Nยบ 134
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Ana Pastor al frente del Ministerio de Fomento
23-26 OCTUBRE
2012
Infraestructuras para el Transporte
FAX
fiaa@ifema.es
(34) 91 722 57 90
SUMARIO
la revista de Asintra
Revista de información sobre el transporte de viajeros por carretera Nº 134 Director Rafael Barbadillo Subdirectora Victoria de Mora-Figueroa Redacción y colaboradores Adrián Borrego Fernando J. Cascales Ignacio González-Estrada José A. Herce Óscar Martínez Ana Ramos Gloria de Eugenio Secretaría Mª José Alamego
Editorial
Propuestas Empresariales
Edita Federación Española Empresarial de Transporte de Viajeros ASINTRA Méndez Álvaro 83. Oficina 14. 28045 Madrid Tel.:91 431 98 64 - Fax:91 506 43 30 www.asintra.org - f.asintra@asintra.org
Asintra
Rafael Barbadillo elegido Presidente del Consejo Nacional de Transportes Terrestres ASINTRA celebró su Junta Directiva en CEOE
Entorno nacional
Organizaciones federadas F. ASINTRA ACT (Asociación Cultural del Transporte) ACUTRAVI (Cuenca) ADIVA (Valencia) APETAM (Málaga) ARTEX (Extremadura) ASEMTRAEX (Extremadura) ASETRA (Segovia) ASINTRA ANDALUCÍA-EXTREMADURA ASINTRARAGÓN ASINTRA-MADRID ASINTRA-PAÍS VASCO ASOTRABÚS (Soria) ASOVAL (Alicante) ASTRA (Asturias) ASTRAM (Madrid) ASVIPYMET (Asturias) AUDICA (Cataluña) BUSINTRA (Nacional Urbanos) ESTABÚS (Estaciones de Autobuses) FEBT (Baleares) FEDA (Albacete) FEGABÚS (Galicia) TOLEDO TRANSGACAR (Galicia)
Ana Pastor al frente del Ministerio Fomento Nuevo organigrama de Fomento La subida del gasóleo y el incremento fiscal del profesional sitúan a las empresas en una difícil situación Se solicita una subida extraordinaria del 7,7% de las tarifas regulares
Unión Europea
Ejercicio de la profesión y acceso al mercado internacional Se revisa la normativa del tacógrafo
Foro de expertos
Publicidad María Vega - Tel. 606 210 558
Depósito legal: M. 14.368-1985 Copyright El material informativo, tanto gráfico como literario, que incluye la revista ASINTRA no podrá ser utilizado, ni en todo ni en parte, por ningún otro medio informativo, salvo autorización expresa de la dirección de la misma, salvo si se cita claramente su procedencia. Tampoco se podrá emplear como base de anuncios o cualquier otra propaganda sin la mencionada autorización. La dirección de esta publicación no comparte necesariamente los artículos firmados en éste ni en ningún otro número.
El autobús como herramienta de competitividad Luces y sombras en el proceso de renovación de las concesiones de transporte regular de viajeros por carretera La morosidad de las Administraciones Públicas desde la nueva Ley de Contratos del Sector Público Las deudas de las Administraciones públicas para con las empresas de transporte público de viajeros por carretera
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05 06
11 12 18 20
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38 41 46 53
Formación
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Empresa
60
La Lupa del Autobús
64
Ferias y Congresos
66
Industria
70
Nombramientos
80
Información
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EDITORIAL
DITORIAL
Propuestas Futura Empresariales
Futura política de política de transporte transporte
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Una transformación radical del transporte de la
Una transformación radical del transporte de la
Europea se está organizando conregistrando la elabora- hace que las La menorUnión actividad económica que se está organizando la elaboración delEuropea nuevo Librose Blanco que marcará tasas deUnión movilidad también loestá hagan. La caída ladepolítica lacon demanda, cifrada ción del nuevo Libro Blanco que marcará la la política común de transporte para los próximos 10 años, en un 17% desde que se inició la crisis en verano de 2007, evoluhasta 2020, y que previsiblemente publicará a máximo ción del común precio delde gasoil, que en enero hase alcanzado su histótransporte para los próximos 10 años, mediados mes de diciembre. rico, situándose endel 1,36 superando el record alcanzado en julio hasta 2020, y€/litro, que previsiblemente se publicará a de 2008 y con un incremento en el último año del 18%, a lo que hay mediados del mes de diciembre. Los elpilares principales sobre que descansará la que añadir incremento fiscal, al los igualarse prácticamente el gasóleo futura política de transporte serán la descarbonizaprofesional al particular, y la preocupante y creciente morosidad de las Los principales sobre los que descansará la ciónpilares de lacuya actividad sector, basándose para administraciones, deudadel con el sector asciende a 1.098 millones futura política de transporte serán la descarbonizala supone disociación del uso combustibles de euros,ello lo en que el 29% dede lalos facturación delfósector, están side la actividad delsituación. sector, basándose para tuando ación lasyempresas en una Desde el inicio de la siles el crecimiento de ladifícil demanda de movilidad, crisis han más de de 350 empresas de de viajeladesaparecido prestación de servicios movilidad de los altatransporte caliello en la disociación del uso de combustibles fóros por carretera. dad producidos con los menores así como siles y el crecimiento de larecursos, demanda de movilidad, la prestación creación de un verdadero único de de alta calila de serviciosmercado de movilidad
A pesar de estos datos, año surgirán oportunidades transporte con la este abolición de las barreras actual- para el secdad producidos con los menores recursos, así como tor, oportunidades basadas en que somos un aliado determinante para mente existentes entre los modos y sistemas naciola creación de un verdadero mercado único de la austeridad de las arcas públicas y la racionalización de la movilidad, nales. no hay transporte una forma decon transporte de personas más económica y de la abolición de las barreras actualcalidad que transporte de viajeros Paraelconseguir estos objetivos, la autobús. Comisión mente existentes entre en los modosseycensistemas nacio-
trará en la gestión de la demanda de transporte, la nales.
Hemos elaborado catálogo de propuestas tecnología yunenamplio la eliminación de algunas trabas al empresariales que es necesario llevar a la practica con urgencia para salir de la situamercado único, queestos delimitarán las características Para conseguir objetivos, la Comisión se cención actual. Las prioritarias son: del transporte del futuro.
trará en la gestión de la demanda de transporte, la
tecnología en la eliminación algunas una trabas al 1. Recuperar unidad de mercado, es necesario mayor Segúnladatos deyla Comisión, el para sectorello dede transporte coordinación entre las diferentes administraciones. mercado único, las características debería ser capaz de que reducirdelimitarán sus emisiones entre un 45% transporte y un 60% entredel 1990futuro. y 2050. El reto es enorme del
2. Reducir la morosidad supone un porque de 1990 a de 2008laslasadministraciones, emisiones crecieronporque un grave perjuicio para las empresas 24%, principalmente por eldel usosector. indiscriminado del
Según datos de la Comisión, el sector de transporte vehículo privado. debería ser capaz reducirpúblicas sus emisiones entreporun 3. Externalizar la gestión de lasde empresas de transporte, 45% y un 60% entre 1990 y 2050. El reto es enorme que los costes de operación inferiores en la gestión privada. El borrador del nuevoson Libromuy Blanco fija el transporte porque de 1990 a 2008 emisiones urbano como el segmento quelas mayor potencialcrecieron un 4. Reducir de para las cargas en uso araslaindiscriminado a potenuna mayor eficiencia 24%, principalmente pormediante el del tiene reduciradministrativas sus emisiones y competitividad. ciación de los transportes colectivos, el uso de la bivehículo privado. cicleta y a pie, para ello propone el uso de tasas y
5. Es necesario realizar urgentemente una revisión tarifaria incentivos por Con estas Eldeborrador delprácticas nuevo ecológicas. Libro Blanco fija el transporte extraordinaria para reequilibrar las concesiones de servicios regulares. prácticas las emisiones del transporteque urbano po- potencial urbano como el segmento mayor Los incrementos de los últimos años han sido inferiores a la evolución drían reducirse en más del 80%, según datos de la tiene para reducir sus emisiones mediante la potende los costes.
Comisión.
ciación de los transportes colectivos, el uso de la bi6. La actividad discrecional y turística deelmanera decisiva cicleta pie, para ellocontribuye propone uso de tasasaly También,ysearefiere al transporte interurbano cidesarrollo de otras actividades económicas, especialmente el turismo, tando al transportepor en autocar y al ferrocarril como Con estas de incentivos prácticas ecológicas. por lo que debe incluirse dentro del Plan General de Fomento del Tumodos para reducir las emisiones. prácticas las emisiones del transporte urbano porismo. drían reducirse en más del 80%, según datos de la Según la información de que disponemos, el trans7. Impulsar la comodalidad e intermodalidad, para ello es necesario la Comisión. porte en autobús y autocar tendrá un papel relecoordinación de los sistemas de transporte, desarrollando políticas vante en la futura política de transporte, ya que es que favorezcan el máximo aprovechamiento de la infraestructurasciy También, seyrefiere al transporte un modo eficaz eficiente que contribuye, no interurbano solo redes detando transporte. al transporte en autocar y al ferrocarril como
a la reducción de las emisiones de gases contami-
modos para reducir lasel emisiones. nantes, quede además es más económico, 8. Impulso de unsino plan infraestructuras especificas es del sector como seguro y socialmente rentable. Pero para ello es ne- etc. carriles bus y estaciones de autobuses, intercambiadores,
cesario dotarlo de las infoestructuras infraestrucSegún la información de quee disponemos, el transturas necesarias, como carriles bus y estaciones de porte en autobús y autocar tendrá un papel rele9. Revisión de la Orden de autorizaciones de transporte para redimenautobuses, SAEs, Galileo…. sionar las empresas, el número de vehículos para vante en laelevando futura política demínimo transporte, ya que es acceder un al mercado. modo eficaz y eficiente que contribuye, no solo En Asintra siempre hemos creído en el gran potenacial laque reducción de las emisiones de contaminuestro modo tiene. Bienvenida seagases la urbano 10. Promulgación de una ley de financiación del transporte nantes, sinode que además es el más económico, es nueva política transporte, es inteligente y sostenible. seguro socialmente rentable. Perocada parauno ello neDebemos pensaryglobalmente y actuar localmente, dees nosotros debemos hacer, en nuestro pequeño ámbito de actuación, las cocesario dotarlo de las infoestructuras e infraestrucsas lo mejor posible para cambiar la situación. turas necesarias, como carriles bus y estaciones de autobuses, SAEs, Galileo….
ASINTRA
Rafael Barbadillo elegido Presidente del Consejo Nacional de Transportes Terrestres Durante la última reunión del Consejo Nacional de Transportes Terrestres (CNTT), celebrada en el Ministerio de Fomento, se eligió a Rafael Barbadillo como presidente y a José Ignacio Iturbe como vicepresidente. El consejo es un órgano superior de asesoramiento, consulta y debate sectorial de la Administración del Estado, en asuntos que afecten al funcionamiento del sistema de transportes. Con una composición mixta, el Consejo está integrado por expertos en materia de transportes terrestres designados, en razón de su competencia, por la Administración del Estado, y por otro lado por los representantes de los diversos sectores que tienen interés en el transporte terrestre: del Comité Nacional del Transporte por Carretera, de Agencias de Viaje, de los usuarios, de las Centrales Sindicales, de las empresas de fabricación y carrozado de vehículos, de RENFE y FEVE, del transporte aéreo, de la Administración del Estado y de las Comunidades Autónomas, así como expertos en transportes terrestres de reconocido prestigio.
Las competencias del Consejo están establecidas reglamentariamente, correspondiéndole, informar en el procedimiento de elaboración de los Planes de Transporte, así como proponer a la Administración las medidas que se consideren pertinentes en relación con la coordinación de los transportes por carretera, y de éstos con otros modos de transporte.
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ASINTRA
ASINTRA celebró su Junta Directiva en CEOE Antes de finalizar el año, ASINTRA celebró su última reunión de Junta Directiva en la sede de CEOE, en Madrid.
autonómicas en concepto de transporte escolar principalmente.
Los principales puntos objeto de debate fueron:
• La necesidad de una revisión extraordinaria de las tarifas de los servicios interurbanos regulares de viajeros por carretera.
• La situación de los concursos de los servicios de transporte público regular permanente y de uso general de viajeros por carretera dependientes del Ministerio de Fomento.
• La obligación, desde el 1 de enero de 2012, de que todos los autobuses adscritos a la red de servicios regulares del Ministerio de Fomento ostenten la nueva la imagen distintiva Bus.es
• La entrada en vigor, el 4 de diciembre, de los Reglamentos 1071/2009 y 1073/2009, sobre el ejercicio de la profesión de transportista por carretera y el acceso al mercado internacional de los servicios de autobuses y autocares.
• La revisión del Memorándum de Transporte por parte del Consejo del Transporte y la Logística de CEOE.
• La preocupante situación del sector ante las deudas de las Administraciones Públicas, quienes deben a las empresas de transporte en autobús 1.098 M€, lo que supone el 29% de la facturación total del sector, y las diferentes acciones que se están poniendo en marcha en este sentido. Estas deudas corresponden principalmente a las administraciones locales, que adeudan 768 M€ por los servicios de transporte urbano y el resto de las administraciones
• La propuesta de modificación, de la Comisión Europea, del Reglamento (CEE) nº 3821/85 del Consejo, relativo al aparato de control en el sector de los transportes por carretera, y del Reglamento (CE) nº 561/ 2006 del Parlamento Europeo y del Consejo. • La modificación de la Directiva 2003/96 sobre la fiscalidad de la energía, que se está llevando a cabo por parte de la Unión Europea. • La revisión de la Directiva sobre Tiempos de Trabajo, propuesta por la Comisión Europea.
Se modifica el tipo impositivo del gasóleo profesional En el BOE del 31 de diciembre se publicó el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, destacando la modificación del apartado 6 del artículo 52 bis de la Ley 38/1992, de 28 de diciembre, de Impuestos Especiales con efecto 1 de enero de 2012, quedando el importe de devolución del gasóleo de uso profesional en 1 € por 1.000 litros. El derecho por devolución tiene un límite de 50.000 litros por vehículo profesional, por lo que el importe máximo de devolución anual sería de 50 € por vehículo, frente a los 1.450 € que se venían devolviendo hasta ahora. Esta devolución es el resultado de restar al tipo impositivo del gasóleo de uso general de 307 € el nuevo tipo establecido por el citado Real Decreto-ley, siendo de 306 €.
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ASINTRA
• Las recomendaciones de ASINTRA para la negociación colectiva para 2012. • La puesta en marcha de la 4ª Edición del Máster en Dirección y Gestión de Empresas de Transporte de Viajeros por Carretera.
QBE, y Ricardo Sanz, director general de WILLIS, compañías con las que ASINTRA ha firmado un acuerdo de distribución para comercializar un seguro exclusivo para los asociados de ASINTRA, que está dirigido especialmente a aquellas empresas que cuenten
• Los cursos obligatorios de formación continua (35 horas) que ASINTRA imparte para obtener la Tarjeta de Certificado de Aptitud Profesional CAP.
con una flota de vehículos inferior a 30 unidades. Amplio en coberturas, cubre el riesgo de circulación a terceros de autobuses y minibuses (RCO, RCV, SOV, Defensa y Reclamación) a un precio altamente competitivo.
Al término de la reunión, se incorporaron Constanza Gallegos, directora general de
Finalmente, QBE y WILLIS ofrecieron un almuerzo a los asistentes.
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ASINTRA
ASINTRA firma un acuerdo con INSIA 〔
Para certificar la seguridad en empresas de autobuses ASINTRA ha firmado un convenio de colaboración con el Instituto Universitario de Investigación del Automóvil, INSIA, de la Universidad Politécnica de Madrid, para la obtención, por parte de las empresas asociadas, de la Certificación de la Seguridad en Empresas de Autobuses y Autocares (CSEAA), potenciando el transporte colectivo mediante la certificación de dos parámetros imprescindibles, la calidad y la seguridad. INSIA ha desarrollado una metodología de Certificación elaborada a partir de un programa propio de investigación específico para aquellas empresas dedicadas al transporte de autobuses y autocares que deseen obtener un reconocimiento en cuanto a los resultados obtenidos con respecto a la seguridad implantada. Además este certificado CSEAA, es necesario para todas las empresas de transporte de viajeros por carretera que quieran contratar con la Administración General del Estado. Más servicios para los asociados 1. Acuerdos. ASINTRA también ha alcanzado otros acuerdos con diversos proveedores, y en condiciones preferentes, para todos sus asociados: seguros (WILLIS y QBE) para autobuses en condiciones muy especiales; asesoramiento y gestión fiscal, contable, laboral. Gestión de Tráfico y Ayuntamiento; gestión fiscal especializada y recuperación de impuestos en el extranjero, especialmente recuperación de IVA para empresas de autobuses que realicen servicios en Alemania y Austria; Tarjeta Gasoil Cepsa, descuento por litro de gasoil; gasóleo profesional, recuperación del impuesto; Servicio de Prevención de Riesgos Laborales; Banco Popular, condiciones especiales de Financiación; libro CAP Viajeros.
2. Formación. Cursos gratuitos presenciales, a distancia y online: 4ª Edición del Máster en Dirección y Gestión de Empresas de Transporte de Viajeros por Carretera; CAP Continuo; Técnicas de conducción de vehículos para el transporte de viajeros; Atención al cliente en el transporte de viajeros; Atención al cliente con discapacidad del transporte de viajeros; Primeros auxilios en el transporte de viajeros; Formación para formadores del transporte de viajeros; Tacógrafo digital; Conducción sobre simulador (Prevención de accidentes de tráfico); Evacuación de autobuses y primeros auxilios; Atención y servicio al usuario para conductores; Evacuación de autobuses y primeros auxilios; Conducción en situaciones de emergencia de transporte de viajeros; Conducción específica para conductores de autobuses y acompañantes de viajeros con características especiales; Jornada: evacuación y seguridad para el transporte escolar; Conducción económica y racional; Mantenimiento y seguridad de autobuses; Seguridad en el transporte escolar y de menores; Transporte de personas con movilidad reducida; Gestión de reclamaciones e incidencias; Control de estrés en la conducción; Prevención de riesgos laborales; Primeros auxilios; Evacuación de autobuses y primeros auxilios; Reclamaciones e incidencias; Comunicación y atención al viajero; Atención y servicio al usuario; Evacuación de autobuses y primeros auxilios; Control de estrés en la conducción; Perfeccionamiento en la conducción transporte urbano colectivo (autobuses y autocares); Jornada: evacuación y seguridad para el transporte escolar. 3. Asesoramiento: laboral, fiscal, ayudas, sanciones, etc. 4. Gestión: tramitación y venta de libros nacionales e internacionales: Ruta, Reclamaciones CEE e Interbus; Licencia Comunitaria, 9
ASINTRA
tramitación en el Ministerio de Fomento; certificados de paralización de autocares (discrecional, regular y urbano); compulsas de documentos; Adhesivos Medioambientales, para poder circular en determinadas ciudades europeas. 5. Información: circulares informativas, sobre normativa de transporte de viajeros por carretera: fiscal, laboral, transporte regular, discrecional, escolar, seguros, financiación, ayudas, subvenciones, jornadas, ferias, seminarios, asambleas, formación, etc; telefónicamente, atención de cualquier tipo de
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consulta en materia de transporte de viajeros por carretera; prensa diaria e información semanal (Semanal de Asintra) por correo electrónico, con todas las noticias de actualidad sobre el transporte de viajeros por carretera, y envío de la Revista Asintra con toda la información del sector. 6. Representación en Instituciones: Consejo Nacional de Transportes Terrestres, Comité Nacional del Transporte por Carretera, Cámara de Comercio, CEOE, CEIM, Consejo Económico Social, FIAA.
ENTORNO NACIONAL
Ana Pastor al frente del Ministerio Fomento •Vicepresidenta segunda del Congreso de los Diputados durante la IX Legislatura •Coordinadora de Participación Social del PP, elegida en el XVI Congreso Nacional, junio de 2008 •Secretaria ejecutiva de Política Social y Bienestar del PP, elegida en el XV Congreso Nacional, octubre de 2004 •Cabeza de lista del PP por Pontevedra en las elecciones generales de 2011, 2008, 2004. Diputada nacional en el año 2000 •Coordinadora de Participación y Acción Sectorial del Partido Popular (desde abril 2004) •Ministra de Sanidad y Consumo de julio de 2002 hasta abril de 2004
El pasado mes de diciembre, Ana María Pastor Julián fue nombrada Ministra de Fomento por el nuevo Presidente del Gobierno, Mariano Rajoy. Nacida en Zamora en 1957, está casada y es licenciada en Medicina y Cirugía por la Universidad de Salamanca. Médico Especialista en Medicina Familiar y Comunitaria. Funcionaria de Carrera del Cuerpo Superior de Salud Pública y Administración Sanitaria. MBA en Dirección de Empresas. Profesora de la Facultad de Ciencias Políticas de la Universidad Carlos III de Madrid. Máster en Salud Pública y Administración Sanitaria. Máster en Gestión Hospitalaria.
•Subsecretaria del Ministerio del Interior 2001-2002 • Subsecretaria del Ministerio de la Presidencia 2000-2001 • Subsecretaria del Ministerio de Educación y Cultura. 1999-2000 • Directora General de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE). 1996-1999 • Directora Provincial del Servicio Gallego de Salud en Pontevedra • Gerente de Atención Primaria del Servicio Gallego de Salud en Pontevedra
Experiencia profesional:
• Jefe de Servicio de Planificación Sanitaria en Pontevedra
• Diputada por Pontevedra en el Congreso en la X Legislatura
• Médico Asistencial en Salamanca, Ferrol y Pontevedra 11
ENTORNO NACIONAL
Nuevo organigrama de Fomento El Consejo de Ministros aprobó, mediante el Real Decreto 1887/2011 que se publicó en el BOE del 31 de diciembre, la estructura orgánica básica del Ministerio de Fomento, por la que se suprimen dos de sus tres Secretarías de Estado, -cuyas competencias quedan agrupadas en la Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructuras-, y se eliminan dos de las cuatro Secretarías Generales, manteniendo las de Infraestructuras y de Transporte. Con esta nueva estructura Fomento responde a la política de austeridad y eficiencia impulsada por el nuevo Gobierno.
1. La Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructuras de la que dependen los siguientes órganos directivos:
Esta estructura, con una única Secretaría de Estado, permite una mayor coordinación, mientras que las dos Secretarías Generales facilitan una planificación eficaz y un mejor desarrollo de la gestión en las áreas de infraestructuras y transporte, que a su vez garantizan el imprescindible nivel de interlocución con los sectores económicos interesados, las Administraciones Públicas territoriales, la propia organización de la Administración General del Estado y los organismos internacionales.
Incluye también una Dirección General de Carreteras y una Dirección General de Ferrocarriles destinadas a la planificación, proyecto y construcción de las vías de comunicación terrestre propias de cada ámbito. La Dirección General de Carreteras, gestionará también las tareas de conservación y explotación de sus redes.
Quedan suprimidos los siguientes órganos directivos: la Secretaría General de Relaciones Institucionales y Coordinación, la Secretaría General de Vivienda, la Dirección General de Relaciones Institucionales, la Dirección General de Arquitectura y Política de Vivienda y la Dirección General de Suelo y Políticas Urbanas. El Ministerio de Fomento se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
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• La Secretaría General de Infraestructuras, con rango de subsecretaría, de la que dependen entidades fundamentales para el sistema general del transporte español como ADIF (Administrador de Infraestructuras Ferroviarias), FEVE (Ferrocarriles de Vía Estrecha), CEDEX (Centro de Experimentación de Obras Públicas) o la consultora pública INECO.
• La Secretaría General de Transporte, con rango de subsecretaría, de la que dependen el ente público Puertos del Estado, AENA, RENFE o la sociedad de salvamento marítimo SASEMAR, dispone de tres direcciones generales destinadas a la ordenación del sector del transporte en cada uno de los modos existentes. Así, la Dirección General de Aviación Civil, la Dirección General de la Marina Mercante y la Dirección General de Transporte Terrestre se ocuparán de establecer y aplicar el marco normativo en el que debe desarrollarse el transporte de pasajeros y mercancías en sus respectivos ámbitos.
ENTORNO NACIONAL
• La Dirección General de Arquitectura, Vivienda y Suelo. Es responsable, entre otras funciones, de la ordenación general del sector de la edificación, la concesión de ayudas para la promoción y el acceso a la vivienda o la armonización de la actividad urbanística en España. 2. La Subsecretaría de Fomento: Como centro directivo que presta servicios comunes al conjunto del Ministerio se desglosa en: • La Secretaría General Técnica. • La Dirección General de Programación Económica y Presupuestos. • La Inspección General de Fomento.
Nacido en Madrid el 21 de junio de 1961, es licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Pertenece al Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado desde 1985 y ha ocupado distintos cargos en la Administración General del Estado, entre ellos los de director de Relaciones Laborales de AENA, director de Administración y Servicios de Navegación Aérea, director general de la Función Pública, subsecretario de Hacienda y secretario de Estado de Justicia. Ha sido director gerente del Hospital Ramón y Cajal.
• La Dirección General del Instituto Geográfico Nacional.
Desde 2005 dirige el Máster de Administración Pública de ESADE y es secretario general y del Consejo de Administración de CODERE S.A.
En los días sucesivos a la toma de posesión de la Ministra de Fomento, se han ido nombrando los siguientes altos cargos del Ministerio:
Además, es consejero del Consejo Social de la UNED.
Secretario de Estado de Planificación e Infraestructuras: Rafael Catalá Polo
Subsecretario de Fomento: Mario Garcés Sanagustín
Licenciado en derecho y diplomado en el Instituto de Derechos Humanos de Estrasburgo, es inspector de Finanzas de Hacienda del Estado e interventor y auditor del Estado. Actualmente era consejero de Hacienda y Administración Pública del Gobierno de Aragón y presidente de la Corporación Empresarial Pública de Aragón. Además, ha sido auditor nacional en la Dirección de la Oficina Nacional
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ENTORNO NACIONAL
de Auditoría (Ministerio de Economía y Hacienda) de 2004 a 2011, profesor de Derecho Administrativo de la Universidad Carlos III de Madrid y vocal asesor del Presidente del Gobierno de España (2000-2004).
Director General de Transporte Terrestre: Joaquín del Moral Salcedo
También ha ejercido la presidencia de la Asociación de Interventores y Auditores del Estado (2009-2011), vicepresidencia de la Federación de Cuerpos Superiores de la Administración del Estado (FEDECA) (2009-2011), y ha sido auditor nacional en la Dirección de la Oficina Nacional de Auditoría. Secretaria General de Transportes, Carmen Librero
Nacido el 25 de agosto de 1976, es Ingeniero Naval y pertenece al Cuerpo de Ingenieros Navales del Estado.
Es ingeniero Superior Aeronáutico. Además es funcionaria del Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos y post graduada en Programa de Alta Dirección de Empresa PADE. IESE 2000. Actualmente ocupaba el puesto de consejera de transportes en la Representación Permanente de España en la Unión Europea. De 1991 a 2011 desempeñó diversos puestos de responsabilidad en Aena, incluido el de directora general de 2008 a 2011. Previamente trabajó en la Dirección General de Aviación Civil así como en la Consultoría Técnica Aeroportuaria Sinconsult.
Ha desempeñado distintas responsabilidades en el Ministerio de Fomento en el ámbito de la Dirección General de la Marina Mercante y de la Dirección General de Transporte Terrestre, llevando la representación de la Subdirección General de inspección ante organismos internacionales relacionados con la materia y, en especial, con la Comisión Europea. Desde junio de 2009 fue Jefe de Gabinete de la Secretaría General de Transporte del Ministerio de Fomento, siendo además miembro del Consejo de Administración de la Sociedad de Salvamento y Seguridad Marítima (SASEMAR). Directora de Gabinete: Alicia Portas Martínez Licenciada en Derecho y graduada en Ciencias Empresariales, es funcionaria de carrera de la Escala Técnica de Administración General del Ayuntamiento de Pontevedra.
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ENTORNO NACIONAL
Desde 2004 era la directora de Gestión y Servicios Generales del Hospital Universitario La Paz de Madrid. Anteriormente, ha desempeñado numerosos puestos en la Administración Pública Estatal, autonómica y municipal. Así, ha sido directora del Gabinete de la ministra de Sanidad y Consumo, secretaria de la Delegación Territorial de la Consellería de Pesca y Asuntos Marítimos, de la Xunta de Galicia y jefe de Servicio de Promoción Económica y Patrimonio del Ayuntamiento de Pontevedra, entre otros. Director General de Carreteras: Jorge Urrecho Corrales Nacido en Madrid, en 1967, es Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos por la Universidad Politécnica de Madrid, y funcionario de Carrera del Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. Actualmente, ocupaba el puesto de Ingeniero Jefe Municipal del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón. Además, ha desempeñado diversos cargos en la Administración Pública, como el de consejero técnico de la Dirección General de Carreteras en la Subdirección de Conservación y Explotación del Ministerio de Fomento, y el de asesor del vicepresidente del Gobierno y ministro de la Presidencia, así como del ministro de Fomento, en el período de 1996 a 2004.
Ha ocupado distintos cargos en el Ministerio de Fomento, entre otros subdirector general de Planificación y Proyectos de Carreteras, subdirector general de Planes y Proyectos de Infraestructuras Ferroviarias y director general de Ferrocarriles. Desde 2004 es Vocal Asesor en el Ministerio de Fomento. Director General de Aviación Civil: Ángel Luis Arias Serrano Ingeniero aeronáutico por la Universidad Politécnica de Madrid, pertenece por oposición al Cuerpo Militar de Ingenieros Aeronáuticos del Ejército del Aire y al Cuerpo Civil de Ingenieros Aeronáuticos. Desde la creación de Aena en 1991 desempeña su labor profesional en esta Entidad Pública, siendo en la actualidad director de Estrategia, Innovación y Sostenibilidad. Anteriormente desarrolló su actividad profesional como Ingeniero militar de Infraestructuras en el Ejército del Aire, para posteriormente desempeñar las funciones de consejero técnico de la Dirección General de Aviación Civil. Ha sido miembro de numerosos grupos de trabajo y comités internacionales relacionados con la aviación civil y fue nombrado por la Comisión Europea, en 1998, vicepresidente del Grupo de Expertos para el Estudio y Definición del Futuro Sistema de Transporte Europeo.
Director General de Ferrocarriles: Manuel Niño González
Directora General de Arquitectura, Vivienda y Suelo: Pilar Martínez López
Es Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos por la Universidad Politécnica de Madrid, y Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid. Pertenece al Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. Master de Introducción a las Comunidades Europeas.
Licenciada en derecho, actualmente desempeñaba el cargo de delegada del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda del Ayuntamiento de Madrid, además de ser presidenta de la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo y vicepresidenta de la Federación de Municipios de Madrid. Fue consejera de Servicios
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ENTORNO NACIONAL
Sociales de la Comunidad de Madrid desde 1999 hasta 2003, así como concejala del Área de Gobierno de Economía y Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Madrid desde 2003 hasta 2004 y concejala del Área de Gobierno de Urbanismo, Vivienda e Infraestructuras del Ayuntamiento de Madrid desde 2004 hasta el 2007.
Control Financiero en la Intervención Delegada de la AECI. Es autor de numerosas publicaciones sobre contabilidad, presupuestos y auditoría del sector público.
Ha dirigido grandes proyectos de infraestructuras y transformación urbana de la ciudad de Madrid bajo el mandato del Alcalde Ruiz-Gallardón, además de dirigir la política de vivienda de la ciudad.
Licenciada en Derecho y funcionaria de carrera del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado. Número 1 de la XXIII Promoción.
Secretario General Técnico: Eugenio López Álvarez Licenciado en Derecho y Abogado del Estado. En la actualidad ejercía como abogado del Estado en la Audiencia Nacional y anteriormente lo fue en las Abogacías del Estado de Ceuta, de la Delegación de Gobierno en Castilla y León y en la del Ministerio de Administraciones Públicas. Con amplia experiencia en la Administración, ha sido secretario general técnico de los Ministerios de Interior, Presidencia y Administraciones Públicas de 2001 a 2003, y posteriormente, director general de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid. Director General de Programación Económica y Presupuestos: Juan Miguel Báscones Ramos Licenciado en Ciencias Económicas y Empresariales, es funcionario del Cuerpo de Gestión de la Hacienda Pública, especialidad de Contabilidad y funcionario del Cuerpo Superior de Interventores y Auditores del Estado.de Recursos Humanos de dicha entidad. Actualmente ocupaba el puesto de asesor técnico del Departamento Segundo de Fiscalización del Tribunal de Cuentas. Anteriormente desempeñó los puestos de Auditor Nacional Director de Equipos de la Oficina Nacional de Auditoría y jefe de Sección de
Inspectora General de Fomento: Pilar Fabregat Romero
Desde 2008 ha sido vocal asesora en la Dirección General de Cooperación Internacional y Relaciones Institucionales del Ministerio de Ciencia e Innovación. Previamente fue directora general de Gabinete de la Presidencia de Paradores de Turismo de España, directora general de Consumo y Atención al Ciudadano en el Ministerio de Sanidad y Consumo y directora general del Gabinete de la ministra de Sanidad y Consumo, además de otros puestos de responsabilidad en la Administración Pública Estatal. Director General del Instituto Geográfico Nacional: Amador Elena Córdoba Licenciado en Ciencias Químicas, ingresa en la Administración Pública en 1979 y en 1984 accede al Cuerpo Técnico Superior de la Administración de la Seguridad Social. Actualmente desempeñaba el puesto de director general de la Agencia Laín Entralgo, de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid. Anteriormente fue director gerente del Hospital Universitario Ramón y Cajal y del de Móstoles, director general de la Inspección General de Servicios de la Administración Pública del Ministerio de Administraciones Públicas y vocal asesor Adjunto a la Presidencia del Consejo Superior de Investigaciones Científicas y subdirector general de Recursos Humanos de dicha entidad.
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ENTORNO NACIONAL
La subida del gasóleo y el incremento fiscal del profesional sitúan a las empresas en una difícil situación Según datos del Boletín Petrolero de la Unión Europea, el precio del gasóleo ha alcanzado en enero su máximo histórico, situándose en 1,360 €/l, superando así el récord de julio de 2008 (1,329 €/l), momento en que el sector alcanzó un acuerdo con el Gobierno para paliar los efectos de tan importante incremento. Desde diciembre el precio del gasóleo se ha elevado un 5,26%, a lo que hay que sumar el incremento acumulado en 2011, que asciende a casi un 18%. Otra cuestión que afecta profundamente al sector es el incremento fiscal que ha sufrido el gasóleo profesional desde el 1 de enero de 2012, igualándose prácticamente al del gasóleo particular, al suprimirse la diferencia fiscal que existía entre ambos, pasando de 302 €/1.000 litros a 330 €/1.000 litros. Este incremento fiscal supone para un autobús que recorre una media de 70.000 km/año un incremento del 6,7% del coste del combustible. A estas circunstancias se suman la disminución de usuarios, la morosidad de las Administraciones y el aumento de costes. Todo ello está situando a las empresas de transporte de viajeros por carretera en una muy difícil situación. Desde el inicio de la crisis han desaparecido más de 320 empresas de transporte de viajeros por carretera. El sector viene solicitando desde hace tiempo una revisión extraordinaria tarifaria para poder
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actualizar el precio en función de la evolución del gasóleo, para reequilibrar las concesiones de los servicios regulares de viajeros por carretera.
El autobús: un aliado determinante para la austeridad de las cuentas públicas y la racionalización de la movilidad Este incremento extraordinario de tarifas debería ser de, al menos, un 7,7%, para permitir cubrir el déficit acumulado y evitar que el incremento del precio de los carburantes no lastre aún más el equilibrio económico de los concesionarios. Esta revisión tarifaria es fundamental para garantizar en el corto y medio plazo la provisión de unos servicios de movilidad esenciales para la sostenibilidad económica, social y medioambiental, y con unas exigencias y unos niveles crecientes de calidad. El transporte de viajeros por carretera es un aliado determinante para la austeridad de las cuentas públicas y la racionalización de la movilidad. No hay un modo de transporte de personas más económico y de calidad que el autobús.
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Se solicita una subida extraordinaria del 7,7% de las tarifas regulares Recientemente, la Sección de Transporte Regular del Departamento de Viajeros del Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC) remitió una carta a la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Fomento, en la que le trasmitía su preocupación por la difícil situación en la que se encuentra la mayor parte de las empresas del sector como consecuencia de la disminución de usuarios y del aumento de costes, especialmente del gasóleo. Se ha realizado un estudio, resumido a continuación, donde se recogen sólidos fundamentos que sustenta una subida tarifaria de los servicios interurbanos regulares de viajeros en autobús. De este estudio cabe concluir, según se expone ampliamente y se razona a lo largo de su texto, la necesidad de llevar a cabo una revisión tarifaria extraordinaria antes de que finalice el año o en cualquier caso en enero de 2012, que minore el deterioro del equilibrio económico que vienen experimentando los operadores de concesiones de servicios regulares de autobuses, y que cubra el incremento en costes que desde el 1 de enero van a tener que soportar los operadores como consecuencia del incremento fiscal. Este incremento extraordinario de tarifas debería ser de, al menos, el 7,7% adicional a los incrementos del 1,8% de abril y del 2,2% aprobado en julio a cuenta de la revisión tarifaria de 2012, para permitir cubrir el déficit acumulado hasta octubre de 2011, y evitar que el incremento del precio de los carburantes que previsiblemente se producirá a partir de enero de 2012 como consecuencia del cambio fiscal, no lastre aún más el equilibrio económico de los concesionarios. Esta revisión tarifaria es fundamental para garantizar
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en el corto y medio plazo la provisión de unos servicios de movilidad esenciales para la sostenibilidad económica, social y medioambiental, y con unas exigencias y unos niveles crecientes de calidad. Necesidad de una revisión extraordinaria de las tarifas de los regulares A continuación ofrecemos un resumen del Análisis de la evolución del equilibrio económico de los servicios interurbanos regulares de pasajeros en autobús, donde se concluye la necesaria revisión extraordinaria de las tarifas de estos servicios. La legislación vigente (LOTT) reconoce la pertinencia de subidas de tarifas extraordinarias para satisfacer la necesidad de garantizar el equilibrio económico del servicio de transporte, y en este caso, del servicio regular de transporte de viajeros por carretera. El objetivo de este documento es analizar si efectivamente este equilibrio económico se está garantizando, y de no hacerlo, cuál sería la revisión tarifaria necesaria para hacerlo. Para ello se ha llevado a cabo un análisis con dos perspectivas temporales: coyuntural, se analiza cuál ha sido la evolución de los principales componentes de costes en 2010 y lo que va de 2011 y estructural, se analiza la evolución de los costes y la evolución de las tarifas para el periodo 2003-2011. Por último, se lleva a cabo un análisis del impacto que dicha revisión podría tener sobre dos variables claves desde el punto de vista de las autoridades económicas y del regulador: (1) IPC; y (2) demanda de transporte colectivo frente al vehículo privado y, por tanto, impacto sobre la movilidad sostenible.
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Previo a este análisis, y con objeto de contextualizar el mismo, es necesario analizar cuál ha sido la evolución del otro factor determinante del equilibrio económico de los servicios regulares de transporte de viajeros: la demanda. Evolución del tráfico de viajeros en autobús La irrupción de la crisis económica en 2007 ha supuesto un cambio en el escenario en el que se prestan los servicios regulares de transporte de pasajeros en autobús, caracterizado por un descenso importante y sostenido de la demanda, tanto en el número de viajeros del conjunto de los servicios regulares generales, como de los viajeros-km y del nivel medio de ocupación de los autobuses. El número total de viajeros no ha dejado de descender desde 2005, con una pérdida acumulada total del 7,3%, observándose, según los últimos datos disponibles correspondientes a septiembre de 2011, una cierta estabilización de la tendencia bajista. No existen datos públicos sobre la evolución del volumen de viajeros-km para el conjunto de los servicios regulares generales en España, sin embargo, la evolución de esta variable en el caso de las concesiones estatales puede ser una buena proxi de cuál ha sido éste. El ajuste en este caso ha sido aún mayor que en el número de viajeros. Así, en el periodo 2005-2011 el volumen de viajeros-km ha descendido un 13,7% (corregido por el efecto de segregaciones de tráficos transferidos a las CCAA desde las concesiones estatales).
inferiores a los crecimientos de costes, sin que ello suponga poner en peligro el equilibrio económico y, por tanto, la prestación de un servicio público esencial como es el de garantizar la movilidad de personas en el territorio nacional, además de la propia pervivencia de las empresas y de los empleos vinculados. Evolución del equilibrio económico: necesidad de una revisión extraordinaria de tarifas Partiendo de la estructura de costes media de las concesiones estatales de servicio regulares generales de transporte de viajeros en autobús y de la evolución de las diferentes partidas de coste, es posible estimar el crecimiento del coste de los servicios regulares. El coste total en 2010 creció un 7,30%. El crecimiento de los costes se derivó de un incremento general en todas las partidas, pero especialmente del coste de combustible y costes de financiación, que a cierre de 2010 acumulaban un crecimiento del 20,60 y 22,90% respectivamente. El incremento en el coste de combustible es especialmente relevante por su peso dentro de la estructura de costes, al representar un 24,18% del total. El crecimiento de 2010 ha continuado en 2011 acumulándose hasta octubre un crecimiento del 4,12% respecto al cierre de 2010.
En paralelo al descenso en el número de viajeros, y debido a que, tanto el número de autobuses como de su tamaño no han descendido de manera equivalente, la ocupación media ha sufrido un descenso: un 4,6% desde 2005. El descenso de la ocupación media incide de manera directa en la rentabilidad por vehículo en la medida en que supone una reducción de los ingresos unitarios frente al mantenimiento de los costes.
El incremento de costes no se ha visto acompañado de un incremento en paralelo en las tarifas. De hecho, la revisión tarifaria a la baja (-0,29%) en julio de 2010 y las exiguas subidas del 1,8% y del 2,2% aprobadas en abril y julio de 2011 vienen a introducir un elemento que erosiona el equilibrio económico de los servicios de transporte de viajeros en autobús, dando lugar a un déficit tarifario de 3,59 puntos porcentuales si se tiene en cuenta el crecimiento de costes a cierre de 2010, y de 7,70 puntos porcentuales si se toma en consideración adicionalmente el crecimiento de los costes en los primeros diez meses de 2011.
Las malas perspectivas de crecimiento económico de la economía española para lo que resta de 2011 y para 2012, no permiten augurar crecimientos sustanciales y sostenidos del número de viajeros que supongan incrementos en los ingresos de los concesionarios suficientes para permitir subidas tarifarias
Este déficit tarifario va a ampliarse desde el 1 de enero de 2012 como consecuencia del incremento impositivo de aplicado al gasóleo profesional que pasa de 302 €/1.000 litros a 330 €/1.000 litros, lo que supone un incremento del 9,3%. Teniendo en cuenta que en la actualidad el límite por vehículo con de21
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recho a devolución de la diferencia entre gasóleo particular y gasóleo profesional es de 50.000 litros, y que el consumo medio por vehículo en el caso de las concesiones estatales es de 69.359 litros/año, el incremento impositivo se va a traducir en un incremento del 6,7% en el coste del combustible, que dado el peso del combustible en la estructura de costes supone crecimiento en los costes totales de alrededor del 1,6%. Crecimiento que, si no se ve compensado con una subida adicional de tarifas, llevaría a déficit tarifario acumulado desde 2010 de 9,32 puntos porcentuales.
incremento de los costes, en conjunto el balance es negativo, acumulándose un déficit tarifario (entendido como diferencia entre el crecimiento de la tarifa y el crecimiento de los costes), de 11,14 puntos porcentuales.
Por otro lado, la necesidad de llevar a cabo una revisión extraordinaria de tarifas es tanto mayor cuanto mayor cuanto mayor sea y más sostenido en el tiempo, el desfase entre evolución de las tarifas y la evolución de costes que ha experimentado el sector.
soportar los operadores como consecuencia del incremento fiscal.
En el periodo 2003-2010 los costes crecieron un 34,11% mientras el incremento tarifario ha sido del 22,97%. Si bien en algunos años, el incremento de las tarifas ha sido superior al 22
De todo lo anterior, cabe concluir la necesidad de llevar a cabo una revisión de tarifaria extraordinaria antes de que finalice el año o en cualquier caso en enero de 2012 que minore el deterioro del equilibrio económico que vienen experimentando los operadores de concesiones de servicios regulares de autobuses, y que cubra el incremento en costes que desde el 1 enero van a tener que
Este incremento extraordinario de tarifas debería ser de, al menos, el 7,7% adicional a los incrementos del 1,8% de abril de 2011 y del 2,2% aprobado en julio a cuenta de la revisión tarifaria de 2012, para permitir cubrir el déficit acumulado hasta octubre de 2011, y evitar que el incremento del precio de los carburantes que previsiblemente se producirá a partir
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de enero de 2012 como consecuencia del cambio fiscal, no lastre aún más el equilibrio económico de los concesionarios. Esta revisión tarifaria es fundamental para garantizar en el corto y medio plazo la provisión de unos servicios de movilidad esenciales para la sostenibilidad económica, social y medioambiental, y con unas exigencias y unos niveles crecientes de calidad.
La demanda de transporte interurbano regular en autobús frente a la alternativa del uso del vehículo privado o de otros modos depende fundamentalmente de: (1) el precio del servicio en relación con el nivel de renta; (2) la calidad del servicio, fundamentalmente en términos de velocidad comercial y fiabilidad; y (3) el precio relativo respecto a los otros modos de transporte.
Impacto de una posible subida tarifaria
Respecto al nivel de precios en relación con el poder adquisitivo, la comparativa internacional muestra cómo las tarifas españolas ajustadas por paridad de poder de compra están entre las más bajas de los países de nuestro entorno, existiendo en ese sentido margen para ajustes al alza consistentes con el poder adquisitivo de los potenciales usuarios.
Vista la necesidad de llevar a cabo una actualización extraordinaria de las tarifas con el fin de garantizar el equilibrio económico del servicio de transporte interurbano en autobús, se analiza el impacto de ese incremento sobre dos variables: el IPC y la demanda de transporte colectivo frente a la alternativa del vehículo privado.
1. Impacto sobre el IPC
En 2011, el peso del conjunto del transporte público interurbano (incluyendo además de autobús, tren, avión y otros modos) en el IPC es del 0,725%. No publica el INE la cifra exacta que supone el transporte interurbano en autobús regular, pero atendiendo a que éste representa un 37% del número total de viajeros, su peso en el IPC podría estar en el entorno del 0,265%. Teniendo en cuenta este reducido peso de las tarifas de autobús regular interurbano en el IPC, el impacto de la subida tarifaria extraordinaria propuesta del 7,7 % sobre el IPC sería del 0,02%. En términos de impacto sobre el poder adquisitivo de los hogares, la subida implicaría, para un hogar medio con una renta anual neta de 24.890 €, una pérdida de poder adquisitivo de 5,1 €/año. Un impacto muy reducido desde el punto de vista de la inflación y del poder adquisitivo de las familias, pero que, sin embargo, es determinante para garantizar la viabilidad económica y el sostenimiento del empleo de un servicio fundamental para garantizar la movilidad sostenible y la vertebración territorial de España. 2. Impacto sobre la demanda de transporte colectivo en autobús
Respecto al impacto en la demanda de una subida de tarifas y de la modificación de aspectos relativos a la calidad del servicio como es la velocidad comercial, los análisis realizados muestran que la elasticidad-calidad es muy superior a la elasticidad-precio, situándose la primera en -2,102 y la segunda en -0,619, lo que viene a señalar que el factor calidad es, dado el nivel reducido de tarifas existentes, mucho más determinante a la hora de determinar la demanda de transporte colectivo frente al vehículo privado de lo que lo es el nivel de tarifas, y que medidas como el establecimiento de carriles bus-vao, o de intercambiadores que acorten el tiempo de viaje son sustancialmente más determinantes para un cambio modal hacia el transporte colectivo de lo que lo son el mantenimiento de unas tarifas reducidas, que por otro lado, pueden poner en riesgo la capacidad para mantener un servicio de calidad en todo el territorio nacional. Aplicando la teoría de “precios hedónicos”, aumentos en la calidad del servicio recibido se traducen en aumentos de la disponibilidad a pagar de los usuarios y, por tanto, en un menor impacto en demanda de los incrementos en las tarifas no ajustadas por el efecto de mejora de la calidad. El moderado descenso de la demanda que provoca un aumento del precio del billete se ve más que compensado con las mejoras en la calidad a las que responde dicho aumento de precios. El usuario, en realidad, está pagando un poco más por un servicio mucho más valioso, con lo que el 23
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precio del mismo corregido por estas mejoras en la calidad desciende constantemente. En este sentido, cabe señalar el incremento que ha experimentado la calidad del servicio en los últimos años en términos de confort de los vehículos, servicios a bordo, servicio de información y venta de billetes, etc. Según los resultados de las encuestas de calidad realizadas por el Ministerio de Fomento a los usuarios de los servicios regulares nacionales, hay que señalar que sólo en el periodo 20062008 las mejoras en la calidad de estos factores van desde el 5,3% de la atención al 2,3% en el caso de la información y venta de billetes. Esta mejora de calidad, que tiene su reverso en un incremento de los costes para las empresas de autobuses, vendría a “minorar”, en línea con los anteriores argumentos, los incrementos tarifarios del servicio. Por último, y en relación a la evolución de las tarifas de autobús frente a la de otros modos de transporte y, por tanto, del posible impacto de un incremento de las mismas sobre la demanda, el análisis de las tarifas efectivas por viajero-km transportado muestran como éstas 24
han crecido sustancialmente menos de lo que lo han hecho las tarifas de los servicios ferroviarios, tanto los de cercanías-regionales como los de larga distancia-AVE, y también por debajo de los costes asociados al vehículo privado. Así, la tarifa efectiva por viajero-km del autobús en el caso de las concesiones estatales creció un 36% en el periodo 19972010, frente al 68,3% de los servicios de cercanías y regionales o del 111,5% de los servicios AVE y larga distancia, y también por debajo del crecimiento de la alternativa del vehículo privado (38,0%) y del IPC general, que en ese mismo periodo creció un 43%. A la vista de los anteriores datos, parece existir margen para incrementos tarifarios como los solicitados, sin que ello impacte de manera significativa ni sobre la inflación ni sobre las decisiones de los ciudadanos respecto al uso del autobús frente al vehículo privado. Los sustanciales incrementos de las tarifas de los modos ferroviarios vienen a constatar qué es factible y socialmente aceptable mayores incrementos tarifarios, especialmente si estos se traducen en un incremento de la calidad del servicio.
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Reunión anual del CNTC con los Directores Generales de Transporte Como cada año, a mediados de diciembre, se celebró la reunión anual de la Mesa de Directores Generales de Transporte con el Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC), en la cual las organizaciones empresariales integrantes expusieron las principales problemáticas del sector. El presidente del CNTC y de ASINTRA, Rafael Barbadillo, comenzó su intervención expresando su deseo de que reuniones como ésta se produzcan con mayor frecuencia, como mínimo tres al año, y con otro formato, estrechando así la relación con la Administración.
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En un año especialmente complicado, con unas previsiones que no mejoran para el próximo año, hizo hincapié en las más de 320 empresas de transporte de viajeros por carretera que han desaparecido desde el inicio de la crisis en julio 2007 (3.965 empresas frente a 3.644); en el importante y sostenido descenso de la demanda desde el inicio de la crisis, cifrada de media en el 20%; y en el incremento de costes, especialmente el combustible, la financiación y el personal. Asimismo, subrayó que, según datos del Boletín Petrolero de la Unión Europea, el precio
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medio del gasóleo el pasado noviembre llegó a 1,307 €/l, lo que sitúa a este combustible muy cerca de los niveles récord del verano de 2008 (1,329 €/l), momento en que el sector alcanzó un acuerdo con el Gobierno para paliar los efectos de tan importante incremento. El incremento interanual del precio del gasóleo, noviembre de 2010 (1,1145 €/l), asciende ya a un 17,3%. Otra cuestión que afectará profundamente al sector será el incremento fiscal que sufrirá el gasóleo profesional a partir del 1 enero de 2012, como consecuencia de la Directiva 2003/96, pasando de 302 € por mil litros a 330 € por mil litros el 1 de enero, quedando la devolución fiscal por vehículo al año en 50 € en vez de los 1.450 € actuales. Este incremento impositivo se va a traducir en un incremento del 6,7% en el coste del combustible para una media de 70.000 km anuales por vehículo. Por todo lo anteriormente expuesto, el presidente del CNTC señaló la necesidad de una revisión tarifaria extraordinaria para reequilibrar las concesiones de los servicios regulares de viajeros por carretera. Pero como principal preocupación destacó el i n c re m e n t o d e l a m o ro s i d a d d e l a s Administraciones Públicas, con una deuda estimada con el sector asciende a 1.098 M€, lo que supone el 29% de la facturación total del sector. Estas deudas corresponden principalmente a las administraciones locales, que adeudan 768 M€ por los servicios de t r a n s p o r t e u r b a n o y e l re s t o d e l a s administraciones autonómicas en concepto de transporte escolar principalmente y ayudas al transporte, que unido al escaso o nulo acceso a la financiación está situando a las empresas en una difícil situación. Recalcó la preocupación existente respecto a la elaboración de los presupuestos de algunas CC.AA., donde la partida destinada a la financiación del transporte en autobús disminuye y
aumentan las aportaciones al ferrocarril, cuando el autobús es el único modo que garantiza la movilidad de todos. Se refirió también a la necesidad de recuperar la unidad de mercado para eliminar las asimetrías porque colocan a las empresas de manera perjudicial ante el mercado, así como eliminar cargas administrativas existentes que suponen para el transporte de viajeros un coste adicional de 68 M€, equivalente al 2% de la facturación. Otras medidas prioritarias expuestas durante la reunión por el presidente del CNTC fueron: • Racionalizar la concepción de la red actual: fomentar sinergias de explotación, evitar oferta no productiva y la creación de nuevos servicios deficitarios, potenciando los existentes, favorecer la intermodalidad con los aeropuertos y estaciones de ferrocarril y flexibilizar la gestión con la introducción de tarifas valle, llano y punta. • Impulso decidido de la puesta en práctica del PLAN PLATA II, especialmente en lo relativo a las condiciones de contratación del transporte escolar por todas las administraciones públicas, para evitar las subastas que están descapitalizando al sector. • Redimensionamiento empresarial del acceso al mercado elevando el número mínimo de vehículos. • Impulso en la construcción de carriles bus o habilitación de las actuales infraestructuras por tramos horarios. • Mantenimiento de las ayudas al abandono de la actividad y a la formación, para hacer frente a los retos que tiene el sector de competitividad y profesionalización.
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Nuevos cómputos para las horas de presencia Ha entrado en vigor el Real Decreto 1635/ 2011, publicado a finales de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1561/1995, sobre jornadas especiales de trabajo, en materia de tiempo de presencia en los transportes por carretera.
sectorial de ámbito estatal podrán pactarse, para los supuestos previstos en las letras a), b), y d) del apartado 4, a efectos del citado límite de horas semanales, distintos criterios de cómputo de los referidos períodos de tiempo de presencia.
Este nuevo Real Decreto modifica puntualmente el 1561, a su vez modificado, en lo relativo al tiempo de trabajo de trabajadores
En todo caso y sin perjuicio de lo anterior, el período de un mes que se toma como referencia en el indicado artículo 8.3, podrá ampliarse hasta un máximo de dos meses mediante convenio colectivo sectorial de ámbito estatal, siempre que dicha ampliación se fundamente en la existencia de razones objetivas o técnicas o de organización del trabajo, tales como el carácter internacional de los servicios de transporte.» Observaciones
que realizan actividades móviles de transporte por carretera por el Real Decreto 902/2007, de 6 de julio. Consta de un artículo único en el que se da nueva redacción al apartado 5 del artículo 10 del Real Decreto 1561. Se completa además con cuatro disposiciones de la parte final: una derogatoria y tres finales. Así el apartado 5 del artículo 10 queda redactado en los siguientes términos: «5.Los períodos de tiempo de presencia indicados en el apartado 4 de este artículo se computarán para determinar el límite de horas semanales que se establece en el artículo 8.3. Exclusivamente mediante convenio colectivo
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La modificación del Real Decreto 1561/ 95, en lo atinente a los cómputos de horas de presencia, se produce a instancias de las Asociaciones de Transportes de Mercancías, y al hilo de los diferentes recursos - todos desestimados - que plantearon contra la modificación derivada del Reglamento CEE 561. Por lo que a las Asociaciones de Transporte de Viajeros sólo afecta lo concerniente a los cómputos de las horas de presencia derivadas de las dobles tripulaciones. En este sentido resulta positiva, ya que permite un computo diferente de estos tiempos de presencia (dobles tripulaciones), pero cabe criticar la iniciativa porque sólo permite un diferente cómputo mediante acuerdo Colectivo de carácter Nacional, que no existe en el sector de viajeros. Lo ideal es que el cómputo pudiera modificarse también por Convenios Colectivos Sectoriales de ámbito provincial o autonómico, que es la base por la que se articulan las relaciones laborales en el transporte de viajeros.
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Balance de Seguridad Vial 2011: las víctimas en autobús supusieron el 0,2% La DGT acaba de publicar el Balance de Seguridad Vial 2011, año en el que se han producido 1.338 accidentes mortales en carretera, en los que han fallecido 1.479 personas y 7.069 han resultado heridas graves. La cifra de víctimas mortales en accidentes de carretera en 2011 se ha situado al nivel de 1961, considerando que el escenario de movilidad es absolutamente distinto. (En 1961 había un millón y medio de vehículos y en 2011 hay 31 millones). En relación a 2010, se produce una reducción de la mortalidad del 14,5 %, y del 9,8% de los heridos graves. La accidentalidad en carretera desciende por octavo año consecutivo. En 2011 ha habido 2.762 muertos menos que en 2000, lo que supone una reducción acumulada del 65,1 por ciento. Y en cuanto a los heridos graves en vías interurbanas también se han registrado descensos. El año 2011, con 7.069 heridos graves, ha presentado un descenso del 9,8% respecto de 2010. Ese descenso es del 62,8% respecto de 2000.
Autobuses y autocares En todo el año 2011 se han producido 3 fallecidos en autocar o autobús en carretera. En el año 2000 fueron 42, por lo que el descenso ha sido del 92,9% en la cifra de fallecidos. Del total de víctimas en carretera en 2011 las producidas en autobús suponen un 0,2% del total de 1.479. De este modo, las cifras de siniestralidad del autobús se sitúan a niveles similares a los de la aviación. Conviene destacar que el sector del autobús invierte anualmente 490 M€ en la renovación de flotas y 8 M€ en la formación de los conductores, dos aspectos principales que tienen relación directa con la seguridad. Así, el transporte en autocar es una solución sostenible para la movilidad de personas, por su seguridad, economía, eficiencia energética y medioambiental, accesibilidad, capilaridad e universalidad.
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Ejercicio de la profesión y acceso al mercado internacional 1. Reglamento 1071/2009: ejercicio de la profesión de transportista
mina Gestor de Transporte, que se corresponde con el actual capacitado profesional.
El próximo 4 de diciembre entrará en vigor el Reglamento 1071/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo por el que se establecen las normas comunes relativas a las condiciones que han de cumplirse para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera y por el que se deroga la Directiva 96/26 del Consejo, relativa al acceso a la profesión de transportista de mercancías y de transportista de viajeros por carretera, así como al reconocimiento recíproco de los diplomas, certificados y otros títulos destinados a favorecer el ejercicio de la libertad de establecimiento de estos transportistas en el sector de los transportes nacionales e internacionales.
Asimismo, se modifica el programa de materias, ampliándose, que conforman los conocimientos necesarios para la obtención del título de Gestor de Transporte.
Esta modificación se debió principalmente a la necesidad de homogeneizar la aplicación de las normas de acceso a la profesión, ya que la aplicación de la Directiva es muy diferente en los Estados miembros, lo que se traduce en una distorsión de la competencia, al igual que se eleva la cualificación profesional de las personas que realizan las labores de dirección en las empresas de transporte. El citado Reglamento regula los requisitos para ejercer la profesión de transportista y como deben acreditarse tales requisitos. Estos requisitos son: establecimiento en un Estado miembro, honorabilidad, capacidad financiera y competencia profesional. Además de los requisitos anteriormente relacionados, un empresa que ejerza la actividad de transporte por carretera deberá nombrar al menos a una persona física que dirija efectiva y permanentemente la empresa y tenga un vínculo real con ésta, como el de ser empleado, director, propietario o accionista, o, en caso de que la empresa sea una persona física, sea esa persona. Esta persona se deno30
Otorgamiento de autorizaciones de transporte Este Reglamento introduce nuevas exigencias para el otorgamiento de las autorizaciones de transporte y modifica algunas existentes. Así, la Dirección General de Transporte Terrestre del Ministerio de Fomento ha dictado una Resolución de Coordinación (1/2011) para fijar los siguientes criterios de interpretación aplicables, en tanto no se aprueben nuevas normas de derecho interno que modifiquen el actual régimen jurídico de las autorizaciones: 1. El requisito de tener un establecimiento efectivo y fijo en España, no contemplado como tal en toda su extensión en las Órdenes, deberá ser, no obstante, exigido para la obtención de nuevas autorizaciones desde el 4 de diciembre. Se tendrán en cuenta las siguientes reglas: a) La empresa deberá tener un establecimiento situado en España con locales en los que se conserven los documentos principales de la empresa. b) Por lo que se refiere a la disposición de vehículos matriculados en España, se aplicarán todas las reglas contenidas en Órdenes, tanto en lo que se refiere a matriculación y habilitación para circular, como a su número y características técnicas. c) En lo referido al equipamiento administrativo necesario y el equipamiento y las ins-
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talaciones técnicas adecuadas para el ejercicio para el ejercicio efectivo y permanente de las operaciones de la empresa, no se exigirá, por el momento, requisito añadido alguno por cuanto ni las Órdenes ni el Reglamento comunitario concretan materialmente dicha exigencia. 2. Las exigencias de nuestro ordenamiento jurídico en materia de capacitación profesión cumplen el mínimo exigido por el Reglamento, por lo que deberán continuar aplicándose en sus términos actuales en tanto no sean modificadas expresamente. Aunque el Reglamento permite elevar el nivel de dichas exigencias, será necesario que, en su caso, dicha elevación se plasme en la correspondiente norma jurídica para que pueda resultar exigible. 3. En relación con los requisitos de honorabilidad y capacidad financiera, cabe decir otro tanto señalado en el punto anterior respecto a la capacitación profesional. 4. Acerca de la nueva figura de gestor de transporte, provisionalmente, mientras no se regulen más detalladamente los criterios de aplicación respecto a la misma, puede considerarse que las reglas actualmente señaladas acerca de la persona a través de las que la empresa cumple el requisito de capacitación profesional cumplen mínimamente las exigencias del Reglamento. 5. Por cuanto se refiere a todos aquellos requisitos exigidos en las Órdenes para la obtención de las autorizaciones que no se encuentran incluidos en el punto 1 del artículo 3 del Reglamento, deben considerarse establecidos al amparo de lo que se dispone en el punto 2 de dicho artículo y, en consecuencia, continuarán siendo exigidos. 6. El Reglamento exige a los Estados miembro realizar un control al menos cada cinco años para comprobar que las empresas cumplen todos los requisitos que en él se exigen. A la vista de ese plazo no consideramos imprescindible realizar inmediatamente a la entrada en vigor del Reglamento una comprobación generalizada del nivel de cumplimiento de tales requisitos por los empresarios que operan en el mercado. 32
En consecuencia, con objeto de reducir la carga burocrática que ello pueda suponer a empresas y Administraciones, dicho control generalizado se llevará a efecto en relación con los empresarios que ya son titulares de autorizaciones de transporte con ocasión del visado de los años 2013 (transportitos de viajeros) y 2014 (transportistas de mercancías). Con ocasión del visado de 2012, únicamente se realizará el control idéntico al llevado a cabo en años anteriores, si bien se exigirá a cuantas empresas tengan su establecimiento empresarial en el domicilio particular de una persona física que indiquen otros locales de los que dispongan por algún título válido en derecho a los que los servicios de Inspección del Transporte podrán acceder para comprobar su documentación o, en caso contrario, que autoricen expresamente el acceso de éstos al domicilio particular de que se trate a los efectos anteriormente señalados. Certificado de competencia profesional Asimismo, Fomento también ha dictado la Resolución de Coordinación 2/2011 para clarificar la utilización de certificado de competencia profesional previsto en el Reglamento. La Directiva 96/26/CE, pretendió fijar, definitivamente, las condiciones mínimas de acceso a la profesión de transportista por carretera, así como el reconocimiento mutuo de los documentos necesarios a este fin, en el ámbito de la Unión Europea. Esta Directiva acuñó el término “competencia profesional” para sustituir al de “capacidad profesional” que era el que venía utilizando la normativa comunitaria, desde que la Directiva 74/562/CEE habló por primera vez de ese requisito. Sin perjuicio de ello, la Directiva del 96 siguiendo el criterio que venía siendo tradicional en la reglamentación comunitaria, preveía que pudieran expedirse separadamente los certificados de competencia profesional relativos a las actividades de transporte interior e internacional. La intención de la Directiva, en orden a homogeneizar los criterios mantenidos por los distintos Estados miembros en la materia, no obtuvo, sin embargo, todos los efectos perseguidos. Como ha venido a reconocer expresamente en su preámbulo el Reglamento 1071, la experiencia, una evaluación de im-
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Comunidad Económica Europea, la denominación de “capacitación profesional”. Las sucesivas disposiciones mediante las que se fue transponiendo la reglamentación comunitaria en la materia mantuvieron, siguiendo el criterio de mercado por las correspondientes directivas, la posibilidad de expedir separadamente certificados acreditativos de la capacitación profesional para el ejercicio de las actividades de transporte interior e internacional, aunque desde la entrada en vigor de la Orden Ministerial de 7 de octubre 1992 la práctica totalidad de los certificados expedido estaban referidos a ambos ámbitos de actuación.
pacto y diversos estudios realizados al efecto vinieron a poner de manifiesto que esa Directiva se aplicaba de forma divergente por los Estados miembros. Con objeto de corregir los efectos negativos que esa dispersión de criterios podía estar ocasionando en el mercado, el referido Reglamento ha procedido a modernizar las normas de acceso a la profesión del transportista por carretera a fin de garantizar que su aplicación sea más uniforme y eficaz. Entre otras novedades, dicho Reglamento contempla un único modelo de certificado referido, genéricamente, a la “competencia profesional para el transporte por carretera”, sin establecer distinción alguna por razón del ámbito en que pretenda operar su titular, de tal forma que acredita, indistintamente, su preparación para operar en todo el mercado de la UE. Por cuanto se refiere a la aplicación de las normas sobre el acceso a la profesión de transportista en nuestro país, el requisito de competencia profesional ha venido recibiendo, desde el ingreso en la, entonces,
Con la entrada en vigor del Reglamento, sin necesidad de una previa transposición a derecho interno, resulta obvio que los certificados de competencia profesional expedidos por las autoridades españolas deberán ajustarse al modelo incluido en el Anexo III de dicho Reglamento. Con objeto, por otra parte de dar un más exacto cumplimiento a los objetivos del Reglamento, parece razonable que, simultáneamente, se abandone la peculiar denominación del requisito de “capacitación profesional”, para comenzar a utilizar la de “competencia profesional”, de uso común en la UE. Así, el Ministerio de Fomento ha estimado conveniente dictar la siguiente Resolución: 1. Todos los certificados de competencia profesional que se expidan a partir del 4 de diciembre de 2011, ya sean como consecuencia de la superación de las pruebas convocadas al efecto por el órgano competente o por cualquier otra circunstancia legal o reglamentaria establecida, deberán ajustarse exactamente al modelo contenido en el Anexo III del Reglamento. 2. A efectos de corregir la heteronimia existente en el Registro General de Transportistas y de Empresas de Actividades Auxiliares y
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Complementarias del Transporte, consecuencia de la evolución histórica del tratamiento reglamentario del requisito, eliminando además la divergencia con la denominación utilizada por la versión española del reglamento comunitario, la Subdirección General de Gestión, Análisis e Innovación de Transporte Terrestre procederá a unificar las distintas denominaciones obrantes en el Registro, sustituyéndolas, en todos los casos, por la denominación genérica de “competencia p ro f e s i o n a l ” para el transporte de –mercancías o viajeros, seg ú n c o r r e sponda - por carretera”, sea cual fuere el momento en el que la persona afectada hubiese obtenido el reconocimiento de e s a c o m p etencia y la denominación que al hacer la inscripción original se hubiese utilizado.
modificación ya entró en vigor el 4 de junio de 2010.
Sin perjuicio de ello, se conservarán todos los datos originalmente inscritos relativos al momento en el que se produjo ese reconocimiento. Cuando el interesado hubiese obtenido separadamente el reconocimiento de ámbitos de competencia profesional que, en su momento, se consideraban distintos, se conservará como fecha de reconocimiento la que fuese primera en el tiempo.
• La vigencia de las autorizaciones de los transportes regulares (Licencias Comunitarias) será de hasta 10 años y no como ahora que es por dos años.
2. Reglamento 1073/2009: acceso al mercado internacional También entró en vigor en diciembre el Reglamento 1073/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de octubre por el que se establecen las normas comunes de acceso al mercado internacional de los servicios de autobuses y autocares y por el que se modifica el Reglamento 561/2006, esta última 34
Así, mediante el citado Reglamento se refunden los Reglamentos 684/92 y 12/98 en aras a una mayor claridad y simplificación. Entre las principales modificaciones que se introducen destacan:
• Los servicios internacionales sujetos a autorización son los servicios regulares y los servicios discrecionales paralelos o temporales comparables a los servicios regulares existentes y que tengan el mismo tipo de clientela que estos últimos. • Se regula el procedimiento para el establecimiento de una línea regular internacional. • Los servicios discrecionales y los de cabotaje se realizarán al amparo de las hojas de ruta.
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Se revisa la normativa del tacógrafo 〔
Reducir cargas administrativas y luchar contra el fraude El Consejo de Transporte de la UE, reunido en diciembre en Bruselas, debatió sobre la propuesta de revisión de la Comisión Europea del reglamento relativo al tacógrafo (CEE nº 3821/85) que deben utilizar los conductores profesionales. Este Reglamento tiene como objetivo luchar contra el fraude en los actuales aparatos analógicos, reducir las cargas administrativas y armonizar el sistema de sanciones en relación con este aparato de control. El Consejo ha alcanzado una orientación general parcial sobre el nuevo proyecto de reglamento que establece requisitos para la construcción, instalación, utilización y control de los tacógrafos (18148/11). El tacógrafo es utilizado en el transporte por carretera para supervisar el cumplimiento de las normas sobre tiempos de conducción y descanso, con el fin de garantizar la seguridad vial, mejorar las condiciones de trabajo de los conductores y promover la competencia leal entre las empresas de transporte. El objeto de esta revisión, que sustituirá a la regulación de tacógrafo 1985, es disminuir la vulnerabilidad del fraude del sistema y reducir la carga administrativa apoyándose en el pleno uso de las nuevas tecnologías y la introducción de un paquete de nuevas medidas reguladoras. Esta orientación del Consejo no incluye la proposición de incorporar al permiso de conducción la tarjeta de conductor que se utiliza con el tacógrafo. Esta disposición será discutida más adelante, en paralelo con la propuesta de revisión de la directiva del permiso de conducción, presentada recientemente por la Comisión (16842/11), que también prevé la inclusión de las funcionalidades de la tarjeta de conductor en la licencia de conducir.
El texto acordado es un compromiso presentado por la presidencia y apoyado por una gran mayoría de las delegaciones. Sin embargo, algunas aún tienen inquietudes sobre ciertos puntos específicos. Una de las delegaciones desea ampliar las exenciones de la obligación de utilizar el tacógrafo, así como aumentar la exención del radio de las operaciones de transporte hasta los 150 km. Otras, argumentando que se debe excluir cualquier armonización de las sanciones, prefieren dejar de lado el requisito de que las sanciones deben estar en conformidad con las categorías de las infracciones definidas en la Directiva relativa a la legislación social sobre las actividades de transporte por carretera.
Se utilizará tecnología por satélite Esta propuesta contiene los siguientes elementos clave: • En cuanto al uso de la tecnología, la grabación manual actual de la ubicación del vehículo será sustituida por la grabación automatizada a través de posicionamiento por satélite. Por otra parte, la comunicación remota del tacógrafo que proporciona información básica sobre su cumplimiento permitirá la detección temprana de una posible manipulación o mal uso, permitiendo así que los agentes realizar mejor los controles en carretera y evitar controles innecesarios. Sin embargo, no habrá obligación para los Estados miembros de garantizar que las autoridades de inspección estén equipadas con los instrumentos necesarios para la detección a distancia. Además, el tacógrafo puede ser equipado con una in35
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terfaz que facilite su integración en sistemas de transporte inteligentes, sujeto a ciertas condiciones. • Los cambios normativos incluirán requisitos más estrictos para los talleres responsables de la instalación y calibración de tacógrafos. Con el fin de reducir la carga administrativa, la exención de la obligación de utilizar el tacógrafo, que los Estados miembros pueden conceder a ciertos usuarios - principalmente a las pequeñas y medianas empresas - se ampliará: el nuevo proyecto de reglamento introduce una exención uniforme para las operaciones de transporte dentro de un radio de 100 km, mientras que hasta ahora la exención está limitada a 50 km en algunos casos.
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Las medidas reglamentarias se aplicarán dos años después de la publicación del Reglamento en el Diario Oficial de la Unión, con la excepción de las normas relativas a la aprobación y control de los talleres y el uso de las tarjetas de conductor, que serán de aplicación un año antes. El “tacógrafo inteligente”, es decir, la aplicación de la nueva tecnología por satélite, será obligatoria 40 meses después de establecer las especificaciones técnicas para el nuevo tacógrafo, i. e. probablemente en 2017 o 2018. El Parlamento Europeo, cuya aprobación es necesaria para la adopción de esta revisión, aún tiene que discutir la propuesta.
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El autobús como herramienta de competitividad Por Ana Ramos Analistas Financieros Internacionales (AFI) El crecimiento de las ciudades y la ampliación de sus áreas metropolitanas, junto con la vertebración territorial en torno a polos de actividad económica, se ha traducido en una necesidad creciente de movilidad. De cómo se responda a esta necesidad dependerá la competitividad de nuestras ciudades y del conjunto de la economía española. El modelo actual basado fundamentalmente en el uso del vehículo privado no es sostenible en el medio plazo, y no lo es, no sólo desde el punto de vista medioambiental, sino también desde el punto de vista de la eficiencia económica y la competitividad. Sólo un dato, el coste en derivado de los problemas de congestión (por consumo energético, pérdida de tiempo, etc.) supera el 2% del PIB, algo difícilmente aceptable y sobre lo que es necesario actuar. Así pues, contar con sistemas de transporte público eficaces y eficientes es uno de los factores clave de competitividad de las ciudades, de su capacidad atracción de talento e inversiones, tal y como queda reflejado en la inclusión de esta variable en los principales rankings que evalúan la atractividad de las ciudades1, y en el papel clave de la movilidad dentro de la estrategia de ciudades inteligentes o smart cities desplegada por las principales ciudades españolas, europeas y mundiales2. También lo es para vertebrar los flujos interurbanos, que superan los 450.000 millones de km-viajero/año. En el contexto de fuerte consolidación fiscal que han de acometer las administraciones públicas, garantizar la prestación de servicios esenciales, como lo es el transporte, va a exigir reorientar las decisiones de gasto e inversión en materia de movilidad hacia aquellas alternativas más coste-efectivas, así como articular un entorno regulatorio que permita
ganancias de eficiencia en la gestión de los servicios de transporte que se traduzcan en menores costes y mejora de la calidad del servicio, sin que ello suponga desembolsos por parte de las maltrechas arcas públicas. En este reto, el autobús tiene un papel clave de jugar. Desde el punto de vista de la inversión en infraestructura, el autobús es el modo más eficiente. En términos de inversión requerida en las correspondientes infraestructuras, ésta asciende a 0,62 € por viajero-Km en el caso del transporte por carretera (incluyendo autobús y vehículo privado) frente a los 4,78€ viajero-Km. del ferrocarril (superior si se tuviera en cuenta la fuerte inversión realizada en AVE). Las inversiones requeridas por el autobús para mejorar aspectos clave para incentivar el cambio modal desde el vehículo privado al transporte público como son la velocidad comercial, la regularidad o la intermodalidad -carriles bus-vao, estaciones e intercambiadores-, son reducidas y superan bien el test de la rentabilidad privada y social, constituyendo una alternativa a las costosas inversiones en modos ferroviarios. Un ejemplo es la plataforma de la A-6 de acceso a Madrid. Tras su puesta en marcha, el porcentaje de viajeros que accedía a Madrid en autobús pasó del 23,5% en 1991 al 36% en 2007. El análisis coste-beneficio de esta infraestructura muestra que los ahorros en términos de tiempo, junto con las externalidades medioambientales evitadas, permiten recuperar el 17% de la inversión cada año (7 millones de euros en ahorros de tiempo y 2 millones de euros en emisiones evitadas), lo que supone que la inversión se recupera en un plazo de 6 años determinando en lo suce-
1. Véase, por ejemplo “European Cities Monitor” de Cushman & Wakefield, o “Global Cities” de Euromonitor. 2. Véase la recientemente constituida Red Española de Ciudades Inteligentes integrada por Logroño, Vitoria, Burgos, Palencia, Cáceres, Santander, Huesca, Pamplona, Valladolid, Barcelona, Madrid, Sevilla, La Coruña, Málaga, Castellón y Salamanca.
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sivo importantes ganancias por encima de los costes de mantenimiento. Otro buen ejemplo son los carriles bus dentro de las ciudades. Así, la inversión en infraestructura necesaria para prestar un servicio de autobús con plata-
demanda, permite conjugar las ventajas de la competencia (menores costes y mejores servicios), con el control de la calidad por parte de las administraciones públicas. Así, si atendemos a los datos del Observatorio de la
forma reservada es entre un 25-30% inferior a las de un servicio tranviario, para unos niveles de calidad del servicio similares, constituyéndose en la alternativa más eficiente para tráficos inferiores a 4.000 pasajeros/hora-sentido (muy superiores a los que presentan buena parte de las ciudades españolas). En el límite, un carril bus consiste en una simple banda roja pintada en la calzada.
Movilidad Metropolitana, los costes de explotación por vehículo-km son sistemáticamente inferiores en las ciudades donde el servicio se presta a través de una concesión, con diferencias de hasta el 50%. En un servicio que, en el conjunto de municipios españoles, tiene un coste operativo anual superior a los 2.500 millones de euros, ganar unos puntos porcentuales de eficiencia tiene un impacto importante, y puede ser clave para garantizar el mantenimiento de un servicio esencial para la competitividad de nuestras ciudades, sin comprometer la sostenibilidad financiera de los municipios.
Además de una política inteligente de infraestructuras, maximizar la contribución que el autobús puede hacer a la sostenibilidad y competitividad de la economía española requiere de un marco regulatorio adecuado en tres aspectos clave: fórmulas de gestión, normativa laboral y fiscalidad. Respecto las fórmulas de gestión, la generalización del modelo concesional en la gestión de servicios públicos de transporte, junto con una mayor flexibilización de la explotación de los mismos dotando a la concesionarias de mayor capacidad de gestión para adaptar la prestación del servicio a las condiciones de
Los recursos humanos representan el 41% y el 66% del total de costes operativos de los servicios de autobuses interurbano y urbanos, respectivamente, lo que evidencia el papel crucial que la regulación de las condiciones laborales y la negociación colectiva desempeña en la eficiencia y competitividad del sector. En este sentido el sector se enfrenta un marco laboral complejo, con más de 40 convenios colectivos provinciales en vigor, y a 39
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la ausencia de una Ley de Huelga que regule la conflictividad laboral, que ha caracterizado buena parte de los procesos de negociación colectiva los últimos años, y que ha provocado que las subidas salariales hayan sido muy superiores al IPC y al promedio del sector servicios. Esto, unido a la cada vez más compleja normativa social relativa a los tiempos de conducción y descanso, así como la relativa al tiempo de trabajo, está introduciendo rigideces y complejidades en la gestión de los recursos humanos. En este contexto, se hace necesaria una racionalización de la regulación laboral que, sin menoscabo de la calidad en el empleo, permita la necesaria flexibilización para garantizar una gestión eficiente del servicio que redunde en beneficio de los usuarios. Por último, la fiscalidad energética, diseñada de manera adecuada, es uno de los instrumentos clave para la consecución de los objetivos de la UE y de España en materia de movilidad sostenible. Para que esto sea así, es necesario que: (1) permita la internalización de los costes externos negativos que genera el vehículo privado; (2) favorezca si es posible, o perjudique en menor grado, al autobús frente al vehículo privado y a todos los demás modos de transporte menos eficientes en materia de movilidad sostenible, sean públicos o privados; y (3) parte de la recaudación generada se destine 40
a financiación de infraestructuras y/o tecnologías limpias que incrementen la calidad de los servicios públicos de transporte de manera que constituyan una alternativa atractiva para los ciudadanos. La discusión abierta en el seno de la UE a raíz de la propuesta de modificación de la Directiva 2003/96 sobre imposición de productos energéticos, junto el debate en torno a la financiación del transporte urbano, puede ser una buena excusa para una revisión del marco fiscal aplicable al transporte. En resumen, con un marco regulatorio adecuado y el apoyo mediante inversiones selectivas, el autobús puede desempeñar un gran papel asegurando de manera sostenible y eficiente de las necesidades crecientes de movilidad de nuestra economía. Su promoción en el sentido antes apuntado constituye una vía muy asequible para arañar márgenes de eficiencia y competitividad en una economía, como la española, que los necesita desesperadamente. Los usuarios, por último, lo agradecerán y transitarán masivamente hacia el autobús si éste ve despejados los obstáculos que hoy le impiden acceder a las ciudades por una congestión que da la impresión que no queremos gestionar, o aquellos otros que impiden la fluidez del tráfico interno de las ciudades por una primacía del vehículo privado impropia de una sociedad sofisticada.
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Luces y sombras en el proceso de renovación de las concesiones de transporte regular de viajeros por carretera Por Ignacio González-Estrada Romero Ingeniero de Caminos/Consejero Técnico de Consultrans/Presidente de Transpall En el año 2007 el MFOM inició el proceso para la renovación de las concesiones siguiendo el ritmo que marca el plazo de caducidad de las mismas. El procedimiento seguido por este organismo ha sido mediante convocatorias de concursos públicos abiertos para todas las empresas de transportes de viajeros que cumplan con los requisitos recogidos en los pliegos de bases del concurso. Durante el proceso, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid se ha pronunciado a favor de los recursos presentados contra los anuncios de convocatoria de licitación pública y aprobación de pliego de condiciones para adjudicación de concesiones administrativas de servicios regulares de transporte público por carretera de cinco concesiones. Hasta ese momento se habían convocado 16 concursos para la renovación de otras tantas concesiones de las cuales 9 tenían resolución firme de adjudicación, cinco estaban recurridas y dos estaban en proceso de valoración. Como consecuencia de ello el MFOM optó, en primer lugar por recurrir en Casación las sentencias del TSJ de Madrid y a continuación, para continuar con el proceso de
renovación con garantías suficientes, por modificar los pliegos de condiciones para ajustarlos a las recomendaciones realizadas por la Comisión Nacional de la Competencia. Los cambios más significativos han sido los siguientes: Aumento de la puntuación por reducción de la tarifa. En los pliegos anteriores se valoraba con 15 puntos porcentuales y en los nuevos con 25. Aumento de la puntuación por aumento de la oferta de expediciones. Antes se valoraba sobre 8 puntos porcentuales y en los nuevos con 15. Absorción del personal adscrito a la concesión, que en los pliegos anteriores se valoraba con 15 puntos porcentuales y en los nuevos este concepto no se puntúa ya que convierte la subrogación del personal del concesionario anterior en una cláusula obligatoria. Puede verse como dos aspectos cruciales que afectan a la rentabilidad de la concesión como son la tarifa y el número de expediciones pasan de tener un peso relativo de 23 puntos porcentuales en los pliegos anteriores frente a 40 en los nuevos.
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En 2007 se convocaron 9 concursos, de los cuales en 5 se produjo un cambio de titularidad como consecuencia de que los concesionarios anteriores no se presentaron al concurso.
Entre 2008 y 2010 se convocaron otros 9 concursos de los cuales en tres se ha producido un cambio de titularidad.
En 2011 solamente se han convocado dos concursos, que aún están pendientes de adjudicación y que son los primeros con los nuevos pliegos de condiciones.
De estos dos últimos concursos la VAC-136 mantendrá razonablemente la misma titularidad por ser la oferta presentada por el titular anterior la más valorada entre un total de 11 licitaciones. Sin embargo en la VAC-081 nuevamente el titular anterior ha quedado excluido por error en su oferta y todavía no se sabe quién será el próximo titular. En resumen, de los 20 concursos celebrados hasta la fecha en 10 casos se ha producido un cambio de titularidad (el 50%), en 8 de los cuales se ha debido a la no presentación a concurso del titular anterior y en los otros dos a la exclusión del titular anterior por entender la Administración que ha habido errores en la oferta presentada. El hecho de que un total de 8 empresas de transportes sobre un total de 20 (40%) hayan optado por no renovar su concesión pone de manifiesto la grave situación en la que se encuentra el sector, que puede verse agravada con la sentencia, de no admitirse la Casación, que al haber tenido en cuenta únicamente las condiciones del libre mercado se haya olvidado que se trata de prestar un servicio público y que las condiciones en las que se encuentra no son las más favorables. 42
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En efecto, las mayores oportunidades que se pretende dar con los nuevos pliegos para abrir la competencia entre empresas y poder mejorar la calidad del servicio, en pura teoría está muy bien pero en la práctica puede ser tremendamente perjudicial para esta modalidad de transporte atendiendo a las siguientes razones:
seguridad y a unos precios sin competencia con el resto de los modos. Viendo esta trayectoria y contemplando la situación actual uno se pregunta: ¿Hasta cuanto se puede seguir apretando para mejorar el servicio sin perder de vista la rentabilidad de sus explotaciones?
En primer lugar, viendo la evolución del servicio ofrecido al ciudadano a lo largo del tiempo, nos encontramos con un modo de transporte que ha ido mejorando de una forma espectacular, con una flota de autobuses muy rejuvenecida, que ofrece todo tipo de equipamientos y servicios a bordo para viajar con el máximo confort y con la mayor
En segundo lugar hay que contemplar la situación real en la que se encuentran la mayor parte de las concesiones estatales. Podemos arriesgarnos a asegurar que más del 70% de ellas están en una situación límite o insostenible, motivada por los altos costes salariales, el precio del combustible, la rigidez de la oferta y la reducción del número de viajeros como
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consecuencia de muchos factores y muy especialmente a la crisis económica. En tercer lugar nos encontramos con una normativa que impone gran rigidez para que se puedan plantear medidas que permitan adaptarse a ciertos cambios sobrevenidos que hacen inviable la explotación. No hay más que ver la baja ocupación con la que circulan muchos flamantes autobuses y preguntarse si nos podemos permitir seguir derrochando dinero de esta forma. De todo lo anterior podemos concluir lo siguiente: Disponemos en la actualidad de un servicio regular de transporte de viajeros de gran calidad, que ha ido evolucionando a mejor con el tiempo impulsado por la competencia con otros modos de transporte y que ofrece una cobertura territorial muy extensa llegando a núcleos de población imposibles de llegar con otros modos de transporte.
Que el equilibrio económico de una gran parte de las concesiones está en el límite o bajo mínimos y que es urgente adoptar medidas que permitan ayudar a su sostenibilidad. Estas medidas deben ir mas en la línea de permitir modificar la red para adaptarse a la realidad territorial actual, para poder acoplar la oferta a la demanda sobre todo en los corredores de débil tráfico, para poder plantear nuevas formas de explotación que permitan seguir dando servicio en lugares donde los sistemas tradicionales no lo permiten y finalmente adaptando la normativa actual en todos los aspectos en los que ha quedado claramente desfasada. Por lo tanto, no se trata solo de abrir la competencia en los concursos sino de conocer a fondo la situación del sector y plantear medidas que favorezcan al impulso y la sostenibilidad de este modo de transporte, apostando por la promoción del transporte público y por la eficiencia energética, para conseguir unos servicios de calidad, seguros, accesibles a todos los ciudadanos y a coste cero para el Estado.
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La morosidad de las Administraciones Públicas desde la nueva Ley de Contratos del Sector Público Por Adrián Borrego Valverde Abogado Introducción En todos los sectores económicos, y el de transporte de viajeros no es una excepción, existe una seria preocupación sobre la morosidad de las Administraciones Públicas al momento de cumplir con su obligación esencial, el pago de la contraprestación o remuneración pactada con el concesionario y adjudicatario de los servicios de transporte regular, urbano o interurbano, y de los servicios regulares de uso especial (transporte de escolares fundamentalmente). La situación ha llegado al punto de que muchas Empresas se ven obligadas a financiar durante meses, e incluso años, la prestación del servicio del que son adjudicatarias ante el impago reiterado de la Administración. Con carácter general, el concesionario debe prestar el servicio de modo regular, continuo y en la forma indicada por la Administración. No se permite la interrupción en la prestación del servicio aunque medie un incumplimiento previo de la Administración concedente. Ahora bien, este principio no puede tener como consecuencia que se impida el mantenimiento del equilibrio económico de la concesión, y mucho menos puede tener como efecto la expoliación para el contratista. La Administración no puede prevalerse de sus prerrogativas hasta el punto de poner en peligro la propia continuidad del servicio en la medida que, precisamente, estas prerrogativas le han sido atribuidas legalmente y tienen por finalidad lo contrario, la continuidad y mantenimiento del servicio. Aquí podría invocarse toda la doctrina relativa a la desviación de
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poder (uso de potestades administrativas para fines distintos de los fijados por el ordenamiento jurídico). Si la Administración, con sus hechos, se aparta del fin de la norma que tutela su actuación, estaría distorsionando el fin concreto de interés general que le es exigible. La realidad es que las Empresas de transporte están financiando, ya con recursos propios, de otras explotaciones, o con recursos ajenos (incluidos los de los propios accionistas) la prestación del servicio y constituye un notable esfuerzo – no exigido por la Ley -pero que evidencia el compromiso y solidaridad de las Empresas de Transporte con la Sociedad. Muchas Administraciones, fundamentalmente del ámbito local, en cambio, han evidenciado a lo largo de los últimos años una actitud claramente negligente en la ordenación de estos servicios, estableciendo tarifas bonificadas – cuando no la gratuidad total - que no cubrían ni siquiera los costes de salarios de la explotación. En muchas ocasiones se da una enorme importancia mediática a meros gestos o detalles de “compromiso social” y se desconocen realidades, como esta, que si ponen de manifiesto un autentico compromiso de las Empresas con la Sociedad y un esfuerzo mas allá de lo exigible por la Ley o el contrato para contribuir a la solución de un problema de liquidez como el actual. No obstante, en la situación presente, se ha llegado a un punto en el que la misma continuidad del servicio – y en muchas ocasiones la supervivencia del concesionario – se encuentran en un peligro cierto.
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De ahí que sea necesario examinar los instrumentos que nuestra Legislación de contratación administrativa contempla para intentar corregir estas situaciones. Dejamos a un lado el derecho del concesionario a percibir los
subvención, o un sistema mixto) tampoco se abonaran los intereses generados por el impago. La Ley de Contratos del Sector Público La Disposición Transitoria Primera de la Ley 30/2007, de Contratos del Sector Publico, señala que los contratos administrativos adjudicados con anterioridad a la entrada en vigor de dicha ley (esto es, antes del 31 de enero de 2008) se regirán en cuanto a sus efectos, cumplimiento y extinción, incluida su duración y régimen de prorrogas, por la normativa anterior. Como veremos, entre la antigua normativa (Real Decreto Legislativo 2/2000) y la ley actual (Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público), no existen diferencias significativas en la materia que nos ocupa. Como quiera que a la fecha de elaboración de estos comentarios ha entrado en vigor este ultimo texto (según su Disposición Final Única la entrada en vigor se produce el día 17 de diciembre de 2011), todas las referencias relativas a la Ley de Contratos del Sector Público seguirán su articulado.
denominados intereses moratorios de los artículos 5 y 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, de lucha contra la morosidad en las operaciones mercantiles, de aplicación también a los contratos con las Administraciones Públicas, ya que parece obvio que si no se abona al concesionario el principal de la contraprestación pactada (ya sea remuneración,
A tenor de lo establecido en los Artículos 215 y 277 de la LCSP, el contrato de concesión administrativa supone la explotación del servicio a riesgo y ventura del concesionario. Y los Artículos 19 y 20 de la LOTT, al tiempo que facultan a la Administración para imponer obligaciones de servicio público, especialmente en materia tarifaría, también la obliga a 47
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indemnizar al concesionario por ellas, cuando en el titulo concesional el adjudicatario no las asume a su costa. El equilibrio económico financiero de la concesión es el principio básico por el que se rige todo el sistema concesional, y de hecho, constituye el derecho más importante del concesionario. La Ley de Contratos del Sector Publico, en sus Artículos 216 (pago del precio), Art. 281 (prestaciones económicas), Art.- 284 (falta de entrega de contraprestaciones económicas) y Art. 286 (causas de Resolución), recoge el derecho del Concesionario a percibir las contraprestaciones económicas previstas en los términos que en el contrato se establezcan, y de igual forma, su derecho a percibir los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro y daños y perjuicios sufridos en el modo previsto en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Este derecho, además, no requiere de intimación o aviso de vencimiento por parte del acreedor al tener un carácter automático. Resulta incuestionable que si la Administración no abona en forma y plazo la contraprestación pactada ha vulnerado el principal derecho de todo concesionario – y que constituye la garantía básica en la continuidad de la prestación del servicio-. Como decíamos, el anterior Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, de Contratos de las Administraciones Públicas, no se aparta, en esencia, de lo establecido en la nueva Ley. Resulta interesante comprobar esta afirmación por su valor de antecedente normativo. Así establecía: en su Artículo 162, que el contratista tiene derecho a las contraprestaciones económicas previstas en el contrato. En su Artículo 169, que el contratista tiene derecho al abono del interés de demora previsto en la Ley por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales (fijado en el 8,25% en el segundo semestre de 2011). En su artículo 155-5, que los artículos 95, 96, 102 y 110 no son aplicables a los contratos de gestión de servicios públicos, como el que nos ocupa, pero si los restantes de dicho Capitulo. Que el Art. 165 señalaba que si la Administración no hiciera efectiva al contratista la contraprestación económica, dentro de los plazos previstos en el mismo, y no procediera a la resolución del contrato, el contratista tendría 48
derecho al interés legal de las cantidades de conformidad con el Artículo 99 (esto es, el interés de demora y la indemnización por la gestión de los derechos de cobro). Por su parte el Artículo 99-5, que si era aplicable, establecía que la demora en el pago del precio o contraprestación superior a cuatro (4) meses, facultaba al contratista para suspender el cumplimiento del contrato, debiendo comunicar a la Administración, con un mes de antelación, tal circunstancia, a efectos del reconocimiento de los derechos que puedan derivarse de tal suspensión en los términos previstos en la Ley. El Art. 102 señalaba que si la suspensión del contrato tuviere lugar por aplicación de lo dispuesto en el artículo anterior, esto es, el artículo 99-5, se levantaría acta en la que se consignarían las circunstancias que la han motivado. Por último, el Art. 167 disponía que es causa de resolución del contrato de gestión de servicios públicos, entre otras, la demora superior a seis meses por parte de la Administración en la entrega al contratista de la contraprestación pactada., y que en tal supuesto, además, el contratista tiene derechos a percibir los intereses de morosidad establecidos en la Ley a parir del vencimiento del plazo previsto para el pago. La actual Ley de Contratos del Sector Publico, 30/2007, de 30 de octubre, no introduce novedades en las materias a las que se refiere el presente trabajo. De esta forma: el Art. 276, sobre régimen jurídico, considera de aplicación al contrato de gestión de servicios públicos – que es nuestro caso -, la totalidad de los preceptos que regulan los efectos, cumplimiento y extinción de los contratos administrativos, excluidos los artículos 212, apartados 2 a 7, (sobre ejecución defectuosa y demoras del contratista), 213 (resolución del contrato a iniciativa de la Administración por demora del contratista y prórroga de los contratos), 220 (suspensión de los contratos a instancias de la Administración) y 222 (cumplimiento de los contratos y recepción de la prestación). De ahí que resulten plenamente aplicables a los supuestos que examinamos –por no haber sido excluida expresamente su aplicación- las causas de Resolución del contrato a instancias del concesionario (Art. 286 y Art. 288) y muy especialmente las causas de suspensión en la prestación del servicio concesional regulada en el Art. 216 de La Ley (en su versión de Texto Refundido).
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La resolución y la suspensión de los Contratos de Gestión de Servicios Públicos por causa imputable a la Administración concedente Señala el Art. 286 de la actual Ley de Contratos del Sector Publico (en la redacción del Texto Refundido) que son causas de Resolución del Contrato de gestión de servicios públicos, además de las señaladas en el Artículo 223 “con la excepción de las contempladas en sus letras d) y e), las que detalla acto seguido. Antes de entrar en ellas, ¿cuáles son las causas de resolución no aplicables al contrato de gestión de servicios públicos? De un lado, la demora en el cumplimiento de los plazos por parte del contratista y el retraso en el inicio de la ejecución del contrato (letra d); y la demora en el pago por parte de la Administración de la contraprestación pactada por plazo superior a 8 meses (letra e). Leído así, parece que la Ley no permite al concesionario resolver el contrato aunque la Administración se retrase más de 8 meses en el pago de la contraprestación. Si además el concesionario esta obligado a prestar el servicio con la continuidad convenida (Artículo 280, párrafo a), nos encontramos con la tormenta perfecta. El concesionario podrá girar sus facturas, y también los intereses de demora, mientras vive en primera persona el hundimiento de la 50
concesión. Cuando haya agotado los recursos propios, y si tiene acceso a ellos, los ajenos, para no incurrir en responsabilidad personal (patrimonial, concursal e incluso penal) se vera obligado a instar el concurso necesario de acreedores, y con ello se producirá la resolución del contrato (Artículo 223, letra d).
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Eso sí, la resolución la instará la Administración y al menos el concesionario evitará la posibilidad de declaración del concurso culpable y mantendrá incólume su derecho a la indemnización por daños y perjuicios (que se instara en la propia sede del Concurso con intervención de la Administración Concursal). Pero la cuestión no es tan simple ya que como decíamos el Artículo 286, además de remitirse a las causas de Resolución del contrato contempladas en el Artículo 223 -con las excepciones de las letras d) y e)-, recoge sus propias causas de Resolución, aplicables de forma expresa a los contratos de gestión de servicios públicos. Continúa señalando el artículo 286, que son causas de resolución del contrato: “La demora superior a seis meses por parte de la Administración en la entrega al contratista de la contraprestación o de los medios auxiliares a que se obligo según el contrato”. Además, de conformidad con el Artículo 2883, el concesionario tendrá derecho al abono del interés de demora previsto en la Ley así como de los daños y perjuicios sufridos. Resulta pues incuestionable que el transportista podrá instar la resolución del contrato. Pero se plantea un problema en un doble aspecto. De un lado, la resolución del contrato puede tener consecuencias negativas para futuras licitaciones (si el transportista consigue sobrevivir a esta situación). Dejamos para mejor ocasión la cuestión relativa a la legalidad de una eventual resolución administrativa que excluyera de una licitación a un transportista por el hecho de haberse visto inmerso en un procedimiento de resolución de un contrato administrativo previo por causa imputable a la Administración. Y de otro lado, y es la mas importante, que esta resolución no es unilateral en el sentido de que no puede ser decidida, si mas, por el concesionario. Tiene que solicitarla, lo que supone la tramitación de un expediente administrativo, y en tanto se resuelve, con la posterior vía judicial, se encuentra obligado a continuar prestando el servicio y a financiarlo a sus propias expensas. Este efecto perverso de nuestra Ley, que obliga a solicitar la resolución del contrato a quien precisamente lo está incumpliendo (la Administración), paradójicamente tiene respaldo jurisprudencial. Curiosamente, a pesar de su importancia y actualidad, no ha merecido ninguna atención por la doctrina
administrativista. Nos referimos, por ejemplo, a la sentencia del Tribunal Supremo de 28 de Mayo de 1986, que señala: “lo que caracteriza a los contratos administrativos es que el incumplimiento por la Administración de las cláusulas del contrato obligará a la Administración, con carácter general, al pago de los perjuicios que por tal cause se irroguen al contratista, pero este no tiene el derecho genérico a la resolución, mas que en los casos expresamente previstos en la Ley”. Por su parte, y refiriéndose a la anterior Ley de Contratos pero de plena aplicación a la actual), la sentencia de la Sección 3º de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, de 3 de mayo de 2007, señala que: “la legislación de contratos de las Administraciones Publicas no deja desprotegido al contratista frente a la Administración en caso de impagos prolongados, como no podría ser de otro modo en un Estado de Derecho. El Art. prevé que, en el caso de demora superior a cuatro meses, el contratista puede proceder a la suspensión del cumplimiento del contrato, si bien debiéndolo comunicar a la Administración con un mes de antelación. Ni que decir tiene que la demandante pudo activar este mecanismo, pero opto por no hacerlo. Para el caso de que la demora fuera superior a ocho meses, el apartado reconoce el derecho del contratista a resolver el contrato y al resarcimiento de los perjuicios que como consecuencia de ello se le origine. En concordancia con dicha precisión el artículo señala la falta de pago por parte de la Administración en el plazo de ocho meses entre (una) de las causas de resolución. Pero naturalmente ese derecho a la resolución del vínculo contractual se ha de declarar formalmente por la Administración, por más que se trate de un acto reglado. No otra cosa resulta sin duda del Art. relativo a la aplicación de las causas de resolución al prescribir que la resolución del contrato se acordara por el órgano de contratación de oficio o a instancia del contratista, en su caso, mediante el procedimiento en la forma que reglamentariamente se determine…”. 51
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Esta doctrina de los Tribunales puede tener su lógica ya que cuando es la Administración la que insta la resolución del contrato, también ha de incoarse el oportuno expediente y ha de dar audiencia al interesado. Esto es, tampoco puede imponerla unilateralmente sin tramitar el expediente de caducidad por resolución contractual. Hay que ser especialmente prudente cuando se insta la resolución del contrato en la medida que nuestros Tribunales tienen señalado que tal derecho del contratista ha de ser interpretado de forma estricta (STS de 30 de diciembre de 1983 y de 28 de diciembre de 1983) y que el principio de la conservación de los contratos validamente celebrados restringe la resolución de estos a los supuestos en que se evidencie una voluntad deliberadamente rebelde al cumplimiento (STS de 11 de marzo de 1985). El incumplimiento capaz de justificar la resolución es el que afecta a las obligaciones principales, no a las accesorias (STS de 11 de marzo de 1978). En los contratos de gestión de servicios públicos, ese incumplimiento debe ser de tal naturaleza que origine grave perturbación del objeto del contrato (STS de 9 de junio de 1986). En definitiva, la cuestión relativa al incumplimiento no es de carácter cuantitativo, sino cualitativo (STS de 16 de octubre de l984). Pues bien, no puede tildarse más que de voluntad deliberadamente rebelde al cumplimiento del contrato el hecho de que una Administración, a pesar de las reclamaciones y los requerimientos del concesionario, no proceda a abonar el precio pactado durante meses e incluso años. Tenemos que reparar además en la circunstancia de que este incumplimiento administrativo, no solo supone un grave perjuicio al contratista, también pone en peligro la continuidad en la prestación de servicios esenciales para la comunidad. Ante este preocupante panorama, ¿Existe pues algún mecanismo legal de defensa del concesionario, que tenga una eficacia a corto plazo, que evite que se considere que ha incumplido el contrato y que no suponga la inmediata paralización del servicio, en garantía del derecho fundamental a la movilidad de los ciudadanos? Hemos de acudir a lo dispuesto en el artículo 216-4 de la Ley, de aplicación a los contratos de gestión de servicios públicos por no haber sido excluida por el Art. 276. Más bien todo lo contrario, existe una remisión expresa a su efectiva aplicación. Señala este precepto que:
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“Pago del Precio. El contratista tendrá derecho al abono de la prestación realizada en los términos establecidos en el contrato, con arreglo al precio convenido. La Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de la expedición de las certificaciones o de los correspondientes documentos que acrediten la realización del contrato. Si la demora en el pago fuese superior a cuatro meses, el contratista podrá proceder, en su caso, a la suspensión del cumplimiento del contrato debiendo comunicar a la Administración, con un mes de antelación, tal circunstancia, a efectos del reconocimiento de los derechos que puedan derivarse de dicha suspensión en los términos establecidos en esta Ley”. Mientras que la Resolución del contrato requiere de una declaración administrativa (o judicial) en tal sentido, a instancias del concesionario, la suspensión regulada en el Art. 216-4 requiere solo de su preaviso con 30 días de antelación a la fecha en la que opere. La inquietante coletilla “en su caso”, muy frecuente en la legislación administrativa, no desvirtúa el hecho objetivo de que la ley establece una causa de suspensión del contrato (que no extinción) por la mera demora administrativa en el pago de la contraprestación pactada, compatible con el resto de los derechos del concesionario. El preaviso pretende garantizar la continuidad del servicio en tanto la Administración instrumenta los medios necesarios para solventar la situación. Lógicamente, de forma paralela, el concesionario deberá poner en marcha un expediente de suspensión de la totalidad de los contratos de trabajo (o de parte de ellos si solo resulta parcialmente afectado el servicio por la suspensión) ya que los plazos establecidos para la tramitación de los expedientes de regulación de Empleo con efectos suspensivos son breves. Esta decisión –que no discutimos puede ser dura de adoptar- en muchas ocasiones será obligada. Lo que nunca puede ser una alternativa es la mera pasividad del concesionario ante el hecho de que el servicio concesional pueda suspenderse, de facto, por puro agotamiento financiero. Se encuentran en juego no solo sus intereses económicos o patrimoniales, también los derechos de los usuarios y los trabajadores.
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Las deudas de las Administraciones públicas para con las empresas de transporte público de viajeros por carretera Por Fernando J. Cascales Moreno Asesoría Jurídica y Empresarial del Transporte fcajyet@telefonica.net Colaboración dedicada a D. Manuel Villalante y Llauradó En mis recientes conferencias impartidas en FAES, sobre “Regulación del transporte público de viajeros por carretera” (26.IX.2011) y “Movilidad Urbana” (19.X.2011), se puso de manifiesto el importante nivel de deuda que mantienen las Administraciones públicas (CCAA y Corporaciones locales) para con las empresas del sector, estimado en aproximadamente 1.000 millones de euros. En el número anterior (133) de esta misma Revista, fruto de las reflexiones de estas conferencias, impartidas dentro de un ciclo de Seminarios organizados por FAES relativos al sector del transporte terrestre (ferrocarril y carretera), publiqué una colaboración que llevó por título “Sobre la promulgación de las leyes reguladoras de la movilidad y de la financiación pública del transporte urbano”, ámbito en el que se integra la práctica totalidad de dicho nivel de deuda. Tanto en las enunciadas conferencias, como en los posteriores debates, que dieron lugar aún catalogo de interesantes conclusiones, como en la enunciada colaboración, se reflexiono sobre que la problemática en cuestión no estriba en un problema de promulgación de nuevas leyes, sino en la modificación de las ya existentes (Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, Reglamento de Servicios de las Corporaciones locales, etc.). Pero en todo caso sí se concluyó que dada la significativa cuantía de esta deuda, el sistema vigente de financiación del transporte había acreditado su inoperancia, precisándose en consecuencia de medidas legales (modificación de normativa actual), así como de la adopción de criterios uniformes en las CCAA y Corporaciones locales sobre la calidad y precios del transporte. Esta problemática no solo afecta a las empresas concesionarias de servicios regulares permanentes de uso general (contratos de gestión de servicio público), ya urbanos, ya interurbanos, sino que también a las de servicios regulares permanentes de uso especial (contratos de servicio público), esto es, principalmente a los servicios de transporte escolar a centros educativos públicos. Podríamos relacionar un alto número de empresas, de distinto volumen, que ya se han visto avocadas a cerrar, ya a presentar concurso de acreedores voluntario, o bien que están pasando por gravísimas dificultades como consecuencia de este nivel de deuda, y la antigüedad de la misma en la mayoría de 53
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los casos. Ello denota la existencia de una gestión pública del transporte en autobús muy deficiente, que es generalizada, y que afecta a todos los partidos políticos, lo que teniendo en cuenta que estamos ante un servicio esencial, e incluso obligatorio en las ciudades de 50.000 habitantes, no puede sino calificarse muy negativamente. Si a todo ello se añade el incremento del precio del gasóleo, la no adecuación de las tarifas al IPC del transporte, la caída de la demanda como consecuencia de la grave crisis económica, la no adecuación de la oferta a esta nueva demanda, el impago de las administraciones públicas de las nuevas obligaciones de servicio público (familias numerosas, accesibilidad, formación continua de los conductores, etc.), y la exigencia de calidades desorbitadas a precios que no cubren los costes, pues resulta que nos encontramos en un momento especialmente delicado. Pues bien, es dentro de este contexto que en la presente colaboración se va a reflexionar, de modo sucinto, sobre las estrategias y medidas posibles que las empresas de transportes pueden adoptar en el supuesto de que la Administración pública la adeude una cantidad económica relevante y esta deuda tenga una cierta antigüedad. En primer término, puede afirmarse que es esencial que la Administración deudora reconozca formalmente la cuantía y antigüedad de la deuda (o bien que todas las facturas estén reconocidas y aceptadas). Y ello porque de esta forma, la empresa concesionaria tiene, sin ningún temor a posibles sanciones, las 54
vías de los artículos 216 y 217 de la Ley de Contratos del Sector Público - LCSP (Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre). Pero precisamente por ello, es común que las Administraciones públicas se retraigan en orden a expedir un documento de reconocimiento de la deuda, al ser conocedoras de las vías que, en este caso, pueden utilizar las empresas concesionarias. Es por ello que la vía común de resolver esta cuestión es la de acordar con la Administración pública deudora un calendario de pagos, cuya cuantía comprenda los intereses (artículo 284 LCSP) de demora (que compensen los
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créditos financieros), medida que puede ser pertinente sea complementada con una remodelación del servicio (a efectos de adecuar la oferta a la disminución e la demanda) que suponga un menor coste para la Administración y no repercuta negativamente en los ingresos percibidos por la empresa de transportes directamente de los usuarios (tarifas); se trata, pues, con esta medida complementaria, que la Administración, a partir de la aprobación de la misma, pueda estar al corriente de pago y la cuantía de la deuda no continúe incrementándose. Estas medidas, a su vez, dentro de un marco amistoso de acuerdo de resolución de la problemática, pueden también implementarse con un incremento de los precios del transporte (tarifas, abonos, etc.). En algunos casos en los que ya la Comunidad Autónoma, ya la Corporación local, mantienen cierta credibilidad financiera, la cuestión relativa a la deuda pendiente de cobro puede resolverse mediante un aval (importe de la deuda más intereses de demora), que la empresa concesionaria puede negociar con las entidades de crédito (gestión en la que la Administración puede incluso colaborar). Ahora bien, si a pesar de la mejor disposición de la empresa concesionaria, la Administración deudora no es capaz de llegar a esta clase de acuerdo y/o medidas, a mi juicio la empresa tiene abiertas las siguientes vías: A. Una vez que la demora en el pago sea superior a cuatro meses, proceder a la suspensión parcial del contrato, conforme a lo estipulado en el artículo 216.5 LCSP, a cuyo efecto, debe de procederse en la siguiente forma: - Remitir a la Administración un proyecto de remodelación del servicio. - Transcurrido un plazo prudencial de un mes, notificar a la Administración que conforme a lo estipulado en el enunciado artículo 216.5 LCSP, se procede a la suspensión parcial del servicio, de modo que no se van a realizar las expediciones que en dicho proyecto de remodelación se indicaron, produciendo ello un ahorro de costes y un elemento de presión para que la Administración tenga que llegar a un acuerdo. En esta comunicación debe de significarse que esta
suspensión tendrá efecto a partir del plazo prudencial, que puede ser de un mes desde su recibo por la Administración. No se recomienda la suspensión total del contrato, puesto que esta medida tiene un coste exacerbado para la empresa. B. Igualmente si la deuda es superior a cuatro meses, proceder conforme se determina en el artículo 217 LCSP, medida que es compatible con la anterior. A continuación se transcriben los preceptos meritados, conforme a la nueva numeración de los mismos dada por el reciente Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba Texto Refundido de la LCSP – BOE del día 16, cuya entrada en vigor es el día 16 de diciembre). - Artículo 216. Pago del precio: 1. El contratista tendrá derecho al abono de la prestación realizada en los términos establecidos en esta Ley y en el contrato, con arreglo al precio convenido. 2. El pago del precio podrá hacerse de manera total o parcial, mediante abonos a cuenta o, en el caso de contratos de tracto sucesivo, mediante pago en cada uno de los vencimientos que se hubiesen estipulado. 3. El contratista tendrá también derecho a percibir abonos a cuenta por el importe de las operaciones preparatorias de la ejecución del contrato y que estén comprendidas en el objeto del mismo, en las condiciones señaladas en los respectivos pliegos, debiéndose asegurar los referidos pagos mediante la prestación de garantía. 4. La Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los treinta días siguientes a la fecha de la expedición de las certificaciones de obras o de los correspondientes documentos que acrediten la realización total o parcial del contrato, sin perjuicio del plazo especial establecido en el artículo 222.4, y, si se demorase, deberá abonar al contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de treinta días, los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 55
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de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Cuando no proceda la expedición de certificación de obra y la fecha de recibo de la factura o solicitud de pago equivalente se preste a duda o sea anterior a la recepción de las mercancías o a la prestación de los servicios, el plazo de treinta días se contará desde dicha fecha de recepción o prestación. 5. Si la demora en el pago fuese superior a cuatro meses, el contratista podrá proceder, en su caso, a la suspensión del cumplimiento del contrato, debiendo comunicar reconocimiento de los derechos que puedan derivarse de dicha suspensión, en los términos establecidos en esta Ley. 6. Si la demora de la Administración fuese superior a ocho meses, el contratista tendrá derecho, asimismo, a resolver el contrato y al resarcimiento de los perjuicios que como consecuencia de ello se le originen. 7. Sin perjuicio de lo establecido en las normas tributarias y de la Seguridad Social, los abonos a cuenta que procedan por la ejecución del contrato, sólo podrán ser embargados en los siguientes supuestos: Para el pago de los salarios devengados por el personal del contratista en la ejecución del contrato y de las cuotas sociales derivadas de los mismos. b) Para el pago de las obligaciones contraídas por el contratista con los subcontratistas y suministradores referidas a la ejecución del contrato. 8. Las Comunidades Autónomas podrán reducir los plazos de treinta días, cuatro meses y ocho meses establecidos en los apartados 4, 5 y 6 de este artículo”. - Artículo 217. Procedimiento para hacer efectivas las deudas de las Administraciones Públicas: “Transcurrido el plazo a que se refiere el artículo 216.4 de esta Ley, los contratistas podrán reclamar por escrito a la Administración contratante el cumplimiento de la obligación de pago y, en su caso, de los intereses de demora. Si, transcurrido el plazo de un mes, 56
la Administración no hubiera contestado, se entenderá reconocido el vencimiento del plazo de pago y los interesados podrán formular recurso contencioso-administrativo contra la inactividad de la Administración, pudiendo solicitar como medida cautelar el pago inmediato de la deuda. El órgano judicial adoptará la medida cautelar, salvo que la Administración acredite que no concurren las circunstancias que justifican el pago o que la cuantía reclamada no corresponde a la que es exigible, en cuyo caso la medida cautelar se limitará a esta última. La sentencia condenará en costas a la Administración demandada en el caso de estimación total de la pretensión de cobro”. También existe la posibilidad de transmitir los derechos de cobro, pero esta vía tiene unos costes normalmente no asumibles (Artículo 218 LCSP - Transmisión de los derechos de cobro. “1. Los contratistas que, conforme al artículo anterior, tengan derecho de cobro frente a la Administración, podrán ceder el mismo conforme a Derecho. 2. Para que la cesión del derecho de cobro sea efectiva frente a la Administración, será requisito imprescindible la notificación fehaciente a la misma del acuerdo de cesión. 3. La eficacia de las segundas y sucesivas cesiones de los derechos de cobro cedidos por el contratista quedará condicionada al cumplimiento de lo dispuesto en el número anterior. 4. Una vez que la Administración tenga conocimiento del acuerdo de cesión, el mandamiento de pago habrá de ser expedido a favor del cesionario. Antes de que la cesión se ponga en conocimiento de la Administración, los mandamientos de pago a nombre del contratista o del cedente surtirán efectos liberatorios”). Desde el orden jurídico mercantil, puede hacerse alusión a la medida de accionar el concurso voluntario de acreedores, conforme a lo prevenido en la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal (reformada por el Real Decreto-ley 3/2009 y la Ley 38/2011, de 10 de octubre). Esta media, lógicamente, precisa que la empresa concesionaria adeude cantidades significativas no solo a proveedores, sino a la Seguridad Social (aunque tenga aplazamiento de pago), Agencia Tributaria, etc., deuda que sea originada por la falta de ingresos de las cantidades pendientes de percibir de la Administración. De este modo, será el Administrador nombrado por el Juzgado de lo Mer-
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cantil (administración compartida) el que haya de encargarse de cobrar las deudas pendientes de la Administración. Esta medida, además de tener fuerte impacto a nivel local (municipal), presenta ventajas en orden a reducciones de plantilla, etc., y puede originar una acción sindical frente a la Administración pública deudora. Finalmente añadir que, junto con las anteriores medidas, ya de naturaleza administrativa, ya mercantil, existen otras relativas a la exigencia de responsabilidades disciplinarias y penales, puesto que existe todo un abanico de conductas posibles de las autoridades públicas que pueden ser constitutivas de esta clase de ilícitos. Así, entre otras, las siguientes: 1) prestación de servicios por las empresas mediante instrucciones que no han tenido la previa aprobación del órgano competente municipal. 2) teniendo en cuenta que cuando se suscribe un contrato ha de haber crédito presupuestario para ello, y hacerse la pertinente retención de crédito, podemos encontrarnos con la posibilidad de existencia de malversación de fondos públicos. 3) modificaciones contractuales por la vía de hecho. 4) no afloración y/o ocultación de la deuda ante
los organismos de control – Intervención, Tribunales de Cuentas, etc. 5) Abono por parte de la Administración de facturas posteriores de cualquier proveedor, siendo las de la empresa de transporte de fecha anterior. 6) etc. En todo caso, es innecesario decir que estas medidas constituyen un último recurso, como también que, aunque puede que ello sea desconocido por el sector en general, en el momento actual hay en curso un cierto número de procedimientos de esta índole, instados por empresas de transporte público de viajeros por carretera. Es por todo lo expuesto que a mi juicio sería pertinente que se examinara por el Gobierno la viabilidad y pertinencia de otorgar un crédito extraordinario a las CCAA y a las Corporaciones locales, a efectos de que esta deuda pudiera ser liquidada a la mayor brevedad, medida que al objeto de que no se volviera a repetir esta situación, debiera de ir acompañada de otra serie de medidas y/o compromisos por parte de las CCAA y de las Corporaciones locales (adecuación de las tarifas al precio del servicio al objeto de disminuir el nivel de ayudas públicas, adecuación de la oferta a la menor demanda, etc.).
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FORMACIÓN
ASINTRA impartirá cursos de conducción eficiente a 1.000 profesionales El Comité Nacional del Transporte por Carretera (CNTC), ha firmado un Acuerdo de Colaboración con la Dirección General de Transportes Terrestre del Ministerio de Fomento y el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) para la organización e impartición de cursos de conducción eficiente de vehículos industriales. Esta actividad formativa, que comenzó a impartirse en 2009, se amplía ahora a 8.000 conductores adicionales a formar en técnicas de conducción eficiente. Teniendo esta ampliación, en el global del proyecto serán formados un total de 13.000 conductores profesionales. La DG de Transporte Terrestre, a través de la Fundación Transporte y Formación, editará 8.100 ejemplares adicionales del “Manual de conducción eficiente para conductores de vehículos industriales del IDAE”, para su distribución gratuita en los cursos a impartir. Entre las entidades beneficiarias se encuentra ASINTRA, a la que le corresponde la responsabilidad de formar a 1.000 conductores profesionales. El período de vigencia de esta actuación será de dos años o hasta la previa finalización de la actividad formativa y recepción de los correspondientes informes finales. De 2009 a 2011 se formaron 600 alumnos Desde junio de 2009 hasta febrero de 2011, ASINTRA formó a un total de 500 conductores profesionales de autobuses y otros casi 100 técnicos y gestores, que recibieron una formación profesional en materia de 58
conducción eficiente y gestión de flotas, a través de este programa de actuaciones, cuyo objetivo es mejorar la eficiencia energética del transporte profesional por carretera en nuestro país. Ambos programas de formación se han dirigido respectivamente a conductores profesionales y a gestores y técnicos de empresas de transporte por carretera.
FORMACIÓN
Nuevo Título de Técnico Superior en Transporte y Logística
El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Educación, aprobó el Real Decreto por el que se establece el título de Técnico Superior en Transporte y Logística, con carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, así como sus correspondientes enseñanzas mínimas. La competencia general correspondiente al perfil profesional del nuevo título, que sustituye al de Técnico Superior en Gestión del Transporte impartido actualmente, consiste en organizar, gestionar y controlar las operaciones del transporte de mercancías y de viajeros en el ámbito nacional e internacional, y en planificar y gestionar las actividades logísticas de una empresa, de acuerdo a la normativa vigente y a los objetivos establecidos por la dirección de la empresa, en el marco de la calidad, seguridad y respeto medioambiental. Los nuevos titulados podrán desarrollar su actividad en empresas del sector del transporte y la logística, tanto por cuenta propia como por cuenta ajena, realizando, entre otras, funciones de planificación, organización, gestión y comercialización del servicio de transporte y/o de logística. La aprobación de este título supone el cumplimiento de uno de los puntos de los acuerdos firmados entre la Administración General del Estado y los Departamentos de Transporte de Viajeros y Mercancías del Comité Nacional del Transporte por Carretera, (recogidos en la Orden PRE/1773/2008 de 20
de junio, y en la Orden PRE/1664/2008 de 13 de junio), y culmina el proceso de actualización de los contenidos del anterior título de Formación Profesional Superior en Gestión del Transporte, en el que la Fundación Transporte y Formación ha participado y colaborado activamente con el Ministerio de Educación, para, en desarrollo del proyecto 6.1 del Plan IMFORTE, revisar y adaptar el contenido y enfoque general del título y recoger, en su catálogo de enseñanzas mínimas, la totalidad de las materias exigidas por la normativa comunitaria relativa al cumplimiento del requisito de capacitación profesional. En este sentido, uno de los aspectos a destacar del nuevo título es que la formación establecida en el mismo “garantiza el nivel de conocimiento exigido para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera fijado en el Reglamento (CE) nº 1071/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de octubre de 2009, por el que se establecen las normas comunes relativas a las condiciones que han de cumplirse para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera”. Así, y conforme al planteamiento realizado por la Fundación Transporte y Formación en su “Propuesta de mejora formativa del gestor de transporte por carretera”, en relación con el artículo 8 del citado Reglamento, será posible la dispensa total del examen de capacitación profesional para los nuevos titulados, pues su formación permitirá reconocerles el cumplimiento del requisito de competencia profesional. 59
EMPRESA
Autobuses Cuadra y Compañía de Vehículos CTM, distinguidas con el premio “Empresa del Año Como cada año, la revista Autobuses & Autocares ha celebrado la XX edición de los Premios “Las Empresas del Año”, que reconocen la labor, calidad y trayectoria de cada una de las empresas premiadas en sus diferentes categorías. En esta ocasión se ha distinguido con este premio a Autobuses Cuadra, en la categoría de Transporte Discrecional, y a Compañía de Vehículos CTM (Grupo Ruiz), en la categoría de Transporte Urbano. Asimismo, también se premió a Autocares Julián de Castro, en la categoría de Transporte Regular, y Autobuses Urbanos Ángel Herrera, en la categoría de Pyme. En palabras de Miguel Sáez, director de Autobuses & Autocares, “en esta edición, el Jurado ha querido destacar especialmente un aspecto esencial en el sector: la voluntad de superar las dificultades, por difíciles que éstas sean”. También señaló que “tenemos que estar orgullosos de que España cuente con un sector tan luchador como es éste”. El director general de Transporte Terrestre del Ministerio de Fomento fue el encargado de entregar los premios de la categoría de Transporte Discrecional y de Transporte Urbano, que fueron recogidos respectivamente por Idoia Cuadra, gerente de Autobuses Cuadra, y por la concejala de Movilidad Urbana del Ayuntamiento de Algeciras, Ana Belén Rodríguez, en representación de la empresa Compañía de Vehículos CTM. La clausura del acto corrió a cargo del p re s i d e n t e d e l C o n s e j o N a c i o n a l d e
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Transportes Terrestres, Rafael Barbadillo, quien felicitó a las empresas premiadas y se refirió a “la difícil situación económica que estamos atravesando”. “La caída de la demanda, cifrada en un 17% desde que se inició la crisis, la evolución del precio del gasoil, que ha llegado a su máximo histórico situándose en 1,360 €/l, a lo que hay que añadir el incremento fiscal al igualarse prácticamente el gasóleo profesional al particular, y la preocupante y creciente morosidad de las administraciones, cuya deuda con el sector asciende a 1.098 M€, lo que supone el 29% de la facturación del sector, están situando a las empresas en una difícil situación”, explicó Barbadillo. Asimismo, también señaló que desde el inicio de la crisis han desaparecido más de 320 empresas de transporte de viajeros por carretera. Sin embargo, quiso lanzar un mensaje de optimismo: “creo que este año surgirán oportunidades para el sector, basadas en que somos un aliado determinante para la austeridad de las arcas públicas y la racionalización de la movilidad”. Añadió que “no hay una forma de transporte de personas más económica y de calidad que el transporte de viajeros en autobús”. A continuación enumeró las 10 medidas prioritarias del amplio catálogo de propuestas empresariales que es necesario llevar a la práctica con urgencia para salir de la situación actual: 1. recuperar la unidad de mercad o ; 2 . re d u c i r l a m o ro s i d a d d e l a s administraciones, porque supone un grave perjuicio para las empresas del sector; 3. externalizar la gestión de las empresas públicas
EMPRESA
de transporte, los costes de operación son muy inferiores en la gestión privada; 4. reducir las cargas administrativas en aras a una mayor eficiencia y competitividad, éstas suponen para el sector aproximadamente el 2% de la facturación, es decir, 68 M€; 5. realizar u rg e n t e m e n t e u n a r e v i s i ó n t a r i f a r i a extraordinaria para reequilibrar las concesiones de servicios regulares; 6. la actividad discrecional y turística contribuye de manera decisiva al desarrollo de otras actividades económicas, especialmente el turismo, por lo que debe incluirse dentro del Plan General de Fomento del Turismo; 7. impulsar la comodalidad e intermodalidad, con la coordinación de los sistemas de transporte, desarrollando p o l í t i c a s q u e f a v o re z c a n e l m á x i m o
aprovechamiento de las infraestructuras y redes de transporte; 8. Impulsar un plan de infraestructuras especificas del sector (carriles bus y estaciones de autobuses, intercambiadores, etc.); 9. revisar la Orden de autorizaciones de transporte para redimensionar las empresas, elevando el número mínimo de vehículos para acceder al mercado; y 10. promulgar una ley de financiación del transporte urbano. El presidente del CNTT finalizó su intervención refiriéndose a la necesidad de pensar globalmente y actuar localmente, “cada uno de nosotros debemos hacer en nuestro pequeño ámbito de actuación las cosas lo mejor posible para cambiar la situación”. 61
EMPRESA
La UTE Vectalia - Pavasal gestionará la Estación de Autobuses de Teruel El pleno del Ayuntamiento de Teruel ha adjudicado la gestión administrativa y la explotación de la Estación de Autobuses de la ciudad y del aparcamiento subterráneo que forma parte del inmueble a la UTE constituida por Automoviles La Alcoyana S.A.U., del Grupo Vectalia, y Pavasal Empresa Constructora, S.A., mediante concesión administrativa durante un total de 15 años y con un canon municipal de 20.000 euros anuales. Los nuevos gestores realizarán una inversión de 171.000 euros para acometer una remodelación e instalar modernos sistemas como son, entre otros, el de control de acceso de entrada y salida de autobuses; adecuación de las instalaciones (pintado de escaleras, renovación de luminarias, renovación de la cartelería, pavimentación de las rampas de acceso); instalación de un nuevo sistema de videovigilancia; centralización de los servicios de la estación; sistema de protección contra
incendios; mejora de eficiencia energética del edificio mediante mampara de separación en zona de espera o la reforma de aseos públicos. El objetivo de la UTE es ofrecer una imagen renovada y unas instalaciones modernas y seguras de la terminal que cuenta con nuevos locales comerciales a disposición de los usuarios de la Estación de Autobuses y del parking entre los que se encuentran una cafetería, un kiosco, oficinas, consignas, etc. El equipo Vectalia- Pavasal ha sido considerado por el Ayuntamiento de Teruel como la mejor opción dada su dilatada trayectoria en el sector. El Grupo Vectalia cuenta con reconocido prestigio en el transporte de viajeros, tanto a nivel nacional como internacional, así como experiencia en aparcamientos y gestión de Estaciones de Autobuses.
Arriva Noroeste certifica la calidad del servicio de sus líneas La empresa de autobuses Arriva Noroeste acaba de conseguir la certificación UNE-EN 13816 para sus 120 líneas de transporte de viajeros que trasladan cada año a millones de gallegos. Se trata de una norma europea, específica para el transporte público de viajeros, que certifica que se ofrece un servicio de calidad. La compañía se ha convertido en un claro ejemplo del compromiso con la mejora de la competitividad del transporte público de viajeros en nuestro país. Con más de 2 millones de viajeros en 2010, Arriva Noroeste es una de las compañías líderes en el sector en Galicia. La empresa ha llevado a cabo importantes esfuerzos para 62
conseguir esta certificación que mide aspectos como la calidad del servicio, la accesibilidad, la información al pasajero, la frecuencia de paso, la atención al cliente, el confort, la seguridad y el impacto ambiental. El esfuerzo de mejora constante de los servicios en Arriva Noroeste se ha materializado en las iniciativas como la reducción de la edad media de toda su flota, compuesta actualmente por 142 vehículos, para adecuarse gradualmente al Plan de Modernización del Transporte Público de la Xunta de Galicia. Para ello se ha invertido casi 1 M€ en la compra de 4 nuevos vehículos.
EMPRESA
Grupo Avanza consigue la acreditación de Confianza Online Grupo Avanza se ha convertido en la primera empresa dedicada al transporte nacional e internacional de viajeros por carretera en recibir la acreditación de Confianza Online, que acredita así su alto compromiso con la ética y las buenas prácticas online. Mediante esta acreditación, Grupo Avanza se compromete, al igual que todas las entidades adheridas a Confianza Online, a cumplir escrupulosamente con el Código Ético en los ámbitos de comunicaciones comerciales, comercio electrónico, privacidad de datos y protección del menor, y someterse a los procesos extrajudiciales de resolución de conflictos con consumidores que dicha asociación sin ánimo de lucro facilita a los consumidores, en los posibles casos de incumplimiento del código.
establecidos en caso de recibir reclamaciones de los consumidores canalizadas a través de la Secretaría Técnica de dicha asociación. Además, 6 de cada 10 reclamaciones se resuelven por acuerdo de mediación entre las partes en menos de 10 días, otorgando tanto a consumidores como a las propias entidades reclamadas un grado de satisfacción óptimo que en la mayoría de los casos les permite seguir manteniendo una relación comercial cliente-consumidor. Los consumidores disponen de este modo de un mecanismo adicional a los tradicionales de control que les permite aumentar sus garantías y derechos a la hora de navegar por internet.
Ya son 1.800 los sitios web acreditados con este sello, representados por más de 1.400 entidades distintas como grandes multinacionales (españolas y extranjeras), pequeña y mediana empresa, escuelas, fundaciones e incluso la Administración, aunque la mayor parte del incremento se ha producido en las PYMES, que en efecto son las más perjudicadas al no disponer de una imagen de marca muy potente y provocar por tanto recelos en los consumidores que no les conocen. Hasta la fecha, el 100% de las entidades adheridas a Confianza Online han actuado según los protocolos
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LA LUPA DEL AUTOBÚS
“Súmate al cambio” Fernando J. Cascales Moreno Asesoría Jurídica y Empresarial del Transporte fcajyet@telefonica.net Sumandos: Seguridad jurídica (normativa, pliego de bases regulador de los concursos, etc.) Uniformidad condiciones de contratación (Estado-CCAA-Ayuntamientos) versus unidad de mercado Eliminación de trámites y controles innecesarios; reducción del intervencionismo público I n c re m e n t o c a p a c i d a d d e g e s t i ó n empresarial en la prestación de las diferentes clases de servicios Precios del transporte en contratos públicos (transporte escolar) rentables No deudas de las Administraciones públicas (CCAA y Ayuntamientos) en el transporte escolar y urbano
Abono por las Administraciones de las obligaciones de servicio público (accesibilidad PMR, familias numerosas, CAP, etc.)
Cumplimiento por las Administraciones públicas de abonar las facturas del transporte en el plazo legal
Mantenimiento del equilibrio económico de las concesiones
Sistema de financiación del transporte urbano que asegure su sostenibilidad y calidad Fomento de la gestión privada en el transporte urbano Fomento de los servicios discrecionales turísticos como elemento del incremento del turismo de calidad
Régimen de incremento automático de los precios públicos del transporte conforme al incremento precio del gasóleo Adecuación de la oferta a la demanda en los servicios regulares concesionales Derogación del céntimo sanitario No creación de nuevos impuestos ni incremento de los ya existentes
Exigencia por las Administraciones de calidades (material móvil, etc.) adecuadas a la optimización recursos y la rentabilidad
No diferenciaciones (jornada trabajo, impuestos, etc.) entre empresas autónomas y no autónomas
Incrementos tarifarios servicios regulares concesionales ajustados al IPC del transporte
Formación continua conductores de carácter práctico (simuladores/seguridad) y no puramente teórica
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LA LUPA DEL AUTOBÚS
Defensa del sector y liderato ante las Instituciones comunitarias Apertura de los servicios regulares en todos los Estados de la UE Apoyo a la internacionalización de nuestras empresas más innovadoras Competencia leal transporte por carretera-transporte ferroviario (no subvenciones a los servicios de alta velocidad ferroviaria) Plan de inversiones (estaciones intermodales, carriles bus, plataformas reservadas, etc.) Optimización de los servicios e infraestructuras disponibles, evitando inversiones deficitarias (tranvías, etc.) Promulgación de una Ley de Huelga que evite daños irreparables a las empresas y a los usuarios Líneas de crédito ICO en condiciones viables de rentabilidad empresarial
Compensación deudas y abonos a la AT y a la Seg.Social con las deudas de las Administraciones públicas a las empresas Ventajas impositivas a aquellas empresas que reinviertan los beneficios Deducciones fiscales por adquisición de material móvil menos contaminante y accesible Fijación condiciones laborales entre la empresa y la rep.sindical, sustituyendo los convenios colectivos supra empresariales Unión entre régimen salarial y productividad Control efectivo del absentismo laboral Liberados sindicales no sufragados con cargo a las empresas Régimen de contratación y cese en la relación laboral que fomente la creación de empleo Es este el “cambio” al que me sumo.
Abogado: Fernando José Cascales Moreno
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fcajyet@telefonica.net
FERIAS Y CONGRESOS
FIAA convoca su XI edición: 23 al 26 de octubre de 2012
La Feria Internacional del Autobús y del Autocar, FIAA, convoca su décimo primera edición entre el 23 y el 26 de octubre de 2012. La organización del Salón, liderada por IFEMA, ha adelantado sus fechas respecto a la última convocatoria a sugerencia del sector, situando la cita en un momento del año estratégico para negociar y favorecer los acuerdos comerciales entre profesionales. De esta forma, FIAA quiere, ahora más que nunca, subrayar su papel como herramienta para generar nuevas oportunidades comerciales y plataforma eficaz para la industria del transporte de viajeros por carretera. En este contexto, FIAA reunirá en Feria de Madrid una extensa representación de la industria carrocera española -reconocida mundialmente-, de los principales fabricantes de chasis que operan en Europa, así como una importante presencia de los fabricantes de componentes y tecnologías. Una participación que ha convertido a la Feria en la segunda monográfica más importante para el sector en Europa, y una cita de referencia para profesionales de todo el mundo. Una posición que la organización pretende consolidar de cara a la próxima convocatoria, cuando también se reforzará su perfil internacional. Proyección mediática Los profesionales reconocen en la Feria el foro para conocer las tendencias y la 66
evolución del sector. FIAA es, además, el escenario idóneo para, cada dos años, presentar sus novedades y productos gracias a su gran repercusión mediática: en la última edición, el Salón logró 367 impactos en medios de comunicación entre publicaciones nacionales, internacionales, digitales, revistas especializadas, apariciones en radio y televisión. Unas informaciones que acercan los avances técnicos a los profesionales y que, a la vez, potencian la imagen y la utilidad del viaje en autobús. A la relevancia que ha logrado FIAA en el sector del autobús y el autocar ha contribuido definitivamente el alto perfil profesional de los visitantes de la Feria que encuentra en el certamen la respuesta a sus necesidades comerciales. Esta satisfacción se refleja por la alta participación que logra el Salón, que en 2010 reunió a 10.257 profesionales procedentes de 51 países. Unos datos que confirman que el sector reconoce en el certamen su foro indiscutible y de confianza, a lo que ha contribuido el apoyo que, desde la primera edición, han dado los principales actores de la industria a FIAA a través de ANETRA, ASCABUS, ASINTRA, ATUC, FENEBÚS y TU. Todas estas características aportan un valor añadido a FIAA para que actúe, entre el martes 23 y el viernes 26 octubre de 2012, como la mejor plataforma comercial para crear nuevas oportunidades de negocio en la industria transporte de viajeros por carretera.
FERIAS Y CONGRESOS
Mercedes-Benz celebra un Simposio sobre Transporte Público 〔 En el marco de las MOT 2011 Como todos los años impares, MercedesBenz celebró en Mannheim las Jornadas de Autobuses y Autocares (MOT 2011), una cita ineludible para las empresas de transporte en autobús y los especialistas de transporte público. Este año, los visitantes pudieron encontrar innovaciones tan destacadas como el Mercedes-Benz Travego Edición 1, con una cadena cinemática completamente nueva y
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homologación Euro VI, o el nuevo Citaro. Junto a la exposición se ofreció un atractivo programa de información y entretenimiento, celebrándose además un Simposio de Transporte Público. Las conferencias de los participantes se alternaron con recomendaciones prácticas en torno a los servicios y la tecnología de los vehículos, así como información a los touroperadores. También estuvieron presentes en las MOT los proveedores de componentes.
FERIAS Y CONGRESOS
Este año, Mercedes-Benz Autobuses y Autocares dio la bienvenida a cerca de 5.000 visitantes de más de 20 países. Este evento se suma a las celebraciones del aniversario del automóvil con su lema: '125! años de innovación'. Así, el diseño exterior de los numerosos vehículos exhibidos recogía el tema del aniversario. Los autobuses y autocares expuestos en una superficie de 3.500 m², ofrecieron una visión representativa de la oferta de Mercedes-Benz en todos los segmentos de mercado: un Travego Edition 1, un Tousimo edición especial '125! años de innovación', un Tourino, una Sprinter Travel 65 y una Travel 45, un Integro, el nuevo Citaro, un Citaro CNG y la Sprinter City 77. También se dispusieron varios vehículos en el exterior, como el Citaro G BlueTec Hybrid o el Citaro FuelCELL-Hybrid, para realizar recorridos de prueba. Otro aspecto destacado de las MOT fue la extraordinaria oferta de servicios OMNIplus para los operadores de autocares y autobuses. Así, se presentaron las tarjetas OMNIplus (ServiceCard Basic y Premium), la red de puntos de servicio, la formación para conductores, la oferta de vehículos de ocasión y los servicios de financiación a la medida, entre otros. Un futuro positivo para el transporte público El Simposio Mercedes-Benz contó con la participación de destacados expertos, con unas ponencias principalmente dirigidas a las empresas de transporte. Tras la bienvenida de Angela Titzrath-Grimm, Directora General de Marketing y Postventa de Daimler Buses, intervino Richard Averbeck, Responsable de Ingeniería de Producto de Daimler Buses, con la ponencia “¿Está bloqueado el transporte público de personas por el cambio climático y la presión de los precios?. Averbeck sí augura un futuro muy positivo para el transporte público de cercanías. Afirmó que se debe producir un cambio de costumbres, de vida, dando más uso al transporte público urbano, mucho más
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sostenible, a pesar de la reducción de las subvenciones públicas. Las nuevas tecnologías han reducido las emisiones y esto ha supuesto un aumento de los costes de adquisición. Sin embargo se reducen los costes del ciclo de vida de los vehículos, aumentando su rentabilidad. En este sentido, señaló la necesidad de hacer los costes más transparentes y luego reducirlos. En FleetBoard, Daimler ofrece además un sistema para supervisar e influir en los costes que se adapta a las necesidades reales imperantes. Además de la necesaria transparencia, el operador también se beneficia de una reducción directa de costes, en particular gracias a la posibilidad de influir en el consumo de combustible. La ponencia “El transporte público de cercanías en el difícil equilibrio entre economía y política” corrió a cargo de Winfried Hermann, ministro de Transporte e Infraestructura del estado federado de Baden-Württemberg. Para Hermann es necesario que el político piense en el cambio demográfico que se está produciendo, en la sociedad del futuro y en sus demandas. Con una población menor y de mayor edad, los sistemas han de ser más rentables y sostenibles. Hay que promocionar y facilitar el uso del transporte público, así como mejorar los sistemas de información al pasajero, sobre todo en las zonas más rurales. Además, señaló como preciso fortalecer la competencia del Gobierno junto con la gestión privada. El transporte en autobús, un modo de gran calidad y económico, debe ser una alternativa al vehículo privado y al tren. Una política moderna de movilidad también lo debe ser culturalmente, una cultura en la que se imponga viajar de modo respetuoso y fluido. Günter Elste, CEO de Hamburger Hochbahn AG, expuso su perspectiva sobre el futuro de las empresas de transporte y presentó “La estrategia de 2030 Hochbahn”. El objetivo principal para Elste debe ser intensificar el transporte público e incrementar su cuota. En su intervención expuso el caso de la ciudad de Hamburgo, que ha sido ganadora del
FERIAS Y CONGRESOS
premio a la capital europea en cuidado del medioambiente, una de las pocas regiones con crecimiento demográfico. Y apostó por una movilidad de futuro complementaria como clave para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos y conseguir un transporte que atraiga a los ciudadanos. Facilitar un sistema de transporte público cómodo y asequible para dejara de usar el vehículo privado es la solución que Elste propuso, con soluciones añadidas como la transparencia de ofertas, la información al pasajero o los billetes “únicos”, una oferta que cumpla las exigencias del
usuario. “Las perspectivas son alentadoras y hay que aprovecharlas”, concluyó. Finalmente Roman Biondi, portavoz de la marca Autobuses y Autocares MercedesBenz en EvoBus GmbH, realizó un resumen de las intervenciones y esbozó una visión del futuro de este segmento, cuyos principales retos –ecológicos, mayor confort, seguridad, calidad…- requieren una mayor inversión. En este sentido, destacó que Mercedes-Benz entiende esos nuevos retos a los que se enfrenta ahora el empresario y los está asumiendo en pro de sus clientes.
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INDUSTRIA
Iveco presenta el interurbano Evadys al mercado español Iveco ha presentado su nuevo modelo de autocar Evadys, en sus versiones H y HD, a todos los clientes del mercado español y a su Red de Concesionarios, en las instalaciones que el INTA posee en Torrejón de Ardoz (Madrid), incluyendo además la exposición de los modelos más significativos que conforman la gama Irisbus Iveco. Todos los asistentes pudieron participar en pruebas dinámicas de los vehículos en las pistas del Circuito. La gama Evadys, con sus versiones H y HD se sitúa en el segmento interurbano y se caracteriza por su capacidad para adaptarse a las distintas necesidades de los
acondicionado y doble acristalamiento, que garantiza un alto nivel de aislamiento térmico y acústico. Algunas de las principales características adicionales con que cuenta el Evadys son: • Portaequipajes y maleteros con unas capacidades entre las más altas del mercado, y todo ello en uno de los vehículos más bajos de los que existe en estos segmentos. • Asientos funcionales, atractivos y espaciosos, así como un sistema de calefacción autónomo programable. • Seguridad: frenada eficaz y estabilidad bajo cualquier circunstancia. En la presentación del Evadys, se exhibieron también vehículos de la gama Irisbus Iveco comercializados en España, como son: • Eurorider: gama de chasis destinados a los fabricantes de carrocerías que carrozan vehículos de gran capacidad. La gran versatilidad de la gama, disponible en 2 y 3 ejes y con una amplitud de potencias que van desde los 330 CV a los 450 CV, cuentan con motores propulsados por Diesel y situados en la parte trasera del vehículo, de fácil acceso para operaciones de mantenimiento, lo que hace que esta gama pueda dedicarse a uso suburbano, escolar, turístico, autobuses de línea e incluso de larga distancia.
operadores de transporte de pasajeros, reuniendo los valores que caracterizan la gama de autobuses turísticos Irisbus Iveco: versatilidad, calidad, seguridad, confort y capacidad. El Evadys H es ideal para líneas y excursiones de media distancia, y está disponible en longitudes de 12m y 12,8m con motorización de 380 CV. El Evadys HD se posiciona en el exigente mundo del transporte turístico para grandes distancias, con longitudes de 12m y 12,8m y dos posibles motorizaciones, 450 CV y 380 CV. Todas las versiones Evadys están equipadas con EBS, ESP, sistema de velocidad de crucero integrado, aire
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• Crossway: esta gama cuenta con versiones de piso convencional de 12,8m, 12m y 10,6m y con versiones Low Entry de 12,8m, 12m y 10,8m, cuyas motorizaciones, dependiendo de la versión elegida, pueden ser de 300 CV (motor Tector), 330 CV y 380 CV (motor Cursor 8). Esta gama de la que ya se han vendido en Europa más de 10.000 unidades, se fábrica integralmente en la factoría de Iveco de la República Checa y se caracteriza por ofrecer unas magníficas prestaciones en capacidad de viajeros, consumos y fiabilidad que se traduce en rentabilidad para los operadores de transporte de pasajeros. • Arway: cuenta con versiones todas ellas de piso convencional de 12,8m, 12m y 10,6m de longitud y con potencias Cursor 8 de 330 CV y 380 CV. Al igual que la gama Crossway, se fabrica en la República Checa y es un vehículo ideal para realizar medias distancias.
INDUSTRIA
Transporte eficiente con el Neoplan Starliner de Autopullman Padrós para el F.C. Barcelona MAN Truck & Bus Iberia, a través de su delegación en Barcelona, ha hecho entrega a Autopullman Padrós de un autocar Neoplan Starliner, que será utilizado para realizar los transportes oficiales de diferentes secciones del Fútbol Club Barcelona. El FC Barcelona sacó a concurso el año pasado su servicio de transporte, adjudicado en junio de nuevo a Autopullman Padrós, empresa catalana con más de 40 años de existencia, que lleva 10 colaborando con el equipo blau-grana. Antonio Milla, Jefe de Zona España Noreste, asegura que “estamos encantados de que, de nuevo, Autopullman Padrós haya confiado en nosotros para hacer los transportes del FC Barcelona. Lleva más de dos años pensando en un Starliner como el vehículo ideal para este tipo de servicios. Y es normal, porque el autocar destaca por todo: diseño, eficiencia, sistemas de seguridad, visión panorámica, motorización, prestaciones...”. Josep Padrós, responsable de la compañía operadora, lleva una década trabajando para el FC Barcelona, y considera que el Starliner es la “guinda del pastel”. “El Starliner será el vehículo oficial del primer equipo de fútbol, y le acompañará en las ocasiones que sea necesario. Cuando no lo sea, estará disponible para el primer equipo de baloncesto, de balonmano y de otras secciones del Club. Por ejemplo, será el oficial de la Copa del Rey de Baloncesto, que tendrá lugar en Barcelona el próximo mes de febrero”.
El Starliner del Autopullman Padrós es un vehículo de 14 metros de largo y 3,97 de altura (incluido el equipo de aire acondicionado), propulsado por un eficiente motor MAN D2676 LOH 28 EEV, de 12,4 litros y 505 CV, que entrega un par motor de 2.300 Nm a 950 rpm. Incorpora el cambio automático MAN TipMatic de 12 relaciones, Tempomat, Intarder, Brensomat Easy Start, y un completo equipamiento de seguridad, que incluye ESP, faros de xenón, luz de día y luz de curva, LGS (sistema de aviso en caso de abandono del carril), CDS (control electrónico de suspensión el cual permite que la carrocería no se incline en curva y adaptando al vehículo a cada tipo de carretera en función de su estado), ACC (control de la velocidad de crucero con regulador de distancia de seguridad) y aviso en caso de incendio, combinado con el EBS (con función ABS/ ASR). En el interior, se encuentra el volante multifunción, equipo de climatización independiente para el conductor y los pasajeros, sistemas de audio individuales para cada pasajero con auriculares de ocho canales, depósito de combustible de 480 litros + 400 litros adicionales, personalización con el escudo del FCB, horno para calentar hasta 32 comidas, 2 zonas bis a bis con sonido individual multicanal, y mesas con sistema de elevación y descenso eléctrico. Dispone también de un sofá lounge, con mesa de reunión, cocina equipada con fregadero, microondas, frigorífico y cafetera. Se disponen, en función de la distribución de butacas, un total de 7 monitores de 15,6” desde los que se pueden visualizar tanto films de entretenimiento, TV TDT, panorámicas del recorrido que se está efectuando, o la posición GPS en cada momento. Dispone de un frigorífico trapezoidal de 52 litros. Las 37 butacas están tapizadas en piel y personalizadas con los escudos del FCB y Autopullman Padrós, a su vez son abatibles y desplazables. Entre otros equipamientos, disponen también de reposapiés, bandeja, posavasos, tomas de corriente para cada pasajero de 220 v, y todo tipo de comodidades para satisfacer las necesidades de los jugadores. La parte inicial del pasillo dispone de una barra de seguridad independizando la zona del conductor con el pasaje.
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INDUSTRIA
El nuevo Mercedes-Benz Citaro, galardonado con el “Grand Award”
El nuevo Mercedes-Benz Citaro recibió el “Grand Award” (Gran Premio) al autobús de línea en la feria de Busworld de Kortrijk, Bélgica. Para ello un equipo de jueces expertos de la Semana Europea del Autobús y Autocar (European Coach & Bus Week), puso a prueba los autobuses y autocares durante una semana valorando el diseño, el interior con el nuevo puesto de conducción y sobre todo, el nuevo equipamiento de seguridad. “El nuevo Mercedes-Benz Citaro es el primer autobús urbano que puede entregarse con el programa
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electrónico de estabilidad (ESP). Estamos muy orgullosos de que, una vez más, nuestro equipo haya podido ponerse en primer lugar en cuanto a la seguridad del transporte público”, comentó la Directora de marketing, ventas y postventa de Daimler Buses, Angela TitzrathGrimm. El nuevo Citaro se presentó por primera vez a mediados de 2011 y en breve reemplazará incluso al autobús urbano de mayor éxito mundial. Actualmente se están entregando los primeros vehículos de esta nueva serie Citaro.
INDUSTRIA
El S 415 GT-HD elegido como el autocar más rentable Las revistas especializadas “Omnibusrevue” y “Busfahrer” le han otorgado el galardón “Autocar Ecológico” al Setra S 415 GT-HD de la categoría ComfortClass. El autocar convenció ante todo por su eficiencia en el uso de combustible. Por ello ostenta el título de “Autocar Ecológico 2011”.
El S 415 GT-HD logró el mejor nivel de eficiencia de combustible entre los autocares de dos ejes que se pusieron a prueba, consiguiendo así el galardón “Autocar Ecológico 2011”. Este premio se cede anualmente y de forma alternativa a autocares y autobuses urbanos.
Estas fueron las palabras de Lothar Holder, Director de Ventas de la División de Autobuses y Autocares Setra, EvoBus GmbH: “Me alegro especialmente de haber recibido este premio, puesto que demuestra que el S 415 GT-HD es el autocar más rentable para las empresas de autobuses y autocares. El total de ventas de 5.500 unidades de la ComfortClass 400 habla por sí mismo”.
La ComfortClass 400 como “Edición Final” (Final Edition)
El “Galardón al Autocar Ecológico” (Green Coach Award) Para conceder el “Galardón al Autocar Ecológico” se evalúan todos los informes de pruebas de los dos últimos años. En total, las revistas especializadas “Omnibusrevue” y “Busfahrer” probaron siete autocares de dos ejes. A todos los vehículos se les aplicó una carga de aproximadamente 18 toneladas, 100 kg por asiento. Al final de la ruta de prueba que cubrió unos 600 km a lo largo de la Suiza sajona —el editor de pruebas Sascha Böhnke condujo personalmente todos los autocares—, se determinó el consumo de combustible del vehículo de prueba. Una fórmula de eficiencia del combustible tuvo en cuenta el peso exacto del autocar de prueba.
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Como “Edición Final” con equipamiento exclusivo, el autocar más rentable —el S 415 GT-HD— fue la pieza central del stand de Setra en la feria Busworld de Kortrijk. La Edición Final del Setra ComfortClass está equipada con las lunas tintadas “Galaxsee” y destaca por sus molduras de acero inoxidable pulido. Y es que en Setra los pequeños detalles también marcan la diferencia. El puesto de conducción, con incrustaciones en madera de arce, marca el carácter exclusivo del autocar, como también el logotipo de Setra con iluminación de fondo situado en el estribo de la entrada delantera. Los pasajeros pueden disfrutar con total comodidad de los 49 asientos “Voyage Plus” con cabecera de piel. Las piezas centrales de piel estampadas de los respaldos, la tapicería de los asientos y las cabeceras combinan a la perfección con el diseño exterior del vehículo. Los asientos, de gran calidad, disponen de respaldos regulables y acolchados, ajuste lateral, doble asidero, reposabrazos plegable en la parte del pasillo y malla para equipaje.
INDUSTRIA
El “Autobús Europeo del Futuro” de Volvo ya está probándose en Gotemburgo Desde diciembre está funcionando el autobús prototipo de Volvo para el proyecto “Autobús Europeo del Futuro”, que entre otras características dispone de un acceso más fácil para acortar los tiempos de viaje y hacerlos más cómodos. El transporte público es un elemento clave para luchar contra los atascos y la contaminación en las ciudades. Pero, ¿qué se puede hacer para convencer a los ciudadanos de que abandonen sus coches y utilicen el transporte público? Un anticipo de lo que va a atraer a los pasajeros del mañana se puede ver ya en las calles de Gotemburgo, donde un nuevo autobús prestará servicio regular durante tres meses cubriendo la ruta 16, una de las más utilizadas de la ciudad. Dentro del marco del programa European Bus System of the Future (EBSF) o Sistema de Autobuses Europeos del Futuro, cada ciudad, fabricante y participante en este proyecto realiza un test sobre diferentes áreas del transporte urbano que luego se pondrán en común para mejorar el sistema europeo de manera global. En el caso de Volvo y su vehículo testado en Goteburgo, se investiga la accesibilidad y la posición central del conductor. El piloto que está teniendo lugar en Gotemburgo nace de la asociación entre Volvo Buses, la Chalmers University of Technology, la empresa de transporte público Västtrafik y el operador Veolia. Lo que se pretende es desarrollar y probar un autobús diseñado para atraer más pasajeros al mismo tiempo que se ofrecen las condiciones necesarias para ahorrar costes y combustible. Centrado en los pasajeros “El autobús urbano óptimo debe ser seguro y acogedor al mismo tiempo, accesible para el ascenso y descenso de pasajeros, y el viaje tiene que ser rápido. Estas son las principales áreas en las que nos hemos centrado para este nuevo autobús”, declara Peter Danielsson, Project Manager en Volvo Buses.
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El punto de partida para el diseño de este nuevo autobús ha sido el estudio del comportamiento de los pasajeros en diferentes ejercicios de simulación en los que los investigadores de Chalmers estudiaban cómo los pasajeros respondían ante diferentes situaciones en un viaje típico. Además se entrevistó a 300 pasajeros habituales del transporte público, para averiguar su opinión sobre el uso de este medio de transporte. El resultado ha sido un autobús articulado que se diferencia en muchos aspectos de los vehículos habituales. Recortando el tiempo de viaje Para hacer más fácil el ascenso y descenso del autobús, las puertas delanteras tienen un sistema de apertura mucho más amplio de lo habitual, y se sitúan detrás del conductor, de modo que los pasajeros pueden pasar directamente al área de asientos del autobús. Las puertas traseras se abren de forma que no invaden el espacio de los viajeros, y se cierran y abren con un rápido movimiento lateral, similar a un vagón de metro. La altura de acceso se sitúa muy cerca del bordillo de la parada del autobús, facilitando así el acceso de pasajeros con dificultades de movilidad o de aquellos que llevan carritos de bebé.
INDUSTRIA
“Con estas soluciones, podemos acelerar el flujo de pasajeros y reducir los tiempos de espera en las paradas hasta un 25%. Esto significa que acortamos la duración del trayecto, un factor al que los pasajeros dan gran importancia”, continúa Peter Danielsson. Otro punto importante que se ha tenido en consideración ha sido el dar al autobús un interior acogedor. Por ejemplo, el espacio de la “concertina” articulada en la parte central se he realizado con un material transparente que permite el paso de la luz. Además, la distribución interior se ha cambiado para aumentar la capacidad de pasajeros en un 20%, en comparación con un autobús articulado convencional. “Colocando el eje delantero lo más lejos posible, los pasos de ruedas no roban espacio a los pasajeros, y para alojar a más pasajeros de pié en los momentos de hora punta, los asientos de la parte delantera son abatibles y se pueden bloquear electrónicamente por el conductor”, explica Peter Danielsson. La diferencia más notable en comparación con un autobús común es la posición centrada del conductor, que da una visión panorámica, lo que incrementa la seguridad vial. La parte delantera del autobús se ha diseñado para tener un aspecto moderno. Formación en técnicas ecológicas “Un aspecto importante del proyecto es probar y monitorizar cómo los cambios en el estilo de conducción pueden ayudar a la hora de proporcionar a los
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pasajeros un viaje más placentero, como por ejemplo a través de una aceleración y frenado suaves. Como parte del proyecto, hemos equipado todos los autobuses con características que ayudan al conductor a conducir suavemente. Todos los conductores del proyecto han recibido formación para encajarse en las paradas de autobús, para que el pasajero pueda entrar y salir más fácilmente”, comenta Magnus Lorentzon, Project Manager en Västtrafik. Seguimiento en Primavera Tanto las impresiones de los pasajeros como las de los conductores serán monitorizadas por Chalmers a lo largo de este proyecto. “Estamos organizando un focus group con los pasajeros que utilizan regularmente la línea para que nos ofrezcan sus puntos de vista. Además, llevaremos a cabo un gran número de entrevistas con pasajeros en febrero”, declara MariAnne Karlsson, investigadora en Chalmers. Los resultados de este estudio se presentarán en la primavera de 2012 e indicarán si el autobús del futuro ha llegado para quedarse. El sub-proyecto de Gotemburgo forma parte del programa de investigación del “Sistema de Autobuses Europeos del Futuro” apoyado por la Unión Europea. El programa cuenta con 47 socios, incluyendo los cinco mayores fabricantes de autobuses de Europa. El presupuesto total es de 26 millones de euros. Se puede encontrar más información en ebsf.eu
INDUSTRIA
Castrosua entregó 4 unidades al Puerto de Santa María El ayuntamiento del Puerto de Santa María acaba de presentar cuatro nuevos vehículos para el servicio de autobuses urbanos. Estos forman parte de la oferta de la nueva empresa concesionaria de transporte, que se hizo cargo del servicio en junio de 2011. Con estas incorporaciones su flota llega a los 22 vehículos, con una antigüedad media de tres años. Los cuatro autobuses están carrozados con el modelo City Versus de Castrosua sobre bastidor Volvo B9TL con motorización Euro V, de baja contaminación y
baja sonoridad, con adaptación para combustible biodiesel. La longitud de los vehículos es de 10.6 metros y consta con 21 asientos y 64 plazas de pie. Además tiene cuatro asientos para personas con movilidad reducida, rampa telescópica para acceso de silla de ruedas, iluminación interior y exterior de tecnología Led. El aire acondicionado es frío/calor y disponen de cámaras para el control de la puerta central y marcha atrás.
Tata Hispano lanza el nuevo autocar Scala A finales del pasado año, Tata Hispano lanzó al mercado un nuevo modelo de autocar, ampliando su ya extensa gama de producto. La nueva marca lleva el nombre de Scala. La estrategia de producto de la compañía da un salto más acercándose a las
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necesidades reales de los operadores de transporte del país, creando, innovando y mejorando la oferta de modelos para cada servicio de transporte de pasajeros, situándose como uno de los fabricantes de España punteros en este sentido.
INDUSTRIA
El objetivo con este nuevo lanzamiento es el de cubrir el segmento específico de servicios de líneas regulares, líneas regionales, operaciones combinadas consorcio-discrecional y líneas de consorcio con requerimientos altos de equipaje y acabado. Este nuevo modelo complementa a los actuales Xerus y Naya, aportando nuevas soluciones a un mercado donde cada día es más crítico utilizar la herramienta apropiada para cada trabajo.
Podemos resumir en 5 los principales atributos de la carrocería de 3,45 m de altura, que ha sido diseñada con las siguientes premisas: 1) Versatilidad tanto para servicio discrecional como regular. 2) Funcionalidad en su diseño: un acertado equilibrio entre imagen y practicidad, entre confort y capacidad de pasaje.
El nuevo modelo Scala está realizando una serie de presentaciones por toda España (Zaragoza, Valencia, Madrid, Galicia, Bilbao, Barcelona, sur de España), además de presentaciones privadas a empresas.
3) Facilidad de mantenimiento y reparación: Acceso sencillo a todos los elementos de mantenimiento.
Con un feedback positivo sobre el vehículo, se están recibiendo felicitaciones por la nueva propuesta lanzada al mercado, obteniendo hasta la fecha una gran acogida por parte de los operadores. Numerosas compañías de transporte y representantes de las diferentes marcas de chasis acudieron a estas tres ciudades, contando con un elevado nivel de asistencia, lo que demuestra el interés del sector en conocer las innovaciones en producto que la compañía está ofreciendo para ampliar aún más su gama de producto, y en cómo esto puede ayudar a maximizar los negocios de los operadores de transporte.
5) Reducido consumo: Una altura de solo 3,45 m, una estructura patentada super ligera y nuestra excelente aerodinámica.
4) Amplitud de maletero.
Para este año Tata Hispano prevé vender entre 60 y 80 unidades. El modelo Scala, en cuyo desarrollo se ha invertido aproximadamente un 1 M€, es una apuesta más de Tata Hispano en ofrecer un diseño funcional y una buena relación calidad-precio, adaptándose a los requerimientos del mercado en todo momento.
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INDUSTRIA
Avanza Interurbanos incorpora 27 unidades Intea de Tata Hispano y Llorente Bus 7 Avanza Interurbanos adquiere un total de 41 autobuses
total de 41 autobuses para completar el pedido de la compañía.
La entrega de Avanza Interurbanos se ha realizado en dos fases. El operador recibió como primer lote 13 unidades del modelo Intea Premium y seguidamente otras 14 unidades del mismo modelo. Queda pendiente otra tercera entrega de 14 vehículos, hasta sumar un
Todos los autobuses han sido carrozados sobre chasis Scania K280 IB y tienen una longitud de 13 metros. Las unidades cuentan con 53 asientos de pasaje, espacio para silla de ruedas, plataforma elevadora y accesorios para sillas de ruedas. Se han equipado también con
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INDUSTRIA
movilidad reducida, por lo que cuentan con plataforma elevadora. También disponen de preinstalación de canceladoras y para 3 cámaras de vigilancia. Los otros 7 Intea pendientes de entrega montan bastidor Scania K360 IB EEV y tendrán un equipamiento similar, pero su capacidad será para 63 pasajeros sentados más el espacio para sillas de ruedas.
climatizador Hispacold 12L, rótulos LED, 4 altavoces interiores, porta paquetes e iluminación de Xenón para cruce. Su puesto de conductor es urbano y disponen además de preinstalación de máquinas expendedoras, SAE y 3 cámaras de vigilancia interior. Los vehículos cumplen la normativa de transporte escolar. José Luis Román, Director de Cercanías de Madrid de Avanza, ha confirmado la buena imagen que su Grupo tiene de los nuevos vehículos lanzados por Tata Hispano, de hecho, afirma, “es una decisión global por la que ha renovado gran parte de su flota con los innovadores modelos de la marca”. También señala estar muy satisfecho por la decisión de compra global “porque son unos vehículos que ofrecen una muy buena relación calidad-precio”. 14 Intea para Llorente Bus Asimismo, Llorente Bus, también integrado en el Grupo Avanza, ha recibido el primer lote de una estrategia total de 14 Intea. Las 7 primeras unidades de 13 m y los 7 restantes de 15 m. Los primeros vehículos entregados se han carrozado sobre bastidor Scania K280 IB, con capacidad para 53 pasajeros sentados y espacio interior para una silla de ruedas. Son unidades adaptadas a personas con
Chema Cagigal, gestor de cuentas de zona para Madrid de Tata Hispano, ha destacado la importancia de estas operaciones, englobadas dentro del plan de adquisiciones del Grupo Avanza, gracias a la cual “está creciendo a pasos agigantados la cuota de mercado de la marca en el segmento de cercanías de Madrid con una alta representación de sus vehículos en el Consorcio de Transportes de la región”. El operador ha hecho “una gran apuesta por la calidad que aporta al servicio interurbano el modelo Intea”. Autobuses Larrea sigue incorporando nuevos Intea Por su parte, Autobuses Larrea ha adquirido un total de 21 autobuses interurbanos del modelo Intea Premium. Tras la incorporación a su flota de 4 unidades Intea de 15 m y otras 11 de 13 m, el operador madrileño ha recibido 6 nuevos Intea, también de 13 m de longitud, todos ellos carrozados sobre bastidores Scania K360 IB. Los nuevos vehículos adquiridos tienen 53 butacas de pasaje tapizadas y con cabezal de piel. Se ha cuidado mucho la accesibilidad para personas de movilidad reducida en los Intea, por lo que disponen de espacio para silla de ruedas y plataforma elevadora Gobel 300, acceso al interior mediante puerta central es doble, con 2 hojas acristaladas. Las 6 unidades, homologadas para realizar transporte escolar, cuentan con preinstalación de 3 cámaras de vigilancia exterior, así como de iluminación exterior de Xenón para cruce, preinstalación de máquina expendedora, 2 canceladoras y SAE. En la parte delantera, trasera y lateral se han instalado rótulos electrónicos Hanover y se han montado altavoces tanto en la zona de pasaje como la del conductor. Equipa también Climatizador Hispacold 12L y portapaquetes para el transporte de equipaje de mano.
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NOMBRAMIENTOS
MAN refuerza su equipo de buses urbanos con Tomás Merino y Juan Sierra El Departamento de Buses de MAN Truck & Bus Iberia incorpora al departamento de urbanos, junto a Juan Sierra, a Tomás Merino como nuevo Key Account. Con este nombramiento, el director, Miguel Ángel Alonso, refuerza y consolida el actual equipo de buses urbanos de la marca alemana. MAN Truck & Bus Iberia es actualmente el segundo fabricante líder en el mercado de urbanos en España. Desde esa posición y partiendo de la base del fuerte compromiso con la orientación al cliente y la eficiencia que caracterizan a MAN, integramos en la parte comercial del departamento a Tomás Merino como Key Account, que junto a Juan Sierra completa el área comercial de buses urbanos. Tomás Merino es Ingeniero Técnico Industrial por la Universidad Politécnica de Madrid, y ha desarrollado prácticamente toda su carrera profesional en el segmento de la automoción. Forma parte de MAN desde el año 1995, cuando inició su labor en el Departamento de Informática. Posteriormente, en 2007, pasó a integrar el Departamento de Producto de Autobuses, desempeñando funciones técnicas hasta la fecha, momento en que ha sido designado como responsable Key Account de Urbanos. Por su parte, Juan Sierra lleva ya trabajando en el Departamento de Urbanos desde el pasado mes de marzo, responsabilizándose de labores comerciales. Llegó a MAN, procedente del sector del camión. En el año 2007 comenzó a trabajar en Comatra como delegado comercial de Autocares Discrecionales para las provincias de Ciudad Real, Toledo y Guadalajara.
José Manuel Cosío asume la Dirección Comercial y de Marketing del Grupo Castrosua José Manuel Cosío ha sido nombrado nuevo Director Comercial y de Marketing del Grupo Castrosua, puesto desde el que se responsabilizará de diseñar la estrategia comercial del grupo, en consonancia con las directrices marcadas por la dirección de la compañía. Licenciado en Administración y Dirección de Empresas (especialidad Dirección de Marketing y Gestión Comercial) por el ESIC, complementó su formación con varios Máster y PDD realizados en el IESE (Madrid), INSEAD/CEDEP (Francia) y Thunderbird Management Center (Arizona- EEUU). José Manuel Cosío, madrileño de 45 años, posee una dilatada experiencia en diferentes multinacionales, desempeñando diferentes puestos, como Director Comercial, Director de Desarrollo de Negocio, Product Market Manager, Director de Marketing y Business Intelligence, para diferentes países, lo que avala su amplio conocimiento de estrategia comercial, mercados exteriores y su capacidad para la gestión de equipos. Todo su equipo le ha dado la bienvenida y el apoyo incondicional ante los retos marcados por la dirección de la empresa, que a su vez apuesta firmemente por el nuevo equipo. Es un equipo equilibrado entre veteranía y juventud, pero sobre todo con muchas ganas de seguir creciendo. Con este nuevo nombramiento, el Grupo Castrosua refuerza su equipo humano y viene a completar un proceso en el que se encuentra inmerso, preparando a las compañías del grupo para afrontar nuevos retos, tanto a nivel nacional como internacional.
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NOMBRAMIENTOS
Carl-Henric Svanberg presidirá el Consejo del Grupo Volvo El Comité de Elección de AB Volvo ha propuesto, para la próxima junta anual de la compañía, que tendrá lugar el 4 de abril de 2012, la elección de Carl-Henric Svanberg como nuevo presidente del Consejo. El actual presidente, Louis Schweitzer, ha declinado su reelección. El Comité de Elección también propone la reelección de los miembros del Comité: Peter Bijur, Jean-Baptiste Duzan, Hanne de Mora, Anders Nyrén, Ravi Venkatesan, Lars Westerberg, Ying Yeh y Olof Persson. “Con una experiencia de más de una década en el Comité, Louis Schweizer siempre ha hecho uso de su experiencia y amplio conocimiento de la industria de la automoción, y ha sido una gran contribución tanto para el Grupo Volvo como para sus accionistas,” declaró el presidente del Comité de Elección, Carl-Olof By. El Comité de Elección ha decidido por unanimidad proponer a Carl-Henric Svanberg como nuevo miembro y presidente del Consejo de Dirección de AB Volvo en su junta anual. “Carl-Henric Svanberg tiene 15 años de experiencia como presidente de diferentes compañías, y ha demostrado tener un amplio conocimiento y un gran liderazgo. Carl-Henric Svanberg, junto al resto de miembros propuestos, formará un Consejo de Administración sólido capaz de hacer frente a los retos a los que se enfrentará la compañía en el futuro,” declara el Carl-Olof By. El Comité de Elección de AB Volvo está formada por 4 representantes de algunos de los principales accionistas de la compañía, que juntos representan el 17% de las acciones y el 43,2% de los votos, y el Presidente del Consejo. Los representantes de los principales accionistas son Carl-Olof By, representante de Industrivärden, Jean-Baptiste Duzán, representante de Renault s.a.s., Håkan Sandberg, representante de SHB Pension Fund l Fondo de Pensiones SHB, SHB Employee Fund, SHB Pensionskassa y Oktogonen y Lars Forberg, representante de Violet Partners LP. Louis Schweitzer ha sido miembro del Consejo de AB Volvo desde 2001 y ha ejercido como presidente desde enero de 2010. Entre 1986 y 2009, Louis Schweitzer ocupó varios cargos en Renault, entre ellos el de Presidente y Presidente de Renault SA. Louis Schweitzer es actualmente presidente de Astra Zeneca y también participa en los comités de BNP Paribas, Veolia y L'Oreal. Carl-Henric Svanberg, nacido en 1952, es actualmente presidente de BP plc y miembro de la Junta de Telefonaktiebolaget LM Ericsson. Carl-Henric Svanberg tiene un Máster en Ciencias por el Linköping Institute of Technology y es licenciado en Ciencias Económicas por la Universidad de Uppsala. Anteriormente ejerció como Presidente y CEO de Telefonaktiebolaget LM Ericsson 2003-2009, y Presidente y Director General de Assa Abloy AB 1994-2003. También es miembro del Comité de Dirección de Alianza Global de las Naciones Unidas para las Tecnologías de la Información y Comunicación y el Desarrollo (Gaida), el Consejo Asesor Externo del Earth Institute de la Universidad de Columbia y del Consejo Asesor de la Universidad de Harvard Kennedy School. Carl-Henric Svanberg es Doctor Honoris Causa en la Universidad Tecnológica de Luleå y la Universidad de Linköping, y ha sido galardonado con la Medalla del Rey de Suecia por su contribución a la industria sueca.
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INFORMACIÓN
Circulares Informativas Nº
Referencia
Asunto
Año 2011 96
Fiscal
Impuesto sobre hidrocarburos
97
Financiación
Plan Avanza2
98
Normativa
Arrendamiento Vehículos con Conductor
99
Normativa
Libro de Reclamaciones
100
Discrecionales
Peajes autopistas Portugal
101
Laboral
Estrategia 55 y Más
102
Normativa
Condiciones Otorgamiento Autorizaciones
103
Internacional
Zona adicional de parada Viena
104
Laboral
Calendario Laboral Comunidad de Madrid
105
Normativa
Certificado de Competencia Profesional
106
Laboral
Tiempo de Presencia
107
Laboral
Inclusión en S.S. de personas en Programas de Formación
108
Normativa
Utilización Aseo en Autobuses
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Varios
Nuevos Departamentos Ministeriales
Año 2012 1
Varios
Nueva estructura básica Ministerio de Fomento
2
Varios
Nombramiento altos cargos Ministerio de Fomento
3
Fiscal
Modificación del tipo impositivo del gasóleo profesional
4
Fiscal
Medidas Fiscales del Real Decreto Ley 20/2011
5
Laboral
Salario Mínimo Interprofesional 2012
6
Laboral
Actualización Cotizaciones Sociales
7
Laboral
Actividades Formativas Contratos para la Formación y el Aprendizaje
8
Laboral
Permisos de Paternidad
9
Fiscal
Céntimo Sanitario
Laboral
Tablas Salariales 2012 Convenio Transportes Madrid
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