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Contabilización de la entrega de canastas navideñas y vales de consumo

CasoprácticoN.°1

Entregadecanastasnavideñas

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Con ocasión de las fiestas navideñas, la empresa Kershaw SRL compr canastas navideñas para sus 12 trabajadores, las cuales se comprobante de pago tuvieron un valor de S/ 500 más IGV cada una. respecto, la empresa nos solicita que le ayudemos a determinar el e contableytributariodeestaadquisición.

Solución

A fin de determinar el efecto contable que tendría la adquisición de canastas navideñas por parte de la empresa Kershaw SRL, pa entrega posterior a sus trabajadores, es preciso considerar inicialmente el efecto tributario de estas adquisiciones, efectos que podrían manifestarseenlossiguientesaspectos: a)Impuestoalarenta b)UsodelIGVdeadquisicióncomocréditofiscal c)IGV:Operacióngravadacomoretirodebienes d)Emisióndecomprobantesdepago

Las canastas navideñas (las cuales tienen la calificación de aguinaldos¹) constituyen gastos que incurre la empresa a favor de sus trabajadores, como una forma de reconocer sus esfuerzos en la generación de rentas. En ese sentido, para que las mismas sean deducibles como gastos en la determinación de la renta neta de tercera categoría, la legislación tributaria señala respecto de las mismas, que deben cumplir con criterios tales como razonabilidad en relación con los ingresos del contribuyente, generalidad,entreotros.

En ese sentido, en la medida que se cumplan con los criterios antes señalados, estas entregas, serán consideradas como gastos para efectos delimpuestoalarenta,porloquepodránserdeduciblesenvirtudalinciso l)delartículo37delaleydeeseimpuesto.

Respecto al uso del IGV de adquisición de las canastas navideñas como crédito fiscal, cabe precisar que dicho monto podría tomarse como tal, en tanto la entrega de dichos bienes califique como gasto para efecto del impuesto a la renta y, además, se cumplan con los requisitos sustanciales yformalesestablecidosenlosartículos18y19delaLeydelIGV.

La entrega de canastas navideñas (aguinaldos) a los trabajadores califica como retiro de bienes, operación gravada con el IGV, considerando como base imponible para estos efectos, el valor de adquisición de los bienes a serretirados.

En relación a la emisión de comprobantes de pago, es pertinente indicar que aun cuando se trate de una transferencia gratuita, por la misma se debe emitir un comprobante de pago. Así lo establece el artículo 6 del Reglamento de Comprobantes de Pago. Para tal efecto, se consignará en los comprobantes de pago la leyenda “TRANSFERENCIA GRATUITA”, precisándose adicionalmente el valor de la venta, que hubiera correspondidoadichaoperación.

Considerando lo anterior, y asumiendo que los desembolsos realizados por la empresa Kershaw SRL cumplen las condiciones para su deducción comogasto,realizaremoslossiguientesregistroscontables:

Resumen

Con ocasión de las fiestas de Navidad y de fin de año, muchas empresas tienen la práctica de otorgar una serie de “obsequios” a su personal, como una forma de agradecerles por su contribución al desarrollo de la misma durante ese periodo. Así, se suelen entregar, entre otros, canastas navideñas y vales de consumo, conceptos cuyo tratamiento se desarrollaenlossiguientescasosprácticos.

En la oportunidad en que los bienes sean entregados, se reconocerá el gasto respectivo, así como el IGV generado por dicha entrega (retiro de bienes). En ese caso, los registros contables a realizarseránlossiguientes: a)Porlaentregadelosbienesalostrabajadores

Siendoasí,concluyeelcitadoinformeque:

Ÿ la entrega de vales, que en su contenido no especifican los bienes que podrían ser adquiridos mediante los mismos, y que es efectuada por la empresa emisora de aquellos a la empresa adquirente que cancela el monto que dichos vales representan,noseencuentragravadaconelIGV;

Ÿ el ingreso para la empresa emisora de los vales se devengará cuando se realice la venta de bienes, o cuando caduque el plazo para el canje de los vales, siempre que no exista obligación por parte de la empresa emisora de devolver el dinero en caso que dichosvalesnoseancanjeados;

Ÿ las empresas emisoras de los vales de consumo no están obligadas a emitir y entregar comprobante de pago a las empresas adquirentes que cancelan el monto que representan losreferidosvales;y

Ÿ las empresas emisoras de los vales se encuentran obligadas a emitir y entregar los respectivos comprobantes de pago a los terceros que efectúen su canje, por la transferencia de bienes querealicenafavordelosmismos.

De lo anterior, quedaría claro que en el caso expuesto por la empresa OTC SAC, la adquisición de los vales de consumo no implicaría la adquisición de bienes, ni una operación gravada con el IGV,porlaquetendríaqueemitirseuncomprobantedepago.

En ese sentido, para tratar la adquisición descrita y su posterior entrega a los trabajadores de la empresa, realizaremos el siguienteprocesocontable: a)Compradelosvalesdeconsumo b)PorelIGVgeneradoporelretirodebienes

CasoprácticoN.°2

Entrega de vales de consumo

Con ocasión de las fiestas navideñas, la empresa OTC SAC compró 5 vales de consumo de S/ 100 c/u en un conocido supermercado de la ciudad (valor total de S/ 500) para ser entregados a cada uno de sus trabajadores Al respecto, la empresa nos solicita que le ayudemos a determinar el efecto contable y tributario de esta adquisición.

Solución

En el Informe N.° 097-2010-SUNAT/2B0000, esta entidad ha señalado que mediante la entrega de vales de consumo que efectúa la empresa emisora a la empresa adquirente, la primera no se obliga a transferirle bien alguno, representando dicho vale una suma de dinero que servirá para el pago de una posterior adquisición de los bienes que identifique el tercero, usuario o poseedor de los vales. Es decir, los referidos vales constituyen tan solo un documento representativo de moneda, que como tal no califican como bienes muebles de acuerdo a la normatividad del IGV b)Entregadelosvalesdecompraalostrabajadores

Nota:

1. Sobre el particular, sugerimos revisar las conclusiones de la RTF N.° 603-2-00 y la RTF N.° 0809-3-2001, en donde el ente resolutor define que los aguinaldos son regalos y las sumas adicionales de dinero que otorguen en forma voluntaria los empleadores a sus trabajadores en Navidad o Fiesta de Reyes, asícomolasmayoresremuneracionesimpuestasporley.

Fuente:

Actualidad Empresarial, segunda quincena de diciembre 2022

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