Instrumentos Ley 388 de 1997 Instrumentos: Elementos que apuntan a la consecución de los objetivos trazados, a través de herramientas de gestión, planificación, financieros y de participación ciudadana, entre otros.
INSTRUMENTOS DE PLANIFICACION Orienta el desarrollo urbano de manera coherente y racional para asegurar la compatibilidad de las distintas PARTICIPACION funciones urbanas. Son: 1. POT 2. Plan parcial 3. Unidad de actuación urbanística
INSTRUMENTOS DE GESTION Son los procedimientos de carácter técnico y jurídico que permiten la ejecución de las acciones derivadas de los instrumentos de planeación, DEMOCRATICA los cuales afectan la estructura predial, los derechos de propiedad y/o la financiación de los procesos de desarrollo urbano.
Instrumentos desarrollados fuera o dentro de la Ley 388 de 1997 • • • • • • • • • •
Planes de Ordenamiento y Manejo de Cuencas Hidrográficas POMCA Macroproyectos de Interés Social Nacional MISN Proyectos Integrales de Desarrollo Urbano PIDU Planes Especiales de Manejo y Protección Plan de Manejo Arqueológico Planes de Manejo del Sistema de Áreas Protegidas del Distrito Capital Planes Maestros Macroproyectos Urbanos Proyectos Urbanos Integrales -PUI Plan de Ordenamiento Zonal
• Planes Parciales • • • • • • • • •
Fichas Normativas Planes de Mitigación y Regularización Plan de Reordenamiento Planes Directores Planes de Manejo, Recuperación o Restauración Ambiental Instrumentos de Planeación para la Recuperación Post-evento Planes de Manejo de Parques Especiales de Protección por Riesgo Legalización de Barrios Regularización de Barrios
Instrumentos de gestión Ley 388 de 1997
Estructura predial: Son instrumentos de gestión del suelo que permiten modificar e intervenir directamente sobre la morfología urbana, estructura predial e indirectamente sobre la propiedad y su forma de tenencia, generando formas asociativas de gestión entre los propietarios de determinado sector del suelo urbano o de expansión. Los instrumentos que intervienen sobre la estructura predial son: la integración inmobiliaria, el reajuste de tierras y la cooperación entre partícipes.
Instrumentos de gestión Ley 388 de 1997
Financiación: Son los mecanismos que posibilitan la recuperación financiación (cargas) por el mayor valor generado en ciertos bienes inmuebles por acciones urbanísticas, permitiendo ampliar las fuentes de financiación del desarrollo urbano. Son instrumentos de intervención financiera la captación de plusvalía, la compensación en tratamientos de conservación, los pagarés y bonos de reforma urbana, la contribución por valorización y las multas y sanciones urbanísticas.
Instrumentos de gestión Ley 388 de 1997
Reparto de cargas y beneficios: consiste en que los propietarios de predios e inmuebles que conforman el ámbito territorial de un Plan Parcial, realicen un reparto equitativo de los costos actuales de la urbanización y los beneficios futuros que se obtengan con la ejecución de las actuaciones urbanísticas definidas por el Plan.
Instrumentos de gestión Ley 388 de 1997
Intervención Jurídica: Son los instrumentos jurídicos de gestión urbana, determinados por la Ley 388 de 1997, para la adquisición de bienes inmuebles requeridos para la ejecución de actuaciones urbanísticas u operaciones urbanas, o para obligar a los propietarios al cumplimiento de la función social de la propiedad. Son instrumentos de intervención sobre el derecho de propiedad la enajenación voluntaria o forzosa, la expropiación por vía judicial o administrativa, la declaratoria de desarrollo o construcción prioritarias y la declaratoria de utilidad pública.
Los macroproyectos de Interés Social Nacional Los Macroproyectos de Interés Social Nacional son el conjunto de decisiones administrativas y de actuaciones urbanísticas, definidas de común acuerdo entre el Gobierno Nacional y las administraciones municipales y distritales en el ámbito de sus respectivas competencias, para la ejecución de operaciones urbanas
integrales de impacto municipal, metropolitano o regional que garanticen la habilitación de suelo para la construcción de vivienda y otros usos asociados a la vivienda y la correspondiente infraestructura de soporte para el sistema vial, de transporte, de servicios públicos, espacios públicos y equipamientos colectivos. Los Macroproyectos de Interés Social Nacional deberán atender de forma preferente el déficit de vivienda de la respectiva entidad territorial, y establecer mecanismos para asegurar que los hogares de menores ingresos y la población vulnerable puedan acceder a las soluciones habitacionales que produzcan los Macroproyectos.
Los macroproyectos de InterĂŠs Social Nacional
Los macroproyectos de Interés Social Nacional Primera generación
Los „Macroproyectos de Interés Social Nacional”, fueron concebidos bajo la Ley 1151 de 2007 y reglamentados por el Decreto 4260 de 2007. En el año 2010 la Corte Constitucional declaró inexequible el artículo 79 de la Ley 1151 de 2007 toda vez que presentaba un nivel jerárquico superior al POT. Posteriormente, se sancionó la Ley 1469 de 2011 “Por la cual se adoptan medidas para promover la oferta de suelo urbanizable y se adoptan otras disposiciones para promover el acceso a la vivienda” la cual da vía libre a los Macroproyectos de Interés Social Nacional. Meta: “Con la primera generación de Macroproyectos se
Cartagena Ciudad Bicentenario. 15.000 viviendas. (Pajarito).
Medellín Ciudadela Nuevo Occidente
6.000 viviendas Cali Altos de Santa Elena
Corregimiento de Navarro -
2.100 viviendas Ecociudad
40.000 viviendas. Buenaventura (Valle) (Cundinamarca) Reubicación Isla de Cascajal 3.400 viviendas Neiva Bosques de San Luis integral San. 5.000 viviendas viviendas Bucaramanga Área Metropolitana Bucaramanga. 10.000 viviendas
Soacha Ciudad Verde 36.000 viviendas Manizales Intervención José 3.000
Barranquilla Villa San Pablo 20.000 viviendas
Fuente: Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
Proyectos Integrales de Desarrollo Urbano PIDU Los PIDU son el conjunto de decisiones administrativas y de actuaciones urbanísticas, definidas de común acuerdo con las autoridades de planeación de los municipios y distritos, necesarias para la ejecución de operaciones urbanas integrales que garanticen la habilitación de suelo urbanizable para la ejecución de
los proyectos de construcción de vivienda y reubicación de asentamientos humanos para atender la emergencia económica, social y ecológica nacional. Los PIDU se dividen en dos categorías: 1. centra su objeto en ejecutar contenidos, actuaciones o normas urbanísticas del POT vigente, sobre la base de un convenio suscrito entre el Minvivienda y los Alcaldes; 2. Además de ejecutar lo estipulado en los POT, puede definir las posibles modificaciones de las normas urbanísticas que regulan el uso y aprovechamiento del suelo del POT, cuando ello resulte necesario para asegurar la viabilidad de la operación urbana que se adopta con el PIDU. Deberá ratificarse por parte del Concejo Municipal sobre la base de un convenio suscrito entre Minvivienda y los Alcaldes.
Caso Ciudad Verde
Estructura Ecol贸gica y Espacio p煤blico
Ciclorutas Equipamientos
Usos del suelo y actividades
Estructura vial
Fuente : elaboraci贸n propia
Los planes de ordenamiento zonal Los planes zonales son
instrumentos de planeación que definen y precisan las condiciones de ordenamiento de un área determinada, de las infraestructuras, el sistema general de espacio público y equipamientos colectivos, los criterios para armonizar usos y tratamientos urbanísticos asignados en el área, los criterios para la precisión o ajuste de la normativa urbanística, así como la delimitación y criterios para la gestión de planes parciales en el marco de la estrategia de ordenamiento territorial. Los planes zonales serán formulados por BOGOTÁ. Cuando estos planes definan las condiciones y ámbitos espaciales de distribución equitativa de cargas y beneficios, especialmente las cargas de carácter zonal y/o general que deban ser asumidas por los propietarios de predios incluidos en el área en los términos de la ley, se denominarán planes de ordenamiento zonal. Los planes de ordenamiento zonal se aplican en las áreas de expansión y en las áreas urbanas con grandes porciones de suelo sin desarrollar.
Los planes de ordenamiento zonal
Los planes de ordenamiento INSTRUMENTOS – PLANESzonal ZONALES
Plan Zonal Centro: Decreto 492 de 2007/172 2010 Plan Zonal Usme: Decreto 252 de 2007 Plan Zonal del Norte: Decreto 043 de 2010 Plan Zonal Aeropuerto Plan Zonal de Puente Aranda
Los planes de ordenamiento INSTRUMENTOS – PLANESzonal ZONALES
Los planes de ordenamiento INSTRUMENTOS – PLANESzonal ZONALES
Los planes de ordenamiento INSTRUMENTOS – PLANESzonal ZONALES
Los planes parciales El plan parcial es un instrumento que contribuye a un mejor aprovechamiento de los predios que constituyen un sistema estructurante. Revalúa el concepto de planeación predio a predio. El sector privado busca un mejor aprovechamiento de la tierra en función de la edificabilidad y la ocupación. El sector publico busca el financiamiento del desarrollo urbano y la dotación de parques y equipamientos. Es un instrumento de planificación y financiación, así como un instrumento que crea suelo (suelo urbano y de expansión) . Decreto 2181 de 2006 y Decreto 4300 de 2007
ACTUACION URBANISTICA FORMAS DE EJECUCION
AMBITO DE PLANEAMIENTO
PROCEDIM. DE GESTION
• URBANIZACION • PARCELACION • EDIFICACION
PROPIETARIOS INDIVIDUALES ( EN FORMA AISLADA ) GRUPOS DE PROPIETARIOS ( ASOCIADOS VOLUNTARIAMENTE O ASOCIADOS DE MANERA OBLIGATORIA ) ENTIDADES PUBLICAS ( DIRECTAMENTE ) ENTIDADES MIXTAS ( SECTOR PUBLICO Y PRIVADO)
UNIDADES DE ACTUACION URBANISTICA
PLANES PARCIALES • PLAN PARCIAL DE
• PLAN PARCIAL DE MEJORAMIENTO INTEGRAL
• PLAN PARCIAL DE
( AVALUOS)
• INTEGRACION INMOBILIARIA
• PLAN PARCIAL DE RENOVACION URBANA • PLAN PARCIAL DE DESARROLLO
SUELO DE EXPANSION
PUBLICA
CENTROS HISTORICOS • REAJUSTE DE TIERRAS
SUELO URBANO
AMBITO DE GESTION
PRIVADA
• ENAJENACION VOLUNTARIA • EXPROPIACION
•
REPARTO DE CARGAS Y BENEFICIOS
( SOCIEDAD )
MIXTA
EXPANSION ( CONSORCIOS )
• ENAJENACION FORZOSA • EXPROPIACION CONVENIDA
Los planes parciales
Unidades de Actuación Urbanística Unidad de actuación urbanística. Es el área conformada por uno o varios inmuebles explícitamente delimitada en las normas que desarrolla el plan de ordenamiento territorial que debe ser urbanizada o construida como una unidad de planeamiento con el objeto de promover el uso racional del suelo, garantizar el cumplimiento de las normas urbanísticas y facilitar la dotación con cargo a sus propietarios de la infraestructura de transporte, los servicios públicos domiciliarios y los equipamientos colectivos, mediante reparto equitativo de las cargas y beneficios, conforme con lo previsto en el Capítulo V de la Ley 388 de 1997.
Los planes parciales y las unidades de actuaci贸n
Los planes parciales
Los planes parciales
Definiciones: Área bruta Área bruta
Área bruta: Corresponde al área total del globo de terreno por desarrollar.
Definiciones: Área neta Transporte Área bruta
Malla vial arterial Suelo de protección
Área neta urbanizable: Área resultante de descontar del área bruta de un terreno, las áreas afectadas por la malla vial arterial principal y por el sistema de transporte, las redes primarias de servicios públicos y las áreas de conservación y protección de los recursos naturales y paisajísticos.
Definiciones: Área útil Transporte Parque
Equipamiento comunal Malla vial arterial Suelo de protección
Área útil: Área resultante de restarle al área neta urbanizable, el área correspondiente a la malla vial intermedia, local, franjas de control ambiental de las vías de la malla vial arterial y las zonas de cesión para parques y equipamientos comunales públicos (anteriormente denominados cesiones tipo A).
Definiciones: Índices de construcción y ocupación Indice de Ocupación: Cuociente que resulta de dividir el área construida del primer piso, por el área total de un predio. Se expresa sobre área neta urbanizable o sobre área útil, según lo determine la norma urbanística. Índice de construcción: Cuociente que resulta de dividir el área total construida, por el área total del predio. Se expresa sobre área neta urbanizable o sobre área útil, según lo determine la norma urbanística.
Definiciones: Índices de construcción y ocupación
Tercer piso: Segundo piso: Primer piso: Predio:
70 m2 70 m2 70 m2 100 m2
210 m2 construidos
Definiciones: Densidades Densidad poblacional: Número de habitantes por unidad de superficie. Se expresa sobre área bruta, neta o útil.
Densidad de vivienda: Número de viviendas por unidad de superficie. Se expresa sobre área bruta, neta o útil.
Densidad vivienda = Vivienda Superficie
EJERCICIO •Terreno de área bruta de 30.000 m2. •Vivienda 180 unidades. •Las viviendas tiene un promedio de 3.5 personas. •5% del terreno es un humedal. •6% del terreno esta afectado por el sistema vial arterial. •25% del área neta urbanizable se debe destinar a parques y equipamientos. Determine: •Área Neta urbanizable •Área útil •Cesión •Densidad bruta poblacional •Densidad útil vivienda