Arquitectura 188 - 1937

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Gy¡Jtis Maisonnave Ra1.U Fedm·ici L'l.his Caviglia Repetto ][ario Abadie Santos AE1guel Gor'i Salvo Jaan C. Siri

DIRECTOR REVIS TA ".:1RQD I1'EC1'DR A " : A rq. Ma rio ..:Jba-die Santos

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ARQUITECTURA FLO RI DA.

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DIRECCI ÓN

PoSTAL:

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" ... su mayor resistencia a la tracción, propiedad apreciable en la práctica "co nstructiva , pues, a me n udo, por el asiento irregular de las fábricas, por las ten ,, s iones que experimenta n las bóved as en l os cambios de temperatura, etc., las ca" pas protectoras pueden hallarse somet idas a los esfuerzos de flexión y tracción. " Mientras que el fieltro embet u nado ordinario presenta una resistencia a la trae" ción de unos 10 kgs . por cm.c., la de los productos citados se eleva a 43 kgs ., como " promedio , sie n do estos mater iales menos dilatables que el primero. La superio :- i" dad de los ensayos comparativos se acentúa a l o que se refiere a la impermea" bilidad . Mientras que las probetas de "COR ITECT" no permiten la formación de go·• tas, las de fieltro embetunado ordinario r ezuma n o gotean con pocos centímetros de "presión hidráulica, por lo que su impermeabilidad ·• aplicac i ón de barnices suplementarios.

debe f iarse, sobre todo, a

la

" Otra de sus ventajas estriba en su gran resiste nc ia a la acci ón del calor ya "que siendo susceptibles de soportar temperaturas hasta de 1509, pueden emplear" se des de luego en las mismas zonas tropicales, para revestir paramentos o lienzos."

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de haber

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ORGANO OfiCIAL DE. lt\ SOCIEDAD DE ARQUiTECTOS ADMINISTRADOR

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A. HERRERA RAMOS

ARQ. M. ABADIE SANTOS

AÑ O XXII

1937

SUMARIO: ·. ~ágs.

~ ·

EL NUEVO PLAN DE OBRAS PÚBLIC AS... .................................

4

FRACCIO NAMIENTO DE TIERRAS EN LAS PLA YAS. - Ne· cesidad de que intervengan los Arquite ctos........................

5

1er. PREMIO DEL CON CURSO DE LA CÁM ARA N. DE COM ERCIO. - Arqts. Beltrá n Arbeleche y Miguel A. Canale. - Colaborador: Juan Félix Camagni........................

7

CONCURSO DE IDEAS PARA LA O RDENACION ARQUI· TECTONICA DE L A AVENIDA A QRA CIJ\DA. - Expo· sición del Arquitecto C. Gómez Gavazzo............................

11

LAS LU CES EN MUROS DIVISORIOS NO SIEM PRE CONS· TITUYEN SERVIDUMBRE. - Interesante sentencia............

19

1

LOS BUILT· UP O TECHADOS ARMADOS.................................... 29 LA MISION PROFESIONAL DEL ARQUITECTO........................ 36

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DIRECCIÓN Dirección

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ADMINISTRACIÓN:

Revista

Arquitectura

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Cas il la

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FLORIDA 176 -

Montevideo

1472 -

Uruguay


Ha sido recientemente aprobado por las Cámaras el plan de Obras Públicas, en virtud del cual, serán invertidos 6. 000. 000 de pesos para la construcción de Edificios Públicos. Es de por sí halagadora la noticia, pues de ella se advierte el incren1ento que ha de experimentar la industria de la construcción. Pero, existe aún, un aspecto altamente sugestivo e interesante : es el que se refiere al concurso público, ya que es éste el procedimi ento de elecc ión de los proyecto'5 que han de servir de base para el desarrollo de las nuevas construcciones. Indudablemente ha triunfado, una vez más, nuestra tesis en el sentido de la adopción de aquel criterio, toda vez que se trate de la construcción de edificios de tal naturaleza. La Obra Pública desen1peña, por su jerarquía, una doble fun ción: administrath·a y cultural. Vale decir, que, sin desmedro de las necesidades que ella debe satisfacer en el prirnero de estos aspectos, está llamada a evidenciar el grado de cultura del an1biente. De ahí, se infiere que, como 1nás eficiente manera de lograr la calidad que la caracterice, corresponde proceder a la selección del "proyecto" y el n1ejor medio de obtenerla es por la vía del concurso público entre arquitectos. Es de desear que esta norma llegue a constituir el " prin cipio" de la gestación de toda Obra Pública · La Universidad , organismo del Estado, prepara los técnicos en materia de Arquitectura; el Estado, tien e el derecho y el deber de exigir de los arquitectos nacionales, la más amplia colaboración por medio del Concurso Público) para el estudio de sus proyectos. Con motivo del rubro especial de $ 1. 500. 000 destinado a Viviendas Obreras, sería interesante que los Poderes Públicos sometieran al régin1en del Concurso Público entre los arquitectos la gesta ción de los proyectos respectivos. Veríamos de tal manera, por parte del Estado, la comprensión que debe reclamarle en el sentido de la adopción de l criterio de la Obra Públi ca realizada por Concurso Público entr e arquitectos. La Sociedad debe hacer gestiones en tal sentido y babren1os logrado una nueva conquista.

A. S. •

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De la ord~nanza en vigencia, que reglamenta el frac ~io n ami ento del suelo en el Departarr1ento de Montevideo, sancionada e·n 193-3~ puede concluirse que el criterio sust o:~ nta.do por las autoridades edilicias que provocaron aquel estudio, es el que en rigor debiera primar en todas las materias de su resorte. El sentido t~nico más amplio que se ha impuesto a la ordenanza en comentario, supone el respeto por parte de la Comisión Especial a que fué encomendado su planeaIniento - del porvenir urbanológico de la planta general del Departamento. Para esto, fué tenida en cuenta la diversidad de factores de orden técnico, determinantes del éxito o del fracaso, a que, fatalmente, conduce toda reglamentación . E n épocas anteriores - no muy re1notas - - problemas de carácter eminentemente técnico, como el que nos ocupa, eran encarados en forma arbitraria, de la que no fluía el criterio diferen cial que debe 1mperar en aquéllos, de suerte que jamás podría hacerse obra científic:a , por cuanto se operaba con criterio simpHsta e inconducente. No obstante, la evolución señalada en tal sentido, subsiste aún, algo así como un resabio de aquellas nonnas, en lo quA se refiere a la suhdivi!i¡ión de las tierras en las playas .. Es necesario señalar que tales funciones requieren la intervención de los arquitectos, aún cuando a los agrin1ensores quepa primordial participación en las misma~5; pues no puede admitirse que - como hasta ahora se hace - se apli'que en los fra·ccionamientos de tierras en las playas, idéntico criteri·o que cuando se trata de :tierras en cualquier parte. PE:rs·i stir en el error de encomendarlo a lo3 agrimensores exclusivamente, significa insistir en 1a práctica nociva derivada de transformar al profesional agrimensor, en un "vulgar medidor de tierras". lo que evidentemente conspira contra los más elementales principios científicos, en razón del justificado descono cimiento de éstos, por parte de profesionales, cuya preparación no se halla integrada por la má.s remota noción de la urbanología. Des-conocen, por lo talllto, - porque no puede pretenderse que ocurra de otra manera - los elementos de apreciarión de la zona; la vincu1ación de ésta con el núcleo central y centros poblados; líneas de pertetración e influencia de las colindantes; características arquitectónipresurnibles, en función de su topografía, emplazanliento, etc. Todo·&

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estos puntos de vista, son privativos del arquttecto, como coordinador y r•laneador de un conjunto armónico. En tal sentido, siendo la ciudad, o en menor escala la zona, o aún la calle o todavía el barrio, el resultado de la integración de la "unidad·" casa, no es aceptable un criterio discrepante con ese cqncepto; de ahí, que resulte inconcebible que se prescinda del arquitecto cuando se trate de ''planear", "organizar", "proyec-tar" o simplen1ente de dar las directivas generales para el asiento de nuevas barriadas, llamadas a funcionar de manera coherente dentr-o del conglomerado urbano. Ahora bien: si esta organización está perfectamente caracterizada o en vías de serlo en cercano futuro, con1o gran ciudad balnearia, resulta más sensata la observación apuntada, cuando se trata del "fraccionamiento de las playas" , para la formación de balnearios. Constituye el balneario un centro de atracción de "gran escala". Es menester, pues, pensarlo e in1aginarlo con1o resultante de un conglonlerado complejo. Desde el gran chalet del potentado hasta la mod8sta vivienda playera, sin tnás pretensión que la del goce del lugar, de una n1anera más o n1enos permanente, por personas d-e modesta condición, contribuyen a la obtención de conjunto. Debe, por lo tanto, conciliar e¡tas posibilidades, sin desmedro del conjunto, si se desea organizar un verdadero ''centro de art•r acción". Del pequeño chalet a la suntuosa n1ansión, cabe una .gama muy vasta de ra~as de ¡>laya; cada una de ellas requiere, por consiguiente, "su área" en cons-onancia. Con lotes de frente o superficies iguales, acoplables de a dos, puede "fabricarse" un balneario; pero para componerlo con definida orientación, es necesa:rio recurrir al aporte de la urbanología. Sólo por este medio se podrán producir ordenanzas y reg·lamentaciones eficaces. Hay un Instituto de Urbanología que debe intervenir y preocuparse.

Arq. MAR.IO ABADIE SANTOS.

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1er. PREMIO DEL CONCURSO DE LA •

N.

CÁMARA

DE

COMERCIO Arqts . Beltrán Arbel ec he M ig ue l A. Cana l e Colaborador Juan Félix Camagni

Las plantas se adaptan exactamente a las exigencias del programa, tratando de simplificar circulaciones y dando la mayor amplitud a los sitios nobles del edificio. Entradas principales de la Bolsa en la calle ·Misiones, por no tener tanta intensidad el tráfi-co, permitiendo, además, un eje de composición del que se deriva toda la. n1onumentalidad del edificio, es decir: Vestíbulo. HaH de pasos perdidos. Rueda. Teléfonos y pizarron es. Los demás locales se han. agrupado de a cuerdo a su importancia y necesidad funcional.

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Ya hen1os descripto la planta de a cuerdo a un eje de composi 2ión: Vestíbulo. Hall. Rued a. T eléfonos y pizarrones. Dos circulaciones la terales conducen a locales de oficina, Alm ·::teeneros Mayoristas y locales de valores y liquidaciones. En la esq nina se estud ió la circulación ver tical de uso público. para escritorios. etc. l)rhn~r J•iso alto Se han ubicado los local es de la Cámara de Con1ercio, Biblioteca. Asociación de Corredores Y• escritorios . Los demás pisos . según lo indica el programa, han sido dest inados a escrit orios. Estos tien en una comuni caci ón directa con el h all de pasos perdidos de planta baja. Actuallnen te, los ganadores del concurso, señores Arquitectos Belt rán Arbeleche. Miguel A. Canale y colaborador J uan Félix Camag n i, están abocados al estudi o de los planos definit ivos.

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10


CONCURSO DE IDEAS PARA LA

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ORDENACIÓN

ARQUITECTÓNICA

DE LA AVENIDA AGRACIADA •

EXPO SIC IÓN

C.

DEL

GOMEZ

ARQUITECTO

GAVAZZO

El Concepto lloderno de la Calle ~La calle es una creación urbana del hombre, destinada a faci•

litar las con1unicaciones entre las distintas zonas que usa. - El incremento de las actividades n1otoras del hon1bre, deternlina la magnitud de esa crea·ción y las directivas que han de asegurar la obten ción··· de su finalidad en las mejores condiciones de higiene y Eeguridad para el hon1bre y sus actividades urbanas. - Una razón e·conómica y práctica, vinculó racionalmente la calle con la habit ación . - Esta disposición se a centuaba en épocas pasadatl-.. enr.. virtud, del ind piente probl e1na que representaba la vinculación de dos fuerzas motoras: el peaton y la tracción animal, frente a las necesidades de la época.

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-Esta operación, no afectaba la economía de la habitación, porque ésta no tenía causa de existir (bajo precio del terreno y de la construcción).

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-Este estado de cosas, contribuyó fundamentalmente para la ordenación de las ciudades de hoy, en su época inicial, dando origen a una organización cuyos principales directivas aún perduran. -Las características de la calle n1oderna, están en contraposición con los principios del parcelamiento y distribución de los conjuntos edificados actuales. -La organización de las calles y conjuntos edificados, se ba::::a hoy sobre principios -científicos muy distintos y que se han dado en confundir solamente por tradición arraigada en los hechos sucesivos que llevan a la solución única de alinear las construcciones sobre la calle. - La ·c alle y las construcciones, tienen una sola conexión de carácter viario y un solo problema en común: la arn1onía arquitectónica del conjunto. - Las velocidades 1necánicas nuevas, han transformado las con~ diciones de seguridad e higiene de las ciudades, destacando la diferencia locomotriz existente entre el hombre y la 1náquina, creando con la velocidad adquirida por ésta, una nueva unidad urbana de distancia.

- El ·hombre se aparta naturalm-ente de esta función contraria a su naturaleza y crea con los beneficios adquiridos en el orden de su vida colectiva, una nueva unidad de habitación independiente de la calle. - La unidad creada por la velocidad y la unidad de habitación, se corresponden, decretando una escala definida, que desborda de la conformación material de las ·c iudades de hoy.. - Esta escala, afectando ya a nuestra ciudad, impone una etapa de su urbanización. - La época en que vivimos, debe de reconocerse por tanto, cmno una etapa de renovación, debiéndose formular el problema urbano moderno, libre de prejuicios tradicionales y tomando la función social como único principio director del diagrama funcional urbano. - Pretendemos vivir una vida moderna, dentro de un marco material anticuado, he ahí una contradicción que revela un error o una incapacidad.

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{Tráfico del valor del terreno e influencias direclas sobre su avaluoción. - {Tráfico de posibilidadea de alturas de Ta edifico· ción. en los predios comprendidos e n el tramo Valparoíso • rficarogua . en función de las superficies, co~ficienles de la relo. • sup. conalruída CIOn y orden a nzas VI· espacio libre gentes sobre higiene de los construcciones.

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Frente al hecho consumado de la Avenida Agraciada, la técnica urbanística se ha visto otligada a hacer una reverencia protocolar ~~nte los errores con1etidos y emprender UNA TENTATIVA DE ADAPTACION. Del complejo estudio que ha debido realizarse para ello, se han extraído las c onclusiones siguientes y que conforn1an la concepción general de este trabajo: - Creación de una sola y grandiosa con1posición arquitectónica de la avenida en toda su extensión. - Detención de las visuales perspectivas, según puntos realzados por su importancia funcional: 18 de Julio, Uruguay, Zona de La Paz, Palacio Legislativo; cuya relación de distancias determinan casualmente entre sí, magnitudes estéticamente consideradas armónicas, como términos de la relación de oro y dando lugar a la proporción reguladora del todo bajo la proporción generadora del ángulo (:)

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---'Creación de un espacio libre entre las calles Galicia y Valparaíso, tran1o del park-way futuro (Influencias urbanas de la red troncal de un plan regulador) centro de la composición. - Construcción de una acera para peatones, de 5 metros de ancho, a nivel de la cota 19 y dentro de la línea de edificación actual, sin cruzamientos con el tráfico vehicular, dando acceso a la edificación y que partiendo de la calle Uruguay, termine en la calle Nicaragua (cotas iguales), con accesos intermedios en las calles Cerro Largo, Galicia, Valparaíso, Nueva York, Asunción, Lima y Nicaragua. Las aceras para peatones, pasan sobre la autovía y establecen un primer ordenamieil'to de las construcciones, limitando la altura para las de extensión más r educida, en las manzanas 15 y 17, anexándolas al Todo. --Conjugación volumétrica de dos partes análogas que comprenden las construcciones a uno y otro lado del park-way: a) alineándolas paralelamente a la avenida con un retiro de 5 metros sobre la acera de peatones en el tramo La Paz-Nicaragua y estableciendo una

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altura única con respecto al eero oficial (principio de horizontalidad), que varíe en relación al ancho de la r.alzada, según alturas comprendidas desde 24 metros en Nicaragua, hasta 32.50 metros en Valparaíso. b) Alineación de las construcciones en el tran1o Uruguay-Galicia, con un retiro a 5 metros de la línea actual, formando un ancho de calle de 50 metros en la esquina de Uruguay, conjugado de la altura de los edificios en ese misn1o punto, según el ángulo e y variable en función de la cota de la calzada, siguiendo la nlisma relación hasta la calle Galicia, ensanchando el n1arco de la avenida progresivamente hacia el parque y abriendo las perspectivas sobre las grandes construcciones de éste.

----!Cülnposi·c ión del park-way, con construcciones bajas de la altura de la acer.a de peatones, relacionadas con las construcc iones existentes en la esquina de Galicia (edificio Introzzi) destinadas a constituir una zona comercial (tiendas, almacenes, etc.) y grandes construcciones de carácter hotelero, desarrolladas en altura, con un Inínimo de 65 metros sobre O oficial.

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- Diseminadas por esta zona, se establecen pequeños comercios y lugares de descanso y esparcimiento: cafés, juegos, pequeñas ventas, etc. -Establecimiento de construcciones de un piso, sobre la nueva línea de edificación del tramo Uruguay-Galicia, destinados a negocios y atractivos de la calle, en saliente hasta la circulación de peatones .

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- Obtención de las vistas sobre la bahía, desde las terrazas públicas y privadas .

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- Continuación hasta 18 de Julio, de la circulación general de peatones independientemente de la red de t ráfico vehicular, por medio de un cruzamien to s ubterrán eo en Uruguay y ac eras continuas hasta 18 de Julio con cr uzami en to subterráneo bajo la plaza de este punto, aprovechando las construcciones existentes de este carácter. - Composición voltunétrica del tramo 18 de Julio-Urugup y, en tunción de los principios de horiz.ontalidad, determinando una plástica t·m función de las alturas de la edifica ción de 18 de Julio y obras en ro nstrucción sobre la avenida Agraciada, fijadas en 65 n1etros sobre el cero ofici al , alineac ión d e ·l as alturas mayores .según la dirección .:\j--S, conforma ndo un espacio relacionado con el edificio del Ban co de 'Seguros y otro que constituya el arranque de la a venida.

- Supresión del tráfico veh icular en las calles: Colonia entre Agraciada y Julio H errera y Obes. Mercedes entre Agraciada y Río Negro. Mercedes entre Parag uay y Río ~e gro. Paysandú entre Agraciada y Rondeau. Cerro Largo entre Agraciada y Paraguay. Asunción (entrada a Agraciada costado E ste). Lima (en tracia a Agraciada costado Oeste ). ~ i caragua (entrada a Agraciada costado Oeste ). Venezuela (entrada a Agraciada costado Oeste ).

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Destinando esos espacios a la circulación de peatones y estacionamiento de ve'h ículos.

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---'Supresión total de la calle Paysandú en su confluencia con Agraciada .(costado Oeste) . - Desviación de la calle Paraguay, recibiendo el tráfico de Paysandú (costado Oeste) y desembocando en el cruzamiento de tráfico continuo de Uruguay-Agraciada. - Interrupción del tráfico transversal a la avenida en las calles Galicia y Valparaíso. - Supresión de la calle Pampas entre Agraciada y Nueva York. -Regulación de la calzada de la avenida, librando su ancho actual para tres vehículos en movimiento por cada sentido y disponiendo hasta de 5 metros de la acera actual para estaci{)namiento en posición oblicua al movimiento o 2.50 metros en posición paralela. - Construcción de una espina central en la avenida, dividiendo el sentido del tráfico paralelo y regulando los cruzamientos de acuerdo con el ·mismo. ----'Conformación de islotes por anexo de las manzanas: 3 con 6

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---'Con formación de un frente de edificación continuo, entre las calles: Colonia y Urug uay (costado E st e). >Colonia y Uruguay (costado Oeste, según la nueva alineación de la calle Río Negro) . Uruguay y Galicia (Oeste). Uruguay y Rondeau (Este) . Rondeau y Galicia. Valparaíso y Nicaragua. ·--Parcelamiento de áreas mínimas de 280 mts. cds. con frentes no menores de 17 metros . - Regulación de la red tranviaria de la zona, creando un sistema paralelo a la avenida y fuera de ésta, con cruzamientos únicos en Uruguay y 18 de Julio.

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REALIZACIO:S •

La realización por etapas, es un procedimiento inherente a toda concepción urbana y ello es la consecuen-cia lógica del carácter de los estudios realizados, basados siempre en una posible evolución de los hechos hacia un desarrollo mayor. Parecería un trabajo carente de sentido, la concepción adoptada para la -composición de la zona de la calle La Paz, pero dentro de los términos en que se ha circunscrito el estudio de urbanización (porque no puede ser otra cosa, a pesar del carácter arquitectónico qu·a le asigna el título del programa) débese observar que la autovía es una concepción para el futuro y que por el momento se está obligado a establecer un plan de mínima con vistas a ese futuro y que se basa sobre et · trazado del ensanche proyectado para la calle La Paz hasta el cruzamiento con la Avenida Agraciada en forma de poder realizar luego las obras que esta zona requiera para sus relaciones generales con toda la ciudad y que la lógica aconseja, sean derivadas de un plan integral. ·L a realización de todas las demás obras proyectadas, serán el resultado del esfuerzo particular concientemente dirigido por la intervención municipal. 'Cabe pues pensar, que si hasta aquí hemos visto pacienten1ente el desarrollo de nuestra ciudad sin el contr~lor técnico exigido por las necesidades de la época presente, este concurso sea la iniciación de una etapa auspiciosa del desenvolvin1iento nacional y que la idea que aquí se expone, es solamente un ec:;fuerzo de adaptación, que por tanto adolecerá siempre de los defectos inherentes a los trabajos de este grado. Sólo el estudio de un plan regulador, dará la únira afirmación de las ideas sustentadas.

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El doctor Enrique Arn1and Ugon, distinguido Juez de lo Civil, ha dictado una inter esan te sentencia, sobre un caso de "denuncia de obra nueva" en donde se diseutía si una vidriera situada. en el muro divisorio, podía constituir una "ser vidumbre de luz". Es una cuestión in1porta nte, resuelta judicialn1ente, ya que exist en en esta ciudad miles de casos semejantes en edificios construídos hace más de treinta años y si esas luces constitutran ser vidumbres legales, traerían a parejados graves perjuicios para los linderos, cuando éstos quisieran edificar de nuevo. El caso, en síntesis, es el siguien te: E l señor C. era prop ietario de una finca que lindaba por el Norte con la ·propiedad del señ or B. E n e l muro divisorio en t re ambas propiedades, existía una vidriera tal como se indica en el croquis. La propiedad del señor B. era de bajos y el muro de separación entre ambas propiedades era medianero hasta la altura de la azotea de la casa de bajos. La vidriera que, como h emos dicho, estaba situada en la parte divisoria del muro, daba sobre la azotea (aproximadan1ente dos metros sobre el nivel de la misn1a). ·Por la par te de la fin-ca del señor C. daba sobre un patio con c larabo ya y estaba aproximadamente a 6 m ts· 50 del piso de la vivienda del señor C. El seüor B. hizo demoler el edificio existente de una pla nta pa ra construir en ese mismo sitio un edifi cio de varios pisos. Este edificio que es de ce1nento arn1ado se en contraba en construcción y al llegar al segundo piso con · casi todo el encofrado del tercer piso, el señor C. se presenta ante el señ or Juez Letrado de lo Civil r eclan1ando que en "el prog reso de la constru cción aludida se perturba el aprovechamiento de una servidumbre de luz continua y aparente a la vez" de su casa r especto de todo el terreno del señor B. y deduce que la aceión pr incipal contra el señor B. es la de "obra. nueva" y "amparo de posesión".

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La servidumbre de luz se refiere a la vidriera existente en el muro divisorio y que se indica gráficamente en el croquis. •

El abogado del señor B., doctor Vicens Thievent, consultó a los arquitectos Arn1ando Acosta y Lara y Carlos Pérez Montero, sobre la faz técnico- legal de esta abertura o vidriera. La consulta se refiere especialmente, a si en el estado en que se encuentra esa abertura, puede constituir una servidmnbre de luz, prescriptible a los treinta años de uso continuo y aparente. El informe del arquitecto Armando Acosta y Lara dice lo siguiente: "De acuerdo con su pedido, tengo el agrado de comunicarle mi opinión sobre la situación técnico- legal de la claraboya existente en la pared divisoria entre las propiedades del señor B. y señor C. A n1i juicio, la r eferida claraboya no constituye servidumbre de luz, porque para establecer dic ha servidumbre es necesario que exista un gravamen impuesto sobre un predio en utilidad de otro predio de distinto dueño (Art. 550 del Código Civil), y en este caso concreto la claraboya r eferida , dispuesta en el muro divisorio de propiedad del señor C, según lo expresa el artículo 617 del código citado, no importa gravamen alguno sobre el predio del señor B., porque no se limita el derecho de propiedad de este último a tomar la luz sobre el nivel d~ su azotea.

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Además, por tratarse de un patio en la propiedad del señor C., que recibe luz por una claraboya que lo cierra por su parte superior (única forma técnica de iluminar patios como ese, pues no se puede contar con la luz que le permita tomar una claraboya latEral dispuesta en muro divisorio que pu ed~ desaparecer en cuanto el colindante adquiera la medianería de ese muro), no existe la utilidad para el predio dominante que justifique la servidumbre, pues suprimida la claraboya lateral, el patio tiene la iluminación que lógicamente debe esperarse de él. '

En tales condiciones, la claraboya que motiva esta consulta no es otra cosa que un cerramiento especial, en lugar del común cerramiento con muro de ladrillo. Y no de otra manera pueden ser encarados los innumerables pozos de luz y aire de nuestras construcciones corrientes, dispuestos contra los muros divisorios, que al sobrepasar el nivel de las azoteas vecinas quedan abiertos, sin muro lateral sobre el medianero, sin que a nadie se le pueda ocurrir que si el propietario de ellos procediera a cerrarlos por medio de claraboyas laterales dispuestas en el muro divisorio, éstas constituirían luces ilegales Y.. por lo tanto, sujetas a prescripción." (Firmado) Armando Acosta y Lara, Profesor de Arquitectura Legal (Facultad de Arquitectura).

El informe del arquitecto Carlos Pérez Montero dice lo siguiente=

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1 CLASIF I(\-\( ' 10 ~ TEC"SI CA DE LA ABER:TUR A

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La nberturn no es una ventana El vacío de una ventana está limitado: en la pa r te inferior por una piedra, o por un macizo de muro en d irección h orizontal, que se ·11an1a " umbral"; la terahnente, por los m acizos de muro, en dirección vert i·c al, que fonna n los " pies der echos" y, en la parte superior, por una platabanda que se llama " dintel" o por un a rco (Cloquet, Tomo II , página 1) . La aber tura de que se trata tiene umbral y pies derechos, pero n o tien e dintel· <) .

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Se encuer:tra tOmJ•Ietamente nhier·ta en la 1utrte !'.UJ)erior. Por lo tanto, no puede ser una ventana, pues el vano de ésta debé formar un cuadro cerrado por sus cuatro lados. La abertura no es unu clarahoyu. Claraboya es "toda ventana alta 3in puertas, que suele abrirse en Jos edificios para que entre luz" (Gui~lot, 353). Como una claraboya es una ventana, debe tener dintel y como la abertura en cuestión no lo tiene, no pu ede ser clasificada con1o claraboya. La abertura e xistente, que no es ni ventana ni claraboya, es un espacio vacío, sin muro de ladrillo, muro que nunca existió en el sitio de la abertura, lo que pudo ser cmnprobado por la forma en que se encuentran los ladrillos en los pies derechos de la abertura. Tan es así, que las servidumbres de luz deben estar lin1itadas dentro de muros que Lepage, al hablar del ancho de esas servidumbres, dice: "en consecuencia, entre el apoyo de la ventana y su dintel, como entre sus dos pies derechos, se puede dejar el vacío que quiera" (Lepage, Lois du Batiment, Part. 1, Cap. ll\1 - Lois du voisinage, pág. 188). En ese espacio vacío el propietario del muro divisorio, no nledianero, colocó casi en el nlismo paramento sur del muro (de su lado) un armazón de hierro y vidrios rayados, formando por su conjunto un tabique que permite pasar la luz del exterior al interior, pero a través de la cual no es posible distinguir los objetos situados exteriorn1ente, sirviendo al tnismo tiempo de protección al viento y a Ia lluvia, que entrarían por Ia abertura en la finca del señor C. y tan1bién de sostén al canalón de la claraboya, pieza ésta indispensable para evitar el deJ:rame del agua sobre la azotea lindera de la finca del señor B. Ese tabique de vidrio apHcado al muro de ladrillo, que no permite ni la vista, ni el pasaje, ni asome de personas, que impide arrojar objetos, inmundicias, etc., no es ni ventana ni claraboya y no necesita, por lo tanto, estar guarnecido por rejas de hierro ni red de alan1bre, ni distar de tres 1netros del piso de la vivienda a que se pretende dar luz. Otro argumento que detnuestra que el espacio ocupado por la vidriera es un espacio abierto no ocupado por ventana ni claraboya, es el siguiente: 1Si todo el muro divisorio existente, tal como se encuentra, hubiese sido construído por el señor C· con1o alzan1iento de pared, sobre el muro medianero, el derecho del copropietario de este muro a c obrar al señor C., el sexto del valor de la sobrecarga es evidente (Art. 602). La sobrecarga se cobra por el exceso de peso y trastornos consiguientes que soporta un n1uro medianero por la carga de la parte superior del n1uro que pertenece a uno solo de los condóminos. "lndeinnización proporcionada a• la disminución de duración que sufriría el muro medianero'' (Lepage, pág. 68, Ton1o 1). Cuando existen ventanas o claraboyas en esa parte superior del muro, para el cobro de la sobrecarga se consideran como llenas. .También se consideran como llenas cuando se trata de adquirir la medianería de un n1uro divisorio con ventanas y claraboyas.

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"E'l precio de la medianería debe ser fijado sin tener en cuenta los vacíos y como si esas luces no existieran" (Manuel des Lois du Batiment de la Société Centrale des Architectes Fran<;aises - Des Servitudes, Mur Mitoyen. Tomo l.'!, pág. 123, parág. XII) . En el caso de que se trata no podría tenerse en cuenta como muro lleno! el espacio ocupado por la vidriera ( 4 m ts. 22 X 4 mts- 11 = 17 mts 2• 34) , que siendo abierta en su parte superior, no es ventana ni claraboya y, por lo tanto, no sobrecarga nada sobre el muro medianei·o existente. Las ventanas y claraboyas abiertas en el muro tienen dinteles y pies derechos y n1uro sobre ws dinteles; la car·g a de ese muro se trasmite por intennedio de ese dintel a los pies derechos, que son los• sostenes verticales, y éstos la r etrasnliten al resto del muro divisorio que carga sobre 81 medianero. En la cuenta de ~:nedian ería o en la cuenta de sobrecarga, la medidón debe hacerse deduciendo el espacio abierto ocupado por el tabique de vidrio. '

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Las ventanas y claraboyas que se abran en Ia pared divisoria forman parte integrante de este muro, con un buen empotramiento, que impide 1noverlas. No es posible fijar bien una abertura si no está protegida por el dintel que la limite superiorn1ente. En este caso el tabique vidriado se encuentra débilmente empotrado en el paramento sur del muro; casi podría decirse que se apoya en dicho n1uro. Puede n otarse la poca solidez del empotramiento en la rajaduTa que existe en el n1uro en la parte .s uperior derecha (mirando de la casa del señor B.) , en el refuerzo que fué necesario colocar en el centro de la vidriera, del lado de la casa del señor C. y en la cantidad· de vidrios . rajados en la vidriera. Se trata, técnicamente , de un tabique vidriado de fácil remoción~ que ha sido ·c olocado como tabique liviano de "separación" entre ambas propiedades y que, al mismo tiempo, sirve de apoyo indispensable al canalón de la claraboya del señor C. 1H ago notar también que la vidriera, tal con1o se encuentra hoy, tiene vidrios rayados traslúcidos, que hace treinta años no se empleaban en esta plaza. E·l tabique de vidrios por el lado de la casa del señor C., da a un patio con claraboya horizontal corrediza y daba por el lado de la casa del señor B·, hoy demolida, sobre el techo o azotea de esa misma finca.

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De todos estos antecedentes resulta· que la clasificaci6n técnica de la abertura existente es la de un ''tabique de vidrio" -colocado en un espacio abierto donde nunca existió muro. Ese "tabique de vidrio" sirve también de "se¡Jaración" entre ambos predios.

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II fLASl~,I(~ Jl(jiOY

,JURiniCA DE LA .ABERTURA

Guillot dice (N'.. 364): cuando "las ventanas o claraboyas" se esta-blecen conforme a lo preceptuado en este artículo ( 617 del Código Civil), se llaman "luces de derecho" y cuando se construyen sin sujeción a las reglas legales se denominan " luces de servidumbre". Hemos demostrado claramente que la abertura no es ni ventana ni claraboya; no puede, por lo tanto, clasificarse ni como "luces de derecho" ni ·Como " luces de servidumbre". rf ervidumbre, dice el Código (550), es un "gravamen" impuesto sobre un predio en utilidad de otro predio de distinto dueño. El tabique de vidrios colocado en el espacio abierto no es exclusivo para iluminar la vivienda del señor C. Todo el techo del loca'l (patio) donde está situado ese tabique es de vidrio, es una claraboya horizontal corrediza, no siendo necesario el tabique de vidrios para dar luz y ventilar el local donde ha sido colocado. Hay más; podría probarse que ese tabique de vidrios sustituido por un muro de ladrillos, revocado y pintado con colores claros (blanco si es posible) del lado señor C., aumentaría J)Or reflejo la luz en la vivienda del señor C. Ese tabique, por lo tanto, no produce "utilidad" de luz a favor del predio del señor C. Tampoco produce utilidad de vista, porque es un "tabirtue de vi· drios traslúcidos y es un ta. ~ique cerrado" situado a 6 mts· 50 del piso de la vivienda del señor C., y al que no sería posible asomarse aunque fuera un tabique con ventanas de abrir. Tampoco impone un gravamen al predio vecino del señor B., pues daba sobre un techo (azotea) y todos los autores y la jurisprudencia están de acuerdo en que las ventanas y claraboyas abiertas en pared divisoria no medianera son consideradas de pura tolerancia y no prescriben. Hago notar que se trata de "ventanas y claraboyas". Cuando como en este caso se trata de un "simple tabique de vidrios de separación", el caso es mucho más claro y no admite lugar a dudas. Entre las varias opiniones al respecto be creído conveniente señalar las siguientes: Perrin (Vues de Souffrance ou de Tolerance), NQ 4279, pág. 821: " Des fenetres percées dans l'exhaussement d'un mur mitoyen, don, nent vue sur le toit de la maison plus basse, ne doivent etre consi" derées que comme de pure tolerance, attendu que le propri~taire sur " le terrain duquel elles donnent n'a pu avoir d'interet a s'en plaindre. "Si ce proprietaire veut, plus tard, elever sa maison, ii a le droit de "rendre mitoyen l'exbaussement ou pignon dans lequel les fenetres se . " trouvent, et de les faire supprimer sans egard au temps de leur exis" tence." Guillot (Comentarios del Código Civil, Tomo 3, ed. 1901) , N" 364. pág. 347: ".Según el artículo 1171 (hoy 1197) tantas veces citado, la n1era -4, tolerancia de actos de que no resulta graY~.n1en, no confiere pose-

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"sión, ni da fundamento a prescripción alguna. Si la infracción de la "ley es grave y notoria como sucedería en el caso de que se abriera "una ventana a un metro del piso de la vivienda, es claro que a los " treinta años se adquiriría por prescri'p ción la servidumbre de luz; ;'pero si la infracción es poco importante, la inacción del vecino de·be " considerarse ·c omo un acto de mera toleranciai que da base a la " prescripción· Por lo demás, la aplicación rigurosa de 1 aley daría lu" ·g ar a contiendas frecuentes entre los propietarios linderos, mientras " que la admisión de cierta tolerancia, hace posible que subsistan las " relacione·s de buena vecindad. En fin, la cuestión de saber cuando "hay actos de mera tolerancia, es de hecho y debe, por consiguiente, "ser resuelta por el juez según las circunstancias que concurran en u cada caso. Tal es lo que establece la o~pinión general.'' El doctor Luis Varela, eminente profesor de Arquitectura Legal, de la Facultad de Arquitectura, de cuya· cátedra fuí profesor adjunto durante varios años, tenía también la misma opinión respecto a las ventanas que se abren en pared divisoria no medianera, que dan sobre techos y azoteas.

La jurisprudencia está también completamente de acuerdo con la opinión de esos autores y profesores. En el Manuel des Lois du Batiment de la Société Centrale des Architectes de France, tenemos dos casos bien claros. Bonniard Freres - Iscardi. .Senteneia de la Corte de Casación - 22 de Febrero de 1863 (página 325). De Vide! - Charriere. :Sentencia de la Corte de Casación - 18 de Julio de 1859 (página 263). Estas sentencias se adjuntan a este informe. . Todo esto se refiere al caso de ventanas o claraboyas en muros divisorios. Aplicado al caso en cuestión, de un simple tabique de vidrios, su existencia no puede dar lugar a una prescripción de servidumbre de luz a favor del predio del señor C. ·Es un acto de mera tolerancia que no da fundamento a prescri-pción alguna· "Las luces de mera to1erancia, practicadas en un muro 1~0 media,, nero no son un obstáculo para la adquisición por el vecino de la " medianería del muro y pueden ser cerradas por el que ha adquirido "la medianería" (Perrin ( 4278), Vues de souffrance ou de tolerance).

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El señor C. al colocar el tabique de vidrios en el espacio de la pared divisoria de su exclusiva propiedad, tenía todo el derecho de hacerlo, sin pedir consentimiento al propietario lindero, y éste no podía oponerse a que aquél colocara la vidriera en la forma que se encuentra. El tabique de vidrios no es necesario para dar luz a la vivienda

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del señor C., que ya r ecibe luz por el techo y, por lo tanto, no era de utilidad para ese predio. Ni la propiedad del señ::lr B. sufría un gra,·amen con ese tabique que daba sobre la azotea de su casa. No existiendo servidumbre no puede existir prescripción. La mera tolerancia de actos de que no resulta gravamen no confieren posesión ni dan fundnmento a prescripción alg·una (Art. 119.7 del Código Civil). La clasificación jurídica es de "una. nberturu de mera tolernncia", de "un tabi{tue de vidrios de SeJ'araclón" que el señor C. tenín derecho a colocar en el vacío del n1uro divisorio, que no tenía pared, abertura que no significa servidumbre y que no es prescriptible. A juicio del suscrito, el señor B. puede adquirir en cualquier mon1ento la medianería del muro divisorio no medianero entre an1bas propiedades y una vez adquirida esa n1edianería puede obligar al señor C. a que retire la vidriera, construyendo muro de ladrillos en el espacio ocupado por la vi,d riera(Firmado) Carlos Pérez lUontero, Profesor de Práctica Profesional, ex Profesor Adjunto de Arquitectura Legal (Facultad de Arquitectura). El juez doctor Enrique Armand Ugon, dictó la siguiente sentencia: Vistos: Para sentencia de primera instancia este juicio seguido por el señor C. contra el señor B., por denuncia de obra nueva; Resultando: Que el actor señor C. en su demanda manifiesta que es propietario de la finca ubicada en la calle X . y que el demandado señor B. es propietario del edificio lindero al suyo en construcción; con esas construcciones se le inquieta en el uso y goce de su derecho y con el progreso de la nlisma se pert urba el aprovechamiento de una servidumbre de luz, continua y aparente a la v.ez, de su casa, respecto de todo el ancho del te rreno del detnandado. Han sido inútiles sus gestiones para evitar esos hechos, por lo que s9licita que con arreglo al artículo 1191 del Código de Procedimiento Civil , se suspendan esas obras, como acto previo a su demolición, con costas y costos, dejándvse a .salvo las detnás acciones que pueda tener por con. cepto de daños y perjuicios. Que citadas las p~.r tes a juicio verbal eon1parecieron a la audiencia de que instruye e¡ acta, en la que el actor reedita sus pedimientos anteriores tnás la condenación en los daños y perjuicios, y el denlandado expuso, que la servidumbre que alega el actor, consiste en una vidriera de 4 metros 22 centímetros de ancho por 4 metros 10 centímetros de altura, que con1ienza a 9 metros 48 centímetros del suelo y que está construída en la pared m edianera norte de la propiedad de C.; toda pared medianera es uua co-propiedad y en ella uno de los condóminos no puede realizar actos de dueño, sin el consentimiento del otro; y el artículo 616 del Código Civil prohibe que se pueda abrir ventana o claraboya en una pared medianera. Ni siquiera podría decirse que. C. haya abierto ventana o claraboya en una pared divisoria, sino que dejó simplemente de construir un espacio al levantar la pared, que luego tapó cOri vidrios. como lo pudo hacer con otros materiales. Su parte tiene

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dos n1edios para cerrar esa abertura, construyendo en su terreno o adquiriendo la n1edianería, porque la necesita y está obligado a ello legalmente, desde que va a aprovechar esa pared para .su construcción· Pide que se rechace 1a denuncia con costas, costos, daños y perjuicios. Que en la segunda audiencia de prueba las partes después de analizar las rendidas en autos, insisten en sus petitorios antes mencionados, quedando citadas las partes para oir sentencia. Considerando: Que para que prospere la acción por denuncia de obra nueva, que edicta el artículo 1190 del Código de Proce.dimiento Civil, deben justificarse los extremos siguientes: 1.") Que se haya con1enzado una obra nueva y que no esté concluida cuando se interpone la demanda; 2.") Que el actor esté· en posesión del terreno en que se realiza la obra o de la servidumbre cuyo goce se perturba con la obra denunciada. Que con arreglo a este extremo segundo el actor ha debido probar que era poseedor del bien raíz sobre el cual se efectuaba la obra nueva o que ésta turbaba una servidumbre de que gozaba; esa posesión se refiere "al momento de la perturbación o del despojo" (artículos 1174 del Código de Procedimiento Civil, apartado final, y su concordante 663 del Código Civil). Esa posesión tien.:~ que ser en concepto de propietario, pacífica, pública y no equívoca (Guillot, 1'1, 4, N." 261). En este caso el actor no ha traído prueba alguna para demostrar que tuviera la posesión de la pared colindante con la propiedad del demandado, ni que gozara de la servidumbre que invoca en su escrito inicial, desde que esa prueba no surge de las inspecciones. De ellas se deduce que se está construyendo en la propiedad del demandado y que, en la pared que divide esas dos propiedarles existe a cierta altura una abertura cerrada con vidrios, pero .de tales hechos no se desprende que el actor esté en posesión de la casa colindante del reo. La sola falta de la prueba de la posesión de parte de quien interpone la acción posesoria de denuncia de obra nueva, es suficiente para que sea desestinlada, sobre todo en este caso en que ni siquiera se han acreditado hechos materiales que denoten esa posesión. Que tan1p~co se ha traído la prueba de que el actor goce de ninguna .servidumbre respecto de la propiedad del reo. En efecto, en la pared lindera norte mencionada, no existe ninguna ventana ni claraboya, como se demuestra; concluyentemente, en el informe del señor arquitecto Pérez Montero, sino un espacio no edificado, que e:n este caso se ha cerrado con vidrios, como pudo hacerse con ladrillos y cal, con chapas de hierro o con otros materiales; la vidriera a que se refíeren las citadas inspecdoneR no constituye una servidumbre que beneficie el precio del actor, ni ésta ha acreditado de que disfrute de esa servid1,mbre continua y aparente en virtud de algún título o prescripción operada en su favor (Art. 632 del Código Civil)· Que, por otra parte, el demandado tiene el derecho de adquirir la n1edianería de esa pared divisoria (Art. 603 del Código Civil), siempre que el dueño de la pared no haya adquirido servidumbre, y se ha visto que el actor no ha justifi·:::ado que esté en el goce de la servidumbre que invoca. El demandado ha ofrecido en sus exposiciones hechas en

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las audiencias adquirir esa medianería. En esta situación esa pared pasará a ser propiedad de los dos litigantes, que la tendrán en condominio y el actor n.o podrá prohibir al reo (su condómino) que apoye en esa pared las construcciones que está ejecutando en su propiedad y hasta que cierre con un n1uro de sillería la abertura que actualmente existe en esa pared. Es co_n razón que los tribunales argentinos han rechazado acciones posesorias de denuncia de obra nueva en ·c asos semejantes al sub-lite: 1Q) Siendo obligatoria Ia venta de la medianería de la pared divisoria la construcción sobre ella no puede fundar un interdicto de obra nueva ('C ámara Civil~ f. 134, p. 162, fallo de Agosto 3 de 1901). 2'1 ) El hecho de cargar un lindero sobre una pared medianera no puede fundar un interdicto de obra nueva (Cámara Civil, t. 67, pág. pág. 120, fallo de Octubre 31 de 1893) · 3Q) No procede el interdicto de obra nueva fundado en el aprovechamiento de un muro cuya medianería no se ha adquirido, para apoyar construcciones efectuadas en terreno propio de quien construye, ni la existencia de una s ervidumbre que resulta no existir (Gaceta del Foro, N" 29, Julio y Agosto de 1919, pág. 286, fallo de la 2~ Cámara Civil). 4") Procede rechazar el interdicto de obra nueva que se funda en que el demandado ha carg31do su construcción sobre la pared lindera sin pagar el importe respectivo (Jurisprudencia Argentina, f. 12, pág. 324). 5'·' ) No procede el interdicto de obra nueva deducido contra el vecino que ha utilizado la pared divisoria si está dispuesto a pagar el importe de la medianería (Jurisprudencia Argentina, t. 23 . pág. 759, fallo de la P. Cámara Civi1 de Diciembre P de 1926) . y 6'-') Las obras realizadas en la pared divisoria no medianera, por el vecino lindero, no pueden fundar el interdicto de obra nueva (Jurisprudencia Argentina, t. 3E, pág. 1240, fallo de la 2· Cámara Civil de Diciembre 1 9 de 1930). Que por lo expuesto corresponde que se desesthne la acción de denuncia de obra nueva invocada y las costas y costos deben estar a su cal'go, porque litiga con malicia ten1eraria quien interpone una acción .s in suministrar Iueg·o ninguna prueba de los hechos en que se funda (Art. 688 del Código Civil y Art. 466, apartado 3Q, del Código de Procedimiento Civil). En cuanto a los daños y perjuicios no se ha probado la efectividad ni la importancia de los mismos, por lo que no corresponde hacer condena en ellos. Por todos estos fundamentos, fallo: rechazando la demanda interpuesta con costas y costos, ejecutoriada f1Ue sea, cúmplase. Armand U gon.

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Apelada esta sentencia, el Tribunal de Apelaciones la confirmó en todas sus partes, rechazando la demanda, imponiendo el pago de las costas al actor, y revocándolo en lo que se refiere a los costos, no haciéndose consideración en costas en esta instancia. •

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BUILT-UP

LOS ..

TECHADOS

o

ARMADOS

No hay duda alguna, que el primer paso del hombre en su existencia fué buscar un techo que lo cobijara de las inclemencias de le-s elementos, tempestades y torrenciales lluvias en la primitiva época en .::u ser. H oy, como en aquel entonces es también su fin , su más vehemente deseo, para el mejor desarrollo de ·s u pr.opia vida el buscar su protección en el mejor techado que lo cubra y proteja de los agentes atmosféricos, accidentes climatológicos y del fuego. El progreso, el camino paso a pa$o y científicamente seguido por rl hombre para perfeccionar y hacer permanente por su mano e ingenio la protección de su vida con un buen techado, libre de humedad y filtraciones, ha tenido el éxito más grande en las construcciones actuales de techos armados de capas de fieltros, minerales y asfalto. Sin una similitud o parangón posible, puede decirse que, ha vuelto ~ protegerse contra la naturaleza, con elementos arrancados de ella misma.

ffil primer techo construído por la mano humana, fué un techada· de ramas, que no solamente protegía al ser contra el agua, sino contra el calor, frío y los ray.a.s solares. Hoy, miles de años después, abandonamos los techados finales compuestos, para construirlos de amianto y asfalto, mater~fls también naturale·s . •

No podemo·s vanagloriarnos de ello, pues hace siglos obteníase e1 asfalto en diversas formas para la conservación y protección contra los elementos naturales, hoy recurrimos a él, pero en forma científica, dándole el máximun de utilidad y obligándole a rendir el máximun de beneficio. Noé, según la Biblia, utilizó el asfalto para impermeabilizar su Arca. (Una de las más grandes fábricas del mundo, dice efectuó esta venta; sin duda alguna ya los corredores existían y tenían loco al padre Noé). Posteriormente, la madre de David ocultó a éste en una cesta impermeabilizada en igual forma. Los faraones previeron la protección de sus . propios cuerpos contra la putrefacción y desintegramiento con asfalto y aceites bituminosos, y recientemente lo hem o's podido comprobar en los últimos descubrimientos efectuados en el Egipto ..

En las construcciones de Babilonia, la n1etrópoli caldea, y Ninive, la capital de los monarcas asirios, donde el invierno es húmedo, y los templos y palacios estaban levantados sobre un terraplén de ladrillo,

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·con una altura de doce metros, - p0r ejetnplo el Ten1plo de Nin-Girsu '" .., el Palacio Real de Sirpula, reedificado por el príncipe arquitecto Gudea, quien debió vivir hacia la n1itad del cuarto milenario antes de J. C., se utilizaba ya el asfalto con fines de impern1eabilización.

"Venid, hagan1os ladrillos y cozámo~los al fuego", dicen los constructores de Babel, y dice el ·Génesis: "Y se sirvieron de ladrillos en lugar de piedras, y de "betún" en vez de argamasa". M. de Sarzec, al explorar el palacio real de Sirpula, en su época • de esplendor denominada Sirtella, después de heroicas campañas de excavación , en aquel clima palúdico de la Baja Caldea, por los años 1877 a 1881, encontró las hiladas de ladrillo aplicadas sobre un lecho espeso de asfalto; en otras partes 10·3 ladrillos estaban asentados en capas alternadas de asfalt o. Iguales descubrinlientos se han hecho en Nippur, cerca del enlplazamiento de Babilonia y regiones del Eufrates y Tigris. Hoy, el progreso ha demostrado que el asfalto sol o, no es en sí suficiente; que en la construcción de techados debe ser reforzados con fieltros minerales, conductores o vehículos impregnados con asfalto, a intercalados con capa~ de este mineral. Aún cuando el hon1bre ajeno a la construcción en sí, únicamente aprecie un techado, porque no sufre infiltraciones al principio, el profesional conoce que existen otros factores dignos de consideración, que destruyen paulatinan1ente la in1permeabilidad del techado que en su primitiva in-stalac~n era perfecta.

Vamos a concretarnos al tipo de techados ya tuencionados, de asfalto y fieltros de amianto. Si bien su adopción definitiva es discutida, podemos decir que paulatinamente se le están reconociendo lo-a n1éritos y cualidades que reune. Dentro de las construcciones de cen1ento armado, y las dificultades que las losas de c0ncreto presentan, es la construcción de impertneabilidad má·3 indicada, por su gran resistencia a los movimientos de dilatación y contracción y difícil de rajarse. Es un techado liviano, que adn1ite fácilment e una aislación calorífuga de protección para la losa, más aún, la in1permeabilización, por diversos sistemas especiales, puede c·o ntinuarse en lo~ muros de carga con fieltro s independientes y adecuados. Los techados armados o Built-up, pueden construirse tam·b ién sobre entablonados de madera, con iguales garantías de in1permeabilidad, y en este caso debe reconocerse que no solamente significa una construcción más económica que el" zinc, al que se recurre frecuentemente ~n construcciones de esta naturaleza, sino que, se elin1inan los gastos de mantenimiento, putrefacción de la madera .p or la condensación, y los ruidos mole-atos del zinc durante una tormenta o cambios hruscos de temperatura.

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Aún cuando a prin1era vista puede aceptarse como bueno cualquier asfalto, ello en la realidad es un grave error; el asfalto destinado a eE:tas c onstrucciones de techados armados requiere un estudio minucioso de laboratorio y mucho rnás, ensayos prácticos para determinar f-1 tipo más apto para la construcción en cada clima. Las condicione6 principales requeridas y en consideración, pueden reducirse al punte de fusión, punto de congelación, elasticidad y evaporación. Nada de ello puede ser determinado ·sin tener como base el clima del país donde el asfalto ha de ser utilizado. .

Dentro de los diversos tipos de asfaltos naturales, puede caracterizar.se como el que reune mayores condiciones para cubiertas asfálticas por resistenia a la a cción de los rayos solares, el asfalto de Trinidad, pero, si nos hallan1os en presencia de un caso, que no .s olamente debe resistir a lo-s efectos selares, sino a los alcalís y acciones :Severas, el as.falto determinado es el Gilsonite, cuya pureza alcanza al 99,5 7o . Como hen1os dicho antes, el asfalto, aún el de Trinidad, debe se1· rreparado para reunir las condiciones del clima donde se use. lndudablemente, que el Gils enite reune todas las condiciones necesarias y más inmejorables para una perfecta cubierta, pero su empleo no es siempre necesario, cuando empleando el de Trinidad debidamente preparado a un precio menor, pueden llenarse las condicioneg de impermeabilidad que sean especificadas. 1

El uso de asfaltos cemunes y breas. abaratan la construcción, pero nunca es recomendable -su empleo donde quieran obtenerse resultados positivos, una buena impermeabilización y larga duración. Un asfalto bueno debe tener un mínimo entre el punto de fusión y congelación de 65 .5'' C. , y una evaporación no mayor del 23 7o a 162. e, durante.·cin9o horas. Incuestionablemente que en esta forma no se requiere un asfalto de gran pureza; la razón de ello es que, en much cs casos, éstos son iJJ hábles para resistir la acción de los rayos infrarrojos explicada más adelante. El en1pleo también generalizado por un costo menor de breas y alquitranes, es a veces contraproducente, por cuanto contienen ciertas impurezas que queman los fieltros y los destruyen fácilmente, ello sin considerar que ambos son materiales d~ rápida evaporación, siendo este último tan1bién un defecto de les asfaltos no preparados para cubiertas, que los aceites asfálticos se volatilizan n1uy rápidamente y dejan expuestos los fieltros a los rayos ·solares. Dentro del espectro solar deben llamar nuestra aten ción les rayos infrarrojos y los rayoa actínicos.

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Los primeros por ser los de n1ayor poder calcrífico y a cuyo conjunto de rayos oscuros se denomina calor radiante, y ejercen una acción constante sobre 'la censtrucción, y lo·3 segundos por su gran poder de destrucción, el físico Mascart ha podido fotografiar en la región

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ultravioleta más de 700 rayos, es decir, más allá del de violeta existen En el espectro infinidad de rayos invisibles, que se ponen de manifiesto par sus acciones químicas y se conocen con el nombre de actínico~; su poder es tal, dice Murani, que al incidir estos rayos sobre una mez,-:a de hidrógeno y cloro a volúmenes iguales, determinan súbitamente la combinación de ambos elementos una explosión. Los rayos actínicos destruyen velozmente cualquier materia vP.e:etal o animal, y ello puede apreciarse fácilmente en los estados de putrefacción de n1aterias expuestas a ellas, y la realización de ésta eh c·uerpos protegidos contra ellos.

Para eliminar este peligro, es que son necesarios los fieltros fabricados de nlinerales para ser intercalados con las capas de asfalto. Otras de las características de los fieltros, de amianto, es su nula capilaridad, y aún cuando a simple vista parezca ello una d&sventaja, e.;;;tudiada la cuestión a fondo y baj o una base técnica, es realmente una de sus grandes cualidades para el caso que nos ocupa. Para impermeabilizar y saturar un fieltro de amianto con asfalto y hacerlo efectivamente resistente a la intemperie, la saturación requiere varios trámites y es mucho más dificil, pero una vez efectuada, (.J asfalto t oma cuerpo en el fieltro y la absorción de los aceites bitutuinosoo por los rayos solares es n1uy difícil, mientras que los fieltros de lana y materias vegetales, con mucha capilaridad, son de fácil impregnación, pero también son de muy fácil evaporación en sus aceites asfálticos por cuanto su misma capilaridad conduce a una fácil absorción de los tnismos por el sol. Esta mis·m a capilaridad en los fieltros de lana, favorece la fácil furmación de gases debajo de, o entre ellos, y que puedan levantarse los fieltros desprendiéndose de la losa de concreto. Según el caso, y formación del gas, la presión del aire revienta estas ampollas y deja un punto vulnerable al paso del agua.

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El amianto utilizado en la fabricación de fieltros es extraído en su mayoría de n1inas del Canadá y del Estado de Arizona, EE. UU. de América, por hallarse en este punto no solamente un amianto de incuestionable calidad, sino también de fibras largas. El amianto se presta a la fabricación perfecta de los fieltros por cuanto aún cuando es roca, sus fibras son manuables y utilizables como las de origen vegetal. Una cubierta de amianto y asfalto es prácticamente una azotea de roca flexible. En los EE. UU. de A., considérase este techado de amianto con menores primas por las compañías de seguro, por sus condiciones de incombustible, y puede agregarse a ello sus condiciones de aislador calorífugo. Por la acción de los rayos solares ya mencionados, los fabricantes dEc> fieltros de lana, trapo, fibras de madera, etc., etc., son partidarios de cubrir los techados armados con capas de granza.

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Ello es una protección para los fieltros, pero no solamente encarece la construcción sin reportar una primordial ventaja para el constructor, sino que también presenta sus inconvenientes.

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Durante las lluvias el agua es detenida mayor tiempo por la gran?.a, y ello ayuda a la descomposición de los fieltros en los puntos vullierables y hace más facUble una filtración en cualquier sobrejunta defectuosa, muchas veces invisible a simple vista, mucho más considerando que los fieltros ·s on de materias animales o vegetales, a ello se agrega esto, que la nlisma granza, ablandando el asfalto en el riguroso verano, con cualquier tráfico sobre la azotea por condiciones imprevistas, -la granza, por la presión, . perforará fácilmente los fieltros y anulará· su carácter de impern1eabilidad.

Otros de los n1otivos por los cuales r .e comiéndase la utilización de ltt granza, existe cuando por razones de economía se construye con asfaltos baratos, inhábiles para ello, o con breas, el inconveniente presentado en este caso es que durante los más fuertes calores la acción de los rayos solares produce cierta flacidez en el asfalto hasta el punto de permitirle un movimento de nivelación, cosa que se evita con la granza, pero el efecto es peor durante el invierno, la brea o el asfalto se vitrifican fácilmente permitiendo que la granza se desprenda y con la lluvia es arrastrada a los desagües, siempre llevando consigo pequeñas partículas de asfalto y dejan-do los fieltros más vulnerables a las filtraciones, y ocasionando en las cañerías y canales .serios trastornos.

Un asfalto econónlico favorece la propagación del fuego, y mucho n1ás temible con fieltros combustibles, mientras que un asfalto de buena calidad, preparado especialmente para la construcción de un techado de esta naturaleza, aún cuando es con1bustible, localiza el fuego, que, con fieltro s de a1nianto n·o puede hacer juego en ellos. Esto es n1uy fácil probars e an.tes de ,a ceptar materiales para una construcción, sin recurrir a grandes preparaciones, ni molestias, basta tomar un soplete y someter los fieltros a la llama del mismo, podrá apreciarse de inn1ediato la diferencia y con1bustilidad. Aún no hemos llegado en este país a la clasificación de estos techados por la-.3 c::nnpañías de seguros, pero en los Estado.s Unidos, como hemos dicho antes, hállanse reglamentados y existen inenores prima.s para los techados de am·i ant o y asfaltos preparados que para los te<~hados de fieltros de lana y asfaltos comunes. En los casos de cubiertas o 'Built-up, que deban construirse sobre losas de concreto, debe ton1arse en consideración la preparación previa de ésta. La losa de concreto presen-ta una superficie porosa a la aplicación, tiene una cantidad de polvo suelto. El asfalto, por más diluído que esté, 110 puede penetrar perfectan1ente en estos poros, por la rapidez de su enfrian1iento al ponerse en contacto con la losa en distinta temperatura, con1o por su· viscosidad, y por más limpia que se halle ésta, siem-

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pre queda polvo. El asfalto en estas condiciones no tiene una adherencia perfecta, lo que permite que en cambios bruscos de temperatura el techado se desprenda de la losa y se levante. Para eliminar este inconveniente se hace necesaria la aplicación de un apretador de concreto, a base .de aceites bituminosos, en forma líquida, de modo que permita una aplicación con pincel en cantidades abundantes; en esta f-orma el a prestador penetra en los poros de la losa y elimina el polvo, haciendo por consiguiente que la primer capa de asfalto halle una superficie propicia y por afinidad se una al aprestador y haga una verdadera ancla en la losa. El techado armado debe considerarse perfecto con 3 fieltros de amianto y cuatro capas de asfalto. Las primeras 3 capas de asfalto no deben ser menores a 1,400 kg., por metro cuadrado por capa, y la última sobre Jos fieltros de 1,135 kg. por metro cuadrado. El primer fieltro debe ser de n1ayor peso y grueso para poder aguantar en mejores condiciones las irregularidades de la losa, el tráfico que durante la construcción pueda sufrir, como los movimientos naturales de dilatación y contracción -en la losa, posteriores a la construcción. Este primer fieltro de amianto debe pesar alrededor de 2,725 kg . • por metro cuadrado y los dos últim.os, correspondientes a la tercera v• cuarta capa, deben pesar alrededor de 0,635 kg. por 1netro cuadrado cada uno.

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Esta especificación es la que debe reunir una buena cubierta o Built-up, de amianto, y es la aceptada después de muchos años de experiencia práctica y resultados obt-enidos en los Estados Unidos, donde han podido experimentarse en ·Cualquier tipo de clima.

En la República Argentina las construcciones de techados de amianto datan de pocos años y puede decirse que la primera fué hecha en la construcción del edificio de All América Cables, bajo la dirección de los arquitectos Chambers y Thon1as y del 5eñor Arturo Ros. ( +) La base sobre la cual deben clasifkarse los techados, es la cantidad de materias minerales que contienen por metro cuadrado, incombustibilidad, penetración y resistencia a la intemperie. El laboratorio más ·e xacto es el de la experiencia. El 90 % de los fracasos en las construcciones residen en las habetas continuas, y las compañías más grandes que garantizan la impermeabilidad de sus techados las hacen independientes. Debe considerarse que el fieltro de amianto para las babetas no puede ser el mismo que se utiliza para la construcción del techado, por euanto debe reunir condiciones de mayores resistencia y flexibildad, que permitan su instalación sin rajarse ni debilitarse al doblarse en los ángulos de intersección de .1a losa con el muro de carga.

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Aún cuando la costun1bre adaptada .en el país ha hecho el uso de habetas embutidas en los muros de carga, a veinte centím-etros sobre la losa o fijada sobre listones de madera, no ·s om'{)s partidarios de ellas, pues indudablemente cualquier falla del muro de carga o r·eboque, deja un punto vulnerable. Por otro lado, la madera tiene sus inconvenientes en las condiciones de nuestro ,c lima y sufre mucho. Cr·e emos que la babeta debe tomar por lo menos el 50 o/o del muro de carga, a una altura de veinte centímetros, quedand·o cubierto este cincuenta por ciento por las hiladas posteriores de ladrillos al continuar el muro, naciendo en la mitad del muro de carga, d-ebe correrse en una sola pieza hasta la azotea, y cubrir. p·or lo menos treinta centínletros del primer fieltro transversal sobre la losa. La sobre-puestas de los fi·e ltros en la loea, debe regularse a 4" de ancho. E. V.

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f\RQUITECTURf\

ANDERSO~ •


LA MISION PAO DEL

ESIONAL

ARQUITECTO

La misión profesional del arquitecto se resume en tres puntos : Es una misión de confianza, pues e l arquitecto debe poseer toda la confianza de su cliente, de donde se deduceu graves consecuencias. Es una misión de artista, pues el arquitecto debe realizar en la con1posición obra de arte, así como en el trabajo y en la cohesión de todos los artistas y obreros que han de cooperar en la realización total ya se trate de una obra de arte mayor o menor. Es una misión de h ombre de ciencia, pues ha de resolver los problemas científicos más difíciles y con1plejos, desde la organ ización de la resiste ncia del t erren o, pasando por el empleo de los más variados n1ateriales, para tern1 inar por la coordinación de múltiples problen1as, hasta la completa realización , dentro de todas las r eglas del confort y la utilidad que demanda un edificio n1odern o. r~A

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Es el a rquitecto, a quien las administraciones públkas confían juntan1ente con los fon dos de sus administrados, los ed ificios más notables y en los cuales las n1ultitudes deberán encontrar su seguridad, así como la solución perfecta de los problemas. según con todo derecho lo esperan. Lo n1.ismo es que se trate de edificios d·e orden utilitario que de cualqu ier Upo.

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Y es ta1nbién a l arquitecto a quien el cliente part icular confía los detalles de su vida, poniendo sus recursos a la dis posi·ción de aquél. Este ·c apital puede constituir a veces toda una fort una. Al construir una casa , el arquitecto entra en la vida íntima del propietario. Debe . pues, compen etrarse de todas las preferencias y necesidades de su cliente. Entre todas las profesion es n o hay otra , fuera de la del n1~dico y la del abogado. a quien e l cliente confíe tanto de sí mismo como a l arquitecto. Discutirá con éste y le expondrá los puntos de vista 1nás diversos, s us preferen·cias y g ustos personales. Tratará así sobre el arreglo de todas y cada una de las habitaciones y de penden cias, lo mismo de las de la familia que de las destinadas a los sirvientes; n1ás de una vez mostrarán en estas discusiones sus puntos de vista social es. La cuestión de fondos debe ser para el arquitecto un motivo de preocupación que pondrá a prueba su probidad profesional , su honradez en la elección y entrega de los material es, su competencia en la

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ejecución. :Será preciso que el a rquitecto sepa resistir a todas las tentaciones directas o indirectas, las que serán tanto más fuertes, cuanto que a l comparar su trabajo, su nlisión , la amplitud de sus estudios, sentirá tal vez la profunda decepción de comprobar que la ganancia es pequeña en compa ración con la que producen otras profesiones n1enos penosa s y absorbent es. rNA ltiiSION UE ARTIS'l'A

El a rquitecto es un artista, y es justamente en estr~: punto donde resaltan las paradojas y antítesis más profundas. ¿No tiene el artista derech o a ex presar con t oda liber tad su arte ? P ero es el caso que, al lado del propietario consecuente consigo mismo que elige al arquitecto por la estin1a en que t iene su gusto y el r espeto que su arte le inspira, ¿cuántos ot ros hay que quieren influenciar este gusto e imponer sus pun tos de vista ? El arte del arquitecto no es, desgraciadamente, como son otr os, una r ealfzación efectiva, pues no puede someter más que proyec tos que la voluntad del propietario vendrá a decidir después. Por con siguiente ,el cliente se pone a discutir en el vacío. Discutirá sobre el cua dro ya pintado, sobre la escultura que tiene a la vista, sobre el vitr a l cuyos detalles son también patentes, sobre el mueble que ha rá colocar a quí o allá, .según su gusto. Con el arquitecto , en cambio, e l propietario va a discutir sobre múltiples cosas cuyos efectos ig nor a, así como su r ealizac ión , la escala, el conjunto, el color. El a rquitecto ve todo en sus proyectos. el cliente comprende poquísinlo de todo ello. Así como es el cr eador, debiera ser también el realizador. Según una sana lóg ica , si el cliente lo eligió con todo conocimien to de ca usa ,debiera, por idéntica razón, seguir con sencillez las indicaciones de aquél. Con sólo expresarlo, el c liente aportará su gusto ·p·erSünal , sin deja r de escuchar. los consejos de su arquit ecto, que debe ser lo suficient emente hábil para t ener en cuenta las preferencias del propietario, alentarlas cuando así lo merezcan, discutirlas si son discutibles, llevarlas a cabo cuando tengan mérito y com·batirlas cuando sean c ensurables. Es aquí donde su misión debe ser educa tiva. El propietario ideal es el que aporta al arquitecto su gusto y sus puntos de vista personales, el que discute con lógica y sabe lo que quiere y lo que n o qu ier e ; el que a yuda a crear y a realizar la obra, colaborando a l propio tiempo en vencer las dificultades que se presenten. Tratándose de administración pública , esta confianza en la competencia y el bu en sentido art ístico del arquitecto, es aún más n ecesaria si cabe. Toda administracfón pública es impersonal ; quien~es se encuentran en el poder h a n llegado a esa cumbre por sus cualidades política s y sus tenden cia s sociales ; no, sin duda, por su fino sentido del a rte. Pueden tenerlo o carecer de él ; no constituye ésto una obliga ción ni un defecto. Obr as en grupo, y nada más peligroso que la anarquía de los gustos, de la s ideas y de los poderes que pueden in-

37- f\RQUITECTURf\


fluir sobre la obra arquitectónica. Es urgente, por lo mismo, afirmar el crédito que merece quien ha sido elegido exclusivamente por razón de su arte.

'

U:XA MISION DE TECNICO

El arquitecto es un hombre de ciencia y debe resolver, quizá más que ningún otro profesional, problemas que se relacionan con todos Jos dominios científicos. Para hacer frente a estos problemas debe poseer juntamente con su ciencia, una gran experiencia .p ersonal e inagotables ·f acultades de asimilación. Cosas todas, como se ve, que requieren, tanto como la preparación teórica indispensable, una positiva vocación, sin la cual es fatal el fracaso.

(De la Revista "C.A.C.V.A.", N.o 17. Año X. Febrero 1937) . •

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R Q U 1T E C T U R f\ -· 3 8


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Lo original y agradabl e de estos do s ambientes, depende excl usivament e de la justeza conque ha sido interpretada la idea del proyectista, en la e jecución de estos • conJuntos. Es necesario e n toda obra, darl e uni dad , porque d e ahí depe nde el éxito . A s í, como to da la casa la proyec t a el mismo arquitecto, d esde los c imientos hasta e l más mínim o d e talle, e n la misma forma, la MU E BLERIA C AVI G LI A lo inter pre tará a V d . co n la fidelidad n ecesaria, p a ra qu e su proyecto, tan hermoso e n el p a pel. n o lo defraud e al llevarl o a la realidad. Estos dos comedores que publica mos hoy, dan una idea d e lo expuesto Todo combina, la unidad y la coor dinación de luz, color y formas es lo que le da cal idad al conju nto, tant o co mo la nobleza d e los materiales .

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SOCIEDAD

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DE ARQUITECTOS DEL URUGUAY SOC IOS HONORARIOS

URUGUAY

ARGENTINA

CHILE

t D r . Baltasar Brum, ex Presi -

Dr . Marcelo T. de Alvear, e x Presiden te de la RepOblica. Arq. R aOl E. Fitte. " Alberto Coni ~Iolina . " Alejandro Ch ristophersen

Dr. Arturo Alessandri, Presidente de la R e pOblica. Arq. Ricardo González Cortés.

den te de la RepObllca . Arq. Jos é P. Carré. D r . J osé F . Arias Arq, Horacio A costa y Lara.

ITALIA Arq. Cayetano

BRASIL

~I oretti.

EE. UU. DE N. A.

Wáshington L. Pere~·ra de Souza, ex Presidente de la R epObllca . Arq. Nestor Egydio de Figueiredo " Adolfo Morales de los Rfos

Sr.

Arq. Franck R. Watson " Warren S. Laird. ' William L . P la ck .

.

e SOC IOS CORRESPONDI E NTES ARGENTINA Arq . " " " " " " " " " • " " " "

CH I LE

Sebastián Ghiliazza Carlos E. B ecker V fc tor J ulio J aesch ke RaOl ó. Pas ma n Raul Alvarez Fortunato Passeron Angel Croce ~luji :a Luis J. )1oren o de :\<lesa Carlos Mendo n ~a Exequiel R eal d e Azúa Fran cisco Squirru Osear Gon zález Alfredo E . Cóppola Jorge V. Rivarola

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Arq. Onofre :Uontané lJrrejola

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H U NGRIA

· Prof. Ker tesz K . Robert " A ndré d e V iragh

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EE. l."U. DE

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A.

Arq . Luis Newbery Thomas t " J ohn G. Howard " Ken n eth l\L Murahison " Raymond H. H ood

CAN ADA

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PARAGU AY Arq. Mateo Talia " Miguel Mujica Gómez

COLOMBIA

BRASIL

Prof. Walter Gropuis " Han s P oelzig " Peter Beh rens

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Modes t o López Otero Pablo Gutiérrez Moreno E. F ernández Quintanma . César Cort. :VIanu el Vega y March

Arq. Alc ides Chaussé

Arq. Emilio P. Villanu eva

ALEMANIA

Arq. ., Luis Bellido

B ernardo Morales Manuel Cifuentes Patricio Irarrazabal H e rmóge nes del Canto Alberto Sch ade Ismael Edwards Matte R icardo Larrain Bravo Car los R eyes . Prieto F ernando de la Cruz Federico Biege rel Ricardo H . Muller Alberto Risso Patrón •

BOLIVIA

Arq. Alejandro Alburquerque " N. Machado " RaOl Lessa Saldanha D a Gama " F . Nereo d e Sampaio " Cristiano das Neves Stockles " Francisco Prest es Maia " Roberto Magno de Carvalh o " Ernesto E . Xavier do Prado " Augus to de Vascon cellos " José Cortez " Paolo Candiotta " Rafael Galvao " A ngelo Bruhm s " Arqufmedes Me m oria

ESPAÑA

Arq. Alberto ::\Ianrique ::\lar Un PER U

FIN LANDIA •

Arq. Emilio Hart T e rré " Santiago Bazuco

Arq. Ellel Saarinen H OLAN DA

-Arq.

:\IEJICO

F . S t olhower

Arq. Alfonso Paliares " R ob erto Alvarez E s pinosa

BELGICA Arq. .Alpe r t o Roosenboom

I NGLATERRA

FRANCI A

P r of. Gu stave Gull CUB A Arq. Luis Bay y Sevilla " A ng el A. Hernández R og er

Arq. F . Banister F letch er " Cart d e Lafon taine

Arq. Emmanuel Pon tremoli " Tonny Ga r n ier SUI ZA

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PORT UGAL

Arq. · A. R. Adaes Berm"Odez I TALIA .Arq. Albt>rto Calza Bini " Ambrogio . Annoni " Piero Portaluppi

1

SOCIOS FUNDADORES Acosta y Lara , Horacio Arrarte V ictoria, L uis Arteaga, Juan José de Baldomir, Alfredo Baroffio, Eugenio P. Berro, Romá n Bo ix , Elzearlo S onaba, Américo

.. .

Campos, Alfredo R. Capurro, Fer nando Delgado, Juan M. Faget, Raúl J . Ferná ndez, Luis G. Geranio, S ilvio Laaala , Franc isco t Lerena J oa n ic6, Cá nd ido

Lerena Acevedo, Raúl Mendivil, Rodolfo Pedemonte, Juan J. Ricci y Toribio, Carlos Sambucetti, Octav io VAzquez Va rela, Jacobo Vázquez, Antonino

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1


1

CONIISION REGUL.ADORA DE HONORARIOS

A r qu itectos: Alfredo R. Campos, Jacobo Vázquez Varela y Elzeario Boix y Dr. L.u is L.. Dayvi6re

• NOMINA OFICIAL. DE ARQUITECTOS • Abad ie Sa nto s , Mario. -

*

Can elones

1583.

Abellá Trías, Julio. -

J . Z udáñ ez

2582.

• Abreu , L.uis. - Burgues 2903. • Aco sta y L.ara, Armando. - F. Vidal 667, (Pocitos). • Acosta y L.ara, Horac io. - B . Mi tre 1314. • A cqua r one, H écto r . - Bou l. Artigas 1439.

1

• Add iego, Buenaventura. Av. 19 de Abril 3411. • Agorio, L.eopo ldo Carlos . C'oloni:l. 2 L20. • Aguerre, Alberto. - Trein ta y Tres 1356.

1

- Alegría, Máximo. - Alonso, Alberto. - Alvarez Mouliá, Javier. - Urugu ay 1111. • Amargós, Rodolfo. (Santos-Br asil). • Ambrosoni , José l\1. Guayaquf 3258.

* Am o rín ,

Is m a el. -

P edro F. Berro

966.

• Añón Ra món . - Boul. Espa ñ a '2444. • Apo lo, Juan J osé . - Dpto. d e Duraz no. • Ar be lech e , Beltrán. - Libertad 2796. • Arbeleche , Roberto. Ca n elones 2752.

1

1

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• Arm a s, Guillermo. - Mercedes 941. • Arocena, Juan Alberto. - J uan C. Góm ez 1550. • Arrarte Victoria, L.u is . - E . Aceve do 1494. - Arteaga, Juan José de - J . C. Góm ez 1420. • Artucio, L.eopoldo Carlos. B rasil. - Aubriot . Ju a n A. - Williman 616. • Azzarini, Horacio. - Roque Gra ceras 873. * Baldo mi r, Alfredo. - Dura zno 2444. • Barbé, L.uis Alberto. - An d es 1547. • Barbier¡, Armando. - Salto. R. O. U. • Barilari, Juan M. - Jack son 1424 . • Baroffio, Eugenio P . Canelones

* • •

* ,¡,

* •

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-

1429.

Bastos K lic he, Julio. - Durazno 1027 ap. 5. Bauzá, Julio C. - Rlo Negro 1285. Bellini, Miguel A. - Gaboto 1281. Bello, Roberto. Bempo r a t, Ca rlos. Gral. Fraga 2170. Benedetto, Telmo. - Flore ncio Sánch ez 2'738. Beraldo , Jorge. Paysandú. R.

o. u.

Berro, Ro mán. - P ereira 3181. Bev ilacqu a , Ca rlo s J u lio. - Eman cipación 3964. · Bevilacqua, Carlos Ma ría . E sp afia. Beya Cayo, María. - Comercio 2275 . Bianchi, Roberto. - 25 d e Mayo 555. Boix, Elzeario. - Ellauri 1023. Bonaba, Américo. - Cer rito 685. Bonnecarrére, Anto n io. - Pablo d e Marra 1119. Bonomi, Humberto. - Rincón 436. Bordon i, J osé Ma r ía. - Ibicuí 1309. Brea, Héctor Jul io. - Andes 1338.

• Brugnin i,

*

Osear.

-

Con stituyen te

1969.

Butler, Julio. - Colon ia 877. • Cajarville, Juan E. - Andrés Ch e veste 1418. • Camp. Antonio. - P almasola 2441. "' Campos, Alfredo R. Chucarr o 1018.

• Campos Thevenin, Gu illermo. C hucarr o 1018. 1- Canabal, Alberto. - La P lata. R . A. * Cana le1 Miguel Angel. - J. Req ue na 1760. - Cánepa, José. - Canease, Franc isco. - San Salvador 1779. • Ca prario, Jorge. - Isla de Flores 1885. • Capurro, Fernando. - Parts. * Ca rlevaro, Alva ro. - C. Payán 2967. Carlomagno, Eugenio. - · I sla de Flor es 1418. • Carzoglio, J osé Pedro. Gab oto 1524.

* Casa m a y o u, Enrique. - P. Vázquez y Vega 902. • Casselli , Héctor. - Rivera 2248. * Ca ttáneo, Migue l Angel. - Lavalle-

*

ja 1714.

Ca v iglia Repetto L.uis. - 18 de J u lio 1745. *Cerv in i, Fél ix . - J . E conómico Admin istrativ a 1740. * Chia rino, Antonio .. - T !·e in ta y Tres 1356. • C iurich, Elía s. - Merced es 170i'i • Conforte. Emil io. - Liberta11 24f\O. • Cortelari Luis D. - P aysandú 1591. "' Corti, Enr ique. - Lima 1726. • Costa, J . Carlos. - San Salvador ,

*

1779.

-

Sarmiento

*

Crespi S antoro, L.ui s. -

L egion a rios

*

Crocc o , L.uis R. - 2!l .d e Mayo 555. Cros i~nani. H e ber t . R e gid or es 1315. Cubiló, Anto n io. - S . Vázquez 111 6. D' Agosto, Arnoldo. - Obligado 1370 bis. Da ners. Pedro Federic o. - 18 de Julio 1489. Da Silva. Horac io. Martfn Garc fa 1393. Da Silva , L.uis O. - L u is B. Cavia 3032. Dauber, Raúl. Conve nción 1209. Defey. Eduardo. - SiPrra 1595. Delgado Federic o. - J ackson 1439. Delpado. Juan M. - Cnloló 2722. De los Campos, Octa v io. - 25 d e "'layo 555 . De L.oy, Aníbal H. - 25 d e Mayo 539. Dem ichelli, José. - 25 de Mayo 279. Dighiero, ltalo. - T om ás D iago 713. Di Staslo , Mario. - General Car a b a ilo 1128. Domato, Jos é H ipól ito. B lanes

* • -

* * •

*

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*

• •

Cravotto , 2360.

Mau ricio.

2344.

1011:

* Duhalde, Jul io. - G. Ramfre z 2071. - Dupetit Ovidio. * Du r án Gu a ni, Enrique. - Sarmien-

to 2396. • Durán Veiga , Luis. - P . Salvo 6.n.. * Ele na, Carlos. - Uruguay 1701.

*

Elzaurd ia, Roberto. - P eabody 1940 (Colón ). - Erro, Mauricio. - P a y sandd 1174. * Etc hebarne. Bidart, Julio. - Garth a ldi 2866. * Faget, Raúl. - San José 1092. o Feaerici. Raúl. 18 de Julio 1885. • . Fern,ndez Eustaquio. P ayaa.nd11

*

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*

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* •

R. O. U.

.

Fernández, H6ctor. - Gar ibald i 2f)38. Fernández Elorza, Raúl. - L ibres 1464.

Fe rreira, Osear. - Maldon a d o 2020. Ferreira Rodolfo. - Hocqua rt 1479. Ferrer Seuanez, Jaime. - U rug uay 1775 b is. Ferrería, Fernando. - Lucas Obes 1093. Folco, Juan P . - 25 de Agost o 312. Fonseca, Marttn. - R . Arge ntina. Fournie L.uia A. - Ellaurl 80f. Fraga Cancela, Jos6. - Andes 1338. Frasc hetti Rui, Antonio. - Yl 1326. Fresneda Siri, Román. Lugano 3487.

• Fusco Rogelio. - Gaboto 1381. - . Galo Fern,ndez Luis. - Colón. • Garavagno, Helios. Vasco de Gama s / n . - Garcta, Raúl. - J . P a ullier 1140. • Garcta Arocena, Carlos. - Ituzaing ó 1467. Garc.ía Blixen , Roque. Massini

*

3073.

• Garc ía

Pico,

H6ctor. -

Pay sand11

908.

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Gareae, Roberto. - R in cón 5G5. Genta, Mario. - Bat ovr 2261. Geranio, Silvio. - R ivera 2056. Gimeno, José. R on deau 1768. Giorello Angel. - 18 de Julio 870. G iuría, Jua n. - Burg ues 3022. Gómez Ferrer Filisberto. - Sochantres 111. .* Gómez Gavazzo, Carlos A. - P iedras 340. - Gómez y Artigas, Alberto. Mlllán ~6 98. * González, Chas, Alfredo. - Jack s on 1126.

• Go nz61ez Frouniz; Eduardo. - Isla de Flores 1418. * Gonz,lez Pose, Eduardo. - 18 d e Julio 669. * González Vanrell, Carlos. - 2.9 Oficial 2332. P . Rodó. * Gori Salvo, Miguel A . - Agraciada 1842.

"' Goyret, L.uis A. - J. Req uena 1 5~0. • Guarch Viña, Fructuoso. 18 d e Julio 1572. • Guarino Fischert, Julia. - Cubo del Norte 3596. - Guarnieri Esteban T. - Las P iedras. Can e lon e s. • Guerra, H6ctor. - Gariba ld i 2732. - Gutiérrez, Ezequiel. • Hardoy, José B. - B uen os A ires. "' Herr~ n, Jorge. - . W ásh ington 317. • Herrán, Te6filo. - 25 d e May o 555. - Herrera Arraga, José. • Herrera Mac Lean, Carlos. - 18 de Julio 1707. "' Iglesias, Jos6. - J . P a ullie r 1938. • llaria, Pascual A. - Paysandú 1674. - lnvern iz.z i, Pedro. - S alto.

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• lsola P iria, Albérico F . - Merced es 941. • Jauge, Amadeo. - Av. Bra sil 2468. • Jones Brown, Alfredo. • Labac,, Manuel Franciaco. P. Vá.zque z y Vega 1062. • Labadie, Juan Horac io.-sa lto 1173. - Laconlch, Newton. Libres 1610. • Lago Varela, José. - B a tov f 2115. • Lamolle, Juan Carlos. - Florida 1485. • Larrobla, Salvador. - Cno. Mald onado 5655. • Laaala, Francisco. - J . C. Gómez 1420. • Lavignasae, Alfredo. - ) lillán 361 5. • Leborge, Ernesto. Luis B. Cavia 2788. • Lebratto, Eladio. - Cololó 2605. • Leduc Julio. - M isiones 1278. • Lerena Acevedo, Raúl. - Ituzaingó 1467. • Lezama , Aristide.. . - Roch a. • Lietti, Fernando. - l b iray 2308. • Lombardi Jorge. - B . Esp af'ia 2231. • Lo rente Escudero N icolás. - Suárez 3019. • Lorenzo, Antonio. 18 de Julio 1489. • Lucas Cafré, Franc isco. Salto R. o. u. • Luch ini , Aurel io. - Dr. J . A. Rodrfguez 1456. • Machiavello, Raúl. - B rasil. • Ma inero . Edmundo. Caramur (I 5668, Pun ta Gorda. - Maini, Américo. - Uruguay 1530. • Maisonnave Pagani, G iptys M. Sarmien to 2495. • Malherbe . Alejandro. Con s titu y e n te 1959. • Mariano, Juan M. - Cololó 2461. - Márquez, Ja ime. • Martt, Arturo C. - 21 d e Septiembre 2742. • Martinez, Alejo. - R e ptiblica Arg entina . • Maaanés Blanco, Ramiro. - Andes 1542. • Matto, Rodolfo. - 18 de Julio 1!WR. • Mazzara, José. - R ambla Wilson 675. • Mazzuc helli , Hércules. - Arqufm edes 1123. • Meier, Juan Carlos. - Dpto. P aysandti. • Menchaca, Ramón J . Libertad 2631. - Méndez Sch iaffino, Gustavo. - P ie dr as 421. • Mendivil, Rodolfo. - D pto. Colonia. - Mlaaerocchl Antonio. • Molins, Carlos A. - Luis de la T orre 644. • Mondino, Héctor. - Ca n elones 2211. • Moreau, Mario. - Mis ion es 1408. • Morialdo, Sara . - B u enos Aires 217. - Muchinelli Mario C. Nicaragua 1516. • • Mulltn, Ernesto. - Salto. • Muftoz del Campo, Alberto. - Itu zaingó 1167. • Muracciole, Juan M. Agraciad a 1R42. - N"dal . Pedro. - Parf~. -. N In, Alfredo. - Ma gallartes 1257. - Novoa Courrás, D iego. M. B e r reiro 311 O. • Noceto, Luis. - San ~IarUn 3427. • Noc~tti, Carlos E. - T. Narvajas 1193.

• • • •

Noli, Juan José. - Hocquart 1737. Nunea, Luis O. - Carapé 2182. Núftez, José Ma. - Rive ra 2246. Núftez Dulio, Jacinto. - Agraciada 2399. • Obertillo, Artigas. • O' Neil Arocena, Eduardo. - Rivera 2426. • Osea, José María. - P a rra d el R ieg o 1032. • P á ez Seré, Modesto. Av. B rasil 1332. River a. • Pagani, Héctor A. Wás hington 278. • Pecoste, Eugenio, S. Bolfvar 1385. • Pedemonte, Juan J. 21 de Setiembre 2268 . • Peluffo Arquimedea. - Su á r ez 3243. - Pepe, Walter. - Rfo N egro 1620. • Pérez del Castillo, Manuel. S. de Chile 1284. • Pérez Fuentes, Daniel R. - ) Ja ldonado 1039. • Pérez Larraftag.,, Franci.co. - _Gaboto 1468 . • Pérez Montero, Carlos. Colon ia 1230. • Pessi n a , Romua ldo. Conven ción 1209. * P ieri Ca mpon a r, Juan C. - Vázr¡uez 1439. P ietropinto. Julio. - Mer cedes 1793 * Pintos Risso Walter. - Agraciad& 188L - Pittam iglio, Humbe rto. - 25 de ~l a­ yo 591. • Polanco Musso, Luis. - J . Ben ito Lam as 2959. • Pou Cardoso, Fernando.-Rfo Bra n co 1245. - Puente, Eduardo Milton. 25 de Mayo 555. • Pu ignau , Juan P . - Ejido 908. • Puppo; Oicar J. - Mer cedes 1; · • Quei~ol_o Varela, Enrique. - Mision es ~1489. • Quintelro, Manuel l. - Sierra 1442. • Qu inteiro, Roeendo. - Ma c -Each en 1323 • Rampa, Héctor. - Sierra 2254. • Revelo, Miguel N. J. Pau lliAr

*

* * * • • • • •• •

* . •

• Roure, Eva ldo. - Larañaga 4211. Ruano, Rafael. - Vic t or ia 1720. - Rub1o, Antonio. - Brasil. • Ruiz, Alejandro. - Solano A ntuña 2271. • Sa ldún, Pedro A. - 18 de Julio 1908. ~ Sambucetti , Octavio. Cololó 2909. - Sandoval, Federico. - Sangumetti , Domingo. - Ca nelones 2376. • Santini, H ' .•·áclidea. Av. Italia 3165. • Santini Peluffo, Juan Carlos. Obligado 1197. • Sastre, Gregorio. Bella Vis ta 1438. • Scano, Juan A. A v. Medioevo 1301. Carras co. • Sc h inca, Carlos Eduardo. 8 de Oct ubre 3774. • r.ciutto, Rómulo. - Ejid o 1206. • Sebastiani, Marcos Antonio. - Maldonado 2282. • Serrato, Alberto. - B. Aires 479. • Sie.rra Morató. JOSé Pedro. - Colon ia 1759 - Silva Diaz, Bernardino. Barre lr o 3299. • Sindin, José. - Gariba ld i .2529. • ~iri, JP.cn Carlos. - P aysand(I 1321. - Stewart Vargas, Enrique. R incón 438. - Storm , Rodolfo. - Lucas Ob es R97. • Surraco, Carlos A. - Soria n o 781. - Suárez, Julio. * Tejera, Eloy G. - Av. B r asil 2502. • Terra Arocena, Horacio. Mision es 1454. • Terra Arocena, Rafael. A dol!o Berro 1023. • T e rra Urioste, Carlos D. - R ive ra

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- Theoduloz, Abel. • To"i. Carlos o. - Vázquez y V ega 11 39. - Tosí, Esteban. Vázquez V ega ,

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• To!li. L-eopotdo J. - Constituyente 1830. • T ou,.n ier, H1pólito. 25 de Mayo !\55.

• Tria v.Bartolom6, R. -

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- Ubllla, Antonio. Meto - Cerro Largo. Ricaldoni, Américo. - Busch ental • . U ranga , J oaauín .. - I nca 207fi. 3449. • Valabrega, R icardo E. Suárez Ricci y Torib io, Carlos. - Av. S uá3075. r ez 2925. • Vanini, Carlos A. - Mig u elete 1458. R ic6n, Ram6n . - :\figuelete 1542. • Vllzauez, Anton ino. A v . Italia Riuz, Juan Antonio. - 18 de Julio 2931. 1698. * V'zauez Barriere, Gonza lo. P. Rivas, Enrique S. - 8 de Octubre Sa lvo 4.o piso. 2519. • V'zquez Echeveste, Francisco. Rocco, Daniel. - Buenos Aires 519 25 de 1\fayo 41 7. b is. • Vázquez Varela, Jacobo. - Bue nos Rocco, Julio. - Constituyen te 1538. Aires 519 b is. Rodié, Emilio. - A. L a p ido 2892. • Vera Salvo, Héctor. Dura zno Rodrfguez Esteban, Roberto. - .<\ s 1027, Ap. 41. sen cio 1448. • Viana, Enrique. - :\I agalla n es 1217. Rodríguez Faure, Mario. - Ch a Vigouroux , Rodolfo L. - Av. Ita!la rrl1a. 2306. 2999. • VilamaJó, Julio. - Mereede~ 1260. Rodrtguez, Fernando. Miguelete - . Vlll,avedra, Jos6. - - Liber t ad 2592. 1542. • Vlllaverde, Edu-ardo. - lt{aciel 1487. Rodrig uez, H éétor L. - Lavallf'jA. M artl Rodrtpuez Larreta, C. - Av. Aroce· - Wllliman, Jos6 Claudio. 3232. na 1000. • Yanuzzi, Adela. - B erro 1234. Rodrtguez Larreta, Gualberto. - 18 • Zun in Padilla, Cándido. D p to. de Julio 2095. Artigas. Ro:g , Juan P . - Sier ra 1675. 16 ~~-

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*

NOTA:

Los nombres sef!lalados con asterisco corresponden a los de los socio~ de la S. de A. dtl Uruguay. 1 {• • •

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INTERIORE-S O

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COLOR.ES NO &S V~N&NOS4 ES LAV48Lé HIGiéNICA Y ECONOMIC4 UNICOS

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CONCESIONARIOS 18 DE JU LI O 1223-27


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