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DE LOS DOCENTES EN GENERAL

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CONCLUSIÓN

CONCLUSIÓN

• Colaborar o participar de actividades de los miembros de la comunidad educativa que vaya en contra del Reglamento Interno.

• Guardar estricta confidencialidad de los asuntos de la escuela. • Deben de acatar las prohibiciones a los trabajadores estipulados en el Código de Trabajo de la República de Panamá, legislación conexa y complementaria. Artículo 15: Son funciones del Asistente de Biblioteca:

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• Mantener ordenada toda documentación que posea la biblioteca al igual que completo su inventario.

• Llevar un estricto control de la bibliografía y recursos didácticos prestados a docentes y estudiantes. • Mantener orden y disciplina en la biblioteca durante las jornadas de estudio e investigaciones.

• Llevar un control para coordinar con la administración y los docentes el uso del área de usos múltiples.

• Llevar un control de los recursos solicitados por los docentes. Artículo 16: El personal del Gabinete Psicopedagógico, SAE y IPHE tienen las siguientes funciones: • Contribuir al éxito total y logros de los objetivos generales del plantel. • Ofrecer orientación profesional y técnicas a los estudiantes a través de charlas, conferencias, debates, folletos, revistas u otros.

• Colaborar en las actividades psicológicas, trabajar áreas habilitatorias, evaluaciones, trabajo social para ayudar a docentes, estudiantes y padres.

• Confidencia y respeto del trabajo que se realiza en el departamento.

• Colaborar con los docentes en casos especiales solicitados u otros. DE LOS DOCENTES EN GENERAL Artículo 16: Son deberes de los docentes de Grado

• Asistir puntualmente al puesto de trabajo en condiciones psíquicas y físicas apropiadas para cumplir su labor educativa.

• Preocuparse permanentemente por el estudiante, estimularlo y guiando su aprendizaje hacia metas realmente provechosas y productivas.

• Notificar oportunamente el ausentismo y la tardanza a la dirección en caso previsto

o en casos fortuitos.

• Presentar la justificación de su ausencia una vez retorne al centro educativo. • Utilizar al máximo posible, los recursos naturales, sociales y tecnológicos del medio como medio valioso del proceso educativo. • Ser justo en la evaluación de los estudiantes y tener todas las evidencias sobre su rendimiento.

• Acatar las órdenes e instrucciones emanadas de los superiores que dirijan o supervisen las actividades educativas, siempre y cuando no contraigan los procedimientos establecidos en la ley y no atente contra su honra y dignidad.

• Promover la colaboración entre estudiantes, padres de familia y comunidad con el objeto de hacer más funcional y práctica la gestión educativa.

• Colaborar con el director del plantel, en las comisiones en las cuales se les incluyan.

• Planee su trabajo y sea creativo buscando permanente innovación y mejoramiento en los procesos pedagógicos que lidera.

• Asistir al lugar de trabajo vestido apropiadamente, respetando los acuerdos establecidos en asamblea.

• Cumplir las normas vigentes de la constitución, las leyes y los reglamentos. • Escoger a través de asamblea el estilo, modelo y telas del uniforme de los docentes en tiempo oportuno (adecuado al clima). • Se debe respetar el horario por MEDUCA y establecido por las leyes vigentes.

Artículo 17: Los derechos de los docentes del Plantel

• Conocer y obtener sus evaluaciones periódicas, a través de las visitas administrativas en el aula.

• Recibir capacitación y reforzamiento en casos específicos (planeamiento, manejo de disciplina, otros).

• Discrecionalidad en situaciones o casos donde se vea involucrado el docente. • Derecho al descanso pedagógico

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