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Perspectivas
Plataforma Indígena frente al Cambio Climático: garantizando la efectiva participación de los pueblos indígenas Rocío Vásquez Programa Cambio Climático y Bosques Derecho, Ambiente y Recursos Naturales - DAR La Plataforma de Pueblos Indígenas para enfrentar el Cambio Climático es uno de los más importantes acuerdos de consulta previa, la cual ha sido oficializada en el Reglamento de la Ley Marco sobre Cambio Climático. Este espacio permitirá la articulación, difusión y seguimiento de los conocimientos ancestrales y las propuestas indígenas para luchar contra el cambio climático. Es fundamental para gestión integral de cambio climático garantizar la adecuada articulación entre los diferentes espacios y autoridades competentes.
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umpliendo con uno de los más importantes acuerdos de consulta previa, el recientemente aprobado Reglamento de la Ley Marco sobre Cambio Climático oficializa la creación de la Plataforma de Pueblos Indígenas para enfrentar el Cambio Climático (PPICC). Este acuerdo fue planteado por las organizaciones indígenas durante la sexta etapa del proceso de consulta previa del Reglamento de la Ley Marco sobre Cambio Climático, representando uno de los más importantes logros del movimiento indígena en el proceso de consulta previa del reglamento. Cuya propuesta estuvo basada en el párrafo 135 del Acuerdo de París, que indica lo siguiente: “Se reconoce la necesidad de reforzar los conocimientos, las tecnologías, las prácticas y los esfuerzos de las comunidades locales y los pueblos indígenas en relación con la lucha contra el cambio climático y la adopción de medidas de respuesta y establece una plataforma para el intercambio de experiencias y mejores prácticas sobre la mitigación y la adaptación de manera holística e integrada”.
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Es así como el Reglamento de la Ley Marco sobre Cambio Climático (DS Nº 013-2019-MINAM), en su décimo segunda (12) Disposición Complementaria Final, crea Plataforma de Pueblos Indígenas para enfrentar el cambio climático, como un “espacio de los pueblos indígenas u originarios, para la gestión, articulación, intercambio, sistematización, difusión y seguimiento de sus propuestas de medidas de adaptación y mitigación, y de los conocimientos, prácticas y saberes tradicionales y ancestrales en cambio climático que contribuyen a la gestión integral del cambio climático”, así mismo, establece que “es un espacio que permite la articulación de los pueblos indígenas u originarios con las autoridades competentes en materia de cambio climático”, es decir los Ministerios, Gobiernos regionales y Gobiernos locales. Al mismo tiempo indica el plazo máximo de 180 días hábiles, para que el MINAM y las organizaciones nacionales representativas de los pueblos indígenas, con participación plena, paritaria y alternancia en la representación, diseñen la conformación y funcionamiento de la plataforma. Donde el MINAM se encargará de gestionar el financiamiento climático internacional