Boletin 18 Clan Nouel

Page 1

EL DERECHO SEGÚN HITLER Y CHAVEZ “Otro medio que convierte los Estados totalitarios modernos en estructuras de poder arbitrario es la posibilidad ilimitada de modificar leyes” Edgar Bodenheimer, jurista alemán, “Teoria del Derecho”, 1940.

En estos días terribles que vive nuestro país, con las decisiones abiertamente inconstitucionales que ha tomado la mayoría sumisa del CNE, se plantea un tema que no ha sido ventilado en la opinión pública, a pesar de algunos pronunciamientos y opiniones aislados que no llegan al fondo, a lo esencial de la cuestión. Me refiero a la concepción jurídica que está detrás de las políticas y decisiones (leyes, sentencias, resoluciones, reglamentos, etc) del gobierno y otros poderes. Porque no se trata sólo, a mi juicio, de denunciar una violación grosera, una infracción evidente o una inconsistencia clara de un acto de los poderes públicos respecto de algún instrumento jurídico, llámese Constitución, ley o reglamento; situaciones como éstas las hemos podido experimentar, por lo demás, en diversos momentos de nuestra historia. De lo que se trata en el caso del gobierno actual, más bien, es de desenmascarar cómo una camarilla en el poder asume el ordenamiento jurídico, cómo lo valora, o cómo lo utiliza en función de sus planes e intereses. Desde que llegaron al poder CHAVEZ y sus seguidores parecieran haber cumplido un libreto conocido. Semejante al que se ha dado en otros procesos políticos de la misma naturaleza. IAN KERSHAW, en su libro “HITLER” (Gallimard, Paris, 1995) y en relación con el asunto que nos ocupa, señala que el movimiento nazi tenía una “concepción totalmente pervertida del derecho”, la cual produjo el desquiciamiento y la degeneración de todo el ordenamiento legal y las instituciones encargadas de aplicarlo en Alemania, país que, por cierto, tenía sólidas tradiciones constitucionales. El resultado no pudo ser otro: el reino del despotismo, la arbitrariedad y el genocidio, siendo el único principio jurídico válido, el único criterio de interpretación aceptado, el único interés protegido, aquel que fuera conforme con la voluntad del déspota. Así, KERSHAW nos habla de “la subordinación de la legalidad al Fúhrer.” Pero ¿como fue ese recorrido desde la llegada al poder? ¿Cómo se dio en los hechos lo que los nazis llamaron “la revolución legal”? Los pasos fueron los que siguen: 1º.) Ley de Plenos poderes; 2º ) Gobierno por Decreto; 3º ) Presión para realizar elecciones en momentos favorables a los nazis; 4º ) Prohibición de la prensa y de reuniones públicas de los opositores (Decreto del 4-2-1933); 5º ) Göring ordena a la policía apoyar a las fuerzas paramilitares nazis, autorizándolas a utilizar armas contra los opositores, y garantizándoles la impunidad; 6º) Ley que permite enrolar a 50.000 miembros del partido nazi, como policía auxiliar, bajo el pretexto de que las fuerzas regulares eran insuficientes para combatir a los subversivos; 7º) Órdenes legales de arrestos y ejecución a opositores y compañeros nazis incómodos; 8º) Suspensión de la garantías constitucionales; 9º ) Ley de 1934: La soberanía de los Lander (gobiernos provinciales) fue abolida y su administración privada de toda autonomía; y 10º ) Eliminación de los sindicatos libres. Lo reseñado anteriormente ¿le es familiar al lector? Pero allí no quedó todo. A los nazis no les importaba el derecho civil ni el mercantil. Su preocupación fundamental era el derecho penal, cuya manipulación era necesaria para los fines de


imponer el imperio de los mil años prometido por el TERCER REICH (CHÁVEZ ha prometido uno más modesto de 500). KERSHAW escribe: “Cuando las reglas jurídicas convenían al régimen, las aplicaba; cuando eran un obstáculo, las esquivaba, las ignoraba o simplemente las derogaba” (¿Cuantas veces han cambiado el reglamento de la Asamblea Nacional venezolana?) El Ministro de Justicia Gürtner, en cierta ocasión, se muestra partidario de un sistema jurídico desembarazado de los derechos individuales, que en circunstancias especiales permita su violación, e incluso, la aplicación retroactiva de la ley. (No es lo mismo que han hecho con el Referéndum revocatorio?) Por su parte, los abogados sucumbieron a la nueva concepción jurídica. Juristas respetables se esforzaban, “a fuerza de razonamientos tortuosos, a realizar la cuadratura del circulo, es decir, a justificar la autoridad de Hitler respecto del derecho”. Así, el Presidente de la Asociación de juristas nazi llega a declarar que el Derecho Constitucional bajo el TERCER REICH no era sino “la transposición en términos jurídicos de la voluntad histórica del Führer”. No se hablaba de la autoridad del Estado, sino la del Führer. Por su parte, los jueces se plegaron también a la voluntad del déspota, confiando en que así mantendrían su poder y autoridad, y sobrevivirían. De nada les valió, fueron vejados y atropellados cuando ya no servían a los propósitos del régimen. HITLER los despreciaba a menudo (¿Se acuerdan de la plasta del Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela?). Para él, “el derecho era una noción artificial”, que no era un valor en sí, sino un medio para mantener el orden público. Así, HITLER contribuyó personalmente a la desaparición progresiva de la legalidad bajo el TERCER REICH. Los cuerpos represivos se convirtieron en instrumentos de su voluntad, de allí que no podían ser obstaculizados por norma legal alguna (¿Qué ha pasado con los guardias nacionales, Disip, Dim, etc, en estos días en Venezuela?). Para los nazis, el derecho era una limitación intolerable. KERSHAW de nuevo señala: “Al ser el derecho positivo para los nazis algo parcialmente satisfactorio, se consideraban libres de utilizarlo y de explotarlo a sus propios fines, pero también de burlarlo cuando entrababa la consecución de los intereses superiores del Estado, del movimiento, de la `idea´ o del Führer”. En Venezuela, mutatis mutandi, basta hacer una retrospectiva de los pasos que ha seguido el gobierno de CHAVEZ, así como de los contenidos de las declaraciones expresadas por dirigentes de su movimiento y de las leyes que han aprobado o intentan aprobar, para concluir que el pensamiento totalitario sigue “vivo y coleando” por estos predios de América Latina. Las similitudes entre las concepciones nazi y chavista no pueden ser mayores. Son identidades totalitarias, aunque algunos no quieran creerlo así. El discurso, las justificaciones y los métodos no pueden asemejarse más. Es por eso que no se equivocan los intelectuales europeos que en estos días denunciaron la “nueva ola de nacional socialismo fascista y stalinista” (Lech Walesa, Václav Havel, etc) que amenaza a América Latina, cuando apuntan a CHÁVEZ como una de ésas expresiones autoritarias. ¿Se han percatado realmente los juristas democráticos de Venezuela de esta amenaza aberrante, de esta degeneración acelerada de nuestro sistema jurídico que propician desde el poder para instaurar un régimen totalitario? HITLER logró su cometido y construyó uno de los regímenes más sanguinarios y aterradores que haya conocido la historia. ¿Permitiremos los venezolanos la consolidación de un proyecto político criminal parecido? EMILIO NOUEL V. C.I. 4479230. / enouel@cantv.net.



Turn static files into dynamic content formats.

Create a flipbook
Issuu converts static files into: digital portfolios, online yearbooks, online catalogs, digital photo albums and more. Sign up and create your flipbook.