MOCIÓN SUSPENSIVA RESPECTO DEL DICTAMEN DE LAS COMISIONES UNIDAS DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS SEGUNDA POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY DE AHORRO Y CRÉDITO POPULAR Y SE REFORMAN, ADICIONAN Y DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY PARA REGULAR LAS ACTIVIDADES DE LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS DE AHORRO Y PRÉSTAMO, DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES Y DE LA LEY DE LA COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES. El suscrito, Senador enador Benjamín Robles Montoya y Francisco Búrquez Valenzuela integrantes de la LXII Legislatura del Congreso de la Unión, Unión, con fundamento en los artículos 105, 106, 107 y demás relativos y aplicables del Reglamento del Senado de la República, presentaron moción suspensiva con relación al dictamen señalado al rubro, al tenor de las siguientes: CONSIDERACIONES La presentación ción de esta moción suspensiva, es motivada por la premura con la que se pretende aprobar el presente dictamen. Una premura que resulta francamente inexplicable si consideramos la amplitud, pero sobre todo la relevancia del proyecto que se presenta a la consideración consideración del Pleno. Pareciera que a veces los consensos políticos nos hacen olvidar que los legisladores debemos tener como una de nuestras principales premisas legislar las mejores normas jurídicas posibles, desde un punto de vista técnico, pero también tamb práctico. Y la gran movilización que tuvo lugar ayer afuera de este recinto, debe motivarnos por lo menos a cuestionar si de verdad esta nueva ley y estas reformas, responden a las expectativas de lo que se pretende regular. Por eso les vengo a plantear, ear, que este dictamen sea devuelto a comisiones, a fin de que sea objeto de un análisis mucho más profundo y detallado, como es debido.
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Tan solo el día de ayer, en la reunión de comisiones, quedó muy claro que existen opiniones encontradas sobre su contenido, contenido, incluso al interior de los grupos parlamentarios. Y por supuesto, estoy convencido que no debemos ignorar las voces de las miles de personas que ayer se movilizaron para llamar nuestra atención sobre las implicaciones de este paquete de reformas. Y es que comparto con ellos la preocupación de que a partir de un tema como el de FICREA, lastimoso e indignante, y de la conformación de un grupo de trabajo para analizar la legislación aplicable a las figuras de ahorro popular y para el seguimiento al proceso ceso de liquidación de FICREA, estemos ahora ante una reforma que trastoca a las Sociedades Cooperativas y a las sociedades iedades financieras comunitarias, las cuales no eran su objeto de análisis. Y que quede claro, no pretendo poner en entredicho la labor realizada realizada por el grupo Bicamaral, pero no puedo coincidir en un reforma que desde mi perspectiva, daña de manera irreversible al sector de la economía social y solidaria. Y este es un argumento de fondo para que el dictamen sea devuelto a Comisiones. El presente proyecto presenta temas que resultan de especial preocupación y que debieran ser objeto de un análisis mucho más profundo y detallado al seno de las comisiones dictaminadoras. Esta minuta, bautizada como ya como la “Ley FICREA”, por la que se expide ex la Ley de Ahorro y Crédito Popular y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, de la Ley de Uniones de Crédito, de la Ley General de Organizaciones es y Actividades Auxiliares del Crédito, del Código Federal de Procedimientos Penales y de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, significa la imposición, una vez más, de un modelo regulatorio totalmente ajeno a las organizaciones con un modelo modelo de negocio diferente al sistema bancario. Es una victoria de la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, sin duda alguna, pues no es más que la última intentona por desaparecer al sector de la economía social y solidaria; una lógica institucional y programática programática que se viene siguiendo desde hace décadas.
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Hoy no sólo se desaparecen a las Sociedades Financieras Comunitarias (Sofincos), obligándolas a migrar de naturaleza, obligándolas a convertirse en Sociedades Financieras Populares, sino que también las la Cooperativas de Ahorro y Préstamo se encuentran en claro riesgo de desaparecer, cómo resultado de una errada política del Gobierno Federal, mismo que se empeña en regularlas como si fueran bancos. Esta Reforma, al no contemplarlas debidamente, patentiza patentiza la falta de entendimiento sobre la verdadera naturaleza y necesidades de las Cooperativas de Ahorro y Préstamo. Nosotros, los que nos oponemos a este sin sentido, señalamos estas graves omisiones desde un inicio, manifestando como nuestra la irrenunciable irrenunciab convicción de defender al Sector Social de la Economía, en los términos dispuestos por el artículo 25 de nuestra Constitución Política. A partir de esta preocupación, y en el marco de las negociaciones de la Reforma Hacendaria, el Gobierno Federal y los distintos Grupos Parlamentarios del Senado de la República asumieron el compromiso de coadyuvar en la modificación del actual marco normativo para las Cooperativas de Ahorro y Préstamo. Compromiso asumido por todos públicamente. Pues bien, no sólo no se ha avanzado en el otorgamiento de un marco jurídico acorde a las necesidades y naturaleza del sector, sino que ahora incluso se avanza en sentido contrario. Esto es, en lugar de atacar el problema de raíz, muchos se empeñan en hacer parches y enmiendas que están muy lejos de dar certeza jurídica al sector. Desde esta Tribuna hacemos un llamado para que apoyemos decididamente al Sector Cooperativo de la Economía Social y Solidaria, y que se suspenda el proceso de aprobación del Proyecto de Decreto, conocido como Ley FICREA, en sus Artículos Primero, Segundo, Tercero y Cuarto, es decir, decir, en lo correspondiente a las modificaciones a la Ley de Ahorro y Crédito Popular y a la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, y que se abra una etapa de consulta donde se escuche a los sectores involucrados. Las Sociedades Financieras Comunitarias se idearon para atender a la población rural excluida del Sector Financiero Mexicano; no tiene ni intereses económicos de lucro ni generación de altas utilidades para sus Socios. Paseo de la Reforma 135 • Hemiciclo Piso 3 • Oficina 1 • Colonia Tabacalera • Delegación Cuauhtémoc • CP 06030 • México, D.F.Teléfono: 5345-3000 Ext. 3118
Su desaparición es un brutal atentado atentado contra el financiamiento del sector rural. Las Sociedades Financieras Comunitarias son de los campesinos y para los campesinos de México, sector desagregado y olvidado por décadas. El otro aspecto que de ninguna manera toleraremos es el hecho de que qu se intente institucionalizar un criterio arbitrario y discriminador bajo el cual existen defraudados de primera y defraudados de segundo. Si a los defraudados de Ficrea -que que no obstante ser una Sociedad Financiera Popular, se trata de una Sociedad Anónima Anóni de Capital Variable-,se ,se les dará solución en poco más de 3 meses con dinero de FIPAGO, y con recursos extraordinarios extraordi del Gobierno Federal, entonces ¿por qué no habría de pagarse al 100% de los ahorradores defraudados que se encuentran en la misma situación que FICREA? Hacemos votos por que este Senado sea sensible a la preocupación de miles de mexicanos que se verán afectados con la aprobación de este dictamen. dictam Por las razones expuestas y en vista de las implicaciones del presente proyecto, así como de nuestra responsabilidad como legisladoras y legisladores de ejercer nuestras funciones legislativas con la mayor responsabilidad, velando por legislar la buena ley: ÚNICO.- Someto a consideración de los integrantes de las Comisiones dictaminadoras la presente moción suspensiva, a fin de que el proyecto que se pone a discusión, sea sometido a un análisis más riguroso y detallado, en virtud de las implicaciones de su contenido.
SENADO DE LA REPÚBLICA A LOS 29 DÍAS DEL MES DE ABRIL DE 2015.
SENADOR BENJAMÍN ROBLES MONTOYA
SENADOR FRANCISCO BÚRQUEZ ÚRQUEZ VALENZUELA
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