La Jurisprudencia, su Jerarquización y Obligatoriedad
en el Derecho Mexicano Dr. Eduardo Preciado Sánchez Abogado postulante en materia penal, administrativa y amparo en la Ciudad de México. Licenciatura en Derecho: Centro Universitario Francés Hidalgo (cédula profesional 3772054) Especialidad en Juicios Orales: Centro de Estudios Superiores en Ciencias Jurídicas y Criminológicas. Maestría en Derecho Procesal Penal: Centro de Estudios Superiores en Ciencias Jurídicas y Criminológicas (cédula 5983794) Doctorado en Derecho Penal: Centro de Estudios Superiores en Ciencias Jurídicas y Criminológicas. Maestría en Pedagogía: Centro de Estudios Superiores en Ciencias Jurídicas y Criminológicas. Doctorado en Educación: Centro de Estudios Superiores en Ciencias Jurídicas y Criminológicas. Posdoctorado en Derecho: Centro de Estudios Superiores en Ciencias Jurídicas y Criminológicas.
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Al referirnos en el Derecho general al término jurisprudencia, la doctrina adopta el vocablo no en su significado de ciencia jurídica, sino como: “… el conjunto de principios y doctrinas contenidas en las decisiones de los tribunales”1. No obstante lo anterior, en el Derecho mexicano, la jurisprudencia está constituida, no sólo el conjunto de principios y doctrinas contenidas en las decisiones de los tribunales, sino más bien, por las tesis que los Tribunales de la Federación emiten por conducto de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los Plenos de Circuito y los Tribunales Colegiados de Circuito, definidas como obligatorias en términos de lo dispuesto por los artículos 215 a 230 de la Ley de Amparo, así como en las sentencias que emite la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para resolver sobre las acciones de inconstitucionalidad y las controversias constitucionales a que hace referencia el artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
De lo anterior se desprende que es en el ejercicio de la función jurisdiccional, donde los Tribunales de la Federación, al momento de resolver los casos concretos que le son expuestos por los gobernados, para que mediante la aplicación de la ley, interpreten la misma, a fin de darle solución a tales conflictos, por lo que es en dicha función, donde surge la jurisprudencia, pues la misma, está constituida por los criterios de interpretación provenientes de los órganos expresamente facultados por la ley, así como por reunir los requisitos que la misma prevé, para que adquieren obligatoriedad y fijen el sentido y alcance de las normas jurídicas.2 La jurisprudencia por tanto, es una herramienta que facilita la labor de los juzgadores, pues es la solución para determinadas cuestiones jurídicas que se encuentran preestablecidas, lo cual contribuye a lograr la prontitud e imparcialidad en la impartición de justicia; pero además, es un instrumento que brinda certeza y seguridad jurídica a los