Arquitectura 183 - 1934

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ANO XX- 1934 -- 3

NúMERO

183

LOS CONCURSOS PUBLICOS Y PRIVADOS SU FAZ LEGAL Y BAJO EL PU NTO DE VISTA DE LA ET ICA PROFESIONAL Tesis de "PRACTICA PROFESIONAL" del alumno E. Queirolo Varela. - Su publicación, por la actualidad .del tema, resulta doblemente interesante

' El arquitecto como concursante. El arquitecto como miembro del Jurado

T ENIENDO

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en cuenta su carácter" ( nacional o internacional) , los concursos de Arquitectura pueden ser de dos clases : Los concursos inten zacionalesJ ·en los que pueden tomar parte todos los arquitectos del mundo y cuyo objeto es casi siempre la realización de un edificio o monumento cuyo carácter o destino pueda ser considerado universal. Ejemplos tipos : P a iacio de la Sociedad de las Naciones; :Monumento-Faro a Colón. Los concursos nacionales} limitados a los arquitectos egresados en d país o con título revalidado por la U niversidad de la República. Bajo el punto de vista de la "naturaleza'' de la entidad o persona que los organiza, los concursos pueden ser públicos o privados. Cuando dicha entidad es dependiente del E stado, en cualquier forma de su Administración General, los conct~rsos son públicos. Cuando dicha entidad o persona no depende de ningún organismo oficial o administrativo del Estado, los concursos son particulares o privados. Dentro de los concursos nacionales, ya sean públicos o privados, puede ser limitado el número de los arquitectos a intervenir . Esto sucede cuando el Es-

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tado o el particular invitan solamente a un número relativamente r·educido de arquitectos; son los concursos por invitación especial. FAZ LEGAL DE LOS CONCU RSOS PUBLICOS Y PRIVADOS El concurso de arquitectura, cualquiera sea su carácter ( nacional o internacional ) , o su naturaleza (público o privado), es un contrato bilateral perfecto, entre la entidad o persona que lo organiza y el arquitecto concursante. ¿Cuáles son las cláusulas de ese contrato? Son las estipulac:ones u obligaciones r~ecíprocas que establecen las bases del programa. L a eptidad o persona que lo promueve se obliga, por la publicación de rlirhas bases, a cumplir con todas las estipulaciones de las mismas, sin limitación de ningu1w especie, a m enos que dichas limitaciones se hagan constar expresamente en las bases, como ser la no aceptación de ning ún proyecto para discernirlre el l.er premio, por contener fallas f un damcntales de orden técnico, , . , . artlstlco o economtco. El arquitecto concursante por el solo hecho de intervenir en el concurso, acepta la totalidad de las cláusulas del programa ; de lo contrario, el contrato no exi~te y no le da d erecho ninguno a exigir de la otra parte el cumplimiento del mismo. De estas obligaciones que nacen de las bases del concurso se nota claramente la importancia que adquiere la perfecta redacción de las mismas. El programa d·ebe ser, pues, estudiado con sumo deteni miento, sobre todo en dos partes fundamentales que suelen alterar la interpretación de ese contrato: 1. 0 Relación entre la superficie de los locales ped-idos y el área total de la superficie edificable. - ¿Falta al contrato el arquitecto que no puede darle a dichos locales la superfió e mínima exigida en el programa por insu fic:encia del terreno disponible? E sto sucede cuando no se ha hecho un estudio previo detenido sobre la superficie necesaria para cumplir con las comodidades que demanda el edificio proyectado. ¿Cuál es el camino a seguir en un caso :..~me­ jante? Indudablemente, si las cláusulas de dicho programa o contrato son deficientes, el único camino a seguir es redactar otras bases con más fundamento y hacer un nuevo llamado a concurso. De aquí nace la necesidad de que en taCTos los concursos exista una persona que pueda ser consultable por los concursantes y, por lo tanto, de gran responsabilidad y solvencia moral. E sta persona es el "arquitecto-asesor", que tiene poderes suficientes para dictaminar y resolver en cualquier litigio de esta especie.

2. R elación entre el costo del edificio .V las conwdidades exigidas en el programa. - ¿ Se puede disce1 nir el l.er premio u otro premio cualquiera, a 0

un proyecto, que a pesar de sus méritos arquitectónicos sobrepase más de lo normal (g-eneralmente el 10 %) el costo fijado en el programa? En el concepto general, eso representa "legalmente" una arbitrariedad y "moralmente" una injusticia para con los otros concursantes que pueden haber sacrificado, artística o técnicamente, algunas partes de su proyecto para s<~tisfacer el factor económico. Y por lo tanto, no olvidando que existe un contrato, el concursante que se considere perjudicado tiene acción de daños y perjuicios contra Ja otra parte (en tidad o persona organi zadora) por incumplimiento del contrato. Dentro, pues, de la faz legal de los concursos públicos y privados, hemos concretado, para no hacer extenso este estudio, esas dos relaciones principales que deben observarse escr:upulosamente en las estipulaciones del programa que, como en todo contrato, no deben ser contradictorias, sino que al considerarse total o parcialmente deben responder a un conjunto armónico.

El arquitecto como concursa11te es, pues, legalmente una de las partes comprometidas a respetar las cláusulas contractuales del programa. Su interven·

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ción en el concurso, o, lo que es lo m:smo, la aceptación dei contrato, depende de su Yoluntad, pero no t;ene autorización para reformar dichas cláusulas ni para dejar de cumplirlas en su tota1idad. b'l arquitecto como m ie mb1'0 del jurado, está en una di ü>rente posición legal. Ante .a ley o contrato es un " Juez úrbitro" y su fallo DEBE HACERLO CON SUMA c ONCIENCIA para dejar a salvo los diversos aspectos de su responsabilidad : mora l, técr.ica, artística y social. LA ETICA PROFESIONAL EN L OS CONCURS OS DE AR QUITECTURA

¿ Qué se enti·ende por ética profesional? La Etica, en el sentido más amplio de la F ilosofía, es la ciencia del bien obrar, la ciencia del deber, la ciencia que r·egula los principios que deben dirigir al hombre en su, conducta en la vida, consigo mismo y con la sociedad. Dentro de una pro fesión como la nuestra, de considerabl·e importancia soóal, la ética desempeña un rol pl1 eponderante. Tan es así, que el Arte, tan estrechamente vinculado a la vida social de los pueblos, pone al arquit·ecto frente a numerosos conflictos de ética profesional. Refiriéndonos, ahora, al punto que tratamos, o sea, la moral en los concursos de arquitectura, v,emos que dentro de ellos el arquitecto puede afectar tres formas: como concursante, como miembro del jurado, y como arquitecto asesor o redactor de las bases. ¿Cuáles son los confLctos que pueden presentarse al arquitecto, en cualquiera de estas formas, desde el punto de vista de la ética profesional? ¿ P uede moralmente, pongamos por caso, un profesional no afiliado a la Sociedad de Arquitectos, intervenir en un concurso que no es prestigiado por dicha Sociedad? Bajo ·el punto de Yista legal, no está inhibido en el compromiso de abstenerse como lo están todos los que son a filiados o asociados de dicha entidad. Pero, sin embargo, bajo el punto de vista moral ¿no representa nada para él la solidaridad profesional o la dignida d misma de la pro fesión, oficialmente representada y protegida por la Sociedad ·de Arquitectos? Y cuando esta entirlad no prestigia un concurso, ¿no es porque faltan las garantías suficientes para la perfecta realización del mismo? Y ·esa falta de garantías ¿no es peligrosa al mismo tiempo a todos los técnicos en general, sean o no a filiados a la Sociedad ? Creemos por lo tanto, que en parecidas circunstancias, un arquitecto no debe interven ir, puesto que NUN CA EL FACTOR UTI LITARIO (probable r·ecompensa del jurado), P UEDE SER M.\ YOR QUE EL F .\ CTOR ÉTICO O ~fORAL ( dignidad de la profesión ) . En el mismo orden de ideas: ¿un arquitecto perteneciente a la Admini:;tr~­ ción Pública puede interv.enir en un concurso organizado por el Estado? Puede hacerlo legal y éticamente siempre que pertenezca a una sección o administración que no tenga contacto alguno con la que organiza dicho concurso. En nuestro país, por ejemplo, un arquitecto dependiente del l\:Iinisterio de Obras Públicas puede intervenir en un concurso organizado por el Municipio, o vi·ceversa. Pero, en cambio,_ cuando la repartición del E stado que promueve el concurso es la misma de la cual depende el arquitecto, éste, moralmente y por principio, debe privarse de intervenir, y creo más aún, que en las mismas bases del concurso debe estipularse esa prohibición . sin afectar por ello, claro está, la íntegra personalidad de todos y de cada uno de los arquitectos de la expresada repartición. Un arquitecto que ha redactado las bases, ya s·ea solo o conjuntamente con otros arquitectos, ¿puede tener colaboración en algunos de los proyectos presentados en el concurso? Moralmente no debe hacerlo, puesto que se expone a ser acusado, justamente o no, de haber dado a conocer las bases mucho tiempo antes de su publicación. ¿Y qué lo defiende de esa acusación ? ¿Su integrJdad moral? Precisamente esta integridad consiste en abstenerse de hacer

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, jo que, justicieramente o no, pueda perjudicarla. En los concursos modernos esto es evitable nombrando un arquitecto asesor, único redactor de las bases, y que no puede, claro está, participar en el concurso. ¿El arquit·ecto miembro del jurado, debe ser remunerado por su gestión? ¿Puede considerar lesivo para su honor que su alta misión a cumplir sea r emunerada en dinero ? H asta hace poco tiempo los jurados no recibían retribución alguna, pero, hoy día, -el concepto general cambia fundamentalmente y con toda lógica, pues creemos haber dicho anteriormente que el arquitecto miembro del jurado tenía ante sí una enorme responsabilidad que englobaba un aspecto técnico, otro artístico y otro social. ¿N o está h:=tciendo uso durante el fallo, de todos sus conocimientos pro fesionales, ya sean técnicos, artísticos o sociales ? Y si es así ¿que inconveniente ex;ste ¡Alra que no sea remunerada toda esa, su gestión profesional ? EYidentemente ninguno; y no debe ser considerado, baj o el punto de vista de la ética profesi on~~l. :::omo lcsiYo para la dignidad del arquitecto.

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En ésta forma podemos llegar a hil\'anar una serie de pr ;ncipios ele ética, perfectamente claros, fácilmente discernibles, que pueden llegar a condensarse en lo que podría ser "cóDIGO :\IOR:\ L DEL ARQUITECTo'', aunque creo que en muchas circunstancias y en casos más delicados, no es posible buscar la solución de ética ·en Códigos esc'ritos, sino que depende del ,. CÓDIGO INTERIOR" que cada hombre lleva dentro de su "ser moral''. ENRIQUE QUEIROLO V ARELA. Montevideo, julio 22 de 1933.

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E L P·L A N R E G U L A D O R Por su gran interés profesional, transcribimos este conceptuoso artículo del arquitecto E. Harth Terré, publicado en "El Comercio" de Lima. - Siendo un tema de urbanismo regional, constituye, asimismo, un aporte valiosísimo en materia urbanológica, ya que en estos momentos nuestro Municipio encara su acción social, en el sentido de los conceptos universales expuestos aquí por el reputado arquitecto.

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L Plan Regulador en sus proyecciones, enfoca la organización y evolución de la ciudad, en el sentido de hacerla más perfecta en orden a las necesidades sociales y económicas y en razón de su ex istencia como centro de actividad y de dirección política. Las ciudades nacen, viven y mueren. Y las ciudades m ueren porque no eYolucionan ; p orque se detienen en su progreso; porque se hacen inaptas a la activi dad humana continente; o porque el empobrecimiento de la región en que se ubican, las lleYan a una Yida artificial primero, luego a la parálisis de sus funciones y po r ú ltimo, a la inactividad y a la muerte. La ciudad debe inmortalizarse y no to das las ciudades son inmor tales. Las ciudades nacen, desarrollan y desapar.ecen, y sus cadáveres son los r estos arqueológicos de que está n sembrados todos los con tinentes y son testigos de culturas pasadas. Y la ciudad sólo se logrará inmortal, cuando se racionalice su cr ecimiento, se acompase su desarrollo al ritmo del progreso y se le modele confo rme a las necesidades de sus ciudadanos, en el curso del tiempo. • L a ciudad ha de ser concebida para el hombre. H ace veinticinco siglos, el • filóso fo A ri stóteles, cuyos principios urbanos fueron aplicados a multitud de ciudades fundadas po r los griegos, se ex presaba en el sentido de que la fun dación de la ciudad debía afirmar la seguridad y la felicidad del hombre. Pero los princip ios ar istotélicos han sido ol vidados mil y una veces. Las ciudades se ha n desarrollado desordenadamente y sin concierto . E l hombre ha dejado que se desa rrolle un monstruo y ya la ciudad no !:>e le subordina, sino al contra ri o, el hombr e sucumbe al t ráfago y desordenado to rbellino de la ciudad; antropófago que lo d·evora y del que para defenderse ha ele engrosar los presupuestos m unicipales en pro de la beneficiencia, la prevención y la asistencia social sin lograr precaverse completamente de todas sus acechanzas y celadas. -· La urbanología moderna, ciencia que estudia !a Yida de las ciudades, - ya que éstas como organismos, su~ren los mismos fenómenos patológicos que los individuos que las habitan y las sociedades que forman,-delínea con sus principios, criterios y orientaciones el plan que, ordenadamente segui do y respetado, proporciona rá benéficos resultados. La analogía de la ciudad con el organismo vivo, en su desarrollo y crecimi ~nto, permite aplicarle ciertos principios de Ja biología humana y regir nu estros trabajos, por una comparaci ón de sus sistemas y de su organización, con el organismo humano. L a ciencia urbana estudia el desen volvimiento de la cindacl en el presente y en el f uturo, contemplam:o y compulsando también como para el ser vivo, el pasado, porque la ley de la her encia de los seres humanos, tiene a plicación en los estudios del organismo urbano. S on normas para d elinear sus t rayectorias de evolución, las reglas de ]a herencia. He aquí una de ellas expresada por el doctor Rabaud: " E l pasado es un punto de partida obligado, una condición que hay que tener en cuenta para tentar las modificaciones que esperamos; estamos ligados a este pasado; p ero creamos las condiciones generales de desarrollo. Serán lo que nosotros las hagamos. N u estros esf uerzos no deben ten der por con siguiente, a cambios radicales que serian imposibles. El organismo (y por analogía el organismo urbano [N. del A.)) no es una pasta blanda; pero puede modelarse, es decir, dirigirse su evolución tenien do en cuenta su pasado inscripto en su substancia y modelarla para el futuro, utilizando las circunstancias, y tal debe ser nuestra obra".

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Así, el conjunto de disposiciones de orden para el desarrollo, evolución y trasformación á e 1as ciudades, es conocido en la ciencia urbana como Plan Regulador y las ciudades modernas lo establecen para cumplir un imperativo mandato social. El Plan Regula dor, estudia la vida urbana y plantea los rumbos para su evolución y su trasformación en el futuro, y para que los resultados de ésta sean científicamente efectivos y no el resultado dd azar; para que la evolución se realice de acuerdo con los planes adecuados a los principios que el urbanismo ha experimentado, precisa la organización. Y la organización, en el más amplio sentido de la palabra, con nuevos sistemas, para obtener los resultados que reclama el plan elaborado para la evolución racional de la ciudad moderna. Esta organización debe contemplarse bajo ru ángulo de tres orientaciones ., definidas: la orientación social, la económica y la ddmú1istrativa. Alrededor de cada uno de estos grandes aspectos, giran todos los problemas de la ciudad. La orientación social contempla, la acción cultural como base para la realización de los programas de urbanismo. La cultura ciudadana como medio para . pasar en el ciclo de la 'evolución del estatismo-freno, al din.mnismo-acción. La orientación económica en foca el racional aporte económico de cada ciudadano para el buen gobierno de la ciudad y la técnica proporción de las inversiones y gastos. Los municipios no pueden ser, solamente, simples administradores de la cosa urbana. Deben ser también impulsores del desenvolvimiento económicosocial de la urbe, ·los gestores de su progreso. La orientación administrativa es el fundamento del gobierno técnico para la ciudad racionalmente organizadaJ,.J El Plan Regulador es, pues, un vasto estudio de orden, al que se contraen numerosos .especialistas. Su obra está garantizada por el apoyo oficial y la cooperación de cada .u no de los vecinos. Así, la ubicación activa del Plan Regulador, en la organización y evolu-- · ción de la ciudad moderna, está claramente precisada en el gráfico que se presenta. A base de Gobierno técnico y Cultura cívica, el Plan Regulador por disposiciones legal.es y técnicas contenidas en leyes y ordenanzas, proyecto-; ( Plano Regulador) y reglamentos técnico:l1 por. acción restrict\va, primero, luego por acción directa y compulsiva, y por último, por transformación de los elementos absolutos de la ciudad, aplica los principios directores del urbanismo moderno: el tnetabolismo para descongestionar los centros aglomerados de las ciudades; la. zonificación, para subdividir las funciones urbanas, regular la vida de la urbe, ordenar y capacitar cada uno de sus elementos; lC} creación de espacios verdes, para cumplir las funciones biogénicas del organismo urbano y producir el acercamiento del hombre a la naturaleza, y por último, la socializaciót~ urbana, es decir, la organización económica y social de las ciudades para cumplir .el más amplio programa de la_ ciudad racional, en or<len, comodidad, belleza, salud humana, trabajo y progreso. ""En tres etapas, la ciudad actual alcanza a ser la ciudad racional, por !a evolución de sus formas y de sus sistemas. E sta es la obra del Plan Regulador, que Lima, como todas las ciudades del mundo, debe estudiar y aplicar. Obra de todos y de cada uno, es llegar a este ideal. La cultura cívica, el respeto a la cosa común, la colaboración eficaz, la contribución material y moral, deben ser obtenidas con el esfuerzo de cada uno. El gobierno técnico de las ciudades, ya no se discute. Es un principio político que debe estar contenido en la Constitución Moderna de un Estado. El Plan Regulador de la Ciudad, apoyado en estas dos firmes bases, respetado, cumplidos sus lineamientos, referzado por las disposiciones legaloes que reclama su acción restrictiva o compulsiva, organiza el desarrollo y crecimiento de la ciudad, cumpliendo con los principios directivos del urbanismo moderno y logra la ciudad racional para el hombre, para afirmar su seguridad y su f.elicidad, para realizar así, en el cercano futuro el principio ideal de un filósofo de hace veinticinco siglos : Aristóteles.

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E. HARTH TERRE, Arquitecto.

Setiembre, 1932.

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de Rarcelona ).

atracción que tiene la pi11tura de Rafael Barradas, es

su valor de eternidad. Ni antiguo, ni moderno, ni vanguardista, ni ni1zguna cosa de estas que nos hemos inventado para historiar, cuadricular el arte) es Rafael Barradas. El prodigi.oso uru,guayo es, se·ncillamente, un pintor de siernpre y para sie11'J.pre. Todo lo contrario de un pintor de época. Y este es, el trazo más característico de su personalidad, el que hay que tener en cuenta para valorizarrlo exactamente.

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1nquirir de dónde viene su trascendencia y deducir consecuencias; seguir

con verdadero interés el angustioso proceso ascendente de su alma; estudiar el paulatino pero constante perfecc·ionamiento de su técnica, desde la bárbara manera primitiva hasta la actual concreción, puramente clásica, es hacer el descubrimiento de la personalidad art·ística de Barradas, la sensibilidad de la cual se depura dúz por día y va dejaudo por el ca1nino la sombra de ayer, con tal de recibir ·m.ás intensamente la luz de las albas nuevas. En la exposición de Sitges se veía clarmnente este proceso. Había allí obras, hechas ya de algún tiempo, en la~ cuales el dibujo, las sontbras, las figuras, el conjunto, se veían excesivamente cargados, producidos febrilmente, al impulso irreparable de la pasión creadora. Representaban lo que yo llamaría su época romántt:ca, una época de espontaneidad poco controlada! Había también obras rn.ás recientes y, destacándose netamente, su prodigiosa {(Anunciación", que ha sido comparada, con m·ucho ac·ierto, con aquella otra de Angélico, que se admira en el Museo del Prado. Representaban la últm·za época de Barrad.as; su retorno a la diafanidad clásica, el hallazgo de su estilo propio. Delante de aquellos cuadros, tan diferentes) se veía1 en todos, un sello personal, que los distinguía mejon todavía que la fir·11ta del azdor. Se veía, sin literatura, que el arte de Barradas no es un arte transitorio; antes, al contrari.o) es un arte de perennidad. S e veía tantbién, en las obras más depuradas y sencillas, que habían sido elaboradQ!s por un poder creador parecido a !.as fuerzas primitivas, capaces de transformar el caos en forma. Barradas, dentro de él mismo, ha encontrado siempre aqu.ella primera materia informe : su temperamento de artista genial, su inquietud caótica. N ecesitaba) sin embargo, el paso de los años, la experiencia, aquel montón de co-.. nocimientos técnicos q'fte permite1·t las realizaciones conscientes de toda obra humana. A veces, el artista logra el dom inio de esta técnica por asimilación; es decir: aprende de los demás. Es lo que hacen los copistas de Museo. El caso de Barradas, es bien diferente. Su técnica (esta técnica que ahora posee, tan emotiva) es la estructuración de su temperame11to. Es él mismo. N o es asimilada, sino creada. Hombre, técnica y obra) son una m-isma cosa. Siempre en marcha, siempre siguiendo un proceso ascens1:onal que no tie11e límites, ni punto de llegada, ni fin. Una divina exaltación lo i·mpulsa. Antes que otra cosa, Barradas es un exaltado. Como Theotocépulis. Como todos los artistas que tienen una concepción religiosa de su arte.

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El uruguayo ha dhho alguua vez: ((Hago mi arte de rodillas·•.

El Greco ta·mbt'én debía postrarse de hi11ojos con unción para pi11tar la uPentecosta)). Y Beetlto·ven pata escribir la ((11/isa solenme''. Aquel q ~te no se arrodilla para producir su obra, no es artista~· es un copista de A!useo. Dela·nte de la obra de Barradas os encontráis agitados por una ho~tda inquietud. Un alma primitiva alienta en aquellas pinturas~ algo de an cestral~ algo de eterno, que ha vagado durante muchos siglos por el espacio infinito~ esperando el Elegido que fuese capaz de darle 1/lie'l.'a ú da. Y descubrís que Barradas es un artista fuertemente racial, )' que es esto lo que le da eternidad. Y e11COHfráis ta111bién que es por eso mismo, que Cataluña~ tan poco afecta a las cosas de América, ha sabido coiJlprenderlo~ lo ha estimado )' hasta lo ha lz cclzo casi suyo. Porq:!e íos fucblos ntús separados, si tienen raíces largas, saben darse~ en lo ltoHdo de la tierra, 101 estrecho apretún de manos de cordialidad. Arturo PERUCHO.

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RAFAEL PEREZ

BARRADAS

ARQUITECTURA-72


REGLAM ENTAC 1ON DE LA PROFESION DE AR UITECTO INF O RME presentado por la. Sociedad de Arquitectos del Uruguay a la Comisión designada por el Ministerio .de Instrucción Pública por decreto fecha 25 de octubre de 1933, para reglamentar las profesiones de Ingeniero, Arquitecto, Agrimensor e Ingeniero Agrónomo.

(Continuación)

Cuando d Arquitecto concibe formas .no constructibles, formas sólo posibles en el papel, hará tal vez obra arquitectónica, pero no llena su fi n primordial. F ácil es darse cuenta que no se es A rquitecto con poseer solamente cualidades ar tíst ica3, y se explica así el error de los que creen que se hace obra completa y obra buena, cuando se solicita la ayuda de un Arquitecto para decorar un edificio concebido por una persona que no posee todas las cualidades y conocimiento!! de ese técnico. Es necesario poseer, entonces, conocimiento.5 técnicos y científicos, para poder const ruir de acuerdo con los preceptos de la higiene y de la mecánica, conocer los materiales de que se dispone y su buen empleo en la obra-, todo lo cual tiende a la consecución de los inmutables principios que reg ulan la obra arquitectónica : Con·v eniencia, Solidez, E.~­

presi6n.

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A·nte todo, el A rquitecto debe conocer perfectamente la geometría d·escriptiva, pues es la que proporciona los medios de representar en una forma comprensible para los que deben ejecutar Jos trabajos, cómo fos ha concebido en su creación. Esta enseñanza se desarrolla en tr es cursos, y a su estudio y comprensión contribuye la geomet ría proyectiva . La Arquitectura - ya lo dijimos - se expresa por el dibuj o : un edificio se estudia dibujando desde el primer croquis hasta el último detalle. P ero si el dibujo es el idioma del Arquitecto, su imagi1nación debe reglarse por la r azón. Y ésta sólo se adquiere con d eontralor constante, permanente, de la ciencia que está presente en todo momento durante la elaboración del proyecto. Las formas que invente no pueden ser arbitrar ias; los materiales, la estabili dad, la resistencia. la técnica constructiva. lo llamarán siempre a la realidad. E l Arquitecto construye valiéndose de materi ales de los que debe conocer sus condiciones para poder proceder a su empleo r acional. Debe, pues, ante todo, conocu su composición. su origen, su modo de fabricación¡ y la manera de trabajarlos hasta darles la forma o estructura convenientes. todo lo cual se adquier e en el curso de Materiales de Construcción y Ensayo de los M aterial ~s. Debe. además. saber calcular su r esistencia, su capacidad constructiva, dir·emos, lo que obtendrá con la Mecánica aplicada a las Construcciones, o sea, con los cuatro semestres de Resist encia de Materiales, que no se pueden en trar a estudiar sin el dominio de las Matemáticas Superiores, de la Mecánica, Geometría P royectiva y Estática Gráfíca y Mecánica Racional, todo lo que debe complementarse en los cursos de Construcción, finaHdad de todas las enseñanzas técnicas y cientí ficas q11c hemos enumerado en esta parte del i1n f arme. P ero los edificios no respond en sólo a exigencias de belleza y estabilidad; responden también a condiciones higiénicac; y a otras exigencias relacionadas crm el Derecho. con la E conomía y con las cuestiones Urbamas . Luego, pues, el Arquitecto debe estudiar estas ciencias que figuran en nuestro plan de estudi es. con los nombres de Higiene e I nstalaciones de los E dificios y de A rr¡uitectura Legal. rle Trazado de Ciudades y Arquitectura P aisajista, Economía P olítica y P ráctica Profesional. P ero siendo las exigencias de la vida moderna cada vez más complejas, la ArQuitectura debe contemplarlas y además de conti·nuar la evolución natural que todo arte debe seguir para ser expresión de sn tiempo. debe también avant ar en cuanto a las imposiciones de la ciencia y de la industria, expresadas en la técnica y en los procedimientos. De ahí que se real icen en la F acultad, estudios especi alizados de Instalaciones EMctricas, Calefacci ón, Ventilación, etc., que dan al Arquitecto la aptitud de discernimiento y dirección frente a estos problemas de tanta importancia en el momento actual.

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Sin pretender invadir la función de Agrimensor, como ciertas legislaciones, - que como la española, lo permiten, - el Arquitecto realiza los necesarios estudios topográficos para desempeñarse en el lími te de sus fa.;-ultades, fr ente a las necesidades de pequeñas mensuras, replanteos, ni velaciones, tasacione!:, etc. Hemos llegado a explicar de qué manera se obtiene el derecho a ejercer la profesión de Arquitecto, y la orientación que se le ha dado de~de sus comienzos en nuestra Universidad: en la ex Facultad de Matemáticas primero, en la Facultad de Arquitectura actualmente.

• •• Al efecto de facilitar todo lo pertinente a la preparación de los programas, a la ordenación de los cursos y todo lo demás relativo a la organización de los estudios, las materias del plan en vigencia se clasifican en siete grupos formados por las asigmaturas que tienen relación entre sí y que se indican con las si ete primeras letras mayúsculas del alfabeto. Los números ordinarios y las letras minúsculas que también se señalan al margen del plan de estudios, determinan el orden de la asignatura dentro de cada grupo y el semestre de cada una respectivamente. La Facultad, tiene instituído un curso de extensión superior, denominado de "GrOitdes Composiciones de Arquitectura", al que puede.n concurrir hasta diez egresados con título d~ Arquitecto, siempre que hayan obtenido corno mínimo doce puntos en Proyectos, diez ,,n Esquicios o siete puntos tratándose de uno de los cursos de Proyectos de Arquitectura, IX y X semestre. Se otorga por este -esfuerzo un premio consistente en la exoneración o devolución de derechos universitarios de título y de presen~aóón a la primer:1 prueba del concurso "Gran Premio", y un segundo premio consistente en la exoneración de los derec;hos universitarios de título. También tiene establecido el "Gran Premio", creado en la Facultad y aprobado por el Poder Ejecutivo con fecha 22 -de julio de 1920, con la Hnalidad de enviar al ·e xtranjero al aspirante Arquitecto que resulte vencedor en un concurso bianual, que se celebra con ese objeto, y el cual consta : A) De una prueba elimi·natoria de doce horas (esquicio arqui· tertónico) . B) Una tesis escrita en ocho horas, de carácter eliminatorio, sobre temas de índole arquitectónica y urbanística, sacados a sorteo entre tres que se dan a cc•nocer. con veinticuatro horas d-e anticipación. Luego, se hace otra prueba eliminatoria en un esquicio de veinticuatro horas, en la cual se etigen cinco plazas, corno máx imo, para participar en el concurso definitivo, que cura cinco meses cuando mucho. Para participar en este Premio, se exigen condiciones severas que garanticen su otorgamiento a un profesional de actuación sobresaliente como estudiante, y después de haber realizado, además, el curso de "Grandes Composiciones'', que se hace fuera de los cinco años reglamentarios. Existe, por otra par te, e1 u Premio Estínmlo'', que es discernido al estudiante que realiza un trabaj o de interés para la enseñanza sobre ternas comprendidos en las materias que constituyen el Plan de Estudios de la Facultad, habiéndose otorgado, a veces, en materias eminentemente científicas. Se han i-nstituído, también, como cursos de extensión, las uExcursiones de Estudio", que realizan anualmente todos los ·estudiantes que cur san en noveno y décimo semestres de la carrera. Para todos estos actos docentes existen los Reglamentos respectivos que garanten la seriedad y la orientación definida de e~as enseñanzas complementarias del plan. Aparte de estas am pliaciones de la cultura, la Facultad efectúa algunos de sus tra· bajos fuera del recinto escolar; así ~s en todas las a ~ignaturas que tienen parte práctica. y muy especialmente en los Curso ~ de Urbanismo, Trazado de Ciudades y Arquitectura Paisajista, que han cobrado una importancia excepcional. En efecto; estudios de un gran i·nterés para el país, se han hecho en esa clase, como srr: urbanización de ciudades del interior (Rocha. Colonia y Punta del Es k), de nuevas zonas de Montevideo (Rambla Sur . Centro Cívico y esbozo de plan total de la ciudad) y el del proyecto de la gran ciudad industrial en la planta hidroeléctrica de 44 Rincón del Bonete" (Río Negro). Este importa·nte curso, incluido desde hace más rle doce años en el Plan de Estudios de la Facultad, respande a las necesidades nuevas y crecientes de las ciudades modernas, cuyos problemas de estética, de higiene, de bienestar, de circulación, etc., exigen de los arquitectos, sean profesionales que por sus estudivs estén capacitados para resolverlos con eficacia, basados en conocimientos muy especializacos sobre aquellas cuestiones y, sobre todo, familiarizados con las grandes composiciones de conjuntos arquitectónicos. La finalidad de este curso, incorporado ya a todas las Escuelas y Facultades de Arquitectura, como ciencia totalizadora e íntimamente ligada a la actividad arquitectónica. es la de preparar técnicos especialistas y experimentados en el trazado y composicióK de pla· nos de regularización, de sistematización y de extensión de las ciudades, zonas pobladas, ftcétera, en las múl tiples y complejas cuestiones que con ellos se relacionan o que de ellos se derivan, dando así una capacidad de concepción y directiva, que se complementará con el aporte invalorable e indispensable de otros profesionales en sus respectivas especialidad-es, para hacer posible la realización de obra tan compleja que requiere la colaboración

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~·tiJ>erior de casi todas las actividades intelectuales : sociología, estadística, finanzas, eco• nomía. tráfico, ingeniería, jardinería, derecho, medicina e higiene, se aunan en el plan regulador g eneral que es la concepción fundamental. Además de este curso que señala la orientación moderna de la Facultad, puesta a tono con lo preconizado ya en Congresos internacionales y panamericanos de Arquitectura, la Facullad es el único instituto técnico del país donde se aborda el estudio completo de la <.!j rección de obras d e arquitectura y de cuestiones importantísimas que como las tasa· <:10nes, arbitrajes, peritajes, etc. , de edificios, se estudian con criterio científico que, ade· más, con la preparación legal que se adquiere en dos cursos de Arquitectura Legal y uno de E<:onomía P olítica, pone al pro fesional en excepcionales condiciones para desempeñarse dentro de los graves problemas de interés general y particular, que debe resolver en el ('j ercicio de sus funciones. Se ha adelantado así, la Facultad, a conclusiones surgidas del último Congreso Inter· uacional de Arquitectos, celebrado en 1930 en la ciudad de Budapest, al tratar el Tema I, que estableció la siguiente consulta:

"La reforma de la enseñanza profesional arquitectónica, conforme a las exi·

)

"gencias de la práctica, y teniendo en cuenta especialmente. los conocimientos " susceptibles de exigírsdes a los arquitectos modernos, desde el punto de vista "económico y f inanciero, así como de la organización de los trabajos." En la conclusión S.o., se arribó: " El Congreso estima que es útil a los Arquitectos, para la práctica de su pro· 41 fesJÓn, poseer el conocimiento de nociones de derecho civil, de administración y " de economía política." y en las conclusiones t.a y 2.•, se insiste en la enorme importa,ncia de los valores , . cconom1cos, "que sin perjuicio ·d e la f ormación artística de los arquit ectos, la composición " de los edificios debe ser enseñada de tal manera, que los proyectos, teniendo en 41 cuenta !a realidad de nuestra época, seélln t ambién elaborados y examinados desde 41 el punto de vista económico." Y a fin de contemplar esa realidad ineludible, es, precisamente, que en el momento actual se trata de depurar aún más, el plan de estudios que rige, sobre todo, para darle todavía más valor de conjunto a las materias que constituyen el núcleo básico de la construcción. Es pues, como se ve, la Facultad de Arquitectura, un organismo vivo, en plena acción, que trata de cumplir, y cumple, su misión universitaria y social ) que, sin inquietudes, stgue el ritmo impuesto por los nuevos tiempos y por las necesidades de la actividad profesional de nuestros días. ¿Y para qué se ha creado y funciona este órgano de la Enseñanza Superior? Para expedir un t ítulo que, como los demás, no es un mero instrumento sin trascen· dencia práctica, sino que implica la habilitación exclusiva !Jara u na actividad determinada que no la puede ejercer quien no lo posea, desde que el Estado realiza ingentes sacrificios para impartir esa preparación técnica, científica y artística, y tiene el monopolio de la Enseñanza Superior, como surge del artículo 10 de la ley dictada el 14 de julio de 1885, al expresar que dicha enseñanza ''tendrá por objeto habilitar para el ejercicio de las profesiones científicas", que se cursarán en las r espectivas Facultades univ·e rsitarias. que enumera el artículo 11. III

Legislación sobre el ejercicio de la profesión de Arquitecto en el Uruguay. Leyes vigentes. - Leyes proyectadas. - Ocupaciones ocasionales del Arquitecto. - Profesiones auxiliares del Arquitecto Entramos a expon er y comentar las leyes que rigen la profesión y que demuestran QUe la despreocupación y estancamiento en ese sentido es obra de los últimos años. Considerando la Ley de Construcciones del 8 de octubre de 1885, vemos que los ar' kulos pertinentes a la profesión de Arquitecto, son los siguientes: " Artículo 8. 0 No será aprobado por la Dirección General de Obras Públicas (1), " proyecto alguno que no reuna las condiciones y requisitos mencionados, y sin L a Dirección Gener al de Obra-s P<1blicas fué creada en enero 22 de 1864, (anttlS existta la. Comisión Topográficl\) y cesó en su fun cionamiento al crearse el j)epartamento Nacional de Ingenieros, el 3 de setiembre de 1 892, que tomó a su cargo todas la!! fun ciotlP.s de aquel Instituto. El Departamento Nacional de I ngenieros, cesó en su funcionamiento a.l reorganizars~ el Mi· niaterio de Obras Públicas, de a cuerdo con la ley de 15 de julio d!' 1911. (1)

ARQUITECTURA- 75


" la firma de persona reconocida por la misma Dirección como competente; que " se halle registrada en ella como Ingeniero, Arquitecto o Maestro de Obras " (Constructor) . " Art. 9.0 A los efectos del artículo anterior, en el Registro de la Dirección " General de Obras Públicas, se anotará el ,nombre y apellido de todos aquellos "que se presenten con título profesional o certificado académico o universitario, ''de haber hecho los estudios profesionales, o en defecto de esos comprobantes, "rindan exámenes de competencia, con arreglo a los programas establecidos para "dichas carreras." Mientras se discutía esta ley, también se tallaba en debate la de la creación de los estudios de Enseñanza Secundaria y Superior, y fué por esa causa que se formuló el artículo 41, que hace cesar la autorización de expedir títulos profesionales a la Dirección General de Obras Públicas, tan pronto estuviera organizada la Facultad que debía expedirlos. "Artículo 41. La autorización de ·e xpedir títulos profesionales, que por esta " ley tiene la Dirección General de Obras Públicas, cesará tan pronto esté orga-· " nizada e n la Universidad Mayor de la República, la Facultad que debe expe" dirlos." Con respecto a ocupaciones ocasionales del Arquitecto, el artículo 10 aclara, en forma indubitable, quiénes podrán ej creerlas. Artículo 1O. En las cuestiones que versen sobre construcciones y que se "sometan a informes, peritajes, o arbitrajes, ninguna oficma pública aceptará "otro nombramiento, que el que recaiga en persona reconocida como facultativa, " para lo cual la Dirección General de Obras Públicas, pasara una nómina de los "individuos ya registrados y aviso de cada uno que se registre." '~

Pero en lo referente a la edificación privada, los cometidos de la Dirección Genera\ de Obras Públicas, correspondieron exclusivamente a las JWltas E. Administrativas, según resolución del Superior Gobierno de f.echa febrero 10 de 1~90, y de acuerdo con el artículo 4.0 de la ley de 8 de julio de 1885, resolución que fué ampliada en marzo 1.0 de 1900. Ya en junio 19 de 1897, el Director de Obras Municipales, l·ngeniero José Serrato, hacía obligatorio, por Decreto, el registro de las fir mas de las personas autorizadas a firmar proyectos. Como si esos derechos o resoluciones no fu esen suficientes, en la ley de julio 1.0 de 1903 (Ley Orgánica de las Juntas E. Administr?.tivas), el artículo 16, al indicar los cometidos de dichas entidades, dice lo siguiente: " Dictar reglas para la ediíicación parti':ular en los centros urbanos, siendo de "su cargo: a ) Ejercer las facultades que les con fier e la ley de 8 de julio de 1885. "sobre construcciones urbanas ; aaemás de las i~cul tad es que esa misma ley asignaba u a la Dirección General de Obras Públicas." Los artículos relativos a la responsabilidad, son los siguientes: "Artículo 35. El constructor de una obra es personalmente responsable para "ante el propietario, con arreglo a la ley y por el tiempo que ella señala (Art. 1844 "del Código Civil), de los defectos que em la obra se noten, ya sea por la mala "dirección de los trabajos, por la mala calldad de los materiales empleados, por la u mano de obra o por las modificaciones o alteraciones que introduzca en el edificio " sin haber sido antes aceptada por el propietario y autorizada por la Oficina " competente, anotándolas en el plano y memoria respectivos." u Artículo 36. Es igualmente responsable el constructor de una obra de los ''derrumbes que en ella hubieran lugar y de las desgracias, daños y perjuicios que " ocasionaren. Sólo podrá salvarse de esta resp0nsabilidad, probando perentoria" mente que el mal ha sido originado por fuerza mayor, sin que lo salve la "excusa de que los defectos, origen del derrwnbe, provienen de órdenes dadas "por el propietario, o disposiciones tomadas por éste contra su voluntad expresa.'' "Artículo 38. El l1ngeniero, Arquitecto o Maestro de Obras, que por segunda "vez infrinja algunas de las disposiciones de este Reglamento, será suspendido "por un año en el ejercicio de su profesión, para lo cual la Dirección de Obra5 "Públicas no dará curso a ni•n gún proyecto por él confeccionado, mientras dure "el término de la suspensión." " Artículo 39 . En los casos no previstos o determinados por este Reglamento, " se estará a las disposiciones vigentes del Código Civil o Rural."

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Si comparamos los artículos de la ley que hemos transcripto, vemos que en esa ley existe cierta confusión respecto a la aplicación del término "Constructor". En un informe presentado por el Arquitecto P érez Montero, en 1928, sobre la reglamentación de la profesión de Arquitecto, se estudia bien claramente la causa de esa confusión, que ~no es otra que el origen de dicha ley, que comienza en 1878, y recién se sanciona en 1885. (Véanse págs. 13 a 20 de ese informe) .

ARQUITECTURA- 78


La palabra "Constructor" de dicha ley, resume los términos "Arquitecto", "Ingenie· ro'' y "Maestro de Obras", que corresponden al profesional con título responsable que en primer térmi-no está obligado a fi rmar los planos y la memoria (artículos 3.0 y 8.0 ) y dt:spúés debe dirigir los trabaj os, de cuya dirección tiene toda la responsabilidad (ar· tículo 35). Además, estudiada la ley y sus antecedentes, se llega a la conclusión de que en su espíritu el "Constructor" era también el que construía el edificio proyectado, es decir, era el "Empresario de Obras". En aquella época no existía más que un solo elemento, el "Constructor", que involucraba en sus fw1ciones toda la actividad técnica, o" sea: el proyecto, la dirección y la ejecución de la obra. Para la ley de 1885, el que firmaba el proyecto ·e ra Arquitecto, Ingeniero o Maestro ~e Obras, director de los trabaj os que ejecutaba bajo sus órdenes. El Código Civil, en su artículo de la rtsponsabilidad ( 1844), sólo nos habla del t\rquitecto y del Empresario de Obras. Es interesante hacer notar esa confusión .existente en la ley, respecto al término "Constructor'' y a los términos profesionales "Arquitecto", "Ingeniero" y "Maestro de Obras". ¿Por qué, si se trataba de una ley discutida durante siete años, !10 se dejó bien acla· rada la terminología? Es que en aquella época, como ya hemos dicho, lo que predominaba ·en el espíritu de todos, era la existencia de un solo elemento, "Con~tru ctor", que era el que construía. Lo ~ue al principio se trataba de reglamentar, era la carrera de "Constructor" y no las construcciones. (Véanse los antecedentes e informe Reglamentación, 3.a parte; Reglamento de Constructores, noviembre y diciembre de 1878. Arquitectos y Constructores; formación de un Programa para estas carreras, marzo 1879; Reglamento de Constructores; su reválida por el Poder E.iecutivo, junio de 1880. Constructores; Complemento a su Reglamento, setiembre 1880; Informe sobre Reglamentación, 3.3 parte). Tan es así, que en el primer proyecto del año 1878, hecho por la Djrección General de Obras Públicas, se dice (artículo 3.0 , inciso 7) : 11

El estilo arquitectónico del edificio es de la exclusiva elección del propietario " y del constructor o proyectante.'' "Artículo 6. 0 La Dirección General no prestará su aprobación a plano alguno 11 que no venga en las condiciones y con los requisitos mencionados o sin la firma "de personas reconocidas y anotada en ella como Ingeniero, Arquitecto, Cons" tructor o Maestro de Obras y aparejado.'' Recién en el año 1872, la Dirección General de Obras Públicas, redactó un proyecto de Reglamento de Construcción, basado en d primitivo Reglamento de Constructores, y en ese nuevo proyecto mantíene el artículo 6.0 anterior, - 7. 0 en el nuevo, - que dice lo siguie.nte: "Artículo 7. 0 No será aprobado por la Dirección General de Obras Públicas, " proyecto alguno que 1110 venga en las condiciones y con los requisitos mencio" nados y sin la firma de la persona reconocida y anotada en ella como Ingeniero, " Arquitecto, Constructor, Maestro de Ohras o aparejado." Tres años más tarde, era aprobada la ley con el artículo 8.0 arriba transcripto y que repite: " Artículo 8.0 N o será aprobado por la Dirección General de Obras Públicas, " proyecto alguno que no reuna las condiciones y requisitos mencionados, y sin la " firma de persona reconocida pcr la misma Direccióu, como competente y que se " halle registrado en ella corno Ingeniero, Arquitecto o Maestro de Obras ( Cons" tructor) .'' En aquella época, 1879, ttlO exístía un número snficientt de profesionales Arquitectos, para atender la demanda de los nuevos edifici0s; sólc. existían 52 técnicos, de los c1tales únicamente ocho era11 A 1'f]ttitectos, y los demás s;.: dividíar. entre 21 Ingenieros y 24 Maestros de Obras. Hay que hacer notar que las obras eran sencillas. de fácil concepción y sin se· ríos problemas a resolver. El legislador <le entonces no podía dejar exclusivammte en manos del Arquitecto la firma del proyecto y la dirección de los trabajos, en vista de que prácticamente no exis· tía esa profesión. Tan. se hacía sentir su falta, que en marzo 15 de 1879, el gobierno dictó una resolución, para que la Dirección General de Obras Públicas procediera a la formación de un programa para estudios y exámenes de las carreras de Arqrtitecto y Constructor, aunque anteriormente por decreto del 20 de agosto de 1858 al fundarse la primera Escuela Militar Oriental, se disponía, en el artículo 9. 0 , la creación de aulas especiales de Arquitectura civil y militar, para ate.nder los servicios de obras públicas, así como también, por el artículo S.•, se les otorgaba el título de Agrimensor a los alumnos que quisieran dedicarse a esta activi· dad científica. Es aquel el primer paso dado por el país rara reglamentar nuestra profesión. CONTINÚA EN LA PÁG.

83

ARQUITECTURA- 77


EL EDIFICIO TAPIE pARA proceder al análisis correcto de una ohra de la naturaleza de ésta, es fundamental abarcar un amplio horizonte capaz de contener los sinnúme~ ros puntos de vista desde que es susceptible de ser estudiada. Tan diversos y variados son ellos y tan extensos los comentarios que requiere cada uno, - cuando ·se pretende realizar un meditado estudio de esa índole - que, en este caso, nos concretamos a hacer un simple esbozo de lo que, en nuestro criterio, significa aquel edificio, analizado desde el punto de vista arquitectónico.

VALOR SOCIAL.

Si se le analiza desde este punto de vista, se advierte de inmediato, la generosidad que ha inspirado su gestación; pues, juzgada sin egocentrismo, ella acusa su primer valor: atenuar la situación angustiosa de centenares de obreros, que se traduce en el sustento de miles -de psrsonas. •

Esto, en cuanto al personal modesto que ha colaborado en la construcción. Pero existe aún, otro valor social y es el que se evidencia por la preocupación de brindar una vivienda de calidad, mediante razonables arrendamientos, lo que en arquitectura podría expresarse diciendo que eleva e~ nivel medio o la categorw de la vivienda colectiva, en cuyo sentido llega a constituir un índice.

ASPECTOS ED ILI CIO, ARQU ITECTONICO Y ECONOM ICO.

Estudiado el edificio Tapié, en cualquiera de estos tres aspectos, pone de manifiesto el criterio técnico que ha regido el plan de conjunto, la concepción del detalle - aún del más mínimo - y el sentido financiero real, dentro del cual había que desarrollar dicho plan. Es relativamente fácil alcanzar en forma más o menos completa la primera y segunda condición en estudio, cuando se hace abstracción del factor econón,z.ico; pero el problema cambia fundamentalmente, toda vez que entra en juego ·ese factor, aplicable tan sólo con éxito, cuan-do se rige por principios científicos de tan trascendental importancia como lo es la economía : recién entonces se entra plenamente a la gran arquitectura, donde se concilian los diversos aspectos del problema, mediante la unidad, la ponderación y el sentido estético, resultantes de los valores de la composición, el equilibrio y la plástica. En ~se sentido, el edificio Tapié, es una obra arquitectónica en toda la acepción de la frase. Es que, en ella se han complementado: el espíritu superior del propietario y la capacidad y preparación del arquitecto. Que este ejemplo se suceda con más continuidad por parte de los propietarios, y habremos logrado estas conquistas simultáneas; una, de aspecto social: demostrar que aún ha,y hombres que viven inspirados por el deseo del bienestar co·lttún; otra, que es la tendiente a evidenciar la elevada misión que cabe al arquitecto en nuestro medio, ya sea como técnico que estudia la solución más favorable a la inYersión de capitales colocados a renta, ya como artista que hace su arte para la humanidad; pues al fin y al cabo, la felicidad se inicid y radica en el hogar.

M. ABADIE-SANTOS.

ARQUITECTURA - 78

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1

ARQUITECTURA

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Cómo seran los edif icios del futuro?

Los ingenieros y diseñadores de Otis están continuamente mirando hacia el f uturo. Con estudios y experimentos, ellos inician la senda para los ascensores (y asimismo para los edificios) del futuro. Desde que Elisba Otis inventó en el año 1852, el primer ascensor de seguridad para el pasajero, 'e ste trabajo ha sido llevado constantemente adelante, elevando las ciudades del mundo siempre a nuevas alturas de conveniencia y utilidad. * Sea cual fuere su problema, grande o pequeño, la Otis siempre estará preparada para resolverlo en la manera más moderna y económica.

*

Los primeros ascensores del mundo con cabinas superpuestas fueron inventados hace unos años por el cuerpo de Ingenieros de la Otis Elevator Company, y ya son una realidad en el gran edificio de la Cities Service Company, en N ew York

OTIS ELEVATOR COMPANY COLONIA , 1962 / 72 M O N T EVIDEO •

BUENOS AIRES

ROSARIO

.

CORDOBA

LOS AVISOS EN PAPEL DE COLOR, CORRESPONDEN A LAS CASAS ~QUE HAN INTERVENIDO EN LA CONSTRUCCION DEL E D 1F 1C 1O T A P 1E

'

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2

ARQUITECTURA

1

Calefacción

Central

.Ventilación Central

1nstalaciones · - --·

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eléctricas --

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·-

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Teléfonos automáticos Pararrayos- Timbres •

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La cantidad de técnicos fué aumentando en forma progresiva hasta 1892, en que su número alcanzaba a 195, con doce Arquitecl-os, 47 Ingenieros y 136 Maestros de Obras. En esa época, por primera vez egresaban los titulados de la Farultad de Matemáticas (In· genieros, Arquitectos y Maestros de Obras) y desde entonces, de acuerdo con el artículo 41 de la Ley de Construcciones, éstos fueron sustituyendo a los prácticos habilitados en todo lo relativo a la construcción de edificios. En 1894, se suprimió en la Facultad de Matemáticas, la carrera de Maestro de Obras, pues no estando reglamentada, no existía diferencia co.n la de Arquit·ecto, cuya duración era de dos años menos y todos los estudiantes optaban por la más fáci l. El informe de 15 de febrero de 1894 (véanse "Anales de la Universidad", tomo 5, página 878), de los Ingenieros José Serrato y Juan Montcverde, deda, a ese respecto: " En casi todas partes se ha suprimido la carrera de Maestro de Obras, pues " sus funciones son las de Arquitecto, con las limitaciones que natt>ralmente se "imponen por la inferioridad de los estudios. Estas limitaciones no las establece "ninguna ley entre nosotros, 111i las oficinas técnicas han tratado tampoco de "reglamentar las atribuciones de esas dos profesiones, proyectando y dirigiendo "frecuentemente los Maestros de Obras edificios de importancia, que como no " puede menos de suced·er en la generalidad de los casos, resultan deficientes, no " sólo en sus condiciones estéticas, sino también en las de seguridad, comodidad, .. higiene y economía. .. Mientras subsistan las dos carreras mencionadas, no hay estímulo para seguir " la de Arquitecto, desde que en dos años menos, puede terminarse la de Maestro "de Obras, que da las mismas atribuciones." Suprimida esa carrera, sólo quedaban las de Arquitecto e Ing·~niero, para llenar las funciones asignadas al "Constructor'' en la ley de 1875. Fuera de aquellos técnicos que aún quedan con títdc otorgado por la Dirección de Obras Públicas y los que obtuvieron título universitario de Maestro de Obras, sólo tienen responsabilidad legal los Arquitectos e Ingenieros egresados de sus respectivas Facultades. Estos son los únicos autorizados a firmar, junto con el propietario, el proyecto que se presenta al Municipio, para obtener el respectivo permiso y el técnico que firma dicho proyecto es el Útnico que tiene la responsabilidad de la construcción y de la dir·ección de la obra. Esto último se deduce del artículo 35, que trata de la responsabilidad y que dice, según hemos visto anteriormente : " El constructor de una obra es personalmente responsable para ante el propie· "tario, con arreglo a la ley y por el ti empo que ella señala ( Art. 1844 del Código " Civil), de los defectos que en la obra se noten ya sea por la mala direcci6n dt " los trabajos, por la mala calidad de los materiales empleados, por la mano de "obra o por las modificaciones o alteraciones que introduzca en el edificio sin "haber sido antes aceptadas por el propietario y autorizadas por la Oficina com· "petente, anotándolas en el plano y memoria respectivos." Este artículo 35, ha modificado el citado artículo 1844 del Código Civil, que dice: "El A1"quitecto y el empresario de un ·ediicio son r esponsables por espacio de " diez años, si aquél se arruina en todo o en parte, por vicio de la construcción, .. o por vicio del suelo, o por la mala calidad de los matcrialt"s, haya 5uministraao ·• éstos o no el propietario y a pesar de cualquier cláusula en contrario. El ter.. mino en que la acción puede nacer, es de dichos diez años contados desde la ·· .entrega; pero una vez nacida la acción pur haberse ma.n ifestado el vicio, dura "el tiempo ordinario de las acciones personales (20 años) . " La disposición del primer inciso se entiende salvo la prueba en contrario que " hagan el Arquitecto o Empresario.'' El "Constructor'' d<.:l artículo .35, se refiere actualmente al Arquitecto o al Ingeniero, únicos profesionales a quienes la Univer sidad otorga títulos con tal finalidad . El Código Civil, a su vez, habla d el Arqu,itecto y del Empresario de Obras, y no n ombra para nada al Ingeniero, que en ese caso, para el Código, no tendría responsabilidad. Es éste un punto interesante a resolver. El "Constructor' ' de la ley de 1885 es responsable por el proyecto, por la dirección y por la ejecución de los trabaj os. Por el artículo 1844 del Código Civil, el Arquitecto y el Empresario de Obras son responsables si el edificio se arruina tr. todo o en p~rte por vicio de la construcción o por vicio del suelo o por la mala calidad de los materiales, etc. En un trabajo presentado por el Arquitecto Pérez Montero er. 1920, al l.er Congreso de Arquitectos de Montevideo, se estudió ese artículo del Código y el significado . de las palabras Arquitecto y Empresario. El Iegisla•dor francés de 1803, consideraba al Arquitecto en forma especial. Rabon lo define perfectamente; "el Arquitecto era considerado por los legisladores no solamente "como el autor de los planos, como el director de la obra, sÍ·!'!O también como el ejecu" tan te (L'entrepreneur) ."

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ARQUITECTURA- 83 •

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Los legisladores han visto en el Arquitecto, no solamente al inventor que busca, combina y obt iene las disposiciones de la obra, a:l artista que fiJ a ei espíritu, que determina la Ir. ateria y que estudia la decoración, sino que, adc>111ás, lo consideran como el "comerciante" que suminist ra los materiales y los coloca en su obra. D e toda la confusión r esnltaba, sin emhargo, clarameme, que el Arquitecto y el Empresario, con la n:isma responsabilidad legai, formaban un solo elemento: ''Constructor de Obras'. Es la misma interpretación de nuestra ley de 1885. En la época actual se definen bien ambas ac-tividades profesionales: "El A rquitecto es d artista que compone los edif icios, determina las proporciones, " las dis tribuciones, las decoraciones, las hace ej.e cutar bajo sus órdenes y hace el arr~glo ''de las cuen tas. E s también el técnico que organiza científicamente la marcha regular ''de la construcción del edificio o edificios que dirige, y estudia los problemas sociales (/atinen tes con su profesión. Sus serv1cws son remunerados por honorarios." •

El Empresario ( entrepreneur) es el industrial, o el obrero, que ejecuta los proyectos concebidüs por el A rquitecto, suministrando su trabaj o, su industria y los materiales. Corre los riesgos de pérdit.las y ganancias, y ~u fi nalidad e~ cbten-:y· beneficios. El Empresario (L'entrepreneur) es el constructor y éste es un comerciante. ( Véase el informe presentado por la Sociedad de A rquitectos con fecha marzo 17 de 1922 y la sentencia dtl Jaez Letrado de Comercio de Segundo Turno, a este respecto). En el III Congreso Pana mericano de Arr¡'litectos. celebrado en BuC'nos Aires en 1927, c;e llegó a la siguiente conclusión, que define ofic1almente la pwfesión: " El Arquitecto es un artista y un técnico, que proyecta y dirige sus obras con "exclusión de toda actividad comerci al en las mismas, sieHdo un anhelo del III " Congreso Panamericano de Arquitectos, que los Poderes Públicos de los países de "América, al dictar las reglamentaciones profesion1ales, den fuerza legal a esta "definición."

y el XII Congreso l ·nternacional de Arquitectura, realizado en Budapest en

1930, en la

cuestión tl.a del Tema II, llegó a la conclusión: "que ·eS realmente deseable separar completamente las dos profesiones de Ar" quitecto y de Contratista y se propone que el Comité Permanente de los Con" gresos Internacionales, sea encargado de proceder a gestionar un cambio en los "textos de las leyes adoptadas por los diferentes Gobiernos."

1

Si bien el "Constructor" de la ley de 1875, se re fiere tanto al Arqunecw como al Ingen¡ero, el artículo del Código dice claramente, el Arquitecto y ·e l Empresano .Je Obras. Actualmente las dos profesiones - Arquitecto e Ingeniero ~ están bien deútuJas, de acuerdo con los estudios cursados en las Facultades respectivas. · El número actual de Arquitectos titulados es de 240, suficientes para atender las nece,. sidades constructivas de la población de la República. El Arquitecto es el que proyecta y dirige y hace e! arreglo de cuentas E l Ingeniero n() estudia proyectos de Arquitectura ni dirección de obras de Arquitectura ( que se estudia en el aula de P ráctica Profesional), ni arreglo de cuentas de esos mismos trabaj os que también se estudia en la misma clase. Toda obra cuyo permiso se solicitara al Municipio debería ir firm ado, en primer rhmino, por un Arquitecto. Este será el responsable ciel proyecto, y el que respondería, clesde luego, de la dirección de los trabajos y del arreglo de las cuentas. Ahora bien : ¿Cuál sería el rol del Ingeniero? Considerado el "Empresario" co¡no "Comerciante", parecería que la Empresa de Obras puede ser ejercida por cualquier persona que tenga capacidad legal para ej ercer el comercio. (Un caso semejante es la garantía técnica en las Farmacias) . Esto, en g eneral, parecería ajustado a lógica. Tal vez sería aplicable esa libertad de tomercio cuando se trate de obras públicas y no existan leyes o decretos que las reglamenten. Sin embargo, el artículo 34 del Pliego de Condiciones Generales del Ministerio de Obras Públicas, hace obligatorio el nombramiento de un representante técnico del contratista. Dice así ese artículo : "Artículo 34. Si durante la construcción de las obras resultare. a juicio de la "Dirección respectiva, que el contratista no tiene la competencia necesaria para "ejecutarlas satisfactoriameñte, el Poder Ejecutivo podrá exigir el nombramiento " de un representante técnico. ( 1). "En todos los casos en que el importe del contr¡~to exceda de cien mil pesos, " el contratista deberá designar un representante técnico, que, segúH la índole I gu almente está prescripto en el articulo 27 del Pliego de Condiciones Generales del 24 de julio de 1913. ( 1)

AIQUITECTURA- 84


"de la obra, deberá tener título de lugeniero o de Arqu.itecto, de la Universidad "de Montevideo, o revalidado por la misma y que signifique capacidad técnica "para la ejecución de las obras de la clase de las ccmtrata•Jas. " Si el título es revalidado, el técnico deberá ser pe nacicnalidad uruguaya. " Si el importe del contrato excede de un millón de pesos, el contratista deberá "dar ocupación, además, a otro profesional de las condiciones anteriormente ex" presadas, el que formará parte del personal en:argado de la dirección técnica "de los trabajos. "El representante técnico tendrá a su cargo todas las gestiones de carácter " técnico que realice el contratista con respecto a la obra contratada, ant·e las autori· " dades dependientes del Consej o Nacional de Administración y todas las comuni" caciones ·de carácter técnico que deben hacerse al contratista, se dirigirán a "dicho representante, con quien se entenderá directamente el Director de la obra. " La designación de representante técnico deberá merecer la aprobación del "Ministerio de Obras Públicas, previo el informe favorable de la Dirección. Si "durante la ejecución de las obras la direcci.) n considera necesario requerir "del contratista la sustitución de representante técnico, podrá hacerlo sin necesi" dad de expresar los motivos de esa decisión, y desde ese memento se entenderá " que ha cesado en aquel cargo la persona que lo ocupaba, r!cbiendo el contratista "desi&'nar de inmediato otro en su lugar.' '

En obras públicas de poca importancia, cualqui er per .)Olla con Capacidad legal puede ejercer la profesión de empresario de obras . E sto se expl ica porque el Estado, por medio dt:: sus ofi cinas y de sus empleados técn icos (Ingenieros, Arquiti!ctos y Sobrestantes), c.ontralorea en forma continuada todo trabajo que se ejecuta para el mismo E stado. El cumplimiento de las obligaciones (contratos, pliegos de condieiones, memorias, planos, etc.) , por parte del empresario, se encuentra por ese motivo perfectamer.te gar antido. Esa imposibilidad de contralor, que hace temr r por la seguridad públicü. ~1 no ser ejercida la l'mpr·esa de obras por personas competentes y de responsabilidad, ha sido la causa de que el legislador de 1885, reglamentara la ccnstrucc:ión de edifi cios privados con la obligati6n de que el que ejerciera dicho cometido debiera ser técnico competente reconocido por la Dirección de Obras Municipales, con toda la responsabilidad resultante del título otorgado por la Universidad de la República.

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De acuerdo, pues, con esa Ley de Construcciones y con el artículo 1844 del Código Civil, podrían reglamentarse las dos profesiones con respecto a las obras públicas y pri· vadas de la Arquitectura, así : A) Trabajo exclusivo del Arquitecto: Ejecución del Proyecto completo, dirección de los trabajos que guardan relación con dicho proyecto. Arr·eglo de cuentas. B) Trabajo del Ingeniero o del Contratista Empresario de Obras, que debe, en todos los casos, tener la garantía técnica de un ingeniero, salvo que dicho empresario tenga el título de Arquitecto : Construcción del edificio proyectado por el Arquitecto.

El artículo 8.0 de la ley de 1885, sería sustituído por el siguiente : Artículo 8. 0 No será aprobado por la Dirección de Obras Munici pales proyecto al· guno que no reuna las condiciones y requisitos mencionados. Djcho proyecto llevará la firma del arquitecto que lo realizó y que será el que dirigirá los trabaj os que guardarn relación con dicho proyecto Llevará además la firma del ingeniero que realizará la construcción o que sea la garantía técnica del empresario de obras que ejecutará los tra· bajos, salvo que dicho empresario de obras, tenga el título de arquitecto. Cada arquitecto no podrá presentar al Municipio más de SO proyectos por año. Cada ingeniero no podrá otorgar su garantía técnica a más de dos empresarios de obras.

••• VARIAS l,EYES PROYECTADAS

Para poder dar una idea de la forma en que ha variado el criterio de lo' legisladores con ~ espe:to a la profesión de Arquitecto, dtar~mo s algunos proyectos de los presentados al Parlamento, de unos años atrás. Con fecha 13 de julio de 1905, los Diputados Julio M. Sosa, Ingeniero Alberto F. Canessa, Ceferino Travieso y M. Magariños Viera, presentan un proyecto de ley sobre eclificación con frente a las plazas Constitución, Iudependencia, Cagancha, así como a las calles 18 de Julio y Sarandí y a otras vías de tránsito. En· el Artículo 8.0 dice ese proyecto de ley: "Los planos de edificios que se presenten para construirse en las calles Y pla· zas referidas, deberán ser firmados por un arq11.itecto diplomado".


1

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·y d ar tículo 9.0 , expresa • " La Junta Económico-Administrativa designará una Comisión denominada de "Estética, encargada de dictaminar sobre los pianos a que hace referencia el ar" tícuio anter ior, con amplias facultades para aceptar o rechazar dichos planos "de acuerdo con los preceptos del arte. De esa comisión formarán parte -a.ece" sariamente el Director de Obras Municipal e~ y dos arquitectos'' . •

Y eu su informe "in voce" el Ingeniero Canessa <.kcía:

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" El Proyecto de que acaba de darse lectura, responde a llenar una necesidad "de futuro no lejano, que ha de _lJatcmt!zar acabad~mente el adelanto r eal de "nuestra hermosa capital. " Entre los fundamentos que 1mpüne la sanción de este proyecto, existen tres " inc·~ ntrovertibles , y son los quo_• st: refieren a la csté:ica, at medio educativo, y " a la tconL·mía municipal. " Con respecto a estética, se busca con nuestro proy~cto una forma de señalar " el adelanto artístico dd país. adelanto que da mérito a un legítimo c.rgu!lo de "toda nación, que se complace con el hecho de que una simple observación de sus " obras arquitectónicas puede dar de inmediato idea de su capacidad y progreso " artístico. " Ocurre t<lmbién significar el ancho camp0 que este proycc!o abre a nuestros "tlemcntos artísticos, para la aplicacién de sus ccmocimient•Js en provecho propio " y del propio pJÍS. '' El medio educativo, es tal Yez, el fundamento más importante de nuestro pro" yecto ; la manera sencilla de educar al pueblo qut no lee libros, con la simple · übservación de obras mcnumentales, con la comparación de las mismas, y el '' t:jemplo a la vista, es si·n duda alguna la conquista más hern!osa dtl arte je la ''arquitectura.' ' En julio 13 de 1915, los doctores Atilio Narancio, - como miembro informante, Ricardo Vecino, FéEx Etchevest y Esteban J. T06cano, pre->entaron un proyecto de ley gt."neral de edificación, teniendo en cuenta todos los proyectos de leyes a:nteriores que se encontraban a estudio de la Comisión de F omento. Es interesante transcribir algunos de los antecedentes de ese proyecto de ley: " Artículo 2." L os planos y memoria descri¡:,tiva de construcciones en la Capital "lle~·ará1~

la firma de 1m A rqllitecto coH W·ulo exped1.do o revalidado p{)lf' la Uní· "versida:d de la República. "Art. 3. 0 Los planos y memoria des~riptiva de construccio.1es en los demás de11 partamentos, podrán ser firmados por Arquitectos, Ingenieros con título de "nuestra Universidad o Maestros Constructores con permiso otorgado por el Mu· 11 nicipio, donde se eleve la construcción." '· A rt. s.o En toda cuestión que verse sobre construcciones, y que se someta a 11 in fo rme, o peritaj e, las Oficinas Públicas se asesorarán co1J peritos, considerando

"couuJI tales únicamente a las personas comp-rendidas en el artíct4lo 2.• de la pre" setlte ley.'' " Art. 7.0 Toda obra tendrá en la Capital un Arquitecto director responsable. "Cuando no se especifique claramente ante el Municipio, será considerado como "tal, el titulado que firme el plano y memoria descriptiva correspondientes.'' "Art. 46. Cométese al Poder Ejecutivo, la confección de un Código de Cons" trucciones que coleccionará los r eglamentos correspondientes a la presente ley." "Art. 47. El P oder Ejecutivo se asesorará de una Comisión compuesta por 11 el Intendente de la Capital, ·el Decano rle la Facultad de Arquitectura, el Direc" tor de Arquitectura del Ministerio de Obras Públicas, el Director de la Asis11 tencia Pública, un Delegado del Consejo de Higiene, el Profesor de Higiene "de la Facultad de Medicina, un Arquitecto de la Dirección de Obras Municipa" les de la Capital, un Delegado de la Sociedad de Arquitectos y un Delegado de '·la Junt'l E . Administrativa de la Capital." Por último, en agosto de 1931, el doctor José F . Arias presentó al Senado un proyecto de ley creando el Consejo Nacional de Arquitectos, cuyo proyecto fué aprobado por ese alto Cuerpo, y por él se crea un órgano oficial de reglamwtación y de contralor moral. Dicho proyecto, actualmente en el Ministerio de Instrucción Pública, pasó en vista al señor Fiscal de Gobierno, que lo aprobó en todas sus partes~ declarando que su sanción será de gran utilidad para el interés general. El articulado y fundamento de dicho proyecto de ley, es el siguiente: "Artículo 1.° Créase el Consejo Nacional de Arquitectos con los siguientes 11 cometidos : "a) Reglamentar el ejercicio profesional. " b) Asesorar a los Poderes Públicos en te dos los estudios, disposiciones legales

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y reglamentarias, vinculados a toda obra constructiva arquitectónica o urbanística y al ejercicio de l<J. profesión de Arquitecto. "e) Facultad de aplicar sanciones morale~ y hasta suspensión del ejercicio profe· sional e-n los casos pr·evit:tos por la regliimentación del inciso a) que será dictada por el Poder Ej ecutivo". "Art. 2.0 De las sanciones a que se refiere el ~~nciso e) del artículo anterior, "existirá apelación ante el Poder Ej ecutivo. "Art. 3.0 El Consejo Nacional de Arquitectos será honorario y estará integra· "grado por un delegado del Consejo de la Facultad de Arquitectura, un delegado " Arquitecto de la Dirección de Arquitectura -del Ministerio de Obras Públicas, un "delegado Arquitecto de la Dirección de Arquitectura de la Intendencia Munici.. " pal de Montevideo, un delegado Arquitecto de la Dirección de Arquitectura del 11 Banco Hipotecario y tres delegados de la Sociedad de Arquitectos". 11 Art. 4. 0 El Consejo Nacional de Arquitectos dependerá del Ministerio de Ins· " trucción Pública, y tendrá su sede en la Facultad de Arquitectura. "Art. 5.° Comuníquese, etc. " El presente proyecto de ley no es más que el complemento necesario e impos· "tergable, del que creó la Facultad de Arquitectura. Admitida la intervención fis~~ calizadora del Estado en aquellas actividades, --- que, como la que nos ocupa 11 por su repercusión dentro del organismo social, se hace necesario limitar y en· "cauzar dentro de normas determina-las, es fácii deducir que para que ese control "sea eficaz es necesario establecer una reglamentación integral de esas funciones. " N o basta con reglamentar los estudios para optar al título respectivo. Con ello "sólo se da a la sociedad una gar antía de competencia. Es necesario asimismo, re· "glamentar el ejercicio profesional, es necesario para que esa garantía sea com· "pleta, que el Estado fiscalice cómo hacen uso de su título, cómo ejercen sus fun· "dones esos egresados, defendiendo a la vez a la colectividad contra la incom· " petencia y la falta de escrúpulos, de elementos que sin responsabilidad técnica, "medran dentro de esa actividad por falta de una ley ·eficaz que regule debida" mente esas fun ciones. P or lo demás, al defender a la colectividad, el Estado de" fiend.e a los propios profesionales ya que está en la obligacibn moral de hacer" lo desde el momento que tácitamente los ha llamado a ejercer sus funciones. " Pero no es necesario recurrir a razones de interés gremial o corporativo, "aun cuando ellas son perfectamente valederas - para justificar la adopción de " esta medida. "La influencia que desde los puntos. de vista artístico, del confort, de la higiene, "etc., ejerce la Arquitectura en las costumbres de los hombres. es evidente. Su 11 obra repercute necesariamente en la cultura, en la moral y en la salud de los " componentes del organismo social. " La reglamentación profesional es aspiración unáP.ime de todos los cuerpos de " arquitectos del mundo. " Los distintos Congresos Panamericanos o Internacionales de estos profesio· 11 nales han reflejado claramente esta aspiración, mostrando el interés general de "una medida de esta naturaleza. " El l.er Congreso realizado en esta ciudad en marzo de 1920, declaraba: Que "para mejorar la estética de las ciudades, pa ra encauzar la cultura general, para "conseguir un criterio definido en las condiciones de nue~tras viviendas, que 41 tanta influencia tienen en la salud física y moral Ml pueblo. para garantir la 41 belleza, seguridad e higiene de toda clase de edificios. es indispensable regla· "mentar el ejercicio de la profesión de arquitecto, sobre la hase de ese título otor" gado o reconocido por el E s~ado, deslindando los cometidos propios y privati· "vos de dicha profesión que es la ú.nica capacitada para dar la solución exacta " de esos problemas. "El 3.er Congreso. realizado en Buenos Aires en julio de 1927, declaraba: Con" siderando: que es una obligación moral d-el Estado encauzar del modo que más "beneficie a la colectividad la i.nversió:1 del capital privado que se destina a la "edificación, la forma en que más c;e arraigue al suelo y contribuya a aumentar 11 la riqueza de las Paciones e impulsar el desarrollo de las ciudades. imponiéndose "con tal fin, mejorar las condiciones sanitarias. económicas y arquitectónicas de 11 la vivienda como factor principal del desarrc:llo físico y moral de los pueblos, el "3.er Congreso P anamericano de Arquitectos declarrt: Que para evitar inversio· "nes, en muchos casns perjudiciales para el interés privado y en general desastro· " sas para las conveniencias públicas, es de necesidad imprescindible que los Go11 biernos de América procedan a dictar un a Reglamentación profesional que rija u el ejercicio de la Arquitectura e impirla la realización de obras p(tblicas y pri- , "vadas por personas que carecen de competencia técnica y artística indispensable. "La aprobación de esta ley, no sólo tendrá la ventaja de dejar en manos de los "propios arquitectos la defensa de sus derechos e i.ntereses, sino que acabará tam· •

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"bién con la independencia perjudicial que existe actualmente entre la profesión y " los poderes públicos en lo concerniente a la actividad comím. Se establecerá así "entre ellos una r·elación lógica y benéfica dada la gran importancia y la res" ponsabilidad del arquitecto en su triple aspecto estético, higiénico y moral y es" pecialmente en lo que concierne a la seguridad pública. "La legislación y los reglamentos de construcción están en nuestro país muy "atrasados, no respondiendo ni a las exigencias higiénicas, ni a los métodos mo" dernos de construcción. El empleo del cemento armado, por ejemplo, que nuel$" tra legislación no encara, es causa de continuos conflictos. N o es tarea fácil "establecer un cuerpo ele reglamentaciones armónicas y que contemplen el estado "actual de la arquitectura y sus r elaciones con la higiene y el urbanismo. Siendo " los arquitectos los que más de cerca pueden palpar en cada momento las defi" ciencias que vayan acusando esos reglamentos, frente a los progresos técnicos, "es lógico sean ellos, por medio de su entidad representativa, los que asesoren a "los Poder·es Públicos y los que gestionen la reforma de los reglamentos y leyes " en vigencia. "La reglamentación del ejercicio profesional, - medida adoptada en casi todos " los países de Europa - es aún más necesaria en sociedades en fonnación donde " el índice de cultura artística es poco elevada y particularmente en lo que con" cierne a la arquitectura, el desconocimiento de su verdadero espíritu y de su " misión social es casi general a pesar de los esfuerzos hechos por estos profesio" nales en su obra divulgadora de congresos, conferencias y exposición de tra" bajos. " Es necesario hacer notar que la aprobación de este proyecto, no traerá apa· "rejados perjuicios para nadie. No irá contra los intereses de ninguno de aquellos "elementos que ejercen su actividad en el campo de la Arquitectura. Por el con,, trario, su aprobación beneficiará necesariamente a todos, rlesde que sus efectos "sólo se harán sentir encauza.~ulo activ idades, restituyendo a cada uno de esos "ele·m entos a su verdadera fwt.,:i6n. " En efecto: comencemos por definir al Arquitecto, mostrando cuál es. su fun" ción r eal - función que actualmente ejercen la casi tot:.1lidad de nuestros ar" quitectos y que todos aspiran a ejercer - para comprender luego fácilmente que "la reglamentación no irá contra ningún interés. Para ello transcribiremos la de" finición dada por el II I Congreso Panamericano de Arquitectos, que dice así: " El Arquitecto es un artista y un técnico que proyecta y dirige sus obras con " e:rcl11sión de toda actividad cmnerdal en las mismas, siendo un anhelo del III "Congreso Panamericano de Arquitectos que los P oderes Públicos de los países "americanos al dictar las reglamentaciones prof esionales den fuerza legal a esta " definición. "La reglamentación polonesa. establece: T odo miembro de una Cámara de Ar· "quitectos no puede acumular las funciones de arquitecto con las de empresario. "En el informe de los Arquitectos franceses al tema II del XII Congreso In" ternacional , se dice: "En Francia las reglas profesionales le prohiben al arquitecto ejecutar traba" jos por sí mismo, o que tengan intereses en una empresa constructora". El Ar· "quitecto ejerce una profesión liberal que no puede confundirse con una profe· "sión comercial, como lo es la de empresario." " Igual disposición se establece en las reglamentaciones de todos aquellos países "que se han preocupado de solucionar este problema social. "El simple ent111ciado de tste principio de ética bastaría para hacer necesaria la " aprobación de la Reglamentación que nGs ocupa. "La posición del arquitecto ante el propietari·) debe ser insospechada, él es su "representante, ejerce casi un mandato a su nombre. · "Definida, pues, cuál debe ser y cuál será necesariamente la actividad que des" arrollará el arquitecto, es fácil comprender que. ei empresario de obras conser" vará intacto su campo de actividad; sólo que sus trabaj os, los ejecutará siem" pre bajo la dirección de un arquitecto, rínico que por S1M cMtocimientos debl' "hacer arquitectuf'a. " El proyecto de ley que presentamos no tiene otro alcance: Por su artículo 1.0 , "se crea el Consejo Nacional de Arquitectos, con cometidos precisos que están " dentro de las normas ya estatuídas por otras r~glamentaciones semejantes en "nuestro país, en armonía con el prestigio y los derechos que el Estado da a sus "títulos profesionales. "El artículo 2.0 expresa la forma representativa en que ha de constituirse ese "Consejo Honorario, cuya actuación se desenvolverá en la ·Facultad de Arquitec" tura, prolongado en el ejercicio profesional el des~nvolvirniento de la moral y la .. cultura adquirida en el claustro universitario. "Por todas las razones dadas, considerarnos que el proyecto de ley adjunto, ha "de merecer interés especial de todos los señores legisladores". Este proyecto de ley, que tuvo hasta ahora una acogida tan favorable, responde al anhelo expresado -en la resolución del terna II considerado por el XII Congreso Inter-

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nacional de Arquitectos, celebrado en Budapest en 1930, al cual se adhirió nuestro país y del que participaron 27 naciones. Dicha resolució.n dice así : " El Congreso expresa el deseo de que sean constituídas en cada país, en virtud "de una ley, corporaciones de arquitectos encarg:1das de matricular los arquitectos " calificados y de salvaguardar, en cada paí~, los intereses generales de la cor" poración de arquitectos". " Segú1n la constitución orgánica de cada país, se establecerán Cámaras de Ar" quitectos,· Sindicatos o Corporaciones, teniendo la competencia de una autoridad " pública". Nuestro país incorporaría así a su legislación, un desideratum claramente ·e xpresado por los mái adelantados paíse5 del mundo.

Ocupaciones ocasionales del Arqu,iteclo En todo lo que se ha estudiétdo en este informe, hemos considerado al Arquitecto w mo prof esional propiamente dicho, es decir, el r1uc proyecta, dirige ícs trabajos y hace el arreglo de cuentas. P ero además el Arquitecto tiene otros cometidos ocasionnles, que soa de verdadera importanci a en el ejercicio de ~ u pro fcs:ón, cuyos cometidos se es~t!di an en la Facultad d{' Arquitectura, proporcionando las bases técnica y legal indispensables.

1) El A rqu.itecto como P erito. Es cuando tiene que info rmar sobre puntos relacionados con Stt profesión o especialidad dentro de su profesión. El artículo 412 del Código de P rocedimiento Civi l dice que cuando por la naturaleza de los hechos controvertidos haya lugar a un r econocimiento o dictamen pericial, el Juez, al ordenarlo, designará claramente los obj etos a que cebe contraerse. El peritaje puede ser: a) b) e) d) e)

Particular. Particular privado. Público. Técnico Administrativo. Judicial.

La pericia de trabajos de A rquitectura pura, puede ser realizada sólo por Arquitectos. l)ero si esa pericia se r·e fiere también a t rabaj os de construcción, los peritos pueden ser también ingenieros. 2) El Arquitecto como Tasador. El Boletín N .0 2 de la Sociedad de Arquitectos del Uruguay, proporciona antecedentes a este respecto. El Tasador puede ser : a) b) e) d) e)

Particular. Particular privado. Público. Técnico-Administrativo. Judicial.

Y en cada uno de estos cometidos, la tasación puede ser diferente, según se refiera a la fijación de valores venales, costo de reproducción, valores posibles de futuro, valores de renta, de apreciación, etc. Es decir, que la tasación o avaluación de edificios es una pericia exclusiva de los técnicos que estudian la construcción y los valores de la misma, así como la faz económica y financiera de la misma. Esfo sólo lo estudian los A rquitectos y los I ngenieros. Con respecto a esta afirmación, es interesante transcribir los dos informes siguientes:

"Informe del Rector de la Utliversidad, doctor P ablo De María, de fecha no· " viembre 10 de 1894, sobre tasadores de co1utntccionts y edificios, en la con· "sulta relativa a inscripciones del titulo de tasador de don Manuel M. Men· "doza''. " Excmo. Señor : La Universidad no expide ni ha ·expedido nunca título de tasa· "dor. La expedición de tales títulos no tendría sentido alguno, puesto que en " el plan de estudios universitarios no figura 111i puede figurar como profesión

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ARQUITEC TO

ULI O RIVERO FALLEC 1DO EL 15 DE AGOSTO DE 1934

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de do_!o~, de intenso pesar ha de ser ésta, ya que es la exteriorizade l sentu111ento exaltado por una triste realidad, a la que no podemos habituarnos, como queda evidenciado en estas palabras - coincidentes en nuestro medio profesional - : murió RiYero; parece mentira! Y parece, realmente, mentira; no porque la naturaleza humana - en su frágil constitución - haga presumible la superYiYencia de nadie; pero sí, por una razón de orden puramente sentimental que surge de la condición afectiva, que nos mueve a resistirnos a aceptar como simple constatación, una circunstancia - inquebrantable - que sistemáticamente Ya segando los a fectos envoh·entes de nuestra propia vida. Hay algo, en nuestro interior, fuerza o sustancia, que quizá por razones psicológicas nos lleYa a equilibrar el Yalor efectivo de los buenos que se van, aglomerando el caudal de nuestro afecto en los buenos que quedan. Es por ello que, frente a la muerte, que reduce a diario con su sistema implacable el espacio de nuestra existencia, sentimos exaltar nuestro acervo sentimental y no podemos sobreponernos al dolor. Pero hay algo, también en nuestro ser, que surge ante el dolor, al que red1me, cuando se penetra en lo recóndito de la existencia ajena, en su vida interior. Pues bien, e e algo, debe servirnos para comprender la existencia, en su sentido amplísimo: la muerte destruye el cuerpo, que es una forma de la vida - ; pero es un estado anterio r a la \'ida misma, cuando entramos al terreno metafísico ; la muerte es un pretexto de la vida, para nacer en el tiempo del recuerdo. Este es el privilegio de los buenos.

* ** Como hombre, esposo~ padre y amigo, Julio Ri,·ero no descuidó un instante de su vida, para demostrar, en cada ci rcun stancia, la grandeza de su alma : fué bueno y por eso se supo hacer querer. He aquí que, el privilegio de los buenos, lo hace nacer - por el pretex to de la Yida - en el tiempo del r ecuerdo ... que será imperecedero. ARQUITECTURA, hace llegar al hogar transido por el dolor de tan prematura desaparición, las palabras de afecto que sabe proYocar la hermosa ex istencia del colega que nos deja . Que sepan los suyos, que Rivero vivirá EN nosotros, como supo Yivi r coN nosotros: amplia, I?OsitiYa, grandemente.

M. A. S.

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En el acto de la inhumanación de los restos del arquitecto Julio Rivero, fueron representadas las instituciones a las que el querido colega entregó con afán e idealismo singulares, lo más precioso de su . vida. En nombre de la Sociedad de Arquitectos, y de la "VIMI" - Oficina Técnica ,d e Vivienda Mínima,-de cuya oficina fué el arquitecto R ivero gran propulsor, uno de sus fundadores y su primer Director, hizo uso de la palabra el arquitecto Teófilo Herrán. El Ministerio de Obras Públicas, de cuya Dirección de Arquitectura formaba parte el arquitecto Rivero, fué representado por el señor Emilio Trías Du Pré. El Instituto de Enseñanza Industrial del que era profesor, fué representado por el Director General de Enseñanza IndtlStrial doctor José F. Arias y por la señorita María de Ivliguel, en nombre del alumnado, quienes pronunciaron sentidas palabras, algunas de las cuales reprodu. . , ctmos a contmuac10n .

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TEXTO DEL DISCURSO DEL ARQUITECTO TEÓFILO HERRÁN.

f La Sociedad de Arquitectos del Uruguay, y la Oficina Técnica · de Vivienda Mínima, frente al deceso de ] ulio Rivero, exterioriza un sentimiento de hondo pesar que es común a todos sus colegas. En plena juventud, se ha extinguido una vida regi da en todas sus manifestaciones por un sentimiento de concordia y solidaridad social. Desde estudiante demostró sus cualidades que le abrirían el camino de los bien dotados. Julio Rivero, todo nen·io y acción puestos al servicio de un intelecto poco común, a pesar de morir joven, ·d eja una obra grande y hermosa, una obra ejemplar. Trabaja con toda dedicación en las construcciones del Estado, en las tareas de la enseñanza artística industrial, en trabajos particulares, en la obra altruísta de la Sociedad de Arquitectos, que le contó entre sus más destacados miembros. Espíritu humanitario, dado al bien ajeno, fué Julio Rivero un empeñoso elaborador del bienestar colectivo, un esforzado trabajador en las realizaciones benéficas.

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Colocando piedra tras piedra, construye el pilar angular de una obra que la fatalidad no le permitió ver terminada . Se trata del problema de la vivienda obrera en nuestro país, de la habitación de los más, que al desamparo, mata al hombre, conspirando contra la célula vida de la sociedad: la familia.

* * * La Oficina Técnica de Vivienda Iv!ínima se honró, al designarlo su primer Director, en la que colaboró sin conocer reveses ni fatigas, superando su propio esfuerzo físico, dedicándole las horas de su reposo, a la generosa obra de la vivienda de los necesitados. Luchó en el silencio de la acción desinteresada y benéfica, por algo que le era un imperativo : dar todo de sí, en beneficio de todos. Su muerte constituye una pérdida grande y sentida para la colectividad uruguaya, para sus colegas, compañeros y amigos ; y su recuerdo quedará escrito en el duro granito, por el cincel del esfuerzo generoso e i{}eal de su vida fecunda y ejemplar. Acongojados nos despedimos ante sus restos. He dicho. L/S R.

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DISCURSO DEL SEÑOR TRÍAS DU PRÉ.

Julio Rivero se fué ... La Dirección de Arquitectura del :Ministerio de Obras Públicas le despide por estas palabras y une la voz de todos los compañeros de oficina, para expresar el sentimiento doloroso de ver al amigo que se va ... En plena jluventud; en el vigor de su mocedad; en sus años de esperanzas, cuando la fe en el vivir se arraiga; cuando los ensueños empiezan a rozar la realidad; en la edad en que aún no se piensa en la muerte, cayó herido por el mal físico, sin que la humana solidaridad pudiera tenderle la mano auspiciosa y encaminarle de nuevo en la senda de la vida. La vida cumplida y que llega a su término humano, tiene en el propio desenlace el consuelo del camino andado, y se desprende de las realizaciones del hombre que ha vivido, como una estela de humo dormido que se adhiere, con el calor de la amistad y del afecto, al recuerdo de los que quedan. . . ¡Es el barco que parte, y que al quebrar las olas del mar en su ruta hacia el puerto anhelado, Ya dejando en la presencia de los que le despiden, la espuma de las quebradas olas ! . . . Pero la vida tronchada en su plenitud, produce en el espíritu, como el eco de un rencor; como el ruido del desgajamiento del árbol que abate el viento ... Y Julio Rivero fué abatido así; arrancado del hogar; apartado de los brazos de la esposa y alejado del cariño de los pequeños hijitos, cuando empezaba a vivir. Porque no es vivir el sólo pasar del t iempo, sino el enlazamiento de ese tiempo que pasa, a las creaciones del que vive; que vivir es crear. Y Julio Rivero poseía personales condiciones que le auguraban una vida fructífera y triunfadora. Unía a sus valores intelectuales la hombría de bien con que conquistó en el cotidiano vivir de la oficina el aprecio de sus compaiíeros, para hacerse un amigo de todos. No tiene el lenguaje humano el matiz preciso para expresar el sentimiento que produce la muerte de un hombre joven, y sólo el silencio, el íntimo silencio que enmudece, es el que dice del dolor de una muerte inmerecida. ¡En nombre de sus compañeros de oficina, paz en su tumba! Agosto 1611934.

*** PALABRAS DEL DOCTOR JOSÉ F. AR IAS

Toda transformación celular que termina su a sociación armónica, dando fin a la existencia humana, es motivo de filosofía y de pensamiento ; pero cuando esa transformación llega cuando se es joven y al parecer fuerte, cuando se ha iniciado un hogar y el horizonte debiera estar todo teñido de rosa, la filosofía deja su lugar al sentimiento máximo . .. Es esa realidad ante el arquitecto Rivero, en plenitud de acción, en la esperanza de mayores frutos, para quien el péndulo del reloj de su vida, se detuvo en la línea Yertical, cuando las agujas indicadoras iniciaban el segundo cuadrante de su recorrido. o

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La enseñanza industrial, que es y debe ser cada día más una asociación de hombres inspirados en el bien y en el esfuerzo, entrega su gran pesar ante esta pérdida para todas las horas ; porque el arquitecto Julio Rivero, ha prestado colaboración a la docencia industrial durante más de dos lustros, habiendo demostrado cualidades superiores de maestro culto, humano y científicamente superior, como lo expresa el agradecimiento de los alumnos testimoniado por la joven discípula que me ha precedido en el uso de la palabra ...

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PRIM ERA REUN ION ANUAL DE ARQUITECTOS NACIONAL ES Y EXPOSICION DE LA CONSTRUCCION

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OR iniciativa de la Sociedad de Arquitectos, y patrocinada por la misma, se efectuará, del 20 de octubre al 20 de noviembre, la reunión del epígrafe, en los salones del Palacio Centenario, Avda. 18 de Julio 1333. Tiene por objetivo una doble finalidad de aspecto técnico-profesional: una es la que se refiere al aporte colectivo de todos los arquitectos para tratar temas de fundamental interés profesional y de suma actualidad, que - seguramente - han de imponer a la profesión, una morlalidad a tono con la época ; la otra, es la que dice relación con el aspecto industrial de la profesión, de acuerdo con lo quebrantada que se halla esa manifestación del trabajo nacional por efecto de la depresión por que atraviesa el pais. Con tal motivo y para mejor llenar el deseado propósito, se realizará una gran exposición de arquitectura, construcción y artes aplicadas, cuyos trabajos se hallan muy adelantados, haciendo presumible el éxito vislumbrado. Esa ~expo­ sición, demostrativa y de exteusión, será elocuente en cuanto a exteriorizar la importancia de la índustria constructiva en nuestro medio, así como a ilustrar al público sobre lo qué debe entenderse por arquitectura pura y cuál es la función social del arquitecto. Los temas aprobados por la Comisión Organizadora, son los siguientes : N.o l. La crisis de la construcción, causas, efectos y medios para atenuarla. N.0 2. El problema actual de la vivienda en el Uruguay. N .0 3. Revisión de la legislación sobre medianería. N ,0 4. La reglamentación profesional y la creación del Colegio de Arquitectos. N.o 5. El estudio del subsuelo de la ciudad de Montevideo y los di~ versos sistemas de fundación. N.0 6. Procedimiento para establecer y llevar a la práctica los planes reguladores. FUNDAMENTOS.

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PRIMER 'rEMA. - La Crisis de la Construcción es un tema que no solamente interesa a los arquitectos, y como consecuencia a todas las industrias derivadas de la edificación, sino que - por su trascendencia - alcanza un aspecto social preponderante. De su estudio, tal vez surja la solución del gra, ve problema que se ha planteado al Estado : la desocupación, como efecto de la casi total paralización de un factor importantísimo de la Economía Nacional - la construcción - quebrantado fundamentalmente. SEGUNDO 'l'EMA. - La dilucidación de tan importante cuestión, interesa sobremanera ; pues tratándose de superiores intereses generales, alcanza proyecciones destacadas, en nuestro medio. Servirá, la consideración de este te· ma, para concretar opinión técnica sobre lo que a preocupaciones en aquel sentido se refiere, tales como : la desaparición del inquilinato, la obtención de la vivienda económica racional y científica, la vivienda del pequeño propieta-

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rio, la vivienda individual, la YÍYÍenda rural, el tipo de aquélla a adoptar para los barrios-j ardines, los rascacielos, etc. TERCER TEMA. - Los nuevos sistemas constructi \'OS y las modalidades arquitectónicas actuales, ha n anticuado nuestra legislación sobre medianerías; ello ha dado origen a una juri prudencia contradictoria, que al par de crear confusionismo en los Lécnicos que estudian dicho tema, han dado lugar a múltiples litigios. CuARTO TEMA. - La síntesis de nuestra máxima aspiración. De ella, .;urgirá el prestigio futuro de nuestra profesión. QuiNTO TEMA. - El estudio del subsuelo de la ciudad, es una necesidad profesional que nos facilitará la adopción del sistema de fundación más adecuado en cada caso, y tenderá a atenuar la responsabilidad del arquitecto. SExTo TE11IA. - Bregar por la obtención de planes reguladores, es una de nuestras más anheladas conquistas en el aspecto urbanológico.

EXPOSICION DE LA CONSTRUCCION

ARQU I TECTURA CONSTRUCCIÓN ARTES APLICADAS

CONCURRA usted, con sus trabajos a esta Exposición, que pondrá en evidencia el valor técnico y artístico de la Arquitectura Nacional, llevando a la conciencia popular, el verdadero significado que tiene para la construcción de la vivienda, nuestra profesión.

"ARQUITECTURA" - "ECONOM lA" A LOS LECTOR ES

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STE es el último número que aparece de ARQUITECTURA) con las características de siempre. A partir del próximo número, la revista - órgano de la Sociedad de Arquitectos - se fusionará con EcoNOMÍA) publicación que trata, como su nombre lo indica, de temas de índole económico-financiero, estudiados desde el punto de vista técnico y encarados ele acuerdo con las necesidades actuales. La vinculación de tal materia con las de arquitectura y construcción) han de complementar eficazmente la revista de la Sociedad en lo que a publicación técnica se refiere, así como al interés mayor que aquélla despertará en toda la profesión. EcoNOl\IÍAJ que hasta hoy se ha pub~icado separadamente, dirigida por sus propietarios los arquitectos C. Pérez-l\Iontero y J. H. Labadie será, pues, la sección más importante de ARQUITF.CTUR.\ de acuerdo con el plan trazado por su Dirección. Del mejoramiento que en tal sent!do experimentará ARQUITECTURA) serán los propios lectores y suscriptores, quienes lo atestiguarán. La Dirección.

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SOCIEDAD DE ARQUITECTOS

COMISION DIRECTIVA: ACTAS

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N.o 218. JULIO 19 DE 1933 . Fresid(l el .1\rq. D. Alftoedo R. Campos. Asisten los mi embros Rl'quitectos A costa y Lar a (H), L er ena Acr vedo, M a ison av-e Pagani, Puente, Caviglia, Gar cin Blixcn, Ricón , Siri y Arbeleche. Fa ltnn <' 0 11 aviso los a1·quitectos Demi cheli, Vf.lz· quez, Echeveste y F raschetti Rui. ~\ ct(J il. e n S<'cr ctar1a, 1:\. arquite cta señorita Maisonave Pagani. ACTAS: Leída la N.o 217. es aprobada ARQUITECTO OOTAVIO DE LOS CAMPOS: S e considera la nota de dicho arquit ecto, en la que expreza los motivos pvr lo3 cuales no puede. aceptar el cometido de represen tar a In Socied ad en una Comisión Especial de la Junta Deliberante, para estudiar el problema de fra ccion amiento y amanzanamiento de tierras. Se resuelve: Designar en su r r empln zo a l Are¡. Riculrioni . - · NOTA DE PESAME: El señor Presidente da cuenta de que con ffi (ltivo d el :fa llecimiento de un hijo d el Socio Honorario Arq. D. R~cardo Gonziílez Cortés, di puso que se enviara telegrama do p6same. Se resuelve: Ap robar Jo actuado por el Sr . Presidente y enviar n ota d e condolencia. - SOCIEDAD O. DE ARQUITECTOS DE BUENOS AIRES: Visto el telegnma envind o por esa Sociedad, saludando :!. los colegas uruguayos, con m o· tivo del anivers ario patrio del 18 de Julio. se resuelve: Agr adecr y retribuÜ' ese saludo. TDSORERIA : S e apro bó el mod10ien to de Caj a corrcspondil'nte al mes de Junio ppdo. _ ESTATUTOS DE LA «VIMl» : Puestos a con,;idf' ración, y habiendo surgido aJguuas dudas r eferentes al ar ticulado de los mismos, se resuelve: Vuelvan a la Ofi cian T. de \ivienda l\Iínima, que para el caso es integrada por los arquitectos .\cost a y Lara y L crena. Acevedo. - ARQUITECTO HEOTOR FEBNANDEZ CARLE: Prescnt?.do por el Arq. Gaviglia Repetto, es aceptado como socio titular. NOTA DE AGRADECIMIENTO : Vista la nota d e a¡u&df'C'im it>nto de la señora Nieves F. de Brum enviada a la Sociedad por{ la de pésame remitida con motivo d el fall ecimiento del Socio Honorari o) Dr. Brum, se resuelve: Archívcse. N. • 219. JULIO 26 DE 1933. Presido el Arrt. D. Alhedo R. Campos. Asist en los miembroS' n.rquitect os Abadie-Santos, A¡·beleche, Puen te, Siri. Vl'tzquez Echeveste, Caviglia Repeto, Ricón, Demicheli, Lerena Acevedo y Srta. 1\[aisonavc P a¡rani. Faltan con aviso los arquitectos o·arcfa Blixen, Frascht>tti R ui y L nhadie. Actít n en In S ecrrt:> 1·ín el Arq. Abadie · Santos. ACTAS: leida Ja¡ 1". 0 218. f'S aprobada. -- ARQUITECTO RICARDO GONZALBZ CORTES: Se dió l ectura a la nota de dicho arquitt>cto en la qua agradece las condolt>n cias de C1'>t'A Sociedad con motivo del fall ecimiento de su hijo. Se resuelve: .\ gréguesc a su antecedente. ARQUITECT08 D. H . ACOSTA Y LARA, J. C. PIERI CAMPOMAR Y E RNE STO LEBORGNE : Acusan t·ecibo de sus nombramientos de titu lllr y suplentes de la C. D. Se r esuelve: Ar chívense. ARQUITECTO AMERICO RICALDONI : El s eñor Presidente dn cuenta de la. aceptación por parte de di ch o ar· quitecto, para integr ar en representación de la Sociedad , la Comisión Especial que e studi ará el p roblema de fraccionamiento y amanzs nnmien.to de ti@rrns en el departamento de Montevideo. Se resuelve : Darse por enterada esta C. D. MINISTERIO DE INDUSTRIAS: Visto el of icio N. 0 672 11933, transcri biendo el decr eto por el cual se integra la. Comisión de estud io d e la situa· ción do los poblador es d e c:> mpaña, h abitantes d <' puebluch os y r n:1cheríos. con un delega do d e esta Sociedad, se resuelve : Consultar al arquitecto Muñoz del Gnmpo, s i a ceptaría r epresenta r a la So· ciedarl en dicha Comisión y en caso afirma tivo, faC'últase a. la Mesa para extender el nombarmiento. IMPUESTO DE VERIFICAOION DE PESAS Y MEDIDAS: V ist o el oficio 132611933 , del Mi· nisterio de Industrias, transcribiendo el decr eto por el cual se df' c!ara que Jos profesionalt>s están eximidos del pago del impuesto de vis ita y verificación de pesas y meclidas, fi scaliza.ción, multas y decomisos, se resue've: Acúscse r cdbo. pul ¡ Jiqul' ~ c y comunfqn ese a los señore:s A.sociados a sus efectos. PLAN DE ACOION: El señor Prcsidrntl:l. hn ce n otar la necesidad de abocarse al estudio de tan importante nu~s ti ó n , p ar n el p eríotlo p tl rn. el que ha s id o d es ignada eso. C'. D. Con tal motivo, M enumera la nóm ina d e asunto!'! an te riores inici:~dos por la C. D . y pendientes de reso· lución. y en tal sentido pide f: e le autorice 11aro. citsw a las Comisiones Especiales encn.rgn.das de dichos a suntos y pedirles ri'tpir!o despacho. J;~ nt re ot ros n ~nntos., pla ntea la conveniencia de solu· cionar algunos problemas importantes, como f' l tle los I nstaladores Sanitarios, egresados de las Escuela s Industriales. Sobro este t ópico, formula una exposición a la que -'da término, pidiendo se 1e an tor ice para r eunir an tecede11t es r¡ue !>" m<'t t>rlí :\ la C. D. p ar a. que adopte resolución. Se resuelve: Fswor ablemente. CONCURSOS PUBLICOS: El ar quitecto Caviglia Repetto, expresa 13. conveniencia de hacer gestiones p ara. el curnplimi<'nto de la ley o decr eto que obliga a.l1 llamado a con curso pnra la con stru cción ri P edifi r ics ,,rn'1bli<'M <1<' m6 ¡¡ de $ 50 .000 da costo.' Se reruelve : E n comendar al arquitecto mocionente tJUe informe soh rc la exis ten cia de esa. ley o decreto . e in cluir este; asunto en la pró xim a orden del día. ARQUIT ECTO R.ODOLI'O MATO: Acéptasele como socio titular.

'

N. "' 220. - AGOSTO 2 DE 1933. Pre~ ido el .'rq. n . .\ Jfredo R. Campos . ~ Asisten los miembros arquit.ectos :Maisonave IPagani, Siri, Ri cón, Pn <'nt<', Abadie ·Santos, Fraschetti Rui. y DE>mic!:eli. Faltan con aviso los arq uitectos G11 r f'ÍI\ Rli x<'n y Lerena á c<'vedo. Actú>a en S'e<'J'etnrin el arquitecto áradie ·Santos. OBLIGATORIEDAD DE LOS CONCURSOS: Se aplaza ~>l'te ns\mto por no hallarse en Sala el .\ r q. Cn\'i;:-'iia. R rpr tt", qui rn deberá informar a la C. D. ESTATUTOS DE LA «Vl.Ml»: La. Comisión¡ E spt>c· iRl del'< ig nR da en la sesión del 19 de julio ppuo. inf<>rma favorJ.blemente. Se re;n;.elve : Aprobar en t edas r;us p:.tr tes los Estatutos y Reglllmento Int erno de la Oficina. T. do Vivienda Mtnima. IMPUESTO DE VERIFICACION DE PESAS Y MEDIDAS: Vista la nota de varios colegAs llf.mtucci()n rl o a es La C . D. su ge-stión iniciada con éx ito ante la D. de P. y :Medidas, g ostión que dió origen a la exoneración del Impuesto d o Ve:ri· y "1edidns para l os arc¡ui !x.'ctos. se resuelve: En teracla esta C. D., agréguctSo f icación de Pes os a sus antecedentes. _ ARQUITECTO AMERI OO RICARDONI: Vist.a !\ U nota, por la. que comun ica quo acepta y agradece I'HJ d!•sign ación J1ara integrar como dt:legado ele¡ la Sociedad, la O. Es· pecia.l de la Junta Deliberante, encargada de e:-: tu uiar el fraccionamiento y amanznnumiento de tierra, se rf'suelve: Enterada esta C. D. ug régueso a sus llntecedentc:s. CAMARA DE INDUSCONTINÚA EN LA PÁG.

ARQUITECTURA - 95

96

1


NIMIEDADES '(o ~c.ñor

fr~\ldenft

Ohnmbito pensaba: «Los Arquitectos s e quejan sin razón ; dicen que no tienen trabajo ; que nadie los llama, etc. 1Si no hay club de football, o comisión honoraria cualquiera, que no cuente entre sus miembros con uno o dos arquitectos 1~

La Sociednd de Arquitectos presentó un informe estupendo sobre la Reglamentación de la profesión. « 1Tnn bien está. -decia. Chumbito- que, efectivamente, la Reglamentación es una cosa «in forme~ aún 1»

(

Chumbito fu6 &fuer&. Una t &sación. Madrugón (¡qué cara cobra Dios la ayuda !) Moderno, Ghumbito se hace avi sar nor el automático. Boletería. Andén. 1Coche «Pullman:$! (gastos pagos). Primer as estaciones : gris y neblina. Toledo: sol y verde. Chumbito se dispone a ber-er el p aisaje, Contempla a través del cristal la alegria de vivir, la libertad de horizontes. Surge el tábano: los inteligen tes constructores de los coches «Pullman» hicier on grabar en cada Yentanal las tres letras fatídi cas F. O. C., que vagan monótonas a través de los campos, de los montes- y rfos, de lns aldt>as y pedl'egales incr ustándose cruebnente en la retina inconsciente del viajero Ohumbito .. . Aque una. estación 1 : ¡F. C. C.!. . . ¡,que un puente? : ¡F. C. C.. . . i que está p or dormirse?: ¡F. O. 0. ! ... í que un lugar de batalla?: ¡F. C. C. f ... &que un arroyuelo!: ¡F. O. 0.1 ... F. C. O .. . F. C. O. . .. F. O. C. .. . F. C. C. . . . F. O. C. ••. F. C. O. . . . 1Oh 1 el castigo de Caín, do quiera que vaya, la conciencia despierta en ojo cruel. .• : F. O. C.•• • F . C. O. .• •

DIALOGUITO - . . . eso fué cuando yo me recibL -¡,De qué se recibió~ -DE ARQUITECTO 1! 1. . . dice Ohumbito, sacando el pecho. -1 Arquitecto! &Qué es eso? ... ! !! ... 111 · - ¡, Es una. carrera 1 t O es como constr uct.or 7 - . . . No. . . uno proyecta., hace casas, . . . hace cálculos .. . - ¡ A h , si, sobre todo debe hacer ~cálculos». . . alegres . .. .. • 111 ... 111 ... 111 ... ! !! . .. 111 .. .

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Chumbito eñcuentra a. un colega y se produce est a es cena. - á Cuánto tiempo va a durar la Exposición del Pa.lccio Dlaz 7 -Del 20 de Octubre al 20 de Noviembre. -Entonces es: un mes y dos Díar..

000 COM ISIÓN DIRECTIVA: ACTAS

<CONl iNUAC IÓN)

TRIAS : Comunica la constitución de sus nuHas autoridades. Se resuelve: Enterado, a.rchlvese.Ent.ra a Sala el Arq. Gaviglia Repetto. O:&DE!NANZA SOBRE HIGIEllE DE LA HABITA· CION: 'El Arq. Abadie. Santos, propone que se solicite a las autoridades municipales, la modi· ficación de dicha ordenanza l'n Jo referente a la aplicación de la fórmula que determina la altura de l os patios. Se resuelve: Encomendar al moc.ionante para que redacte el ~scrito perti· nente a elevar a las autoridades municipales, el que será tratado por la C. D. EDIFICIO PROPIO : El Arq. Abadie 4 Santos, solicita de la Directiva,, q1!e ··se aboque al estudio del plan -presentado a directivas anterioresrelacionado con la construcción del edificio propio para sede de la Sociedad. CONFERENCIAS CULTURALES POR LA RADIO OFIO'IAL: El mismo arquitecto propone la. iniciat.iva de organi za.r un cirio de conferencias sobre temas de arquitectura en general a título de extensi~n cultural. Se resuelve: Encomendar al proponente que organice el cielo correspondiente con fechas y nómina de arquitectos que intervendr1a.n, los que sedan con· sultados, a objeto de hacer las gestiones del caso, sobre una base concret a.

ARQUITECTURA- 96

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SOCIEDAD DE ARQUITECTOS DEL URUGUAY ·cOMISION DIRECTIVA Pr&sidente Arq. Alfredo R. Campos Yicepresident e ... . . ... . . . ..• » R!lúl Lerena Acevedo Secretario ......... . .... .. . . » Américo R ical do ni Prosecretario Srta. G. :Maison ave Pagani Tesorero » Roque Ga r cía Blixen Pro tesorero » Antonio Fra.schetti B ibliotecario » Beltrán Arbel ech e Encargado de la Ofi cina Técnica de Vivienda Mínima . ... : » Horacio Aeosta y Lara Encarg ado · Impuesto 2 % o •..• » Luis Caviglia Repetto Di n 'ctor de la Hevist a «.\rq ui t~c t u ra » » Mario .-\.badie San tos. » .José Demicheli Comis ión de Concursos ..... . .. » f!f·etor narcía Pico \ » Teófilo H errán Vocal » Carlos Pérez ~1ontero » • J ttan C. P ierl Camponiar. •

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SUPLE.(\ TES

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Arq. F. Rodríguez » Américo Ricaldoni » Heráclides Santini » Rosendo , ·Quinteiro » F . Vázquez E chfweste » J. P. Sierra Morató :-> Luis ..e\ . Barbé' » Rafael Ruano

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• SOCIOS HONORARIOS

t Dr. Baltasar Brum, ex Presidente de la Repúbli ca. Arq. Josó P. Carré. Dr. José F. Arias

1

Dr.

:Marcelo T. d e Alvear, ex Presidente d e la Repúb lica Arq. Raúl E. Fitte » Alberto Coni ~lolina » Alejandro C.hristopherseu

BRASIL· Sr. Wáshing ton L. Pereyra 'd e Souza, ex . Presidente de la República Arq. N estor Egydio de Figueiredo-: }) Adolfo Morales ,de los Rios

ARGENTI~A

Arq. Seb11stián Ghiliaiza » Carlos E. Becker » Víctor Julio Jaeschke » Raúl G. Pasman » Raúl Alvarez » Fortunato Passeron » Angel Croce Mujica » Luis J . Moreno de Mesa » Carlos Mendonc;a » Exequiel R eal de Azúa » Francisco Squirru » Osear González » Alfredo E. Cóppola » Jorge V. Rinrola BOLIVIA

Arq. Emilio Villanueva P.

Arq. Franck R. . Watson "» William ' L. Plack » Warren ·s. Lnird

.

Arq. Alejand ro Alburquerque » N. Machado » Raúl Le&sa Saldanha Da Gama » F. Nereo de Sampaio :. Cristiano das Neves Stocklcs » Francisco Prestes Maia » R oberto Magno d e Carvalho » Ernesto E. Xaxier do Prado » Augusto de Vasconcellos » José Cortez » Paolo Candiotta » Rafael Galvao » Angelo Brubms » Arquímedes M em~ri a

.

ALEM ANIA Prof. Walter Gropuis » Hans Poelzig » Peter B ehrens

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Arq. Luis Bay » Miguel A. H ernánde z n o, t:r ESPARA

CHI LE

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Arq. Luis B ellido » Modesto López Otero » Pablo Gutiérrez Moreno t » Eugenio Fernándcz Quintanilla » César Cort t » :?II anual V cga y March

On ofre Montané Urrejola Bernardo Morales 1\Ianuel Cifuentes Patricio I r arrazabal Hermógener, del Canto Alberto S chade I smael Edwards Matte Ricardo Larrein Bravo Carlos Reyes Prieto Fernando d e la Cruz Federico Biegerel Ricardo H . Muller Alberto R isso P atrón

EE. UU. DE N. A. Arq. Luis Newbery Thomas :. J ohn G. Howard » Kenneth M. Murchison » Raymond H. Hood PARAGUAY Arq. Mateo Talia » Miguel Mujica. Gómez

Arq. Alcides Chaussé

PERU

COLOMBIA

Arq . Emilio H art Terré » Santiago Bazuco

Arq. Alberto Manrique Martfn FINLANDIA

MEJICO

. Arq. Eliel Saarinen

Arq. Alfonso Paliares · » Roberto Alvarez E r,pinosa

H OLANDA Arq. F. Stolhower

I TALIA . Arq. Alberto Calza Bini » Ambrogio Annoni » ·Piero Portaluppi ·

BELGI GA Arq. Alberto Ro osen room

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FRANCIA

INGLATERRA

Arq. Emmanuel Pontremoli » Tonny Garnier SUI ZA

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Prof. Gustave Gull

CUBA

Pro f. Kertesz K. Robert » An dré de Viragh

Arq. » » » »

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HUNGRIA

CAN ADA BRASIL

ITALIA Arq, Cayetano Moretti

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• socios coRRE-sPoNDIENT:E·s .

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EE. UU. DE N. A.

CHILE Dr. .\ rtUl·o Aler,sandri, Preiiidente República Arq. Ricardo González Cor tés

AR GE~TINA

URUGUAY

Arq. F. Banister F letcher » Cart de Lafontaine

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PORTUGAL .Arq:·. A. R. Adaes Bermúdes


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SOCIOS FUNDADORES Acosta y Lara, Horacio Arrarte Victoria, Luis Arteaga., Juan José de Baldomir, Alfredo Baroffio, Eugenio P. Berro, Román Boix, Elzeario

Campos, Alfredo R . Capurro, Fernando

Lerena Acevedo, Raúl Mendivil, Rodoifó Pedemonte, Juan J . Ricci y Toribio, Carlos Sambucetti, Octavio Vázqqez Varela, Jacobo Vázquez, Antonino

Delgado, Juan M. Faget, Raúl J . Fernández, Lui s G. Geranio, Silvio La.sala, Fraucisco ·t Lerena Joanicó, ·cándido

Bonaba, Américo

• •

COMISION REGULADORA DE HONORARIOS Arquitectos : Alfredo R . Campos, Jacobo Vazquez Varela y Elzeario Boix, y Dr. Luis L. Dayviere

• NOMINA OFICIAL DE ARQUITECTOS Acosta. y Lara, Horado. - B. :Mitr e 1 39-t. t Aubriot, Juan M. * Arteaga> Jua n José de-J. C. Gómez H20 . :¡: Ar rarte Victoria, Luis. E. Ac_,vedo ::e

1494 . =~

Agorio, Leopoldo Carlos. - Colonia 2120. ::: Azzarini, Horacio. - Isla de Flol'es 1 8 Z:J. Acosta. y Lara, J\_nnando. F. Vid,\1 667, ( P ocito:>). Ad<liego, Buenaventura. As. 19 de Abril 3411. -· Alvarez Mouliá, Javier. 25 de Mayo

* *

269 .

* Acquarone,

Héctor. - Boul. /utigas 1tl:~:). · • Amargós, Rodolfo. (Santos·B1·asil ). :;: Arm:1.s, Guillermo. Mercedes 94 t . Apolo, Juan José. - Dpto. de Durnzno. -· Aubriot, Juan A. - Williman 6.1G. ::: Aguerre, Alberto. - Tr einta y Tr es 1 356. ;.e Añón, Ramón. Boul . España 2444. :;: Abreu, Luis. - Patriotas 75. ::: Arbeleche, Beltrán. Liber tad 2 79(). :J! Abadie Santos, Mario. Canelones 158!3. ::e Artucio, Leopoldo Carlos. Ej ido 1206. ·• Arocena~ Juan Alberto. 8 de Octu· bra 2489. t Bellinzon, Angel H . :;e Baroffio, Eugenio P . Canelones 14.29. Boix, Elzeario. Ellauri 1 023. Bonaba, Américo. Cerrito 68:1. Baldomir, Alfredo. Dura1.no 2444 . ·- Bordoni, José María. - Victoria 730. •:< Berro, Román. P or eyr a 3 18 1. •:< Bauz~, Julio C. R ío Negr o 1285. t Belloni, Gadea, Pedro. -- BaJ.'bieri, Armando. Larrnñagn H 10. ·• Beraldo, Jorge. - Luis de la T orre 680. Barbé, Luis Alberto. Juan B. Blan· co 757. Beya Cayo, María.. Comer cio 2275. fi.• Bia.nchi, Roberto. 25 de Mayo 35 6. >:: Bastos Kliche, Julio. - Convención 1186. ::e Bonomi, Humberto. Gral. Luna 127'). Bonnecarrere, Antonio. Trinidad Flores. Butler, Julio. Paraguay 1 615. •· Benedetto, Telmo. - Rincón 438. Bemporat, Carlos. Gral. Fraga 2 1 70. ::: Bevilacqua, Ca.rlos Julio. Emancipa· ción 3964. Barilari, Juan M. - 18 ue .Julio 23 Hi. ·• Bevilacqua., Carlos Maria.. -- Brea, Héctor Julio. - Misionl!S 1230. :l< Brugnini, O<Jcar. Blanes 1042. •• Conforte, Emilio. Libertad 2400. Campos, Alfredo R. Chucar r o 1 0 18. Capturo, Fernando. Buschentnl 34 6 t. * Oarleva.ro, Alvaro. - C. Payán 2967. Gravotto, Maudcio. Sarmiento 2360. •• Canabal, Alberto. (Buenos Aires). •· Camp, Antonio. - Río Branco 1480. • Caprario, Jorge. I sla de }"'loros 1H85. Obiarino, António. - Treinta y Tres 135 6. t Chiappara, Leonidas. -

*

* * *

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Casselli, Héctor. - R ivera 2248. :;: Crocco, Luis R. - 25 de Mayo 555. >:< Casamayou, Enrique. P. Vázquez y y V ega. 903. ·• Cubiló, Antonio. - S. Vázquez 111 (). Ciur ich, Elías. Mercedes 170;), Orespi Santoro, Luis. - Legionarios 2344. ::< Caviglia Repetto Luis. 1 8 de Julio 1745. :¡: Cattáneo, Miguel Angel. Lavalleja

* *

1714 . ~~

Corti, Enrique. - Lima 1726. -- Carzoglio, José Pedro. *~ Cortelari Luis D. Piedad Hi19. .;.;, Crosignaui, Hebert. - Regidore:; 1 ::11 5. Delgado, Juan M. - Cololó 2722. Durán Guani, Enrique. - Mi siones 1 489. >:< Durán Veiga, Luis. Ituzaingó 1297. · - De Loy, Aníbal H .. - Rincón 735. >!< Dighiero, !talo. Tomás Diago 701. Da SUva, Horacio. - Mar tin García 1 393. D' Agosto, Arnoldo. - Patria 1368. Dauber, Raúl. Canelones 892. De los Campos, Octavio. 25 de Mayo

* *

* * * * Daners, ~-:>:> o.

Pedro Federico.

1 8 de Julio

1489.

-- Domato, José Hipólito. - P iedias 421. ~' Demichelli, José. 25 de Mayo 279. ..:< Defey, Edua.rdo. -- Sier n 1 595. Erro, Mauricio. - P aysandú 1174. :;: Elzaurdia, Roberto. P eabody 1 940 (Colón ) . >~ Elena, Carlos. Urugu ay 1701 . Etcheba.rne Bidart, Julio. Garibaldi

*

2866.

· • Ferná.ndez, Luis Galo. Villa Colón. Faget, Raúl. - San J osé 1 092. -;- Figari Castro, Juan C. te Fonseca, Martín. - ,i. de: Sa lterain 14.33 . Federici, Raúl. - 1 8 de J ulio 1 885. Ferreira, Osear. Maldonado 2020. Fra.schetü Rui, Antonio. - Yí 1 326. Fernández, ·Eustaquio. 1 8 de Julio

*

* * * *

1465.

•· Fresnedo Siri, Román. ::: Ferná.ndez Elorza., Raúl. - Ubr es 1 464 . Fernández, Héctor. Garibaldi 2638. Fraga Cancela, José. Miguelete 1 987. •· Folco, Juan P. ::: Giuria, Juan. - Bru·gues 3022. Geranio, Silvio. Rivera 2056. -¡- Giribaldo, Juan A. •· Gómez Ferrer, Felisberto. Sochantres

*

111.

* Gimeno, José. - Ciudadela 14-16. * Goyret, Luis A. - J. Requena 1 580.

•• Genta, Ma.rio. - R epública 2 143. -· Garavagno, Helios. -· Gareae, Roberto. - Rin cón 565. -¡- Gaggioni, Julio. :;. Guarino Fischert, Julia. Cubo del Norte 35 96. 'fe Gouá!ez Pose, Eduardo. Dept. de Du· r a zno. -- Gutiérrez, Ezequiel. Gori Salvo, Miguel A. - Rondenu 1 578.

*

• Giorello Angel, - -18 de J ulio 870 :;e Garcia Arocena, Carlos.-Ituzaing6 146 7. >'.: Gómez Gava.zzo, Carlos A . J, ap ido 2 874. ::• Garcia Blixen, Roque. Benito Blan· co 1224 . ::: Garcia Pico, Héctor. Paysandú 908. >lí: González Vanrell, Carlos. 8 de Octu· bre 2508. -- Herrera Arraga, José. ::: Herrera Mac Lean, Carlos. - 18 de Julio 1707. -- Hardoy, José B. - Buenos Aires. Herrán, Jorge. Cerrit.o 4 0 7. >l< Herrán, TeófllO, 25 de Mayo 55 5. -· Iuvernizzi, Pedro. Salto. 1 >:: !sola. Pida, Albérico F. Met·cedes 941. ::: Ilaria, Pascual A. Paysand- 1674. -- Iglesias, José. Jones Brown, Alfredo. Boul. Arti· gas 1 S22. :;: Jauge, Amadeo. - Av. Brasil 2468. t IJambias de Olivar, Antonio. •• Lamolle, Juan Carlos. - Florida 1485. ·• LaaaJa, Francisco. - J . C. Gómez 1 420. Lavignasse, Alfredo. - Millán 361 5. t Lerena Joanicó, Cándido. •:< Lerena Acevedo, Raúl. Ituzaing6 146 7. ::e Labadle, Juan Horacio. Salto 11 73. ·· Lezama, Aristides. Rocha. ~' Larrobla, Salvador. S. Bolí\·ar 1 270. -· Labacá, Manuel Francisco. :;: Leborgue, Ernesto. - Luis B. Cavia 2 788. :;e Lietti. Fernando. Williinan 64.6. i" Monteverde, Juan. -- Ma.ini, A~érico. - C. Nacionales s¡'n. t Mathurin Lecoc, Marcelo. -¡- Martorell, Sebastlán. ·· Mttlliu, Ernesto. Salto. Morea.u, Mario. Mis iones 140 8. Mendivil, Rodolfo. Dpto. Colonia. ::< Mazzara, José. Ramtla Wilson 675. •• Mariauo, Juan M. - 8 de Octubr e 29 84. · - Molins, Carlos A. - Luis de la T or re 6 44. -- Martinez, Alejo. República Argent ina. -- Masanés Blanco, Ramiro. ::: Mufioz del Campo, Alberto. Ituzaing6

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* *

14 67.

· • Machiave!lo, Saúl. Brasil. Mainero, Edmundo. - F. Aguilar 8 78. '" Muracciole, Jua.n M. Rondeau 15 78. :): Meier, Jua-n Carlos. - Dpto. Paysandú. Mondino, Héctox:. Canelones 22 11. ::: Maz.z.uchelli, H~rcules. --Arquímedes 1123. Malherbe, Alejandro. Constituyente

*

* * 1 95 9 . * Mato, Rodolfo. -

* Maisonnave ::: -•• •· ••

18 de Julio 1908.

Pagani, Ciptys M. -

Sar-

miento 2495. Morialdo Sara. - Buenos Airrs 217. Méndez Scbiaffino, Gusta.vo. Nadal, Pedro. - París. Nin, Alfredo. - Magallanes 1236. Novoa Oourrás, Diego. M. Barreiro 3 11 0.

·• Núftez Dulio, Jacinto. - Agraciada 2399. Noceto, Luis. San Martrn 3427.

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* Noceti, Carlos E . - Timbó 1193. -- Núfiez, José Maria. - Magallanes 1514. * Nunes, Luis O. - Carapé 2182. -- O'Neill ..\%ocena, Eduardo. - Palmar 2290. * Oaes, José Maria. - Libertad 2$93. t

Prat, Pedro. -- Pitamiglio, . Humberto. - Rincón 406. Pérez l(ontero, Carlos. - Colonia 1 230. Pedemonte, Juan J . 21 de Setiembre

* * 2268. * Polanco Mnsso, Luis. - J Benito La· 2959. * Pou Oardoso, Fernando. - Soriano 9n6. * Pecoste, Eugenio. - J . Paullier 12i8. * Pérez Larrañaga, Francisco. - Gaboto 1468. * Péroz Fuentes, Daniel R. - Maldonado JntlS

10iJ9.

• Puppo, Osear J. - Mercedes 154 5. Paez Seré, Modesto.. - Av. Italia 2590. Pagan!, Héctor A. - Rincón 4 3S . Pessina, Romnaldo. Canelones 892. Puente, Eduardo Milton. 25 de Mayo 555. Pieri Oampomar, Juan O. - Galicia 11 25 . Put¡nau, Juan P. - E jido 908. -- Pepe, Walter. Río Negro 1620. Pére.J del Castillo, Manuel. S. de Chile 1284. • Pietropinto, Julio. - Colonia 16fll. Quartino Herrera, Rafael. Paysand-.í

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* *

·- Rod!fgnez Larreta, Carlos. - Av. Arocena 1000. f.: Roig, Juan P. -- Rodrlguez, Héctor L. - Lavalleja. -- Rodrignez Larreta, Gualberto. Rins, Juan Antonio. - 18 de Julio 1698. Ruano, Raf~l. Constituyente 1959. Rivero, Julio. - Roque G·raceras 718. Rivas, Enrique. - 8 de Octubre 2519. -- Rubio, Antonio. Brasil. Rodrlguez Estevan, Roberto. Colonia

* * * * *

909.

·- Rodié, Emilio. - A. Lapido 2892. Rampa, Héctor. Sierra 2254. Roure, Evaldo. Larrañaga 4211. Rica.l.doni, Américo. Buschental 3425. -Revello, Miguel N. - J. Paullier 1683. Ricón, Ramón. - 25 de Mayo 371. Rodríguez, Fernando. - 25 de Mayo 371. -- Sanguinetti, Domingo. - Canelones 2376. _.~ Suárea, Julio. Sambucetti, Octavio. Gil 942. Scasso, Juan A. - Cebollatí 2014. Segundo, Lul~ E. - Est. del F. C. del U. Surraco, Carlos A. Casilla de Correo

* * * * * *

* * * *

685.

-- Silva. Dfa.z, Bernarcllno. - Barreiro 3299. Stewart Vargas, Enrique. - Rincón 438. Schinca, Carlos Ednl!.rdo. - 8 de Octubre 3774. Sierra Morató, José Pedro. Colonia

* *

* 1759. * Santini, Hed.clides. * Siri, Juan Carlos. -

-- Storm, Rodolfo. - Lucas Obes 897. Saldún, Pedro A. - 18 de Julio 1908. :;: Tosi, Leopoldo J. - Constituyente 1965. Triay, Bartolomé R. - T. y Tres 1356. Terra Urioste, Carlos D. - Rivera 2408. • Terra. Arocena, Horacio. - Misiones 14 5·1. Tejera, Eloy. - Libertad 2482. Terra Arocena, Rafael. - Adolfo Berro

* * * * *

1023.

::: Tosí, Carlos D. - Vázquez y Vega 1139. Tonrnier, Hipólito. - 25 de Mayo 555. ·- Tosi, Esteban. - Vázquez V ega 11 39. Uranga, Joaquín. Inca 2075. -- Ubilla, Antonio. Melo-Cerro Largo. Vázqnez Va.rela, Jacobo. - Buenos Aires 519 bis. Vázquez, Antonino. - Av. Italia 152. Vilamajó, Julio. - Mercedes 1260. Vizquez Barriere, Gonzalo. Constituyente 1959. Valabrega, Ricardo B. - Suároz 3075. -- Villavedra, José. - Libertad 2592. ::: Vigouroux, Ro1olfo L. - :\ v da. Aro cena 440 Carrasco. Vera Salvo, Héctor. Durazno 1 027.

* * * * *

* *

*

Ap.

* Vanini, ::: • ---

41.

Carlos A. - 25 de Mayo 555. Vázquez Echeveste, Francisco. -- 18 de Julio 14 3 1 - s. • P. Viana, Enrique. - Magallan es 1217. Villaverde, Eduardo. - Maciel 1487 . Williman, José O".audio. - 26 de Marzo

* 893. Av. Italia 3165. 1099. * Qninteiro, Rosendo. - 1\fac-Eachcn 1 323. Paysandú 1 321. * Yanuzzf, Adela. Rivera 2528. * Qninteiro, Manuel I. - Sierra 1442. * Santini Pelnffo, Juan Carlos. - J. Re- t Zerbino, Luis. -- Bnis, Alejandro. San José 1091. quena 1504. * Zunfn Padilla, Cándido. - Dpto. Artigas. * Boceo, Daniel. - Buenos Aires 51 g bi.s. * Sciutto, Rómulo. - Ejido 1 206. Nota: Los nombres señalados con as* Ricci 'l'oribio, Ce.rlos. - Suár ez * Sebastiani, Marcos Antonio. - Victoria terisco corresponden a los de los socios de ~925.

1 071.

la S. de A. del Urugur,y.

DECÁLOGO DEL ARQUITECTO l.

Los ARQUITI:;CTOS no debe:-: contribuir ~- fomentar !a confusión púhlica existente sobre los ~ítulos universitarios; por lo cual la Sociedad de Arquitectos del Uruguay exhorta a los uiplomados que tengan sociedad con empresarios, a expresar claramente en sus anuncios, tableros o chapas. la clase de actividad de eada uno, separando los nombres con determi:1cción expresa de la función técnica o comercial. Ejemplo: X. . . Z. . . Arquitecto Y.. . V.. . Empresario de Obras (excluyéndose de ese tratamiento al constructor o al maestro de obras, que requieren ·título universitario) .

11.

1\ o debe haber un solo Arqu1:tecto que no esté agremiado; la pasividad es derrotismo. Colega: atraiga a otro colega tro asociado. Nos hace falta su solidaridad, a la obra común, más que la cuota mensual.

111.

Si queréis hundir la profesión, quitad el apoyo a la Sociedad; y para fundir a ésta, sók· basta con no concurrir nunca a ella y todo habrá concluído.

IV.

Si no fuera por la Sociedad de Arqttitectos seríamos todavía, ante el público grueso, "Albañiles·', y ante el "soidissant" ilustrado, "ingenieros fracasad c.s". Sólo una "élite" intelectual, sabe bien lo qué es r.l Arquitecto.

V.

Si hubiéramos trabajado todos, más por nuestra profesión y en forma menos egoísta, otro Sl'ría el valor de cotización del diploma de Arquitecto. Profesiones, d enominadas menores, se han impuesto en el ambiente social e intélectual por el tesón de propaganda d e sus l <. mponentes. La nuestra, profesión como la de médico, ingeniero o abogado, permanece ~it, la jerarquía que le corresponde. ¿Quiénes tienen la culpa?... NOSOTROS y nadie más que nosotros, que hemos olYidado el elemental principio de la COLABORACION.

VI.

¡\RQ UITEcro: No haga ningún mal a sus colegas. Las pro fesiones sin ética y sin caballervsi·dad, son bajos me!it'os de vida, comparables a los más e;xecrables. N o se interponga para desplazar a sus colegas; esa conducta va contra la profesión y c0ntra el profesional, que caen, así, en el concepto del público, quien mira con sorr.a la lucha por el vil interés y se aprovecha de la puja denigrante, para sacar partido, en su exclusivo beneficio.

VII.

Es inútil pedir reglatuentacioues legales, si antes no .nos imponemos como pro fesionales,

VIII.

Para arrasar con lo que se ha hecho a fuerza de pacienda y sacrificios, basta con 110 l:acer 11ada y criticar lo poco que se ha:;a. Aseguremos la continuidad del esfuerzo, con la acción y no con demoledora censura a los camaradas que trabajan desinteresadamente <~ unque a veces puedan equivocarse.

IX.

Cuando la acción de todos los Arquitectos, sobresalga inncgahlemente sobre la de los que usurpan su función, la reglamentación profesional será un hecho.

X.

Vender la firma profesional, es como vender el ::1lma al diablo. "La función es un depósito sagrado", los ingleses le llaman "sacret trust". V endedor de firmas: ausculte su conciencia antes de trazar la rúbrica y piense en la cara ,~ue ponen sus colegas, al ver en los despachos municipales, sus cientos de firmas, vendidas no siempre ({al bajo precio de la necesidad''.

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regidos por los más severos principios morales.


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