Borrador del reglamento CCPC

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BORRADOR Reglamento del Consejo Comarcal de Participación Ciudadana de los municipios de El Záncara.

ESTRUCTURA, FUNCIONES Y COMPOSICIÓN DEL CONSEJO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA COMARCAL DE EL ZÁNCARA:

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BORRADOR Reglamento del Consejo Comarcal de Participación Ciudadana de los municipios de El Záncara. 1.- DEFINICIÓN •

El Consejo Comarcal de Participación Ciudadana (en adelante CCPC) de la Comarca de El Záncara, es un órgano de carácter consultivo y de propuestas, cuya finalidad es canalizar la participación ciudadana para el desarrollo de la Agenda 21 Comarcal que promueve un desarrollo social y económico ambientalmente sostenible.

• Este órgano propone la participación estable de la ciudadanía en la Agenda 21 Comarcal a través de uno o varios representantes de cada uno de los municipios, y la participación abierta de cualquier ciudadano interesado a través de mesas temáticas. •

Se elaborará un registro de los miembros del CCPC para facilitar las convocatorias a los actos de diferentes órganos y se realizarán anuncios dirigidos al público en general.

La Asociación para el Desarrollo Integral de la Comarca El Záncara (ADI Záncara), es la entidad responsable de articular y convocar el CCPC, adoptando las funciones de secretaría técnica. Así mismo la Mancomunidad El Záncara fomentará y promoverá la participación de la ciudadanía a través de dicho órgano.

El Consejo Comarcal de Participación Ciudadana deberá aprobar su reglamento interno de funcionamiento.

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BORRADOR Reglamento del Consejo Comarcal de Participación Ciudadana de los municipios de El Záncara. 2.- ÁMBITO TERRITORIAL El ámbito territorial del Foro de la Participación Comarcal comprende toda la comarca, es decir, los 32 municipios que la componen: La Alberca de Záncara, Alconchel de la Estrella, Atalaya de Cañavate, Belmonte, Cañada Juncosa, Cañavate, Carrascosa de Haro, Casas de los Pinos, Castillo de Garcimuñoz, Los Hinojosos, Honrubia, Hontanaya, Las Mesas, Monreal del Llano, Mota del Cuervo, Osa de la Vega, El Pedernoso, Las Pedroñeras, Pinarejo, El Provencio, Rada de Haro, San Clemente, Santa María de los Llanos, Santa Mª del Campo Rus, Torrubia del Castillo, Tresjuncos, Vara de Rey, Villaescusa de Haro, Villalgordo del Marquesado, Villamayor de Santiago y Villar de la Encina.

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BORRADOR Reglamento del Consejo Comarcal de Participación Ciudadana de los municipios de El Záncara. 3.- OBJETIVOS Los objetivos que persigue este órgano de participación son:

Dar a conocer el proceso de Agenda 21 Comarcal a la ciudadanía.

Ser el organismo de participación ciudadana permanente de seguimiento de este modelo de desarrollo comarcal establecido por la ciudadanía.

Informar, discutir y consensuar sobre el proceso de elaboración de la Agenda 21 y su repercusión en la labor cotidiana de los entes locales.

Generar un sentimiento de proyecto de futuro común entre los diferentes municipios.

Fortalecer la identidad comarcal de la Comarca El Záncara.

4.- FUNCIONES DEL CONSEJO Las funciones principales del Consejo Comarcal de Participación son las de debatir propuestas en materia de desarrollo local incluidas en el Plan de Acción de la Agenda 21 Comarcal, canalizar quejas y sugerencias de la ciudadanía, emitir informes y elevar propuestas de actuaciones a las administraciones competentes. A título orientativo se señalan específicamente las siguientes:

• Canalizar y articular la participación ciudadana en el ámbito comarcal, basándose en las conclusiones obtenidas en el resto de los órganos de participación comarcal (mesas temáticas). •

Promover el consenso entre los distintos agentes sociales.

Fomentar la colaboración entre las diversas entidades e instituciones públicas con capacidades y competencias en el desarrollo sostenible de la comarca.

Revisar y debatir los acuerdos alcanzados y las actuaciones planteadas en el Plan de Acción Comarcal.

Emitir informes y formular por escrito propuestas de actuación respecto a asuntos concretos, debiéndose especificar el órgano concreto a quien van dirigidas, y en los casos que sea posible, las vías de financiación propuestas si de la misma se derivasen obligaciones económicas.

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BORRADOR Reglamento del Consejo Comarcal de Participación Ciudadana de los municipios de El Záncara. •

Proponer la creación de grupos de trabajo o procesos participativos sobre temas concretos.

• Cualquier otra función que le sea atribuida normativamente o se desprenda de su naturaleza de órgano colaborador, asesor y de participación.

5.- COMPOSICIÓN Y ESTRUCTURA DEL CONSEJO Tendrán la consideración de miembros del Consejo Comarcal de Participación Ciudadana de El Záncara: •

Cualquier ciudadano o ciudadana que habite y/o realice sus actividades profesionales en el ámbito territorial de la Comarca de El Záncara.

Representantes de asociaciones, organizaciones o entidades que actúen en el ámbito territorial de la Comarca El Záncara.

Representantes de los Foros Ciudadanos de carácter Local y representantes de las Mesas temáticas.

• El Comité Técnico Comarcal de la Agenda 21 y Participación Ciudadana podrá acordar solicitar la participación continua o puntual de cuantas personas e instituciones considere, a juicio de ayudar a mejorar el desarrollo de las funciones del Consejo Comarcal de Participación. Normas reguladoras de los miembros: •

Los miembros del Consejo Comarcal de Participación deberán manifestar por escrito su voluntad de pertenecer al mismo mediante la cumplimentación de la ficha de inscripción.

La asistencia puntual a las sesiones del Consejo Comarcal de Participación no otorgará la condición de miembro del mismo.

Los miembros del Consejo Comarcal de Participación que asistan en calidad de representantes de colectivos o entidades concretas, podrán delegar su asistencia en otros miembros del colectivo correspondiente.

La condición de miembro del CCPC no dará derecho a retribución económica.

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BORRADOR Reglamento del Consejo Comarcal de Participación Ciudadana de los municipios de El Záncara. En el seno del Consejo Comarcal de Participación deberán crearse los siguientes cargos: •

Presidente.

Cuyas funciones son las siguientes: 1. Ostentar la representación del CCPC y trasladar las propuestas surgidas de sus sesiones a la Junta Directiva de ADI Záncara. 2. Establecer las reuniones ordinarias y extraordinarias y fijar el orden del día teniendo en cuenta, en su caso, las peticiones de los demás miembros formuladas con la suficiente antelación. 3. Presidir las reuniones, moderar el desarrollo de los debates y suspenderlos por causas justificadas. 4. Las demás que correspondan al CCPC y no estén atribuidas por estas normas a otro miembro del mismo. •

Vicepresidente:

Funciones 1. Ejercerá las funciones del presidente en su ausencia •

Secretario:

Funciones 1. Asistir a las reuniones con voz y voto 2. Levantar y extender el acta de las sesiones del CCPC. 3. Expedir certificaciones de las consultas, actas, dictámenes y acuerdos aprobados con el visto bueno del presidente. 4. Cuantas otras funciones sean inherentes a su condición de secretario. •

Técnicas de Medio Ambiente y Agenda 21 Local

Funciones 1.

Responsables de los servicios comarcales, solicitando y emitiendo los informes o documentos pertinentes para asegurar el adecuado grado de información del proceso participativo.

2. Asistir a las reuniones.

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BORRADOR Reglamento del Consejo Comarcal de Participación Ciudadana de los municipios de El Záncara. En definitiva, la asignación de las funciones del CCPC debe entenderse desde un sentido positivo, es decir, entendiendo que se invita a sus futuros miembros a participar y colaborar en la detección de problemas, análisis de sus causas, presentación de iniciativas, sugerencias y búsqueda de soluciones en un marco de creación conjunta de una estrategia de sostenibilidad para todos los municipios. Por tanto, se espera de los Miembros del Consejo Comarcal de Participación Ciudadana una actitud constructiva en el proceso que simultanee lo particular con lo global, tanto en el análisis de los problemas como en la aportación de soluciones.

6.- FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO El Consejo Comarcal de Participación Ciudadana se reunirá al menos dos veces al año, en sesión ordinaria y tantas veces como sea convocado por ADI Záncara a iniciativa propia o previa solicitud de los miembros del Consejo. Mesas de temáticas de trabajo: Tal y como se recoge en los Estatutos de ADI Záncara, y en el procedimiento de gestión del nuevo Programa de Desarrollo Rural Comarcal, las mesas temáticas creadas a tal efecto serán aprovechadas en el funcionamiento de este Consejo: 1.

Promoción y Empleo

2.

Diversificación Agraria

3.

Gestión Integral del Medio Ambiente

4. Infraestructuras y Servicios para el desarrollo sostenible de la comarca. 5.

Cooperación y Redes.

6.

Mesas temáticas transversales: a.

Dinamización y Participación. Mujeres y Jóvenes.

b.

Formación.

c.

Nuevas tecnologías de la Información y la Comunicación.

d. Financiación

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BORRADOR Reglamento del Consejo Comarcal de Participación Ciudadana de los municipios de El Záncara. Funciones de las mesas: •

Estudiar una temática específica, analizando, proponiendo, debatiendo y decidiendo propuestas y soluciones sobre cuestiones prácticas relacionadas con dicha área.

Elaborar documentos de trabajo, informes, memorias y exposición de dicha información para el Consejo Comarcal de Participación Ciudadana y la Junta Directiva de ADI Záncara.

Composición: Cada mesa de trabajo temática estará constituida por los representantes de los colectivos inscritos, ya sean asociaciones o todo aquel ciudadano/a que a título individual y sin representar a ningún colectivo decida pertenecer a estas mesas. No obstante, para ser considerado como miembro de una mesa de trabajo es necesario estar inscrito en el Consejo Comarcal de Participación Ciudadana. Reuniones: Cada mesa fijará libremente su dinámica de reuniones y la convocatoria de las mismas podrán ser remitidas por correo electrónico y correo convencional como mínimo con una semana de antelación. De cada reunión se levantará el acta correspondiente que se leerá y aprobará en la sesión posterior. En las reuniones se decidirá el lugar y hora de la próxima sesión. Régimen de acuerdos:

• Los acuerdos se adoptarán por consenso de los miembros presentes en la Sesión del CCPC. Quedando como 2ª opción la votación para adoptar los acuerdos, entendiéndose que existe esta mayoría cuando los votos afirmativos sean más que los negativos. •

Cada miembro tendrá derecho a un voto, incluido el Presidente.

7.- MODIFICACIÓN

• Cualquier modificación de las presentes Normas habrá de ajustarse a los mismos trámites para su aprobación, es decir, en la Asamblea General.

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