Reglas para la Medición e Inspección de Madera Dura Americana

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NORMAS PARA LA MEDICIÓN E INSPECCIÓN DE MADERA DURA Y CIPRÉS Además el código de ventas y reglamento de inspección de la NHLA

En vigor a partir del 1° de enero de 2019

RAÍCES FUERTES. ALCANCE GLOBAL.

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Copyright © 2019 by National Hardwood Lumber Association (NHLA) P.O. Box 34518 | Memphis, Tennessee 38184-0518 U.S.A. 6830 Raleigh LaGrange Road | Memphis, Tennessee 38134 U.S.A. (901) 377-1818 | (901) 382-6419 Fax info@nhla.com | www.nhla.com AVISO DE COPYRIGHT (DERECHOS DE AUTOR) Estas instrucciones para la orientación de los inspectores de madera en la medición e inspección de la madera dura y el ciprés se formularon y adoptaron por la National Hardwood Lumber Association. Están protegidos por derechos de autor a nombre de la Asociación, lo que no permitirá ninguna violación de sus derechos en virtud de la ley de derechos de autor. En el caso de una diferencia en la traducción, la versión en inglés prevalecerá.

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TABLA DE CONTENIDOS Página Prólogo

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Normas de inspección oficiales

Instrucciones generales Métodos utilizados al aplicar las reglas de inspección

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Clasificaciones estándar (sujetas a las instrucciones generales)

14

Inspección estándar por especies

22

Inspección de madera de Ciprés

41

Madera dura tropical

54

Inspección de madera estufada

57

Inspección de madera aserrada

59

Clasificaciones combinadas especiales y de superficie (cara)

59

Lote con dimensiones para muebles

60

Tirantes

61

Madera dura para construcción

65

Servicio de Inspección nacional

71

Reglamento de inspección nacional original Reglamentos y Garantías de Reinspección Nacional

72 76

Código de ventas NHLA

78

Definiciones

85

Tabla métrica de conversión

88

Índice de maderas

89

Índice misceláneo

92

Consejos y atajos

95

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PRÓLOGO La madera dura proviene de árboles sustentables cultivados de regeneración autónoma no conífera. La mayoría son de hoja ancha y de hoja caduca, aunque hay algunas excepciones. La madera blanda se produce a partir de árboles coníferos que son predominantemente portadores de agujas y no caducas o de hojas siempre verdes. Debido a las diferentes cualidades inherentes, características de crecimiento y usos finales de las maderas duras en comparación con las maderas blandas, sus métodos de clasificación son sustancialmente diferentes. En general, una tabla de madera blanda se clasifica como una pieza completa, mientras que una tabla de madera dura se clasifica en su contenido utilizable, aparte de cualquier parte que pueda considerarse indeseable para su uso, como nudos, presencia de corteza, falta de madera, rajaduras, etc. Las clasificaciones de madera dura se han adoptado para establecer el valor comparable de la tabla y para proporcionar al usuario un estándar en el que pueda basar su compra para un uso final en particular. Un fabricante de sillas puede utilizar una tabla que contenga piezas sanas más angostas y pequeñas (cortes), mientras que un fabricante de cajas o productos puede requerir cortes más largos o más anchos, o ambos. Las reglas de clasificación son de mayor ventaja ya que se aplican en general a todas las especies con ciertas excepciones. Se han establecido otras reglas para usos finales particulares, como de piano, chapas de madera, paneles, y para tipos particulares de construcción donde la resistencia y el tamaño pueden ser un factor importante. Las reglas son el resultado de un largo y cuidadoso estudio realizado por madereros en colaboración con el usuario, con el objetivo de proporcionar la mejor información disponible, los productos, la conservación de la madera de la que se corta y el mantenimiento de un lenguaje maderero de términos y especificaciones que permiten una reunión fácil y comprensible de los compradores y vendedores en cualquier lugar y para cualquier uso que se requiera. Como consecuencia, las reglas se utilizan universalmente con una confianza bien fundamentada. La codificación subyacente de las reglas se realizó con la formación de la National Hardwood Lumber Association (Asociación Nacional de Maderas Duras) en 1897 y desde entonces se ha revisado o ampliado para reflejar las necesidades de la industria con el asesoramiento de un comité permanente que representa a las distintas especies y áreas de producción. La Asociación ofrece cursos de instrucción a corto plazo y una escuela de capacitación de tiempo completo disponible para miembros y no miembros por igual para que se pueda lograr un entendimiento completo y uniforme y la aplicación de las reglas.

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Para fomentar los intereses y brindar protección al comprador y al vendedor de maderas duras, la Asociación cuenta con un personal de inspectores altamente calificados cuyos servicios están disponibles a pedido de miembros y no miembros. Sus funciones son clasificar la madera según se especifica en la orden escrita que se les entrega según las normas nacionales y proporcionar, cuando corresponda, un certificado que cubra su trabajo. Dichos certificados están garantizados financieramente por la Asociación tal como están cubiertos por las normas que regulan su emisión. Desde la adopción de las primeras reglas de la madera dura, no se ha producido ninguna alteración importante de las normas que no haya sido provocada por un cambio notable en el carácter del suministro de madera dura. Los operadores de madera dura tienen conciencia de la obligación de esforzarse por hacer que las reglas tengan una relación razonable y práctica con la calidad general del suministro de madera disponible. La conservación se promueve mediante el mantenimiento de este tipo de relación sensible entre las reglas de la madera y la materia prima a partir de la cual se produce la madera. Antes de que se modifique una regla o se adopte una nueva, la propuesta se considera cuidadosamente por el Comité de Reglas, compuesto por madereros expertos y con experiencia. Si la propuesta pasa el escrutinio de este Comité, la membresía activa de la Asociación la debate y la vota. Si la propuesta se aprueba por mayoría de dos tercios, se convierte en oficial y se incluye en las Reglas. Se recomienda un estudio del Código de Ventas. Fue escrito por madereros prácticos de amplia experiencia y altos valores morales. Como se verá en el preámbulo, su uso está diseñado para crear una base de comprensión general y para proporcionar un medio viable para la solución de controversias sin recurrir a un litigio. Sus disposiciones se estipulan en un número cada vez mayor de contratos de compra y venta. La clasificación y medición de la madera dura no es un asunto sencillo y no debe realizarse a la ligera. Aconsejamos una revisión y estudio constante de las reglas individuales, incluso para quienes las utilizan constantemente. Ninguna regla o norma puede ser verdaderamente efectiva a menos que se entienda y se aplique correctamente. Lo presentado en las siguientes páginas ha pasado la prueba del tiempo y de un mercado exigente. Han servido como patrón para otros y son un ejemplo sobresaliente de los esfuerzos decididos de una industria grande y básica para dirigir sus asuntos en el edicto más profundo de todos los tiempos: La Regla de Oro.

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INSTRUCCIONES GENERALES 1. Se instruye a los inspectores para que estudien estas reglas cuidadosamente y utilicen su mejor juicio para aplicarlas, pero no permitirán que su juicio sustituya cualquiera de las especificaciones contenidas en las reglas. 2. Toda la madera se inspeccionará de acuerdo con estas reglas, según se define en las Instrucciones generales y la Inspección estándar, a menos que se especifique lo contrario. Las reglas definidas en las clasificaciones especiales combinadas y de cara solo se aplicarán cuando se especifique en el contrato entre el comprador y el vendedor. Las reglas bajo la Inspección estándar y la Inspección especial no se aplicarán en ningún contrato que especifique nombres de clasificaciones diferentes a los que se enumeran en este documento, excepto por un contrato especial entre el comprador y el vendedor. 3. Las excepciones a las Instrucciones Generales y las clasificaciones estándar se establecen bajo el título de las respectivas especies y clasificaciones. 4. La madera se inspeccionará y medirá según lo encuentre el inspector, de longitud completa, anchura y espesor. No habrá ninguna tolerancia con el propósito de elevar la clasificación, excepto aquellos defectos en tabla áspera, falta de madera (Wane) y otros defectos que puedan eliminarse al cepillarse hasta un espesor estándar. Nada en este documento se interpretará como una prohibición del exportador para mejorar la clasificación o aspecto de la madera en el momento o antes del envío. La clasificación de superficie determinada por el rendimiento de corte lo establecerá primero el inspector, después de lo cual se determinará el espesor. El espesor no determina la clasificación. Después de determinar la clasificación y el espesor, se deben considerar las características especiales, como la cantidad de grano radial de cuarenta y cinco grados para la clasificación como madera aserrada en cuartos y la cantidad de la figura como se especifica para maderas con dibujo y algunas maderas en cuartos. 5. La clasificación se determinará a partir del lado deficiente de la pieza, excepto cuando se especifique lo contrario. En las clasificaciones de corte, el lado deficiente de la tabla está determinado por el lado con la clasificación inferior, o si ambos lados tienen la misma clasificación entonces de determinará por el lado con el menor número de unidades de corte. Al determinar el lado deficiente de una tabla, clasifique cada cara de forma independiente sin tener en cuenta el lado reverso de los cortes. Una vez que se ha determinado el lado deficiente de la tabla, deberá verificar que el reverso de la tabla esté sano.

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5 6. Estas reglas definen la pieza más deficiente en cualquier calificación estándar o especial dada, pero las clasificaciones respectivas contendrán todas las piezas hasta la siguiente clasificación estándar o especial superior tal como se define en estas reglas. 7. Todos los anchos, longitudes y espesores mencionados en estas reglas deberán ser incluyentes. Estas reglas no definen anchos o longitudes promedio estándar y, en todos los casos, un ancho o longitud promedio específico o un porcentaje específico de cualquier ancho o longitud o grupos de anchos o longitudes es obligatorio, corresponde al comprador especificar lo mismo en el contrato.

Fabricación 8. La madera aserrada debe fabricarse adecuadamente de buena anchura y longitud promedio. Debe cortarse y recortarse con cuidado para producir la mejor apariencia posible al tiempo que se conserva el producto utilizable del tronco. Los envíos de madera en bruto admitirán el 25% de la madera cepillada cuando sea del espesor especificado en bruto. Los contratos para la madera verde deben especificar las dimensiones requeridas para permitir la contracción en el secado.

Madera mal cortada 9. La madera áspera se clasificará para Espesor Estándar según la medida tomada en el corte más delgado utilizado para establecer la clasificación. Si hay una mayor variación en el espesor en toda la longitud de la pieza que la que se muestra en la siguiente tabla, la tabla se clasificará como madera mal cortada. • 3/8 “, 1/2”, 5/8 “y 3/4”

menos 0”/ más 3/16”

• 4/4 y 5/4

menos 0”/ más 1/4”

• 6/4 y 7/4

menos 0”/ más 3/8”

• 8/4, 10/4 y 12/4

menos 0”/ más 1/2”

• 14/4 a 24/4

menos 0”/ más 5/8

Al determinar la variación en el espesor de la madera aserrada en cuartos, no se incluirá escases de espesor de 1/16” y 1/8” admitido en esas especies según el párrafo 36.

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Ancho mínimo 10. El noventa por ciento de los anchos mínimos mencionados en todas las clasificaciones de madera será de ancho completo; el diez por ciento restantes pueden tener un ancho de hasta 1/4”. Esta regla también se aplica a cada ancho del material y a cualquier ancho específico. El ancho de la pieza se determina en el punto más estrecho de la longitud estándar con un borde aserrado.

Anchos especificados S1E o S2 11. La madera aserrada de anchura especificada, áspera o cepillada, de uno o dos lados, cuando se cepilla por uno o dos bordes deberá tener una merma de 3/8” con respecto al ancho nominal en madera de menos de 8” de ancho y 1/2” de merma del ancho nominal de Madera de 8” y más ancha.

Longitudes estándar 12. Las longitudes estándar son: 4’, 5’, 6’, 7’, 8’, 9’, 10’, 11’, 12’, 13’, 14’, 15’ y 16’.

Espesores estándar 13. Los espesores estándar para madera áspera son: 3/8”, 1/2”, 5/8”, 3/4”, 1”,1-1/4”, 1-1/2”, 1-3/4”, 2”, 2-1/2”, 3”, 3-1/2”, 4”, 4-1/2”, 5”, 5-1/2”, y 6”. Una pulgada y más gruesa también se puede expresar en cuarto de pulgada como sigue: 4/4, 5/4, 6/4, 7/4, 8/4, 10/4, 12/4, 14/4, 16/4, 18/4, 20/4, 22/4 y 24/4. Espesor estándar para madera cepillada 14. Los espesores estándar para madera cepillada se calculan restando 3/16” del espesor estándar para madera áspera de 1-1/2” de espesor o menos y restando 1/4” para tablas de entre 1-3/4” y 4” de espesor como sigue: Áspera 3/8” 1/2” 5/8” 3/4” 1” 1-1/4” 1-1/2”

Cepillada S2S a 3/16” S2S a 5/16” S2S a 7/16” S2S a 9/16” S2S a 13/16 S2S a 1-1/16 S2S a 1-5/16”

Áspera 1-34” 2” 2-1/2” 3” 3-1/2” 4”

Cepillada S2S a 1-1/2” S2S a 1-3/4” S2S a 2-1/4” S2S a 2-3/4” S2S a 3-1/4” S2S a 3-3/4”

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7 15. El espesor de la madera cepillada a una sola cara, estará sujeto a un contrato especial.

Medida & cálculo 16. Pie tabla es la unidad de medida de la madera. Un pie tabla tiene 12” de ancho por 12” de largo y 1” de espesor (144 pulgadas cúbicas) o su equivalente. La medida de superficie es la unidad de medida para expresar el número de pies cuadrados en la superficie de una tabla sin tener en cuenta el espesor. La medida de superficie se expresa en pies completos y se redondea hacia arriba o hacia abajo al número entero más cercano cuando se calcula. Los pies tabla se calculan multiplicando la medida de la superficie por el grosor estándar, excepto cuando el espesor estándar sea menor a 1”, se miden como 1”. En madera de ancho aleatorio medida con una regla de clasificar, las fracciones de un pie por debajo de la mitad disminuyen y las fracciones de un pie más altas que la mitad se ascienden al siguiente pie entero más alto. Los anchos que quedan a la mitad del pie se cuentan alternativamente al siguiente pie más alto o más bajo. En longitud estándar, las fracciones de pie arriba de la longitud estándar se eliminan y se considerará la longitud inmediata inferior. En madera cepillada, los pies tabla se miden antes del cepillado. A menos que se especifique lo contrario, la referencia a los porcentajes se aplica a los pies tabla y no al número de piezas. Consulte la página 57 para conocer las normas de medición relativas a la madera estufada. Nota: La medición o conteo final, o bien “End Tally”, se refiere al método de medición de los pies tabla donde la madera se calcula en una base de 12 pies como se describe en el párrafo 21, excepto que todos los anchos se toman por los extremos de las tablas después de que la madera se haya estibado. Se reconoce que habrá algunas diferencias menores en el cálculo del conteo final al usar el método de “medición por tabla”. En los casos de disputa en el pietaje causada por el uso de ambos métodos de medición, el pietaje determinado por la “medida por tabla” prevalecerá. 17. La madera con estrechamiento en un extremo se medirá en un tercio de la longitud de la pieza desde el extremo estrecho para medir la superficie y para registrar el material de archivo en los largos de largo y ancho. 18. La madera de anchos aleatorios de las clasificaciones y espesores estándar deben medirse de la superficie y esta cuenta debe ser el número de pies, medida por tabla, en madera de 1”. En la madera de grosor mayor a 1” el conteo obtenido se multiplica por el grosor estándar expresado en pulgadas y fracciones de pulgada.

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8 Excepto los cuadrados, la madera aserrada de menos de 1” de espesor se contará como medida de superficie. 19. Las tiras y los anchos de estibas se deben calcular y contar a partir de sus anchos y largos nominales especificados. 20. Los dimensionados ásperos se contarán a partir del tamaño nominal especificado. Cuando se cepille, se contará a partir del tamaño nominal áspero requerido en su fabricación.

Conteo con base en 12 pies 21. Los términos “conteo de exportación”, “conteo de ancho y longitud” y “conteo con base en 12 pies” son sinónimos. El término “conteo con base en 12 pies” es más definitivo porque el ancho de la madera de 12’ es la misma medida de superficie en la regla de graduación. Sobre esta base, las longitudes se cuentan por separado. Al calcular los anchos, las piezas que miden justo una media pulgada arriba o abajo se cuentan alternativamente a partir del siguiente ancho superior o inferior. Las fracciones por debajo de la media pulgada se reducen al ancho inferior y las fracciones por encima de la media pulgada se cuentan como el siguiente ancho superior. Una vez que se calcula la cuenta, se agrega o se resta la fracción apropiada para obtener la medida correcta, por lo tanto: para las longitudes de 4’, divida el total por 3; 6’ dividir por 2; 8’ restar 1/3; 9’ restar 1/4; 10’ restar 1/6;11’ restar 1/12; 13’ añadir 1/12; 14’ añadir 1/6; 15’ añadir 1/4; 16’ añadir 1/3; 5’ y 7’ se multiplican por la longitud y se dividen por 12. Un método corto para calcular el ancho y el largo es multiplicar el ancho por el número de piezas para cada ancho. Multiplique este total por la longitud de las piezas y divídalo por 12. Si la madera es más gruesa que una pulgada, multiplique por el espesor. Este método de conteo no debe confundirse con los conteos de ancho de estiba como: 1 x 6”, 1 x 8”, etc.

Grietas de temporada 22. Las grietas de temporada se consideran un defecto común y se admiten en cortes de cara limpia siempre y cuando desparezcan con el cepillado. Las grietas de temporada que no dañan la resistencia de la pieza se admiten en los cortes sanos y en las clasificaciones de construcción.

Duramen y albura 23. Se admite la albura o duramen sin límite a menos que se especifique lo contrario. Los contratos para calidades especiales bajo una especificación de duramen o albura deberán indicar el porcentaje máximo o mínimo de duramen o albura que se desee y cómo se calculará, ya sea en anchura, longitud, circunferencia, área facial o superficie.

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Manchas de hongo 24. La manchas de hongo no se admitirán en los cortes de cara limpia, a menos que desaparezca con el cepillado hasta el espesor estándar para la madera cepillada, excepto en las especies donde las reglas especifican que se admite la mancha. 25. Cuando una orden o contrato especifique “sin mancha”, la mancha no se admitirá a menos que desaparezca con el cepillado en el área de corte requerido hasta el espesor estándar para la madera cepillada. 26. La mancha, incluidas las marcas en las que la desintegración no se ha desarrollado lo suficiente como para suavizar o cambiar la dureza de la madera de manera perceptible, se admitirá en las clasificaciones de las especies donde se admiten las manchas específicamente o en las clasificaciones de las especies que especifican cortes sanos .

Líneas y manchas minerales 27. Se admitirán líneas y manchas minerales así como líneas y manchas de naturaleza similar en los cortes, a menos que se especifique lo contrario en las reglas de clasificación para las especies respectivas. Se admitirán las marcas de separadores de estiba que muestren una variación en el color pero que no contengan manchas.

Torceduras 28. Una torcedura es un remolino o torsión en el grano de la madera que generalmente ocurre cerca de un nudo pero no contiene un nudo. Las torceduras con centros sanos se admiten en los cortes, excepto cuando se especifique lo contrario.

Cortes 29. Es una porción de una tabla o tablón obtenidos por corte transversal u horizontal, o por ambos. En las clasificaciones comunes, un corte debe ser lo suficientemente plano como para poder cepillarse por ambos lados a grosor estándar. En las clasificaciones de Selectas y Mejores, toda la tabla debe ser lo suficientemente plana para poder cepillarla por ambos lados a grosor estándar (para conocer las limitaciones del cepillado consulte la sección “Clasificación de cara limpia” en la página 59). No se permiten los cortes diagonales.

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Corte de cara limpia 30. Esto se refiere a un corte que tiene una cara limpia (se admiten grietas de temporada ordinarias) y el reverso sano como se describe en “Cortes Sanos”. La cara limpia del corte debe estar en el lado deficiente de la tabla excepto cuando se especifique lo contrario.

Corte sano 31. Un corte libre de podredumbre, corazón o centro, golpes y falta de madera o corteza. La textura no se considera. Admitirá nudos sanos, picotazos de aves, manchas, vetas minerales o su equivalente, grietas de temporada que no afecten materialmente la resistencia del corte, hoyos de alfiler y hoyos de gusano. Se admiten otros orificios de 1/4” o más, pero se limitarán de la siguiente manera: un 1/4” de diámetro promedio en cada corte de menos de 12 unidades; dos 1/4” o una 1/2” por cada 12 unidades y en un solo lado de un corte.

Grieta 32. Una separación a lo largo de la madera que generalmente se extiende a través de los anillos del crecimiento anual y comúnmente resulta de tensiones acumuladas en la madera durante la temporada.

Vetas minerales 33. Una decoloración de olivo a negro verdoso o marrón de causa indeterminada en maderas duras.

Nudo sano 34. Un nudo que es sólido en su cara, duro como la madera circundante y no muestra indicios de descomposición.

Madera en cuartos 35. En especies donde no se requiere la figura, las piezas se considerarán divididas en cuartos cuando el 80% de la superficie de los cortes requeridos muestra el grano radial en un ángulo de 45° o menos en una cara. 36. En el diez por ciento de un embarque de madera aserrada cortada en cuartos cuando se envía en seco, los cortes necesarios pueden tener un grosor de 1/16” en un borde, siempre que el otro borde de los cortes tenga un grosor estándar completo en grosores superiores e incluyendo 7/4”; en 8/4” y más gruesos pueden tener una altura de 1/8” en un borde, siempre que el otro borde sea de espesor estándar completo.

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MÉTODOS UTILIZADOS AL APLICAR LAS REGLAS DE INSPECCIÓN 37. MÉTODO DE UNIDAD DE CORTE: el método utilizado para medir la cantidad de madera utilizable en tablas. Una unidad de corte mide 1” de ancho y 1 pie de largo o su equivalente. Hay 12 unidades de corte en 1 pie cuadrado o 1 pie de medida de superficie. Las unidades de corte se calculan multiplicando el ancho de un corte medido en pulgadas y fracciones de pulgada por la longitud medida en pies y fracciones de pie. La cantidad de unidades obtenidas en los recortes de una tabla se totaliza y se utiliza como un requisito en las clasificaciones individuales. Para determinar el número de unidades de corte requeridas por cada clasificación, la medida de la superficie se multiplica de la siguiente manera:

Requisito de rendimiento • 11.64/12 • 11/12 • 10/12 • 9/12 • 8/12 • 6/12 • 4/12 • 3/12

97% (91.67%) (83.33%) 75% 66.67% 50% 33.33% 25%

multiplique la medida de superficie por 11.64. multiplique la medida de superficie por 11. multiplique la medida de superficie por 10. multiplique la medida de superficie por 9. multiplique la medida de superficie por 8. multiplique la medida de superficie por 6. multiplique la medida de superficie por 4. multiplique la medida de superficie por 3.

Ejemplo: Una tabla de 9-3/8” de ancho por 16’ de largo contiene los siguientes cortes de cara limpia: 8-1/2” x 6 = 3” x 9-1/2 = 4” x 2-3/4 = 3 “x 3-1/3’ = Total =

51 unidades de corte 28-1/2 unidades de corte 11 unidades de corte 10 unidades de corte 100-1/2 unidades de corte

Los pies de la superficie de la tabla se cuentan 12, y el número de unidades de corte requeridas para un corte de 66-2/3% corte es 8 x 12 = 96 unidades de corte. Esta tabla contiene más de 66-2/3% de corte, por lo tanto, califica como No. 1 Común estándar, siempre que no contenga médula en exceso de la mitad de su longitud . 38. PARA DETERMINAR una sexta parte de la superficie de la pieza, multiplique el ancho por el largo por dos.

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12 Ejemplo: una tabla de poplar de 6” de ancho y 8’ de largo no podría exceder las 96 pulgadas cuadradas de mineral azul para calificar para FAS. 39. PARA DETERMINAR una sexta parte de la longitud de una tabla, multiplique la longitud en pies por 2. El resultado será el número requerido de pulgadas de longitud; por lo tanto, un sexto de la longitud de una tabla de 6’ es 12”. Un sexto de la longitud de una tabla de 7’ es 14”. 40. PARA DETERMINAR un tercio de la longitud de una tabla, multiplique la longitud por 4. El resultado será el número requerido de pulgadas de longitud. 42. PARA DETERMINAR 1/12 del área de corte requerida, la cantidad de pulgadas cuadradas permitidas es equivalente al número de unidades de corte requeridas para la clasificación. Ejemplo: Una MS (medida de superficie) de 6’ necesita 60 unidades de corte para FAS y se permitirían 60 pulgadas cuadradas de mineral en el encino rojo de FAS. 43. PARA DETERMINAR una vigésima cuarta parte del área de corte, divida el número de unidades de corte requeridas por dos. Ejemplo: Una MS de 6’ necesita 60 unidades de corte para FAS y se permitirían 30 pulgadas cuadradas de mancha mineral para el Maple blanco de FAS. 44. PARA DETERMINAR el ancho promedio de la madera aserrada medida en la base de 12’: Divida el ancho total en pulgadas por el número total de piezas. El resultado es el ancho promedio en pulgadas. 45. PARA DETERMINAR el ancho promedio de la madera cuando no se cuenta en base a 12’: marque los pies de la superficie de cada pieza en columnas separadas debajo de cada longitud. Después de totalizar los pies de superficie, se aplica la fracción apropiada para cambiar pies de superficie al ancho en pulgadas; así, para 4’ de longitud, multiplique la pies de superficie por 3; para 5 ‘multiplicar por 2-2/5; por 6’ multiplicar por 2; para 7’, multiplique por 1-5/7; por 8’ multiplicar por 1-1/2; para 9’ multiplicar por 1-1/3; por 10’ multiplicar por 1-1/5; por 11’ multiplicar por 1-1/11; para 12’ los pies de la superficie son los mismos que el ancho de la superficie; para 13’ restar 1/13; para 14’ restar 1/7; para 15’ restar 1/5; para 16’ reste 1/4. Cuando los pies de superficie se han trasladado al ancho en pulgadas, el método para determinar el ancho promedio de la madera aserrada en la base anterior es el mismo que para la madera aserrada en la base de 12’.

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13 46. PARA DETERMINAR la longitud promedio de la madera aserrada, multiplique el número de piezas por su longitud, que dará el total del pietaje lineal, y divida el resultado por el número total de piezas. Ejemplo: 10 piezas 10’ 8 piezas 12’ 6 piezas 14’ 12 piezas 16’ Total 36 piezas

= = = = =

100 pies lineales 96 pies lineales 84 pies lineales 192 pies lineales 472 pies lineales

Dividir 472 entre 36 es igual a 13.1’ de longitud promedio. 47. Para determinar el diámetro promedio de un nudo u orificio, sume la longitud máxima y la anchura máxima y divida entre dos. 48. Para determinar la cantidad de madera delgada obtenida por el reaserrado de una cantidad dada de varios espesores: • Para 5/4 reaserrados una vez, multiplique la medida de la superficie original por 2; • Para 6/4 reaserrados una vez, multiplique la medida de superficie original por 2; reaserrados dos veces multiplique por 3; reaserrados tres veces, multiplique por 4; • Para 8/4 reaserrados dos veces, multiplique la medida de la superficie original por 3. Nota: Cuando la madera se ha reaserrado y vendida como tal, las piezas obtenidas de la tabla original deben mantenerse juntas, inspeccionarse en las superficies externas y contarse como una sola pieza. Cuando las piezas no se mantienen juntas y no es posible inspeccionarlas como una sola pieza, entonces cada pieza debe ser inspeccionada y contada individualmente. Antes de aplicar dicha inspección en el destino, el comprador debe informar al vendedor de la condición de la madera y debe acordar sobre la base de la inspección.

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CLASIFICACIONES ESTÁNDAR (SUJETO A LAS INSTRUCCIONES GENERALES) 49. Las clasificaciones estándar de la madera dura son: Clasificaciones de corte de cara limpia FAS FAS Una cara (F1F) Selectas No. 1 Común No. 2A Común No. 3A Común

Clasificaciones de corte sano No. 2B Común No. 3B Común Agusanado sano

50. Selectas y No. 1 Común pueden combinarse como una sola clasificación. 51. El No. 2A Común y el No. 2B Común se pueden combinar como una sola clasificación, el No. 2 común, y cuando se combinan y especifican, se debe entender que incluyen todo el No. 2A Común que producen los troncos. 52. No. 3A Común y No. 3B Común pueden combinarse como una sola clasificación, No. 3 Común, y cuando se combinen y especifiquen, se debe entender que incluyen todos los No. 3A Común que producen los troncos.

FAS 53. Anchos: 6” y más anchos. 54. Longitudes: 8’ a 16’. 55. Tamaño del corte mínimo: 4” de ancho por 5’ de largo, o 3” de ancho por 7’ de largo. 56. No se admitirá ninguna pieza que contenga médula, encasillada o protuberante, que exceda en pulgadas de longitud la medida en superficie en pies. 57. La falta de madera en las orillas o presencia de corteza no debe exceder en ninguno de los bordes de la pieza en más de la mitad de la longitud . 58. Las rajaduras no deberán exceder en pulgadas de largo dos veces la medida de la superficie de la pieza, excepto cuando un pie o menos y esté cubierto por el párrafo 59.

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15 Las rajaduras pueden divergir hasta una pulgada al pie lineal, excepto cuando sea de un pie o menos y esté cubierta por el Párrafo 59. En anchos especiales de 10 pulgadas o más, las rajaduras no deberán exceder , en pulgadas de largo, la medida de la superficie de la pieza, excepto cuando sea de un pie o menos y esté cubierta por el párrafo 59. 59. Dentro de un pie lineal desde los extremos de las tablas de longitudes estándar, debe haber un 50% de madera limpia, y no menos del 25% de madera sólida . 60. El diámetro promedio de cualquier nudo o agujero no debe exceder, en pulgadas, un tercio de la medida de la superficie de la pieza en pies, excepto cuando se encuentra completamente dentro del primer pie lineal de una tabla y está cubierto por el párrafo 59. 61. Se admitirán curvas y acucharamientos siempre y cuando se eliminen con el cepillado a grosor estándar por ambos lados de la pieza de acuerdo con las reglas para la madera cepillada cuando dos lados sobresalen, excepto cuando las piezas torcidas o acucharadas de 12” y más anchas si se pueden rasgar para producir dos trozos, cada uno de los cuales calificaría FAS y cumpliría con este requisito de torsión y acucharamiento. La excepción para piezas de 12” y más anchas no se aplicará a los contratos de madera en anchos especiales de 10” y más anchos. 62. FAS admite piezas que rendirán 10/12 (83-1/3%) o 11/12 (91-2/3%) cortes de cara limpia como sigue: medida de superficie de 4’ a 7’, 10/12 (83-1 / 3%) en un corte; 8’ a 11’ en dos cortes; 12 ‘a 15’ en tres cortes; 16’ y más en cuatro cortes, excepto que las piezas 6’ a 15’ donde las medidas de superficie admitirán un corte adicional para producir 11/12 (91-2/3%). Nota: Un método corto para determinar el número máximo de cortes permitidos en piezas de 4’ y más es dividir la medida de la superficie entre cuatro, descartando fracciones, excepto que no se admiten más de 4 cortes. Las MS de 6’ a 15’, inclusive, admitirán un corte adicional si se obtiene una cara limpia de 11/12 (91-2/ %). 63. Admite también piezas de 6” y más anchas de 6’ a 12’ de MS que rendirán 11.64/12 (97%) en dos cortes de cara limpia de cualquier longitud del ancho completo de la tabla.

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FAS de una cara (F1F) 64. No deberá clasificarse por debajo de FAS en la mejor cara para la especie en particular, y no por debajo del No. 1 Común en el reverso. No se requiere que el reverso de los cortes en ambos, FAS y No.1 común, estén sanos. La falta de madera o presencia de corteza en el lado común No.1 se limita a lo siguiente: el ancho de la falta de madera o corteza en ambos bordes, cuando se suman, no puede exceder 1/3 del ancho total de la pieza. La longitud total de este defecto en cualquiera de los bordes no puede exceder la mitad de la longitud.

Selectas 65. Anchuras: 4” y más anchas. 66. Longitudes: 6’ a 16’. 67. Los requisitos de clasificación para FAS en los párrafos 55 a 63 inclusive se aplicarán a la mejor cara de la pieza. 68. Selectas admite: piezas de medidas de superficie de 2’ y 3’ que producirán un 100% o 11/12 (91-2/3%) limpios usando un solo corte en la mejor cara con el reverso de la tabla con una clasificación no inferior a No 1 Común. También admitirá piezas con MS de 4’ y mayores que califiquen FAS en la mejor cara, con el reverso de la tabla que no sea inferior a No. 1 Común. No se requiere que el reverso de los recortes en ambos, FAS y No. 1 Común esté sano. En piezas de 6” y más anchas, la falta de madera o corteza (Wane) en el lado No. 1 Común se limita a lo siguiente: el defecto en ambos bordes, cuando se suman, no puede exceder 1/3 del ancho total de la pieza. La longitud total de este defecto en cualquier borde no puede exceder la mitad de la longitud. 69. En las piezas de 4” y 5” de ancho, la falta de madera o corteza (Wane) en cualquiera de las caras se limita a lo siguiente: el ancho de este defecto en ambos bordes cuando se suman, no puede exceder 1/3 del ancho total de la pieza. La longitud total de la falta de madera o corteza (Wane) en ambos bordes, cuando se suman, no puede exceder la mitad de la longitud.

No. 1 Común 70. Anchura: 3” y más anchas, admitiendo 5% de anchos de 3”.

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17 71. Longitudes: 4’ a 16’. 72. No se admitirá ninguna pieza que contenga médula ya sea encasillada o expuesta, que exceda la mitad de su longitud. 73. Corte mínimo: 4” de ancho por 2’ de largo o 3” de ancho por 3’ de largo, excepto que en piezas de menos de 3” de ancho, bajo la regla de ancho mínimo, Párrafo 10, se admite el ancho completo de la pieza. 74. No. 1 Común admite piezas que producirán cortes de cara limpia de la siguiente manera: Medida de la superficie de la pieza 1’ 2’ 3’ y 4’ 5’ a 7’ 8’ a 10’ 11’ a 13’ 14’ y más

Rendimiento requerido

Número de cortes 12/12 (sm x 12 o 100%) * 1 9/12 (75%) 1 8/12 (66-2/3%) 1 9/12 (75%) 2 8/12 (66-2 / 3%) 2 9/12 (75%) 3 8/12 (66-2/3%) 3 9/12 (75%) 4 8/12 (66-2/3%) 4 8/12 (66-2/3%) 5 * Ambas caras limpias.

Nota: Un método corto para determinar el número máximo de cortes permitidos en piezas de 3’ y más es agregar 1 a la medida de superficie de las piezas en pies y se dividen entre tres, descartando fracciones; excepto que no se permiten más de cinco cortes y las piezas de MS 3’ a 10’, inclusive, admitirán un corte adicional si se obtiene una cara limpia del 75%.

No. 2A Común & No. 2B Común Nota: La clasificación No. 2 común se divide en dos categorías: No. 2A Común (cortes limpios) y No. 2B Común (cortes sanos). 75. Anchos: 3” y más anchos. 76. Longitudes: 4’ a 16’. 77. No hay restricción en cuanto a la médula cuando está fuera del área de corte requerida. 78. Corte mínimo: 3” de ancho por 2’ de largo, excepto en piezas de menos

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18 de 3” de ancho según la regla del ancho mínimo, Párrafo 10, se admiten cortes de todo el ancho de la pieza. 79. No. 2A Común admite piezas que producirán cortes de cara limpia de la siguiente manera: Medida de la superficie de la pieza 1’ 2’ y 3’ 4’ y 5’ 6’ y 7’ 8’ y 9’ 10’ y 11’ 12’ y 13’ 14’ y más

Rendimiento requerido

Número de cortes

8/12 (66-2 / 3%) 6/12 (50%) 8/12 (66-2/3%) 6/12 (50%) 8/12 (66-2/3%) 6/12 (50%) 8/12 (66-2/3%) 6/12 (50%) 6/12 (50%) 6/12 50%) 6/12 (50%)

1 1 2 2 3 3 4 4 5 6 7

Nota: Un método corto para determinar el número máximo de cortes permitidos en piezas de 2’ y más es dividir la medida de la superficie entre dos, descartando fracciones; Excepto que no se permitirán más de siete cortes. Las piezas con MS de 2’ a 7’, inclusive, admitirán un corte adicional si se obtienen 66-2/3% de cara limpia. Nota: No. 2B Común - Todos los requisitos de la clasificación No. 2A se aplican, excepto que los cortes sean sanos como se define en Cortes Sanos.

No. 3A Común 80. Anchos: 3” y más anchos. 81. Longitudes: 4’ a 16’. 82. No. 3A Común admite piezas que producirán 4/12 (33-1/3%) cortes de cara limpia de no menos de 3” de ancho por 2’ de largo, excepto en piezas de menos de 3” de ancho por debajo del ancho mínimo según el párrafo 10, se admiten cortes en todo el ancho de la pieza, también piezas no inferiores a No. 2A Común en la mejor cara y el reverso de los cortes deberán estar sanos. No hay límite para el número de cortes.

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No. 3B Común 83. Anchos: 3” y más anchos. 84. Longitudes: 4’ a 16’. 85. El No. 3B Común admite piezas que producirán cortes sanos de 3/12 (25%) con un ancho no menor a 1-1/2 “ y que tenga por lo menos 36 pulgadas cuadradas. No hay límite para el número de cortes.

Por debajo de Clasificación 86. La madera de peor calidad que la clasificación más baja que se describe en estas reglas se debe aplicar y reportar como “Por debajo de Clasificación”.

Agusanamiento Sano (Sound Wormy) 87. El agusanamiento sano debe ser de grado no inferior al No. 1 Común, excepto que se admiten las características naturales de los agujeros de gusanos, picotazos de aves, manchas, nudos sanos que no excedan 3/4” de diámetro. Otros defectos sanos que no excedan en extensión o daño, los defectos descritos aquí se admiten en los cortes. A menos que se especifique lo contrario, la clasificación de agusanamiento sano incluirá el producto completo del tronco en el No. 1 Común y mejor con agusanamiento sano. Nota: Cuando la madera se compra bajo las especificaciones y combinando los términos “Agusanamiento sano” con los nombres de clasificación estándar, como “FAS agusanamiento sano” y “No. 1 Común y mejor con agusanamiento sano“ requerirán que el rendimiento de los cortes sea el mismo que especifica la clasificación Estándar, excepto que la calidad de los cortes será la que se define en la clasificación estándar para “Agusanamiento sano “ (Sound Wormy).

WHND (por sus siglas en inglés) Worm Holes No Defect Cuando la madera se compra bajo especificaciones que combinan el término WHND (Worm Holes No Defect), que significa que los hoyos de gusano no se consideran un defecto, con los nombres de calidades estándar como “FAS, WHND”, “Nº 1 Común & Superior, WHND”, el rendimiento requerido será el mismo que se especifica en los clasificación

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FAS

Tamaño mínimo de la tabla

6” x 8’

Tamaño mínimo de corte

4” x 5’ 3” x 7’

Rendimiento básico

SM x 10 83-1/3%

Fórmula para determinar el número de cortes

SM 4 (4 max)

MS necesaria para tomar un corte extra

6-15’ MS

Rendimiento adicional necesario para corte adicional

MS x 11 91-2/3%

Rendimientos especiales

F1F

SELECTO

Igual que FAS para especies a clasificar

4” x 6’

#1 COM

#2A & 2B

3” x 4’

3” x 4’

4” x 2’ 3” x 3’

3” x 2’

SM x 6 Mejor cara grado FAS 50% Cara pobre Grado #1 Común SM SM x 8 2 66-2/3% (7 max) SM + 1 3 (5 max) 3-10’ MS 2-7’ MS SM x 9 75%

Regla del 97% Regla del 2 cortes anchos 97% - En completos de Mejor cualquier longi- Regla del Cara; tud; Piezas 6” y 97%- en 2’ y 3’ más ancho mejor MS será con 6-12’ MS cara 100% limMS x 11.64 pio o MS x para 11 en un rendimiento corte

SM x 8 66-2/3%

1’ MS MS x 8 1’ MS - # 2A CoMS x 12 mún o 100% Cortes limpio limpios # 2’ MS - 2B Común MS x 9 Cortes sanos

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#3A COM

3” x 4’

3” x 2’

MS x 4 33-1/3%

Ilimitado

# 2A Com en la mejor cara y en el reverso de los cortes sanos; también podrían calificar para 3A Com

#3B COM

3” x 4’

No menos de 1-1/2” de ancho que contiene 36 pulgadas cuadradas MS x 3 25%

Cortes sanos ilimitados

Límites FAS

Médula= MS en pulgadas Falta de madera o corteza (Wane)= Longitud ½ Nudo= 1/3 MS

Deformaciones= La tabla debe ser lo suficientemente plana para S2S a S.S.T Rajaduras: No exceder 2 x MS o 12” el que sea mayor. Las rajaduras no divergirán 1” en 12” Regla del primer pie lineal: se aplica a ambos extremos de la tabla para contener un mínimo de 50% de madera limpia, 25% madera en corte sano.

Falta de madera o corteza en FAS 1 cara (F1F) La limitación de FAS se aplica a la mejor cara Lado #1C: 1/3 W o 1/2 L Longitud de falta de madera o corteza sumada; La longitud puede estar en ambos bordes Falta de madera o corteza en las selectas Pcs. 6” & más anchas Limitación FAS aplica a mejor cara. Lado #1 Común: Falta de madera o corteza más ancha agregada junto. La longitud puede ser en ambas orillas. Pzas. 4” & 5” de ancho 1/3 A o ½ L que aplica a ambas caras. Agregue una disminución más ancha junta Agrega la longitud total de la disminución de ambos bordes.

NOTA: Esta tabla resume los requisitos principales para las clasificaciones estándar. Para obtener información completa, consulte la sección correspondiente del Libro de reglas de la NHLA.

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22 estándar, excepto que se admiten sin límite los agujeros de gusano, los picotazos de las aves y las rayas.

CLASIFICACIONES DE CARA & COMBINADOS ESPECIALES No. 1 Común y Mejor La producción total de un tronco donde todas las clasificaciones inferiores a No.1 común están excluidas.

No. 2A Común & mejor (Log Run) Se refiere a la producción total del tronco, excluyendo todos las clasificaciones debajo del No. 2A Común, según se define para las diversas especies en la “Inspección estándar”.

No. 3B Común & mejores (Mill Run) La longitud completa de los troncos para Nº 3B Común y Mejores.

Cara Nº 1 Común Lo mismo que en la clasificación estándar de Nº 1 común, excepto que la clasificación se determinará de la mejor cara. El reverso de los cortes deberá estar sano.

Cara No. 2A Común Igual que la clasificación estándar del Núm. 2A Común, excepto que la clasificación se determinará a partir de la mejor cara. El reverso de los cortes deberá estar sano.

Todas las especies - Longitudes de 17 pies y más (cuando se especifique) En la clasificación FAS, F1F, Selectas y No. 1 Común, las piezas de más de 17’ de longitud que contienen más de 16’ de medida de superficie se permiten un corte adicional por cada 4’ de superficie adicional, excepto que no se admitirán más de 7 cortes en cualquier pieza.

INSPECCIÓN ESTÁNDAR POR ESPECIES Cualquier especie de madera dura que no se mencione específicamente en las siguientes páginas se calificará utilizando los clasificación estándar

Fresno, Haya, Abedul, Sasafrás, Hackberry (Almez), Buckeye

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(Castaño de Indias), Box Elder (Saúco), Sicomoro, Tanoak, Madroño y Castaña dorada. FAS, F1F, SELECTAS, NO.1 COMÚN, NO.2 COMÚN, NO. 3ª COMÚN, NO. 2B COMÚN, NO. 3B COMÚN: estándar. FRESNO LARGO: Longitudes específicas de 18’ y más, en Fresno admitirá piezas de 5” en FAS.

Abedul Rojo (cuando se especifica) Cada corte requerido tendrá una cara limpia de duramen. FAS: Estándar, excepto: Anchos de 5” y más; las piezas de 5” de ancho que contienen 3’ y 4’ de medida de superficie deben estar limpias, las piezas de 5” de ancho que contienen de 5’ a 7’ de superficie deben rendir 11/12 (91-2/3%) de cara limpia en un corte. F1F, SELECTOS, NO.1 COMÚN, NO.2 COMÚN: ESTÁNDAR

Abedul de Savia (cuando se especifique) Igual que el abedul rojo, con la siguiente excepción: que cada corte requerido tendrá una cara limpia con albura.

Maple Duro FAS, F1F, SELECTOS, NO.1 COMÚN, NO.2A COMÚN, NO. 3A COMÚN, NO. 2B COMÚN, NO. 3B COMÚN: estándar. Nota: A menos que se especifique lo contrario, el Maple duro no se seleccionará por el color.

Maple duro de albura (cuando se especifique) Cada corte requerido tendrá una cara limpia de albura. FAS: Estándar, excepto: Anchos de 5” y más; las piezas de 5” de ancho que contienen 3’ y 4’ de medida de superficie deben ser limpias, las piezas de 5” de ancho que contienen de 5’ a 7’ de medida de superficie deben rendir 11/12 (91-2/3%) de cara limpia en un corte. F1F, SELECTOS, NO.1 COMÚN, NO. 2ª COMÚN: estándar

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Maple Blanco Nota: Los pedidos deben especificar si el Maple será duro o blando. “Blanco” como se usa en estas reglas significa albura. Los términos “No.1 Maple blanco” y “No. 2 Maple blanco” designan los requisitos de la albura de los cortes en todas las clasificaciones. Maple blanco se divide en Maple blanco No.1 y Maple blanco No.2. En el Maple Blanco Núm.1, ambas caras y ambos bordes de los recortes requeridos serán de albura. En el Maple Blanco Núm. 2, una cara y ambos bordes de los recortes requeridos deben ser albura y el reverso de los recortes no debe contener menos del 50% de albura. FAS: Estándar, excepto: Anchos: 4” y más. Las piezas de 4” y 5 “de ancho deben estar limpias. F1F, SELECTOS, NO.1 COMÚN, NO.2A COMÚN: ESTÁNDAR Nota: En el No. 2A Común y Mejor, las rayas y manchas minerales, y las rayas y manchas de naturaleza similar, que excedan un veinticuatroavo de cada cara de los cortes necesarios, no serán admitidos. (Ver página 12, párrafo 43)

Maple Duro para pianos CLASIFICACIÓN-FAS, F1F, SELECTOS Y NO.1 COMÚN Los cortes en estas clasificaciones deberán tener la albura con grano recto en ambas caras limpias. La tabla se considerará de grano recto cuando el grano no se bifurca más de 1 pulgada en doce pulgadas de longitud en relación con el borde de la tabla en el área de corte requerida. No se admitirán en ninguna cara de los cortes requeridos los granos arremolinados, granos cruzados, granos rizados, ojo de pájaro, vetas y manchas minerales y grietas de temporada. FAS: Estándar, excepto: anchura: 4” y más. Las piezas de 4” y 5” de ancho deben estar limpias. F1F, SELECTOS, NO.1 COMÚN: estándar Nota: Un inspector de la National Hardwood Lumber Association utilizará su mejor criterio al considerar la veta recta, grano arremolinado, grano cruzado, grano rizado, ojo de pájaro, vetas y manchas minerales y grietas de temporada, pero la Asociación no asumirá responsabilidad por estas características.

Basswood (Tilo) FAS, F1F, SELECTOS, NO.1 COMÚN, NO.2ª COMÚN, NO.2B

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25 COMÚN: estándar. NO. 3A COMÚN: estándar, excepto: los cortes deben ser sanos como se define en “Cortes sanos”. NO. 3B COMÚN: estándar. Nota: En Basswood (Tilo), se admiten manchas o rayas negras o marrones en los cortes en el No. 2A Común y Mejores, pero cuando se excede por 1/12 el área total de los cortes requeridos, la pieza bajará solo una clasificación. (Consulte la página 12, párrafo 42) En F1F y Selectos, la limitación se aplica sólo a la mejor cara. En FAS, la limitación que exceda en ambas caras reducirá la clasificación a 1 Común. Nota: El Basswood (Tilo) común No. 2A admitirá manchas en los cortes de cara limpia. Nota: Los brotes de ramas inactivos se considerarán como nudos.

Basswood (Tilo) Key Stock CLASIFICACIÓN-FAS, F1F, SELECTO & NO.1 COMÚN: Igual que la clasificación de tilo excepto: • La cara de cada corte requerido debe ser toda con albura y el reverso no menos del 90% de albura. • Cada corte requerido debe estar libre de puntos, rayas y vetas rizadas o cruzadas. Nota: Un inspector de la National Hardwood Lumber Association utilizará su mejor criterio al considerar los defectos como “ojos de ave”, vetas minerales, manchas y vetas torcidas o atravesadas. Sin embargo la Asociación no asume responsabilidad alguna por estas circunstancias.

Olmo Suave FAS, F1F, SELECTAS, NO.1 COMÚN, NO.2A COMÚN, NO.2B COMÚN: estándar. NO. 2B COMÚN: estándar NO. 3A COMÚN: excepto: los cortes deben ser sanos como se define en “Cortes Sanos”. NO. 3B COMÚN: estándar.

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26 Nota: En el Olmo suave, los picotazos de las aves no mayores de 3/8” de diámetro se admiten en los cortes en el No. 2A Común y Mejor, pero cuando se excede por 1/12 el área total de los cortes requeridos, la pieza reducirá una clasificación únicamente. (Vea la página 12, párrafo 42).

Maple Suave FAS, F1F, SELECTOS, NO.1 COMÚN, NO.2A COMÚN, NO.2B COMÚN: estándar. NO. 3A COMÚN: estándar, excepto: los cortes deben ser sanos como se define en “Cortes Sanos”. NO. 3B COMÚN: estándar. Nota: Cuando se vende el Maple Suave WHND (agujeros de gusano sin defecto) o su equivalente, que no excedan de 1/4” en su mayor dimensión, los centros sanos o que los contengan no mayor a 1/8” de diámetro, se podrán admitir en los cortes.

Cerezo FAS, F1F, SELECTAS, NO. 1 COMÚN, NO. 2A COMÚN, NO. 2B COMÚN, NO. 3B COMÚN: estándar Nota: En los cortes se admiten nudos pequeños que no excedan 1/8” de diámetro. Se admiten rayas y vetas de resina sin límite. (Párrafo 27).

Hickory, Pecanero & Olmo de Roca FAS: Estándar, excepto: Anchos: 4” y más anchos, las piezas de 4” y 5 “de ancho rendirán 11/12 (91-2/3%) de la cara limpia en un corte. F1F, SELECTAS, NO.1 COMÚN, NO. 2A COMÚN, NO.2B COMÚN: estándar. NO. 2B COMÚN: estándar. NO. 3A COMÚN: estándar, excepto: Los cortes deben ser sanos como se define en “Corte sano”. NO. 3B COMÚN: estándar. Nota: los picotazos de aves que no superen los 3/8 “de diámetro se admiten en los cortes de las clasificaciones en el No. 2A Común y Mejor, pero cuando se excede por 1/12 el área total de los cortes requeridos, la pieza reducirá una clasificación solamente. (Ver página 12, par. 42).

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27 Nota: Un inspector de la National Hardwood Lumber Association no hará ninguna distinción en especies entre el Hickory y el Pecanero.

Olmo de Roca calidad Gabinete, Hickory calidad Gabinete & Pecanero calidad Gabinete (Cuando se especifique) Las clasificaciones estándar se aplican en todos los aspectos.

Encino rojo, Encino blanco y Algarrobo (Aserrado simple) FAS, F1F, SELECTAS, NO.1 COMÚN, NO. 2A COMÚN, NO. 3A COMÚN, AGUSANADO SANO, NO. 2B COMÚN, NO. 3B COMÚN: estándar. COMÚN: estándar Nota: En el aserrado simple de Encino Rojo, Encino Blanco y Algarrobo, las vetas y manchas minerales, y las rayas y manchas de naturaleza similar, que exceden por 1/12 el área total de los cortes requeridos, se reducirá la pieza únicamente una clasificación. (Consulte la página 12, párrafo 42) En F1F y selectas, la limitación se aplica solo a las caras mejores. En FAS, la limitación que exceda en ambas caras reducirá la clasificación a 1 Común.

Encino Rojo, Encino Blanco y Algarrobo aserrado en cuartos El 90% de la cara del área de corte requerida debe mostrar la figura (veta). FAS: Estándar, excepto: Anchos de 5” y más; las piezas de 5” de ancho que contienen 3’ y 4’ de medida de superficie deben ser limpias, las piezas de 5” de ancho que contengan de 5’ a 7’ de superficie deben rendir 11/12 (91-2/3%) de la cara limpia en un corte. FAS, F1F, SELECTAS, NO.1 COMÚN, NO. 2A COMÚN, NO. 3A COMÚN, AGUSANADO SANO, NO. 2B COMÚN, NO. 3B COMÚN: estándar. COMÚN: estándar Nota: En el aserrado acuarterado del Encino rojo, Encino Blanco y Algarrobo, las vetas y manchas minerales, y las rayas y manchas de naturaleza similar, que exceden 1/12 del área total de los cortes requeridos, se reducirá la sola pieza únicamente una clasificación. (Consulte la página 12, párrafo 42) En F1F y selectas, la limitación se aplica solo a las caras mejores. En FAS, la limitación que exceda en ambas caras reducirá la clasificación a 1 Común.

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Sicomoro en Cuartos El Sicomoro aserrado en cuartos se clasificará de acuerdo con las reglas del Encino aserrado en cuartos, excepto que se admitirán sin límite las vetas, manchas minerales y manchas de naturaleza similar.

Poplar (Tulipwood Americano) Nota: Si el mineral no excede una sexta parte de la superficie de la pieza se admite en FAS y en el lado FAS de F1F y Selectos. No está limitado en las clasificaciones Comunes. (Ver página 11, par. 38) FAS, F1F, SELECTAS: Estándar NO.1 COMÚN: estándar, excepto que se admiten manchas ligeras. Nota: La mancha será de color gris claro cuando se cepille de dos lados a un espesor estándar para madera cepillada. NO.2 COMÚN: estándar, excepto que se admiten manchas. NO. 2B COMÚN: estándar. NO. 3A COMÚN: estándar, excepto que los cortes deben ser sanos de acuerdo a lo descrito en “Cortes Sanos”. NO. 3B COMÚN: estándar.

Nogal y Butternut Cuando el Nogal se ha tratado al vapor y se venda con la especificación como “Nogal tratado al vapor”, no se considerará la albura. FAS: Estándar, excepto: • Corte mínimo de 4” de ancho por 3’ de largo, o 3” de ancho por 6’ de largo. • Anchos: 5” y más anchos. • Longitudes: 6’ y más largas. • Las piezas de 5”, 6” y 7 “de ancho admiten albura en una o en ambas caras que no excedan una sexta parte del ancho de la pieza; en las de 8” y más anchas admiten la albura en una o ambas caras que no exceden una cuarta parte del ancho de la pieza. Cualquier parte de la albura permitida puede incluirse en los cortes. • Las medidas de superficie de 3’ a 7’ de las piezas deben producir 10/12 (831/3%) de cara limpia en dos cortes; MS de 8’ y en superficie en tres cortes, excepto que se admiten piezas de MS de 12’ producirán 11/12 (91-2 / 3%) de cara limpia con un corte adicional.

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29 FAS (SÓLO 6’ Y 7’ DE LARGO): clasificado estándar de acuerdo a defectos que se indican en la página 29. • Anchos: 5” y más anchos. • Admite la albura en la misma medida que lo admitido en la clasificación estándar de nogal FAS. • Admite falta de madera o presencia de corteza a lo largo de los bordes que no excedan la sexta parte de la longitud de la pieza, o su equivalente en uno o ambos extremos, que no excedan la mitad del espesor de la pieza y que no excedan 1/2” de ancho en madera de 1/2” a 3/4”; 3/4” de ancho en madera de 1” a 2” y 1” de ancho en 2-1/2” y madera más gruesa. • Admite 6” de rajadura en un extremo o su equivalente en ambos extremos. • Las piezas de 5”, 6” y 7” de ancho admiten un defecto estándar; las de 8” y más amplias admiten dos defectos estándar. Vea Defectos Estándar en la página 29. F1F: Las piezas de 6’ y 7’ de largo deberán clasificar FAS en la mejor cara. El reverso de la tabla debe ser sano según se define en “Corte Sano” o el reverso de la tabla que no esté por debajo del No.1 Común. Las piezas de 8’ y más largas deberán clasificar FAS en la mejor cara. El reverso de los cortes debe ser sano como se describe en “Cortes Sanos” o el reverso de la tabla no debe clasificar por debajo del No. 1 Común. SELECTOS: estándar, excepto: • Las piezas con una medida de superficie de 2’ deben ser limpias; Las MS de 3’ y mayores deberán producir cortes como se define en FAS para Nogal. • Corte mínimo: 4” de ancho por 3’ de largo, o 3” de ancho por 6’ de largo. • Longitudes: 6’ y más largas. • Las piezas de 4” de ancho admiten la albura en la mejor cara que no exceda la sexta parte del ancho de la pieza. Las de 5” y más anchas admiten la albura en la cara mejor como en FAS. La albura se admite sin límite en el reverso. NO. 1 COMÚN: estándar, excepto: • Las restricciones en cuanto al porcentaje de anchuras y longitudes no se aplican. Todos los anchos y longitudes deberán producir 66-2/3% de cortes de cara limpia, excepto que una MS de 1’ debe producir 12 unidades de corte. • No hay límite para el número de cortes. • Cada corte debe ser limpio y negro en el lado del duramen de la tabla, y puede ser la mitad de la albura en el lado de albura de la tabla. La clasificación se determinará desde el lado negro (duramen) de la tabla, con el reverso de los cortes sano tal como se define en los Cortes Sanos; de otra manera el lado de la albura de la tabla deberá rendir 66-2/3% cortes de cara limpia.

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30 NO. 2A COMÚN: estándar, excepto: • No hay límite al número de cortes. • Tamaño mínimo de corte: 2” o más ancho que contenga 72 pulgadas cuadradas. • Cada corte debe ser claro y negro en el lado del duramen de la tabla y puede ser todo albura en el lado de la albura. • La clasificación se determinará desde el lado negro (duramen) de la tabla con el reverso del corte sano; el lado de la albura de la tabla deberá, de otra manera, producir un 50% de cortes de cara limpia. NO. 2B COMÚN: Se aplicarán todos los requisitos para el Nogal Común No. 2A, excepto que los cortes deben estar sanos como se define en el apartado de Cortes Sanos. NO, 3B COMÚN: Estándar para incluir No. 3A Común y 3B Común como una sola clasificación.

Defectos estándar (aplica para piezas de Nogal FAS de 6’ y 7’) El promedio de la longitud máxima y el ancho máximo se deben utilizar para medir el tamaño de los nudos o agujeros. Un nudo o agujero de 1-1/4” de diámetro es un defecto estándar. Cuando se encuentren alejados de los bordes y extremos donde no puedan admitirse como equivalentes a defectos de falta de madera o presencia de corteza, los siguientes se considerarán como defectos estándar: Cuatro hoyos de alfiler (pin holes) de gusano o su equivalente son iguales a un defecto. Tres agujeros medianos (spot holes) de gusano o su equivalente equivalen a un defecto. Dos nudos u otros defectos, cuyo diámetro cuando se suman no exceden de 1-1/4” son iguales a un defecto. No se pueden admitir más de dos defectos estándar de los tipos anteriores en la pieza, cada hoyo de alfiler, agujero mediano de gusano, nudo u orificio de 5/8” o menos adicional se considerará como un defecto estándar adicional. La médula que no exceda de 2-1/2” de largo se considerará un defecto estándar.

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31 Los defectos más grandes que un defecto estándar, exceptuando la falta de madera o corteza (Wane) y rajaduras, se considerarán en la siguiente medida del diámetro promedio: • Los nudos de 2-1/2” o su equivalente serán dos defectos estándar. • Los nudos de 3-3/4” o su equivalente serán tres defectos estándar. • Los nudos de 5” o su equivalente serán cuatro defectos estándar. Una rajadura igual en longitud en pulgadas a la medida de la superficie de la pieza en pies y divergente no más de 1” al pie en longitud. La disminución por falta de madera o presencia de corteza (Wane) o su equivalente en otros defectos, 1” de ancho, una sexta parte de la longitud de la pieza a lo largo de los bordes, o su equivalente en uno o ambos extremos. En el defecto de disminución por falta de madera o presencia de corteza (Wane), ésta puede extenderse por todo el espesor de la pieza mostrándose en ambas caras. Los agujeros de gusano, nudos, los hoyos de larva y las barrenadas que no excedan en la extensión un defecto de nudo estándar descrito anteriormente. DEFECTOS EQUIVALENTES: el inspector debe considerar otros defectos no definidos como defectos estándar, que no dañen la pieza más de los defectos estándar permitidos y a estos se les denomina defectos equivalentes.

Liquidámbar, Cottonwood, Liquidámbar negro, Tupelo, Magnolia y Sauce Nota: Un inspector de la National Hardwood Lumber Association no hará ninguna distinción en especies entre el Liquidámbar negro y el Tupelo. FAS, F1F, SELECTOS, NO.1 COMÚN. NO.2ª COMÚN, NO. 2B COMÚN: estándar, excepto se especifique lo contrario las manchas se admiten en todas las clasificaciones. NO. 3A COMÚN: estándar, excepto: los cortes deben ser sanos como se define en “Cortes Sanos”. NO. 3B COMÚN: estándar. Nota: El Liquidámbar o Sap Gum es una madera producida a partir del árbol de Liquidámbar dulce que contiene albura que excede la cantidad admitida en la clasificación del Liquidámbar rojo. Para las reglas de clasificación con respecto a las distintas variaciones del Liquidámbar vea a continuación:

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Liquidámbar o Sap Gum, Liquidámbar Negro y Tupelo en cuartos FAS: estándar. Excepto: los anchos de 5” y más anchos; las piezas de 5” de ancho que contienen las medidas de la superficie de 3’ y 4’ deben ser limpias, las piezas de 5” de ancho que contienen las medidas de la superficie de 5’ a 7’ deben rendir 11/12 (91-2/3%) de cara-limpia en un corte. F1F, SELECTOS, NO.1 COMÚN, NO. 2A COMÚN: • No se requiere ninguna figura. • Se admiten manchas en todas las clasificaciones. • Las piezas por debajo de la clasificación 2ª Com se clasificarán como Liquidámbar (Sap Gum) o Liquidámbar negro. Rayas de lazo: cuando se especifique la figura de raya de lazo, se seleccionará cada pieza para el efecto de la raya causado por el grano ondulado sacado en el corte por cuartos. Una cara de cada corte requerido deberá mostrar el 90% de dicha figura de la raya de lazo.

Liquidámbar rojo natural El Liquidámbar rojo natural es una madera producida a partir del árbol del Liquidámbar dulce, que contiene suficiente duramen para ser admitida en las clasificaciones definidos bajo el título de Liquidámbar rojo. La mancha se admite en la albura en todas las clasificaciones. Cualquier parte de la albura permitida puede incluirse en los cortes. FAS: Estándar, excepto: FAS admitirá 1” de albura en una cara y una quinta parte de la superficie en el reverso. F1F: Estándar. SELECTOS: Estándar, excepto: las piezas de 4” y 5” de ancho y las piezas de 6’ y 7’ de largo deben estar libres de albura en una cara; las piezas de 6” y más anchas de 8’ y más largas admitirán 1” de albura en una cara, tales caras deberán cumplir con los requisitos de clasificación de los Selectos estándares. Se acepta la albura ilimitada en el reverso de la tabla. NO. 1 COMÚN: Estándar, excepto: Cada corte debe tener una cara limpia de duramen. NO.2 COMÚN: Estándar, excepto: Cada corte debe tener una cara limpia de duramen. Las piezas que se encuentren por debajo de la clasificación del No. 2A COMÚN se clasificarán como Liquidámbar.

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Liquidámbar rojo aserrado sencillo, madera con figura Cada pieza se seleccionará especialmente por marcas y tonos de color de las manchas y rayas que producen un efecto jaspeado en la superficie. Una cara de cada corte requerido deberá mostrar el 90% de dichas marcas y tonos de color, con la excepción de que los espacios sin figura no excedan 1” por 24” o su equivalente en el área entre manchas y rayas, no se tendrán en cuenta. De lo contrario, se aplicarán las reglas para el Liquidámbar rojo.

Liquidámbar rojo en cuartos (No se requiere ninguna figura. Se admiten las manchas en la albura en todas las clasificaciones.) FAS: Estándar, excepto: Anchos de 5” y más anchos; las piezas de 5” de ancho que contienen 3’ y 4’ de medida de superficie deben ser limpias, las piezas de 5” de ancho que contienen de 5’ a 7’ de superficie deben rendir 11/12 (912/3%) de cara limpia en un corte. En FAS, las piezas de 5” de ancho deben estar libres de albura en una cara; las piezas de 6” y 7” de ancho pueden tener 3/4” de albura en una cara; las piezas de 8” y más anchas pueden tener 1” de albura en una cara. El reverso de cualquier pieza admitirá albura agregando una quinta parte de su superficie. Cualquier parte de la albura permitida puede incluirse en los cortes. SELECTAS: Estándar, excepto: Las piezas de 4” y 5” de ancho deben estar libres de albura en una cara; las piezas de 6” y 7” de ancho admitirán 3/4” de albura y las piezas de 8” y 1” más ancha de albura en una cara, cuyas caras cumplirán los requisitos de clasificación de Selectas estándares. Se admite la albura ilimitada en el reverso. NO. 1 COMÚN: Estándar, excepto: Cada corte debe tener una cara limpia de duramen. NO. 2ª COMÚN: Estándar, excepto: Cada corte debe tener una…. Cara de duramen. Las piezas por debajo de la clasificación No. 2ª Común se clasificarán como Liquidámbar. Raya de lazo: Cuando se especifica la figura de la raya de lazo, se debe seleccionar cada pieza para el efecto de la raya causado por el grano ondulado que se saca en el corte por cuartos. Una cara de cada corte requerido deberá mostrar el 90% de dicha figura.

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Liquidámbar rojo en cuartos, madera con figura Cada pieza se seleccionará especialmente por marcas y tonos de color de las manchas y rayas que producen un efecto jaspeado en la superficie. Una cara de cada corte requerido deberá mostrar el 90% de dichas marcas y tonos de color, excepto que los espacios sin figura que no excedan de 1” por 24” o su equivalente en el área entre puntos y rayas, no se tendrán en cuenta. De lo contrario, se aplicarán las reglas para el Liquidámbar rojo en cuartos.

Álamo FAS, F1F, SELECTAS Y NO. 1 COMÚN: Estándar. NO. 2A COMÚN: Estándar, excepto que se admiten manchas. NO. 2B COMÚN: Estándar. NO. 3A COMÚN: Estándar, excepto: Los cortes deben ser sanos como se define en “Cortes Sanos”. NO. 3B COMÚN: Estándar.

Castaño Americano (Chestnut) FAS, F1F, SELECTOS Y NO.1 COMÚN: Estándar, excepto que se admiten sin límites los agujeros de gusano y las manchas. AGUSANADO SANO: Estándar, excepto: • El tamaño de los nudos sanos admitidos no está limitado. • Los cortes deben ser sanos como se define en “Cortes Sanos”. • Se admite que la médula se extienda a tres cuartos de la longitud de la pieza. NO.2A Y 2B COMÚN: Estándar, excepto que: los cortes deben ser sanos como se define en “Cortes Sanos”. NO. 3ª COMÚN: Estándar, excepto que: los cortes deben ser sanos como se describe en “Cortes Sanos”. NO. 3B COMÚN: estándar.

Cedro Rojo Aromático CLASIFICACIONES-NO.1 COMÚN Y MEJORES, NO.2A COMÚN:

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35 • Admitirá nudos sanos, rayas blancas y una médula firme y apretada en los cortes, que de lo contrario deberán ser sanos. • Ningún corte puede contener albura que exceda una sexta parte del lado del duramen. La albura ilimitada es admitida en el reverso. • Se aplicará la regla para madera mal cortada. • Grosores: Estándar. NO.1 COMÚN Y MEJOR: • Anchos: 3” y más anchos, admitiendo 25% de 3” de ancho. • Longitudes: 3’ y más largas. • Corte mínimo: 3” de ancho por 2’ de largo o 2” de ancho por 3’ de largo. • Cada pieza debe rendir no menos del 66-2/3% de los cortes. • No hay límite para el número de cortes. NO.2A COMÚN: • Anchos: 2” y más, admitiendo 35% de piezas de 2” de ancho. • Longitudes: 2’ y más. • Corte mínimo: 2” o más anchos que contenga no menos de 48 pulgadas cuadradas. • Cada pieza deberá rendir no menos del 50% de los cortes. • No hay límite para el número de cortes.

Álamo Colonial Anchos: 4” y más anchos. Longitudes: 6’a 16’. Cortes mínimos: 4” de ancho por 2’ de largo, o 3” de ancho por 3 de largo. Cada corte requerido admitirá, sin límites, nudos sanos, agujeros de gusanos con mancha, agujeros de gusanos de alfiler, picoteo de aves, rayas, manchas y torcedura de grano. El reverso de cada corte debe ser sano como se define en “Cortes Sanos”, excepto que no se admiten orificios de más de 1/8 “de diámetro. Los nudos admitidos pueden contener grietas o rajaduras que no excedan en profundidad la mitad del grosor de la pieza. El Álamo Colonial admite piezas que rendirán 66-2/3% en cortes de acuerdo a lo siguiente: • Las piezas con una medida de superficie de 2’ a 4’ en 1 corte. • Las piezas con una medida de superficie de 5’ a 7’ en 2 cortes.

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36 • Las piezas con una medida de superficie de 8’ a 10’ en 3 cortes. • Las piezas con una medida de superficie de 11’ a 13’ en 4 cortes. • Las piezas con una medida de superficie de 14’ y más en 5 cortes. Por acuerdo entre el comprador y el vendedor, los defectos en los bordes y/o extremos pueden ser marcados. Cuando se acuerde este método, la medida y clasificación de la superficie se determinarán dentro de las marcas en la pieza.

Roble Rustico Las reglas de clasificación en el Álamo colonial se aplicarán en todos aspectos, excepto en aquel donde se permita un corte adicional.

Aliso Rojo de la Costa del Pacífico Toda la madera aserrada del Aliso Rojo de la costa del Pacífico se vende y específica “nudos de alfiler no son defecto”, nudos o su equivalente, que no excedan de 1/4” en su mayor dimensión, que estén sanos o que contengan centros defectuosos que no sobrepasen 1/8” de diámetro, se admitirá en los cortes. Las Instrucciones Generales y las Clasificaciones Estándar (Páginas 6-19) regirán la medición e inspección de todas las maderas duras comerciales originarias del cinturón de madera dura del noroeste, con las excepciones que se establecen en las especies respectivas. Estas reglas se aplicarán a la madera verde, seca, áspera o cepillada. La mejor cara de las tablas en todos los espesores no deberá ser inferior al porcentaje mínimo de cortes requeridos para la clasificación, a menos que se especifique lo contrario; el lado de los cortes en todos los espesores debe estar en buenas condiciones tal como se define en “CORTES SANOS” o mejor, a menos que se especifique lo contrario. No habrá excepción para incumplir con estas reglas, a menos que el vendedor y el comprador así lo acuerden y se especifique en la orden de compra. SUPERIORES: • Anchos: 4” y más anchos. • Longitudes: 6’ y más largas. • Tamaño mínimo de los cortes (cara): 4” de ancho por 3’ de largo, o 3” de ancho por 6’ de largo. • Tamaño mínimo de los cortes (reverso): 4” de ancho por 2’ de largo o 3” de ancho por 3’ de largo. • No hay límite para el número de Cortes. • Admite piezas de 2’ y mayores en las medidas de superficie que no rendirán menos de 83 1/3% (10/12) en la mejor cara con la clasificación del reverso no inferior a la clasificación Gabinete (66 2/3% o 8/12). No se requiere que el reverso de los cortes, tanto en la cara superior como en la cara de gabinete esté sano.

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37 • Médula: no se admitirá ninguna pieza que contenga médula, encasillada o en protuberancia, que exceda el agregado en pulgadas de largo dos veces la medida de la superficie en pies. • Rajaduras: no se admitirá ninguna pieza que contenga rajaduras que excedan en pulgadas de largo, el doble de la medida de la superficie de la pieza en pies. • Disminución por falta de madera o presencia de corteza (Wane): en el lado frontal de las Superiores, la disminución o su equivalente se limitará a la mitad de la longitud del agregado en cualquier borde o 1/12 de la medida de la superficie de la pieza. En el reverso o en el lado de gabinete, la disminución o su equivalente no debe exceder de un cuarto del ancho por tres cuartos de la longitud, o las piezas pueden tener alternadamente una diminución de un tercio del ancho en la mitad de la longitud del agregado. El ancho de la disminución se puede dividir y mostrar en ambos bordes. • Curva lateral: no se admitirá ninguna pieza que contenga una curva lateral superior a 5/8”. • No hay una Regla del Primer Pie Lineal o restricción para el tamaño de nudo fuera del área de corte. GRADO DE GABINETE: • Anchos: 4” y más anchos, de los cuales se admite el 5% del ancho de 3”. Longitudes: 6’ y más largas. • No hay límite para el número de cortes. •Tamaño mínimo de los cortes: 4” de ancho por 2’ de largo o 3” de ancho por 3’ de largo. La clasificación se determinará a partir de la peor cara de la tabla. Admite piezas de 1’ y medidas de superficie que no rindan menos del 66 2/3% (8/12) con 2 cortes de cara limpia. CLASIFICACIÓN CUSTOM SHOP • Anchos: 4” y más anchos, de los cuales se admite el 5% del ancho de 3”. Longitudes: 6’ y más largas. • No hay límite para el número de cortes. • Tamaño mínimo de los cortes: 4” de ancho por 2’ de largo o 3” de ancho por 3’ de largo. • La clasificación se determinará a partir de la mejor cara de la tabla. Admite piezas de 1’ y mayores de MS que no producirán menos de 66 2/3% (8/12) de cortes de cara limpia con el reverso de los cortes sanos tal como se define en los “Cortes sanos”. CLASIFICACIÓN COM-SHOP: • Anchos: 4” y más anchos, de los cuales se admite el 5% del ancho de 3”. Longitudes: 5’ y más largas. • No hay límite para el número de cortes. Tamaño mínimo de los cortes: 3” de ancho por 2’ de largo. • La clasificación se determinará a partir de la mejor cara de la tabla. Admite

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38 piezas de 1’ y sobre medidas de superficie que no producirán menos del 50% (6/12) cortes de cara limpia con el reverso del corte sano como se define en “Cortes Sanos”. ALDER NUDOSO: CLASIFICACIÓN PREMIUM/RUSTICO/DE CARÁCTER: • Anchos: 4” y más anchos. • Longitudes: 7’ y más largas. • No hay límite para el número de cortes. • Tamaño mínimo de los cortes (cara): 4” de ancho por 2’ de largo con un mínimo de uno. • 4” de ancho por 7’ de largo en cada pieza. • Tamaño mínimo de los cortes (reverso): 4” de ancho por 2’ de largo. Mejor rendimiento de cara: 83 1/3% de rendimiento estructuralmente sólido. • Peor rendimiento de cara: 66 2/3% de rendimiento estructuralmente sólido para clasificar, no por debajo de la clasificación de estructura. • Los cortes admitirán grietas de temporada, bolsas de corteza, médula estrecha y firme, agujeros de gusanos, nudos sanos, nudos estrellados y nudos que no estén sanos. La disminución por falta de madera o presencia de corteza (Wane) no debe exceder un cuarto del ancho o la mitad del largo de la pieza. Anchura de la disminución se puede dividir y mostrar en ambos bordes. Las clasificaciones pueden seleccionarse y empaquetarse individualmente o combinarse según las especificaciones del fabricante. • Médula: Admitida sin limitación. • Rajaduras: no se admitirá ninguna pieza que contenga rajaduras que excedan en pulgadas de largo, el doble de la medida de la superficie de la pieza en pies. • Curva lateral: no se admitirá ninguna pieza que contenga una curva lateral superior a 5/8” en 3/8 a 5/4 o 1” en 6/4 a 24/4. • Nudos: no se admiten nudos defectuosos que atraviesan la pieza. El tamaño máximo de nudo premium (cara): 1” defectuoso y de 1 ½” defectuoso. El tamaño máximo para el nudo rústico/ carácter (cara): 1 ½” defectuoso y 3” sano. • Cada corte requerido debe contener un mínimo de un carácter por cada 8 unidades. CLASIFICACIÓN PARA MARCOS: • Anchos: 4” y más anchos. • Longitudes: 6’ y más largas. • No hay límite para el número de cortes. • Rendimiento: 66 2/3% de rendimiento estructuralmente sano de la peor cara de la tabla con el reverso sano. • Tamaño mínimo del corte: 4” de ancho por 2’ de largo, excepto que cada pieza debe contener al menos un corte de 4” de ancho por 6’ de largo. • Se admitirán en los cortes manchas, grietas de temporada, rajaduras pequeñas, bolsas de corteza, médula estrecha y firme, agujeros de gusanos,

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39 nudos sanos que no excedan en su dimensión mayor la mitad del ancho del corte. Se admiten otros orificios y nudos defectuosos que no superan en su mayor dimensión 1 1/2 “en 4” a 5 “cortes anchos y 2” en 6 “y cortes más anchos. • La disminución por falta de madera o presencia de corteza (Wane) no debe exceder un cuarto del ancho o la mitad del largo de la pieza. El ancho de la disminución se puede dividir y mostrar en ambos bordes. La longitud de la disminución está permitida en ambos bordes. Se admiten otros defectos si no perjudican la resistencia de los recortes. NO.3/ CLASIFICACIÓN MARCO ECONÓMICO: • Anchos: 4” y más anchos. • Longitudes: 5’ y más largas. • Tamaño mínimo del corte: 3” de ancho por 2’ de largo. No hay límite para el número de cortes. Rendimiento: 33 1/3% de cortes estructuralmente sanos. • Los cortes admitirán manchas, grietas de estación, grietas superficiales leves, bolsas de corteza, médula firme y apretada, agujeros de gusanos y nudos sanos que no superen en su dimensión más grande la mitad del ancho del corte. Se admiten otros orificios y nudos defectuosos que no superan en su dimensión máxima 1½ “en 4” a 5 “cortes anchos y 2” en 6” y cortes más anchos. Se admiten otros defectos si no impiden la resistencia de los cortes.

Maple de la Costa del Pacífico Cuando se vende y especifica que en el Maple de la Costa del Pacífico “los nudos de alfiler no son defecto”, los otros nudos o su equivalente, sin exceder 1/4” en su máxima dimensión, los centros sanos o defectuosos que no tengan más de 1/8” de diámetro, se admitirán en los cortes. Las Instrucciones Generales y las Clasificaciones Estándar (páginas 4–19) regirán la medición e inspección de todas las maderas duras comerciales propias del cinturón de madera dura del noroeste, con las excepciones establecidas en las respectivas especies. Estas reglas se aplicarán a la madera verde, seca, áspera o cepillada. La mejor cara de las tablas en todos los espesores no deberá ser inferior al porcentaje mínimo de recortes requerido para la clasificación, el reverso de los cortes en todos los espesores será correcto tal como se define en “Corte Sano” o mejor, a menos que se especifique lo contrario. No se harán excepciones a estas reglas, a menos que el vendedor y el comprador así lo acuerden y se establezca específicamente en la orden de compra. REGLAS DE CLASIFICACIÓN, SELECTAS Y MEJORES: • Anchos: 4” y más anchos, de los cuales se admite el 5% del ancho de 3”. • Longitudes: Aleatorio 4’ y más largos.

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40 • Tamaño mínimo del corte: 4” de ancho por 3’ de largo, o 3” de ancho por 6’ de largo. No hay límite para el número de cortes. Esta clasificación admite todas las tablas de 1’ y más, medida de superficie, que producirá no menos del 83-1/3% de los cortes de cara limpia, el reverso de los cortes debe ser sano como se define en “Corte Sanos”, excepto que las tablas de 1’ y sobre una medida mayor en superficie deberá producir no menos de 83-1/3% de cortes de cara limpia en una cara, el reverso de la tabla no está por debajo del No. 1. Shop. Médula: no se admitirá ninguna pieza que contenga médula que sobrepase el agregado en pulgadas de largo dos veces la medida de la superficie en pies. Rajaduras: No se admitirá ninguna pieza que contenga rajaduras que excedan en pulgadas de largo el doble de la medida de la superficie de la pieza en pies, ni cuando se separen más de una pulgada de la longitud del pie, excepto cuando sea de un pie o menos y esté amparada por Párrafo 59 de las Clasificaciones Estándar. Disminución por falta de madera o presencia de corteza (Wane): en el lado frontal de las Selectas y Mejores, la disminución o su equivalente se limitará a 1/12 de la medida de la superficie de la pieza. En el lado de No.1 Shop de Selectas y Mejores, la disminución o su equivalente no debe exceder un cuarto de la anchura en tres cuartas partes de la longitud, o las piezas pueden tener una disminución de un tercio de la anchura en la mitad de longitud. El ancho de la disminución se puede dividir y mostrar en ambos bordes. No se requiere que el reverso de los cortes en Selectas y Mejores y en No. 1 Shop este sano. NO.1 SHOP: • Anchos: 4” y más anchos, admitiendo 5% de 3” de ancho. • Longitudes: Aleatorio 4’ y más largos. • Tamaño de los cortes mínimos: 3” de ancho por 3’ de largo, o 4” de ancho por 2’ 1’ y en la medida de la superficie debe producir no menos de 66-2/3% de cortes de cara limpia, el reverso de los cortes deben ser sanos como se define en “Cortes de Sanos”. NO.2 SHOP: • Anchos: 4” y más anchos, admitiendo 5% de 3” de ancho. • Longitudes: Aleatorio 4’ y más largos. •Tamaño mínimo de los cortes: 3” de ancho por 2’ de largo. No hay límite para el número de cortes. Admite tablas de 1’ y sobre medidas en la superficie que producirán no menos del 50% de cortes de cara limpia, el reverso de los cortes sanos deberá ser como se define en “Cortes Sanos”. NO.3 SHOP: Anchos 3” y más anchos.

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41 LONGITUDES - ALEATORIAS DE 4” Y MAYORES: TAMAÑO MÍNIMO DE LOS CORTES: 3” de ancho por 2’ de largo. No hay límite para el número de cortes. Admite tablas de 1’ y medidas de superficie que rendirán no menos del 33-1/3% de cortes sanos o mejores. Nota: La madera con un rendimiento deficiente en el porcentaje de cortes, o menor en anchura o longitud de lo que se admite en el No.3 shop mencionado anteriormente, deberá contarse y reportarse por debajo de clasificación. CLASIFICACIÓN DE MARCO: • Anchos: 4” y más anchos. • Longitudes: 7’ y más largas. • Tamaño mínimo de los cortes: cada pieza debe contener al menos un corte de 4” x 7’; otros cortes, tamaño mínimo de 4” x 2’. Cada pieza deberá rendir no menos del 83-1 / 3%. • No hay límite para el número de cortes. DISMINUCIÓN POR FALTA DE MADERA O PRESENCIA DE CORTEZA (WANE): La disminución no debe exceder un cuarto del ancho y la mitad del largo de la pieza. El ancho de la disminución se puede dividir y mostrar en ambos bordes. Cada corte deberá ser razonablemente plano y recto; Admite bolsas de corteza, grietas de estación, grietas superficiales leves que no afecten la resistencia del corte, médula firme y sólida, manchas, los agujeros de alfiler de gusano y otros orificios o nudos defectuosos que no superen en su máxima dimensión 1-1/2” en cortes de 4” a 5” de ancho y 2” en 6 “y cortes de mayor anchura. Se admiten nudos sanos que no excedan en su dimensión mayor la mitad del ancho del corte y otros defectos que no afecten la resistencia del corte más de lo que se mencionó anteriormente. Las reglas se aplican a ambas caras de la pieza.

INSPECCIÓN DE LA MADERA DE CIPRÉS Instrucciones generales Nota: Los Inspectores de la National Hardwood Lumber Association aplicarán estas reglas cuando se les solicite inspeccionar la madera de Ciprés a menos que se especifique lo contrario. 1. Estas reglas para Ciprés están completas en este capítulo y no deben confundirse con las clasificaciones estándar u otras especies que se muestran en este libro. 2. Las solicitudes a los inspectores de la Asociación para la inspección de Ciprés en el punto de embarque deben ir acompañadas de una copia del pedido con el que se realizará el envío. Las solicitudes de inspección en el destino también deben ir acompañadas de una copia del pedido, pero en

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42 ausencia de dicha información, el inspector clasificará la madera de acuerdo con las siguientes clasificaciones estándar de Ciprés que dan preferencia a las clasificaciones en el orden denominado: Selectas & Mejores, No.1 Común, Nº 2 Común y Peck. 3. La madera se inspeccionará y medirá como la encuentre el inspector, de longitud y anchura completas. No deberá hacer concesiones con el fin de elevar la clasificación, excepto en las imperfecciones en las existencias ásperas que se puedan retirar para lograr la medida estándar y el ancho de la superficie y no se considerarán para determinar la clasificación; de lo contrario, los defectos admisibles en madera tanto áspera como cepillada serán los mismos tanto para clase como para clasificación. 4. Estas reglas definen la pieza más deficiente en cualquier clasificación dada, pero las calificaciones respectivas contendrán todas las piezas hasta la siguiente clasificación más alta. 5. La clasificación se determinará a partir de la mejor cara de la tabla. En Selectas y Mejores, el reverso no deberá clasificar por debajo del Nº 1 Común. En el No.2 Común, el reverso no debe impedir la capacidad de servicio de este grado de utilidad.

Medición y Conteo 6. La madera de tamaño estándar se contará con la medida de la tabla. En madera de espesor estándar de menos de 1 pulgada, la medición de la base de la tabla debe basarse en las dimensiones de la superficie. En la madera medida con una regla de tabla, se realizará una cuenta en pies y esta cantidad será la medida de tabla de pies de madera de 1 pulgada. La cuenta de la madera más gruesa de 1 pulgada deberá multiplicarse por el grosor expresado en pulgadas y en fracciones de pulgada. 7. En el material medido con una regla de medición, las piezas de ancho aleatorio que midan hasta la mitad del pie se contarán alternativamente a partir del siguiente conteo de pies más alto y más bajo; las fracciones por debajo del medio pie se deben descartar y las fracciones por encima del medio pie se deben contar como el siguiente pie más alto. 8. La madera transportada en stock o en anchos específicos se debe contar por el número de piezas de cada tamaño y longitud. 9. Tamaños de aserrado recomendados: Cuando se acaba de aserrar, el ancho del material debe ser de 1/4 “a 1/2” sobre el ancho nominal. Cuando esté seco, los anchos deben ser del ancho total permitiendo un 10% 1/8” de merma. Cuando se cepillan dos bordes, las piezas de menos de 8” de ancho pueden ser de 1/2” menor al ancho nominal. Las piezas de 8” y más anchas

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43 pueden tener un ancho de 3/4” del ancho nominal. Todas las clasificaciones deben ser del ancho estándar, a menos que se especifique lo contrario. 10. La madera que tenga una mayor variación en el ancho, excepto en lo que respecta a la disminución por falta de madera o presencia de corteza (Wane), entre el punto más delgado y el más ancho, que se muestra en la siguiente tabla, se medirán en cuanto al ancho en el punto más delgado y se clasificará como un mal cortada, y se clasificará e informará como tal. • 1/16” en espesores de 3/8” y 1/2”. • 1/8” en espesores de 5/8” y 3/4”. • 1/4” en espesores de 1” a 2”. • 3/8” en espesores de 2-1/2 “ y 3”. • 1/2” en espesores de 4”.

Contenidos de humedad 12. Contenido de humedad de la madera estufada por peso: 5/4 y menos de 11% a 15%. 6/4 y más del 13% al 18%. La madera secada al aire no debe exceder el 18% de humedad.

Espesores Estándar 13. Los espesores estándar para madera áspera son: 1”, 1-1/4”, 1-1/2”, 1-3/4”, 2”, 2-1/2”, 3”, 3-1/2”, 4”, 4-1/2”, 5”, 5-1/2” y 6”. Los espesores también pueden expresarse en pulgadas de un cuarto del siguiente modo: 4/4, 5/4, 6/4, 7/4, 8/4, 10/4, 12/4, 14/4, 16/4, 18/4, 20/4, 22/4 y 24/4. 14. El espesor de la madera aserrada en bruto debe ser de 1/16 “a 1/8” sobre el espesor nominal. Cuando la madera esté seca, su grosor debe ser completo, permitiendo un encojimiento de 10% 1/16”.

Torsiones y Acucharamiento 15. La tabla completa debe ser lo suficientemente plana para cepillar ambos lados a 1/4” menos que el espesor nominal, no se permiten saltos en el cepillado.

Definición de Defectos e Imperfecciones 16. Cuando se encuentren defectos o imperfecciones, o combinaciones de los mismos, no descritos en estas reglas de clasificación, se considerarán como equivalentes a defectos conocidos de acuerdo con su efecto dañino sobre la pieza en la clasificación en cuestión.

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44 17. Las definiciones estándar de los defectos e imperfecciones habituales en Ciprés son las siguientes: 18. Un defecto se define como cualquier irregularidad que ocurra en o sobre la madera que pueda disminuir en algo su resistencia, durabilidad o valores de utilidad. 19. Una imperfección se define como cualquier cosa que no esté clasificada como un defecto, que dañe la apariencia de la madera.

Grietas 20. Una grieta es una separación a lo largo de la madera, que generalmente ocurre a través de los anillos de crecimiento anual. 21. Una grieta en la superficie es una grieta que ocurre en la superficie de la pieza. 22. Una grieta pequeña en la superficie es una abertura perceptible de no más de 4” de largo. 23. Una grieta mediana en la superficie es una que no tenga más de 1/32” de ancho y más de 4”, pero no más de 10” de largo. 24. Una grieta grande en la superficie es una de más de 1/32” de ancho y más de 10” de largo. 25. Una grieta al final es una que se realiza en el extremo de una pieza. 26. Una grieta transversal es una que se extiende desde una superficie a través de la pieza hasta la superficie opuesta o hacia una superficie contigua. 27. Una grieta de médula es aquella que comienza en la médula y se extiende hacia pero no hasta la superficie de la pieza.

Deterioro y Picaduras de ave 28. La descomposición es una desintegración de la sustancia de la madera debido a la acción de los hongos que destruyen la madera. Las palabras “decadencia” y “podredumbre” significan lo mismo que deterioro. 29. El deterioro incipiente es la etapa temprana de descomposición en la cual la desintegración no ha avanzado lo suficiente como para ablandar o cambiar la dureza de la madera de manera perceptible. Suele ir acompañado de una ligera decoloración o blanqueamiento de la madera.

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45 30. La descomposición avanzada (o típica) es la etapa más pronunciada de la descomposición en la cual la desintegración se reconoce fácilmente porque la madera se ha vuelto inservible, suave y esponjosa, fibrosa, con anillos, triturada, picada o desmenuzada. La decoloración o el blanqueamiento de la madera podrida a menudo son evidentes. 31. Un picoteo es la descomposición típica que aparece en forma de agujero, bolsillo o área de podredumbre blanda, generalmente rodeada de madera sana. El picotazo leve no es a través de la pieza y ocupa menos del 10% de la superficie.

Agujeros 32. Los agujeros en la madera pueden extenderse parcial o totalmente a través de la pieza y ser por cualquier causa. Cuando los hoyos están permitidos, el promedio de la longitud máxima y la anchura máxima se utilizarán para medir el tamaño, a menos que se indique lo contrario. 33. Un agujero de alfiler de gusano de es uno que no tiene más de 1/16 “de diámetro. 34. Un agujero mediano de gusano es de más de 1/16” pero no más de 1/4” de diámetro. 35. Un agujero grande de gusano tiene un diámetro de más de 1/4”.

Nudos 36. Los nudos se clasifican según tamaño, forma, calidad y aparición. El promedio de la longitud máxima y el ancho máximo se utilizarán para medir el tamaño de los nudos, a menos que se indique lo contrario. 37. Un nudo de alfiler es uno cuyo diámetro no sea mayor de 1/2”. 38. Un nudo pequeño es de más de 1/2 “, pero no más de 3/4” de diámetro. 39. Un nudo medio es uno de más de 3/4”, pero no más de 1-1/2” de diámetro. 40. Un nudo grande tiene un diámetro de más de 1-1/2”. 41. Un nudo redondo tiene una forma oval o circular. 42. Un nudo de espiga es una rama o extremidad aserrada en una dirección longitudinal.

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46 43. Un nudo sano es sólido en su cara, tan duro como la madera que lo rodea, y no muestra indicios de descomposición. Puede variar en color de rojo a negro. 44. Un nudo defectuoso no afectará la fuerza de la tabla. 45. Un nudo en descomposición es más suave que la madera circundante y contiene una descomposición avanzada. 46. Un nudo apretado es uno tan fijo por crecimiento o posición que retendrá firmemente su lugar en la pieza. 47. Un nudo entrecruzado es aquel cuyos anillos de crecimiento anual están completamente relacionados con los de la madera circundante. 48. Un nudo impermeable es aquel cuyos anillos de crecimiento anual están completamente incrustados con los de la madera circundante en una superficie de la pieza, y que son sanos en esa superficie. 49. Un nudo encasillado es uno cuyos anillos de crecimiento anual no son intercalados y homogéneos con los de la madera circundante. El encasillamiento puede ser parcial o completo. 50. Un nudo suelto es uno que no se mantiene firmemente en su lugar por el crecimiento o la posición y no se puede confiar en que permanezca en la tabla. 51. Un nudo de médula es un nudo sano con un orificio de médula de no más de 1/4” de diámetro. 52. Un nudo hueco es un nudo aparentemente sano con un orificio relativamente grande en él.

Defectos de fabricación 53. Los defectos de fabricación incluyen todos los defectos o imperfecciones que se producen en la fabricación tales como vetas astilladas, vetas sueltas, vetas elevadas, vetas rasgadas, quemaduras producidas por la maquinaria utilizada y acanaladuras ocasionadas por la máquina. 54. Veta astillada significa que una parte de la superficie se astilla o se rompe en partículas muy pequeñas debajo de la línea de corte. No debe clasificarse como veta rota y, como se suele encontrar, no se considerará un defecto a menos que esté presente en más del 25% del área. 55. Veta suelta significa que una pequeña porción de la madera se ha aflojado pero no se ha desplazado.

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47 56. La veta elevada es una condición áspera en la superficie de la madera, en la que la madera dura de verano se eleva por encima de la madera de primavera más suave, pero no se desprende de ella. 57. Veta rasgada significa que una parte de la madera está rasgada en la superficie y en profundidad tiene cuatro características distintas; Ligera, intermedia, severa y profunda. 58. La veta rasgada leve no tiene más de 1/32” de profundidad. 59. La veta rasgada mediana tiene más de 1/32 “, pero no más de 1/16” de profundidad. 60. La veta rasgada pesada tiene más de 1/16”, pero no más de 1/8” de profundidad. 61. La veta rasgada severa tiene más de 1/8” de profundidad. 62. Un salto es un área en una pieza que no tuvo contacto con la cuchilla de cepillado. 63. Un salto ligero es un área que no tuvo contacto con el cepillo, cuya área no excede el producto del ancho de la pieza en pulgadas multiplicado por 6. 64. Un salto grande es uno que el cuchillo de cepillado no tocó en absoluto. 65. Una quemadura de máquina es un oscurecimiento o carbonización de la madera debido al sobrecalentamiento de los cuchillos de la máquina. 66. Una acanaladura de máquina es una ranura a través de una pieza debido a que la máquina corta por debajo de la línea de corte deseada.

Separaciones 67. Una separación a aquella separación longitudinal de la madera, que suele ocurrir entre los anillos de crecimiento anual y en paralelo. 68. Una separación fina es uno con una abertura apenas perceptible. 69. Una separación ligera es una con más de una abertura perceptible pero no más de 1/32” de ancho. 70. Una separación media es una con una abertura de más de 1/32” pero no más de 1/8” de ancho. 71. Una separación abierta es una con una abertura de más de 1/8 “de ancho.

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48 72. Una separación transversal es una que se extiende desde una superficie a través de la pieza hasta la superficie opuesta o hacia una superficie contigua. 73. Una separación redonda es una que rodea completamente la médula. 74. Una separación torcida es una que no rodea completamente la médula.

Rajaduras 75. Una rajadura es una separación longitudinal de la madera debido al desgarro de las celdas de la madera. 76. Una rajadura corta es una que no excede en longitud ni el ancho de una pieza ni la sexta parte de su longitud. 77. Una rajadura mediana es una que excede en longitud el ancho de una pieza pero no excede una sexta parte de su longitud. 78. Una rajadura larga es una que excede en longitud una sexta parte de la longitud de la pieza.

Mancha (o Decoloración) 79. Una mancha es una decoloración, que ocurre en o sobre la madera, de cualquier color que no sea el color natural de la pieza, en la cual aparece. Se clasifica como medio ligero y pesado. 80. Una mancha ligera es una diferencia suave de color que no afectará materialmente el aspecto de la pieza si se le da un acabado natural. 81. Una mancha media es una diferencia pronunciada en el color que, aunque no oscurece la veta de la madera, normalmente sería objetable en un acabado natural pero no en un acabado pintado. 82. Una mancha penetrante es una diferencia de color tan pronunciada que prácticamente oscurece la veta de la madera.

Disminución por Falta de Madera o Presencia de Corteza (Wane) 83. Se refiere a la presencia de corteza, o la falta de madera o corteza en el borde o esquina de una pieza, debido a cualquier causa. 84. La disminución ligera no excede 1/4” de ancho en la superficie sobre la que aparece, por un sexto de la longitud y un cuarto del espesor de la pieza.

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49 85. La disminución intermedia excede 1/4”, pero no más de 1/2” de ancho en la superficie sobre la que aparece, por un sexto de la longitud y un cuarto del espesor de la pieza. 86. La disminución severa excede 1/2” de ancho en la superficie sobre la que aparece, y / o un sexto de la longitud y un cuarto del espesor de la pieza.

Clasificaciones estándar 87. Clasificaciones estándar: selectas y mejores, común núm. 1, común núm. 2 y picadura. Para la mayoría de las ventas comerciales, se envían las selectas y mejores y después, las común núm. 2.

Selectas & Mejores 88. La clasificación selecta y mejor es de la más alta calidad y deberá especificarse para cualquier uso donde la apariencia sea de suma importancia, como en revestimientos, pavimento, tabiques, etc. 89. El tamaño mínimo de la tabla es de 4” x 8’ y admite el 25% de longitudes impares. 90. Se clasifica desde la mejor cara con reverso no inferior al común núm. 1. Albura sin defecto. La disminución en el lado común núm. 1 no deberá exceder 1/2 de espesor, 1/3 de longitud, ni 1/6 de ancho en total. A. Las piezas de 4” y 5” de ancho se deben limpiar para admitir una disminución ligera en un borde (párrafo 80). B. Las piezas de 6” y más anchas permiten: • Una rajadura equivalente al total del ancho de la tabla. • Disminución equivalente a 1/2 del espesor, el doble de la longitud en pulgadas y 3/4” de ancho. • Mancha ligera: párrafo 76. Defectos permitidos: Piezas. • 6” de ancho: un nudo medio. • 7” a 9” de ancho: dos nudos medios. • 10” y más anchas: tres nudos medios que permitan un nudo adicional por cada 3” de ancho. • Se admitirán grietas de temporada que puedan eliminarse al revestir a 1/4” por debajo del espesor estándar.

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50 Nota: El nudo medio tiene un diámetro promedio de 3/4” a 1 1/2” y el núm. 2 común debe estar sano, excepto en madera de 10” y más ancha, se permite un nudo medio no sano de una pulgada. Defectos que se pueden sustituir por un nudo medio: • Tres nudos de alfiler: el nudo de alfiler tiene un diámetro promedio de 1/2” o menor. • Dos nudos pequeños: el nudo pequeño es de 1/2” a 3/4” secado al aire. • Un defecto ligero de fabricación, como se define en los párrafos 50, 51, 54, 59, 61, 62. • Las piezas de 10” y más anchas permiten 2 agujeros de gusano alfiler por cada pie lineal.

No. 1 Común y No. 2 Común 91. Los comunes son una clasificación comercial esencial para todos los tipos de construcción en general, acabados, moldura, patrones de stock y otros usos en los que las características de los árboles comunes mejoran la apariencia de la pieza, o no restringen la aplicación adecuada de la pieza.

No. 1 Común 92. Se clasifica desde la perspectiva de la resistencia que se utiliza principalmente como la cara deficiente de una tabla selecta y mejor. 93. Tamaño mínimo de la tabla: 4” x 8’ y admite 25% de longitud impar. 94. Admite cualquiera de los siguientes números, o su equivalente: Defectos de fabricación intermedios, como se define en los párrafos 50, 51, 55, 60, 61 y 62. Nudos sanos: nudos ocasionales que no sean sanos en una sola de las caras y solamente en el 10% de las piezas. El diámetro promedio de cualquier nudo no deberá ser menor a: • 1 a 1/2” en anchos de 4” a 6”. • 2” en anchos de 7” a 11”. • 2 1/2” en anchos de 12”. • 3” en piezas de 13” y más anchas. Se admitirán rajaduras equivalentes al total del ancho de la tabla. Disminución por falta de madera o presencia de corteza (Wane) en 1/2 del espesor, 1/3 de la longitud y 1/6 del ancho en total en uno o ambos bordes.

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51 Se admitirá cualquiera de los siguientes números, o su equivalente: las grietas no se extienden a través de la pieza y no afectan la resistencia de la pieza, la mancha, picadura ligera y agujeros de gusano alfiler.

No. 2 Común Se clasifica igual que la No. 1 Común, excepto que admite: diámetro ilimitado, nudos (sanos o defectuosos), nudos de médula y picadura ligera. 95. El defecto se clasifica desde la perspectiva de la resistencia. 96. Tamaño mínimo de la tabla de 4” x 6’ en incrementos de 2’. No se admiten longitudes impares a menos que se especifique lo contrario. 97. Debe ser adecuado para cercas comunes o dimensiones en su anchura y longitud completa. Las grietas que no se extiendan a través de la pieza se admitirán sin límite, siempre que no afecten la resistencia de la pieza. La separación se limita a una cara solamente y no a más del 10% del total de la longitud de la pieza. La disminución por falta de madera o presencia de corteza (Wane) de la mejor cara no debe exceder 1/2 del espesor o 1/3 de la longitud y 1/6 del ancho de la pieza. La disminución en la cara deficiente no debe extenderse por todo el espesor de la pieza, dejando un borde de clavar de 1/8” en la cara buena. Rajaduras equivalentes a la longitud de la pieza en pulgadas. Se admite la médula. No se permiten agujeros abiertos. Cualquier nudo defectuoso no debe deteriorar la resistencia de la pieza.

Peck Núm. 1 y Núm. 2 (Con picaduras) 98. La clasificación Peck (Con picaduras) núm. 1: La pieza debe contener un mínimo de 10% (medida de superficie) de picaduras bien distribuidas en el lado de la cara. La picadura no debe permitir que la luz pase a través de la pieza. 99. La clasificación Peck núm. 2 (Con picaduras): Contiene piezas que no se permiten en Peck núm. 1 debido al hecho de que la picadura sí permite que la luz pase a través de la pieza. Cada pieza debe ser adecuada para su manejo y construcción ordinaria sin roturas.

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Madera de Ciprés Tamaños y longitudes como se especificó.

Bordes Cuadrados y Sanos Deberán estar libres de separaciones, nudos defectuosos, o una combinación de defectos admisibles que deterioren severamente la resistencia de la pieza. Se admitirán corazones firmes (centro del corazón) bien encerrados, grietas de temporada, manchas, agujeros de gusano alfiler, nudos sanos, picaduras ligeras en los extremos, separaciones ligeras en los extremos que no se extiendan hacia la superficie, separaciones y picaduras ligeras en la superficie, el total de cada uno no debe exceder un cuarto de la longitud de la pieza; la disminución no debe exceder un octavo el ancho de una cara en una esquina, o su equivalente total en dos o más esquinas.

Maderas No. 1 Común Se admitirán corazones firmes (centro del corazón) bien encerrados, grietas de temporada, manchas, agujeros de gusano alfiler, nudos de corazón sanos y encerrados, un nudo defectuoso ocasional que no deberá exceder en diámetro 1/2” en caras de 3” a 6”, de 2” en caras de 7” a 11”, de 2 1/2” en caras de 12” y de 3” en caras más anchas; separaciones ligeras, separaciones medias que no se extiendan a lo largo de la pieza ni excedan un sexto de su longitud; picaduras leves; rajaduras en cada extremo que no excedan en longitud el ancho de la pieza; disminución por falta de madera o presencia de corteza (Wane) que no exceda un cuarto del ancho de una cara en una de sus esquinas o que su total sea equivalente en dos o más esquinas.

Maderas No. 2 Común Se clasifican igual que la No. 1 Común, excepto que admite nudos sanos o defectuosos sin límite de diámetro, nudos de corazón y picaduras ligeras. Las grietas que no se extiendan a través de la pieza se admitirán sin límite, siempre que no afecten la resistencia de la pieza. Se admitirán médulas encasilladas (centro del corazón) o evidentes en la superficie, grietas de temporada, manchas, agujeros de gusano alfiler, agujeros medianos, nudos sanos, encerrados y con corazón; nudos defectuosos cuyo diámetro no exceda un tercio del ancho de la cara en la que aparecen, rajaduras que no excedan un sexto de la longitud de la pieza, disminución que no exceda la mitad del ancho de la cara en la que aparecen, picaduras y separaciones que no deterioren seriamente la resistencia de la pieza.

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Maderas No. 3 Común Se admitirán defectos más severos que en la No. 2 Común, tales como picaduras ordinarias, nudos defectuosos y ocasionales con agujeros; pero cada pieza deberá estar lo suficientemente sana y fuerte como para utilizarse como vigas de tierra y material de construcción barato.

Mezquite FAS: Anchos: 6” y mayores. Longitudes: 4’ y mayores. Tamaño mínimo de los cortes: 4” de ancho por 24” de largo. El número de cortes permitido es la medida de la superficie dividida entre 4. La clasificación se hace por el lado más deficiente de la tabla. Al menos, el 83% de la medida de la superficie se presentará como cortes de cara limpia. SELECTAS: ANCHOS: 4” y mayores. Longitudes: 3’ y mayores. Tamaño mínimo de los cortes: 2.5” de ancho por 18” de largo. El número de cortes permitido es la medida de la superficie dividida entre 4. Esta clasificación se hace por el lado más limpio. Al menos, el 83% de la medida de la superficie se presentará como cortes de cara limpia. NO. 1 COMÚN: Anchos: 2” y mayores. Longitudes: 2’ y mayores. Tamaño mínimo de los cortes: 2” de ancho por 12” de largo. El número de cortes permitido es 1 más la medida de superficie, dividida entre 3. La clasificación se hace por el lado más deficiente. Al menos, el 67% de la medida de la superficie se presentará como cortes de cara limpia. NO. 2 COMÚN: Anchos: 2” y mayores. Longitudes: 2’ y mayores. Tamaño mínimo de los cortes: 1.5” de ancho por 6” de largo. El número de cortes permitido es la medida de la superficie dividida entre 2. La clasificación se hace en el lado más deficiente. Al menos, el 50% de la medida de superficie se presentará como cortes de cara limpia. DECORATIVO: Anchos: 2” y mayores. Longitudes: 1’ y mayores. Tamaño mínimo de los cortes: 1.5” de ancho por 6” de largo. No hay límite respecto al número de cortes permitido; sin embargo, al menos el 25% de la medida de superficie se presentará como cortes en el peor lado de la tabla. Para todas las clasificaciones, existe un modificador para lidiar con la albura. No se permitirá albura en cualquier corte limpio; pero, si está presente, deberá asignarse como “WS” (With Sap) que significa “con albura”.

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54 Los defectos que se permiten, pueden ser un pequeño nudo (1/2”) en el centro, una fisura menos de 1/32” de ancho y 3” de largo, o un nudo inusual o fisura en el extremo de la tabla que no se extienda más allá de 2” en la longitud de la tabla.

Clasificaciones para Piezas de Mezquite Pequeñas y Limpias Aunque las piezas pequeñas y limpias de mezquite son sumamente útiles para una variedad de propósitos, si sus anchos y longitudes son muy pequeños, no pueden clasificarse de acuerdo a las clasificaciones de maderas ásperas. En consecuencia, las siguientes reglas se adoptaron de la National Dimension Manufacturers Association para piezas pequeñas para muebles: C1F (una cara limpia): Este material debe estar limpio de un lado o cara, ambos bordes y ambos extremos y, de otra manera, deberá cumplir con la calidad de dos caras limpias, salvo que el reverso contenga defectos de calidad sana. C2F (dos caras limpias): Este material deberá estar limpio en ambas caras, bordes y extremos, salvo que se permitan la albura, vetas ligeras, lupias o remolinos pequeños y manchas ligeras. NÚCLEO: Este material deberá estar sano en ambas caras y admitir nudos sanos ligeros, pequeños agujeros de gusanos, ligeras grietas en la superficie o su equivalente. INTERIOR SANO: Este material puede contener cualquier defecto que no dañe materialmente la resistencia de la pieza individual para el uso designado. MARCO SANO: Igual que para el interior sano.

MADERAS DURAS TROPICALES Las longitudes impares se admiten sin límites. Las fracciones superiores a medio pie de longitud se contarán y las fracciones inferiores a medio pie de longitud o menos se descartarán, excepto en las clasificaciones de cortos. Esto no cambia los requerimientos de longitud mínima de las clasificaciones correspondientes. La albura no se permite en los cortes de ambas caras de todas las clasificaciones. FAS: Estándar, excepto: piezas con una medición de superficie de 4’ y 5’ deberán tener un rendimiento de 11/12 (91-2/3%) de cara limpia en un corte.

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55 F1F: Estándar. Selectas: Estándar, excepto: piezas de 4” de ancho y superiores que permiten el 10% 4” y 5” de las cuales la mitad debe ser mínimo de 5”. Común núm. 1: Estándar, excepto: • Anchos: 4” y más anchos. • Longitudes: 6’ y más largos. • No. 1 Común admite piezas con un rendimiento en cortes de cara limpia de la siguiente manera: Medida de superficie de la pieza

Rendimiento requerido

Número de cortes

2’

75%

1

3’ y 4’

66 - 2/3%

1

75%

2

66 - 2/3%

2

75%

3

5’ a 7’ 8’ a 11’

66 - 2/3%

3

12’ y superior

66 - 2/3%

4

NO. 2A COMÚN: Estándar, excepto: longitudes de 6 pies y superiores. No hay límite en el número de cortes. NO. 2B COMÚN: Se aplicarán todos los requerimientos para el común No. 2A, excepto que los cortes deben estar sanos, como se define en la sección de corte sano. NO.3 COMÚN: Estándar, incluye No. 3A y 3B Común como una sola clasificación, excepto que las longitudes son de 6 pies y superiores.

Cortos CLASIFICACIONES – FAS CORTOS, CORTOS COMUNES: Longitudes estándar: 2’, 2-1/4’, 2-1/2’, 2-3/4’, 3’, 3-1/4’, 3-1/2’, 3-3/4’, 4’, 4-1/4’, 4-1/2’, 4-3/4’, 5’, 5-1/4’, 5-1/2’. • Las longitudes distintas al estándar deberán medirse con respecto a la longitud estándar inferior inmediata.

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56 • Los cortos deberán medirse y contarse como si midieran cuatro veces la longitud estándar real y el total resultante deberá dividirse entre cuatro. FAS: Anchos: 4” y más anchos. • Piezas de 4” y 5” de ancho deberán estar limpias. • Piezas de 6” y más anchas admitirán defectos estándar o su equivalente de acuerdo a la base anterior de medición de superficie (cuatro veces la medición de superficie real) de la siguiente manera: 8’, 1; 16’, 2; 22’, 3; 26’, 4. CORTOS COMUNES: Anchos: 3” y más anchos. • Deberán tener un rendimiento del 50% en cara limpia y no más de dos cortes. • Ningún corte que contenga menos de 36 pulgadas cuadradas será considerado. • Deberá clasificarse como cortos de primera y segunda, excepto el ancho mínimo, y se admiten agujeros de gusano alfiler, lupias y manchas.

Listones La inspección se realizará desde la mejor cara de la pieza. Las longitudes impares se admiten sin límite. Las fracciones superiores a medio pie de longitud se contarán hacia arriba y las fracciones inferiores a medio pie de longitud se descartarán. Esto no cambia los requerimientos de longitud mínima de los listones. Los anchos en la clasificación de listones No. 1 Común y Limpio son: 2”, 2-1/2”, 3”, 3-1/2”, 4”, 4-1/2”, 5” y 5-1/2”. Los listones pueden tener una reducción de 1/8” de ancho cuando se envían secos. En listones limpios, las piezas deformadas de un extremo se medirán en el extremo estrecho. En la clasificación No. 1 Común, las piezas deformadas en un extremo deberán medirse a un tercio de la longitud de la pieza desde el extremo estrecho. La albura se admite sin límite en todas las clasificaciones. LIMPIO: Longitudes: 6’ y más largo. Deberán tener una cara limpia, el reverso admitirá disminución por falta de madera o presencia de corteza (Wane) o su equivalente en otros defectos, sin exceder un tercio de la longitud, un tercio del ancho y un tercio del espesor de la pieza, y deberán estar sanos como se define en la sección “Corte sano”.

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57 NO.1 COMÚN: Longitudes: 6’ y más largo. Ambos bordes de las piezas de 6’ y 7’ de largo y ambos bordes de cada corte en piezas de 8’ y más largas deberán estar limpios. Además de los requerimientos anteriormente mencionados, las piezas de 6’ y 7’ de largo admitirán un defecto estándar; las piezas de 8’ y más largas deberán tener un rendimiento de 66-2/3% de cara limpia en no más de dos cortes de 8’ a 11’ y no más de tres cortes en piezas de 12’ y más largas. Ningún corte podrá tener una longitud menor a 2’ de largo ni menor a 2” de ancho en piezas de 2” a 1/2” de ancho, y no menor a 3” de ancho en piezas de 3” y más anchas. El reverso de los cortes deberá estar sano, como se define en la sección de “Corte sano”.

INSPECCIÓN DE MADERA ESTUFADA Medición posterior al estufado El reglamento del modelo estatal, adoptado por la Conferencia Nacional sobre Pesos y Medidas del 21 de julio de 1977, especifica que: “Las ventas de madera dura medida después del estufado se cotizarán, facturarán y entregarán sobre la base de pietaje neto, sin agregar pietaje por el encogimiento del estufado”.

Medición previa al estufado También estipula que, “las ventas de maderas duras medidas antes del estufado deberán cotizarse, facturarse y entregarse sobre la base neta de pietaje neto antes del estufado. Si la madera se va a estufar a petición del comprador, el cargo por el estufado deberá mostrarse claramente e identificarse en la cotización y la factura”. Esta regulación está reconocida como ley en muchos estados y se advierte a los miembros de la NHLA que consulten las regulaciones de los estados en los que tienen negocios. Al inspeccionar la madera estufada, los inspectores nacionales no harán ninguna adición para el encogimiento estimado del estufado. En los contratos de madera estufada, se aplicará la Regla Estándar de Estufado, a menos que se especifique lo contrario en el contrato de venta.

Regla Estándar de Estufado La madera estufada se calificará y medirá como tal, las reglas de clasificación para la madera secada al aire deberán aplicarse en todos los aspectos, a menos que se especifique lo contrario. La madera áspera estufada especificada como

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58 3/8” a 1-3/4” de ancho puede tener una merma de 1/16” del espesor nominal; la de 2” y más grueso puede tener una merma de 1/8” y el 10% de merma de la madera cortada en cuartos admitida en el párrafo 36, puede tener una merma de 3/32” en un borde en 1” a 1-1/2” de madera y 3/16” en un borde en 2” y más grueso. Los anchos mínimos mencionados en todas las clasificaciones pueden tener una merma de 1/4” en ancho y el 10% admitido en el párrafo 10, puede tener una merma de ancho de 1/2”. En otros aspectos, deberán aplicarse las reglas para clasificar la madera secada al aire. Los inspectores nacionales marcarán los certificados bajo estas especificaciones: “Regla Estándar de estufado aplicada.” (Standard Kiln Dried Rule Applied).

Estufado de Tablas de Maderas Duras Nota: Para minimizar los cambios dimensionales en el servicio, se debe eliminar la humedad de la madera dura utilizada para la mayoría de los productos colocándola en una estufa con humedad y el calor controlados durante un periodo de tiempo determinado por el contenido de humedad inicial y el deseado, la especie y el espesor. Otras ventajas del estufado son liberar el estrés y matar los insectos y organismos que causan manchas y descomposición. El contenido de humedad de la madera se expresa generalmente como el porcentaje del peso del agua en la madera al peso en seco de la madera. La madera con un contenido de humedad superior al 30% se considera madera verde o parcialmente secada al aire. El contenido de humedad de la madera secada al aire es generalmente del 15 al 30%. Las estufas generalmente secan la madera dura hasta un contenido de humedad del 6% al 10%, y la madera estufada se ajusta gradualmente a la humedad de su destino final. El estufado es un proceso técnico especializado. El estufado personalizado es un acuerdo contractual entre el operador de la estufa y el propietario de la madera. El encogimiento de la madera dura en el estufado varía de un 5% a un 9% aproximadamente, dependiendo de la especie y la humedad inicial (los valores de encogimiento de las especies individuales se pueden encontrar en las referencias técnicas a continuación). Algún deterioro puede ocurrir con el estufado.

Referencias Técnicas Si requiere más información, le recomendamos: Dry Kiln Operators Manual, GPO Stock No. 001-000-04576-8, a la venta por el Superintendent of Documents, U.S. Government Printing Office, 710 N. Capitol Street, Washington, D.C. 20402. Tel: 202-783-3238. www.fpl. fs.fed.us

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59 Forest Products Laboratory, One Gifford Pinot Drive, Madison, Wisconsin 53726. Tel: 608-231-9200, “Wood Handbook: Wood as an Engineering Material”. Copias limitadas disponibles en la página www.fpl.fs.fed.us Forintek Canada Corp., 319 rue Franquet, Ste-Foy Quebec, G1P 4R4, Canada, Tel: 418-659-2647, Fax: 418-659-2922, www.forintek.ca.

INSPECCIÓN DE MADERA CEPILLADA La madera aserrada S2S (a dos caras) deberá inspeccionarse de acuerdo a las clasificaciones establecidas en el apartado de las respectivas maderas, con las siguientes excepciones:

Clasificación de Corte “Cara Limpia” La clasificación se determinará a partir de la mejor cara de la pieza. Los párrafos 56, 57, 58, 60 en las páginas 14–15, se aplican a ambas caras en FAS y a la mejor cara en F1F y Selectas. El reverso de los cortes, tanto en FAS como en el común núm. 1, no necesitan estar sanos para las clasificaciones estándar de F1F y Selectas. Se admitirán saltos ligeros en el cepillado, granos astillados o rasgados en la mejor cara de los cortes requeridos, el área total no debe exceder 6” de largo por el ancho de la pieza en FAS; 12” de largo por el ancho de la pieza en F1F y selectas; 18” de largo por el ancho de la pieza en No. 1 Común, No. 2A, 2B y 3A Común y en el reverso en el área total que no exceda un tercio de la superficie de los cortes necesarios.

Madera Cepillada “Acierto o Falla” (Hit or Miss) La madera cepillada por dos lados hasta un espesor mayor al de la superficie estándar de cepillado que especifique “Hit or Miss”; permitirá saltos, virutas o granos torcidos sin límite, siempre que el área de corte sea lo suficientemente gruesa como para permitir un cepillado hasta un espesor estándar y se ajuste a las reglas para la madera cepillada a un espesor estándar de cepillado.

Madera Cepillada D1S Deberá inspeccionarse de acuerdo a las reglas que aplican para la madera cepillada por dos lados, excepto que la inspección se realizará desde la cara cepillada. Se inspeccionará de acuerdo a las reglas para la madera áspera. Se admitirán saltos leves, grano rasgado o astillado, el área total que no exceda 6” de largo por el ancho de la pieza, en una o ambas caras de los cortes necesarios.

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LOTE CON DIMENSIONES PARA MUEBLES (Para el lote con dimensiones para muebles, total o parcialmente maquinados, sólidos o pegados, consulte las reglas de Componentes de Madera de la Wood Components Manufacturers Association; www.woodcomponents.org)

Cuadrados y Madera Verde Áspera Flat Stock, secada al aire o en estufa Los lotes deberán ser rectos, planos y con bordes cuadrados. No se admite albura en el Liquidámbar Rojo, el Cerezo, la Caoba y el Nogal no cocido al vapor a menos que se especifique lo contrario. La mancha se admite en todas las clasificaciones en las maderas en las que se admite en la clasificación estándar de FAS. Cuando es estufada, se aplican las tolerancias adicionales en el tamaño permitido para la madera estufada. Consulte la página 57, Inspección de madera estufada. LONGITUDES: Deben ser completas y ser de 1/2” a 2” más largas de lo especificado. Todas las piezas deben estar libres de grietas en los extremos en la longitud total especificada. Las piezas pueden tener longitudes múltiples. ESPESOR: El lote plano admitirá 10% y no más de 1/16” de merma en espesor en 1-1/4” y más delgado, y no más de 1/8” de merma en 1-1/2” y más grueso. Los cuadrados admitirán 10% y no más de 1/16” de merma en una o ambas dimensiones en tamaños de 1-1/4” o más pequeños, y no más de 1/8” de merma en una o ambas dimensiones en tamaños de 1-1/2” o más grandes. Se aplicarán las instrucciones generales sobre la madera mal cortada. ANCHOS: El lote plano admitirá 10% y no más de 1/16” de merma en anchos de 3” y más angostos, y 1/8” de merma en anchos superiores a 3”. Nota: El seis por ciento del embarque puede contener piezas con defectos en el borde o el extremo, o ambos, los cuales deberán ser sustraídos para cumplir con la clasificación o un volumen menor del ordenado.

Cuadrados para Muebles LIMPIO: Limpios por los cuatro lados y ambos extremos. SELECTAS: Limpios en tres esquinas y dos caras adyacentes, la esquina restante y las dos caras deben estar limpias en la mitad de la longitud; la otra mitad admitirá defectos sanos y disminución que no exceda un cuarto del espesor de la pieza.

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61 COMÚN: Admite agujeros de gusano alfiler y de mancha, picaduras sanas de ave, nudos sanos que no excedan 1/2” de diámetro y otros defectos sanos que no excedan ni dañen los defectos descritos, excepto que no se admitirán nudos en las tres esquinas.

Lote Plano para Muebles LIMPIO: Limpio por los cuatro lados y ambos extremos. SELECTAS: Limpia en dos bordes y dos extremos para una cara limpia, el reverso debe estar sano, excepto que la disminución o su equivalente en otros defectos no deberá exceder un cuarto del espesor y se admitirá un tercio del ancho de la pieza en un 25%. COMÚN: El lado de la cara admitirá agujeros de gusano alfiler y de mancha, picaduras sanas de ave, pequeños nudos sanos que no excedan 1/2” de diámetro y otros defectos sanos que no excedan o dañen los defectos descritos, excepto que no se admitirán nudos en las esquinas del lado de la cara. El reverso debe estar sano, excepto que la disminución o su equivalente en otros defectos no exceda un cuarto del espesor y y se admitirá la mitad del ancho de la pieza en el 25% de las piezas.

Flitch de Aserrado Lineal Se clasificará de acuerdo a las reglas generales aplicables a la madera de la misma especie, excepto que los requerimientos de clasificación deberán basarse en la medida de superficie de la cara angosta. Sin embargo, la medición se lleva a cabo dentro de la corteza y desde la mitad de la pieza por el lado angosto o de la albura del lote hasta 2” de espesor; en ambos lados del lote de 2-1/2” y más grueso, tomando el promedio de las dos medidas y desechando las fracciones. No hay restricción en lo que se refiere al corazón en las clasificaciones de corte, siempre que se encuentre fuera del área de corte requerida.

LISTONES CLASIFICACIONES ESTÁNDAR DE LISTÓN: Limpio, No. 1 Común y No. 2ª Común. Las excepciones a estas clasificaciones estándar se describen en las secciones de las especies correspondientes. La inspección se llevará a cabo a partir de la mejor cara. Se admite albura. Cualquier limitación de separaciones y manchas bajo la sección de inspección estándar de la misma especie de madera aplica de igual forma para los listones.

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62 Anchos estándar: 2”, 2-1/2”, 3”, 3-1/2”, 4”, 4-1/2”, 5” y 5-1/2”. Los listones pueden tener una merma de 1/8” de ancho estándar cuando se envían secos. En la clasificación de Listones Limpios, las piezas deformadas se medirán en el extremo angosto. En la clasificación de Listones Comunes, las piezas deformadas se medirán a un tercio de la longitud de la pieza desde del extremo angosto. LIMPIO: Longitudes: 8’ a 16’. Deberá tener una cara limpia, el reverso admitirá disminución por falta de madera o presencia de corteza (Wane) o su equivalente en otros defectos, sin exceder un tercio de la longitud, un tercio del ancho y un tercio del espesor de la pieza y deberá estar sano. NO.1 COMÚN: Longitudes: 6’ a 16’. Deberá tener un rendimiento de 66-2/3% de cara limpia en no más de dos cortes de 6’ a 11’ y no más de tres cortes en 12’ y más largo. Ningún corte deberá medir menos de 2’ de largo ni menos de 2” de ancho en piezas de 2” y 2-1/2” de ancho, ni menos de 3” de ancho en piezas de 3” y más anchas. El reverso de los cortes admitirá disminución o su equivalente en otros defectos, sin exceder un tercio de la longitud, un tercio del ancho y un tercio del espesor de la pieza y deberá estar sano. NO. 2 COMÚN: Longitudes: 6’ a 16’. Deberá de tener un rendimiento del 50% de cara limpia en cortes de 2” o más largos. El reverso de los cortes admitirá disminución por falta de madera o presencia de corteza (Wane) o su equivalente en otros defectos, sin exceder un tercio de la longitud, un tercio del ancho y un tercio del espesor de la pieza y deberá estar sano.

Listones de Cerezo LIMPIO: Deberá estar libre de albura en la mejor cara. NO.1 COMÚN: Los cortes deberán estar libres de albura en la cara limpia.

Listones de Encino Lineal y en Cuartos CLASIFICACIONES: Limpio (Clear), Limpio con Albura (Clear Sap) , No.

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63 1 Común y No. 2 Común, las cuales son clasificaciones estándar para listones con las siguientes excepciones: los listones de Encino cortados en cuartos deberán tener la veta radial a 45-1/4 o menos con una cara de la pieza. Se medirá el bisel en el lado de la cara limpia de la pieza en la clasificación de Clear y Clear Sap. El reverso admitirá bisel, o disminución por falta de madera o presencia de corteza (Wane), o su equivalente en otros defectos, que no excedan un tercio de la longitud, un tercio del ancho y un tercio del espesor de la pieza y deberá estar sano. El bisel en el lado de la cara de la pieza en las clasificaciones No.1 Común y No. 2A Común que no exceda la mitad del espesor de la pieza donde se realiza la medición de la superficie se admitirá en la parte de desecho de la pieza. El reverso de los cortes admitirá bisel, o disminución por falta de madera o presencia de corteza (Wane), o su equivalente en otros defectos, sin exceder un tercio de la longitud, un tercio del ancho y un tercio del espesor de la pieza y deberá estar sano. LIMPIO (CLEAR): Se admitirá albura del lado de la cara de la siguiente manera: anchos de 2” a 3”, 1/2”; anchos de 3-1/2” a 4-1/2”, 3/4”; anchos de 5” a 5-1/2”, 1”, en total. Limpio con Albura (Clear Sap): Igual que la clasificación estándar de Limpio, con admisión de albura.

Listones de Poplar Clasificaciones: Limpio (Clear), Albura (Sap), No. 1 Común y No. 2 Común. Anchos: 2-1/2”, 3”, 3-1/2”, 4”, 4-1/2”, 5”, 5-1/2” y 6”. Limpio (Clear): Deberá estar limpio en ambas caras y libre de albura, excepto a 1” en el total de una cara. Albura (Sap): Igual que los listones de Poplar Limpios, excepto que se admite la albura sin límite. Las piezas libres de albura admitirán un defecto estándar sano o su equivalente. NO.1 COMÚN: Estándar, excepto que las piezas de 6’ y 7’ de largo deberán estar limpias en ambas caras. Todos los cortes deberán ser del ancho total de la pieza y deberán tener ambas caras limpias. Se admiten manchas. NO.2ª COMÚN: Estándar, excepto que se admiten manchas.

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Poplar en Cuartos No se requiere figura. La albura se admite sin límites en todas las clasificaciones. En FAS, se aceptará el mineral que no exceda un sexto de la superficie de la pieza en el total. En el No. 1 Común, se admitirán las manchas minerales sin límites. FAS: Estándar, excepto: Anchos: 5” y más; las piezas de 5” de ancho que contienen 3’ y 4’ de medida de superficie deberán estar limpias, las piezas de 5” de ancho que contienen de 5’ a 7’ de medida de superficie deberán dar 11/12 (91-2/3%) de cara limpia en un corte. NO.1 COMÚN: Estándar, excepto: en longitudes de 6’ a 16’. Se admitirán ligeras manchas. Nota: Las piezas con una clasificación inferior a la No. 1 Común serán clasificadas de acuerdo a las reglas para Poplar y que se especifican como No. 2A Común, No. 2B Común y No. 3 Común de Poplar en Cuartos.

Encino Flexible de Aserrado Simple (Plain Sawn Bending Oak) A menos que se especifique lo contrario, se incluirá Encino Blanco y Rojo y deberá cortarse del tronco vivo. La veta no deberá desviarse más de 1” en 15”, excepto cuando existen ligeras desviaciones ocasionadas por defectos admisibles. No deberá haber más de quince anillos anuales por pulgada. La madera verde de 1-1/4” y más gruesa deberá aserrarse 1/8” más gruesa que el espesor especificado, excepto que el 10% de 1/16” y más grueso será admitido. Las manchas, picaduras de ave, agujeros de gusano alfiler y de mancha dispersos o en grupos de no menos de 6” de separación, con no más de tres agujeros de gusanos en el grupo, no se consideran defectos. Anchos: 5” y más anchos. Longitudes: 6’ a 16’. Las piezas de 5” de ancho y piezas de 6’ y 7’ de largo deberán estar limpias, excepto como describe anteriormente. En piezas de 6” y más anchas, de 8’ y más largas; las siguientes, además de las mencionadas anteriormente, no se considerarán defectos: seis pulgadas de separación en un extremo, o su equivalente total en ambos extremos.

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65 La disminución por falta de madera o presencia de corteza (Wane) a lo largo de los bordes que no excedan en el total un sexto de la longitud y no más de la mitad del espesor de la pieza y que no excedan de 1/2 “de ancho de 1/2” a 3/4” de madera; 3/4” de ancho de 1” a 2” de madera y 1” en 2-1/2” y madera más gruesa, o su equivalente en el área en uno o ambos extremos. Los defectos estándar o su equivalente, se admitirán de acuerdo con la medida de la superficie de la pieza de la siguiente manera: • 5’ a 7’, uno; 8’ a 11’, dos; 12’ a 15’, tres; 16’ a 19’, cuatro; 20’ y más grande, cinco. Las rajaduras que excedan el equivalente de dos defectos estándar no serán admitidas. • En cualquier serie de anchos especiales vendidos de 10” o más anchos, Las rajaduras que excedan el equivalente de un defecto estándar no serán admitidas. • A menos que se especifique lo contrario, una encorvadura lateral de1/2” en piezas de 8’ y 9’ de largo, de 3/4” en piezas de 10’ a 12’ de largo y de 1-1/4” en piezas de 13’ a 16’ de largo, no se considerarán como un defecto. Cada 1/2” adicional de encorvadura lateral en todas las longitudes se considerará como un defecto estándar, excepto que no se permitirán más de dos defectos de este tipo en cualquiera de las piezas. • Las piezas ligeramente encorvadas de 12” y más anchas que pudieran cortarse para producir dos piezas cada una de las cuales clasificaría como roble encorvado y cada una sería lo suficientemente plana como para revestirse de manera uniforme a espesor estándar para madera aserrada, serán admitidas en esta clasificación. Esta regla no aplica a anchos específicos.

MADERAS DURAS PARA CONSTRUCCIÓN Nota: El American Lumber Standards Committee ha desarrollado de manera voluntaria estándares para productos de madera de coníferas usados principalmente para la construcción, bajo los procedimientos establecidos por el U.S. Department of Commerce. Los últimos estándares, páginas 20-70, sirven como base para las reglas de clasificación, publicadas por varias asociaciones regionales que cubren especies de diferentes regiones; por ejemplo, pino amarillo del sur, maderas suaves del oeste, pino blanco y abeto del este, etc. La Northeastern Lumber Manufacturers Association, (P. O. Box 87A, Cumberland Center, ME 04021; Tel: 207-829-6901) ha clasificado algunas especies de maderas duras para ser clasificadas bajo La Norma de Clasificación Nacional, páginas 20-70. Las siguientes reglas han sido incluidas para la conveniencia de los usuarios de las especificaciones que precedieron la Norma de Clasificación Nacional, páginas 20-70, publicada por primera vez en 1970.

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66 Estas reglas para maderas duras para construcción, pueden utilizarse de común acuerdo por el comprador y el vendedor. La National Hardwood Lumber Association no garantiza que la clasificación de madera bajo estas especificaciones representa valores de resistencia en particular o que es adecuada para cualquier propósito en particular.

Especificación de las Especies El Encino Blanco comprende las especies de árboles dentro del grupo del encino blanco, comercialmente conocido como roble erizo, roble de castaña, roble de chinquapín, roble de vaca, roble vivo, roble en cinco en copa, roble de poste, roble de roca, roble blanco de pantano y roble blanco, e incluye también las otras especies de encino o roble cuyas hojas tienen lóbulos redondeados. El Encino Rojo comprende las especies de árboles dentro del grupo del encino rojo, comercialmente conocido como encino negro, roble de alfiler, roble escarlata, roble español, roble turco, roble de agua, roble salce, roble amarillo, e incluye todas las demás especies de encino o roble, cuyas hojas tienen lóbulos en forma de punta. El Encino Mixto comprende las especies de árboles dentro del grupo del encino rojo y encino blanco independientemente de la proporción de cada grupo o de cualquier especie. Las Maderas Duras Combinadas comprenden las otras especies de encinos y otros árboles de hojas anchas. El tipo de madera dura deseada para las siguientes clasificaciones deberá especificarse en los contratos.

Dimensionados Selectos. Lote Selecto para Carro (Corazones Encerrados y Tablones) Se debe aserrar en tamaños y longitudes especificados, con bordes cuadrados, excepto en lo que aquí se refiere a la disminución por falta de madera o presencia de corteza. El diez por ciento de las piezas puede tener una merma en el espesor y/o anchura de 1/4”. Cada pieza del envío debe puede tener hasta 1” de espesor y/o ancho y hasta 3” de longitud. Se admitirán manchas, grietas comunes de temporada, picaduras de aves, agujeros de gusano alfiler, de mancha y abocardado. Se permiten los nudos sanos que no rebasen en el diámetro promedio la mitad del ancho de la superficie en la que aparecen, siempre que estén separados por menos de 6’; se admiten nudos sanos desde un sexto y que no incluyan la mitad del ancho de la superficie, siempre que no sean menores a 12”;

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67 los nudos sanos más pequeños que un sexto del ancho de la superficie en la que aparecen, se pueden permitir sin restricción. Se pueden admitir nudos flojos, defectuosos o agujeros siempre que no sean menores a 6” y que no rebasen 1/2” en piezas menores a 6” de espesor; 3/4 “en piezas de 6 “a 10” de espesor; y 1-1/4 “en piezas de 11” y más gruesas. DISMINUCIÓN POR FALTA DE MADERA O PRESENCIA DE CORTEZA (WANE): En los corazones de disminución encerrados que no rebase un cuarto del ancho de la superficie en la que aparecen, se admitirá en una esquina, o esta cantidad se podrá dividir y mostrar en dos o más esquinas. En piezas de 5” y menos en espesor (tablones) la disminución puede admitirse hasta en un tercio del ancho, un tercio del espesor y un tercio de la longitud de la pieza en total. (Las piezas que tengan el máximo de disminución permitida, no deben rebasar el 20% de la cantidad de cualquier envío). MÉDULA: La médula se admite si está completamente encerrada. Una médula firme al descubierto puede admitirse en una cara si no excede un tercio de la longitud de la pieza en total. En piezas de 5” y menos en espesor (tablones), la médula de la superficie firme se puede admitir en una sola cara, hasta un tercio de la longitud total de la pieza. SEPARACIONES EN LOS EXTREMOS: En la médula encerrada, se podrán permitir las separación en el extremo en dos anillos anulares de crecimiento para toda la circunferencia de los anillos en los que aparecen, si se limita al área central de la madera. Si se produce una separación en el extremo entre el área central y las caras de la madera, puede admitirse en no más de dos crecimientos de anillos anulares, y la longitud de la separación no deberá exceder un cuarto de la circunferencia del anillo en el que aparece. La separación en el extremo no se extenderá de una cara a otra. En piezas de 5” o menos de espesor (tablones), se permitirán la separaciones en el extremo de dos anillos anulares de crecimiento que no excedan un cuarto de la longitud del anillo de crecimiento en el área donde aparezca. SEPARACIONES EN SUPERFICIE: En la médula encerrada se podrán permitir las separaciones en superficie hasta en 1/12 de la longitud total de la pieza. Se aplicará la misma restricción a las piezas de 5” o menos de espesor. RAJADURAS: No deberán exceder 6” de longitud en ningún extremo o el equivalente total en uno o ambos extremos de la pieza. Nota: Con el fin de aplicar estas reglas, el área central de la madera cuadrada o rectangular es aquella dentro de la mitad de la distancia desde el punto central de la madera hacia las cuatro superficies.

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Dimensionado común - Lote para Carro de Transporte y Madera para Vagón de Mina (Médula Encerrada y Tablones) Deberán aserrarse por completo a tamaños y longitudes especificadas, con bordes cuadrados, excepto los de disminución por falta de madera o presencia de corteza aquí mencionados. El diez por ciento de las piezas pueden ser de 1/4” de merma de espesor y/o ancho. El embarque total puede estar arriba de 1” en espesor y/o ancho y de 3” arriba en longitud. Se permitirán manchas, grietas de temporada ordinarias, picaduras de aves, agujeros de gusano alfiler, de mancha, abocardados y ocasionales agujeros de larva; se puede admitir un nudo sano de hasta la mitad del ancho de la superficie en la que aparece en cada 6 pies lineales; se admitirán sin límite los nudos sanos que no rebasen el diámetro promedio de un tercio del ancho de la superficie en la que aparecen. Se permitirá un nudo flojo, defectuoso o un agujero en cada 4 pies lineales, siempre que no exceda 3/4” en piezas menores a 5” de espesor, 1” en piezas de 5” a 10” de espesor y 1-1/2” en piezas de 11” de espesor y más gruesas. DISMINUCIÓN POR FALTA DE MADERA O PRESENCIA DE CORTEZA (WANE): En médula encerrada, la disminución que no exceda un cuarto del ancho de la superficie en la que aparece se admitirá en una esquina, o esta cantidad se podrá dividir y mostrar en dos o más esquinas. En piezas de 5” o menos de espesor (tablones), la disminución puede admitirse hasta un tercio de la anchura, un tercio del espesor y un tercio de la longitud de la pieza en total. (Las piezas que contengan el máximo permitido de disminución no deberán exceder el 30% de la cantidad de cualquier envío.) MÉDULA: En piezas de 5” o más gruesas, la médula se permite cuando está encerrada, o expuesto, o ambos, siempre que la porción expuesta del corazón sea firme y esté en una cara y no exceda un tercio la longitud de la pieza en total. En piezas menores a 5” de espesor (tablones), el corazón de la superficie firme se puede permitir en una sola cara; puede encerrarse parcial o totalmente. SEPARACIONES EN LOS EXTREMOS: En las médulas encerradas, se pueden permitir las separaciones en el extremo en cuatro anillos anulares de crecimiento para toda la circunferencia de los anillos en los que aparecen, si se limita al área central de la madera. Si la separación en el extremo se produce entre el área central y las caras de la madera, puede admitirse en no más de cuatro crecimientos de anillos anulares. La longitud de la separación en el extremo no debe exceder la mitad de la circunferencia del anillo en el que aparece. La separación en el extremo no se extenderá de una cara a otra.

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69 En piezas de 5” o menos de espesor (tablones), la separación en el extremo se puede admitir en cuatro anillos anulares de crecimiento que no excedan la mitad de la longitud del segmento del anillo de crecimiento en el que aparece. SEPARACIÓN EN SUPERFICIE: En los corazones encerrados, la separación de la superficie puede admitirse hasta un sexto de la longitud total de la pieza. La misma restricción se aplicará para las piezas de 5” y menos de espesor. RAJADURAS: No deberán exceder 12” de longitud en ninguno de los extremos o el equivalente total en uno o ambos extremos de la pieza. Nota: Con el fin de aplicar estas reglas, el área central de la madera cuadrada o rectangular es aquella dentro de la mitad de la distancia desde el punto central de la madera hacia las cuatro superficies.

Bordes Cuadrados Sanos (Corazones Encerrados y Tablones) Se admitirán defectos que no afecten gravemente la resistencia o impidan el uso de la pieza por razones de fuerza en su tamaño completo. Las piezas deberán aserrarse totalmente a las medidas especificadas, excepto que el 10% de las piezas puede tener una merma de espesor y/o ancho de 1/4”. Todo el envío puede ser de hasta 1” en espesor y / o ancho y de hasta 3 “más de largo. Se admitirán corazones encerrados o evidentes en la superficie, agujeros de gusano, uno que otro agujero de larva, y en ocasiones, nudos y agujeros defectuosos que no se extiendan a través de la pieza; grietas de temporada; nudos sanos; rajaduras en cada borde que no rebasen en longitud el ancho de la pieza. DISMINUCIÓN POR FALTA DE MADERA O PRESENCIA DE CORTEZA (WANE): Se admitirá en una o más esquinas, sin exceder en total un tercio del ancho o espesor, o puede extenderse a través de una sola cara para un tercio de la longitud hasta una profundidad que no exceda 1/12 de la distancia hasta la cara opuesta. SEPARACIONES EN LOS EXTREMOS: En los corazones encerrados, las separaciones en los extremos se pueden admitir en seis anillos de crecimiento anular para toda la circunferencia de los anillos en los que aparecen las separaciones, si se limita al área central de la madera. Si las separaciones en el extremo aparece entre el área central y las caras de la madera, pueden admitirse en no más de seis anillos de crecimiento. La longitud de la separación no debe exceder 3/4 de la circunferencia de los anillos en los que aparecen.

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70 La separación en el extremo podrá extenderse de una cara a otra. En piezas de 5” y menos de espesor (tablones), la separación en el extremo se puede admitir en seis anillos anulares de crecimiento y la separación no deberá exceder tres cuartos de la longitud de los segmentos del anillo de crecimiento en los que aparecen. Se puede admitir un centro de médula hueco o defectuoso que no exceda el diámetro en un sexto de la dimensión más pequeña de la madera. Dicho centro de médula defectuoso no se permitirá en más de un extremo de la pieza. SEPARACIÓN EN SUPERFICIE: En corazones encerrados, se permitirá una separación en superficie de hasta un tercio de la longitud en el total de la pieza. La separación de superficie podrá aparecer en ambas caras. En piezas de 5” y menor espesor, la separación en superficie podrá aparecer únicamente en una cara y se podrá admitir hasta en un tercio de la longitud total de la pieza. Nota: Para determinar el área central de la madera, consulte la nota en la sección “Lote selecto para carro”.

Maderas Comunes y Bloques Industriales Se admitirán defectos que no afecten seriamente la resistencia o impidan el uso de la pieza con el fin de obtener resistencia en su tamaño completo. Las piezas deberán aserrarse por completo en tamaños específicos, excepto que el 10% de las piezas puede tener 1/4” de merma en el espesor y / o el ancho. Todo el envío puede ser de hasta de 1” de espesor y / o ancho y de hasta 3” más de longitud. Se admitirán corazones encerrados o que se muestren en la superficie, agujeros de gusano, nudos sanos, uno que otro agujero de larva, algún agujero de nudo, rajaduras en cada extremo que no excedan un sexto de la longitud; la separación en la superficie no debe exceder la mitad de la longitud de la pieza, así como las grietas de temporada. Se permitirán separaciones en el extremo de conformidad con la definición en la clasificación “Bordes Cuadrados Sanos.” Disminución por falta de madera o presencia de corteza (Wane): Se permitirá siempre que no exceda un tercio del ancho o espesor en una de las esquinas o en su equivalente total en dos o más esquinas, o se podrá extender únicamente a través de una sola cara en un tercio de la longitud hasta una profundidad que no exceda 1/12 de la distancia de la cara opuesta.

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Maderas de uso Militar o Comercial y Tablones Esta designación de calidad consiste en las clasificaciones de “Lote Selecto para Carro”, “Dimensionados Comunes” y “Bordes Cuadrados Sanos.” La madera o tablones que se venden bajo esta designación, deben contener no menos del 50% de la calidad de la dimensionados Comunes y mejor, de la cual el 50%, la mitad, debe de estar en la clasificación Lote Selecto para Carro. No se admitirá el material que tenga una calidad inferior a la definida en la clasificación “Bordes Cuadrados Sanos”.

Durmientes La inspección de durmientes se realizará de acuerdo a las especificaciones de AREA vigentes en el momento de la inspección.

SERVICIO NACIONAL DE INSPECCIÓN La National Hardwood Lumber Association emplea inspectores en muchos de los principales mercados de maderas duras y centros de producción de los Estados Unidos y Canadá. Se puede obtener en la oficina principal una lista de los inspectores de la Asociación con sus domicilios. Los servicios de estos inspectores están disponibles y sujetos a los reglamentos de inspección e instrucciones oficiales. Los inspectores nacionales están disponibles para la inspección, así como para realizar las revisiones y el control de calidad a través del programa de certificación de la NHLA. Además, los inspectores pueden llevar a cabo programas de capacitación internos para los miembros de la Asociación.

Cuotas para Miembros El cargo por el servicio de inspección para los miembros se efectúa a través de una tarifa diaria fija, independientemente del tipo de especies o inspección. Se cobrará una cuarta parte o la mitad de la tarifa diaria cuando el inspector pueda completar los días de trabajo en un lugar cercano. Los gastos de transporte, hospedaje y comidas se cobrarán a los miembros. Una vez que el inspector se haya reportado para el servicio en tiempo y forma y se pierda tiempo por falta de instalaciones adecuadas para manejar la madera, falta de inventario adecuado o por otras causas que salgan del control del inspector, excepto debido a condiciones climáticas, se realizará el cargo regular por día. Los cargos por capacitación impartida por miembros del personal de inspección tienen la misma tarifa diaria que otros servicios, más los gastos de transporte, hospedaje y comidas. Los cargos por servicios especiales o

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72 inusuales se pueden obtener llamando a la oficina central de NHLA. La tarifa por día de inspección, así como el cargo por kilometraje son ajustados frecuentemente por parte del consejo ejecutivo. Las tarifas vigentes se podrán obtener llamando a la oficina central de NHLA.

Servicios de Inspección para No Miembros Los no miembros pueden obtener servicios oficiales de inspección con cuotas por día con un 50% más que los que figuran en el programa en lugar de las cuotas de membresía. Se cobrarán los gastos reales de traslado y hospedaje. Se solicitará un depósito por adelantado para cubrir los gastos. La solicitud de estos servicios se debe hacer en la oficina central de NHLA para evitar retrasos.

REGLAMENTO ORIGINAL DE INSPECCIÓN NACIONAL I. Todas las solicitudes para una inspección original de las clasificaciones en este libro, se deben realizar por escrito y dirigirse al inspector en jefe o a un inspector nacional autorizado por la Asociación. Los solicitantes evitarán retrasos llamando por teléfono y enviando su solicitud por correo o fax para una inspección original directamente al inspector nacional más cercano al punto donde se realizará la inspección y enviando una copia de la solicitud al inspector en jefe a: P.O. Box 34518 | Memphis, TN 38184-0518, USA | (901) 382-6419 Fax Nota: La palabra “madera” incluye maderas, tablas y tablones como se define en este libro. II. Una solicitud para una inspección original puede requerir que la inspección se realice en el punto de origen o en el destino cuando se autorice en el contrato de compraventa o por convenio especial. Debe quedar claramente entendido que ningún miembro o funcionario de la Asociación tiene la autoridad para imponer una inspección original a un vendedor o comprador. Cuando se ha realizado una inspección original, ésta será obligatoria para las partes que acordaron previamente reconocerla en la transacción individual en la que está involucrada. Un comprador o vendedor puede desear que el reglamento nacional se aplique a un contrato para la calificación y medición y, por lo tanto, especifiquen que “el reglamento nacional regirá” (National Rules to Govern), sin que necesariamente obligue a ninguna de las partes a comprometerse por los resultados de una inspección original realizada por un inspector nacional. Por lo tanto, es absolutamente necesario en cualquier transacción que involucre la venta o compra de madera en la que un comprador o el vendedor confíe en los resultados de una inspección original realizada por

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73 un inspector nacional para la protección de sus intereses, para que se indique claramente en el contrato de venta o compra que la inspección original sea obligatoria para las partes. Se recomienda incluir los siguientes puntos en los contratos en los que la inspección original pretende ser obligatoria para las partes: La madera descrita en este contrato está sujeta a las condiciones y las partes están sujetas a una inspección original realizada por un inspector nacional de acuerdo con las normas y regulaciones de la National Hardwood Lumber Association. III: El contrato de venta también debe indicar si el vendedor o el comprador deben solicitar la inspección original, si la inspección debe realizarse en el lugar de origen o en el destino y el plazo dentro del cual se debe presentar la solicitud a la Asociación para la inspección original. El punto de inspección original se puede regir por la conveniencia de obtener los servicios de un inspector nacional. IV. Cuando se acuerda una inspección original en un contrato de venta, el contrato debe prever la asignación del gasto de la inspección entre el comprador y el vendedor. El gasto de inspección se puede dividir entre el comprador y el vendedor, o puede ser asumido por cualquiera de las partes, pero la Asociación presentará una factura por el gasto que la Asociación estipule periódicamente a la parte que solicita la inspección, y dicha factura deberá de ser liquidada de inmediato. V. En una inspección original, se requiere que un inspector nacional inspeccione la cantidad total de madera contenida en un envío y tiene estrictamente prohibido que realice una inspección original en una parte del envío después de que se hayan hecho las selecciones, a menos que tanto el vendedor como el comprador así lo acuerden. VI. A falta de instrucciones firmadas en el contrario, un inspector nacional inspeccionará y medirá la madera según la “Inspección estándar” y las “Instrucciones generales”, según lo estipulado en las reglas de este libro. VII. Al completar una inspección original, el inspector nacional hará que la madera que ha sido inspeccionada se apile de manera segura con correas de acero y se identifique con el sello oficial de la NHLA. El inspector nacional deberá llenar y firmar un certificado de inspección original que certifique la cantidad y clasificación de la madera inspeccionada y anotará en el certificado si la inspección original está sujeta a la “garantía financiera” de la Asociación. El inspector nacional entregará una copia del certificado a la parte que solicita la inspección y a la oficina del inspector en jefe.

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74 VIII. La garantía financiera de la Asociación no se aplica a la madera que ha sido sujeta a una inspección original a menos que (1) la madera inspeccionada haya sido atada y sellada, (2) el certificado de inspección original haya sido completado y firmado por el inspector nacional con la anotación: “sujeto a la garantía financiera de la Asociación”, debidamente anotada al respecto, (3) la parte que solicita la inspección envía una copia del certificado de inspección original a la otra parte dentro de los tres (3) días posteriores a la recepción del certificado del inspector y (4) si la madera se inspeccionó en el punto de origen, la madera se envió a su destino dentro de los siete días posteriores a la finalización de la inspección original. IX. (a) La garantía financiera de la Asociación no aplica en una inspección donde: (i) La solicitud contiene una solicitud de clasificaciones especiales que requieren una clasificación más alta, más estricta, más técnica o más difícil que la publicada en este libro; (ii) Las especificaciones están sujetas a la interpretación del comprador o del vendedor; (iii) Las especificaciones requieren que la madera esté completamente libre de agujeros de gusano, infestación de gusanos o insectos, corteza encarnada, puntos, manchas o que la madera esté recta y plana; o (iv) Las especificaciones que requieren que la madera o el corte estén completamente libres de grietas, lupias, vetas minerales, rajaduras, ojos de ave, veta cruzada, veteada o torcida, o que la madera sea de fibra recta. (b) La solicitud para una inspección de los tipos descritos en la subsección (a) se hará por escrito al inspector en jefe, quien la interpretará como una solicitud de inspección especial y asignará a un inspector nacional apropiado con las instrucciones adecuadas. La garantía financiera de la Asociación no se aplicará a este tipo de inspección especial y el inspector nacional que realice este tipo de inspección anotará en el certificado: “Inspección especial no sujeta a la garantía financiera de la Asociación”. El hecho de que un inspector nacional no inserte esta notación en el certificado no modificará la limitación de la garantía financiera. X. Los inspectores nacionales no certificarán la textura, el contenido de humedad, el grado de humedad o el peso. Si la madera que se está inspeccionando es madera verde, el certificado llevará la anotación correspondiente.

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75 XI. Cuando se requiere la garantía financiera para madera que será estufada en tránsito posterior a la inspección original, es necesario que el inspector nacional reciba indicaciones de la parte que solicita la inspección para que coloque una marca de identificación de acuerdo a la clasificación y medida de superficie en cada pieza. La marca de identificación se anotará en el certificado y el mismo especificará la leyenda “Para Estufado”. La medición de superficie marcada en cada tabla se utilizará en el conteo o clasificación si se vuelve a inspeccionar después del estufado, de acuerdo con la sección XI del reglamento de reinspección. Si la madera no se coloca en la estufa dentro de los veinte días posteriores a la inspección original, la garantía financiera se cancela. XII. Al concluir una inspección original de acuerdo con la sección VII (en la página 73), el certificado será obligatorio para las partes a menos que se solicite una reinspección oficial. Si la inspección original se llevó a cabo en el punto de origen, todas las solicitudes para la reinspección deberán llevarse a cabo dentro de los catorce días posteriores a la recepción de la madera en el destino. Si la inspección original se realizó en del destino, la solicitud de reinspección se realizará dentro los catorce días posteriores a la fecha de la inspección original. Si se solicita una reinspección, la parte solicitante será responsable de preservar el sello oficial de la NHLA en cada paquete de madera involucrado en la inspección original. XIII. Los errores administrativos están sujetos a corrección en el momento de la inspección sin responsabilidad para la Asociación; en tales circunstancias, la Asociación se reserva el derecho de emitir un certificado corregido. XIV. Cualquier miembro que solicite una inspección original de madera que no haya comprado ni vendido, estará sujeto a la suspensión o expulsión de la Asociación. XV. Si algún miembro de la Asociación rechaza una reinspección y se reúsa a reconocer la Inspección Original después de haber aceptado regirse por esta, se le solicitará a la Asociación que, al recibir evidencia suficiente del rechazo, suspenda el servicio a dicho miembro, de acuerdo con las leyes. XVI. Cuando se realiza una inspección original en el punto de origen de acuerdo al contrato y el comprador rechaza una reinspección, se considerará un repudio de la inspección si el comprador no realiza el pago completo del envío como se muestra en el certificado de inspección original. XVII. Cuando se realiza una inspección original en el destino de acuerdo al contrato y el comprador rechaza una reinspección, se considerará un repudio de la inspección si el comprador no realiza el pago completo por la

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76 parte del embarque que el certificado muestra que cumple con las especificaciones del pedido, siempre que esa parte del embarque que cumple las especificaciones del pedido sea al menos el 80% del volumen total del embarque. La madera que no cumpla con las especificaciones puede retenerse y quedar a disposición del vendedor, o aceptarse de acuerdo con cualquier ajuste que el comprador y el vendedor puedan acordar. XVIII. Cuando se realiza una inspección original en el destino mediante un acuerdo entre el comprador y el vendedor, el comprador deberá proteger el derecho del vendedor a solicitar la reinspección, conservando el sello oficial de la NHLA en cada paquete de madera involucrada y dándole al vendedor la oportunidad de solicitar la reinspección antes de utilizar cualquier parte del envío. XIX. A criterio del Inspector Nacional, la madera con un espesor de 5/4” o más gruesa será clasificada y medida por un Inspector Nacional únicamente en el destino. Esta regulación aplica especialmente, más no únicamente, a la madera apilada a granel en el punto de envío.

REGLAMENTO DE REINSPECCÓN NACIONAL Y GARANTÍA I. No se considerarán quejas o reclamaciones, a menos que la madera se vuelva a inspeccionar oficialmente en virtud de este reglamento de reinspección. II. Si alguna de las partes acuerda una transacción que involucre una inspección original que califique para una reinspección conforme al reglamento de reinspección, no está satisfecha con los resultados de la inspección original, dicha parte, ya sea miembro de la Asociación o no, puede solicitar una reinspección, siempre que la madera esté intacta, el sello oficial de la NHLA esté disponible y la madera se encuentre dentro de los límites continentales de los Estados Unidos o Canadá. Esta clase de reinspección oficial sólo se puede obtener solicitándola al inspector en jefe de la Asociación. III. Si la Inspección original se realizó en el punto de origen, todas las solicitudes y la reinspección oficial se realizarán dentro de los catorce días posteriores a la recepción de la madera en el lugar de destino. Si la inspección original realizó en el destino, la solicitud para una reinspección oficial deberá realizarse dentro de los catorce días posteriores a la fecha de la inspección original. IIV. Tras la aprobación de la solicitud para la reinspección oficial de la madera por parte del inspector en jefe, el inspector en jefe o un inspector nacional autorizado distinto al inspector que realizó la inspección original, procederá lo antes posible a conducir la reinspección oficial de la madera.

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77 V. Si la reinspección oficial de la madera que estuvo sujeta a una inspección original y la garantía financiera de la Asociación da como resultado una diferencia a favor de la parte reclamante más del cuatro por ciento en valor monetario con base en el valor bruto total de toda la madera incluida en la inspección original, la Asociación aplicará y la parte reclamante recibirá el monto de dicha diferencia directamente de la Asociación mediante el envío de una declaración detallada al inspector en jefe donde se muestren a detalle los artículos y las cantidades que se muestran en el certificado de inspección original y el certificado de reinspección oficial. Los artículos en el certificado original deberán especificarse en el contrato de venta o en los precios de la factura y los demás artículos de la misma especie, deberán incluirse en los diferenciales de precios reconocidos, sujeto a la aprobación del comité ejecutivo. En el ajuste de la reclamación, no se tomará crédito por ningún espesor superior al espesor o espesores reportados en el certificado original ni crédito por especies de un valor superior al reportado en el certificado original. Una especie de valor inferior al reportado en el certificado original deberán acreditarse en su valor inferior correspondiente. Las especies que se encuentran en la reinspección oficial que se muestren en el certificado original, deberán aceptarse a los precios determinados de acuerdo a la evaluación anterior, pero no se considerarán para determinar la responsabilidad de la Asociación por el pago de una reclamación. VI. Todas las reclamaciones de pago en virtud de la garantía financiera, deberán presentarse dentro de los noventa días posteriores a la fecha de la reinspección oficial; de lo contrario, no se aplicará la garantía financiera de la Asociación. La Asociación no tomará posesión de la madera ni la desechará, bajo ninguna circunstancia. VII. En todos los casos en los que las reclamaciones se aprueban en la cláusula del cuatro por ciento del valor monetario, la Asociación asumirá un costo de mano de obra por el manejo de la cantidad de madera que se ha inspeccionado de nuevo al costo real o a la tasa de $15.00 dólares Americanos por cada mil pies, lo que resulte menor. No se aprobará ni autorizará ningún reclamo en el que los cargos por manejo excedan estas tarifas. En los casos en que se aprueben reclamaciones, se cancelarán los cargos de la Asociación para la reinspección. La Asociación no asume ninguna responsabilidad por demora o por cualquier otro gasto distinto a los mencionados en este documento. VIII. Si la diferencia a favor de la parte reclamante no excede el cuatro por ciento del valor monetario, la parte demandante de la reinspección oficial deberá pagar todos los gastos relacionados. IX. Todas las limitaciones sobre la aplicabilidad de la garantía financiera de la Asociación, contenidas en el reglamento de inspección original, se

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78 incorporan al presente documento como referencia y forman parte del mismo, como si se estableciera verbalmente. X. Además de lo anterior, en la fabricación y reinspección de un embarque atado y sellado, la deformación, manchas y grietas se considerarán defectos. La garantía financiera se aplicará en certificados que denoten madera verde y en toda la madera cargada en vagones y camiones abiertos, excepto que las manchas, grietas de temporada, rajaduras, deformación y torceduras no se tomarán en cuenta al realizar la reinspección oficial cuando se solicite en la queja del comprador. La Asociación se reserva el derecho de negarse a realizar una reinspección oficial y la garantía financiera no se aplicará a la madera enviada en vehículos con fugas o retrasados más allá de un período razonable en tránsito, o que no llegue a su destino en el contenedor original. XI. La garantía financiera no se aplica en la madera que ha sido cepillada o trabajada después de completar la inspección original; sin embargo, dado que la garantía financiera aplica para madera estufada en tránsito después de que haya concluido la inspección original, solamente cuando se hayan cumplido todas las condiciones de la sección 11 del reglamento de inspección original. La reinspección oficial se otorgará tras la queja del comprador cuando se solicite con las mismas regulaciones que rigen la reinspección de madera secada al aire, excepto que deberá entenderse que la Asociación no asume responsabilidad alguna por cualquier merma en medición, espesor, o el estufado correcto y que al realizar la reinspección oficial, el inspector contará y clasificará con base a la medición marcada en las tablas antes del estufado, sólo se considerará el espesor nominal y no se tomarán en cuenta las grietas, hendiduras internas, rajaduras y deformación en la clasificación.

NATIONAL HARDWOOD LUMBER ASSOCIATION CÓDIGO DE VENTAS Revisado en Agosto de 2007. Nota: Este código es obligatorio entre el comprador y el vendedor sólo cuando se especifique en el contrato que regirá.

PREÁMBULO El propósito de este código de ventas de maderas duras se describe a continuación: 1. Establecer prácticas uniformes en la realización de transacciones que involucren la venta y compra de maderas duras, por medio de la definición en términos simples e inequívocos, los usos y costumbres del comercio bajo el cual se realizan dichas transacciones.

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79 2. Proporcionar regulaciones razonables que rigen elementos de las transacciones que aún no están cubiertas por las costumbres establecidas. 3. Proporcionar medios prácticos y responsivos para la resolución de disputas que surjan entre vendedores y compradores de maderas duras, sin recurrir al litigio.

Artículo I – Nombre La siguiente declaración de principios aplicable a transacciones que involucran la compra y venta de maderas duras, expresa los usos y costumbres inherentes al comercio de maderas duras y, según lo acordado, se conocerá como el Código de Ventas de la National Hardwood Lumber Association.

Artículo II – Partes Sección 1.

Las partes que suscriban a este código estarán formadas por empresas, compañías, firmas e individuos involucrados en la producción, distribución o consumo de maderas duras.

Sección 2.

Los términos de este código se pueden considerar obligatorios entre compradores y vendedores de madera sólo por acuerdo contractual entre las partes interesadas, que se aplicarán a transacciones específicas.

Artículo III – Cotizaciones Sección 1.

Hay dos tipos de cotizaciones, generales y especiales.

Sección 2.

Las cotizaciones generales en forma de listas de inventario o circulares están sujetas a previa venta y aceptación inmediata.

Sección 3.

Las cotizaciones especiales realizadas a solicitud del comprador deberán ser protegidas por un periodo específico de común acuerdo.

Artículo IV – Pedidos Sección 1.

El término “pedido” se refiere al contrato de compraventa que existe entre el comprador y el vendedor.

Sección 2.

Todos los pedidos deben hacerse por escrito y deben incluir específicamente todas las cláusulas del acuerdo de compraventa a saber: tipo, variedad, cantidad, dimensiones, clasificación, fabricación, edad, inspección, lugar de entrega, tiempo de envío, precio, condiciones de pago, etc.

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80 Sección 3.

El pedido que tome un vendedor no obliga a la parte vendedora hasta que haya sido aceptada por escrito por una autoridad competente o hasta que la entrega haya comenzado, y a falta de estas formas de aceptación, está sujeta a la cancelación del comprador.

Sección 4.

Cualquier cláusula o cláusulas omitidas por el comprador en su pedido formal podrán ser suministradas por el vendedor, o cualquier cláusula o cláusulas contenidas en el pedido formal pueden ser modificadas por el vendedor al aceptar el pedido, pero dichas adiciones o enmiendas no formarán parte del contrato de compraventa hasta que el comprador los acepte específicamente.

Artículo V – Cantidad y Carga Sección 1.

Cuando se requiera una cantidad específica de madera aserrada, la cantidad debe indicarse en pies en el pedido, y el vendedor debe ajustar el contenido de los envíos que continúan en la orden, de tal manera que le permita realizar una entrega sustancial del total especificado.

Sección 2.

Cuando un pedido especifica una carga de carro o un número determinado de cargas de carro, el vendedor debe cargar y el comprador debe recibir los vehículos cargados sustancialmente, de acuerdo a la capacidad de peso o contenido.

Nota: No existe ninguna relación entre las cargas justas y honestas y la tendencia del mercado, y cualquier intento de hacer que el mercado predominante sea un factor determinante para el contenido de un envío, es una violación a la buena fe establecida en este código.

Artículo VI – Entrega Sección 1.

Un “bill of lading” que muestre, ya sea al comprador como consignatario o bien al vendedor, debidamente avalado por él, constituirá evidencia sobre el hecho y el momento de la entrega en el punto de envío.

Artículo VII – Tiempo de Envío Sección 1.

Cuando el tiempo de envío no es un elemento esencial del contrato y no se especifica en el pedido, el envío se puede realizar inmediatamente o dentro de un tiempo razonable.

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81 Sección 2.

Cuando el tiempo de envío es un elemento esencial del contrato, la fecha o fechas específicas del envío deben indicarse en el pedido, por lo que el tiempo de envío es una estipulación importante del contrato.

Artículo VIII – Contingencias Sección 1.

Las entregas de embarques conforme a este código están sujetas a las siguientes contingencias: incendios, inundaciones, huelgas, demoras de los transportistas, catástrofes, desastres naturales o cualquier otra condición fuera del control de las partes contratantes.

Sección 2.

Una reclamación de alivio que surja del funcionamiento de la cláusula anterior, por cualquiera de las partes, debe hacerse de buena fe, y debe estar respaldada por una evidencia satisfactoria de que el incumplimiento de las obligaciones contractuales se debe, específicamente, al funcionamiento de la contingencia en la que se basa la reclamación u otras condiciones fuera del control de las partes contratantes.

Artículo IX – Gastos de Flete Sección 1.

El término “F.O.B. destino” o “Freight Allowed to Destination”, incluye sólo el cargo de transporte de línea legal vigente en la fecha de cotización.

Sección 2.

A menos que se estipule lo contrario, todos los cargos de cambio, demora y otros cargos terminales, y todos los impuestos sobre fletes y aranceles impuestos sobre las mercancías, serán pagados por el comprador, a menos que cualquiera de estos cargos se deriven de la negligencia por parte del vendedor por no cumplir con las instrucciones de envío contenidas en el pedido, en cuyo caso, el vendedor asumirá el pago de los cargos acumulados por su negligencia.

Sección 3.

Cuando se acuerda el precio entregado en el destino, el vendedor asume toda la responsabilidad por cualquier aumento en las tarifas de flete y recibe el beneficio derivado de cualquier reducción en la tarifa de flete. Cuando se acuerda el precio en el punto de envío, el comprador asume toda la responsabilidad por cualquier aumento en la tarifa de flete y recibe el beneficio derivado de cualquier reducción en la tarifa de flete.

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Artículo X – Inspección Sección 1.

La madera aserrada que se vende bajo este código está sujeta a las reglas actuales de clasificación y medición de la National Hardwood Lumber Association.

Sección 2.

Cuando la orden especifique una inspección original, la madera aserrada estará sujeta a inspección de acuerdo al reglamento de inspección original y el reglamento de reinspección que rigen el Departamento de Inspección de la National Hardwood Lumber Association y la garantía financiera de la Asociación se aplicará según se especifique.

Sección 3.

Cuando se recibe un envío de madera bajo una orden que no requirió una inspección original, el comprador deberá hacer que el envío se inspeccione y se mida. Si existe una diferencia insatisfactoria entre el monto de la factura del vendedor que cubre el envío y el valor del envío computado a partir de la medición y la inspección del comprador, el comprador mantendrá todo el envío intacto e informará esta diferencia al vendedor dentro de los catorce días posteriores a la descarga del envío y proporcione al vendedor una pieza, a menos que el comprador y el vendedor acuerden lo contrario. Si es imposible ajustar dicha diferencia mediante un compromiso, se llamará a un inspector nacional autorizado de la National Hardwood Lumber Association para que inspeccione la madera en cuestión.

Sección 4.

Si el vendedor y el comprador lo acuerdan por escrito, la solicitud al inspector en jefe o a un inspector nacional autorizado puede solicitar que la madera se inspeccione como una “inspección original”, de acuerdo al reglamento de inspección original, el reglamento de nueva inspección y la garantía financiera de la Asociación, y estos se aplicarán a los términos y condiciones establecidos en el mismo. El comprador y el vendedor deberán acordar por escrito que la inspección original es obligatoria para las partes.

Sección 5.

Como alternativa, la solicitud puede pedir que el inspector nacional lleve a cabo una “inspección de disputa” de conformidad con la sección 5 y las secciones 6, 7 y 8 de este documento. El inspector deberá examinar y medir la madera, de acuerdo a la “Inspección estándar” y las “Instrucciones generales” como se especifica en las reglas de este libro, y no se aplicará la garantía financiera de la Asociación a dicha inspección de disputa.

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83 Sección 6.

Si el resultado de la inspección de la disputa revela que menos del 80% del total de pies/tabla del embarque cumple con las especificaciones del pedido, el vendedor reembolsará al comprador cualquier flete pagado por el comprador en el envío, y el envío se mantendrá a disposición del remitente, quien deberá pagar todos los gastos de la inspección y los costos de mano de obra al costo real o a la tarifa de $15.00 dólares Americanos por cada mil pies, lo que sea menor.

Sección 7.

Si el resultado de la Inspección de la disputa revela que por lo menos el 80% del total de pies del envío cumple con las especificaciones del pedido, entonces, el valor total de toda madera de las especies del pedido, como se reveló en el resultado de la Inspección de la disputa, se calculará utilizando los precios que se muestran en el pedido, y los diferenciales de precios reconocidos para otros artículos de las especies en el pedido.

Sección 8.

En caso de que esta inspección de disputa resulte en una diferencia deducible del 4% en el valor monetario del monto bruto de la factura, el comprador deberá pagar todos los gastos de la inspección, aceptar toda la madera y pagar la factura del vendedor en su totalidad. Si la diferencia del deducible supera el 4% del valor monetario, el vendedor deberá pagar todos los gastos de la inspección de la NHLA y los gastos de mano de obra al costo real o al precio de $15.00 dólares Americanos por cada mil pies, lo que resulte menor. El vendedor deberá facturar y el comprador deberá retener y pagar todos los artículos reportados en el certificado de inspección de la disputa de las especies y el espesor ordenado. Los demás artículos se pondrán a disposición del transportista.

Sección 9.

Si el vendedor o el comprador están insatisfechos con los resultados de la inspección de la disputa, será el derecho de dicha parte solicitar una nueva inspección bajo los mismos términos y condiciones establecidos en el reglamento de reinspección de la Asociación. Los resultados de la nueva inspección obligarán a ambas partes. La garantía financiera de la Asociación no se aplicará a la reinspección solicitada como se mencionó en la sección 9 de este documento.

Artículo XI – Cumplimiento de Ley Sección 1.

Cualquier persona que piense que se ha cometido alguna violación al código de ventas tendrá derecho a presentar su queja ante la NHLA. Dicha persona deberá llenar, firmar y

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84 entregar un formulario estándar de quejas en las oficinas de la NHLA. El inspector en jefe de la NHLA investigará la queja y presentará un reporte ante el comité conformado por las siguientes personas: (1) Primer vicepresidente de la NHLA. (2) Presidente del comité de servicios de inspección de la NHLA. (3) Líder de misión de la NHLA, con respecto a las reglas. Este comité deberá determinar si ocurrió una violación al código de ventas. Sección 2.

Si no se detectan violaciones, la queja se mantendrá confidencial. Ninguna persona está autorizada para obtener información sobre la queja, excepto que se notificará a la parte reclamante que su queja fue desestimada. Si se confirma la violación, el presidente del Comité de Servicios de Inspección enviará una carta de alerta a la NHLA contra quien se hizo la denuncia. Dicho miembro será notificado sobre su derecho de apelación, y cualquier apelación se decidirá por el Comité de Servicios de Inspección. En espera de la disposición de la apelación, la queja y la carta de advertencia serán confidenciales. Si no se hace una apelación o si se desestima la apelación, entonces la NHLA podrá revelar a cualquier miembro de la NHLA que haga una consulta de que se envió una advertencia, la fecha en que se envió la advertencia y si se enviaron otras advertencias.

Sección 3.

Después de tres (3) advertencias emitidas en un periodo de doce (12) meses o cinco (5) advertencias en un período de veinticuatro (24) meses, se enviará una carta a un miembro de la Asociación para censurarlo. Las empresas censuradas se identificarán en la membresía de la NHLA.

Artículo XII – Cancelaciones Sección 1.

Si se determina que el crédito de un comprador es irregular y, el comprador, a solicitud del vendedor, no proporciona una garantía satisfactoria de pago, el vendedor podrá cancelar el pedido o cualquier parte sin completar del mismo.

Sección 2.

Si resulta evidente que el vendedor no puede realizar la entrega del material amparado por el pedido, o si la entrega del material en el pedido o cualquier parte del mismo se retrasa injustificadamente, el comprador podrá cancelar el pedido o cualquier parte sin completar del mismo.

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85 Nota: El hecho de que el vendedor haya sobrevendido su material, o el hecho de que el comprador haya comprado en exceso sus requerimientos, no son razones justificables para llevar a cabo una cancelación arbitraria. La condición del mercado tampoco tiene relación alguna con la inviolabilidad de un contrato de compraventa. Si el mercado baja, el comprador está obligado a recibir el material que ordenó. Si el mercado sube, el vendedor está obligado a entregar y recibir el pago del material que vendió. La cancelación de un pedido por cualquiera de las partes y cualquiera de estas razones no tiene ninguna garantía, y se opone absolutamente tanto al texto como a la esencia de este código, el cual se basa en los principios de buena fe y tratos honestos.

Artículo XIII – Arbitraje Sección 1.

Para ajustar las disputas que surjan entre el vendedor y el comprador al aplicar los principios de este código, se recomienda la aplicación del arbitraje.

Sección 2.

El procedimiento regular en los casos de arbitraje, es seleccionar un árbitro y, en caso de que el comprador y el vendedor no puedan ponerse de acuerdo en la designación de un solo árbitro, cada parte deberá elegir uno. Si estos dos árbitros están en desacuerdo, elegirán un tercer árbitro y una decisión mayoritaria de estos árbitros será obligatoria para las partes en la disputa.

Nota: Este código será de carácter obligatorio entre el comprador y el vendedor solamente cuando así se especifique en el contrato que regirá.

Definiciones Bolsa de corteza: Cavidad rellena de corteza en la tabla. Picaduras de ave: Parche de veta distorsionada que resulta de las picaduras de ave a través de las células de crecimiento en el árbol y que a veces contienen un agujero y / o corteza encarnada. Corazón (médula) encerrado: Este término se utiliza cuando el corazón cae completamente dentro de las cuatro caras de una pieza de madera en cualquier parte de su longitud. Lupia: Una lupia es un remolino o torsión en la veta de la madera que generalmente se presenta cerca de un nudo, pero no contiene un nudo. Aquellas que presentan centros sanos se admiten en los cortes, a menos que se especifique lo contrario. Grieta: Separación a lo largo de la madera, que generalmente se extiende a

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86 través de los anillos de crecimiento anual y comúnmente se deriva de las tensiones que sufre la madera durante las estaciones. Acucharamiento: Distorsión de una tabla en la cual se presenta una desviación plana a partir de una línea recta a lo ancho de la tabla. Corte: Porción de la tabla o tablón que se obtiene por medio de un corte transversal, un rasgamiento, o por ambos. En las clasificaciones comunes, el corte debe ser lo suficientemente plano para que sobresalgan dos lados hacia el espesor del aserrado estándar después de que se haya removido de la tabla. En las clasificaciones de Selectas y mejores, toda la tabla deberá ser lo suficientemente plana para que sobresalgan dos lados hacia el espesor del aserrado estándar (para omitir limitaciones, consulte la página 59 bajo la regla “Cara limpia” en la clasificación de corte). No se permiten cortes diagonales. Corte de cara limpia: Corte que tiene una cara limpia (se admiten las grietas comunes de temporada) y el reverso sano, como se define en la sección Corte sano. La cara limpia del corte debe estar en el lado deficiente de la tabla, excepto cuando se especifique lo contrario. Corte sano: Corte libre de pudrición, corazones, separaciones y disminución. No se considera la textura. Se admitirán nudos sanos, picaduras de ave, manchas, vetas o su equivalente, grietas de temporada que no afecten materialmente la resistencia del corte, agujeros de gusano alfiler; abocardados y de mancha. Se admiten agujeros de 1/4” o más grandes, pero deben limitarse de la siguiente manera: uno de 1/4” de diámetro promedio en cada corte de menos de 12 unidades; dos de 1/4”, o uno de 1/2” por cada 12 unidades y solamente en uno de los lados del corte. Descomposición: Descomposición de la sustancia de la madera provocada por hongos. Descomposición Incipiente: Etapa temprana de la descomposición que no ha avanzado lo suficiente como para suavizar o deteriorar perceptiblemente la dureza de la madera. Suele ir acompañada de una ligera decoloración o blanqueamiento de la madera. Verde: Madera recién aserrada, o madera que ha recibido un secado no intencional, fuera de temporada. Duramen: Madera que se extiende desde el corazón hasta la albura, cuyas células ya no participan en los procesos vitales del árbol. Hendiduras: Separación celular que ocurre en el interior de una pieza de madera, generalmente a lo largo de los rayos de la madera.

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87 Madera aserrada (envío en seco): Madera parcialmente seca para evitar manchas y moho en tránsito. Madera aserrada (en fragmentos): Madera que tiene extremos ondulados o irregulares que se cortan a partir de la parte baja del tronco. Veta Mineral: Decoloración de verde oliva a negro verdoso o marrón de causa indeterminada en maderas duras. Nudo de alfiler: Nudo cuyo diámetro promedio no excede 1/8”. Corazón (médula): Centro suave y pequeño que se presenta en el centro estructural del tronco. Albura: Madera viva de color pálido cerca del exterior del tronco. Secado (al aire): Secado por exposición al aire, generalmente en un patio, sin calor artificial. Secado (estufado): Secado en una estufa utilizando calor artificial. Separación: Separación a lo largo de la veta, la mayor parte se produce entre los anillos de crecimiento anual. Canteado: Distorsión de una tabla en que hay una desviación a lo largo del borde a partir de una línea recta de un extremo al otro de la tabla. Nudo Sano: Nudo que es sólido en su cara, tan duro como la madera circundante, y que no presenta indicios de deterioro. Rajadura: Separación a lo largo de la madera, debido al desgarre de las células de la madera. Mancha: En las maderas duras, la palabra “mancha” se utiliza para describir las evidencias iniciales de la descomposición. No seleccionada: Todo el producto obtenido del tronco, del cual no se han separado la albura y el duramen. Disminución (Wane): Presencia de corteza o falta de madera. Deformación: Cualquier variación a partir de la superficie real o plana. La deformación incluye encorvaduras, acombado, curvas y torceduras o una combinación de todas.

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88 Agujeros de gusanos. Agujero de gusano alfiler: No excede 1/16” en diámetro. Agujero de mancha de gusano: Excede en diámetro 1/16”, pero no es superior a 1/8”. Agujero de gusano abocardado: Excede en diámetro 1/8”, pero es inferior a 1/4”. Agujero de larva: Mide 1/4” en diámetro o más.

TABLA DE CONVERSIÓN MÉTRICA Medición Lineal 1 milímetro (mm) ................................................................. 0.0394 pulgadas 1 pulgada ............................................................................... 25.4 milímetros 1 centímetro (cm) ..................................................................0.3937 pulgadas 1 pulgada ............................................................................. 2.54 centímetros 1 decímetro (dm) - 3.937 ulgadas .................................................. 0.328 pies 1 pie......................................................................................3.048 decímetros 1 metro (m) - 39.37 pulgadas.....................................................1.0936 yardas 1 arda.....................................................................................0.9144 metros

Pesos 1 kilogramo (kg) ........................................................................ 2.2046 libras 1 ibra ................................................................................ 0.4536 kilogramos 1 tonelada métrica (M.T.) - 1.102 toneladas cortas ...................... 2,200 libras 1 tonelada corta - 2,000 libras ................................ 0.9072 toneladas métricas

Volumen 1 centímetro cúbico (cm3) .......................................... 0.061 pulgadas cúbicas 1 pulgada cúbica .................................................... 16.39 centímetros cúbicos

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89 1 decímetro cúbico (dm3) ................................................ 0.0353 pies cúbicos 1 pie cúbico .......................................................... 28.317 decímetros cúbicos 1 metro cúbico (m3) - 35.34 pies cúbicos ....................... 1.308 yardas cúbicas 1 yarda cúbica ............................................................. 0.7646 metros cúbicos

Madera Aserrada 1 metro cúbico de madera aserrada ........................................... 424 pies tabla 1 pie tabla de madera ............................................. 2,359 centímetros cúbicos 1 pie tabla de madera ....................................

.......... 0.0024 metros cúbicos

ÍNDICE DE MADERAS Aliso (rojo) ...................................................................................... 35 Tulipwood americano (Poplar) ....................................................... 27 Fresno ............................................................................................ 22 Álamo (Popple) .............................................................................. 33 Tilo ................................................................................................. 27 Tilo Key Stock ................................................................................ 25 Haya .............................................................................................. 25 Abedul (no seleccionado) .............................................................. 25 Abedul, rojo ................................................................................... 25 Abedul, con albura ........................................................................ 25 Box Elder........................................................................................ 22 Castaño de indias .......................................................................... 22 Butternut ........................................................................................ 28 Cedro, aromático rojo .................................................................... 34

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90 Cerezo ........................................................................................... 26 Castaño, americano ...................................................................... 33 Chinkapin, dorado ......................................................................... 22 Cottonwood ................................................................................... 33 Ciprés ............................................................................................ 41 Olmo, roca ..................................................................................... 26 Olmo, suave .................................................................................. 25 Liquidámbar, negro ....................................................................... 30 Liquidámbar, de figura ............................................................. 32, 33 Liquidámbar, veta de moño ..................................................... 31, 33 Liquidámbar, rojo liso .............................................................. ...... 31 Liquidámbar, savia en cuartos ....................................................... 31 Liquidámbar, negro en cuartos ...................................................... 31 Liquidámbar, rojo en cuartos ......................................................... 32 Liquidámbar, con albura ................................................................ 30 Hackberry ...................................................................................... 22 Hickory .......................................................................................... 26 Algarrobo ....................................................................................... 27 Madroño del pacífico ..................................................................... 22 Magnolia ........................................................................................ 30 Maple duro, con albura ................................................................. 23 Maple duro .................................................................................... 23 Maple, acción piano ...................................................................... 24

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91 Maple blanco ................................................................................. 23 Maple suave .................................................................................. 25 Maple, Costa del Pacífico .............................................................. 38 Mezquite ........................................................................................ 52 Encino curvado (Bending).............................................................. 63 Encino aserrado simple ................................................................. 26 Encino aserrado en cuartos .......................................................... 27 Encino Rojo ................................................................................... 26 Encino rústico ................................................................................ 35 Encino Blanco ............................................................................... 27 Pacan ............................................................................................ 26 Poplar, colonial .............................................................................. 34 Poplar, en cuartos ........................................................................ 62 Sasafrás ........................................................................................ 22 Sicómoro ....................................................................................... 22 Sicómoro, en cuartos .................................................................... 27 Tanoak ........................................................................................... 22 Maderas duras tropicales .............................................................. 53 Tupelo ........................................................................................... 30 Tupelo, en cuartos ......................................................................... 31 Nogal ............................................................................................. 28 Nogal, al vapor .............................................................................. 28 Sauce ........................................................................................... 30

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Índice de Misceláneos Debajo de la clasificación .............................................................. 19 Lupias ........................................................................................ 9, 84 Grieta ....................................................................................... 10, 43 Maderas comerciales .................................................................... 69 Dimensionado común ................................................................... 66 Cara común No. 1 y 2 ................................................................... 22 Común, No. 1 ................................................................................ 16 Común, No. 2A .............................................................................. 17 Común, No. 2B .............................................................................. 17 Común No. 3A ............................................................................... 18 Común, No. 3B .............................................................................. 19 Común No. 1 y mejor .................................................................... 22 Corte .......................................................................................... 9, 84 Corte, cara limpia ..................................................................... 10, 84 Corte sano ............................................................................... 10, 84 Tabla de cortes ......................................................................... 20-21 Definiciones ............................................................................. 84-86 FAS ................................................................................................ 14 FAS, una cara (F1F) ...................................................................... 16 Lote plano, muebles ...................................................................... 60 Flitch, aserrado simple .................................................................. 60 Instrucciones generales .................................................................. 4

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93 Garantía ......................................................................................... 75 Duramen .................................................................................... 8, 85 Honeycomb ................................................................................... 85 Bloques industriales ...................................................................... 68 Cuotas de inspección .................................................................... 69 Reglamento de inspección ............................................................ 70 Servicio de inspección ................................................................... 70 Inspección, estándar ..................................................................... 22 Madera estufada ............................................................................ 56 Longitudes, estándar ....................................................................... 6 Longitudes,17’ y más largas ......................................................... 22 Corrida de tronco ........................................................................... 22 Fabricación ...................................................................................... 5 Medición y conteo ...................................................................... 7, 41 Métodos .......................................................................................... 11 Tabla métrica ................................................................................. 86 Maderas militares .......................................................................... 69 Corrida de aserradero ................................................................... 22 Vetas minerales y manchas ..................................................... 10, 85 Madera mal cortada ......................................................................... 5 Grietas ordinarias de temporada ..................................................... 8 Inspección original ......................................................................... 70 Nudos de alfiler ............................................................................. 85

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94 Corazón (médula).......................................................................... 85 Madera en cuartos ......................................................................... 10 Reinspección ................................................................................. 75 Código de ventas ........................................................................... 77 Albura ........................................................................................ 8, 85 Grietas de temporada ................................................................ 8, 85 Dimensionado selecto ................................................................... 65 Selectas ......................................................................................... 16 Separaciones ................................................................................. 85 Nudo sano ................................................................................ 10, 86 Cuadrados sanos ........................................................................... 67 Agusanado sano ............................................................................ 19 Cuadrados ..................................................................................... 59 Cuadrados, muebles ..................................................................... 59 Manchas .................................................................................... 9, 86 Defectos estándar ......................................................................... 29 Clasificaciones estándar ................................................................ 14 Listones ......................................................................................... 60 Madera cepillada ....................................................................... 6, 58 Conteo, doméstico .......................................................................... 7 Conteo, exportación ........................................................................ 8 Espesor, estándar ............................................................................ 6 Durmientes .................................................................................... 69

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95 Disminución ............................................................................. 48, 86 Deformación .................................................................................. 86 Ancho, mínimo ................................................................................ 6 Ancho, mínimo estufado ............................................................... 56 Ancho, especificado ........................................................................ 6 WHND ............................................................................................ 19

CONSEJOS Y ATAJOS 1. Para determinar 2/3 del ancho de la tabla, utilice la escala de 16’ en la regla de madera y divida entre 2. 2. Para determinar el valor para ascenso, obtenga la diferencia porcentual entre los precios de la madera y luego divida 100 entre la medida de superficie. Al reducir el porcentaje de medida de superficie, no exceda la diferencia porcentual de los precios. EJEMPLO: FAS $1200 - 1 común $ 850 dividido entre FAS $1200 = 29%. La tabla: 100 dividido entre 6’ SM = 16.66%, la eliminación de 1 pie en MS será rentable. 3. Para determinar la cantidad de curva lateral en una tabla, coloque la tabla en su borde y mida la curva a su mayor distancia desde una línea recta. Al tomar cortes de longitud completa, esta cantidad debe deducirse del ancho total del corte. EJEMPLO: Una tabla de 6” de ancho y 10’ de largo con una curva de 1” permitiría un máximo de 5” de ancho, corte de longitud completa.

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NOTAS

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Nombre común

Alder, rojo Fresno Negro Verde Blanco Aspen Tilo, americano Haya, americana Abedul Dulce Blanco Amarillo Liquidámbar negro / Tupelo Algarrobo negro Nogal negro Boxelderc Castaño de indias, amarillo 52 49 48 43 42 54 57 50 57 45 58 58 32 49

Betula lenta Betula papyrifera Betula alleghaniensis Nyssa spp. Robinia pseudoacacia Juglans nigra Acer negundo Aesculus octandra

46

lb/ft3

Fraxinus nigra Fraxinus pennsylvanica Fraxinus americana Populus tremuloides Tilia americana Fagus grandifolia

Alnus rubra

Nombre en latín

913 801 913 721 929 929 513 785

833 785 769 689 673 865

737

kg/m3

4750 4167 4750 3750 4833 4833 2667 4083

4333 4083 4000 3583 3500 4500

3833

2155 1890 2155 1701 2192 2192 1210 1852

1966 1852 1814 1625 1588 2041

1739

lb/MBF kg/MBF

Verde lb/ft3

Pesos de madera verde y estufadaa

45.6 36.8 42.2 34.6 48.0 37.9 27.5 24.5

34.1 39.3 41.0 26.5 24.4 43.2

27.5

lb/ft3

731 590 677 555 769 607 508 392

546 629 657 425 390 691

440

kg/m3

3803 3067 3520 2887 4003 3159 2642 2039

2843 3274 3420 2211 2031 3597

2288

1725 1391 1597 1310 1816 1433 1198 925

1290 1485 1551 1003 921 1632

1038

lb/MBF kg/MBF

Estufadab kg/m3

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46 45 55 49 60 53 56 50 64 61 61 60 59 56 50

Juglans cinerea Prunus serotina Castanea dentata Populus deltoides Taxodium distichum

Ulmus thomasii Ulmus rubra Celtis spp.

Carya spp. Carya spp. Gleditsia triacanthos Arbutus spp. Magnolia grandiflora

Acer spp. Acer spp.

Butternut Cerezo, negro Castaño, americano Cottonwoodc Ciprés Olmo Duro Suave Celtis Pacana Real (promedio) Pacan (bitternut) Robinia de la miel Madroño Magnolia, So.c Maple Duro (sugar) Suave (rojo)

lb/ft3

Nombre en latín

Nombre común

897 801

1025 977 977 961 945

849 897 801

737 721 881 785 961

4667 4167

5333 5083 5083 5000 4917

4417 4667 4167

3833 3750 4583 4083 5000

2117 1890

2419 2306 2306 2268 2230

2003 2117 1890

1739 1701 2079 1852 2268

kg/MBF

lb/ft3

42.3 36.4

49.6 27.5 27.5 45.0 27.5

43.1 36.0 36.7

26.3 34.6 29.4 27.5 30.6

677 582

795 724 702 722 485

690 576 588

421 554 472 444 491

kg/m3

3523 3030

4135 3767 3650 3754 2525

3591 2997 3060

2191 2881 2453 2308 2553

lb/MBF

kg/m3

lb/MBF

lb/ft3 kg/m3

Estufadab

Verde

Pesos de madera verde y estufadaa (continuación)

1598 1374

1876 1709 1656 1703 1145

1629 1359 1388

994 1307 1113 1047 1158

kg/MBF

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Nombre común Grupo Encino Rojo Negro Cherrybarkc Laurel Rojo del norte Pin Escarlata Rojo del sur Water Sauce Grupo Encino Blanco Bur Castaño Post Castaño de pantano Blanco de pantanoc Blanco Encino vivo Cedro rojo, oriental 62 68 65 63 63 62 62 63 67 62 61 63 65 69 62 76 36

Quercus velutina Q. falcata v. pagodifolia Q. laurifolia Q. rubra Q. palustris Q. coccinea Q. falcata Q. nigra Q. phellos

Quercus macrocarpa Q. prinus Q. stellata Q. michauxii Q. bicolor Q. alba Quercus virginiana Juniperus virginia

993 977 1009 1041 1105 993 1218 583

993 1089 1041 1009 1009 993 993 1009 1073 5167 5083 5250 5417 5750 5167 6333 3033

5167 5667 5417 5250 5250 5167 5167 5250 5583 2344 2306 2381 2457 2608 2344 2873 1376

2344 2570 2457 2381 2381 2344 2344 2381 2533 43.1 43.6 45.9 45.9 27.5 45.9 60.4 31.4

42.4 46.5 43.8 41.9 43.7 45.3 39.7 42.8 43.8

Pesos de madera verde y estufadaa (continuación) Verde lb/ft3 Nombre en latín lb/ft3 kg/m3 lb/MBF kg/MBF lb/ft3

690 699 734 736 799 735 967 504

679 745 702 672 700 725 636 685 701 3589 3636 3821 3828 4158 3825 5032 2620

3534 3875 3652 3494 3642 3774 3309 3564 3649

Estufadab kg/m3 kg/m3 lb/MBF

1628 1649 1733 1736 1886 1735 2283 1188

1603 1758 1657 1585 1652 1712 1501 1617 1655

kg/MBF

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lb/ft3 27.5 35.0 34.0 44.7 29.7 27.0

Estufadab kg/m3 kg/m3 lb/MBF 497 2583 561 2920 545 2836 717 3728 476 2475 432 2249 kg/MBF 1172 1325 1286 1691 1123 1020

Pesos de madera verde directamente de las maderas duras de América del Norte, Servicio Forestal del USDA, FPL-GTR-83 y manual de madera, Servicio Forestal del USDA, Manual Ag.72. Los pesos de la madera estufada del Manual del operador del estufado y el Servicio Forestal del USDA, excepto donde se indique. Los pesos se calculan en función de las densidades promedio para cada especie. Por lo tanto, los pesos aquí proporcionados siempre deben considerarse como aproximaciones, debido a la variación natural en su anatomía, el contenido de humedad y la proporción de duramen a albura que ocurre en una carga. Los pesos de pie tabla se basan en la longitud en pies exacta de la tabla (1BF = 1’ x 1’ x 1”). No se permiten tolerancias para el espesor adicional. b Los pesos de madera estufada se calculan con un contenido de humedad del 8%. c Los pesos de madera estufada se extrapolan de las maderas duras de América del Norte del Servicio Forestal de la USD, AFPL-GTR-83.

a

Nombre común Sasafrás Liquidámbar dulce Sicomoro Tanoak Poplar amarillo Sauce, negro

Pesos de madera verde y estufadaa (continuación) Verde lb/ft3 Nombre en latín lb/ft3 kg/m3 lb/MBF kg/MBF Sassafras albidum 44 705 3667 1663 Liquidambar styracifulua 50 801 4167 1890 Platanus occidentalis 52 833 4333 1966 Lithocarpus densiflorus 65 1041 5417 2457 Liriodendron tulipifera 38 609 3167 1436 Salix nigra 50 801 4167 1890

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Longitud Fracción Decimal de pulgada 4’ 5’ 6’ 7’ 8’ 9’ 10’ 11’ 12’ 1/8’’ 0.125 0.50 0.625 0.75 0.875 1 1.125 1.125 1.375 1.50 ¼’’ 0.25 1 1.125 1.50 1.75 2 2.25 2.50 2.75 3 3/8’’ 0.375 1.50 1.875 2.25 2.625 3 3.375 3.75 4.125 4.50 ½’’ 0,50 2 2.50 3 3.5 4 4.50 5 5.50 6 5/8’’ 0.625 2,5 3.125 3.75 4.375 5 5.625 6.25 6.875 7.50 ¾’ 0.75 3 3.75 4.50 5.25 6 6.75 7.50 8.25 9 7/8’’ 0.875 3.50 4.375 5.25 6.125 7 7.875 8.75 9.625 10.50 1’’ 1 4 5 6 7 8 9 10 11 12

Recordatorio de selectas y mejores Reglas disminución, nudo, agujero 1/3 = .0333 3/8’’ = 0.375 PMS Unidad requerida

±

2/3 = 0.666 5/8’’ = 0.625

Regla 97% (MS x 11.64) 8 9 10

6

7

69.84

81.48

93.12

104.76

116.40

11

12

128.04

139.68

Recordatorio de Cálculo 1 unidad = 1 ’de ancho y 1 pie de largo o el equivalente (12’’²) 1 MS = 12 unidades o 144’’²

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Diámetro de un nudo o agujero en corte sano y defectos estándar de nogal (FAS 6’7 ')

1/8’’

1/4’’

1/2"’

1 ¼’’

2 ½’’

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NHLA is a member of AHEC.

National Hardwood Lumber Association PO Box 34518 | Memphis, TN 38184-0518 | USA | www.nhla.com

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