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REUNIÓN
4. REUNIÓN
De llevarse a cabo la asamblea de forma presencial, debe cumplirse con lo dispuesto en la sección Quinta de las DISPOSICIONES PRESIDENCIALES EN CASO DE CALAMIDAD PUBLICA Y ORDENES PARA EL ESTRICTO CUMPLIMIENTO publicadas el 26 de julio de 2020 y el Decreto gubernativo 187-2020, Sección Quinta,
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CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO DE LAS NORMAS SANITARIAS DE SALUD PÚBLICA, HIGIENE Y SEGURIDAD
OCUPACIONAL, las que establecen que todos los habitantes y personas jurídica privadas y públicas, así como cualquier clase de organización nacional o internacional de cualquier naturaleza, deberán sujetarse y cumplir lo siguiente: 1. USO DE MASCARILLA: Es obligatorio, sin ninguna distinción, el uso de mascarillas con los niveles de protección necesarios en todo espacio o lugar público, establecimiento Estatales o públicos, espacio o lugar privado abierto al público, lugares privados de servicios de acceso restringido y en cualquier clase de transporte o tránsito (…) 2. DISTANCIAMIENTO SOCIAL O FÍSICO: Los habitantes de la República deben cumplir con mantener una distancia entre sí de por lo menos un metro y cincuenta centímetros. (distancia aproximada de dos brazos extendidos), evitando el contacto físico innecesario. 3. HIGIENE DE MANOS: Limpieza y desinfección frecuenta y apropiada de manos, con gel de alcohol mayo al setenta por ciento (60%) o jabón antibacterial. 4. Dar seguimiento y cumplimiento al Plan para la
Prevención, contención y respuesta a casos de