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EDITORIAL

Estimados y queridos Audaces, deseando este bien, es el mes de septiembre, noveno del año 2022, y se acerca a pasos agigantados, el cierre del año calendario y el año fiscal. El tiempo no perdona y transcurre sin cesar, no da tregua y no espera, sigue el camino segundo a segundo, es tiempo de reflexionar con todo lo que hemos recorrido a través de los días.

Hoy se suma a la conocida pandemia del Covid-19 los efectos inflacionarios que no solo afecta a nuestro México lindo y querido, sino que además son también a nivel mundial, con el ya conocido como Nuevo Orden Mundial, entre otros la guerra entre Rusia y Ucrania, la neutralización de China a Hong Kong, las tropas de Irán a Gaza, el ejército de Serbia invadiendo a Kosovo, entre otras infinidades de acciones a nivel mundial, que afectan todas estas cuestiones económicas.

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En México se anuncia una inflación de 8.7 % al mes de septiembre de 2022, la mayor en los últimos 22 años, desde que en diciembre de 2000 se llegara a una inflación de 8.96 %, y en comparación con el mes de agosto de 2021 la inflación fue en ese mismo mes de 0.19 %, una enorme diferencia y en ese año 2021 la inflación de 5.59 %. Sin lugar a dudas, la inflación afecta a los hogares de menores ingresos. Los pronósticos no son del todo alentadores; sin embargo, si observamos a países en general que tienen inflaciones como las siguientes al mes de julio de 2022, que son Estados Unidos 8.5 %, Brasil 10.1 Chile 13.1 % y Rusia 15.1%, podremos darnos cuenta de la inflación a niveles mundiales, solo por comparar algunos países.

Los expertos siempre han señalado que si a Estados Unidos le da catarro, entonces México tiene pulmonía, son factores externos e individuales de cada país; sin embargo, queridos y estimados lectores audaces, no bajemos la guardia en aspectos económicos, todo esto viene determinado porque a nivel mundial las cosas no están tan bien, existe un desconcierto a nivel económico y México no es la excepción.

El pasado jueves 8 de septiembre falleció la Reina Isabel II, esto provocó que la libra

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21DIRECTORIO

José Luis Arroyo Amador Director Editorial

Sergio Ramos Gómez Consejo Editorial

Efraín Salvador Miramón Consejo Editorial

Samantha Arroyo Covarrubias Diseño editorial

Contacto: revista@audaciacorporativafiscal.com

esterlina cayera frente al dólar y al Euro, ya que la Reina Isabel II es un icono de la cultura británica, sin embargo, a nivel político económico no deberá tener una repercusión en la economía. Ese mismo día se dio a conocer el PAQUETE ECONÓMICO con los criterios generales en política económica para 2023, en el cual se anuncia que no habrá nuevos impuestos, pero que se modifican las tarifas.

Por ello debemos de considerar que tenemos que seguir en nuestra disciplina financiera de forma personal, tomando en cuenta que debemos incrementar los ingresos, diversificando actividades, posponer cualquier tipo de crédito, reducir los gastos y en su caso buscar inversiones que tengan la certeza de que en caso de ir a la baja, no se pierda mucho del patrimonio.

En AUDACIA CORPORATIVA FISCAL nuestra responsabilidad y compromiso es dar información para complementar tus decisiones corporativas, financieras y fiscales, es por ello que agradecemos a todos y cada uno de nuestros colaboradores que nos dan esa pauta y coadyuvan a este objetivo. Esperando que así sea que disfruten las colaboraciones de este número 48. Hasta la próxima…

VIVA MÉXICO…

E D U C A C I Ó N E M P R E S A R I A L

Cambios en el paquete económico y reforma fiscal 2023

Al darse a conocer el paquete económico para el ejercicio 2023 el día 8 de septiembre por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, integrado por:

Nos sorprendió el que no se hayan presentado modificaciones o adiciones a las leyes fiscales respectivas, generando una gran incertidumbre ¿Cuál será el origen de los recursos necesarios para cumplir los objetivos del gasto público que se presentan en el Presupuesto de Egresos?

Criterios Generales de Política Económica Iniciativa de Ley de Ingresos Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación Miscelánea Fiscal

En la primera lectura de los documentos de este paquete económico, se presentan como principales objetivos en la política fiscal, los siguientes: incrementar la recaudación, sancionar la evasión, evitar la condonación, evitar las malas prácticas fiscales actualización de cuotas, derechos y otros conceptos.

Y se tiene en consideración las siguientes variables, para el cierre del ejercicio 2022.

Inflación 7.7%

Tipo de cambio $20.60

Tasas de interés 9.5% En la Iniciativa de Ley de Ingresos para 2023, se estima una obtención de recursos por un total de 8 billones 300 mil millones de pesos.

Los principales conceptos para la captación de los recursos comentados reflejan en incrementos por ingresos de las siguientes contribuciones;

1. 2. 3.

Podemos observar que el principal concepto es el de ACCESORIOS, lo cual presume que será mediante la cobranza de impuestos de ejercicios anteriores, incrementados por recargos, actualizaciones y multas. Lo cual está considerado en la postura fiscal para el ejercicio 2023:

¿Qué hacer ante el posible incremento en la fiscalización? Ante el reto de que los contribuyente deban enfrentar algún tipo de requerimiento por parte de las autoridades fiscales referente a los conceptos referidos en el párrafo anterior, provocaría la posibilidad en primera instancia de ser sujetos de requerimientos, auditorías y/o la imposición de créditos fiscales en firme, lo que provocaría la potencial necesidad de utilizar medios de defensa fiscal, debemos prepararnos para que en el desempeño de nuestra actividad profesional podamos coadyuvar con nuestros clientes para evitar caer en posibles infracciones y sanciones respecto a ejercicios anteriores.

Para que se pueda preparar una potencial defensa fiscal, debemos hacer un análisis de los ejercicios anteriores, en los siguientes conceptos: Impuesto sobre la renta 21.16 % Impuesto al valor agregado 16.95 % Accesorios 41.43 %

E D U C A C IRevisión Soporte 1. 2. Ó N E M P R E S A R I A Lde presupuestos o planeac documental original ión financiera. 3.Revisión de la identificación y cumplimiento de las diversas obligaciones legales (mercantiles, civiles, laborales, fiscales, etc.) a las que estén o hayan estado sujetos. 4.Debido al registro contable (en base a Normas de Información Financiera), revisar los diversos conceptos contables e identificar los correspondientes a las leyes fiscales, para evitar que el registro de los conceptos fiscales no se confunda con lo referente a la contabilidad financiera. 5.Identificar y correlacionar con la contabilidad los Comprobantes Fiscales Digitales por Internet con fundamento en el Código Fiscal de la Federación y evaluar que reflejen la razón de negocios y sustancia económica de las operaciones de las personas físicas o personas morales.

Conclusión: Debemos concluir que los ejercicios que podrán ser revisados por parte de las autoridades fiscales son, al menos de los 5 años anteriores con base en las declaraciones presentadas (todas a las que se tenga obligación) y los comprobantes fiscales digitales por internet, (principalmente los referidos a deducciones autorizadas).

Otros conceptos fundamentales son los referentes a la constitución de las empresas, las aportaciones de capital, la emisión de las acciones correspondientes, la determinación y pago de dividendos, etc.

Al conocer a fondo la situación legal de nuestros clientes, podemos evaluar los riesgos a los que ha estado expuesto y a los que se puedan presentar, para llevar a cabo una planeación financiera actual con el objetivo de revisar los ejercicios anteriores, para en caso necesario hacer las correcciones necesarias y en su caso presentar las declaraciones complementarias correspondientes, que eviten posibles infracciones y/o posibles supuestos de delitos fiscales.

Hacen referencia connotados abogados fiscalistas y penalistas que la piedra angular de la defensa fiscal es el registro contable con base en normas de información financiera. Esto lo han hecho valer en los tribunales para dar certeza a las operaciones de las empresas y poder desvirtuar, en su caso, indebidas presunciones de las autoridades fiscales.

A reserva de su amable opinión, se nos presentan diversas oportunidades de brindar servicios profesionales como Contadores Públicos haciendo sinergia con nuestros colegas contadores especialistas en las diferentes áreas (auditoría, costos, finanzas, etc. en que nos desempeñamos, así como los profesionales expertos en cada una de las áreas que se requieran (derecho corporativo, derecho civil, derecho laboral, etc.).

Evitemos en la medida posible que nuestros clientes perciban un terrorismo fiscal por las condiciones presentes y hagamos de su conocimiento que deben corregir, en su caso, su situación fiscal de ejercicios anteriores y así evitar severos impactos en sus flujos de efectivo que pongan en riesgo su patrimonio empresarial e inclusive familiar.

En caso de requerir asesoría referente a este tema o de cualquier comentario al respecto, estamos en contacto.

Cuiden su salud y sus finanzas.

Deseándote éxito y salud.

S o b r e e l A u t o r : C . P . Y M . D . F . J O S É L U I S A R R O Y O A M A D O R

Consultor financiero, fiscal y contable jlarroyoa@audaciacorporativafiscal.com

F I S C A L

CFDI, al infinito y más allá

El CFDI o Comprobante Fiscal Digital por Internet, no es más que un documento electrónico con información que representa una operación comercial, con un elemento de seguridad llamado sello digital que garantiza su autenticidad y un folio único de identificación, el cual aun y con las millones de operaciones realizadas día a día, no podrá repetirse y es mejor conocido como el folio UUID, este CFDI junto a todas sus variantes (nómina, pago, traslado, ingreso y egreso) se ha convertido en la pieza central de la recaudación desde su implementación en 2014 el cual ha sido y seguirá siendo perfeccionado, lo cual ha generado cierta complejidad para su llenado y por ende la facilidad de cometer errores en su elaboración, los cuales para la autoridad podrían implicar una situación fiscal diferente a la manifestada por el mismo contribuyente en sus declaraciones de Impuestos, vista de ello se puede apreciar en las múltiples y masivas cartas invitación que han llegado vía correo al contribuyente manifestando ya diferencias de impuestos a pagar, que en cada caso debe ser motivo de análisis ya que puede o no ser procedente el cálculo determinado por la autoridad con base a los CFDI´ s emitidos por el propio contribuyente, y aquí el punto clave, si el CFDI análogo a una fotografía de una o varias operaciones, y la declaración de impuestos es la manifestación de las mismas operaciones, ¿Por qué hay diferencias? En la mayoría de los casos estas diferencias son causadas por CFDI´ s mal emitidos, lo cual nace por una debilidad en el proceso, política o control interno para la emisión de los comprobantes fiscales, el empresario con este tipo de invitaciones debe fortalecer mediante la capacitación especializada, su área responsable de la emisión de Comprobantes fiscales, implementar nuevas tecnologías para automatizar procesos, e implementar una área de vigilancia de los CFDI’s emitidos y RECIBIDOS, ya que tristemente muchos contribuyentes validan los Comprobantes fiscales que reciben, hasta que tienen una auditoria, donde les rechazan sus deducciones fiscales de operaciones genuinas, porque el CFDI fue emitido con datos diferentes a la operación, como lo puede ser un método o forma de pago diferente, un uso distinto, o una clave de producto y servicio, lo cual un número muy pequeño de contribuyentes lo hacen de manera regular, ya que en la mayoría de los casos únicamente se cuida que el total del comprobante sea correcto.

El área de oportunidad en este sector es hasta el infinito y más allá, tanto para profesionistas, empresarios, programadores y autoridades, estos últimos encargados de determinar los campos e información necesaria para poder emitir los comprobantes que amparan las operaciones vitales para nuestra actividad económica, que sin duda debemos ser cuidadosos para reflejar la realidad de nuestras operaciones.

El CFDI prácticamente es dentro de sus múltiples funciones, una declaración informativa, motivo por el cual incluso se eliminó la obligación de presentar en el mes de febrero de cada año los anexos de la Declaración Informativa Múltiple, relativos a las retenciones de impuestos de sueldos y salarios, honorarios, arrendamiento y fletes, siempre y cuando estas retenciones fueran incluidas en el CFDI; continuando con esta idea es muy importante tener presente que la obligación de enterar los impuestos retenidos e IVA trasladado, nace al momento del PAGO efectivo de la operación, el cual nosotros informamos a la autoridad si fue o no cobrada mediante el CFDI, lo cual si no es exacta esta información seguramente tendremos una invitación a pagar la diferencia determinada, o hacer la aclaración respectiva, la cual no prosperará si no se modifica el CFDI timbrado erróneamente y debe hacerse con mucho cuidado para no complicar el problema.

Algo que nos ayudará a comprender el alcance y manera en que funciona este ecosistema tecnológico, es tener en mente, que cada CFDI emitido, alimenta un BIG DATA, y que este mismo se concilia con las declaraciones presentadas que a su vez deben corresponder a los movimientos reflejados en los estados de cuenta bancarios, que por cierto también son un CFDI timbrado.

Será un reto inalcanzable tratar de cuidar cada CFDI que se emite, la misión es parametrizar adecuadamente no solo la plataforma tecnológica emisora de comprobantes fiscales, también la parte variable de las operaciones cotidianas, mediante políticas, controles, supervisión y confianza de que nuestros colaboradores se encuentran debidamente actualizados y capacitados en este tema, y la visión sin duda es alcanzar una total armonía entre los CFDI´ s y nuestras declaraciones presentadas.

S o b r e e l a u t o r : C . P . C . J U A N C A R L O S E N C I S O G A R Í N

Contador Público Egresado de la ESCA, IPN Certificado mediante Examen Uniforme de certificación de la Contaduría Pública, EUC Miembro activo de la Asociación Mexicana de Contadores Públicos, A.C. Socio Director de Enciso Garín Consultores, S.C. (ENGA Consultores)

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