción, se estima que en la actualidad existen alrededor de 2000 individuos en el país. Consta en el Apéndice I de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES). Su estado de conservación a nivel global es de Vulnerable (IUCN categoría A2bc). El oso se encuentra amenazado por siglos de cacería para su carne y la creencia de valores medicinales de sus partes, y décadas de deforestación que ha causado la destrucción y fragmentación de su hábitat. Esas actividades han reducido de manera constante su hábitat y la disponibilidad de su alimento. En respuesta, algunos osos adoptaron comportamientos oportunistas de aprovechar los cultivos y atacar al ganado para cumplir sus necesidades alimenticias. Por lo antes expuesto y evidenciando las necesidades urgentes de unir a las instituciones involucrados y los ganaderos de la comunidad se acuerda firmar este acuerdo, para que los actores involucrados de manera conjuntan trabajan a favor de medidas para los ganaderos perjudicados por los ataques del oso a su ganado, disminuir la caza ilegal y mantener una población estable de osos.

PARTES FIRMANTES

LA COMUNIDAD: Responsable de los efectos que ha generado la presión de las actividades productivas en su ambiente natural y siempre con el fin de promover las acciones en beneficio particular y comunitario que le competen por ley y derecho está en la facultad de asumir compromisos a


manera de acuerdos con las instituciones de El Estado para desarrollar los debidos procesos de prevención y respuesta por los ataques de oso al ganado, evitando de esta manera la pérdida del capital comunero.

EL MAE: En Ecuador, el oso andino esta jurídicamente protegido por la Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre, cuya codificación fue expedida el 10 de Septiembre del 2004 - R. O. No. 418. En su TITULO II, puntualmente en el CAPITULO III de la Conservación de la Flora y Fauna Silvestres expresamente en el Art. 73 dice: “La flora y fauna silvestres son de dominio del Estado y corresponde al Ministerio del Ambiente su conservación, protección y administración...” Así mismo, en el documento se dispone en el CAPITULO I de las infracciones y penas, “que su cacería por cualquier causa está prohibida y se prevén sanciones a los infractores”.

En base al Registro Oficial No. 679 del 8 de octubre del 2002, “quedan legalmente protegidas las especies registradas en los libros rojos de fauna del Ecuador. De acuerdo a la información legal vigente, en caso de captura, tráfico o comercialización de esta especie, sea de ejemplares vivos, especímenes muertos o alguna de sus partes (p.ej.: dientes, piel, huesos) es un delito dentro de las leyes de la República del Ecuador”.

Conforme al código orgánico integran penal Oficio No. SAN- 2014-0138 Quito, 03 de febrero de 2014 en el Art. 247, “la persona que cace, pesque, capture recolecte, extraiga, tenga, transporte, trafique, altere o comercialice, especímenes o sus partes, sus elementos constitutivos, productos y derivados, de la flora o fauna” será sancionada con pena privativa de uno a tres años y deberá pagar multas de uno a diez salarios mínimos vitales generales (354 a 3540 dólares)”.

El ministerio del Ambiente de conformidad con el acuerdo Ministerial Nro. 025, emitido por la Ministra del Ambiente, con fecha 15 de marzo del 2012, sobre el Estatuto Orgánico de la Gestión Organizacional por procesos del Ministerio del Ambiente en su artículo 7 punto 9.2.1 establece entre las atribuciones y responsabilidades de los Directores Provinciales, las siguientes: “(…) g) Suscribir contratos y convenios, sujetándose a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes”;

El Ing. Manuel Armando Chamorro Rosero, comparece en calidad de Director Provincial del Ambiente de Napo, conforme consta de la Acción de Personal N° 0521434 de fecha 01 de octubre de 2014.


EL MAGAP: A través del Programa Ganadería Sostenible viene a ser una de las aplicaciones estratégicas en el establecimiento de los actuales acuerdos busca aprovechar y optimizar el manejo ganadero. Se enmarca en la actividad pecuaria de pequeños y medianos productores, con modelos de producción amigables con el ambiente. Promueve el desarrollo participativo e inclusivo para alcanzar los objetivos del Plan Nacional del Buen Vivir y la Soberanía Alimentaria. Es ejecutado por la Subsecretaría de Ganadería. El objetivo de este programa es garantizar la producción, manufactura, industrialización y comercialización, de productos y subproductos pecuarios, que sean económicamente rentables, amigables con el medio, socialmente justas, sostenibles en el tiempo, que permitan incrementar los niveles de vida.

EL GAD: Como institución descentralizada que goza de autonomía política, administrativa y financiera, regido por los principios de solidaridad, subsidiariedad, equidad, interterritorial, integración y participación ciudadana.

ART. 65.- Competencias exclusivas del Gobierno Autónomo Descentralizado Parroquial Rural. Los gobiernos autónomos descentralizados parroquiales rurales ejercerán las siguientes competencias exclusivas, sin perjuicio de otras que se determinen: a) Planificar junto con otras instituciones del sector público y actores de la sociedad el desarrollo parroquial y su correspondiente ordenamiento territorial, en coordinación con el gobierno cantonal y provincial en el marco de la interculturalidad y plurinacionalidad y el respeto a la diversidad; d) Incentivar el desarrollo de actividades productivas comunitarias la preservación de la biodiversidad y la protección del ambiente; f) Promover la organización de los ciudadanos de las comunas, recintos y demás asentamientos rurales con el carácter de organizaciones territoriales de base;

En concordancia con la Constitución de la República del Ecuador 2006, Arts. 267.


SEGUNDO: OBJETIVO DEL ACUERDO Establecer las bases de cooperación entre las partes involucradas en las actividades prevención y respuesta ante los ataques de oso andino al ganado, a cual se le denominará “Plan de Acción”, para lo cual se establecen los siguientes compromisos.

TERCERO: COMPROMISO DE LAS PARTES DE LA COMUNIDAD: 

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La Comunidad se involucrará en el análisis y validación de las propuestas técnicas generadas por el MAE/MAGAP/GADs a través de sus técnicos, y los implementara siempre y cuando estos vayan en concordancia con sus intereses y estén sustentados de manera técnica y por escrito. La Comunidad implementará de manera piloto en x fincas las medidas anti-depredación tales como: olores, sonidos, estatuas humanas… perros, cuales insumos serán gestionados de manera conjunto entre los partes del presente acuerdo con gobiernos autónomos, ministerios, y otros donantes. La Comunidad implementara de manera piloto en x fincas prácticas de prevención y cuidado del ganado, los insumos serán gestionados de manera conjunto entre los partes del presente acuerdo con GADs, Ministerios, y otros donantes. La Comunidad participara en capacitaciones organizados y gestionados por el MAE, MAGAP y otros interesados La Comunidad se compromete en reportar los ataques al ganado de manera inmediata para la supervisión técnica del MAE La Comunidad participara en el levantamiento de información sobre las interacciones osoganado, de manera conjunto con los guardaparques Proporcionar las instalaciones para las reuniones participativas directamente relacionadas con este Acuerdo Participativo La Comunidad se compromete en informarse sobre el seguro ganadero, y que x ganaderos entraran como beneficiario del mismo. La Comunidad se compromete en informarse, luego analizar de manera conjunta con el MAE acciones de restauración ecológica en sus fincas, los interesados entraran como beneficiario de los programas de restauración del MAE. La Comunidad se compromete a regir sus actividades de acuerdo a la legislación ambiental vigente.


DEL MAE:  

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Detallar las propuestas técnicas para la implementación de actividades anti-depredación y buen manejo de ganado, de manera conjunta con el MAGAP. Realizar ante la Comunidad de manera formal la presentación, validación y socialización de propuestas técnicas de las medidas de prevención y respuesta ante el ataque del oso al ganado de este acuerdo participativo Brindar la asistencia técnica necesario, para el adecuado desarrollo de medidas de prevención y respuesta de ataques del oso andino al ganado, el contingente estará compuesta por el equipo técnico y delegados del MAE. Capacitar a los afectados en las metodologías anti-depredación y en la normativa ambiental vigente. Implementar con los interesados acciones pilotos de anti-depredación, posterior a la gestión de los recursos de manera conjunta con la comunidad, MAGAP, y otros donantes Levantar la información técnica de los ataques del oso andina al ganado, y realizar acciones de monitoreo para entender en mas detalle la problemática del ataque del oso al ganado. Desarrollar informes técnicos y de avances para la Comunidad de cada uno de las medidas de prevención y respuesta ante los ataques del oso andino al ganado Proponer acciones correctivas en las diferentes aéreas y procesos manejados, siempre y cuando sean en favor del Acuerdo Participativo Gestionar financiamiento en forma conjunta con la Comunidad para implementación de iniciativas de capacitación e implementación de las medidas propuestas El MAE se compromete en informar a la Comunidad y los GADs sobre el Plan Nacional de Incentivos, especialmente el capítulo de restauración ecología, y brindara asistencia técnica al GAD y la comunidad para que se beneficia de los incentivos del MAE.

DEL MAGAP: 

Fomentar la aplicación del seguro ganadero en forma conjunta con el BNF, el MAE y la Comunidad para su implementación como medida de seguridad ante los eventos ataques al ganado por oso. Detallar las propuestas técnicas para la implementación de actividades anti-depredación y buen manejo de ganado, de manera conjunto con el MAE Implementar con los interesados acciones pilotos de anti-depredación, posterior a la gestión de los recursos de manera conjunta con la comunidad, MAGAP, y otros donantes. Implementar con los interesados acciones pilotos de prácticas sobre el cuidado del ganado


  

posterior a la gestión de los recursos de manera conjunta con la comunidad, MAGAP, y otros donantes. Certificar el reporte de ataque a ganado por oso conjuntamente con el MAE. Validar los reportes técnicos de MAE para la posterior activación del seguro ganadero. El MAGAP se compromete en informar a la Comunidad y los GADs sobre el los Incentivos de ganaderia sostenible y brindara asistencia técnica a la comunidad para que se beneficia de los incentivos del MAGAP Desarrollar un seguimiento de principio a fin sobre el estado do los procesos y la activación del seguro ganadero.

GAD:    

Participar en la validación de los acuerdos participativos de prevención y respuesta ante los ataques de oso al ganado. Organizar y representar al grupo de beneficiarios del seguro ganadero y incentivos de medidas disuasivas y manejo de ganado. Fortalecer la implementación de medidas disuasivas y manejo de ganado en las comunidades (cercas eléctricas y guardaparques comunitarios). El GAD se compromete en informarse, luego analizar de manera conjunta con el MAE acciones de restauración ecológica en el territorio bajo su jurisdicción

CUARTO: PLAZO Y RENOVACION El acuerdo es de largo plazo, está previsto que el trabajo mancomunado será por aproximadamente unos 10 años. El presente acuerdo tiene un plazo de duración indefinida y podrá ser modificado de mutuo acuerdo.

QUINTO: EJECUCIÓN DEL ACUERDO Si durante la vigencia del presente convenio se suscitasen eventualidades que a criterio de las partes hagan ampliar, modificar o enmendar el alcance del mismo, las partes en común acuerdo y por escrito realizarán los cambios pertinentes, los mismos que se anexarán al convenio matriz.

SEXTO: TERMINACIÓN DEL ACUERDO Este acuerdo podrá terminar por: a) Mutuo acuerdo.


b) Unilateralmente, por incumplimiento de este acyerdi por alguna de las partes para lo cual se notificará por escrito las razones debidamente sustentadas con, por lo menos, 30 días de anticipación.

SEPTIMO: RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS. Si se presentan controversias en la aplicación del presente convenio, las partes resuelven arreglarlas amistosamente, mediante la intervención de sus respectivos representantes o delegados.

OCTAVO: ACEPTACIÓN. Las partes aceptan los contenidos de todas y cada una de las cláusulas contenidas en el presente acuerdo. Para constancia firman las partes en 4 ejemplares de igual tenor y efecto Dado en __________, a los __ días del mes de ___________ del año __

____________ Director Provincial del MAE Comunidad Ci:__________

____________ Director Regional MAGAP Parroquial Ci:__________

______________ Napo

Presidente

de

la

Ci:_____________

______________ Presidente

de

Ci________________

la

Junta


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