Informe factibilidad construcciones SAG Puerto Varas

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SOLICITUD DE IFC

ASOCIADA A PROYECTO SEGÚN DFL N°458, ARTICULO 55° LGUC/1975

ANTECEDENTES DE USO INTERNO (SAG)

N° de Solicitud Fecha Comprobante de pago N° Región Valparaíso Sector El Quisco Admitida a trámite _______Si _______No

ANTECEDENTES QUE DEBE COMPLETAR EL SOLICITANTE

1. ANTECEDENTES GENERALES

1.1 DEL PROPIETARIO / REPRESENTANTE LEGAL

Nombre completo del propietario Patricio Nuñez de Dompierre de Chaufepie RUT 4.458.152-3

Domicilio (dirección de contacto) JM Carrera 1861 Recreo Viña del Mar Teléfono de contacto 941055309

Correo electrónico phi@iluminacion.org.mx

Nombre completo del Representante legal JUAN LUIS MENARES RODRÍGUEZ

RUT 15.069.551-1

Domicilio (dirección de contacto) J.M. CARRERA 1861 RECREO, VIÑA DEL MAR Teléfono de contacto 9 4105 5309

Correo electrónico JUAN.MENARES@UG.UCHILE.CL

1.2 DEL PREDIO

Nombre del Predio (según Inscripción de Dominio Vigente)

Predio Loma del Medio

Ubicación / Dirección Camino vecinal S/N, Fundo Las Pataguas, El Totoral N° de ROL de Avalúo Fiscal 372-20

Registro de propiedad Fs 1935 Nº 2343 Año 2008 CBR Casablanca Comuna El Quisco

Superficie predial (ha) 18,00

Punto al interior del área intervenir (UTM WGS 1984)

Coordenada E

Coordenada N X: 257825.63 Y: 6298334.76 Coordenadas UTM. Punto de acceso al predio (UTM WGS 1984)

Coordenada E Coordenada N X: 257797.00 Y: 6297960.00

ANTECEDENTES DEL PROYECTO 2.1 GENERALES Nombre del Proyecto CONDOMINIO TIPO A PREDIO LOMA DEL MEDIO Tipo de proyecto X Habitacional ____Infraestructura ____Turismo ____Equipamiento ____Industrial Afecto a Inciso 3° Art. 55 LGUC X Inciso 4° Art. 55 LGUC
2.

Objetivo del proyecto

Condominio tipo A y construcción de viviendas sociales

Proyecto con Resolución de Calificación Ambiental RCA X__No _____Si RCA N°______aprobada con fecha_________

Superficie total del proyecto (ha) 18,00

Superficie del proyecto afecta a IFC (ha) 18,00

3. ANTECEDENTES COMPLEMENTARIOS DEL ÁREA AFECTA AL IFC

Existencia de incentivo por SIRSD (Ley N° 20.412) 1 No considera

Existencia de bonificaciones por Ley de Riego (Ley N° 18.450).

No considera

Existencia de otros incentivos o bonificaciones del Estado No considera

1 Instrumento del Estado, Ley N° 20.412, de 2010, Sistema de incentivos para contribuir a la sustentabilidad agroambiental del recurso suelo (SIRSD).

4.

DECLARACIÓN JURADA SIMPLE

Yo Juan Luis Menares Rodríguez de profesión, actividad u oficio, Arquitecto RUT: 15069551-1, domiciliado(a) en José Miguel Carrera 1861 Ciudad de Viña del Mar, en representación de Patricio Nuñez de Dompierre de Chaufepie RUT 4.458.152-3, con domicilio en Camino El Totoral S/N, Parcela El Rosario, de la ciudad de El Quisco, declaro bajo juramento que:

- Son efectivos todos los antecedentes que acompaño.

- Proporcionaré la excavación de las calicatas requeridas para la confección del respectivo informe técnico, según número, ubicación y especificaciones técnicas indicadas por el Servicio.

- Brindaré las facilidades de acceso al predio a los funcionarios del SAG que realizarán la pericia correspondiente.

- Proporcionaré oportunamente cualquier otro antecedente que el Servicio requiera para mejor resolver.

- Conozco que, de no dar cumplimiento a los compromisos señalados precedentemente en los plazos correspondientes, el Servicio dará por desistida mi solicitud.

Firma

Nombre propietario /

Representante legal

Patricio Nuñez de Dompierre de Chaufepie

los organismos pertinentes responsables y en ella será aplicable lo dispuesto en el artículo 55º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

Área Rural Intercomunal, se conforma por la Zona Rural (ZR), la Zona Excluida al Desarrollo Urbano (ZEDU) y las Zona de Interés Silvoagropecuario (ZIS).

En particular se debe destacar que la presente Ordenanza, se complementa con la aplicación de los siguientes cuerpos legales: Ley de protección agrícola N º 3.557/80; Ley de caza Nº 19.473/96 y su Reglamento; D.S. Nº 366/44; Ley de

FORMULARIO 5.2. (C.I.P. - 1.4.4.) 1/4 CERTIFICADO DE INFORMACIONES PREVIAS
DIRECCIÓN DE OBRAS - I. MUNICIPALIDAD DE EL QUISCO REGIÓN: Valparaíso
1. IDENTIFICACIÓN DE LA PROPIEDAD (CERTIFICADO DE NÚMERO) A LA PROPIEDAD UBICADA EN CALLE Camino Vecinal LOCALIDAD Loma del Medio, El Totoral MANZANA *** LOTE *** ROL S.I.I. N° 372-20 LE HA SIDO ASIG NADO EL N° S/N 2. INSTRUMENTO(S) DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL APLICABLE(S) PLAN REGULADOR COMUNAL FECHA PLAN INTERCOMUNAL VALPARAISO 5TA. REGIÓN FECHA D.O. 24/04/06 AREA DONDE SE UBICA EL TERRENO (X) URBANA ZONA DE EXTENSIÓN URBANA X RURAL 3. DECLARATORIA DE POSTERGACION DE PERMISO (Art. 117 LGUC) PLAZO DE VIGENCIA *** DECRETO O RESOLUCION Nº *** FECHA *** 4. NORMAS URBANISTICAS (En caso necesario se adjunta hoja anexa) 4.1 USOS DE SUELO ZONA O SUBZONA EN QUE SE EMPLAZA EL TERRENO ZR USOS DE SUELOS PERMITIDOS:
Rural
regirán las normas establecidas por
SUPERFICIE PREDIAL MÍNIMA COEF. MÁXIMO DE CONSTRUCTIBILIDA PARA VIVIENDAS ALTURA MÁXIMA EDIF. SISTEMA DE AGRUPAMIENTO 10 Hás *** *** *** COEF. MÁXIMO DE CONSTRUCTIBILIDAD COEF. DE OCUPACIÓN DE SUELO OCUPACIÓN PISOS SUPERIORES RASANTE NIVEL DE APLICACIÓN *** *** OG.U.C. OGUC *** DISTANCIAMIENTO A MÍNIMO DISTANCIAMIENTOS CIERROS OCHAVOS *** O.G U.C. ALTURA % TRANSPARENCIA OGUC Art. 10 PRC. Art. 2.5.3 al Art. 2.5.8 OGUC 2.00 mts. Art. 10 PRC. 60 % Art. 10 PRC. OTRAS CONDICIONES: Cuando no exista zonificación y normativa específica, los cambios de uso de suelo, los proyectos de loteo, subdivisión predial,
Zona Excluida o Restringida al Desarrollo Urbano CERTIFICADO N° 194 FECHA CERTIFICADO 24/07/2020
En la Zona
(ZR)
El
urbanización, y/o edificación, deberán tramitarse según lo previsto en los artículos 55º y 116º de la Ley General de Urbanismo y Construcciones; y deberán cumplir con las disposiciones establecidas en los artículos 2.1.19, 3.1.7 y 5.1.6 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones

ESTACIONAMIENTOS REQUERIDOS SEGÚN USOS PERMITIDOS

ESTACIONAMIENTOS: (art. 12 ordenanza local)

1.Viviendas individuales, exceptuando viviendas sociales, 1 por vivienda

2.Conjuntos de viviendas o edificios de departamentos acogidos a la ley de propiedad horizontal, 1 cada 2 viviendas o departamentos

3.Viviendas sociales, No exigible

4. EQUIPAMIENTO

4.1. Escala Comunal

a) Salud (clínicas, postas, consultorios), 1 cada 50 m2.

b) Educación (liceos, colegios, academias, e institutos), 1 cada 50 alumnos

c) Seguridad (recintos de Carabineros, Investigaciones y Bomberos), 1 cada 50 m2.

d) Culto (templos, iglesias, parroquias), 1 cada 50 m2.

E) Cultura (bibliotecas, salas de conciertos, auditorios, teatros, y casas de la cultura), 1 casa 50 m2.

f) Organizaciones comunitarias, 1 cada 50 m2. No serán exigibles cuando la superficie útil sea inferior a 100 m2.

g) Deportes (estadios, canchas, piscinas, complejos deportivos medialunas, gimnasios), Se determinarán por la Dirección de Obras en base a un estudio de tránsito que para cada caso deberá acompañarse a la solicitud de permiso de edificación.

h) Esparcimiento y Turismo

h.1) Cines, 1 cada 25 m2.

h.2) Clubes sociales, quintas de recreo, hosterías, restoranes, hoteles, moteles, y residenciales, 1 cada 25 m2.

h.3) Discotecas, cabarets salas de baile y casinos, 1 casa 10 m2.

h.4) Parques de entretenciones, circos, zonas de picnic y zonas de camping, Se determinarán por la Dirección de Obras en base a un estudio de tránsito, que para cada caso deberá acompañarse a la solicitud de permiso de edificación

i) Comercio minorista

i.1) Supermercados, centros comerciales, mercados, puntos de expendio de combustibles líquidos (servicentros, estaciones de servicio y similares) y terminales de buses. Se deberá considerar un mínimo de 1 estacionamiento por cada 25 m2. Sin perjuicio de lo anterior, la Dirección de Obras estará facultada para exigir al momento de presentarse la respectiva solicitud de permiso de edificación se acompañe un estudio de transito que evalúe el impacto del proyecto sobre la vialidad circundante. Sobre esa base la Dirección de Obras podrá exigir la modificación del respectivo proyecto y/o aumentar el estándar antes indicado.

i.2) Locales comerciales individuales, 1. cada 25m2.

J) Servicios públicos (municipio, juzgados, administración pública (agua potable, alcantarillado, electricidad), 1. cada 50m2.

k) Servicios profesionales

k.1) Oficinas en general (abogados, médicos, notarios, etc.), 1 cada 50 m2.

k.2) Bancos e instituciones financieras, 1 cada 25 m2.

l) Servicios artesanales

l.1) Garajes y servicios de mantención y/o reparación de vehículos, 1 cada 25 m2.

l.2) Talleres en general (tornería, mecánica de precisión, mueblería, hilandería y similares), 1 cada 100 m2.

4.2) Escala Vecinal

a) Salud (dispensarios y consultorios), 1 cada 50 m2.

b) Educación (escuelas básicas, jardines y parvularios), 1 cada 50 alumnos

c) Seguridad (retenes de carabineros), 1 cada 50 m2.

INDUSTRIAS

1 cada 100 m2, siendo aplicable lo dispuesto para almacenamiento. Sin perjuicio de lo anteriormente dispuesto, las rampas de salida de estacionamientos situados a distinto nivel de la calzada, deberán consultar, dentro del predio particular – a partir de la línea oficial - un tramo horizontal, a nivel de acera, de una profundidad no inferior a 5.00 metros. Los edificios destinados al transporte de carga y/o pasajeros (terminales de buses, microbuses, taxis colectivos, y terminales de carga) se regirán además por las normas del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

HISTÓRICA

FORMULARIO 5.2. (C.I.P. - 1.4.4.) 2/4
*** *** *** ***
AREA DE RIESGO AREA DE PROTECCIÓN ZONA O INMUEBLE DE CONSERVACIÓN
ZONA TÍPICA O MONUMENTO NACIONAL

4.2 LINEAS OFICIALES

POR CALLE TIPO DE VIA Camino Vecinal

LINEA OFICIAL

LINEA OFICIAL

LINEA OFICIAL

LINEA OFICIAL

DISTANCIA ENTRE L.O.

ANTEJARDÍN DISTANCIA L.O. A EJE CALZADA CALZADA

POR CALLE TIPO DE VIA

DISTANCIA ENTRE L.O.

ANTEJARDÍN DISTANCIA L.O. A EJE CALZADA CALZADA

POR CALLE TIPO DE VIA

DISTANCIA ENTRE L.O.

ANTEJARDÍN DISTANCIA L.O. A EJE CALZADA CALZADA

POR CALLE TIPO DE VIA

DISTANCIA ENTRE L.O.

ANTEJARDÍN DISTANCIA L.O. A EJE CALZADA CALZADA

CROQUIS DE UBICACION

N.

5.- CARACTERÍSTICAS DE URBANIZACIÓN

ESTADO DE LA URBANIZACIÓN: EJECUTADA NO RECIBIDA NO GARANTIZADA NO

FORMULARIO 5.2. (C.I.P. - 1.4.4.) 3/4
APROX
SUPERFICIE
:

NOTA: El presente Certificado mantendrá su validez y vigencia mientras no se publiquen en el Diario Oficial modificaciones al correspondiente instrumento de planificación territorial, o a las disposiciones legales o reglamentarias pertinentes, que afecten las normas urbanísticas aplicables al predio.

PAGO DE DERECHOS

TOTAL, DERECHOS MUNICIPALES (Art. 130 N° 9 L.G.U.C.) $ 5.032 GIRO DE INGRESO MUNICIPAL/COD. AUTORIZACIÓN N° 828 FECHA 24/7/2020

DISTRIBUCIÓN:

Patricio Núñez de Dompierre de Chaufepie patito.papa@gmail.com

Avda. Francia Nº 011, El Quisco

Este documento ha sido firmado electrónicamente de acuerdo con la ley N° 19.799 Para verificar la integridad y autenticidad de este documento ingrese el código de verificación: 1894618-5f9d4a en: https://fed.gob.cl/verificarDoc/docinfo

FORMULARIO 5.2. (C.I.P. - 1.4.4.) 4/4

Fecha de Emisión: 23 de Agosto de 2020

CERTIFICADO DE AVALÚO FISCAL DETALLADO

Avalúos en pesos del SEGUNDO SEMESTRE DE 2020

Comuna : EL QUISCO Número de Rol de Avalúo : 00372 − 00020 Dirección o Nombre del bien raíz : LOMA DEL MEDIO Destino del bien raíz : AGRICOLA Registrado a Nombre de : NUNEZ DE DOMPIERRE DE CHAUFEPIE RUN o RUT Registrado : 4.458.152 − 3

Avalúo SUELO : $ 11.166.192 Avalúo CONSTRUCCIONES

Casa Patronal : $ 0 Agro Industrial : $ 0 Beneficio Casa Patronal : $ ( 0 )

AVALÚO TOTAL : $ 11.166.192

Avalúo EXENTO de Impuesto : $ 11.166.192 Avalúo AFECTO a Impuesto : $ 0

Superficie Suelo (Ha) : 20,40 Superficie Construcciones (m²) : 0

El avalúo que se explicita en este documento es el que corresponde a los antecedentes recopilados por el Servicio en el presente proceso de reavalúo y que se considerará en el proceso de exhibición que se regula en el articulo 6° de la Ley N° 17.235. Se recuerda que la oportunidad para deducir eventuales impugnaciones al avalúo del predio es dentro del plazo que establece el artículo 149 del Código Tributario. Este Certificado no acredita dominio del bien raíz.

CERTIFICADO GRATUITO

Página 1 de 2
Certificado de Avalúo Fiscal Detallado 1/2
Página 2 de 2 ANEXO CERTIFICADO DE AVALÚO DETALLADO Avalúos en pesos del SEGUNDO SEMESTRE DE 2020 Comuna : EL QUISCO Número de Rol de Avalúo : 00372 − 00020 Dirección o Nombre del bien raíz : LOMA DEL MEDIO Destino del bien raíz : AGRICOLA Detalle Avalúo Líneas de Suelo Línea Suelo Sector Exención Superficie (Ha) Avalúo 1 SEXTA DE SECANO 1 7,20$ 6.235.184 2 SEPTIMA DE SECANO 1 13,20$ 5.276.354 Subtotal $ 11.511.538 Camino Distancia % Ajuste Avalúo Suelo DE TIERRA 8 3,00 $ 11.166.192 Detalle Avalúo Líneas de Construcción Línea Clase Calidad Año Destino Condición Especial Cantidad Avalúo NO REGISTRA Por Orden del Director CERTIFICADO GRATUITO Certificado de Avalúo Fiscal Detallado 2/2
Fecha de Emisión: 23 de Agosto de 2020

COPIA VIGENTE

Conservador de Bienes Raíces de Casablanca

Certifico que el presente documento electrónico es copia fiel e íntegra de su original, reproducido en las siguientes páginas.

Conservador de Bienes Raíces de Casablanca certifica que la copia de la inscripción de fojas 1935 número 2343 correspondiente al Registro de Propiedad del año 2008, adjunta al presente documento, está conforme con su original y se encuentra vigente al día 28 de Agosto de 2020.-

Conservador de Bienes Raíces de Casablanca.Calle Teniente Merino n° 21, Casablanca.-

Registro de Propiedad Fs 1935 Nº 2343 de 2008.Cantidad páginas documento (incluida la presente): 2 Carátula Nº 300183.- Código retiro 0e9f4 Casablanca, 28 de Agosto de 2020.-

Emito el presente documento con firma electrónica avanzada (ley No19.799, de 2002), conforme al procedimiento establecido por Auto Acordado de 13/10/2006 de la Excma. Corte Suprema.Certificado Nº 123457032010.- Verifique validez en www.fojas.cl.-

Digitally signed by JOSE ANTONIO SARIEGO CANTWELL

Date: 2020.08.28 13:36:46 -04:00

Reason: Conservador Patricio Ramirez Oyarzun Location: Casablanca - Chile

Nº Certificado 123457032010.www.fojas.cl Pag: 1/2 JOSE ANTONIO SARIEGO CANTWELL

Emito con firma electrónica avanzada (ley No19.799, de 2002) AA de 13/10/2006 de la Excma. Corte Suprema.Certificado Nº 123457032010.- Verifique validez en www.fojas.cl .-

Pag: 2/2

MEMORIA EXPLICATIVA APLICACIÓN ART 55° LGUC

Yo PATRICIO HENRY NUÑEZ DE DOMPIERRE DE CHAUFEPIE, carnet de identidad RUT: 4.458.152-3, con domicilio en Camino El Totoral S/N, Parcela El Rosario, localidad de El Totoral comuna de El Quisco, vengo en solicitar lo que adelante se indica:

En calidad de propietario del lote ubicado en Camino vecinal S/N, Predio Loma del Medio, Fundo Las Pataguas, localidad de El Totoral, del área rural de la comuna de El Quisco, Rol de Avalúo N° 372-20, con inscripción en el Conservador de Bienes Raíces de Casablanca, a fojas 1935 Nº 2343 del Registro de Propiedad del año 2008, cuyos deslindes son:

Al Norte : 375.56 m, en línea mixta (D-A) con estero Carvajal.

Al Sur : 232.73 m, en línea recta (B-C) con camino vecinal.

Al Este : 568.65 m, en línea recta (C-D) con parte de la propiedad de Marcel Naresttoy Padilla y otro

Al Oeste : 603.03 m, en línea recta (A-B) con Fernando Rivero y otro.

Requiero de las autoridades del SAG San Antonio, autorización para desafectar del destino agrícola, áreas de proyecto habitacional, en régimen de copropiedad tipo A, consistente de 32 viviendas y áreas comunes correspondientes según OGUC. La superficie de cada programa es explicitada en los cuadros de superficie inserta en planos. Las obras de arquitectura estarán destinadas a la construcción de viviendas sociales -o viviendas de hasta 1000 UF-, todas de carácter individual y que cuenten con los requisitos para postular al subsidio del Estado.

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