Aspectos legales que rigen la pr谩ctica profesional Traductor en Venezuela Seminario de Traducci贸n Unimet
Profesión de libre ejercicio No es necesaria la colegiación Cualquiera puede ofrecer el servicio Depende de nosotros que el cliente reconozca nuestra calidad profesional
Textos generales
Textos científicotécnicos
Textos literarios
Textos de economía
Otros
Profesión de libre ejercicio Intérprete Público No es necesaria la colegiación Se necesita una acreditación especial emitida por la Dirección de Justicia y Culto del Ministerio Para el Poder Popular de Interior y Justicia Se ofrecen servicios de:
En el primer caso, el Traductor no puede ofrecer traducir el tipo de textos que se enumeran en el segundo caso. Sin embargo, el Intérprete público sí puede ofrecer traducir todo tipo de textos
Trabajar free-lance
Crear una empresa
Trabajar para una empresa
Ambos pueden
Crear una firma unipersonal
Trabajar para un colega (subcontratado)
En todos estos casos se debe cumplir con los requisitos que le exija la ley, segĂşn sea el caso
IMPORTANTE Solicitar en el SENIAT
RIF = Registro de Identificación Fiscal NIT = Número de identificación laboral El primero es indispensable, si no se tiene empresa se solicita como persona natural. Si se crea una empresa, se solicita como persona jurídica.
IVA Decisión sobre la que deben reflexionar Si cobra IVA: 1.Debe reflejarse en la factura 2.Deben tener Rif actualizado 3.Se convierte en agentes de retención 4.Debe enterar al fisco cada mes (así el cliente no haya pagado aún, para mayor información consultar la normativa vigente)
IVA Algunas empresas preferirán que se les cobre IVA ◦ PDVSA ◦ Filiales ◦ Consorcios extranjeros
Otras pueden contratar sin que se les cobre IVA Sin embargo, se recomienda informarse ampliamente con un contable o agente del SENIAT, antes de tomar una decisión sobre el modo de facturación e IVA.
Facturación ◦ Empresas de traducción
Facturas elaboradas en tipografías según normas del SENIAT (la mayoría de éstas elaboran lotes de 500 talonarios mínimo; sin embargo, se pueden conseguir algunas que hacen menos)
◦ Free-lance y firmas unipersonales
Antes se podía elaborar la factura en el computador, crear un cierto formato y numeración e incluir nombre, número de Rif, C.I., teléfono, coletilla de “contribuyente formal”, etc. Sin embargo, ya cambiaron las reglas del juego. Importante estar al tanto.
Es conveniente llevar las cuentas ordenadas desde el principio de la vida laboral, aunque sea agente free-lance.
Si se sobrepasa el monto de ingreso anual establecido por el fisco como de “no contribuyente” se deberá hacer obligatoriamente declaración de impuesto sobre la renta.
(se debe estar pendiente, el monto varía cada cierto tiempo, para mayor información ver reglamento de ISLR)