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Vanguardia, Modernización y Nueva Normatividad en la AMCP

Tulio Antonio Salanueva Brito ABOGADO. C.P. E.F. MTRO A.J. Teléfono 5591991467 contacto@asebureau.com.mx

El fin y el inicio de estas dos décadas, está lleno de retos y visicitudes, particularmente el año 2020 y el inició de éste, han afectado la vida en el orbe, debido a una nueva enfermedad altamente contagiosa y potencialmente letal para quienes tienen determinadas condiciones de salud, lo que modificó exponencialmente nuestra manera de vivir; por ejemplo: provocó crisis financiera al ralentizarse la economía. Nos exigió entrar de lleno a nuevas formas de comunicación, como el uso de la tecnologías de la información inclusive para personas que no habían tenido experiencia con plataformas y métodos informáticos y nos hizo valorar la vida en sociedad y las consecuencias del aislamiento obligatorio.

Estas nuevas formas de relacionarnos también exigieron cambios de organización y gobierno, lo cual sucedió practicamente en todos los sistemas jurídicos y políticos del planeta en donde sus legislaciones evolucionaron en la medida de las exigencias propias de la emergencia sanitaria, al modificar sus leyes, emitir decretos e inclusive imponer toques de queda en las regiones con más alto índice de mortandad, para proteger íntereses supremos, como la vida, la salud, la integridad y la supervivencia de nuestra especie, mismas que estuvieron llenas de contrastes, derivados de las necesidades sociales de cada pueblo, sus avances y recursos tecnológicos y científicos; y, por supuesto de las ideologías políticas.

Podemos afirmar por lo tanto, que las leyes y el derecho son un instrumento útil para armonizar la conducta del hombre comunitario, como ejemplo histórico de las mismas encontramos el Código de Hammurabi que debido a su contenido y claridad rigió durante mucho tiempo la antigüa Mesopotamia y, también el Código Napoleónico que fue encargado por el gran conquistador a un equipo destacado de juristas con el propósito de regir la vida social de aquel imperio y que han sido referencia obligada para múltiples sistemas jurídicos de la actualidad, inclusive al día de hoy en las escuelas de derecho de todas las universidades se enseña como materia obligatoria un curso de derecho romano, pues esta codificación permitió crear uno de los imperios más grandes y prósperos en la historia de la humanidad.

En nuestro país, tenemos antecedentes históricos documentados en materia de justicia practicamente desde la época precolombina, en donde los “tecuhtlatoques” (jueces supremos) se dedicaban a dictar las normas de gobierno propias de su comunidad, pasando por la época de la Nue-

va España, en donde las leyes eran dictadas desde el viejo continente e impartidas por los conquistadores generando una gran desigualdad social, hasta la etapa independiente en donde diversas constituciones han dado forma a un complejo sistema legislativo, y han sido fruto de variadas discusiones, ideologías y luchas armadas que consolidan nuestra nación. Para el sistema jurídico de nuestro vecino del norte, el libro “La democracia en Ámerica” de Alexis de Tocqueville resulta un referente obligado para entender el origen y evolución de los sistemas políticos y jurídicos del continente.

Para el caso de las personas morales o colectivas, que en materia jurídica son formas de organización que dan vida a empresas, e instituciones no lucrativas para fines casí de cualquier índole, y que se constituyen como entidades ecónomicas en todos los países, de acuerdo con la legislación civil y mercantil estan dotadas de personalidad jurídica y patrimonio propio y, deben regirse por las normas de derecho civiles, mercantiles y fiscales de su ciudad y, actualmente debido al fénomeno de globalización por normas y estándares internacionales, pero en todos los casos la norma que da sentido originario se denomina estatutos, los cuáles generalmente son emitidos en forma autónoma por las personas físicas que las constituyen en las cuales se señalan los elementos básicos de su creación con la única condición de que no vayan en contra de lo que dicten las leyes de la nación.

Por tal razón nuestra Asociación Mexicana de Contadores Públicos, A.C. Colegio Profesional en el Distrito Federal en el año 2020, derivado de la dinámica social a iniciativa de su Consejo Directivo encabezado por su otrora presidenta la Contadora Mirna Meillón, abrogó practicamente toda su legislación que incluyó el Estatuto Orgánico, los reglamentos derivados de él y también el Código de Ética, para dar paso a una nueva legislación modernizadora, que pretende adecuarse a los tiempos y necesidades contempóraneos y enaltecer la profesión de Contador Público en nuestro país, priorizando la capacitación y el prestigio de sus asociados, armonizar la práctica del gremio y por supuesto contribuir al desarrollo social y cultural del país.

Tal proceso fue por demás escrupuloso y metódico, producto de largas y acaloradas discuciones en el seno del Consejo Directivo, de sus Comisiones de trabajo y finalmente en la Asamblea General, quien como órgano máximo de la asociación en sesión de fecha 15 de diciembre de 2020, aprobó por unanimidad de sus asistentes la nueva legislación, en cuyos artículos transitorios se dispuso que ha entrado en vigor al día siguiente de celebración.

He aquí algunos de los cambios más importantes desde el punto de vista de quien escribe estás líneas:

Estatuto

El Estatuto abrogado que regía nuestra asociación fue aprobado en la asamblea general extraordinaria de 27 de noviembre del año 2015, cuando aún eran impredecibles e impopulares o incipientes los avances tecnológicos e informáticos que facilitan la comunicación remota y también impensables las contingencias de salud derivadas de la pandemia que azota el planeta y que nos obligó al aislamiento parcial y al trabajo en casa.

Por estas razones, además del creciente prestigio de nuestra institución, la expansión exponencial en el número de asociados, la creación de comisiones de trabajo derivadas del quehacer cotidiano y las modificaciones en la legislación nacional y los compromisos con autoridades y asociaciones internacionales relacionadas con nuestro gremio, hicieron necesario aprobar una que da pie al uso reglamentado de las Tecnologías de la Información, cuyas actividades implican entre muchas otras, el impartir cursos por plataformas dígitales, la celebración de asambleas y eventos en forma virtual, todo ello con la certificación correspondiente otorgada por las instituciones cuyos lineamientos se crearon exprofeso para tal efecto además de los siguientes: • Se han redefinido los derechos y obligaciones de los órganos de gobierno, de sus comisiones de trabajo; y, de los asociados, que son en todos los casos el elemento primordial de la institución, pues desde siempre se busca su desarrollo profesional e intelectual en beneficio del gremio. • Se instruyó un nuevo procedimiento de queja ante la Comisión de Honor y Justicia y se redefine el proceso de elección de los órganos de gobierno, para que se adecuen a los tiempos actuales y como exigencia, sus titulares deben ser contadores públicos cuyos conocimientos deben ser certificados por la propia institución, refrendando así un compromiso de lealtad. • Se efectúan precisiones respecto las funciones de las vicepresidencias a efecto de elevar la calidad y delimitar su esfera de competencia. • La certificación, capacitación y la actualización académica, son sustentados con la reglamentación correspondiente para permitir que se realice con los medios tecnológicos, sobresaliendo que en tal rubro el contenido de la norma de actualización académica será constantemente actualizada por la actividad conjunta del Consejo Directivo y el Consejo Consultivo de Expresidentes a efecto de lograr el dinamismo necesario para tener una actualización eficaz y efectiva. • La Comisión de Honor y Justicia realizará además de sus actividades disciplinarias, actividades de consulta jurídica relacionada con la actividad profesional. • La Comisión de Vigilancia, también adquiere puntualización en sus funciones a efecto de que vigile, fomente y asegure conjuntamente con todos los asociados el resguardo y fomento de los bienes patrimoniales de nuestra Institución. • Se regula y destaca la importancia del Consejo Consultivo de Expresidentes, dada su capacidad y experiencia profesional como órgano consultor y rector para el funcionamiento de nuestras actividades, adquiere funciones adicionales para apoyar a los distintos órganos de gobierno.

Reglamentos

Como parte de los trabajos legislativos, la asamblea realizó la modificación de los siguientes reglamentos: • Reglamento de Vicepresidencia. • Reglamento de Comisiones de Trabajo.

• Reglamento de Apoyo Económico por Defunción del Asociado. • Reglamento de Actualización Académica. • Reglamento para Eventos de Encuentro Fiscal Universitario. • Reglamento de Estudiantes y Pasantes. • Reglamento de Sesiones del Consejo Directivo. • Reglamento de Certificación del Profesionista Asociado. • Reglamento de Capacitadoras Reconocidas para Impartir Cursos en Línea. • Reglamento de Capacitadoras Reconocidas. Se trata de normas reguladoras secundarias que vinieron a abrogar los que se relacionaban con el estatuto que perdió vigencia, y tratan en forma casuística cada una de las figuras e instituciones que siguen a su denominación y pretenden adecuarse a las normas estaturarias para cada caso.

Uno de los principios generales del derecho aplicable a este cambio a tomar en consideración, es que lo previsto en el reglamento no debe ir por encima del Estatuto, pues el fin de reglamentar es proveer para la observancia de la norma superior, pero no establecer condiciones o mayores requisitos de aquellos de la legislación ad quem, por lo que seguramente sobre la marcha y dependiendo de las exigencias, protocolos y circunstancias de cada comision y/o organismo que deba aplicarlos, deberán realizarse modificaciones, ya que los actos que regulan pertenecen a la actividad interna de cada comisión que las aplica.

Código de Ética

Este código es resultado del compromiso adquirido internacionalmente, para adherimos a los lineamientos señalados por la Federación Internacional de Contadores (IFAC), que es uno de los organismos rectores de la contabilidad, razón por la cual era importante ajustarse a los estándares de la globalización.

Acorde con su exposición de motivos busca preservar el interés público y no solamente a satisfacer las necesidades del cliente del profesional contable y se destaca el siguiente postulado: • Busca prevenir actividades ilícitas, combatir el lavado de dinero, el financiamiento al terrorismo, la proliferación de armas de destrucción masiva y otras amenazas relacionadas con la integridad del sistema financiero internacional. Su interpretación y lectura es compleja pues de una códificación menor a 60 artículos que tenía el código derogado, se paso a una regulación exponencial de múltiples conductas generalmente aceptables para el correcto ejercicio de nuestra profesión, lo cual obedece a la necesidad de inhibir actos que signifiquen un menoscabo social, pero desde un ámbito interno ya que la sanción por incumplimiento es de tipo moral debiendo destacarse que no se contienen sanciones, las cuales quedan encomendadas a la Comisión de Honor y Justicia conforme a los estatutos, la cual va desde una amonestación, hasta la expulsión del asociado.

Será muy importante que nuestra Asociación difunda en forma puntual nuestro nuevo ordenamiento, ya que su interpretación resultará compleja para quien no esta familiarizado con la codificación internacional, debiendo destacarse que en él se prevé las conductas profesionales y sociales que a consideración de autoridades internacionales deben observar los profesionistas del gremio contable y los fénomenos e ílicitos propios de la cultura de comercio internacional e interacción de distintos ciudadanos al compás de las exigencias y dínamicas de los organos rectores de estas figuras globalizadoras.

De conformidad con los estatutos de la Asociación uno de sus objetivos es difundir y aplicar el código de ética, para lo cual el Consejo Directivo, instituyó el curso correspondiente ya que este órgano tiene facultades para planear, dirigir, promocionar y coordinar la capacitación de los asociados, quien en sesión ordinaria de 25 de marzo de 2019, determinó la obligatoriedad de un curso de ética, para el cumplimiento de la norma de actualización académica, el cual obedece además de las necesidades sociales a compromisos adquiridos con la Dirección General de Profesiones, con la Cámara de Diputados y con la ONU.

Difundir los valores éticos mediante el conocimiento de su codificación en nuestra institución, es una obligación moral de todos los que integramos la AMCP, pues nuestra responsabilidad va más alla del ejercicio de una profesión, ya que la contaduría pública ejercida en forma correcta, estimula el crecimiento económico, la justicia social y el desarrollo del país e inhibe prácticas que tanto afectan nuestro entorno, evitando así la aplicación de normas jurídicas sancionadoras en el ámbito penal y administrativo.

Sería imposible resumir en tan breve espacio todos los cambios derivados de la legislación en vigor, sin embargo la intención de quienes los realizaron, es clara: buscar el crecimiento personal y profesional de su membresía y obviamente el prestigio de la institución. Por supuesto, todas las normas son perfectibles y susceptibles de modificación, para lo cual el quehacer cotidiano y la práctica profesional darán la pauta correspondiente.

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