EXPEDIENTE PERMISO
(deslizar imágenes a la izquierda)
J U A N – L U I S M E N A R E S ARQUITECTO CALCULISTA U.T.F.S.M.
JUAN.MENARES@UG.UCHILE.CL WHATSAPP +56941055309
(deslizar imágenes a la izquierda)
JUAN.MENARES@UG.UCHILE.CL WHATSAPP +56941055309
DE: NICOLAS RODRIGO VELASCO JENSCHKE
ANT: No considera MAT: Ingreso antecedentes
DIRECTORA DE OBRAS (S)
PROPIETARIO
JUAN LUIS MENARES RODRIGUEZ ARQUITECTO
Estimada Srta. Paulette Thirs Juzan Directora de Obras (S)
Ilustre Municipalidad de CONCÓN
Mediante la presente hacemos entrega a usted y su equipo de los antecedentes necesarios para SOLICITUD DE PERMISO DE OBRA MENOR. Esta correspondiente a obras de VIVIENDA UNIFAMILIAR en propiedad rol 03467 − 00002, ubicada en calle LS PESCADORES 775 CONCÓN SUR, comuna de CONCÓN, Región de VALPARAISO
Sin otro particular y de antemano agradeciendo el valor de su tiempo, le saludan:
JUAN-LUIS MENARES RODRÍGUEZ
NICOLAS RODRIGO VELASCO JENSCHKE Arquitecto I.C.A. 10.867 Propietario
Viña del Mar, octubre de 2022
Adjunta: Expediente.
DIRECCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES DE:
FECHA DE INGRESO (A llenar por la DOM)
(*) Registro de Proyecto Inmobiliario , según Art 7° D.S. N° 167 de 2016 MTT
Conjuntamente con la solicitud de AMPLIACIÓN como OBRA MENOR, el solicitante tramita los siguientes permisos, adjuntando la documentación correspondiente (Inciso tercero Art. 5.1.4. de la OGUC):
CONSERVADOR
BIENES RAÍCES
PROYECTO PARA QUE EL QUE SE PRESENTA ESTA SOLICITUD. ADJUNTA
NOTA Puntos 2 y 3: De existir dos o más propietarios y/o dos o más bienes raíces,
EL PROPIETARIO DECLARA QUE LAS OBRAS SE EJECUTARÁN CONFORME A LAS DISPOSICIONES DEL CAPÍTULO 6 DEL TÍTULO 5 DE LA OGUC, NORMAS QUE SOLO SON APLICABLES A CONSTRUCCIONES DE UNO O DOS PISOS (Inciso final del Art. 5.1.7. OGUC) En caso que se declare que las obras NO se ejecutarán conforme a las disposiciones del Capítulo 6 del Título 5 de la OGUC, deberán presentarse los antecedentes respectivos, junto con la identificación y firma del (o de los) profesional(es) que corresponda(n) en esta Solicitud.
(*) Para los efectos de Sociedades constituidas bajo el Régimen Simplificado de la Ley 20.659 de 2013, inscritas en el Registro de Empresas y Sociedades del Ministerio de Economía, Fomento y Turismo, o bien aquellas personerías derivadas de otros actos jurídicos como un mandato especial u otro equivalente.
R.U.T. FIRMA
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL CONSTRUCTOR (Si al momento de ingresar esta solicitud no se ha designado este profesional, deberá acreditarse tal calidad ante la DOM, antes del inicio de las obras, Art. 1.2.1. de la OGUC) R.U.T.
TELÉFONO CELULAR PATENTE PROFESIONAL FIRMA COMUNA
NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DEL INSPECTOR TÉCNICO DE OBRA (podrá individualizarse hasta antes del inicio de las obras) R.U.T. R.U.T. FIRMA
CORREO ELECTRÓNICO
(*) Decreto 134 (V.yU.) de 2002: 1ª Categoría: Puede revisar todo tipo de proyectos de obras de edificación, cualquiera sea la cantidad de metros cuadrados calculados. 2ª Categoría: Proyectos de obras de edificación en que la cantidad de metros cuadrados calculados no exceda los 15.000 m2 . En el caso de unidades repetidas éstas no deben sobrepasar los 8.000 m2 3ª Categoría: Proyectos de obras de edificación en que la cantidad de metros cuadrados calculados no exceda los 10.000 m2 . En el caso de unidades repetidas éstas no deben sobrepasar los 6.000 m2
SUPERFICIE OCUPACIÓN INCLUIDA
SUPERFICIE TOTAL DEL PREDIO O LOS PREDIOS (m
S. EDIFICADA SUBTERRÁNEO (S)
S. Edificada por nivel o piso nivel
PRESENTE AMPLIACIÓN (a) o (b) del cuadro 6.6
(según
que se incrementa en el o los terrenos del proyecto, sin considerar en el cálculo, la cantidad de personas que ocupaban las edificaciones existentes, incluso si estas fuesen demolidas para materializar el proyecto. Sólo podrá descontarse la carga de ocupacion de edificaciones a demoler, en los casos que el permiso de demolición se solicite en forma conjunta con la solicitud de permiso de edificación, y se adjunten los antecedentes respectivos a dicha solicitud, conforme al inciso final del artículo 5.1.6. y al inciso tercero del artículo 5.1.4., ambos de la O.G.U.C.
(Carga de ocupación del proyecto calculada según el art. 4.2.4. de la OGUC) x 10.000
Superficie del terreno (que considera el terreno más la superficie exterior hasta el eje del espacio público adyacente existente o previsto en el IPT hasta un máximo de 30 m)
El porcentaje final de cesión corresponderá al porcentaje preliminar (letras (a) o (b)) del cuadro 6.6 anterior, salvo que dicho porcentaje, sumado a los efectivamente efectuados en permisos anteriores (letra (c) del cuadro 6.7) supere el 44%. En este último caso, el porcentaje preliminar deberá rebajarse hasta que el acumulado sea de 44%.
Certificados de inscripción vigente en caso de revisores independientes y de Cálculo Estructural, e ITO, en los casos que corresponda.
Informe
Informe
Declaración
Certificado
Proyecto
(Exigible
Solicitud de demolición, según Art. 5.1.4. N° 5 Otros (especificar)
Croquis de
de
Planos a escala 1:50 con planta general y elevaciones, con cotas mínimas indispensables con individualizacion de los recintos y cuadro de superficies (según N° 6 de la letra A del Numeral 1 del Art. 5.1.4. OGUC)
Especificaciones Técnicas
DEBERÁ ACOMPAÑARSE AL MOMENTO DE LA SOLICITUD, UNA COPIA DE LOS DOCUMENTOS Y PLANOS. UNA VEZ QUE EL EXPEDIENTE ESTÉ APTO PARA EL OTORGAMIENTO DEL PERMISO, DEBERÁ ACOMPAÑARSE DOS NUEVAS COPIAS DE LOS PLANOS, CUADRO DE SUPERFICIE Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.
cuando corresponda
Proyecto de Telecomunicaciones (Art 11 de D.S.
Estudio de carga Combustible, según Art. 4.3.4. OGUC
Estudio de Seguridad, según Art. 4.2.13., 4.2.14., 4.2.15., 4.3.1., 4.3.2., 4.3.6. OGUC
Estudio de Evacuación, según Art. 4.2.10. OGUC Plano y memoria de Accesibilidad cuando corresponda (Según Art. 5.1.6. N° 14 OGUC)
167
2016/
Estudio Impacto sobre Sistema de Transporte Urbano (EISTU) Art. 2.4.3., 4.5.4., 4.8.3., 4.13.4. OGUC (Exigible conforme a plazos del Artículo primero transitorio de la Ley N° 20.958)
Autorización Previa del Consejo de Monumentos Nacionales (Zona Típica) Ley 17.288 y sus modificaciones artículo 30 N°1
Autorizacion SEREMI MINVU inciso segundo art 60 LGUC según corresponda Estudio específico de riesgo que incluye medidas y obras de mitigación Art. 2.1.17. OGUC
Construcciones en el área rural (Autorización MINAGRI (en caso de loteos) o Informes favorables SAG y SEREMI-MINVU en caso de construcciones), Art. 55 LGUC
(especificar)
INGRESO
MUNICIPALES
D.F.L.: Decreto con Fuerza de Ley
I.P.T:Instrumento de Planificación Territorial.
SAG: Servicio Agrícola y Ganadero D.S: Decreto Supremo LGUC: Ley General de Urbanismo y Construcciones SEREMI: Secretaría Regional Ministerial EISTU: Estudio de Impacto Sistema Transporte Urbano MH: Monumento Histórico
SEIM: Sistema de Evaluación de Impacto en Movilidad.
GIM: Giro de Ingreso Municipal MINAGRI: Ministerio de Agricultura.
ICH: Inmueble de Conservación Histórica MINVU: Ministerio de Vivienda y Urbanismo
ZCH: Zona de Conservación Histórica IMIV:Informe de Mitigación de Impacto Vial MTT: Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones ZOIT: Zona de Interés Turístico INE: Instituto Nacional de Estadísticas OGUC: Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones ZT: Zona Típica NOTAS: (SOLO PARA SITUACIONES ESPECIALES)
COMPROBANTE DE INGRESO
DE OBRAS
MUNICIPALIDAD
Avalúos en pesos del SEGUNDO SEMESTRE DE 2022
Comuna : CONCON Número de Rol de Avalúo : 03467 − 00002 Dirección o Nombre del bien raíz : LS PESCADORES 775 CONCON SUR Destino del bien raíz : HABITACIONAL Registrado a Nombre de : VELASCO JENSCHKE NICOLAS RODRIGO RUN o RUT Registrado : 15.644.248 − 8
AVALÚO TERRENO PROPIO : $ 60.129.046 AVALÚO CONSTRUCCIONES : $ 3.630.906
AVALÚO TOTAL : $ 63.759.952
AVALÚO EXENTO DE IMPUESTO : $ 50.723.085 AVALÚO AFECTO A IMPUESTO : $ 13.036.867
SUPERFICIE TERRENO (m²) : 300 SUPERFICIE CONSTRUCCIONES (m²) : 87
El avalúo que se explicita en este documento es el que corresponde a los antecedentes recopilados por el Servicio en el presente proceso de reavalúo 2022 y que se considerará, de no existir modificaciones en el catastro de los bienes raíces, en el proceso de exhibición que se regula en el articulo 6° de la Ley N° 17.235. Se recuerda que la oportunidad para deducir eventuales impugnaciones al avalúo del predio es dentro del plazo que establece el artículo 149 del Código Tributario.
Este Certificado no acredita dominio del bien raíz.
Por Orden del DirectorCERTIFICO: Que la presente copia corresponde a la inscripción de Fs. 1789 a Fs. 1789 vta. Nº 1722 del Registro de Propiedad, del Conservador de Bienes Raíces de Concon, correspondiente al año 2020 Concon, a 26 de Mayo de 2020.- Certificado generado por MRT.-
Esta hoja corresponde a la inscripción de Fs. 1789 Nº 1722 del Registro de Propiedad, del Conservador de Bienes Raíces Concon, correspondiente al año 2020.- Concon, 26 de Mayo de 2020 .-
Copia Autorizada, Fs:1789, Nro 1722 de 2020, Propiedad.Certificado emitido con Firma Electronica Avanzada.Ley Nº 19.799 - Autoacordado Excma Corte Suprema de Chile.Cert Nº 123457139137, Carátula N º:132362.- Código retiro: ef3cf Verifique validez en www.fojas.cl
OFICIOSEIMN° R.VA-0000003647/2022
ANT.: Ingreso de características de Proyecto de Crecimiento Urbano en el Sistema de Evaluación de Impacto en la Movilidad, N° ID 05132840
MAT.: Informa flujos vehiculares y flujos totales de viajes en otros modos inducidos por el proyecto y determina exención o tipo de Informe de Mitigación de Impacto Vial requerido. VALPARAÍSO, 21 DE OCTUBRE DE 2022
Mediante la presentación señalada en el antecedente, se ingresaron al Sistema de Evaluación de Impacto en la Movilidad las siguientes características de un proyecto de crecimiento urbano, a emplazarse en la comuna de Concón, identificado bajo el N° ID 05132840:
Nombre Proyecto: VIVIENDA UNIFAMILIAR
Tipo de crecimiento urbano: Densificación
Tipo de trámite: Proyecto de obra nueva Rol Región Comuna Dirección 03467-002 Valparaíso Concón
PESCADORES # 775
Proyecto Residencial Vivienda Casa Total terreno Total edificado
Uso de suelo Destino/Clase
construido 300 m²
m²
A partir de dicha información, el sistema efectuó la estimación de los flujos vehiculares y flujos totales de viajes en otros modos generados y atraídos por el proyecto, correspondientes al total de viajes en transporte privado, en transporte público y en modos no motorizados, como ciclos y peatones, obtenidos a partir de las tasas de generación o atracción de viajes aplicables, arrojando los siguientes resultados:
Flujo total inducido Valor Unidad Categoría IMIV Nº de intersecciones
Transporte privado motorizado 1 Veh/h EXENTO 1
Viajes en otros modos 1 Viajes/h EXENTO 1
Atendidos los resultados de la estimación de flujos, para transporte privado motorizado se concluye que:
El proyecto se encuentra exento de presentar un Informe de Mitigación de Impacto Vial, sin perjuicio que se deba dar cumplimiento a las exigencias normativas relacionadas con el sistema de movilidad local que le sean aplicables, contenidas en la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en su Ordenanza General o en otras disposiciones legales y reglamentarias.
Atendidos los resultados de la estimación de flujos, para viajes en otros modos se concluye que:
El proyecto se encuentra exento de presentar un Informe de Mitigación de Impacto Vial, sin perjuicio que se deba dar cumplimiento a las exigencias normativas relacionadas con el sistema de movilidad local que le sean aplicables, contenidas en la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en su Ordenanza General o en otras disposiciones legales y reglamentarias.
Considerando el resultado de ambas categorizaciones EXENTO para transporte privado motorizado y EXENTO para viajes en otros modos. Se determina la exención de presentar informa de mitigación vial.
Se hace presente en el caso de que su proyecto realice su aporte al espacio público mediante estudios, proyectos, obras o medidas y que alguna de estas obras o medidas estén incluidas al interior del área de influencia del proyecto, deben ser consideradas para la definición de la distribución de los flujos (Artículo 3.5.1, Decreto 30).
Lo señalado en este oficio mantendrá su validez y vigencia mientras no se modifiquen las características del proyecto informadas en el SEIM ni se publiquen en el Diario Oficial modificaciones a las normas urbanísticas, legales o reglamentarias pertinentes, que afecten la zona en que esté emplazado el predio o la estimación de los flujos efectuada por el sistema.
Sin otro particular, le saluda atentamente,
El area de influencia deberá extenderse hasta las paradas o estaciones de transporte público que utilizarían los usuarios, considerando un maximo de 2 intersecciones adicionales si fuese necesario, en las respectivas rutas peatonales de entrada y salida
Benigno Alejandro Retamal Rodríguez Secretaría Regional Ministerial de Transportes y Telecomunicaciones Región de Valparaíso 21/10/2022 15:25
PLANCHA FIBROCEMENTO
PLANCHA FIBROCEMENTO EN ÁREAS SOCIALES Y DE SERVICIOS. PLANCHA YESO CARTÓN EN HABITACIONES
CERÁMICOS SOBRE PLANCHA FIBROCEMENTO
CIELOS
PLANCHA YESO CARTÓN
POLIESTIRENO EXPANDIDO
POLIESTIRENO EXPANDIDO
CERÁMICOS SOBRE RADIER EN TODAS LAS ÁREAS
ATABLERADAS
PERFILERIA DE ALUMINIO
RED DE AGUA POTABLE
CAÑERÍAS DE COBRE EMBEBIDAS, GRIFERÍA CORRIENTE.
RED ALCANTARILLADO
COLECTOR PÚBLICO
INSTALACION SANITARIA
TUBERÍAS DE PVC HDPE, ARTEFACTOS ECONÓMICOS.
RED ELECTRICA
RED AÉREA PÚBLICA.
CANALIZACIÓN PVC EMBUTIDO, CABLES DE COBRE TIPO L, ARTEFACTOS ECONÓMICOS.
NO TIENE NO TIENE
INSTALACIÓN ELECTRICA RED DE GAS NO TIENE
TERMINACIÓN EXTERIOR
PINTURA ESMALTE SINTÉTICO TEJUELA ASFÁLTICA
TERMINACIÓN CUBIERTA
CROMÁTICA FACHADAS
BLANCO
CROMÁTICA CUBIERTAS
MATERIAL VISTO MUROS CORTAFUEGO
RESISTENCIA AL FUEGO F-120: FIBROCEMENTO 120 MM F-60: NO CONSIDERA F-60: NO CONSIDERA F-60: NO CONSIDERA F-30: CARPINTERÍA MADERA
MUROS ZONA VERTICAL MUROS CAJA ASCENSORES MUROS DIVISORIOS UNIDADES ELEMENTOS SOPORTE VERTICAL
TABIQUES Y MUROS NO SOPORTANTES ESCALERAS ELEMENTOS SOPORTE HORIZONTAL TECHUMBRE CIELO FALSO
S/R: TABIQUERÍA MADERA S/R: NO CONSIDERA F-30: CARPINTERÍA MADERA F-15: MADERA PREFABRICADOS F-15: YESO CARTON
MUROS DE CONTENCIÓN
NO TIENE
VENTILACIÓN FORZADA
VENTILACIÓN MECÁNICA DE TIRO FORZADO EN LOGGIA
PORCENTAJE VIDRIADO
40% EN VIDRIO MONOLÍTICO
DECLARACION SIMPLE ARQUITECTO PROYECTISTA (Artículo 5.1.4, Numeral 1, Inciso 4, de la O.G.U.C)
Yo JUAN LUIS MENARES RODRÍGUEZ arquitecto patrocinante de la OBRA MENOR, ubicada en LOS PESCADORES 775 de la comuna de CONCON; declaro que la edificación proyectada, cumplen con las normas de la Ley General de Urbanismo y Construcciones y la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones.
JUAN LUIS MENARES RODRÍGUEZ ARQUITECTO U.T.F.S.M. RUT 15.069.551-1
Viña del Mar 18 de octubre de 2022
Ingreso DOM N"20220418L de fecha 13.09.2022.
Responde lo que indica. 14 de septiembre de 2O22.
En relación a documento(s) de edificación, en circunstancias que el(os) presentemente referido(s) no es(son) acreditado(s) por el Propietario y no se encuentran en los archivos de esta DOM.
El Director(S) de Obras de Concón que suscribe, certifica:
1- Que el{os) siguiente(s) documento(s) de la propiedad urbana Rol de Avalúo No 3393-129, dirección calle Los Pescadores N"121, Lote 5 Concón Sur, Mz QQ, Comuna de Concón, solicitado(s) mediante ingreso 2O22O4t81de fecha 13 de septiembre del año 2A22.
2- Esta Dirección de Obras consultando el registro documental "Solnet" no se advierten antecedentes presentados por el propietario, tramitados en esta dirección, o en la DOM de Viña del Mar en su época.
Nota: Se deja constancia que, desde la instauración de la nueva Municipalidad de Concón en L997, esta dirección inicio funciones careciendo de muchos antecedentes técnicos perdidos en el invierno del año 1984 debido a la inundación del archivo subterráneo de la llustre Municipalidad de Viña del Mar.
Por lo anterior, Se extiende el presente certificado a petición de la Sr. Nicolas Rodrigo Velasco Jenschke, cedula de identidad No 15.644248-8, para fines de justificación en general.
1. MUNIC¡PALIDAD DE CONCÓN DIRECCIÓN DE OBRAS Y URBANIZACIONES DEPARTAfulENTO DE CATASTRO