Revista Institucional - Noviembre 2021

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Gestión Laboral

Horas extras: ¿tienen límite permitido? Autor: Ludmin Gustavo Jiménez Coronado RESUMEN El presente artículo es para poder brindar un enfoque con referente a las horas extras permitidas actualmente en nuestro país y poder especificar qué normas establecen limitantes, cuál es el desarrollo de esta, al mismo tiempo poder informar tanto al empleador y trabajador la utilización efectiva de las horas extras.

1. Introducción En el presente artículo intentaremos determinar si el ordenamiento peruano nos establece de alguna manera los limitantes al uso de horas extras que se desarrolla en un tema estrictamente laboral, para ello debemos entender a qué denominamos “horas extras”. Las horas extras, también llamadas horas extraordinarias o sobretiempo, son el tiempo adicional de la jornada ordinaria que un empleador dedica a sus actividades laborales, pero para entender mejor y saber las limitantes de este tiempo, partiremos en precisar a qué se denomina jornada laboral. En nuestro país, a inicios del año 1900, se produjo cierta cantidad de levantamientos en las principales actividades productivas e industriales, produciendo huelgas de alcance nacional. Dentro de estos movimientos, podemos mencionar a los trabajadores del Muelle Dársena del Callao, la de los obreros de innumerables fábricas textiles de Vitarte, trabajadores de la panadería Estrellas del Perú, etc.; el resultado de tales reclamos fue reconocer una serie de beneficios en favor de los trabajadores. Este suceso histórico sucedió dentro del gobierno de José Pardo y Barreda, quien dictaminó el Decreto Supremo del 15 de enero del año de 1919 dando reconocimiento del derecho a la jornada máxima de las 8 horas diarias de labores, la cual con el paso del tiempo en nuestro país ha sido materia de ratificación, es así que también su reconocimiento tomó rango constitucional, tal como lo preceptúa de manera clara y contundentes el artículo 25 de la vigente Constitución Política del Perú de 1993. Actualmente dentro de nuestro ordenamiento legal, la jornada de trabajo se

encuentra regulada en el Decreto Supremo N.° 007-2002-TR, TUO de la Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo, en el Decreto Supremo N.° 008-2002-TR, Reglamento del TUO de la Ley de Jornada de Trabajo, Horario y Trabajo en Sobretiempo, y finalmente el Decreto Supremo N.° 004-2006-TR, Dictan Disposiciones sobre el Registro de Control de Asistencia y de Salida en el Régimen Laboral de la Actividad Privada, con sus respectivas normas modificatorias. Habiendo entendido el tema de jornada laboral a nivel de tipo de régimen general, procederemos a identificar lo que nos establece el ordenamiento peruano sobre el tema de límite de horas extras. En primer lugar podemos citar a la Resolución Legislativa N.° 10195, donde el Perú ratifica el convenio dado por la Organización Internacional de trabajo (OIT), reconociendo como “horas extraordinarios al tiempo adicional de la jornada ordinaria de trabajo”. Sin embargo, hasta la actualidad nuestra legislación no establece un límite máximo permitido de horas extras, tampoco se puede establecer que ciertas actividades laborales impliquen una necesidad laboral extrema entre el empleador y trabajador, es por ello que el realizar horas extras incrementa de alguna forma un tipo de flexibilidad durante la duración de trabajo laboral. Como sabemos, el uso de estas horas extras es un mecanismo utilizado por el empleador por una necesidad variante de la situación en que esta se encuentre, ¿entonces podríamos decir que su limitante es la propia jornada laboral?, ya que si esta se incumpliera, ¿podríamos estar en contra de lo expuesto por la

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