MARCO NORMATIVO PARA PROMOVER LA EXPORTACIÓN DE SERVICIOS EN LOS PAÍSES DE LA REGIÓN ANDINA

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38 Serie Marcos Normativos

Marco Normativo para Promover la Exportación de Servicios en los Países de la Región Andina


MARCO NORMATIVO PARA PROMOVER LA EXPORTACIÓN DE SERVICIOS EN LOS PAÍSES DE LA REGIÓN ANDINA


Eustaquio Cadena Choque Presidente del Parlamento Andino Eduardo Chiliquinga Mazón Secretario general del Parlamento Andino Primera edición, Enero de 2021 Parlamento Andino Avenida Caracas # 70A - 61 Bogotá - Colombia www.parlamentoandino.org Edición Javier Segura Diseño Gráfico Edna García ISBN FÍSICO 978-958-9283-99-8 ISBN DIGITAL 978-958-5186-00-2 Edición no venal. Prohibida su venta.


El presente Marco Normativo se aprobó el 29 de octubre de 2020, bajo la dirección de la siguiente:

Mesa Directiva Periodo 2020 - 2021

Presidente Eustaquio Cadena Choque Bolivia Vicepresidentes Alejandro García-Huidobro Chile César Ortiz Zorro Colombia Patricia Terán Ecuador Mariano González Perú

Secretario general Eduardo Chiliquinga Mazón



Representación Parlamentaria Bolivia Presidente Eustaquio Cadena

Chile Vicepresidente Alejandro García-Huidobro

Parlamentarios Alberto Moreno Hebert Choque Edith Mendoza Flora Aguilar

Parlamentarios Sergio Gahona Juan Pablo Letelier Fidel Espinoza Gabriel Ascencio

Colombia Vicepresidente César Augusto Ortiz

Parlamentarios Carlos Andrés Trujillo Óscar Darío Pérez Germán Darío Hoyos Óscar Hernán Sánchez

Ecuador Vicepresidenta Patricia Terán

Parlamentarios Pamela Aguirre Hugo Quiroz Rosa Mireya Cárdenas Fausto Cobo

Perú Vicepresidente Mariano González

Parlamentarios Víctor Rolando Sousa Alan Fairlie Jorge Luis Romero Mario Zúñiga



PRESENTACIÓN Teniendo en cuenta que las exportaciones de servicios constituyen casi una cuarta parte del total de las exportaciones globales y un nuevo motor de crecimiento económico para las economías en desarrollo. Se resalta entonces, que los servicios son una parte importante de la economía global, pues atraen más de tres cuartos de la inversión extranjera directa, emplean a una gran cantidad de trabajadores y crean la mayoría de los nuevos empleos a nivel mundial. De acuerdo con lo expuesto por el FMI el sector de los servicios es el componente más dinámico de la economía mundial. Este sector representa el 50% del ingreso mundial, el 70% del empleo, y tiene en la actualidad un rol importante para el comercio internacional. También es importante mencionar que, las exportaciones de servicios se han multiplicado por 10 desde 1990 en los países en desarrollo, lo que ha significado el doble de la velocidad de las exportaciones de servicios en las economías avanzadas. Sin embargo, el panorama en la región andina, la cual está compuesta en su mayoría por países en vía de desarrollo. La tasa promedio de crecimiento anual de las exportaciones de servicios de los países andinos, según lo revela la UNCTAD durante el periodo 2006-2013 ha sido de 10%, mientras que para el periodo 2014-2018 solamente ha sido de 3,3%. Asimismo, la participación de las exportaciones de servicios de los países andinos ha representado, en promedio, para el periodo 20052018, el 0,1% en las exportaciones de servicios a nivel mundial, revelándose una gran brecha en el nivel de liberalización intrarregional del comercio de servicios. En este contexto, resulta necesario presentar una herramienta jurídica que exhorte al fortalecimiento de este campo de desarrollo económico en los territorios andinos, ya que la exportación de servicios ofrece una oportunidad de diversificación


y competitividad. Además que los servicios contribuyen significativamente a la productividad de numerosas industrias manufactureras y ayuda a reducir la desigualdad económica para las MIPYME y las mujeres. Por lo tanto, en octubre de 2020 la Plenaria del Parlamento Andino aprobó el Marco Normativo para Promover la Exportación de Servicios en los Países de la Región Andina, con la meta de lograr un favorecimiento en la integración económica regional, la competitividad, la diversificación productiva y el desarrollo sostenible de cada una las economías andinas. Igualmente impulsar el desarrollo sostenible a largo plazo de los países andinos con desarrollo legislativo en esta materia. Este instrumento jurídico está estructurado con dieciocho artículos, desglosados en dos títulos centrales, que tratan las disposiciones generales y describen los lineamientos estratégicos. En cuanto a sus tres capítulos, el primero presenta el objeto, alcances y fines; mientras que el segundo especifica definiciones y principios; y el tercer capítulo detalla las atribuciones, derechos y deberes de las partes. Asimismo, con el objetivo de promover en los Estados Miembros una mayor integración regional andina mediante políticas públicas, armonizadoras y convergentes, que fomenten las exportaciones de servicios. El presente Marco Normativo propone consolidar e integrar mecanismos que permita el acceso del público a la información necesaria que se encuentre relacionada con la exportación de servicios. En esa misma perspectiva, esta herramienta normativa de integración, busca generar redes entre empresas, fomentar servicios de mayor valor agregado como los servicios basados en el conocimiento, y aprovechar de manera eficiente las capacitaciones técnicas y el financiamiento que se percibe de los programas del Estado, a fin de asegurar el desarrollo y evolución creciente del sector.


De tal manera, es fundamental resaltar que la exportación de servicios puede desempeñar un papel decisivo en la potencialización de las economías de los Estados miembros, ya que ofrece una oportunidad para sustentar la integración económica de la región Andina. Por ello este marco normativo servirá de referente para la regulación de las exportaciones de servicios y la implementación de políticas públicas efectivas para alcanzar sus fines.

P.A.Eustaquio Cadena Choque Presidente del Parlamento Andino


AGRADECIMIENTOS El Parlamento Andino, es el órgano supranacional de la CAN que apoya a los gobiernos de los Estados miembros en la armonización de las legislaciones, así como en la regionalización de políticas públicas y prácticas gubernamentales exitosas que contribuyen a mejorar la calidad de vida y el bienestar de la población Andina. Presentamos el Marco Normativo para Promover la Exportación de Servicios en los Países de la Región Andina, que tiene como objetivo, promover en los Estados miembros una mayor integración regional Andina mediante políticas públicas, armonizadoras y convergentes, que fomenten las exportaciones de servicios en la región.

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Es fundamental resaltar el trabajo desarrollado por los parlamentarios y parlamentarias que integran la Comisión Cuarta “De Desarrollo e Integración Económica, Producción, Competitividad y Complementariedad, Infraestructura y Energía”. Sobre todo del parlamentario Alan Fairlie, proponente de este marco normativo. Del mismo modo, es importante destacar la participación de la Dra. Karina Tejada, Coordinadora de Comercio de Servicios en la Dirección de Asuntos Multilaterales del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo de Perú y el Dr. Kurt Rothschild, Director de Desarrollo de Capacidades y Oferta Exportable del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo de Perú. Dos expertos que mediante la socialización de sus significativos aportes, contribuyeron a la construcción del presente instrumento jurídico. Por último, quiero destacar la labor de los Parlamentarios y Parlamentarias Andinas y del equipo técnico de la Secretaria General, por sus valiosos aportes y observaciones realizadas en la construcción y debate de este Marco Normativo para


Promover la Exportación de Servicios en los Países de la Región Andina, ratificando una vez más el compromiso y la gestión parlamentaria a favor de la integración de nuestros pueblos. Por lo anterior estoy convencido que este documento se convertirá en un referente de promoción del desarrollo económico de los países de la región y el bienestar de los ciudadanos.

Dr. Eduardo Chiliquinga Mazón Secretario general del Parlamento Andino

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ÍNDICE Recomendación No. 448 Marco Normativo para Promover la Exportación de Servicios en los Países de la Región Andina

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Título I Disposiciones Generales Capítulo I Objeto, Alcance y Fines

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Capítulo II Definiciones y Principios

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Capítulo III Atribuciones, Derechos y Deberes de las Partes

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Título II Lineamientos Estratégicos para Promover la Exportación de Servicios en los Países de la Región Andina 30

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RECOMENDACIÓN No. 448 MARCO NORMATIVO PARA PROMOVER LA EXPORTACIÓN DE SERVICIOS EN LOS PAÍSES DE LA REGIÓN ANDINA La Plenaria del Parlamento Andino, reunida reglamentariamente a los veintinueve (29) días del mes de octubre de 2020, en el marco de su Periodo Ordinario de Sesiones CONSIDERANDO Que, el sector de los servicios es el componente más dinámico de la economía mundial. Este sector representa el 50% del ingreso mundial, el 70% del empleo, y tiene en la actualidad un rol importante para el comercio internacional;

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Que, el logro de varios de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030 depende del sector de servicios: servicios de salud, servicios financieros, energía, transporte y telecomunicaciones, etc; Que, los servicios son una parte importante de la economía global pues atraen más de tres cuartos de la inversión extranjera directa, emplean a una gran cantidad de trabajadores y crean la mayoría de los nuevos empleos a nivel mundial; Que, los países andinos podrían considerar al comercio de servicios como un instrumento para alcanzar el desarrollo, por lo que su inserción en la economía globalizada de los servicios es relevante desde la perspectiva del desarrollo; Que, durante el periodo 2005-2017, el comercio de servicios se ha expandido más rápido que el comercio de bienes, creciendo a una tasa anual promedio de 5,4%.Asimismo, durante este periodo, la contribución de las economías en desarrollo al comercio de servicios, ha aumentado en más de 10 puntos porcentuales;


Que, según el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios de la OMC, se define el comercio de servicios como “el suministro de un servicio : a) del territorio de un Miembro al territorio de cualquier otro Miembro; b) en el territorio de un Miembro a un consumidor de servicios de cualquier otro Miembro; c) por un proveedor de servicios de un Miembro mediante presencia comercial en el territorio de cualquier otro Miembro; d) por un proveedor de servicios de un Miembro mediante la presencia de personas físicas de un Miembro en el territorio de cualquier otro Miembro” (GATS, OMC, pp. 305- 306); Que, la contribución del sector de servicios en el comercio global podría aumentar en un 50% para el 2040. Asimismo, existen cuatro tendencias que afectarían el comercio de servicios en el futuro: las tecnologías digitales, los cambios demográficos, el aumento de los ingresos y el impacto del cambio climático. Estos cambios conllevarían a la creación de nuevos tipos de comercio de servicios y detendrían el comercio de algunos servicios al crear nuevos mercados; Que, el comercio de servicios genera ganancias de bienestar para la sociedad, a través de una asignación más eficiente de los recursos, mayores economías de escala y un aumento en la variedad de servicios que se ofrecen. Además, un canal importante para beneficiar a la sociedad, es a través de la mejora en la competitividad de las empresas; Que, las exportaciones de servicios constituyen casi una cuarta parte del total de las exportaciones globales y un nuevo motor de crecimiento económico para las economías en desarrollo. Es importante mencionar que, las exportaciones de servicios se han multiplicado por 10 desde 1990 en los países en desarrollo, lo que ha significado el doble de la velocidad de las exportaciones de servicios en las economías avanzadas. La participación de las exportaciones de servicios en las exportaciones totales de los países en desarrollo subió de 3% en 1970 a casi 20% en 2014;

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Que, las exportaciones de servicios de los países andinos no solo representan una parte muy pequeña de las exportaciones de servicios a nivel mundial, sino que también se ha desacelerado en los últimos cinco años. La tasa promedio de crecimiento anual de las exportaciones de servicios de los países andinos durante el periodo 2006-2013 ha sido de 10%, mientras que para el periodo 2014-2018 solamente ha sido de 3,3%. Asimismo, la participación de las exportaciones de servicios de los países andinos ha representado, en promedio, para el periodo 20052018, el 0,1% en las exportaciones de servicios a nivel mundial; Que, las exportaciones de servicios de los países andinos tienen una participación muy pequeña en sus economías. Durante el periodo 2000-2014, los países andinos tienen, una participación, en promedio, del 3,4% del PBI;

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Que, la baja productividad de los países andinos en las últimas décadas es el resultado, entre otros factores, del poco desarrollo del sector exportador, siendo una de sus características el gran peso de las actividades extractivas en la canasta exportadora de los países andinos, lo que los vuelve vulnerables a las fluctuaciones de los precios internacionales a lo largo del ciclo económico; Que, los países que experimentan un mayor crecimiento de las exportaciones de servicios también experimentan, en promedio, un crecimiento más rápido del empleo. Además, existe evidencia que el comercio del sector servicios ha sido más resiliente que el comercio de bienes frente a los choques externos, así como a las crisis financieras; Que, el crecimiento de las exportaciones de servicios ofrece una oportunidad de diversificación y competitividad para los países andinos, ya que los servicios contribuyen significativamente a la productividad de numerosas industrias manufactureras;


Que, las exportaciones de servicios, no solo puede ayudar como una estrategia de diversificación, sino también ayuda a reducir la desigualdad económica para las empresas MIPYME y las mujeres; Que, las exportaciones de servicios más dinámicas en la región latinoamericana durante las últimas décadas son servicios basados en el conocimiento (SBC), es decir, servicios que necesitan de alta tecnología y/o demandan capital humano calificado. Estos servicios se han expandido, primero, al ritmo de las nuevas tecnologías de comunicación e información, y segundo, al ritmo de la revolución digital; Que, aunque las exportaciones de SBC de los países andinos han crecido más que el promedio mundial durante el periodo 2000-2015, aún la participación de cada país andino es pequeño si lo comparamos con el resto del mundo; Que, existe evidencia que las exportaciones de servicios profesionales ha sido una de las más dinámicas a nivel regional dentro de los SBC , por lo que su desarrollo y su participación dentro de las cadenas globales de valor son fundamentales; Que, la consolidación de un mercado más amplio para el comercio de servicios en la región andina es uno de los objetivos del proceso de integración regional. Por lo tanto, la exportación de servicios puede desempeñar un papel decisivo, ya que ofrece una oportunidad para sustentar la integración económica de la región andina; Que, diversos procesos de integración en la región, como el Mercosur y la Alianza del Pacífico, han visto las exportaciones de servicios como una oportunidad de integración regional, favoreciendo así la convergencia sudamericana; Que, de acuerdo con un estudio basado en la Decisión 510 que establece el Inventario de Medidas Restrictivas al Comercio de Servicios, existe una gran brecha en el nivel de liberalización

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intrarregional del comercio de servicios. Respecto a las limitaciones de acceso a mercados, del total de concesiones posibles en el sector servicios, los países andinos negociaron un promedio del 20,9%. Respecto a las limitaciones de tratonacional, estos países negociaron solo el 20,4%. En relación al grado de compromisos de cada país, el promedio para los países de la CAN es de 16,5%; Que, se viene desarrollando la negociación de los sectores que se encuentran pendientes de negociación en el comercio de servicios en la región andina; así como la armonización normativa respecto a la circulación de servicios al interior del mercado andino y también para fortalecer las capacidades de los países para aprovechar los beneficios del comercio intrasubregional de servicios;

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Que, en la Comunidad Andina está prácticamente liberalizado por las Decisiones 439 y 659, salvo para el sector de servicios financieros y los porcentajes mínimos de producción nacional en servicios de televisión abierta nacional. Sin embargo, los Países Miembros en el marco del Comité Andino de Servicios e Inversiones (CASI), siguen dialogando sobre la manera de hacer efectiva dicha liberalización; Que, con la entrada en vigencia de la Decisión 820 desde el 2017 se establecieron prórrogas a los artículos 2 y 6 de la Decisión 659, relativos a la definición del régimen de liberalización del sector de servicios financieros y de servicios de televisión abierta nacional así como la suspensión temporal de la liberalización de servicios para Bolivia, hasta el 30 de junio de 2019; Que, el CASI se ha mantenido después del proceso de implementación de reingeniería de la CAN establecida bajo la Decisión 792 , ya que profundizar la integración comercial es una de las líneas estratégicas de este proceso de reingeniería; Que, una de las acciones prioritarias de la Comunidad


Andina para la facilitación del comercio exterior entre sus países miembros es la implementación de ventanillas únicas, establecida mediante la Decisión 770 y la Resolución 1467. Asimismo, recientemente el Parlamento Andino ha aprobado la Recomendación 351: Hacia el fortalecimiento y la interoperabilidad de las ventanillas únicas de comercio exterior en los países de la región andina; Que, existen tendencias similares por parte de los países andinos en la búsqueda de promover las exportaciones de servicios, donde cada uno de ellos cuenta de forma individual con sus respectivas normativas, como es el caso de: - La Estrategia para la internacionalización del sector servicios definida por el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo de Colombia. La Ley de Comercio Exterior e Inversiones de Ecuador. Las medidas que viene implementando Bolivia para fomentar las exportaciones de servicios a través del Centro de Promoción de Bolivia. La Estrategia de Promoción de Exportación de servicios del Perú en el marco del Plan Estratégico Nacional Exportador 2025. Que, se reflejan espacios de mejora, que pueden ser cubiertos con iniciativas ya ejecutadas por otros países, adaptándolas a la realidad de cada uno de los países andinos; Por los considerandos antes expuestos, y en ejercicio de sus atribuciones reglamentarias, la Plenaria del Parlamento Andino. RECOMIENDA ARTÍCULO PRIMERO: Al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, a la Secretaría General de la Comunidad Andina y a los órganos legislativos de los Estados miembros del

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Parlamento Andino, acoger el MARCO NORMATIVO PARA PROMOVER LA EXPORTACIÓN DE SERVICIOS EN LOS PAÍSES DE LA REGIÓN ANDINA, documento que hace parte integral de la presente Recomendación, y en cuyos procesos de desarrollo normativo relacionados con este tema, conforme a lo señalado por el Acuerdo de Cartagena, se cumplieron con los requisitos de armonización legislativa y fue elaborado teniendo en cuenta los estudios correspondientes, así como las Constituciones Políticas, legislación interna de los países andinos, tratados internacionales y los aportes de expertos en la materia. ARTÍCULO SEGUNDO: La presente Recomendación será notificada al Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, a la Secretaría General de la Comunidad Andina, y a los ministerios y entidades que trabajen y regulen la materia en los países miembros del Parlamento Andino. 20

Dada y suscrita a los 29 días del mes de octubre de 2020. Notifíquese y publíquese

P.A. EUSTAQUIO CADENA CHOQUE

Presidente

DR. EDUARDO CHILIQUINGA MAZÓN

Secretario General


TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I OBJETO, ALCANCES Y FINES ARTÍCULO 1. OBJETO: El presente instrumento jurídico toma como base los principios comunes de la legislación interna de los Estados Miembros del Parlamento Andino y tiene por objeto establecer un marco general de carácter orientador y de preferente aplicación, que permita promover las exportaciones de servicios para los países de la región andina, favoreciendo así la integración económica regional, y la competitividad, diversificación productiva y desarrollo sostenible de cada una las economías andinas. ARTÍCULO 2. ALCANCE: El presente Marco Normativo es un instrumento de aplicación preferente en condición de material de consulta y buenas prácticas para el diseño, reforma e implementación del ordenamiento jurídico regional y nacional de los Estados Miembros del Parlamento Andino, siempre y cuando no entre en conflicto con la legislación interna y todas aquella prácticas derivadas de la aplicación de Tratados y acuerdos internacionales, valorándose en tales casos solamente su aplicación parcial de acuerdo a las prioridades, necesidades, intereses y posibilidades de cada uno de los Estados Miembros. Además, busca promover el desarrollo legislativo en materia de comercio de servicios en la región Andina, a efecto de impulsar el desarrollo sostenible a largo plazo de los países andinos. ARTICULO 3. OBJETIVO GENERAL: El presente Marco Normativo tiene como objetivo promover en los Estados Miembros una mayor integración regional andina mediante políticas públicas, armonizadoras y convergentes, que fomenten las exportaciones de servicios.

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ARTÍCULO 4. OBJETIVOS ESPECÍFICOS: El presente Marco Normativo tiene como objetivos específicos en los Estados Miembros: a) Definir los principios rectores que permitan promover las exportaciones de servicios en los países de la región andina. Estos principios serán relevantes para garantizar la integración regional andina. b) Promover la armonización y convergencia de las políticas públicas en materia de exportación de servicios para lograr posicionar a las empresas andinas exportadoras de servicios en los mercados internacionales. c) Impulsar en los Estados Miembros el diseño e implementación de políticas públicas de exportación de servicios intra y extra regional, impulsando a las empresas MIPYMES y los servicios basados en el conocimiento. 22 CAPÍTULO II DEFINICIONES Y PRINCIPIOS ARTÍCULO 5. DEFINICIONES: En el presente Marco Normativo se establecen las siguientes definiciones: a) Clasificación ampliada de Servicios de la Balanza de Pagos (CASBP): “Se utiliza principalmente para la clasificación detallada del comercio internacional de servicios entre los residentes y no residentes de los países. Fue elaborada por la ONU, FMI, OCDE, UNCTAD y OMC” (INEGI, 2019)1 2. 1

Clasificación Ampliada de Servicios de la Balanza de Pagos (CASBP).

Disponible en: https://unstats.un.org/unsd/tradeserv/db/docs/ebops2002_ esp.pdf 2

INEGI (2019). Clasificación Ampliada ( continua en la siguiente página).


b) Comercio por país copartícipe: En exportaciones hace referencia al país de destino, en importaciones es el país de origen3. c) Comercio de servicios: De acuerdo con el Acuerdo General sobre el Comercio de Servicios (AGCS) de la OMC, incluye todos los productos aplicables a todos los sectores de servicios con excepción de los servicios gubernamentales como servicios de seguridad social, salud o educación pública4. d) Competitividad: “Capacidad de un agente económico, ya sea empresa o país, de obtener beneficio económico en un mercado determinado en relación a sus competidores. De ella depende la permanencia en el mercado y es determinada por factores como la productividad, las estrategias de mercado, los patrones de eficiencia internacionales y calidad de los bienes y servicios ofrecidos” (Parlamento Andino, 2017: 24)5. e) Desarrollo sostenible: “Aquel que garantiza las necesidades de la generación presente sin comprometer la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades” (Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y Desarrollo, 1987:1)6.

de Servicios de la Balanza de Pagos (CASBP). Véase: https://www.inegi.org. mx/contenidos/app/scian/casbp.pdf 3

Basado en: https://unstats.un.org/unsd/trade/WS_SanJose12/Presentations/

Item%2013%20-%20UNSD%20-%20Partner%20country%20-%20Spanish. pdf 4

Basado en: https://www.wto.org/spanish/tratop_s/serv_s/gatsqa_s.htm

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Parlamento Andino (2017). Marco Normativo para el Fomento de Cadenas

Productivas y de valor. Véase: https://parlamentoandino.org/wp-content/ uploads/2018/01/mn_cadenasproductivasydevalor.pdf 6

Comisión Mundial sobre el Medio Ambiente y Desarrollo (1987). Nuestro

Futuro

Común.

U0506189

Véase:

http://www.upv.es/contenidos/CAMUNISO/info/

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f) Desigualdad económica: “Es la diferencia que existe en la distribución de bienes, ingresos y rentas en el seno de un grupo, una sociedad, un país o entre países” (Naciones Unidas, 2019)7. g) Diversificación de las exportaciones: “Contribuye a reducir la vulnerabilidad económica de los países en desarrollo que dependen de los productos básicos y a aumentar el valor añadido generado y retenido en el país, al tiempo que imprime dinamismo a la economía” (UNCTAD, 2002, p. 1)8. h) Manual de la Balanza de Pagos (MBP): “Contiene las pautas para los países miembros del FMI para la compilación de los datos sobre la balanza de pagos” (FMI, 2009: 12)9. i) Medidas Horizontales: “Medidas transversales o medidas comunes a varias cuestiones” (OMC, Glosario de términos)10. 24

j) Modos de suministro de servicios: “La manera en que se suministran y consumen los servicios en el comercio internacional. Modo 1: suministro transfronterizo; modo 2: consumo en el extranjero; modo 3: presencia comercial extranjera; y modo 4: movimiento de personas físicas” (OMC, Glosario de términos)11.

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ONU (2019). ¿Qué es la desigualdad económica y por qué se produce?

Disponible en: https://eacnur.org/blog/desigualdad-economica-que-es-tc_ alt45664n_o_pstn_o_pst/ 8

UNCTAD (2002). Diversificación de exportaciones, acceso a los mercados y

competitividad. Disponible en: https://unctad.org/es/Docs/c1d54_sp.pdf 9

FMI (2009). Manual de Balanza de Pagos y Posición de Inversión

Internacional. Sexta edición (MBP6). Disponible en:https://www.imf.org/~/ media/Websites/IMF/imported-publications-loe-pdfs/external/spanish/pubs/ ft/bop/2007/bopman6s.ashx 10 11

OMC. Glosario de Términos de la OMC. Véase: https://www.wto.org/

spanish/thewto_s/glossary_s/glossary_s.htm


k) Normas de la OMC: “Conjunto de cuestiones de la OMC entre las que figuran las medidas antidumping, las subvenciones y las salvaguardias” (OMC, Glosario de términos)12. l) Productividad: “La productividad es la medida de producción por unidad de factor o recurso (trabajo, capital, tierra, etc.) que se utiliza en una actividad productiva. Asimismo, es la capacidad de un recurso o combinación de estos recursos en las empresas para producir algo” (CAF, 2018)13. m) Servicios Basados en el Conocimiento: “Servicios que utilizan alta tecnología y/o requieren capital humano calificado” (BID, 2018)14. n) Sistema armonizado: “Nomenclatura internacional establecida por la Organización Mundial de Aduanas, basada en una clasificación de las mercancías conforme a un sistema de códigos de 6 dígitos aceptado por todos los países participantes. Éstos pueden establecer sus propias subclasificaciones de más de 6 dígitos con fines arancelarios o de otra clase” (OMC, Glosario de términos)15. o) Ventanilla Única de Comercio Exterior: “Es un instrumento estratégico para la facilitación del comercio exterior, que es importante porque implica mejorar la colaboración entre los organismos gubernamentales vinculados con el comercio

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OMC. Glosario de Términos de la OMC. Véase: https://www.wto.org/spanish/

thewto_s/glossary_s/glossary_s.htm 13

CAF (2018). ¿De qué hablamos cuando nos referimos a productividad?

Véase: https://www.youtube.com/watch?v=m_KFcXfVUSc 14

BID (2018). Los servicios basados en conocimiento: ¿el futuro del desarrollo?

Disponible en: http://conexionintal.iadb.org/2018/05/02/los-servicios-basadosen-conocimiento-el-futuro-del-desarrollo/ 15

OMC. Glosario de Términos de la OMC. Véase: https://www.wto.org/spanish/

thewto_s/glossary_s/glossary_s.htm

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exterior, así como aumentar la competitividad del Sector” (MINCETUR, 2019)16. p) Ventaja competitiva: “Característica diferencial de una empresa respecto a sus competidores que le permite posicionarse en un mercado determinado y alcanzar rendimientos superiores. Existen dos tipos de ventaja competitiva: ventaja en costo y ventaja en diferenciación. Puede derivarse de diferentes factores como el goodwill de la empresa, la tecnología empleada, el servicio al cliente, la calidad del producto ofrecido, la marca, la innovación, la ubicación, el proceso productivo, entre otros” (Parlamento Andino, 2017:24)17.

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q) Zona de libre comercio: “El comercio dentro del grupo que la integrase realiza en franquicia arancelaria, pero los miembros establecen sus propios aranceles para las importaciones procedentes de países no miembros” (OMC, Glosario de términos)18. ARTÍCULO 6. PRINCIPIOS: En el presente Marco Normativo se establecen los siguientes principios rectores19: a) Trato nacional: Se refiere la no discriminación entre Estados Miembros, es decir, otorgar el mismo tratamiento para proveedor de servicios nacionales y extranjeros.

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Ministerio de Comercio Exterior y Turismo del Perú. Véase: https://www.

vuce.gob.pe/ 17

Parlamento Andino (2017). Marco Normativo para el Fomento de Cadenas

Productivas y de valor. Véase: https://parlamentoandino.org/wp-content/ uploads/2018/01/mn_cadenasproductivasydevalor.pdf 18

OMC. Glosario de Términos de la OMC. Véase: https://www.wto.org/

spanish/thewto_s/glossary_s/glossary_s.htm 19

Basado en los Principios del Sistema de comercio de la OMC.


b) Medidas disconformes: Busca que no establezcan nuevas medidas que incrementen el grado de disconformidad entre los Estados Miembros. No obstante, existe la posibilidad de aplicar excepciones a servicios sensibles. c) Transparencia: Los países deben hacer público todas las políticas o programas que promuevan las exportaciones de servicios. d) Previsibilidad: La previsibilidad como principio buscar fomentar las inversiones, la creación de puestos de trabajo y el aprovechamiento de los beneficios de la competencia. e) Precaución: Significa que los Países Miembros usen las directrices, normas y recomendaciones internacionales, cuando estas existan. Sin embargo, podrían establecer normas más rigurosas siempre y cuando exista una justificación que sea científica. CAPÍTULO III ATRIBUCIONES, DERECHOS Y DEBERES DE LAS PARTES ARTÍCULO 7. ATRIBUCIONES ESTATALES: Los Estados Miembros del Parlamento Andino, acorde a sus respectivas Constituciones Políticas y legislaciones internas, en cumplimiento de los compromisos adquiridos por la suscripción de Tratados Internacionales y atendiendo a sus prioridades y recursos disponibles, se reservarán las siguientes atribuciones: a) Diseñar e implementar políticas públicas, programas, planes y proyectos que permita fortalecer la integración regional andina mediante el impulso de las exportaciones de servicios para afrontar de manera conjunta la desaceleración del comercio mundial.

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b) Procurar la participación activa de todas las autoridades públicas competentes de los Estados Miembros, así como su articulación con el sector privado para el diseño e implementación de políticas o estrategias para fomentar las exportaciones de servicios, a fin de identificar las dificultades de los Estados Miembros, definir sus prioridades y armonizar estándares regulatorios. c) Velar por el seguimiento y evaluación de las políticas implementadas, a fin de garantizar el cumplimiento de las metas y objetivos establecidos, así como las mejoras que puedan surgir a través de la evaluación. ARTÍCULO 8. DEBERES ESTATALES: Los Estados Miembros del Parlamento Andino, conforme a lo establecido en sus respectivas Constituciones Políticas y legislaciones internas, y atendiendo a sus prioridades y recursos disponibles, deberán:

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a) Facilitar la exportación de servicios a nivel intra y extra regional a través de la de la armonización regulatoria y la simplificación de procedimientos entre los Estados Miembros, así como consolidar e integrar mecanismos que permita el acceso del público a la información necesaria que se encuentre relacionada con la exportación de servicios. b) Promover que los Estados Miembros fomenten planes y proyectos de financiamiento y capacitación de las empresas exportadoras de servicios, especialmente de las empresas MIPYMES y de los servicios basados en el conocimiento. c) Incluir dentro del diseño de políticas o programas de los Estados Miembros los principios del desarrollo sostenible para que los proyectos y planes aseguren el trabajo digno y sean amigables con el medio ambiente. ARTÍCULO 9. DERECHOS DE LOS AGENTES VINCULADOS A LAS EXPORTACIONES DE SERVICIOS:Los Estados miembros del Parlamento Andino, de acuerdo con lo


establecido en sus respectivas Constituciones Políticas y legislaciones internas, en cumplimiento de los compromisos adquiridos por la suscripción de Tratados y atendiendo a sus prioridades y recursos, garantizarán el ejercicio de los siguientes derechos de sus poblaciones: a) Acceso universal y equitativo a programas, políticas, planes y/o plataformas, que sean impulsados por el sector público y sus instituciones competentes y que tengan como finalidad impulsar y facilitar las exportaciones de servicios. b) Acceso universal y equitativo a los servicios públicos básicos así como a la infraestructura logística para garantizar el incremento de las exportaciones de servicios en cada uno de los Estados Miembros. c) Generar redes entre empresas (locales, regionales o internacionales), promoviendo la colaboración entre pares y la vinculación con actores relevantes del sector, contribuyendo de esta manera a fomentar servicios de mayor valor agregado como los servicios basados en el conocimiento. ARTÍCULO 10. DEBERES DE LOS AGENTES VINCULADOS A LAS EXPORTACIONES DE SERVICIOS: Los Estados Miembros del Parlamento Andino, de acuerdo con lo establecido en sus respectivas Constituciones Políticas y legislaciones internas y atendiendo a sus prioridades y recursos, instituirán los siguientes deberes de sus poblaciones: a) Aprovechar de manera eficiente las capacitaciones técnicas y el financiamiento que percibe de los programas del Estado a fin de asegurar el desarrollo y evolución creciente del sector. b) Participar en la articulación, diseño e implementación de políticas públicas sectoriales en los Países Miembros, a fin de contribuir mediante propuestas con la productividad y competitividad de las empresas exportadoras de servicios.

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c) Cumplir con todas las instrucciones y políticas para las mejoras de gestión y desarrollo de capital social, que a nivel de Estado se determinen para mejorar su oferta de valor y el acceso a nuevos mercados. TÍTULO II LINEAMIENTOS ESTRATÉGICOS PARA PROMOVER LA EXPORTACIÓN DE SERVICIOS EN LOS PAÍSES DE LA REGIÓN ANDINA En el presente marco normativo, entre los principales lineamientos estratégicos de política pública que se requieren implementar para impulsar las exportaciones de servicios en la región andina, tenemos los siguientes20:

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ARTÍCULO 11. REUNIONES PERIÓDICAS Y PROGRAMÁTICAS ENTRE LOS ESTADOS MIEMBROS PARA LOGRAR UNA MAYOR INTEGRACIÓN REGIONAL: Dado el carácter inter-gubernamental de la CAN, es necesario establecer un programa de reuniones que sean periódicas y programáticas entre los Estados Miembros, a fin de lograr una mayor profundización de los compromisos asumidos en cada una de estas reuniones. Para ello se podría contar con los siguientes alcances: 20

Los lineamientos se encuentran basados en:

- Falaconí, J. (2018). Comunidad Andina: Marco Regulatorio subregional para el comercio de servicios e inversiones y convergencia hacia normas del siglo XXI. Quito, agosto de 2018. - Palacio, A. (2019). Marcos regulatorios de servicios e inversiones en la Alianza del Pacífico y Mercosur. ¿Convergencia a normas del siglo XXI? Comercio Internacional. Naciones Unidas, CEPAL. - Taller organizado por el Despacho del Parlamentario Alan Fairlie en coordinación con la Secretaría General de la CAN y el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo del Perú.


a) Fomentar que estas reuniones se cuente con la participación de las autoridades competentes de cada uno de los Estados Miembros así como con la participación del Comité Andino de Servicios e Inversiones (CASI). b) Promover en estas reuniones la profundización horizontal de la liberalización comercial a través de la culminación de las respectivas negociaciones para aquellas áreas que actualmente faltan liberalizar pero que están comprometidas en las disciplinas del protocolo comercial de la CAN. c) Compartir experiencias de casos de éxito en cada uno de los Estados Miembros y procurar que las políticas, programas o planes sean definidas a través de objetivos y plazos medibles de cumplimiento. ARTÍCULO 12. COOPERACIÓN EN LA REGULACIÓN DE LAS EXPORTACIONES DE SERVICIOS ENTRE LOS PAÍSES DE LA REGIÓN ANDINA: Las diferencias entre los países andinos en la regulación del mismo servicio crean costos adicionales para los exportadores que necesitan adaptarse a nuevos conjuntos de reglas en cada país andino. Es por ello que, la cooperación en la regulación de los países miembros es fundamental para lograr la armonización y convergencia regulatoria que resultan esenciales para reducir las asimetrías de información en la regulación. Para ello se sugiere: a) Evaluar, a partir de la cooperación de las autoridades responsables de los Estados Miembros, si los regímenes regulatorios a nivel de la región andina generan un ambiente favorable y adecuado para incentivar las exportaciones de servicios. b) Fomentar la cooperación de las autoridades responsables de los Estados Miembros en las diferentes etapas del proceso regulatorio, para reducir incompatibilidades innecesarias.

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c) Impulsar mecanismos que permitan la supervisión sobre la regulación de las exportaciones de servicios, acompañados del seguimiento a los avances e intercambio de información a un nivel técnico. ARTÍCULO 13. EXPORTACIONES DE SERVICIOS BASADOS EN EL CONOCIMIENTO: Las exportaciones de servicios basadas en el conocimiento (SBC) han sido más dinámicas respecto a los servicios tradicionales en la región. Sin embargo, aunque las exportaciones de SBC han crecido en los últimos años en los países andinos, su contribución dentro del valor total exportado es aún pequeña. Por lo que se sugiere:

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a) Impulsar las exportaciones de SBC mediante el financiamiento y capacitaciones técnicas a las empresas exportadoras de servicios que hagan un uso intensivo de las tecnologías, como los servicios de ingeniería de software, servicios informáticos, servicios de cómputo, servicios audiovisuales, servicios de telecomunicaciones, aplicaciones móviles, videojuegos, animación digital, etc. b) Fomentar que las empresas exportadoras de SBC andinas puedan insertarse a las cadenas regionales y globales de valor de SBC, mediante plataformas que permitan establecer vínculos o acuerdos entre las empresas. c) Estimular la capacidad de innovación de las empresas exportadoras de servicios a través de incentivos fiscales y de una infraestructura tecnológica orientada a las necesidades del sector. ARTÍCULO 14. PROGRAMAS DE INTERNACIONALIZACIÓN PARA LAS EMPRESAS MIPYME: En los países andinos, los costos asociados a los obstáculos para la internacionalización de las empresas del sector servicios, recaen más sobre las empresas MIPYME. Por ello se sugiere:


a) Promover la exportación de servicios de las MIPYME en la región andina mediante el financiamiento de planes y programas que permitan mejorar sus capacidades y habilidades de gestión; con la finalidad de facilitar, aumentar y diversificar la venta de servicios en el extranjero y sus mercados de destino. b) Reunir a través de una plataforma de negocios a la oferta exportable de servicios de las empresas MIPYME de cada uno de los Estados Miembros, para establecer vínculos comerciales dentro del mercado regional andino. c) Reunir a través de una plataforma de negocios a las mejores empresas andinas exportadoras de servicios MIPYME para establecer vínculos comerciales con el mercado internacional. d) Fomentar, a través de programas o proyectos, la mejora continua de la calidad y pertinencia del talento de las empresas MIPYME para insertarse en las cadenas regionales y globales de valor. ARTÍCULO 15. ARMONIZACIÓN DE LAS ESTADÍSTICAS DEL COMERCIO DE SERVICIOS EN LA REGIÓN ANDINA: Para poder definir oportunidades de comercio, estrategias de negociación, relaciones intersectoriales, tendencias clave, impactos posibles, etc. dentro de la región andina, es fundamental que los países andinos armonicen sus estadísticas respecto a su clasificación, modo de suministro y país copartícipe. Para ello se sugiere: a) Fomentar que se defina como meta prioritaria que todos los países de la región andina tengan el detalle de la Clasificación Ampliada de la Balanza de Pagos de Servicios (CABPS). La CABPS incluye once componentes: transportes, viajes, servicios de comunicaciones, servicios de construcción, servicios de seguros, servicios financieros, servicios de informática y de información, regalías y derechos de licencia, otros servicios empresariales, servicios personales, culturales y recreativos y servicios del gobierno. En la actualidad solo Colombia tiene esta clasificación.

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b) Impulsar que la sistematización de las estadísticas de comercio exterior se realice por modo de suministro. En la actualidad solo Colombia posee estas estadísticas. c) Compilar estadísticas de comercio de servicios por país copartícipe. Actualmente, solo Colombia y Perú poseen estas estadísticas. En el caso chileno se tienen, pero solo para algunas categorías. d) Promover que la clasificación del comercio de servicios siga las directrices de la última versión Manual de Balanza de Pagos del 2009 (MBP6). En la actualidad Bolivia, Chile y Colombia siguen estas directrices. Perú y Ecuador siguen las directrices del Manual de Balanza de Pagos del 2005 (MBP5).

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e) Identificar las dificultades de las autoridades responsables de cada uno de los Estados Miembros en la recopilación de estadísticas y establecer las medidas necesarias para mejorar la calidad de las estadísticas. f) Brindar los recursos que sean necesarios para el desarrollo de capacidades técnicas e institucionales en materia de compilación y difusión de estadísticas del comercio de servicios en la región andina. ARTÍCULO 16. SIMPLIFICACIÓN DE PROCEDIMIENTOS: Una de las formas para facilitar las exportaciones de servicios, es la simplificación de procedimientos, que en muchas ocasiones resulta costosa para las empresas exportadoras de servicios, especialmente para las empresas MIPYME. En línea con ello, se sugiere: a) Promover la verificación de los procedimientos y trámites aplicables al acceso a una actividad de servicios y a su ejercicio por parte de cada uno de los Estados Miembros. Si los procedimientos no son lo suficientemente simples, los Estados Miembros fomentarán el establecimiento de medidas que permitan simplificarlos.


b) Fomentar, con el apoyo del CASI, formularios armonizados a escala comunitaria referentes a certificados, acreditaciones u otros documentos requeridos para el establecimiento de un prestador. c) Promover, con el apoyo del CASI, acuerdos interinstitucionales para que cuando los Estados Miembros soliciten a un prestador o a un destinatario que presente un certificado, justificante o cualquier otro documento que demuestre el cumplimiento de un requisito, se acepte cualquier documento de otro Estado Miembro que tenga una función equivalente. ARTÍCULO 17. CREACIÓN DE VENTANILLAS ÚNICAS: Las ventanillas únicas son importantes para la exportación de servicios, pues permite contar con un sistema integrado para gestionar todos los trámites requeridos por las diversas entidades competentes en función a su normatividad vigente. Por ello se sugiere: a) Fomentar ventanillas únicas que gestionen todos los trámites y procedimientos que sean necesarios para acceder a sus actividades de comercio exterior de servicios. En particular, las declaraciones, notificaciones o solicitudes necesarias para la autorización por parte de las autoridades competentes, incluidas las solicitudes de inscripción en registros, listas oficiales, base de datos o colegios o asociaciones profesionales. b) Promover que los Estados Miembros mediante las ventanillas únicas los destinatarios y prestadores puedan acceder fácilmente a los requisitos aplicables establecidos en su territorio, a los datos de las autoridades competentes que faciliten ponerse en contacto directamente con ellas, y a los medios y condiciones de acceso a los registros y bases de datos públicos relativos a los prestadores y a los servicios. ARTÍCULO 18. ARMONIZACIÓN REGULATORIA EN LOS SERVICIOS PROFESIONALES: Teniendo en cuenta la importancia de armonizar la regulación para que un profesional desde cualquier país andino pueda recibir una licencia o

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colegiatura para poder ejercer en los demás países andinos, se sugiere: a) Fomentar que las autoridades competentes de los Países Miembros puedan alcanzar un reconocimiento mutuo de licencias o colegiaturas a través de acuerdos interinstitucionales. b) Promover la incorporación en el Protocolo Comercial normas técnicas que busquen la unificación de las reglas que permita la convergencia regulatoria en los servicios profesionales.

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