la nueva PAC
El pasado 10 de octubre tuvo lugar en Alcázar de San Juan (Ciudad Real) las Jornadas Técnicas sobre cómo gestionar las ayudas de la PAC 2015. En las jornadas, se analizaron el Borrador del Real Decreto de Asignación de Derechos de Pago Básico y el Borrador del Real Decreto de Aplicación de los Pagos Directos de 2015, además de analizar el Programa de Desarrollo Rural enviado a Bruselas.
Nuria Villanueva, técnico sectorial de Cooperativas Agro-alimentarias
Claves de la Reforma de la PAC
En el momento de redactarse este artículo estábamos a la espera de la publicación del Real Decreto de aplicación de pagos directos para 2015, y también a la espera de la publicación del Real Decreto sobre asignación de derechos de régimen de pago básico de la PAC, ambos en versión de borrador de consulta pública. Estos decretos establecerán la aplicación concreta de la PAC 2015-2020 en España, y pueden variar antes de su publicación en muchos aspectos, pero lo que no va a variar son los conceptos principales de la reforma y su estructura básica. El nuevo sistema de pagos directos para 2015 supone, como es sabido, la transición del régimen de pago único al régimen de pago básico. Para los actuales perceptores de la PAC el pago básico será aproximadamente de media el 58% de las ayudas directas de 2014 (no hablamos de pago único, sino de ayudas directas del primer pilar). Aunque ese porcentaje puede oscilar entre el 55 y el 62%. A su vez el greening será un poco más de la mitad del pago básico (concretamente el 52%). Esta cuantía se irá completando para cada productor con las ayudas del régimen de jóvenes (si es Octubre-Noviembre 2014 | Nº 89
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el caso) o con las ayudas asociadas que hay en diversos sectores agrícolas y ganaderos. Así estos dos componentes se cobrarán o no en función de la tipología de cada explotación.
La primera asignación de derechos Podemos acceder al sistema de derechos de pago básico por tres vías: 1. La primera asignación
Condiciones para acceder al pago básico y a los pagos directos Para poder recibir pagos directos a partir de 2015 hay que cumplir la figura de agricultor activo, que sólo se exigirá cuando el agricultor reciba más de 1.250 € en ayudas directas PAC. Para este tipo de agricultor o ganadero las ayudas directas (las del primer pilar de la PAC) no pueden representar más del 80 % del total de ingresos agrarios. Los ingresos agrarios que sean distintos de los pagos directos (como son ventas de producto, ayudas FEADER, resto ayudas FEAGA, subvenciones ENESA, indemnización de Agroseguro…) no deben ser inferiores al 20 % del total de ingresos agrarios. La comprobación de dicha proporción de ingresos se hará con el ejercicio fiscal más reciente, en este caso 2014. Eso sí, si es necesario, pueden comprobar años anteriores para ver si el agricultor es activo. Incluso se puede presentar documentación (facturas, contratos, etc.) para demostrar que cumple la condición de activo si con los datos fiscales no le es posible dicha demostración. Además el agricultor deberá cumplir una actividad agraria mínima en su explotación, lo cual se traduce en que el titular deberá declarar en su solicitud de ayuda el cultivo o aprovechamiento de las tierras de cultivo y cultivos permanentes (olivar, viña y frutales). En el caso de los recintos de pastos, habrá que indicar si los mismos van a ser objeto de mantenimiento mediante pastoreo u otras técnicas, como el desbroce o la siega dependiendo del tipo de pasto. 24
2. Transferencia de explotación que incluyan la firma de ciertas cláusulas por parte del cedente (cláusulas valor y llave). 3. Alegación por causas de fuerza mayor. • En lo que concierne a la primera asignación de derechos de pago básico (DPB) en 2015, los agricultores deberán solicitar su inclusión en el sistema de pago básico en la PAC 2015 junto con hectáreas admisibles. Además deberán haber sido perceptores de ayudas directas en la Solicitud Unificada 2013 (antes de reducciones y exclusiones) con hectáreas admisibles determinadas en dicha solicitud (a esto se le llama en el argot de las ayudas tener la “llave 2013”). • También se puede acceder a la primera asignación de derechos de pago básico si han percibido derechos de pago único en 2014 por asignación de Reserva Nacional. • También se puede participar de la primera asignación de DPB en 2015 solicitando reserva nacional 2015 bajo los nuevos supuestos (joven agricultor, nuevas incorporaciones a la actividad agraria bajo determinadas condiciones, sentencia o acto administrativo firme, expropiación, causas de fuerza mayor reflejadas en la norma). Pero además de la primera asignación de derechos de pago básico se pueden tener acceso al sistema de ayudas porque reciba-
mos una transferencia de explotación en determinadas condiciones: • Aquellas transferencias de explotación realizadas antes del 15 de mayo de 2014 que hubiesen transferido junto con las tierras el valor de los derechos de pago único serán contempladas de oficio y el cesionario ya generará los derechos de pago básico y por tanto entrará en el sistema. • En el caso de las compras o arrendamientos de tierras a partir del 16 de mayo de 2014, si el cesionario de la explotación quiere incorporar junto a las hectáreas compradas o arrendadas el valor de los derechos, se requerirá la firma del cedente, a través una cláusula adjunta al contrato: el borrador de decreto incluye un modelo de cláusula para ayudar a los titulares de explotaciones que estén en este caso. La cláusula se llama en el argot de las ayudas “clausula valor”. Si además el cesionario (por ejemplo el comprador o el arrendatario) no hizo PAC en 2013, o no recibió derechos con tierras en 2014, será necesario incluir otra cláusula más en el contrato, la llamada “clausula pagos” o llave, para tener la llave de entrada al sistema. La tercera manera de entrar en el sistema, si por alguna causa reconocida nos quedamos fuera de la casuística anterior, es presentar una alegación por causa de fuerza mayor, y también una solicitud a la reserva nacional de pago básico en 2015. Son pocos los casos contemplados en este apartado, pero como novedad además de los casos habituales contemplados en el reglamento (fallecimiento, incapacidad, catástrofe natural grave, etc.) se incluye que no se le haya realizado la PAC al titular en 2013 por causas ajenas a su responsabilidad, previa demostración de tal hecho.
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Otros aspectos importantes: pagos mínimos, regionalización, capping El importe mínimo para poder recibir ayudas directas se fijará en 2015 en 100€, 200€ en 2016, y 300€ en 2017. Los pagos superiores a 150.000 tendrán una reducción del 5%. En el caso de cooperativas y SAT, la reducción se aplicará a nivel de socio. El modelo de regionalización propuesto por el Ministerio para la aplicación del régimen de pago básico en España se basa en los importes de ayuda recibido en cada comarca agraria, y dentro de cada comarca, en el uso de las superficies agrícolas en cuatro categorías principales: cultivos de secano, cultivos de regadío, cultivos permanentes y pastos. Esta división da por resultado 1.304 subcomarcas, por lo que para simplificar el sistema se ideó el concepto de región PAC, que no es más que el conjunto de subcomarcas (cultivos de secano, etc) con importes medios de ayuda similares.
De esta manera la nueva PAC contará con 24 regiones o estratos en los que se aplicará la convergencia a los derechos de pago básico que se asignen, hacia una ayuda media por región.
Además de la primera asignación de derechos de pago básico, se puede tener acceso al sistema de ayudas porque recibamos una transferencia de explotación en determinadas condiciones
El número de derechos de pago básico a asignar a cada agricultor vendrá dado por los importes de las ayudas directas cobradas en 2014 (pago único, 50% prima a la vaca nodriza y complementaria, rotación de secano, etc. que se le conoce como “mochila 2014”) entre el número de hectáreas menor de los declarados entre 2015 y 2013. Una vez que conocemos el importe individual de los derechos de cada agricultor, y el importe medio de la región o estrato donde se encuentra su explotación, se aplica la famosa “convergencia” que se llevará a cabo entre 2015 y 2019, conforme al esquema del gráfico:
Fuente: presentación MAGRAMA 2014
Para poder recibir pagos directos a partir de 2015 hay que cumplir la figura de agricultor activo
Para los actuales perceptores de la PAC, el pago básico será de 58% de media aproximadamente
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El greening o pago verde Al principio del artículo hemos referido que este pago será aproximadamente el 52% del pago básico (y a él se dedicará el 30% del presupuesto nacional). Por tanto hablamos de un aspecto importante que afecta directamente a la alternativa de siembras 20142015 en las explotaciones de la región. Citemos en primer lugar que las superficies cultivadas de agricultura ecológica, así como la de cultivos permanentes (viñedo, olivar, almendros…) cumplen directamente el pago verde. Los agricultores acogidos al régimen de pequeños agricultores (aquellos que reciben menos de 1.250€ en ayudas directas) también tendrán derecho automático a este pago. Por tanto, afecta a las tierras de cultivo (usos TA y TH en SIGPAC) y a los pastos (usos PA, PR y PS) y los requisitos para la percepción del greening son: - Diversificación de cultivos - Mantenimiento de pastos
- Respetar unas superficies de interés ecológico El incumplimiento de alguno de los tres requisitos, supondrá no cobrar la totalidad del greening. En principio no afectará al pago básico, pero este aspecto genera cierta controversia. - Diversificación de cultivos: en explotaciones que cuenten con una superficie de tierras de cultivo de entre 10 y 30 has habrá que tener 2 cultivos diferentes, sin que el principal suponga más del 75 % de la tierra de cultivo. Cuando tengamos más de 30 has, deberemos establecer al menos 3 cultivos diferentes, sin que el principal suponga más del 75% y los dos principales juntos no supongan más del 95% de la tierra de cultivo. Se consideran cultivos distintos los barbechos, los distintos géneros botánicos (p.e. trigo y cebada son distinto género), las distintas especies en el caso de solanáceas, brassicas y cucurbitáceas, así como la hierba y otros forrajes herbáceos.
- Superficies de interés ecológico: este requisito se aplicará en las tierras de cultivo y garantizará que cuando la explotación cubra más de 15 has, al menos el 5% de dicha tierra de cultivo sean superficies de interés ecológico (SIE). Se consideran SIE los barbechos (para computar como SIE no deben dar lugar a producción agraria alguna, por lo que, por ejemplo, no se podrán pastar), los cultivos fijadores de nitrógeno (leguminosas para consumo humano o animal, proteaginosas, leguminosas forrajeras) y finalmente, las superficies forestadas con un compromiso en vigor proveniente de los fondos FEADER. Hay que tener en cuenta que los cultivos fijadores de nitrógeno computan 0,7 por hectárea para llegar al 5% exigible, y que después de un cultivo fijador de nitrógeno no se admitirán en las superficies SIE ni un barbecho ni probablemente repetición de ese cultivo fijador si es anual (por confirmar).
Los expertos en Gestión de PAC de Cooperativas conocieron en profundidad la normativa para solventar todos los problemas al agricultor.
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Desde tu cooperativa te gestionamos sin incidencias y con eficacia la gestión de tu PAC.
Público asistente a las jornadas técnicas realizadas el pasado 10 de octubre.
Jóvenes agricultores y régimen de pequeños productores Existirá en esta nueva PAC una ayuda complementaria a los jóvenes agricultores, para la que se dedicará un 2% del presupuesto nacional aproximadamente, que les otorgará un importe del 25% del valor de sus derechos de pago básico. Su requisito obvio y más importante es no tener más de 40 años el año de la solicitud, haberse ins-
talado como máximo en los cinco años anteriores a la primera solicitud de pago básico, tener aprobado un expediente de incorporación, o bien ser titular de una explotación calificada como prioritaria. El límite máximo de superficie serán 90 has. A su vez el régimen de pequeños productores se instaurará en 2015 y consistirá en que los agricultores que reciban ayudas directas por un
importe inferior a 1.250€ quedarán automáticamente incluidos en este régimen que conlleva una serie de ventajas. Los pequeños productores quedarán exentos de cumplir el greening, la condicionalidad, y además no se les exigirá la figura de agricultor activo. Al ser de oficio la inclusión, en el caso de que el titular quiera seguir en el régimen “general”, deberán comunicarlo antes del 15/10/2015.
las nuevas ayudas acopladas Las ayudas acopladas que se han diseñado para la nueva PAC supondrán un 12% del presupuesto y se le destinarán aproximadamente 585 millones de euros. Es obligatorio ser agricultor activo para percibirlas, pero no es necesario tener derechos de pago básico. La mayor parte de los fondos van a ir destinados a los ganaderos, que se llevarán aproximadamente 490 millones € (84 %) y los agricultores, aproximadamente 95 millones de € (16 %).
oleaginosas, también penalizable en función de la superficie solicitada). Se beneficiarán los regadíos y superficies de rendimiento superior a 2 ton/ha. 2 Ayuda asociada a los frutos de cáscara (plantaciones elegibles de almendro, avellano y algarrobo, excluyéndose el pistacho). Se elimina el requisito de pertenecer a una OPFH, para poder percibir la ayuda.
La batería de ayudas acopladas para los agricultores son:
3 Ayuda asociada a las legumbres de calidad, con una ayuda base de 100 €/ha.
1 Ayuda asociada a los cultivos proteicos (afecta a leguminosas y proteaginosas para consumo animal con un importe de 60 €/ ha penalizable, y 40€/ha para
En el caso de las ayudas acopladas a la ganadería, se crea una batería de ayudas que substituyen a la antigua, y con ciertas variaciones en las condiciones de elegibilidad:
1) Ayuda asociada a la vaca nodriza 2) Ayuda asociada al ovino 3) Ayuda asociada al caprino 4) Ayuda asociada al vacuno de cebo 5) Ayuda asociada al vacuno de leche 6) Ayuda complementaria derechos especiales La novedad más relevante es que, para los ganaderos con derechos especiales en 2014 y que no cuentan con superficie admisible en 2015, se crea una ayuda complementaria para mejorar su situación. Los solicitantes tendrán que cumplir haber sido ganaderos con derechos de pago único (DPU) especiales en 2014 y no declarar superficie admisible en 2015 y siguientes (pueden tener DPU normales y/o Reserva nacional).
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La gran incógnita: las ayudas del Programa de Desarrollo Rural Aunque todas las ayudas, tanto las directas y asociadas como las de desarrollo rural, se solicitan a la vez (en la solicitud única 2015 que se hará a partir del 1 de marzo), la definición de las condiciones es mucho más provisional en el caso del desarrollo rural que en el caso del primer pilar de la PAC (todo lo anteriormente comentado). Las ayudas agroambientales son un buen ejemplo: su borrador se envió para revisión y aprobación por Bruselas en julio de este año, y estará sujeto a cambios durante un buen periodo, al menos hasta el periodo de solicitud de ayuda 2015 de manera muy probable. Con la provisionalidad advertida, las medidas agroambientales prediseñadas del borrador que conocemos son: • Apicultura para la mejora de la biodiversidad. Esta medida es similar a la del periodo anterior. Se incrementaría la UMCA al doble y posiblemente se pagaría la prima por colmena en vez de por hectárea. • Conservación de variedades vegetales autóctonas en riesgo de erosión genética. Esta medida es nueva en este periodo. Se empezaría a aplicar al albaricoquero de variedad Moniquí. • Conservación de razas autóctonas puras en peligro de extinción. Sería muy similar a la medida que ya existía en el periodo anterior. Es la única operación en la que la prima se podría paga por UGM. • Fomento del pastoreo en las explotaciones de ovino y/o caprino. Sería similar a la medida conocida como ovino pastoreo
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del periodo anterior. El sistema de explotación deberá ser extensivo. Deberán cumplir en este caso la carga ganadera de pastoreo.
• Prácticas agroambientales en el cultivo del girasol y otros cultivos herbáceos extensivos de secano para la protección de la avifauna esteparia y conservación de la biodiversidad. Sería una combinación de la antigua medida agro sistemas extensivos de secano y girasol agroambiental. Existen en la actualidad muchas dudas sobre las zonas de aplicación, cuantías, efecto de solapamiento con el greening etc. • Producción Integrada del olivar y el viñedo extensible a otros cultivos hortícolas. Esta medida sería novedad en este periodo. Los métodos a aplicar vendrán definidos en los reglamentos técnicos que están por publicar. • Mantenimiento de superficies con presencia de cultivos permanentes en paisajes singulares. Iría dirigida a cultivos como la vid, el olivo y los frutos de cáscara, pero en condiciones de cultivo y naturales muy determinadas. • La agricultura ecológica y la ganadería ecológica, tienen una mención independiente al resto de medidas en el nuevo PDR, y a diferencia del periodo anterior o de la antigua medida a la agricultura ecológica, el pago de la ayuda se realizaría única y exclusivamente por hectárea. Es posible que no se vaya a exigir el cumplimiento de la comercialización mínima del 20% como ecológico.