Cambio climático y sostenibilidad. Pasen y Vean

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plan de formación continua para empleados públicos de la federación de servicios y administraciones públicas de comisiones obreras (fsap-ccoo)

La Federación de Servicios y Administraciones Públicas de Comisiones Obreras desde su Secretaría de Formación gestiona a partir del año 1995 los Planes de Formación Continua de esta entidad, dentro de los Acuerdos de Formación Continua para las Administraciones Públicas (AFCAP) que se suscribieron por primera vez en marzo de ese mismo año. En estos doce años hemos llevado a cabo una ingente tarea de formación para los empleados públicos, llegando con nuestros cursos a más de 300.000 personas de todas las Administraciones Públicas a través de más de 9.200 acciones formativas. Desde el inicio de nuestros Planes de Formación Continua, una de nuestras intenciones ha sido ofertar calidad tanto en el profesorado e infraestructuras, como en los materiales formativos, creando desde esa fecha una colección de libros que se actualiza anualmente o cuando lo requiere el contenido. Todo este trabajo no hace otra cosa que reflejar la importancia que damos a la formación de los empleados públicos, recogida en el articulado del IV AFCAP firmado el 17 de octubre de 2005 (BOE. núm. 277. de 19 de noviembre de 2005). Este incorpora nuevas líneas de actuación, entre las que destacamos las siguientes: “Potenciará todas aquellas iniciativas que, adaptando metodologías y horarios, tiendan a favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral, así como la participación de empleados públicos con cualquier tipo de discapacidad y otros colectivos que pudieran tener mayores dificultades en la realización de las actividades formativas que se realicen dentro de este Acuerdo. “ “Se adaptan los correspondientes certificados de asistencia o aprovechamiento, de acuerdo con los requisitos previamente establecidos a tal efecto por

la Comisión General para la Formación Continua, que deberán ajustarse a la legislación vigente en materia de reconocimiento de la formación profesional y de las cualificaciones.” “Para este fin las Administraciones Publicas facilitarán la inscripción en el correspondiente Registro de Personal, o en su defecto en los expedientes personales, de los diplomas o certificados de los cursos expedidos por los promotores de formación continua y superados por sus participantes. “ “Las Administraciones Públicas adoptarán las disposiciones oportunas para que los certificados o diplomas de los cursos expedidos por los promotores de formación continua puedan ser presentados por los interesados en los procedimientos de provisión de puestos y en los procesos de promoción interna, para su consideración como méritos por los Tribunales o Comisión de Valoración. Todo ello sin perjuicio de que su puntuación habrá de basarse en la calidad, duración, materias impartidas y otros criterios objetivos vigentes en los sistemas de valoración de cada Administración Pública, sin discriminación, en ningún caso, por razón de la naturaleza o identidad del promotor. “ “Se establecen criterios generales a los que habrían de ajustarse las certificaciones de asistencia y aprovechamiento de las acciones formativas contenidas en los planes aprobados, así como su adaptación a la legislación vigente en materia de reconocimiento de la Formación Profesional y de las Cualificaciones.”

ALFONSO LÓPEZ  |  CAMBIO CLIMÁTICO Y SOSTENIBILIDAD  |  PASEN Y VEAN

“Hacer lo que hay que hacer y hacerlo bien”


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