E l patrimonio cultural .
Situacion ES local ES y prot Ección univ E r Sal
un EStudio jurídico Sobr E El patrimonio cultural local
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E l patrimonio cultural . Situacion ES local ES y prot Ección univ E r Sal u n ES tudio jurídico S obr E E l
patrimonio cultural local
FErnando García rubio
Colección: Atelier Administrativo
Directores:
Joan Manuel Trayter Jiménez (Catedrático de Derecho administrativo)
Belén Noguera de la Muela (Catedrática de Derecho administrativo)
Reservados todos los derechos. De conformidad con lo dispuesto en los arts. 270, 271 y 272 del Código Penal vigente, podrá ser castigado con pena de multa y privación de libertad quien reprodujere, plagiare, distribuyere o comunicare públicamente, en todo o en parte, una obra literaria, artística o científica, fijada en cualquier tipo de soporte, sin la autorización de los titulares de los correspondientes derechos de propiedad intelectual o de sus cesionarios.
© 2023 Fernando García Rubio
© 2023 Atelier
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Tel.: 93 295 45 60
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A Fanny por todo su apoyo en todo momento y pese a todo.
p rólo G o
Cuando, en el marco del Derecho administrativo, se aborda el patrimonio cultural parece que surgen unos determinados temas de tratamiento obligado. Y después otros temas que dependen de la perspectiva personal de cada autor derivada posiblemente de su experiencia personal o sus propias inquietudes. Y es que uno de los encantos de este tema de la cultura está en la mayor creatividad que en efecto permite al jurista, escritor o tratadista.
Se dan incluso posibles enfoques filosóficos. Es posible realizar en esta línea planteamientos constitucionales o políticos de especial interés, abordando el tema de la neutralidad del Estado en materia cultural, la libertad de los artistas, el intervencionismo público y sus límites o, más allá, las relaciones entre la soberanía popular y el principio democrático, por un lado, con la cultura artística. También cabe exponer la cultura desde un punto de vista proteccionista o conservador, pero asimismo desde un punto de vista activo o creador, ya que a veces se olvida este compromiso que se deriva constitucionalmente del Estado de la cultura en aras de la realización de valores culturales, lo cual puede llevar a medir los espacios por su valor estético o cultural, a fin de sustituir barrios donde se muestran insuficiencias desde este punto de vista cultural para la mejora de sus valores estéticos. O puede el autor fijarse en aspectos más prosaicos como la contratación de obras de arte por parte de administraciones o museos o la interrelación de lo cultural con otras ramas del Derecho administrativo.
Viene, pues, siendo obligado que un libro en la materia, realice una referencia al «concepto de patrimonio cultural», haciendo mención de forma inevitable a la legislación de patrimonio histórico, o al tratamiento de las competencias administrativas en este ámbito cultural, y a las aportaciones que ofrece el urbanismo.
Estos temas inevitables, apuntados en último lugar, están presentes en la obra de Fernando García Rubio. En efecto, en las primeras páginas se aborda el concepto de patrimonio cultural incidiendo en sus fuentes jurídicas y en los marcos competenciales. En este sentido, se estudian igualmente los centros históricos; y las declaraciones de la UNESCO.
Esta obra es ante todo un manual de derecho local por referencia a la cultura, ya que lo más destacado del libro es sin duda el repaso o estudio que se realiza del patrimonio cultural desde el punto de vista de las competencias locales. De principio a fin se enfocan los distintos temas desde el punto de vista local. Esta perspectiva otorga mi juicio un especial interés práctico a la presente publicación. Es decir, es una obra imprescindible para todo gestor municipal en unos momentos como los actuales en que la cultura en este plano “va a más”: es claro que, según se van desarrollando nuestras sociedades, la ocupación cultural se nos presenta en nuestras vidas como una alternativa al mundo rutinario o gris de las oficinas que bien nos dibujaron autores como Walser, Mario Benedetti, Roberto Mariani, Melville, Dostoyevski, D.F. Wallace, Sócrates Adams, Josua Ferris, Guillermo Saccomanno, Honoré Balzac, Gogol, Sloan Wilson, o yo mismo en Sonidos de Sensaciones (editorial Vitruvio) o La sensación de sinsabor y el placer estético (Editorial Abada). Frente a estos modos de vida, el placer que proporciona la cultura o el placer estético (que dijera Walter Parter, Oscar Wilde o Gautier) se nos presenta como la alternativa de futuro superadora de aquello otro.
La aportación más relevante de Fernando García Rubio es, por tanto, la incidencia de la temática cultural desde la perspectiva o enfoque local respecto de cada tema que se aborda. Así, ya nos anuncia al comienzo del libro que, en el concepto mismo de patrimonio local, lo que interesa al autor es su vertiente local. Pero también los centros históricos se enfocan desde el punto de vista de la actuación de los entes locales etcétera. Desde esta perspectiva se estudian, igualmente, la legislación de bienes públicos locales y los «nuevos horizontes en las funciones municipales en las materias de patrimonio cultural».
Sin salir de esta perspectiva inicial, es preciso también considerar la aportación de esta obra en relación con «la gestión». Se nos van presentando las distintas problemáticas que afectan a las ciudades. Y el patrimonio histórico cultural se trata como una política urbana. El método seguido enfatiza la gestión, sin descuidar para nada el aparato doctrinal, muy amplio, así como incluso perspectivas no estrictamente jurídicas.
Pero, como decíamos, es habitual que junto a los estudios que hemos llamado “inevitables” en cuanto al tratamiento de la materia cultural desde el punto de vista del Derecho administrativo, acto seguido cada autor desarrolla de su propia perspectiva, ya que precisamente este tema de la cultura es bastante idóneo para estos enfoques particulares que reflejarán las preocupaciones principales del propio autor o las experiencias prácticas que haya tenido.
En este sentido esta obra, como estudios particulares o singulares con personalidad propia, incluye este libro (publicado en la Editorial Atelier, que está realizando una ejemplar labor editorial) un interesante capítulo sobre las «smart cities» que es un tema, como he sabido, que tratan especialmente los arquitectos, en numerosas publicaciones de esa índole. Y Fernando García Rubio estudia asimismo la tauromaquia de modo especial, como un arte cuestionado a nivel municipal con planteamientos entre lege lata y lege ferenda , exponiendo sus propios posicionamientos que es difícil no compartir.
Otro estudio particular es el relativo a si son susceptibles de propiedad intelectual los elementos de señalización urbana. Y aquí el autor proyecta su experiencia nuevamente como experto en la gestión municipal, ya que nos informa del caso de las placas de memoria de la ciudad de Madrid, y estudia el registro de propiedad intelectual y bienes en la vía pública y las características de la propiedad intelectual. En todo momento se nos informa de la legislación aplicable y de la doctrina en la materia, pero también se van realizando reflexiones personales en cada cuestión que cultiva, lo cual proporciona a la obra un carácter informativo importante y útil al mismo tiempo que nos enriquecen los análisis y perspectivas personales.
Asimismo se han considerado en esta obra los paisajes culturales desde el punto de vista jurídico administrativo y finalmente el patrimonio inmaterial local.
En conclusión estamos ante un impulso doctrinal en la materia, mediante un estudio de experto de consideración ineludible para cualquier interesado en la gestión práctica municipal cultural, pero también para cualquier profesor o teórico.
Santiago gonzalez-varas ibañez Catedrático de derecho administrativo de la Universidad de Alicante