HOY QUIERO APLAUDIR A LA DEMOCRACIA DE MÉXICO, PARA PARTICIPAR EN UNA REVOCACIÓN DE MANDATO

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MEXICO SE TIENE UN PRESIDENTES PARA GOBERNAR A LOS MEXICANOS SOLO REQUIERE ; BLA, BLA, BLA, BLA, BLA, BLA, BLA, BLA,

BLA , BLA , BLA, BLA, BLA, BLA, BLA, BLA, BLA, BLA, BLA , BLA, BLA, BLA, BLA, BLA, BLA, BLA, BLA, BLA, BLA, BLA, BLA, BLA, BLA, BLA, BLA, BLA, BLA, BLA, BLA, BLA, BLA, BLA, BLA, BLA, BLA,BLA, BLA, BLA…

Hoy quiero Aplaudir a la democracia de México, que nos deja sentir día a día que, para participar en una REVOCACIÓN DE MANDATO por un capricho del presidente de la republica el Lic. Andrés Manuel López Obrador, donde nos deja ver su VANIDAD CUALIDAD DE LA PERSONA QUE TIENE ORGULLO PROPIO Y AFÁN DE SER ADMIRADO EXCESIVOS


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H

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oy por hoy... Las apariencias engañan la mayoría de las veces y esto nos dejan ver en los políticos de que no son

ignorantes, sino cuando quieren parecer o ser lo que no son, es cuando muchos medios de comunicación y los críticos políticos de opiniones

expresan

a

los

ciudadanos,

pero

estamos

tan

acostumbrados los ciudadanos a ocultar nuestros sentimientos y molestias, para los demás, que al final encubrimos que nos equivocamos en elegir a tus gobernantes, y callamos a nosotros mismos. Hoy quiero Aplaudir a la democracia de México, que nos deja sentir, día a día que, para participar en una REVOCACIÓN DE MANDATO por un capricho del presidente de la republica el Lic. Andrés Manuel López Obrador, donde nos deja ver su VANIDAD CUALIDAD DE LA PERSONA QUE TIENE ORGULLO PROPIO Y AFÁN DE SER ADMIRADO EXCESIVOS. Solo se requiere, manipular a un pueblo que le gusta callar, para no hacer enfadar, a su presidente ya que su AFÁN DE SER ADMIRADO EXCESIVOS será el símbolo de la hipocresía, para demostrar ante el pueblo sus proyectos políticos.

EL Lic. Andrés Manuel López Obrador, nos deja observar, pero demás nos deja pensar si realmente el señor presidente conoce los valores morales y la ética profesional… Cuando hoy por hoy miles de ciudades de diferentes partes de la republica sufrieron perdías material por varios millos de pesos. Como es el caso de municipio de Tula de Allende hidalgo donde la mierda acabó con todos sus patrimonios, porque el director de Conagua no cuenta con la experiencia en el manejo de las compuertas de una presa y no es una presa común estamos hablando de la presa donde la mierda y miles de productos químicos que sale de la ciudad de México y del estado de México llega al estado de hidalgo donde tula, como otros municipios son lo que reciben el problema, mientras tu presidente EL Lic. Andrés Manuel López Obrador, celebra su triunfo de sacar adelante su capricho de su

REVOCACIÓN DE MANDATO donde miles de ciudadanos deben pagar la cantidad que nos deja saber El INE aprueba lineamientos para la revocación de mandato; se gastarán$ 3 mil 830 mdp gasta


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pero no hay dinero para los ciudadanos de Tula de Allende DEL ESTADO DE HIDALGO para pagar su perdida de su patrimonio, donde trabajaron día a día siendo parte de su vida… y solo basto una hora para perder todo su vida… POR ESO DIGO DE VERDAD VALE LA PENA GASTAR $ 3 MIL 830 MDP POR UN CAPRICHO DE VANIDAD Por eso aplaudo a un país donde la doble cara, el doble discurso es el pan de cada día...Donde a los pobres les gusta ser pobres… y seguir recibiendo migajas a cambio de sus votos...

Hay que dejar la vanidad a los que no tienen otra cosa que exhibir. Honoré de Balzac El ambicioso quiere ascender, hasta donde sus propias alas puedan levantarlo; el

vanidoso cree encontrarse ya en las supremas cumbres codiciadas por los demás. José Ingenieros Vano quiere decir vacío; es tan ruin la vanidad que para afrentarla basta llamarla por su propio nombre. Chamfort Estoy comprometido con la verdad y no con consistencia, de la verdad y la solidaridad serán los elementos clave que permiten a los profesionista de los medios de comunicación convertirse en factores de las alianza ente la asociada y sus gobiernes , pero también los medios de comunicación impuros desembocan en fines impuros por la voracidad, de tener el poder en sus medios y así mismo extorsionar a una sociedad que busca la verdad de sus políticos y gobernantes como también de los funcionarios públicos.


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La

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libertad de buscar y decir la verdad es un elemento esencial de la comunicación humana, no solo en relación con los hechos y la información, sino también y especialmente sobre la naturaleza y destino de la personas humana,

respeto a la asociada y el bien común respecto a nuestra relación de una asociada que viví día a día más allegada a la mentira, para poder llegar al poder, y al dinero, ya que el camino hacia la riqueza depende fundamentalmente para los políticos, será dos pablaras; una será:

prometer a la social, lo que nunca cumplirá… y hacer leyes y

reglamentos a favor de su política y su vanidad , para seguir viviendo una vida de soberbia En este mundo, cuando alguien tiene algo que decir sobre la mentira y la verdad, la

dificulta no está en

conseguirlo que lo digan, sino que lo repitan a menudo ya que en existe la verdad aunque al mundo le abata la mentira, para sobre vivir en este mundo, ya que Nunca fue fácil, el aprendizaje de la virtud

que día a día,

vemos que los valores se pierden para poder sobre vivir en una sociedad donde la mentira será la base de los valor, para poder sobre salir avante como servidores públicos , ya que hoy en día los valores éticos no te hace crecer ante una asociada que viví entrar por el aro de la mentira …Aquel que tiene gran poder debe usarlo sutil mente.

UN APLAUSO A LA DEMOCRACIA DE MÉXICO… Aplaudo también a la falsedad que venden en cada discurso que llegan a través de tu presidente de la república. Aplaudo la mediocridad por como utilizan herramientas tan bajas tales como el recurso económico

donde nos dejan ver que solo así podrán llegar al pueblo con los programas

sociales… Aplaudo también porque todos Saben que México existen 60 millones de pobres y donde se aprovechan los partidos políticos para mostrar al mundo de que si hay una gran democracia en México…


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Es

aquí

donde

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preguntan

mil

de

ciudadanos de municipio de Tula y de

su alrededores, por qué el SENADOR

y la

DIPUTADA FEDERAL que desea participar como candidatos a la gobernatura del estado de hidalgo… no toma el caso para ayudar a que se cumpla la

LEY DE ATENCIÓN, ASISTENCIA Y

PROTECCIÓN A VÍCTIMAS DE DELITOS Y VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS PARA EL ESTADO DE HIDALGO. QUINTO. Que la Ley General de Víctimas de acuerdo con lo establecido en su artículo 1 es un ordenamiento de carácter público, de interés social y observancia en todo el territorio nacional. Asimismo, en su artículo 118 fracciones I, II y último párrafo, establece que

corresponde a las entidades federativas instrumentar y articular sus políticas públicas en concordancia con la política nacional integral, para la adecuada atención y protección a las víctimas y, en consecuencia, dichas entidades ejercerán sus facultades reglamentarias para la aplicación de dicha Ley General propiciándose la reforma de su correspondiente legislación a nivel local. Artículo 1. Las disposiciones de esta Ley son de orden público y observancia en el Estado en términos de lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Tratados internacionales celebrados y ratificados por el Estado Mexicano, la Constitución Política del Estado de Hidalgo, la Ley General de Víctimas y demás disposiciones

aplicables. Antes de entra al detalle sobre materia legal sobre ley de víctima, entramos un poco analizar y reflexionar el significado y su alcance, para saber si esta ley puede ser parte para buscar solucionar, pero ante todo justicia y la verdad del porque Conagua callo y permito este desastre, sin avisa con tiempo a los ciudadanos, en

donde murieron personas, por

irresponsabilidad de director general de Conagua por no controlar las compuertas de la presa con tiempo y con volúmenes adecuados como marca las normas internacionales y nacionales que se debe ser con tiempo..


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SE

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DENOMINARÁN VÍCTIMAS DIRECTAS

AQUELLAS

PERSONAS FÍSICAS QUE HAYAN SUFRIDO ALGÚN

DAÑO O MENOSCABO ECONÓMICO, FÍSICO, MENTAL,

EMOCIONAL,

O

EN

GENERAL

CUALQUIERA PUESTA EN PELIGRO O LESIÓN A

SUS BIENES JURÍDICOS O DERECHOS COMO CONSECUENCIA DE LA COMISIÓN DE UN DELITO O VIOLACIONES A SUS DERECHOS HUMANOS RECONOCIDOS EN

¿QUÉ SON LAS VÍCTIMAS INDIVIDUALES? Se entiende por víctima la persona que individual o colectivamente haya sufrido daños directos tales como lesiones transitorias o permanentes que ocasionen algún tipo de discapacidad física, psíquica y/o sensorial (visual y/o auditiva), sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo de sus derechos fundamentales.

¿QUIÉN SE CONSIDERA VÍCTIMA EN UNA RESPONSABILIDAD CIVIL? Se reconoce como víctimas a todas las personas que hubieren sufrido un daño, como consecuencia de los hechos que el mismo precepto determina a continuación.

¿QUÉ ES LA VÍCTIMA EN DERECHO CIVIL? Quien se ve afectada por un acto delictivo es la persona víctima u ofendida. Una persona es víctima de un delito cuando resiente las consecuencias de la acción de un acto ilícito. Tiene derecho a que la autoridad cuide su integridad física y le brinde protección en todo momento.


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¿CUÁLES SON LOS DERECHOS DE LAS VÍCTIMAS? Los derechos de las víctimas que prevé la presente Ley son de carácter enunciativo y deberán ser interpretados de conformidad con lo dispuesto en la Constitución, los tratados y las leyes aplicables en materia de atención a víctimas, favoreciendo en todo tiempo la protección más amplia de sus derechos. ¿QUÉ SON LAS VÍCTIMAS DIRECTAS? Las víctimas directas son aquellas personas físicas, que sufren algún daño o menoscabo económico, físico, mental, emocional, o en general cualquiera puesta en peligro o lesión a sus bienes jurídicos o derechos como consecuencia de la comisión de un delito o violaciones a sus derechos humanos. ¿CUÁLES SON LAS CLAVES DE LA VÍCTIMA? La víctima: Las claves conceptuales son las de adversidad, padecimiento e injusticia. Existe, en primer lugar, una víctima social ligada a la exclusión y carencial dad. Las cuales sufren pobreza, desamparo, marginalidad cultural, y son el eslabón más frágil de la injusta cadena de

la desigualdad humana ¿QUÉ ES VÍCTIMA SEGÚN MENDELSOHN? PARA MENDELSONHN VÍCTIMA “ES LA PERSONALIDAD DEL INDIVIDUO O DE LA COLECTIVIDAD EN LA MEDIDA EN QUE ESTÁ AFECTADA POR LAS CONSECUENCIAS SOCIALES DE SUFRIMIENTO, DETERMINADO POR FACTORES DE ORIGEN MUY DIVERSO, FÍSICO, PSÍQUICO, ECONÓMICO, POLÍTICO O SOCIAL; ASÍ COMO EL AMBIENTE NATURAL O TÉCNICO ¿QUÉ ES UNA VÍCTIMA RESISTENTE? VÍCTIMA RESISTENTE: AQUELLA VÍCTIMA QUE ES CAPAZ DE PRESENTAR RESISTENCIA Y DEFENDERSE, O QUE ES ATACADA A CAUSA DE O A SABIENDAS DE QUE EL SUJETO IBA A DEFENDERSE.


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LEY DE ATENCIÓN, ASISTENCIA Y PROTECCIÓN A VÍCTIMAS DE DELITOS Y VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS PARA EL ESTADO DE HIDALGO. Artículo 1. Las disposiciones de esta Ley son de orden público y observancia en el Estado en términos de lo dispuesto por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los Tratados internacionales celebrados y ratificados por el Estado Mexicano, la Constitución Política del Estado de Hidalgo, la Ley General de Víctimas y demás disposiciones aplicables. La presente ley obliga subsidiariamente, en sus respectivas competencias, a las autoridades del gobierno del Estado, de los Municipios, así como de sus poderes constitucionales, y a cualquiera de sus oficinas, dependencias, organismos o instituciones públicas o privadas cuyas facultades, funciones o atribuciones estén relacionadas con la ayuda, asistencia, protección o reparación integral a las víctimas. V. Establecer las sanciones respecto al incumplimiento por acción o por omisión de cualquiera de sus disposiciones. Artículo 3. Se denominarán víctimas directas aquellas personas físicas que hayan sufrido algún daño o menoscabo económico, físico, mental, emocional, o en general cualquiera puesta en peligro o lesión a sus bienes jurídicos o derechos como consecuencia de la comisión de un delito o violaciones a sus derechos humanos reconocidos en la Constitución General de la República, en los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano sea Parte del Estado de Hidalgo. Son víctimas los grupos, comunidades u organizaciones sociales que hubieran sido afectadas en sus derechos, intereses o bienes jurídicos colectivos como resultado de la comisión de un delito o la violación de derechos. Artículo 4. Para los efectos de esta Ley, además de los conceptos contenidos en el glosario de la Ley General de Víctimas, se entenderá por: IV. Fondo Estatal: Fondo Estatal de Ayuda, Asistencia y Reparación Integral; V. Ley: Ley de Atención, Asistencia y Protección a las Víctimas de Delito y Violaciones a los Derechos Humanos para el Estado de Hidalgo; Factibilidad.- Las Instituciones sujetas a esta Ley, están obligadas al diseño de políticas públicas y estrategias operativas viables, sustentables y de alcance definido en tiempo, espacio y previsión de recursos presupuestales, que permitan la articulación e implementación de esta Ley de forma armónica y garanticen la vigencia efectiva de los derechos de las víctimas.


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¡Basta de silencios!¡Gritad con cien mil lenguas! porque, por haber callado, ¡el mundo está podrido! Santa Catalina de Siena


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¡Basta de silencios!¡Gritad con cien mil lenguas! porque, por haber callado, ¡el mundo está podrido! Santa Catalina de Siena


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LEY DE ATENCIÓN, ASISTENCIA Y PROTECCIÓN A VÍCTIMAS DE DELITOS Y VIOLACIONES A DERECHOS HUMANOS PARA EL ESTADO DE HIDALGO. Artículo 6. El Estado garantizará en todo momento los recursos necesarios para la implementación de la presente Ley, con el objetivo de permitir el fortalecimiento institucional, el capital humano, los recursos técnicos, materiales y otros que resulten necesarios. El Estado implementará cada una de las medidas previstas en la presente Ley de manera progresiva y en la medida de su disponibilidad presupuestal.

Artículo 7. El Sistema Estatal gestionará el apoyo técnico a los municipios con el fin de desarrollar, bajo el principio de corresponsabilidad, las acciones contenidas en esta Ley, su Reglamento Estatal, la Ley General de Víctimas, y demás disposiciones aplicables. Artículo 8. Las víctimas, conforme a esta Ley, y sin perjuicio de lo dispuesto en otros ordenamientos jurídicos, de manera enunciativa más no limitativa, poseen los derechos siguientes: V. A la reparación subsidiaria, a través de recursos y procedimientos accesibles, apropiados, suficientes, rápidos y eficaces. La reparación subsidiaria comprenderá: b) La rehabilitación para facilitar a la víctima hacer frente a los efectos sufridos por causa del hecho victimizante o de las violaciones de derechos humanos;

Cuando el daño represente un impacto colectivo, la reparación subsidiaria estará orientada a la reconstrucción del tejido social y cultural del colectivo que acredite la afectación. El Estado garantizará el goce, la protección y la promoción de sus derechos humanos en las comunidades, grupos y pueblos afectados. El Estado o sus municipios implementarán las medidas colectivas tendientes al reconocimiento y dignificación de los sujetos colectivos victimizados; a la reconstrucción del proyecto de vida colectivo, del tejido social y cultural de las comunidades y colectivos afectados XVI. A solicitar y recibir ayuda oportuna, rápida, gratuita y efectiva, con el objetivo de atender y garantizar la satisfacción de sus necesidades de alimentación, aseo personal, manejo de abastecimientos, utensilios de cocina, atención médica y psicológica de emergencia, transporte y alojamiento transitorio en condiciones dignas y seguras, en el momento de la comisión del delito, de la violación de los derecho XXIV. A una investigación pronta y eficaz que lleve a la identificación, captura, enjuiciamiento y condena de los responsables de los delitos y de violaciones a derechos humanos, al esclarecimiento de los hechos y a su reparación integral; XXV. A conocer la verdad y a recibir información específica sobre las violaciones de derechos o los delitos que las afectaron, incluidas las circunstancias en que ocurrieron.


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Artículo 11. Corresponden a los Municipios, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley, el Reglamento Estatal y la Ley General de Víctimas, las siguientes competencias: I. Instrumentar y articular, en concordancia con las políticas nacional y estatal, la política municipal para la adecuada atención y protección a las víctimas; II. Coadyuvar con los Gobiernos Federal y Estatal, en la ejecución de los acuerdos tomados por el Sistema Nacional de Víctimas, por el Sistema Estatal y en su caso, por la Comisión Ejecutiva Estatal DE LA INSCRIPCIÓN DE LA VÍCTIMA AL REGISTRO ESTATAL DE VÍCTIMAS Artículo 31. La inscripción como víctima ante el Registro Estatal se hará por la denuncia, la queja o el conocimiento de los hechos que podrá realizar la propia víctima, la autoridad, la Comisión de Derechos Humanos del Estado o un tercero que tenga conocimiento sobre los hechos. Artículo 32. Toda autoridad competente que tenga contacto con la víctima estará obligada a recibir su declaración para solicitar su inscripción ante el Registro Estatal, la cual consistirá en una narración de los hechos con los detalles y elementos de prueba que la misma ofrezca, la cual se hará constar en el formato único de declaración.

Víctima, en primer término, es todo ser viviente sacrificado o destinado al sacrificio. Sin embargo, desde el punto de vista utilizado habitualmente, una víctima es la persona que sufre un daño o perjuicio, que es provocado por una acción u omisión, ya sea por culpa de otra persona, o por fuerza mayor.

PERO ¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE LOS DIPUTADOS FEDERALES Y LOCALES? La diferencia entre un diputado o diputada federal y local es que los federales revisan la normatividad nacional y los estatales las leyes de la entidad. En el primer caso son 500 de todo el país y se reúnen en la Ciudad de México; De igual manera, tienen funciones fiscalizadoras a través de sus órganos y revisan cómo y en qué se gastan el dinero público los entes municipales, órganos autónomos y organismos auxiliares. Asimismo, revisan el trabajo del Ejecutivo, autorizan la posibilidad de ausentarse para realizar viajes al extranjero; revisan y reciben su informe de labores.


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PERO ¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE LOS DIPUTADOS FEDERALES Y LOCALES? De igual manera están facultados para hacer llamados de atención a entres públicos, en forma de exhorto, sin lastimar la autonomía municipal de diversos órganos. Reciben, redistribuyen y aprueban el Presupuestos de Egresos, la Ley de Ingresos, así como la política fiscal estatal y de los municipios. También autorizan la contratación de deuda y otras obligaciones a largo plazo, es decir, trascienden la administración estatal o municipal. Eligen magistrados, titulares de los órganos de control interno de distintas instancias, dan el visto bueno al nombramiento de Fiscal de Justicia, nombran a comisionados de transparencia, integrantes del Sistema Anticorrupción. En caso de la ausencia definitiva del gobernador o gobernadora, pueden elegir al nuevo Ejecutivo, si el plazo ya no amerita nueva elección. Lo mismo ocurre en los ediles.

Están capacitados para instaurar juicio político en contra de diversos funcionarios. Su función es de contrapeso y representan el poder del pueblo.

¿CUÁLES SON SUS ATRIBUCIONES Y OBLIGACIONES? Los y las legisladoras se organizan en grupos parlamentarios, comisiones y comités. Son auxiliados por un órgano fiscalizador y una Contraloría entre otras áreas administrativas. Están obligados a acudir a las sesiones del pleno, las cuales se realizan dos veces por semana, en las mismas se votan los asuntos abordados en el Pleno. Pueden presentar iniciativas de ley, así como hacer exhortos o recomendaciones. Votan los asuntos abordados en el Pleno.

También tiene la posibilidad de hacer uso de la tribuna para expresar su postura de manera libre en torno a cualquier tema. ES AQUÍ DONDE LOS CIUDADANOS DEL MUNICIPIO DE TULA DE ALLENDE SE DEBEN PREGUNTA QUE ESTÁN HACIENDO PARA AYUDARTE PARA SALIR DE TU TRAGEDIA Y TUS PEDIDAS MATERIALES TUS DIPUTADOS Y DIPUTADAS FEDERALES Y LOCALES COMO ASÍ MISMO AL SENADOR DE LA REPUBLICA…


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