La Habana: ese manso Caballo de Troya V* Cualquiera sea el rumbo que defina el pueblo soberano en el inminente pronunciamiento electoral -por continuidad o cambio- el nuevo gobierno de Colombia deberá neutralizar los proyectos de los detractores del Estado por disolver la institucionalidad y las dinámicas democráticas vigentes, que son tradición aceptada en las costumbres organizativas y sociales del país. En particular, deberá aplicar freno a la movilidad de la infraestructura política que surja de La Habana. Ese aparato en construcción no es otra cosa que la derivación y ejecución impecable de los planes convergentes que se han descrito en los cuatro artículos anteriores. Colombia se encuentra ante un peligro mayor que aquél que tenía su vecino inmediato antes del acceso al control de esa sociedad por parte de un coronel “iluminado”, cuyo nombre surgió al primer plano después de un sangriento intento de golpe de Estado, a inicios de los 90. El historiador británico Malcom Deas ha venido advirtiendo sobre “ciertas señales de venezonalización de la vida colombiana”**. En la otra cara de la moneda no son pocos quienes piensan que la solidez de las instituciones y la habilidad de su clase política hacen impensable que eso ocurra en Colombia. Escribe: Néstor RAMÍREZ MEJÍA*** En ese cuadro de situación que carga las señaladas corrientes de opinión contradictorias, nadie pensaría que las negociaciones de La Habana le van a garantizar un futuro político exitoso a las Farc. Pero, ocurre que la voz cantante en ese hipotético futuro institucional diferente no será de la que es hoy una organización armada al margen de la ley, sino de las “organizaciones de base” y de las transformaciones institucionales que supuestamente se deberán implementar para lograr la paz y sobre las cuales de manera fácil se pretenderá desarrollar los sueños populistas. Los puntos sobre los que se armará la infraestructura indicada, son los siguientes: Primero. Las Farc podrán ser parte de quienes conformen las listas de protagonistas que modificarán la ley 130-94 de los partidos y movimientos políticos, en desarrollo procedimental que ignora las funciones del Congreso de la República. Lo anterior será posible debido a que las garantías para la participación política de los irregulares estarán consignadas en un estatuto. Estatuto cuyos lineamientos generales serán formulados en primera instancia por una comisión de la cual forman parte, una vez constituidos en partido, los armados ilegales (1). Segundo. Las Farc podrán reprender en lo social e influir en la judicialización de sus contradictores. Así se deduce del nuevo Sistema Integral de Seguridad para el Ejercicio de la Política, cuyo fin es el de proteger la vida y evitar la estigmatización y persecución de los irregulares. Para este propósito las Farc harán parte del Consejo Nacional de Reconciliación y la Convivencia, de igual forma que de los mismos consejos en los niveles territoriales. También serán parte de las