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PRODUCTOS ELÉCTRICOS EN FERRETERÍAS
Fabricantes, distribuidores y ferreteros coinciden en que para la manipulación de productos eléctricos es fundamental contar con altos niveles de conocimiento y experiencia, ya que los efectos que se pueden generar por un mal trabajo pueden ocasionar accidentes lamentables.
C on el fin de evitar o prever situaciones de riesgo para quienes trabajan con este tipo de productos, es necesario conocer las medidas reglamentarias existentes; esto con el fin de minimizar las probabilidades de que ocurra un evento adverso. Asimismo, se debe trabajar por lograr una complementariedad de parte de los almacenes de eléctricos, donde se implementen programas que permitan un pleno aseguramiento mediante el uso de elementos de seguridad que incentiven a su implementación y, de este modo, se contrarresten los peligros que involucran.
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Para Diana Benavides, ingeniera del Grupo BAO S.A., conocer sobre la reglamentación y normatividad existente funciona para que los ferreteros se conviertan en los asesores de sus clientes: “Las ferreterías pueden fortalecerse para sacarle provecho a esta opción de negocio, conociendo más de cerca la reglamentación actual que existe, las ventajas de comercializar productos que cumplan las especificaciones formalizadas y las desventajas de ofrecer productos de muy baja calidad”, señala.
Algunas de las normativas existentes y que los ferreteros deben conocer a la hora de comercializar productos eléctricos, son:
Código e léCtri Co ColomBiano (ntC) 2050
En esta norma se contemplan medidas que pretenden salvaguardar las personas y los bienes contra los riesgos que pueden surgir por el uso de la electricidad. Allí, se disponen y se condensan aspectos que tienen como fin una práctica adecuada, libre de riesgos en la manipulación de materiales y que minimice al máximo los accidentes.
Asimismo, es un compendio en el que se orienta acerca de los requerimientos de alambrado y protecciones, los métodos y materiales de las instalaciones, y los requerimientos para equipos y elementos de uso general.
reglamento téCni Co de instalaCiones eléCtri Cas (retie) reglamento téCni Co de i luminaCión y alumBrado púBli Co (retilap) protoColo de Kyoto
La Resolución 18 1294 del 6 de agosto de 2008 que encabeza el Ministerio de Minas y Energía señala: “Las exigencias y especificaciones que garanticen la seguridad de las instalaciones eléctricas con base en su buen funcionamiento, la confiabilidad, calidad y adecuada utilización de los productos, es decir, fija los parámetros mínimos de seguridad para las instalaciones eléctricas”.
La Resolución No. 18 1331 de agosto 6 de 2009, establece: “Las reglas generales que se deben tener en cuenta en los sistemas de iluminación interior y exterior y de alumbrado público, en el territorio colombiano, inculcando el uso racional y eficiente de energía (URE) en iluminación”. De esta forma, establece las exigencias y especificaciones mínimas para que las instalaciones de iluminación garanticen la seguridad y confort con base en su buen diseño y desempeño operativo, así como los requisitos de los productos empleados en las mismas.
De acuerdo a la empresa de seguridad industrial Arseg, Colombia, a través de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático y la Ley 629 de 2000, se sumó a este Protocolo en el que se instauran medidas que comprometen al país en una iniciativa ambiental, que consiste en cambiar las fuentes de iluminación de baja eficacialámparas fluorescentes-, por fuentes de iluminación de mayor eficacia lumínica.