RECOMENDACIÓN No. 372 PARA AVANZAR HACIA UNA POLÍTICA DE MITIGACIÓN E INNOVACIÓN SOCIAL PARA ENFRENTAR LAS HELADAS, LOS FRIAJES, SEQUIAS E INUNDACIONES EN LA REGIÓN ANDINA La Plenaria del Parlamento Andino, reunida reglamentariamente en el marco de las sesiones ordinarias, a los 21 días del mes de febrero de 2019, en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, CONSIDERANDO Que, las zonas rurales y peri urbanas ubicadas en los pisos altitudinales alto andinos y en localidades amazónicas de los países de la Región Andina, representan al sector de la población más vulnerable por encontrarse en condiciones de pobreza multidimensional y con bajos índices de desarrollo humano, que limitan el desarrollo socio cultural y económico de estas poblaciones; Que, es de acuerdo Naciones Unidas “Es urgente y fundamental prever el riesgo de desastres, planificar medidas y reducirlo para proteger de manera más eficaz a las personas, las comunidades y los países, sus medios de subsistencia, su salud, su patrimonio cultural, sus activos socioeconómicos y sus ecosistemas, reforzando así su resiliencia” (ONU, 2015, p 10)1; Que, la variabilidad climática orientada al descenso de la temperatura del aire por debajo de 0°C, es una manifestación recurrente en las regiones de la sierra alto andina, a este fenómeno se le denomina helada meteorológica. Ésta variabilidad climática se constituye como uno de los problemas más persistentes en la población vulnerable alto andina, desencadenando serios problemas de salud por la incidencia e intensificación de enfermedades bronco respiratorias. Por otro lado, el descenso de temperatura a 12°C se le conoce en la selva como friaje 2; Que, el cambio climático también se ha visto reflejado en la aparición de sequias dentro de la región. De acuerdo con la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación – FAO, este fenómeno natural tiene diversos impactos socio económicos entre los que se encuentran “a) reducción de la productividad de los cultivos, pastos y bosques; b) menores niveles hídricos; el aumento de los incendios) la reducción de la producción energética) mayor mortalidad entre el ganado y los animales silvestres; y d) más riesgos de degradación de la tierra”.3(FAO, 2018);
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Naciones Unidas (2015). Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030 Senamhi & FAO (2010). Atlas de Heladas del Perú. 3 FAO (2018) Manejo proactivo de la sequía. Revisado 22 de octubre 2018. 2
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Que, las sequias tienen severos efectos negativos en la agricultura, afectado aproximadamente al 60% al Sector Agropecuario en todo el mundo y poniendo en riesgo la seguridad alimentaria 4, además de intensificar los niveles de desigualdad y pobreza, dado a que la producción agrícola se reduce, lo cual conlleva a la reducción de la superficie apta para los cultivos, provocando bajos niveles de producción y deterioro de los rendimientos de los principales cultivos; Que, la variabilidad climática de las heladas en las zonas alto andinas representa una de las principales causas de muertes de la población más vulnerable, siendo la población más afectada los niños menores de cinco años y los adultos mayores; así como la pérdida y la reducción de los niveles de productividad a nivel agropecuario, incrementando los costos de producción y disminuyendo los ingresos de las actividades agropecuarias 5; Que, “la variabilidad climática se ve intensificada por los efectos del cambio climático, lo que favorece la ocurrencia de eventos hidroclimáticos extremos a nivel de intensidad y duración, agravando la vulnerabilidad en la población rural ante las manifestaciones naturales de heladas y friajes recurrentes” (GIZ, 2016, p.13); Que, la problemática de la ocurrencia de las heladas, friajes, sequias e inundaciones en la Región Andina viene a constituirse en un problema nacional público que debe ser atendido de forma sistémica, intersectorial y transdisciplinaria, donde todos los actores del sistema, como el sector público, privado, académico y productivo, interactúen con el fin de generar acciones de impacto para la implementación de soluciones efectivas en materia de confort térmico, estrategia alimentaria, salud, educación, gestión sanitaria pecuaria y agrícola, entre otros; Que, los países de la región andina vienen trabajando en el fortalecido la recuperación y aplicación de los saberes ancestrales para coadyuvar en una mayor resiliencia de estas comunidades frente a los eventos climatológicos adversos, como es el caso de Bolivia y Ecuador; Que, la Comunidad Andina ha venido trabajando en la prevención y atención de desastres naturales. En el 2002 creó el Comité Andino para la Prevención y Atención de Desastres (CAPRADE). En el 2003 estableció el Proyecto “Apoyo a la Prevención de Desastres en la Comunidad Andina (PREDECAN)”.Posteriormente en el 2004 mediante la Decisión 591, se constituyó la Estrategia Andina para la Prevención y Atención de Desastres del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores, la misma que buscó actuar sobre las causas y evitar el aumento de vulnerabilidades a través del tiempo. Cabe precisar que la referida decisión fue modificada con la Decisión 713 en el 2009;
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FAO (2018) Sistema de Vigilancia de la Sequía Agrícola - ASIS GIZ (2016). Energización rural mediante el uso de energías renovables para fomentar un desarrollo integral y sostenible. Propuestas para alcanzar el acceso universal a la energía en el Perú. 5
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Que, en el 2005 las Naciones Unidas adoptó el “Marco de Acción de Hyogo (MAH), “el busca reducir las pérdidas humanas, sociales, económicos y ambientales por desastres, plantea un conjunto de estrategias de acción que se basan en cuatro prioridades: i) Comprender el riesgo de desastres, ii Fortalecer la gobernanza y las instituciones para gestionar el riesgo de desastres, iii )Invertir en la resiliencia económica, social, cultural y ambiental, iv) Aumentar la preparación para dar una respuesta eficaz, y mejorar la labor de recuperación y reconstrucción”6 ( ONU,2013.p8). Cabe precisar que el Marco de Acción de Hyogo (MAH) ha sido suscrito por los Países Andinos; Que, el 2015 Naciones Unidas se aprobó el Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030, siendo una continuación del Marco de Acción de Hyogo. El referido marco busca “orientar la gestión del riesgo de desastres en relación con amenazas múltiples en el desarrollo a todos los niveles, así como en todos los sectores y entre un sector y otro”. (ONU, 2015, p 11). En ese sentido, resulta necesario trabajar a todos los niveles tanto nacional como local a fin de reducir la vulnerabilidad de los países antes cambios climatológicos y desastres naturales.7 Que, en el 2017 la Comunicad Andina a través de la Decisión N° 819 aprobó el la “Estrategia Andina para la Gestión del Riesgo de Desastres (EAGRD) 2017 - 2030, la cual modifica la Decisión 713 para armonizarla con el Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres. Que la EAGRD “es un conjunto de políticas y orientaciones destinadas a lograr el conocimiento del riesgo, la reducción del riesgo y el manejo de desastres y la reconstrucción en la Subregión Andina” (CAN,2017, p21), a fin de disminuir el impacto de los desastres naturales como heladas, los fríales, sequias e inundaciones y avanzar hacia el desarrollo sostenible de la región andina.8 Que, la EAGRD busca el “fortalecimiento institucional y el establecimiento de políticas, estrategias, programas y subprogramas comunes entre los países; del intercambio de experiencias, la creación de redes y del mejoramiento de la cooperación mutua en gestión del riesgo de desastres (CAN, 2017, p 21)”9; Que, en diciembre del 2018, en el marco de la Vigésimo Séptima Reunión Ordinaria del CAPRADE, se emitió opinión favorable al proyecto del Plan de Implementación de la Estrategia Andina para la Gestión del Riesgo de Desastres 2019 – 2030, instando a los Estados miembros su ejecución e implementación.10 6
Naciones Unidas (2014). Tercera Conferencia Mundial de las Naciones Unidas sobre la Reducción del Riesgo de Desastres 7 Naciones Unidas (2015). Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030 8 Decisión N° 819 9 Decisión N° 819 10 RESOLUCIÓN N° 2052 Adopción del Plan de Implementación de la Estrategia Andina de Gestión del Riesgo de Desastres 2019 – 2030
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Que, el Parlamento Andino cuenta el Marco Normativo Andino para la Gestión del Riesgo de Desastres, el cual tiene como objetivo “promover la constante articulación y adaptación del proceso de integración andino garantizando la protección de la población frente a los posibles riesgos, al igual que el diseño e implementación de políticas públicas, estrategias y leyes que propicien acciones para su gestión (prevención, mitigación, adaptación, educación, etc.), mientras promueven el bienestar, la calidad de vida y el desarrollo sostenible. Además, que priorice la Gestión del Riesgo de Desastres, así como la reducción de la vulnerabilidad de las comunidades y el fortalecimiento de su resiliencia” (Parlamento Andino, 2017); Que, la vulnerabilidad climática atenta con la seguridad alimentaria puesto que afecta la disponibilidad de alimentos, así como la producción agrícola y pecuaria, por lo cual resulta fundamental que los Estados Miembros implanten la Estrategia Regional para la Gestión del Riesgo de Desastres en el Sector Agrícola y la Seguridad Alimentaria y Nutricional en América Latina y el Caribe (2018 - 2030), “la cual busca contribuir al Plan para la Seguridad Alimentaria, la Nutrición y Erradicación del Hambre 2025 (Plan SAN-CELAC) y la implementación del Marco de Sendai para la Reducción del Riesgo de Desastres 2015-2030”11. Que, los países miembros del Parlamento Andino establecen políticas nacionales de reducción de riesgos y atención de desastres coherentes con el desarrollo sostenible; Que, como parte de la política nacional de integración y desarrollo en la zona limítrofe de Bolivia, Ecuador y Colombia; se implementa a nivel del territorio peruano, el Programa TAMBOS a cargo del Ministerio de Vivienda y Saneamiento, y del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, el cual ofrece infraestructura para la prestación de servicios sociales a escala multisectorial; Que, Bolivia es un referente en la recuperación de técnicas y conocimientos ancestrales en las zonas alto andinas para enfrentar los eventos meteorológicos extremos, promoviendo la aplicación de técnicas para el control térmico del suelo, cultivos en zonas de altura, fitomejoramiento y la domesticación de plantas y animales, entre otros; Que, en el Perú existe un marco legislativo y normativo que promueve la construcción y mejoramiento de viviendas rurales para el confort térmico; sin embargo, existe la necesidad de contar con políticas sociales coherentes, así como programas de capacitación y sensibilización social, orientadas al beneficio de la población vulnerable, que dinamicen las diversas actividades para enfrentar las heladas y friajes, generando sinergias de mayor impacto; Que, la sostenibilidad de las tecnologías en confort térmico puede colapsar por la ausencia de cadenas de valor, integrada por proveedores, fabricantes, servicio técnico, técnicos locales, 11
Celac (2018)“Estrategia Regional para la Gestión del Riesgo de Desastres en el Sector Agrícola y la Seguridad Alimentaria y Nutricional en América Latina y el Caribe (2018 - 2030)”,
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talleres de manufactura, etc., para el escalamiento de las diversas tecnologías existentes, así como la operatividad, mantenimiento y reparación de dichas tecnologías; Por los considerandos anteriormente expuestos, el Parlamento Andino en el ejercicio de sus atribuciones. RECOMIENDA ARTÍCULO PRIMERO. Se insta a los Estados Miembros del Parlamento Andino a adoptar e implementar de forma efectiva Estrategia Andina de Gestión del Riesgo de Desastres 2019 – 2030, a nivel regional, y a los cumplimientos de sus objetivos, metas e indicadores, a fin de reducir el riesgo y las consecuencias ante eventuales desastres y, implementar acciones efectivas de reconstrucción. ARTICULO SEGUNDO: Fomentar políticas de prevención de riesgos existentes, a fin de que se articulen con instrumentos y políticas multisectoriales, con una adecuada institucionalidad articulada, bajo un ente rector, para el desarrollo de marcos regulatorios coherentes y un financiamiento adecuado y estable, con particular énfasis en materia de gestión de riesgos y desastres para enfrentar las heladas, friajes, sequias e inundaciones. En esa misma línea se debe de promover políticas que garanticen la seguridad alimentaria frente a la variabilidad climática. ARTÍCULO TERCERO. Promover el intercambio de experiencias y de buenas prácticas en materia de confort térmico, programas de nutrición y combate de la anemia, programas de energización, y de salud preventiva, entre las autoridades de los Programas Nacionales y Sectoriales de los países miembros del Parlamento Andino, en donde se vienen implementando políticas sociales para enfrentar las heladas, los friajes, sequias e inundaciones. ARTÍCULO CUARTO. Fomentar mecanismos y medidas para la protección agropecuaria de la pequeña producción campesina (kits sanitario ganadero, cobertizos, forraje, semillas) teniendo en cuenta infraestructura que coadyuve a la seguridad alimentaria para contrarrestar la desnutrición y la anemia de las poblaciones vulnerables de los países miembros del Parlamento Andino. ARTÍCULO QUINTO. Promover ,en el caso de las heladas y friales propuestas programáticas en calefacción y confort térmico, además de impulsar programas de formación técnica en confort térmico para constructores locales y calificación de mano de obra, con la perspectiva de promover estrategias de producción local, a través de la generación de emprendimientos locales y dinámicas de mercado para la implementación de infraestructura térmica, cocinas mejoradas, sistemas de calentamiento de agua, gestión de riesgo agrícola y pecuario. ARTÍCULO SEXTO. Proponer a los países miembros del Parlamento Andino implementar el Programa de Tambos o Centros de Acogida Temporal, a la población más vulnerable, que reúna 5
las condiciones adecuadas para atender las necesidades básicas de la población afectada (alimentación, salud, educación) y compensar los daños agrarios y pecuarios. Con particular énfasis en el reconocimiento de los conocimientos, saberes y técnicas ancestrales y locales, que coadyuve a los procesos de adaptación y mitigación. ARTÍCULO SÉPTIMO. Impulsar parámetros adecuados de medición sobre el impacto y resiliencia de las intervenciones de los países miembros del Parlamento Andino, que permita establecer su viabilidad y factibilidad técnica, social, económica y cultural en las poblaciones afectadas. ARTICULO OCTAVO, impulsar la coordinación de los institutos y/o observatorios meteorológicos existentes en la región Andina, con participación de investigadores de todos los Estados miembros. Ello con el fin de generar y proporcionar información sobre las condiciones climáticas, y establecer una vigilancia continua que permita pronosticar e identificar la presencia de fenómenos meteorológicos que puedan afectar a los países andinos y sus actividades económicas Dada y firmada en la ciudad de Bogotá D.C., República de Colombia, a los 21 días del mes de febrero del año 2019. Notifíquese y publíquese.
H. HUGO QUIROZ VALLEJO Presidente
DR. EDUARDO CHILIQUINGA MAZÓN Secretario General
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